Common use of ACCIDENTES PERSONALES Clause in Contracts

ACCIDENTES PERSONALES. 24h - Fallecimiento 2000€ 2000€ 2000€ Accidentes Personales 24h - Inválidez 6000€ 6000€ 6000€ Responsabilidad Civil Privada 60000€ 60000€ 60000€ Responsabilidad Civil del Profesor o Tutor 60000€ 60000€ 60000€ Cuando el Asegurado se encuentre a bordo de cualquier tipo de vehículo terrestre, marítimo o aéreo el Asegurador no estará obligado a la prestación de ningún tipo de servicio, que si se prestará en cuanto el Asegurado se encuentre en tierra firme. Quedan excluidos de las coberturas de la presente póliza aquellos países que durante el viaje o desplazamiento del Asegurado se hallen en estado xx xxxxxx o de sitio, insurrección o conflicto bélico de cualquier clase o naturaleza, aun cuando no hayan sido declarados oficialmente, y aquellos que específicamente figuren en el recibo o en las Condiciones Particulares. Queda expresamente convenido que las obligaciones del Asegurador derivadas de la cobertura de esta póliza, finalizan en el instante en que el Asegurado haya regresado a su domicilio habitual, o haya sido ingresado en un centro sanitario situado como máximo a 25 km. de distancia del citado domicilio. RECARGO POR CRUCEROS 50% Asegurados con domicilio habitual en el extranjero: En el caso de que el Asegurado tenga su domicilio habitual en el extranjero, y haya contratado la póliza a través de Internet para un viaje con destino a España, las primas se facturarán en función de su continente de procedencia. Es decir, si su domicilio habitual está en Europa, la prima a cobrar será la de “Europa”, si su continente de procedencia es América, Asia u Oceanía, la prima a cobrar será la de “Mundo”. En el supuesto de que el destino del viaje no sea España, si se trata de un Asegurado con residencia habitual en Europa y su destino es Europa, la prima a cobrar será la de "EUROPA", en el resto de los supuestos la prima a cobrar será la de "MUNDO". En cualquier caso, las coberturas del contrato para los asegurados no residentes en España estarán limitadas a viajes con destino distinto al de su residencia, quedando excluidos los viajes con destino a su propio país de residencia. Asimismo, el capital asegurado en cada una de las garantías de la presente póliza será el que correspondería a un español en el extranjero, y las repatriaciones contempladas en las Condiciones Generales de la póliza se realizarían siempre hasta la localidad en la que tenga su domicilio habitual en el extranjero, que deberá ser desde la que contrató el presente seguro de Asistencia en viaje y que habrá tenido que comunicar a ARAG en el momento de la contratación del seguro tanto a los efectos del pago de la prima correspondiente, como de los límites económicos de las coberturas. Cuando un asegurado tenga su residencia habitual en España, y sea de nacionalidad española, el ámbito territorial de la cobertura de Responsabilidad Civil Privada será el de todo el mundo. Cuando el asegurado tenga su domicilio habitual en el extranjero, o sea de nacionalidad no española, la garantía de Responsabilidad Civil será válida exclusivamente para siniestros ocurridos en España. A los efectos de que los clientes del Tomador del seguro, que serán los Asegurados por la presente póliza, sean conocedores de las garantías que están cubiertas por este seguro, ARAG entregará Bonos para la distribución por parte del Tomador del seguro entre sus clientes, los cuales serán el único documento válido que certifique a los mismos como Asegurados de la presente póliza. El Tomador del seguro incluirá la fecha de inicio y término de cada viaje en todos los Bonos que distribuya.

