Definición de Fuente de Pago

Fuente de Pago. Significa las Participaciones utilizadas por el Ente Público Convocante para el pago del Financiamiento, conforme a lo establecido en el Fideicomiso de Fuente de Pago.
Fuente de Pago. Hasta el [*]% ([*] por ciento) del derecho a recibir las Participaciones Federales, e ingresos derivados de dicho derecho, que le corresponden al Estado del Fondo General de Participaciones, excluyendo las Participaciones Federales que del mismo reciben los Municipios, en términos de la Ley de Coordinación Fiscal, así como los derechos, y recursos derivados de los mismos, de aquellos fondos que en su caso lo reemplacen, sustituyan o complementen.
Fuente de Pago. Recursos provenientes del financiamiento de a largo plazo, a ser suscrito por el Fideicomiso de Administración y explotación de la concesión Xxxxxx-Colón para completar los recursos necesarios para el proyecto. Co-garantía: El Estado, a través del Ministerio de Economía y Finanzas. Legislación aplicable: Leyes de la República de Panamá.

Examples of Fuente de Pago in a sentence

  • Estimados Señores: Se hace referencia al Contrato de Fideicomiso Maestro, Irrevocable de Administración y Fuente de Pago F/[●] (el “Fideicomiso”) celebrado el [●] de [●] de 20[●], entre [●], como Fiduciario, y el Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, como Fideicomitente y Fideicomisario en Segundo Xxxxx.

  • Estimado [●]: Hacemos referencia al Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente de Pago No. [●] (el “Fideicomiso”) celebrado el [●] de [●] de 2018 entre el Municipio xx Xxxxxx del Estado de Campeche, como Fideicomitente; y [●] como Fiduciario (el “Fideicomiso” o “Contrato de Fideicomiso”, indistintamente).

  • Estimados Señores: Se hace referencia al Contrato de Fideicomiso Maestro, Irrevocable de Administración y Fuente de Pago F/[●] (el “Fideicomiso”) celebrado el [●] de [●] de 20[●], entre [●], como Fiduciario, y el Municipio de Morelia, Michoacán, como Fideicomitente y Fideicomisario en Segundo Lugar.

  • Estimados Señores: Se hace referencia al Contrato de Fideicomiso Maestro, Irrevocable de Administración y Fuente de Pago número F/[●] (el “Fideicomiso”), celebrado el [●] de [●] de 2019, entre [●], como Fiduciario, y el Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave como Fideicomitente y Fideicomisario en Segundo Lugar.

  • El Fideicomitente constituye en este acto un Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente de Pago que se identifica con el número [*], para lo cual aportará al Fideicomiso la cantidad de $[*].00 ([*] pesos 00/100 M.N.), mediante depósito de la mencionada cantidad al Fiduciario en la Cuenta General (la “Aportación Inicial”).

  • Estimados Señores: Se hace referencia al Contrato de Fideicomiso Maestro, Irrevocable de Administración y Fuente de Pago F/ [_] (el “Fideicomiso”) celebrado el [_] de [_] de 2020, entre [_], como Fiduciario, y el Estado Libre y Soberano de Sonora, como Fideicomitente y Fideicomisario en Segundo Lugar.

  • Estimados Señores: Se hace referencia al Contrato de Fideicomiso Maestro, Irrevocable de Administración y Fuente de Pago número F/[●] (el “Fideicomiso”), celebrado el [●] de [●] de 20[●], entre [●], como Fiduciario, y el Estado Libre y Soberano de Oaxaca como Fideicomitente y Fideicomisario en Segundo Lugar.

  • Con fecha [●] de [●] de 20[●], el Estado, en calidad de Fideicomitente y Fideicomisario en Xxxxxxx Xxxxx, celebró con el Fiduciario, el contrato de Fideicomiso Maestro, Irrevocable de Administración y Fuente de Pago F/[●] (el “Fideicomiso”), el cual estipula la posibilidad de que el Fideicomitente realice Aportaciones Adicionales de Participaciones al patrimonio del Fideicomiso.

  • El Fideicomiso Fuente de Pago operará bajo el mecanismo de pago de porcentajes asignados, el porcentaje en particular que le corresponderá al Financiamiento dentro de dicho Fideicomiso será determinado por la Secretaría en función del monto de dicho Financiamiento y conforme a los términos y condiciones previstos en el Fideicomiso Fuente de Pago.

  • Mientras el plazo del contrato de crédito en cuenta corriente formalizado en esta Sección no concluya, el Cliente se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones y exista saldo a su favor, éste podrá continuar disponiendo del crédito, en los términos pactados en las cláusula de Disposición y Fuente de Pago, en el entendido de que ninguna disposición podrá exceder el plazo del contrato, ni el límite de crédito autorizado.


