Definición de Porcentaje Asignado

Porcentaje Asignado. Significa, para cada Financiamiento, el porcentaje de las Participaciones Fideicomitidas que el Fiduciario deberá calcular en términos de la Cláusula Octava, sección 8.2 siguiente, el cual aplicará al flujo de las Participaciones Fideicomitidas para calcular la Cantidad Límite y para fondear la Cantidad Requerida en términos de las Cláusulas Décima, Décima Primera y/o Décima Segunda, según corresponda en el entendido que, en el caso que el Financiamiento tenga asociado un Instrumento Derivado y/o un Contrato de Garantía, dicho Porcentaje Asignado también será la fuente de pago de los mismos, con la prelación prevista, según resulte aplicables, en las Cláusulas Décima, Décima Primera y/o Décima Segunda del Fideicomiso.
Porcentaje Asignado significa el porcentaje de las Participaciones Fideicomitidas al que equivale el Porcentaje de Participaciones del Crédito, que será calculado en términos del Fideicomiso, con base en el cual se determinará la Cantidad Límite que corresponde al Crédito y a sus Obligaciones Asociadas.
Porcentaje Asignado significa, para cada Financiamiento, el porcentaje de las Participaciones Fideicomitidas que el Fiduciario deberá calcular en términos de la Cláusula 8.2, el cual aplicará al flujo de las Participaciones Fideicomitidas para calcular la Cantidad Límite y para fondear la Cantidad Requerida en términos de las Cláusulas 10, 11 y/o 12, según corresponda, en el entendido que, en el caso que el Financiamiento tenga asociado un Instrumento Derivado y/o un Contrato de Garantía, dicho Porcentaje Asignado también será la fuente de pago de los mismos, con la prelación prevista, según resulte aplicables, en las Cláusulas 10, 11 y/o 12.

Examples of Porcentaje Asignado in a sentence

  • Lo anterior, en la inteligencia que la fuente específica de pago del presente Crédito será el Porcentaje Asignado de Participaciones Federales que le corresponda al presente Contrato de conformidad con el Fideicomiso, tomando como base las Participaciones Asignadas que le corresponden al presente Contrato.

  • En el supuesto de que se actualice una causa de vencimiento anticipado en distintos Financiamientos, y resulte necesario aplicar los recursos depositados en la Cuenta General, para liquidar los mismos, los recursos depositados en dicha Cuenta General se distribuirán entre las Cuentas de Pago de los Financiamientos, en proporción al Porcentaje Asignado del FAFEF que corresponda a cada Financiamiento.

  • En el supuesto de que se actualice una causa de vencimiento anticipado en distintos Financiamientos, y resulte necesario aplicar los recursos depositados en la Cuenta General, para liquidar los mismos, los recursos depositados en dicha Cuenta General se distribuirán entre las Cuentas de Pago de los Financiamientos, en proporción al Porcentaje Asignado del FAIS que corresponda a cada Financiamiento.

  • Si los Fideicomisarios en Primer Lugar no formulan manifestación alguna respecto de la nueva Constancia de Inscripción en el Registro del Fideicomiso dentro del plazo antes mencionado, se entenderá que están conformes con el nuevo Porcentaje Asignado de las Participaciones Fideicomitidas.

  • No constituir cualquier tipo de gravamen sobre, o afectar en cualquier forma, las Participaciones Afectadas y/o el Porcentaje Asignado de Participaciones Afectadas.

  • El Fiduciario con cargo a la Cuenta Receptora de Aportaciones deberá transferir a las Cuentas de Pago de los Financiamientos los recursos derivados del Porcentaje Asignado del FAIS que les correspondan.

  • El Estado, con cargo al Porcentaje Asignado de Participaciones Federales y, en su caso, con cargo a las aportaciones adicionales que al efecto realice en términos del Fideicomiso, en este acto se obliga a constituir en el Fideicomiso de manera irrevocable el Fondo de Reserva; ello a más tardar 30 (treinta) Días naturales siguientes a la fecha de Disposición.

  • En todo momento, el Fiduciario deberá mantener como Porcentaje Asignado de las Participaciones Fideicomitidas el equivalente al Porcentaje de Participaciones del Financiamiento estipulado en el Sumario.

  • No constituir cualquier tipo de gravamen sobre, o afectar en cualquier forma, las Participaciones Afectadas y/o el Porcentaje Asignado de las Participaciones Afectadas.

  • Certificación emitida por el Fiduciario del Fideicomiso, en la cual se haga constar las Participaciones Afectadas, las Participaciones Asignadas y el Porcentaje Asignado de Participaciones Federales.