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Samples: Seguro De Asistencia en Viaje

ACCIDENTES PERSONALES. 24h - Fallecimiento 200015000200015000200015000€ Accidentes Personales 24h - Inválidez 600015000600015000600015000€ Accidentes Personales Medio Transporte - Invalidez 15000€ 15000€ 15000€ Accidentes Personales Medio Transporte 15000€ 15000€ 15000€ Responsabilidad Civil Privada 6000030000600003000060000€ Responsabilidad Civil del Profesor o Tutor 60000€ 60000€ 6000030000€ Cuando el Asegurado se encuentre a bordo de cualquier tipo de vehículo terrestre, marítimo o aéreo el Asegurador no estará obligado a la prestación de ningún tipo de servicio, que si se prestará en cuanto el Asegurado se encuentre en tierra firme. Quedan excluidos de las coberturas de la presente póliza aquellos países que durante el viaje o desplazamiento del Asegurado se hallen en estado xx xxxxxx o de sitio, insurrección o conflicto bélico de cualquier clase o naturaleza, aun cuando no hayan sido declarados oficialmente, y aquellos que específicamente figuren en el recibo o en las Condiciones Particulares. Queda expresamente convenido que las obligaciones del Asegurador derivadas de la cobertura de esta póliza, finalizan en el instante en que el Asegurado haya regresado a su domicilio habitual, o haya sido ingresado en un centro sanitario situado como máximo a 25 km. de distancia del citado domicilio. RECARGO POR CRUCEROS 5025% RECARGO POR AVENTURA 20% DESCUENTO TARIFA FAMILIA 15% DESCUENTO TARIFA GRUPO (DE 5 A 9 ASEGURADOS) 5% DESCUENTO TARIFA GRUPO (DE 10 ASEGURADOS EN ADELANTE) 15% Asegurados con domicilio habitual en el extranjero: En el caso de que el Asegurado tenga su domicilio habitual en el extranjero, y haya contratado la póliza a través de Internet para un viaje con destino a España, las primas se facturarán en función de su continente de procedencia. Es decir, si su domicilio habitual está en Europa, la prima a cobrar será la de “Europa”, si su continente de procedencia es América, Asia u Oceanía, la prima a cobrar será la de “Mundo”. En el supuesto de que el destino del viaje no sea España, si se trata de un Asegurado con residencia habitual en Europa y su destino es Europa, la prima a cobrar será la de "EUROPA", en el resto de los supuestos la prima a cobrar será la de "MUNDO". En cualquier caso, las coberturas del contrato para los asegurados no residentes en España estarán limitadas a viajes con destino distinto al de su residencia, quedando excluidos los viajes con destino a su propio país de residencia. Asimismo, el capital asegurado en cada una de las garantías de la presente póliza será el que correspondería a un español en el extranjero, y las repatriaciones contempladas en las Condiciones Generales de la póliza se realizarían siempre hasta la localidad en la que tenga su domicilio habitual en el extranjero, que deberá ser desde la que contrató el presente seguro de Asistencia en viaje y que habrá tenido que comunicar a ARAG en el momento de la contratación del seguro tanto a los efectos del pago de la prima correspondiente, como de los límites económicos de las coberturas. Cuando un asegurado tenga su residencia habitual en España, y sea de nacionalidad española, el ámbito territorial de la cobertura de Responsabilidad Civil Privada será el de todo el mundo. Cuando el asegurado tenga su domicilio habitual en el extranjero, o sea de nacionalidad no española, la garantía de Responsabilidad Civil será válida exclusivamente para siniestros ocurridos en España. A los efectos de que los clientes del Tomador del seguro, que serán los Asegurados por la presente póliza, sean conocedores de las garantías que están cubiertas por este seguro, ARAG entregará Bonos para la distribución por parte del Tomador del seguro entre sus clientes, los cuales serán el único documento válido que certifique a los mismos como Asegurados de la presente póliza. El Tomador del seguro incluirá la fecha de inicio y término de cada viaje en todos los Bonos que distribuya.

