Common use of ACCIDENTES AL CONDUCTOR Clause in Contracts

ACCIDENTES AL CONDUCTOR. De aparecer contratada en la carátula de esta póliza, y si como resultado directo de una Colisión y/o vuelco del Vehículo Asegurado durante la vigencia de esta cobertura, el Conductor sufriera una lesión corporal que le causare la pérdida de uno o varios miembros o la muerte hasta en un plazo de 90 (noventa) días naturales siguientes a la fecha de dicho acontecimiento, la Compañía pagará alguno de los porcentajes de la Suma Asegurada señalada para esta cobertura de acuerdo a la siguiente tabla: 32 Autotal La vida 100 % Ambas manos o ambos pies o la vista de ambos ojos 100 % Una mano y un pie 100 % Una mano y la vista de un ojo o un pie y la vista de un ojo 100 % Una mano o un pie 50 % La vista de un ojo 30 % El pulgar de cualquier mano 15 % El índice de cualquier mano 10 % Por pérdida de una mano se entenderá su separación o anquilosis al nivel de la articulación carpo-metacarpiana o arriba de ella; por pérdida de un pie, su separación o anquilosis de la articulación tibio-tarsiana o arriba de ella; por pérdida de los dedos, su separación o su anquilosis sea de dos falanges completas cuando menos; y por pérdida de la vista, se entenderá la pérdida completa y definitiva de la visión. Cuando sean varias las indemnizaciones durante la vigencia de esta póliza, en una o varias Colisiones o vuelcos del Vehículo Asegurado, la indemnización acumulada no podrá exceder la Suma Asegurada contratada para esta cobertura.

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Samples: Condiciones Generales

ACCIDENTES AL CONDUCTOR. De aparecer contratada esta cobertura en la carátula de esta póliza, y si como resultado directo de una Colisión y/o vuelco del Vehículo Asegurado durante la vigencia de esta cobertura, el Conductor sufriera una lesión corporal que le causare la pérdida de uno o varios miembros o la muerte hasta en un plazo de 90 (noventa) días naturales siguientes a la fecha de dicho acontecimiento, la Compañía pagará alguno de los porcentajes de la Suma Asegurada señalada para esta cobertura de acuerdo a la siguiente tabla: 32 Autotal La vida 100 % Ambas manos o ambos pies o la vista de ambos ojos 100 % Una mano y un pie 100 % Una mano y la vista de un ojo o un pie y la vista de un ojo 100 % Una mano o un pie 50 % La vista de un ojo 30 % El pulgar de cualquier mano 15 % El índice de cualquier mano 10 % Por pérdida de una mano se entenderá su separación o anquilosis al nivel de la articulación carpo-carpo- metacarpiana o arriba de ella; por pérdida de un pie, su separación o anquilosis de la articulación tibio-tarsiana o arriba de ella; por pérdida de los dedos, su separación o su anquilosis sea de dos falanges completas cuando menos; y por pérdida de la vista, se entenderá la pérdida completa y definitiva de la visión. Cuando sean varias las indemnizaciones durante la vigencia de esta póliza, en una o varias Colisiones o vuelcos del Vehículo Asegurado, la indemnización acumulada no podrá exceder la Suma Asegurada contratada para esta cobertura.

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Samples: Condiciones Generales De La Póliza De Autotal Para Autos