More Definitions of Porcentaje Asignado

Porcentaje Asignado. Significa, para cada Financiamiento, el porcentaje de
Porcentaje Asignado. Significa para cada uno de los Financiamientos, el porcentaje de Participaciones Fideicomitidas afecto al servicio del mismo Financiamiento, de acuerdo con lo establecido en los Documentos del Financiamiento, el cual será utilizado hasta donde este alcance, y en un segundo término, en su caso, para el pago de los Contratos de Cobertura que impliquen el intercambio de tasa de interés de variable a fija (SWAPS), celebrados en relación al mismo Financiamiento; en el entendido de que dicho porcentaje será informado al Fiduciario, mediante la Solicitud de Inscripción y el Sumario que entregará el Fideicomitente con el acuerdo del Fideicomisario en Primer Lugar de que se trate, durante el proceso de inscripción del Financiamiento, sin que su determinación resulte en perjuicio, detrimento o menoscabo de otros Financiamientos que se tengan previamente registrados. Para tales efectos, la suma de los Porcentajes Asignados de todos los Financiamientos, no podrá exceder del porcentaje de las Participaciones Fideicomitidas.
Porcentaje Asignado. Significa, para cada Financiamiento, el porcentaje de las Participaciones Fideicomitidas que el Fiduciario deberá calcular en términos de la Cláusula Octava, numeral 8.2, el cual aplicará al flujo de las Participaciones Fideicomitidas para calcular la Cantidad Límite, para fondear la Cantidad Requerida en términos de la Cláusula Décima en el entendido que, en el caso que el Financiamiento tenga asociado un Instrumento Derivado, dicho Porcentaje Asignado también será la fuente de pago de éste último.
Porcentaje Asignado. Significa, para cada Financiamiento, el porcentaje de las Participaciones Fideicomitidas que el Fiduciario, según corresponda: (i) calculará en términos de la Cláusula Octava, sección 8.2 siguiente, para emitir la Constancia de Inscripción del Financiamiento, o (ii) recalculará, en términos de la Cláusula Novena en el caso de Aportación Adicional de Participaciones o Desafectación de Participaciones, para emitir la Constancia de Reexpresión del Porcentaje Asignado. El Fiduciario aplicará el Porcentaje Asignado al flujo de las Participaciones Fideicomitidas para calcular la Cantidad Límite y para fondear la Cantidad Requerida en términos de las Cláusulas Décima, Décima Primera y/o Décima Segunda, según corresponda. Lo anterior en el entendido que, en el caso que el Financiamiento tenga asociado un Instrumento Derivado, el Porcentaje Asignado también será la fuente de pago del Instrumento Derivado, en los términos y con la prelación prevista en las Cláusulas Décima, Décima Primera y Décima Segunda del Fideicomiso.
Porcentaje Asignado significa el porcentaje de las Participaciones fideicomitidas al que equivale el Porcentaje de Participaciones del Crédito, que será calculado en términos

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  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Respuesta Se aclara que la cobertura se otorga siempre y cuando los hechos correspondan a una cobertura amparada por la p xxxx todo riesgo daæos materiales. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Dentro de dicha cobertura se encuentran amparadas toda la maquinaria y equipo como: motores, transformadores, plantas elØctricas, ascensores, etc. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : Se aclara que en el ANEXO 11 E–SPECIFICACIONES T CNICAS se indica que la Respuesta : El presupuesto asignado para la presente invitaci n es de Seiscientos nueve millones de pesos (COP$609.000.000) y corresponde para todo el programa de seguros y no se encuentra discriminado por xxxxx. Respuesta : Se aclara que se evaluarÆn los indicadores de Nivel de endeudamiento, ˝ndice de liquidez, Capital de trabajo y patrimonio y se asignarÆ puntaje de conformidad con el anexo 6 Respuesta : No se acepta Xxxxxx n Suscrita bajo la gravedad del juramento por el representante legal del proponente, toda vez, que para el C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares es muy importante conocer la informaci n suministrada directamente por los clientes.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Estado Estado Dominicano.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Autoridad Gubernamental Significa cualquier gobierno, funcionario, departamento de gobierno, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal, estatal o municipal, con jurisdicción sobre los asuntos relacionados al presente Contrato y a cualesquiera de los Documentos del Financiamiento.

  • Entrega significa la transferencia de los bienes del Proveedor al Contratante de acuerdo con los términos y condiciones dispuestos en el Contrato.----------------------

  • Indicador de desempeño Porcentaje de avance físico Financiero de las obras y/o servicios. Para el ejercicio 2015, se estimo obtener 533.0 millones de pesos de ingresos por el avance financiero de los contratos de obra y servicios ejecutados, al cierre del ejercicio se obtuvieron ingresos del orden de 330.0 millones de pesos lo que representa un avance de la meta prevista del 61 por ciento. Lo anterior resulta, de que al cierre del año se tenían trabajos pendientes por ejercer y facturar por un monto de 349.0 millones de pesos, de los cuales en algunos casos se encuentran en proceso de ampliación en plazo y otros en proceso de revisión y conciliación. Ejercicio 2016 Actividad Institucional 002, Programa Presupuestario M.-001 Actividades de Apoyo administrativo, presupuesto modificado 20.3 millones de pesos, presupuesto ejercido 19.9 millones de pesos, variación (.427 millones pesos). Esta actividad presente subejercicios principalmente en el capítulo 1000 servicios personales, en el que se tuvo un avance del 98 por ciento, debido principalmente a la reducción de plazas de personal eventual para dar cumplimiento a las disposiciones en materia de austeridad. Actividad Institucional 004, Programa Presupuestario 1.-E009, Conservación y Mantenimiento de infraestructura básica con otros entes públicos y privados, presupuesto modificado 224.7 millones de pesos, presupuesto ejercido 187.9 millones de pesos, variación (36.7 millones de pesos). Esta actividad presenta el mayor subejercicio en el rubro de servicios personales debido principalmente a que durante el anteproyecto de presupuesto en particular al proceso de presupuesto regularizable del capítulo 1000 no fue posible ajustar este rubro de gasto a las operaciones reales de la entidad.

  • Anexos Significa el conjunto de anexos de este Contrato, los cuales forman parte integral del mismo.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Proyecto significa el Programa o Proyecto para el cual se otorga el Financiamiento.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Concesionario Es la persona jurídica preexistente o una nueva constituida por el Adjudicatario bajo las Leyes y Disposiciones Aplicables que suscribe el Contrato con el CONCEDENTE. En cualquiera de los casos, el objeto social del CONCESIONARIO será desarrollar actividades de transmisión eléctrica y en la que el Operador Calificado es titular de la Participación Mínima.