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Samples: Seguro De Asistencia en Viaje

ACCIDENTES PERSONALES. 24h - Fallecimiento 2000€ 2000€ 2000€ Accidentes Personales 24h - Inválidez 6000€ 6000€ 6000€ Responsabilidad Civil Privada 60000€ 60000€ 60000€ Responsabilidad Civil CUANDO DENTRO DE LOS CIENTO OCHENTA EVENTO % DE INDEMNIZACIÓN Muerte accidental 100% Por toda lesión que le impida al asegurado realizar total y permanentemente su ocupación habitual u otra cualquiera compatible con su educación, formación o experiencia. Por la pérdida total e irremediable de la visión por ambos ojos. Por la pérdida o inutilización total y permanente de ambas manos o de (180) DÍAS COMUNES SIGUIENTES A LA OCURRENCIA DE UN ACCIDENTE AMPARADO POR EL PRESENTE SEGURO, EL ASEGURADO O SU CONDUCTOR AUTORIZADO FALLEZCA COMO CONSECUENCIA DE LAS LESIONES SUFRIDAS EN DICHO EVENTO, O PADECIERE ALGUNA DE LAS PÉRDIDAS O INUTILIZACIONES DESCRITAS A CONTINUACIÓN, QBE SEGUROS S.A. RECONOCERÁ LOS PORCENTAJES QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN, APLICADOS A LA SUMA ASEGURADA ESTIPULADA EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA: Conciliación prejudicial 7 Contestación de la demanda 90 Conciliación Judicial 30 Alegatos de conclusión 70 Sentencia 70 Por la pérdida total e irrecuperable de la visión por un ojo, conjuntamente con la pérdida o inutilización total y permanente de una mano o de un pie. Por la pérdida total e irreparable del Profesor habla o Tutor 60000€ 60000€ 60000€ Cuando el Asegurado se encuentre a bordo de cualquier tipo la audición por ambos oídos. Por la pérdida o inutilización total y permanente de vehículo terrestre, marítimo la mano derecha o aéreo el Asegurador no estará obligado a de un pie. 60% Por la prestación pérdida o inutilización total y permanente de ningún tipo la mano izquierda. 50% Por la pérdida total e irrecuperable de servicio, que si se prestará en cuanto el Asegurado se encuentre en tierra firmela visión por un ojo. Quedan excluidos Por la pérdida o inutilización total y permanente del dedo pulgar de la mano derecha. 20% Por la pérdida o inutilización total y permanente del dedo índice de la mano derecha. 10% Por la pérdida o inutilización total y permanente del dedo pulgar de la mano izquierda. Por la pérdida o inutilización total y permanente del dedo índice de la mano izquierda. 5% Por la pérdida o inutilización total y permanente de cada uno de los restantes dedos de las coberturas de la presente póliza aquellos países que durante el viaje o desplazamiento del Asegurado se hallen en estado xx xxxxxx o de sitiomanos. CUANDO EL ASEGURADO Y TOMADOR SEAN PERSONAS JURÍDICAS, insurrección o conflicto bélico de cualquier clase o naturalezaESTE AMPARO SE EXTIENDE AL CONDUCTOR AUTORIZADO DEL VEHÍCULO ASEGURADO Y APLICA SOLAMENTE EN ACCIDENTES OCURRIDOS MIENTRAS CONDUCE EL VEHÍCULO ASEGURADO. EN CASO QUE EL ASEGURADO SUFRA VARIAS DE LAS LESIONES ANTERIORMENTE ENUNCIADAS, aun cuando no hayan sido declarados oficialmenteLA RESPONSABILIDAD DE QBE SEGUROS S.A. NO EXCEDERÁ LA SUMA ESTABLECIDA EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA COMO VALOR ASEGURADO PARA ESTA COBERTURA. LAS INDEMNIZACIONES PAGADAS POR CONCEPTO DE PÉRDIDA FÍSICA O FUNCIONAL DE DEDOS DE LA MANO O DEL PIE, y aquellos que específicamente figuren en el recibo o en las Condiciones ParticularesSE DEDUCIRÁN DE CUALQUIER PAGO QUE SE HICIERE POSTERIORMENTE POR CONCEPTO DE LA PÉRDIDA DE LA MANO O DEL PIE RESPECTIVO. Queda expresamente convenido que las obligaciones del Asegurador derivadas de la cobertura de esta pólizaEL PRESENTE AMPARO SE EXTINGUIRÁ CUANDO EL ASEGURADO O CONDUCTOR AUTORIZADO POR EL TOMADOR Y/O ASEGURADO O LOS BENEFICIARIOS RECIBAN CUALQUIERA