ACCIDENTES AL CONDUCTOR. De aparecer contratada esta cobertura en la carátula de esta póliza, y si como resultado directo de una Colisión y/o vuelco del Vehículo Asegurado durante la vigencia de esta cobertura, el Conductor sufriera una lesión corporal que le causare la pérdida de uno o varios miembros o la muerte hasta en un plazo de 90 (noventa) días naturales siguientes a la fecha de dicho acontecimiento, la Compañía pagará alguno de los porcentajes de la Suma Asegurada señalada para esta cobertura de acuerdo a la siguiente tabla: 32 Autotal Por la pérdida de: Porcentaje de la Suma Asegurada La vida 100 % Ambas manos o ambos pies o la vista de ambos ojos 100 % Una mano y un pie 100 % Una mano y la vista de un ojo o un pie y la vista de un ojo 100 % Una mano o un pie 50 % La vista de un ojo 30 % El pulgar de cualquier mano 15 % El índice de cualquier mano 10 % Por pérdida de una mano se entenderá su separación o anquilosis al nivel de la articulación carpo-carpo- metacarpiana o arriba de ella; por pérdida de un pie, su separación o anquilosis de la articulación tibio-tibio- tarsiana o arriba de ella; por pérdida de los dedos, su separación o su anquilosis sea de dos falanges completas cuando menos; y por pérdida de la vista, se entenderá la pérdida completa y definitiva de la visión. Cuando sean varias las indemnizaciones durante la vigencia de esta póliza, en una o varias Colisiones o vuelcos del Vehículo Asegurado, la indemnización acumulada no podrá exceder la Suma Asegurada contratada para esta cobertura.

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Samples: www.inbursa.com

ACCIDENTES AL CONDUCTOR. De aparecer contratada 2.10.1. Cobertura Para los efectos de esta cobertura quedará amparada la pérdida de la vida o de miembros que sufra el conductor del vehículo descrito en la carátula de esta pólizala Póliza, o de aquella persona que con el consentimiento expreso o tácito del asegurado, use el vehículo, siempre y si como resultado directo cuando se haya ocasionado por un Accidente automovilístico o por cualquiera de una Colisión y/los riesgos mencionados en la cláusula 2.1.1 de estas condiciones generales, siempre que las lesiones corporales o vuelco la pérdida de la vida ocurran mientras se encuentren dentro del Vehículo Asegurado compartimiento, caseta o cabina destinada al transporte de personas. Si durante la vigencia de esta coberturaeste seguro, y como resultado directo del Accidente automovilístico sufrido por el Conductor sufriera una lesión corporal que le causare conductor, desde la pérdida fecha de uno o varios miembros o la muerte hasta en un plazo ocurrencia del Siniestro y dentro de 90 (noventa) los noventa días naturales siguientes a la fecha de dicho acontecimientodel mismo, la Compañía lesión produjera cualquiera de las pérdidas a continuación enumeradas, MAPFRE pagará alguno de como máximo los siguientes porcentajes de la Suma Asegurada señalada para esta cobertura suma asegurada contratada e indicada en carátula de acuerdo a la siguiente tablaPóliza: 32 Autotal La vida 100 100% Ambas manos o ambos pies o la vista de ambos ojos 100 100% Una mano y un pie 100 100% Una mano y la vista de un ojo o un pie y la vista de un ojo 100 100% Una mano o un pie 50 50% La vista de un ojo 30 30% El pulgar de cualquier mano 15 15% El índice de cualquier mano 10 10% Por Se entiende por pérdida de una mano se entenderá la mano, su anquilosis o separación o anquilosis al nivel de completa desde la articulación carpo-metacarpiana xx xxxx o arriba de ella; por pérdida de un pie, su anquilosis o separación o anquilosis de completa desde la articulación tibio-tarsiana del tobillo o arriba de ellaél; por pérdida de los dedosla vista de un ojo, su la desaparición completa e irreparable de esta función en ese ojo; por pérdida xx xxxxxx o índice, la anquilosis o separación o su anquilosis sea de dos falanges completas cuando menos; y por pérdida de la vista, se entenderá la pérdida completa y definitiva de la visión. Cuando sean varias las indemnizaciones durante la vigencia de esta póliza, en una o varias Colisiones o vuelcos del Vehículo Asegurado, la indemnización acumulada no podrá exceder la Suma Asegurada contratada para esta coberturacada dedo.

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Samples: zonaliados.mapfre.com.mx