More Definitions of Fuente de Pago

Fuente de Pago. (Fondos a afectar y porcentaje de afectación) Las Partes acuerdan que las cantidades pagaderas por la Parte [●]3 al amparo de la presente Operación tendrán como fuente de pago el porcentaje de Participaciones que le corresponde a los Financiamientos, es decir, el 4.7% (cuatro punto siete por ciento) de las Participaciones conforme a lo referido a continuación, en proporción a su saldo: Crédito Banobras 1: 0.75% Crédito Banobras 2: 1.125% Crédito Banobras 3: 1.125% Crédito Citibanamex: 1.19% Crédito Banobras 4: 0.51% Dichos porcentajes no son adicionales a los establecidos como fuente de pago de los Financiamientos a los que está vinculada la presente Operación, por lo que no deben duplicarse. Se entiende como Participaciones, las participaciones, presentes y futuras, que en ingresos federales le correspondan al Estado de México del Fondo General de Participaciones, en términos de la Ley de Coordinación Fiscal, excluyendo las participaciones que correspondan a los Municipios e incluyendo (sin estar limitado a) todos los anticipos, enteros y ajustes que se cubran a cuenta de las mismas, así como cualesquiera otros fondos, y/o contribuciones y/o ingresos provenientes de la Federación, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Tesorería de la Federación y/o cualquier otra unidad administrativa que la sustituya en estas funciones, en favor del Estado de México que eventualmente las sustituyan y/o complementen por cualquier causa.
Fuente de Pago. Las distribuciones que deban hacerse a los Tenedores de conformidad con los Certificados Bursátiles deberán pagarse exclusivamente con los activos del Patrimonio del Fideicomiso. El Patrimonio del Fideicomiso también estará disponible para realizar pagos de las comisiones por administración, gastos e indemnizaciones, entre otros, como se dispone en el Contrato de Fideicomiso. Favor de consultar la Sección “III. ESTRUCTURA DE LA OPERACIÓN — 2. Patrimonio del Fideicomiso — 2.3 Liquidación del Patrimonio del Fideicomiso, Eventos de Incumplimiento: Si un Evento de Incumplimiento tiene lugar, la Asamblea de Tenedores podrá decidir liquidar o no el Patrimonio del Fideicomiso. En caso que la Asamblea de Tenedores decida liquidar el Patrimonio del Fideicomiso, el Administrador deberá utilizar sus mejores esfuerzos comercialmente razonables para liquidar todas las Inversiones del Fideicomiso de una manera ordenada; en el entendido, que si a juicio del Administrador una Inversión del Fideicomiso no debiera ser liquidada, dicha inversión podría ser distribuida y pagada en especie de conformidad con el Contrato de Fideicomiso. Cualquiera de los siguientes eventos constituirá un "Evento de Incumplimiento": (i) que cualquier Inversión no haya sido dispuesta, liquidada o declarada como pérdida a la Fecha de Vencimiento; (ii) que Banco Credit Suisse haya sido removido con causa como Administrador después de que haya ocurrido un Evento de Remoción del Administrador; o (iii) que el Fideicomiso se disuelva, liquide o sea declarado en concurso mercantil o quiebra y la solicitud o proceso relacionado no es desechado dentro de los 120 Días Hábiles a partir de la fecha en que dicha solicitud sea notificada. Lugar y Forma de Pago: Todos los pagos en efectivo a los Tenedores se realizarán por transferencia electrónica a través de Indeval, ubicada en Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx. 000, Xxxx 0, Xxx. Cuauhtémoc, 06500, México, Distrito Federal. Depositario: S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V.
Fuente de Pago. Significa los recursos que se encuentran afectos al patrimonio del Fideicomiso Maestro, en específico el 100% de los Derechos sobre las Participaciones y la totalidad de los Derechos Derivados del FAFEF. Lo anterior, conforme a los términos del Fideicomiso Maestro.
Fuente de Pago. El pago de las obligaciones derivadas de los Bonos provendrá de los recursos financieros generales del Emisor. Casa de Valores y Puesto de Bolsa: MMG Bank Corporation.

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  • Límite de cobertura Hasta USD $150 (ciento cincuenta dólares exactos) por año póliza, valor, máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 3 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento

  • Fecha de Pago significa los días 25 (veinticinco) de cada mes calendario, en que se deberá llevar a cabo el pago mensual de capital e intereses y, en el caso que éste no sea un Día Hábil, el Día Hábil inmediato siguiente, salvo por el último periodo que, en caso de no ser un Día Hábil se adelantará al Día Hábil inmediato anterior, debiendo tomar en consideración la definición de Periodo de Pago.

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  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 3

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  • Estado Estado Dominicano.

  • Cobertura Es la prestación que se ofrece en los términos establecidos en la póliza, cuando se produce un siniestro que afecte a cualquiera de las garantías contratadas.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Enmienda Comunicación escrita, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones, con el fin de modificar el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otra Enmienda y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Sobre Cerrado Cualquier medio que contenga la Oferta del Concursante, cuyo contenido solo puede ser conocido en el acto de presentación y apertura de Ofertas en términos de las Disposiciones;

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que, juntamente con el asegurador, suscribe este contrato, y al que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el asegurado.

  • Siniestro todo hecho cuyas consecuencias estén cubiertas por alguna de las garantías de la póliza.

  • Pago Estos precios y pagos constituirán la compensación total por suministro de mano de obra, equipo, herramientas y operaciones conexas en la ejecución de los trabajos descritos en esta especificación.

  • Servicios Conexos significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como seguro, instalación, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del Proveedor en virtud del Contrato.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Punto de Entrega Es el punto o los puntos en los cuales EL VENDEDOR Entrega y transfiere el derecho de propiedad sobre el Gas a EL COMPRADOR. Lo anterior de conformidad con lo establecido en numeral VIII de las Condiciones Particulares y la Cláusula Décima Segunda de las Condiciones Generales del presente Contrato.

  • Pedido significa la orden de compra emitida por Cargill que contiene las condiciones específicas de la venta y la compra de las Mercancías que allí se especifican.

  • Asegurado La persona física o jurídica, titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador asume las obligaciones derivadas del contrato.

  • Franquicia aquella suma de dinero, expresada en términos fijos o porcentuales, que en el momento de los desembolsos correspondientes a una Reclamación, corresponde al Asegurado, de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del presente seguro, y cuya cuantía se determina en las Condiciones Particulares del mismo.