DE LAS INDEMNIZACIONES INDICADAS ANTERIORMENTE, finalizan en el instante en que el Asegurado haya regresado a su domicilio habitualO EN EL MOMENTO EN QUE TERMINE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE PÓLIZA, o haya sido ingresado en un centro sanitario situado como máximo a 25 kmSALVO QUE CUALQUIERA DE LAS PARTES LO REVOQUE CON ANTERIORIDAD. de distancia del citado domicilioPARA EFECTOS DE ESTE AMPARO, E INDEPENDIENTEMENTE DEL NÚMERO DE PÓLIZAS DE AUTOMÓVILES QUE CONTRATE, CADA ASEGURADO PODRÁ CONTRATAR SOLAMENTE UN AMPARO DE ACCIDENTES PERSONALES, ASÍ TENGA MÁS DE UNA PÓLIZA VIGENTE. RECARGO DE IGUAL FORMA, SI QBE SEGUROS S.A. DETECTA HABER PAGADO MÁS DE UNA INDEMNIZACIÓN CON CARGO A ESTA COBERTURA Y LA RECLAMACIÓN SE FUNDAMENTÓ EN LOS MISMOS HECHOS, SOLICITARÁ SU REINTEGRO. EL ASEGURADO DEBERA APORTAR PARA LA INDEMNIZACIÓN EL CONCEPTO DE LA INCAPACIDAD, DESMEMBRACIÓN O PÉRDIDA FUNCIONAL, CERTIFICADA POR CRUCEROS 50% Asegurados con domicilio habitual en el extranjero: En el caso de que el Asegurado tenga su domicilio habitual en el extranjeroEPS, y haya contratado la póliza a través de Internet para un viaje con destino a EspañaARL Y/O JUNTA DE CALIFICACIÓN, las primas se facturarán en función de su continente de procedencia. Es decir, si su domicilio habitual está en Europa, la prima a cobrar será la de “Europa”, si su continente de procedencia es América, Asia u Oceanía, la prima a cobrar será la de “Mundo”. En el supuesto de que el destino del viaje no sea España, si se trata de un Asegurado con residencia habitual en Europa y su destino es Europa, la prima a cobrar será la de "EUROPA", en el resto de los supuestos la prima a cobrar será la de "MUNDO". En cualquier caso, las coberturas del contrato para los asegurados no residentes en España estarán limitadas a viajes con destino distinto al de su residencia, quedando excluidos los viajes con destino a su propio país de residencia. Asimismo, el capital asegurado en cada una de las garantías de la presente póliza será el que correspondería a un español en el extranjero, y las repatriaciones contempladas en las Condiciones Generales de la póliza se realizarían siempre hasta la localidad en la que tenga su domicilio habitual en el extranjero, que deberá ser desde la que contrató el presente seguro de Asistencia en viaje y que habrá tenido que comunicar a ARAG en el momento de la contratación del seguro tanto a los efectos del pago de la prima correspondiente, como de los límites económicos de las coberturas. Cuando un asegurado tenga su residencia habitual en España, y sea de nacionalidad española, el ámbito territorial de la cobertura de Responsabilidad Civil Privada será el de todo el mundo. Cuando el asegurado tenga su domicilio habitual en el extranjero, o sea de nacionalidad no española, la garantía de Responsabilidad Civil será válida exclusivamente para siniestros ocurridos en España. A los efectos de que los clientes del Tomador del seguro, que serán los Asegurados por la presente póliza, sean conocedores de las garantías que están cubiertas por este seguro, ARAG entregará Bonos para la distribución por parte del Tomador del seguro entre sus clientes, los cuales serán el único documento válido que certifique a los mismos como Asegurados de la presente póliza. El Tomador del seguro incluirá la fecha de inicio y término de cada viaje en todos los Bonos que distribuyaCON BASE EN EL MANUAL ÚNICO DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ VIGENTE.

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Samples: Insurance Policy

ACCIDENTES PERSONALES. 24h - Fallecimiento 2000€ 2000€ 2000€ Accidentes Personales 24h - Inválidez 6000€ 6000€ 6000€ Responsabilidad Civil Privada 60000€ 60000€ 60000€ Responsabilidad Civil CUANDO DENTRO DE LOS CIENTO OCHENTA (180) DÍAS COMUNES SIGUIENTES A LA OCURRENCIA DE UN ACCIDENTE AMPARADO POR EL PRESENTE SEGURO, EL ASEGURADO O SU CONDUCTOR AUTORIZADO FALLEZCA COMO CONSECUENCIA DE LAS LESIONES SUFRIDAS EN DICHO EVENTO, O PADECIERE ALGUNA DE LAS PÉRDIDAS O INUTILIZACIONES DESCRITAS A CONTINUACIÓN, ZLS ASEGURADORA DE COLOMBIA S.A. RECONOCERÁ LOS PORCENTAJES QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN, APLICADOS A LA SUMA ASEGURADA ESTIPULADA EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA: EVENTO % DE INDEMNIZACIÓN Muerte accidental 100% Por toda lesión que le impida al asegurado realizar total y permanentemente su ocupación habitual u otra cualquiera compatible con su educación, formación o experiencia. Por la pérdida total e irremediable de la visión por ambos ojos. Por la pérdida o inutilización total y permanente de ambas manos o de ambos pies o de una mano y un pie. Por la pérdida total e irrecuperable de la visión por un ojo, conjuntamente con la pérdida o inutilización total y permanente de una mano o de un pie. Por la pérdida total e irreparable del Profesor habla o Tutor 60000€ 60000€ 60000€ Cuando el Asegurado se encuentre a bordo de cualquier tipo la audición por ambos oídos. Por la pérdida o inutilización total y permanente de vehículo terrestre, marítimo la mano derecha o aéreo el Asegurador no estará obligado a de un pie. 60% Por la prestación pérdida o inutilización total y permanente de ningún tipo la mano izquierda. 50% Por la pérdida total e irrecuperable de servicio, que si se prestará en cuanto el Asegurado se encuentre en tierra firmela visión por un ojo. Quedan excluidos Por la pérdida o inutilización total y permanente del dedo pulgar de la mano derecha. 20% Por la pérdida o inutilización total y permanente del dedo índice de la mano derecha. 10% Por la pérdida o inutilización total y permanente del dedo pulgar de la mano izquierda. Por la pérdida o inutilización total y permanente del dedo índice de la mano izquierda. 5% Por la pérdida o inutilización total y permanente de cada uno de los restantes dedos de las coberturas de la presente póliza aquellos países que durante el viaje o desplazamiento del Asegurado se hallen en estado xx xxxxxx o de sitiomanos. CUANDO EL ASEGURADO O EL TOMADOR DE LA PÓLIZA SEA UNA PERSONA NATURAL, insurrección o conflicto bélico de cualquier clase o naturalezaEL AMPARO SE EXTIENDE CUANDO SEA CONDUCTOR DE CUALQUIER OTRO VEHÍCULO DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS AL VEHÍCULO ASEGURADO, aun cuando no hayan sido declarados oficialmenteO CUANDO VAYA COMO OCUPANTE DE CUALQUIER VEHÍCULO AUTOMOTOR TERRESTRE, y aquellos que específicamente figuren en el recibo o en las Condiciones ParticularesSIEMPRE Y CUANDO LA PÓLIZA DE DICHO VEHÍCULO NO CUENTE CON LA COBERTURA DE ACCIDENTES PERSONALES, O CONTANDO CON ELLA, NO HAYA LUGAR A UNA INDEMNIZACIÓN. Queda expresamente convenido que las obligaciones del Asegurador derivadas de la cobertura de esta pólizaNO OBSTANTE LO ANTERIOR, finalizan en el instante en que el Asegurado haya regresado a su domicilio habitualCUANDO EL TOMADOR Y EL ASEGURADO SEAN PERSONAS NATURALES DIFERENTES, o haya sido ingresado en un centro sanitario situado como máximo a 25 kmEL PRESENTE AMPARO SE EXTIENDE ÚNICAMENTE AL ASEGURADO. de distancia del citado domicilioCUANDO EL ASEGURADO Y TOMADOR SEAN PERSONAS JURÍDICAS, ESTE AMPARO SE EXTIENDE AL CONDUCTOR AUTORIZADO DEL VEHÍCULO ASEGURADO Y APLICA SOLAMENTE EN ACCIDENTES OCURRIDOS MIENTRAS CONDUCE EL VEHÍCULO ASEGURADO. RECARGO EN CASO QUE EL ASEGURADO SUFRA VARIAS DE LAS LESIONES ANTERIORMENTE ENUNCIADAS, LA RESPONSABILIDAD DE ZLS ASEGURADORA DE COLOMBIA S.A. NO EXCEDERÁ LA SUMA ESTABLECIDA EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA COMO VALOR ASEGURADO PARA ESTA COBERTURA. LAS INDEMNIZACIONES PAGADAS POR CRUCEROS 50% Asegurados con domicilio habitual en el extranjero: En el caso de que el Asegurado tenga su domicilio habitual en el extranjeroCONCEPTO DE PÉRDIDA FÍSICA O FUNCIONAL DE DEDOS DE LA MANO O DEL PIE, y haya contratado la póliza a través de Internet para un viaje con destino a EspañaSE DEDUCIRÁN DE CUALQUIER PAGO QUE SE HICIERE POSTERIORMENTE POR CONCEPTO DE LA PÉRDIDA DE LA MANO O DEL PIE RESPECTIVO. EL PRESENTE AMPARO SE EXTINGUIRÁ CUANDO EL ASEGURADO O CONDUCTOR AUTORIZADO POR EL TOMADOR Y/O ASEGURADO O LOS BENEFICIARIOS RECIBAN CUALQUIERA DE LAS INDEMNIZACIONES INDICADAS ANTERIORMENTE, las primas se facturarán en función de su continente de procedenciaO EN EL MOMENTO EN QUE TERMINE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE PÓLIZA, SALVO QUE CUALQUIERA DE LAS PARTES LO REVOQUE CON ANTERIORIDAD. Es decirPARA EFECTOS DE ESTE AMPARO, si su domicilio habitual está en EuropaE INDEPENDIENTEMENTE DEL NÚMERO DE PÓLIZAS DE AUTOMÓVILES QUE CONTRATE, la prima a cobrar será la de “Europa”CADA ASEGURADO PODRÁ CONTRATAR SOLAMENTE UN AMPARO DE ACCIDENTES PERSONALES. DE IGUAL FORMA, si su continente de procedencia es AméricaSI ZLS ASEGURADORA DE COLOMBIA S.A. DETECTA HABER PAGADO MÁS DE UNA INDEMNIZACIÓN CON CARGO A ESTA COBERTURA Y LA RECLAMACIÓN SE FUNDAMENTÓ EN LOS MISMOS HECHOS, Asia u OceaníaSOLICITARÁ SU REINTEGRO. EL ASEGURADO DEBERÁ APORTAR PARA LA INDEMNIZACIÓN EL CONCEPTO DE INCAPACIDAD, la prima a cobrar será la de “Mundo”. En el supuesto de que el destino del viaje no sea EspañaDESMEMBRACIÓN O PÉRDIDA FUNCIONAL, si se trata de un Asegurado con residencia habitual en Europa y su destino es EuropaCERTIFICADA POR SU EPS, la prima a cobrar será la de "EUROPA"ARL Y/O JUNTA DE CALIFICACIÓN, en el resto de los supuestos la prima a cobrar será la de "MUNDO". En cualquier caso, las coberturas del contrato para los asegurados no residentes en España estarán limitadas a viajes con destino distinto al de su residencia, quedando excluidos los viajes con destino a su propio país de residencia. Asimismo, el capital asegurado en cada una de las garantías de la presente póliza será el que correspondería a un español en el extranjero, y las repatriaciones contempladas en las Condiciones Generales de la póliza se realizarían siempre hasta la localidad en la que tenga su domicilio habitual en el extranjero, que deberá ser desde la que contrató el presente seguro de Asistencia en viaje y que habrá tenido que comunicar a ARAG en el momento de la contratación del seguro tanto a los efectos del pago de la prima correspondiente, como de los límites económicos de las coberturas. Cuando un asegurado tenga su residencia habitual en España, y sea de nacionalidad española, el ámbito territorial de la cobertura de Responsabilidad Civil Privada será el de todo el mundo. Cuando el asegurado tenga su domicilio habitual en el extranjero, o sea de nacionalidad no española, la garantía de Responsabilidad Civil será válida exclusivamente para siniestros ocurridos en España. A los efectos de que los clientes del Tomador del seguro, que serán los Asegurados por la presente póliza, sean conocedores de las garantías que están cubiertas por este seguro, ARAG entregará Bonos para la distribución por parte del Tomador del seguro entre sus clientes, los cuales serán el único documento válido que certifique a los mismos como Asegurados de la presente póliza. El Tomador del seguro incluirá la fecha de inicio y término de cada viaje en todos los Bonos que distribuyaCON BASE EN EL MANUAL ÚNICO DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ VIGENTE.

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Samples: Insurance Policy

ACCIDENTES PERSONALES. 24h - Fallecimiento 2000€ 2000€ 2000€ Accidentes Personales 24h - Inválidez 6000€ 6000€ 6000€ Responsabilidad Civil Privada 60000€ 60000€ 60000€ Responsabilidad Civil CUANDO DENTRO DE LOS CIENTO OCHENTA (180) DÍAS COMUNES SIGUIENTES A LA OCURRENCIA DE UN ACCIDENTE AMPARADO POR EL PRESENTE SEGURO, EL ASEGURADO O SU CONDUCTOR AUTORIZADO FALLEZCA COMO CONSECUENCIA DE LAS LESIONES SUFRIDAS EN DICHO EVENTO, O PADECIERE ALGUNA DE LAS PÉRDIDAS O INUTILIZACIONES DESCRITAS A CONTINUACIÓN, QBE SEGUROS S.A. RECONOCERÁ LOS PORCENTAJES QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN, APLICADOS A LA SUMA ASEGURADA ESTIPULADA EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA: EVENTO % DE INDEMNIZACIÓN Muerte accidental 100% Por toda lesión que le impida al asegurado realizar total y permanentemente su ocupación habitual u otra cualquiera compatible con su educación, formación o experiencia. Por la pérdida total e irremediable de la visión por ambos ojos. Por la pérdida o inutilización total y permanente de ambas manos o de ambos pies o de una mano y un pie. Por la pérdida total e irrecuperable de la visión por un ojo, conjuntamente con la pérdida o inutilización total y permanente de una mano o de un pie. Por la pérdida total e irreparable del Profesor habla o Tutor 60000€ 60000€ 60000€ Cuando el Asegurado se encuentre a bordo de cualquier tipo la audición por ambos oídos. Por la pérdida o inutilización total y permanente de vehículo terrestre, marítimo la mano derecha o aéreo el Asegurador no estará obligado a de un pie. 60% Por la prestación pérdida o inutilización total y permanente de ningún tipo la mano izquierda. 50% Por la pérdida total e irrecuperable de servicio, que si se prestará en cuanto el Asegurado se encuentre en tierra firmela visión por un ojo. Quedan excluidos Por la pérdida o inutilización total y permanente del dedo pulgar de la mano derecha. 20% Por la pérdida o inutilización total y permanente del dedo índice de la mano derecha. 10% Por la pérdida o inutilización total y permanente del dedo pulgar de la mano izquierda. Por la pérdida o inutilización total y permanente del dedo índice de la mano izquierda. 5% Por la pérdida o inutilización total y permanente de cada uno de los restantes dedos de las coberturas de la presente póliza aquellos países que durante el viaje o desplazamiento del Asegurado se hallen en estado xx xxxxxx o de sitiomanos. CUANDO VAYA COMO OCUPANTE DE CUALQUIER VEHÍCULO AUTOMOTOR TERRESTRE, insurrección o conflicto bélico de cualquier clase o naturalezaSIEMPRE Y CUANDO LA PÓLIZA DE DICHO VEHÍCULO NO CUENTE CON LA COBERTURA DE ACCIDENTES PERSONALES, aun cuando no hayan sido declarados oficialmenteO CONTANDO CON ELLA, y aquellos que específicamente figuren en el recibo o en las Condiciones ParticularesNO HAYA LUGAR A UNA INDEMNIZACIÓN. Queda expresamente convenido que las obligaciones del Asegurador derivadas de la cobertura de esta pólizaCUANDO EL ASEGURADO O EL TOMADOR DE LA PÓLIZA SEA UNA PERSONA NATURAL, finalizan en el instante en que el Asegurado haya regresado a su domicilio habitualEL AMPARO SE EXTIENDE CUANDO SEA CONDUCTOR DE CUALQUIER OTRO VEHÍCULO DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS AL VEHÍCULO ASEGURADO, o haya sido ingresado en un centro sanitario situado como máximo a 25 kmO NO OBSTANTE LO ANTERIOR, CUANDO EL TOMADOR Y EL ASEGURADO SEAN PERSONAS NATURALES DIFERENTES, EL PRESENTE AMPARO SE EXTIENDE ÚNICAMENTE AL ASEGURADO. de distancia del citado domicilioCUANDO EL ASEGURADO Y TOMADOR SEAN PERSONAS JURÍDICAS, ESTE AMPARO SE EXTIENDE AL CONDUCTOR AUTORIZADO DEL VEHÍCULO ASEGURADO Y APLICA SOLAMENTE EN ACCIDENTES OCURRIDOS MIENTRAS CONDUCE EL VEHÍCULO ASEGURADO. RECARGO EN CASO QUE EL ASEGURADO SUFRA VARIAS DE LAS LESIONES ANTERIORMENTE ENUNCIADAS, LA RESPONSABILIDAD DE QBE SEGUROS S.A. NO EXCEDERÁ LA SUMA ESTABLECIDA EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA COMO VALOR ASEGURADO PARA ESTA COBERTURA. LAS INDEMNIZACIONES PAGADAS POR CRUCEROS 50% Asegurados con domicilio habitual en el extranjero: En el caso de que el Asegurado tenga su domicilio habitual en el extranjeroCONCEPTO DE PÉRDIDA FÍSICA O FUNCIONAL DE DEDOS DE LA MANO O DEL PIE, y haya contratado la póliza a través de Internet para un viaje con destino a EspañaSE DEDUCIRÁN DE CUALQUIER PAGO QUE SE HICIERE POSTERIORMENTE POR CONCEPTO DE LA PÉRDIDA DE LA MANO O DEL PIE RESPECTIVO. EL PRESENTE AMPARO SE EXTINGUIRÁ CUANDO EL ASEGURADO O CONDUCTOR AUTORIZADO POR EL TOMADOR Y/O ASEGURADO O LOS BENEFICIARIOS RECIBAN CUALQUIERA DE LAS INDEMNIZACIONES INDICADAS ANTERIORMENTE, las primas se facturarán en función de su continente de procedenciaO EN EL MOMENTO EN QUE TERMINE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE PÓLIZA, SALVO QUE CUALQUIERA DE LAS PARTES LO REVOQUE CON ANTERIORIDAD. Es decirPARA EFECTOS DE ESTE AMPARO, si su domicilio habitual está en EuropaE INDEPENDIENTEMENTE DEL NÚMERO DE PÓLIZAS DE AUTOMÓVILES QUE CONTRATE, la prima a cobrar será la de “Europa”CADA ASEGURADO PODRÁ CONTRATAR SOLAMENTE UN AMPARO DE ACCIDENTES PERSONALES. DE IGUAL FORMA, si su continente de procedencia es AméricaSI QBE SEGUROS S.A. DETECTA HABER PAGADO MÁS DE UNA INDEMNIZACIÓN CON CARGO A ESTA COBERTURA Y LA RECLAMACIÓN SE FUNDAMENTÓ EN LOS MISMOS HECHOS, Asia u OceaníaSOLICITARÁ SU REINTEGRO. EL ASEGURADO DEBERÁ APORTAR PARA LA INDEMNIZACIÓN EL CONCEPTO DE INCAPACIDAD, la prima a cobrar será la de “Mundo”. En el supuesto de que el destino del viaje no sea EspañaDESMEMBRACIÓN O PÉRDIDA FUNCIONAL, si se trata de un Asegurado con residencia habitual en Europa y su destino es EuropaCERTIFICADA POR SU EPS, la prima a cobrar será la de "EUROPA"ARL Y/O JUNTA DE CALIFICACIÓN, en el resto de los supuestos la prima a cobrar será la de "MUNDO". En cualquier caso, las coberturas del contrato para los asegurados no residentes en España estarán limitadas a viajes con destino distinto al de su residencia, quedando excluidos los viajes con destino a su propio país de residencia. Asimismo, el capital asegurado en cada una de las garantías de la presente póliza será el que correspondería a un español en el extranjero, y las repatriaciones contempladas en las Condiciones Generales de la póliza se realizarían siempre hasta la localidad en la que tenga su domicilio habitual en el extranjero, que deberá ser desde la que contrató el presente seguro de Asistencia en viaje y que habrá tenido que comunicar a ARAG en el momento de la contratación del seguro tanto a los efectos del pago de la prima correspondiente, como de los límites económicos de las coberturas. Cuando un asegurado tenga su residencia habitual en España, y sea de nacionalidad española, el ámbito territorial de la cobertura de Responsabilidad Civil Privada será el de todo el mundo. Cuando el asegurado tenga su domicilio habitual en el extranjero, o sea de nacionalidad no española, la garantía de Responsabilidad Civil será válida exclusivamente para siniestros ocurridos en España. A los efectos de que los clientes del Tomador del seguro, que serán los Asegurados por la presente póliza, sean conocedores de las garantías que están cubiertas por este seguro, ARAG entregará Bonos para la distribución por parte del Tomador del seguro entre sus clientes, los cuales serán el único documento válido que certifique a los mismos como Asegurados de la presente póliza. El Tomador del seguro incluirá la fecha de inicio y término de cada viaje en todos los Bonos que distribuyaCON BASE EN EL MANUAL ÚNICO DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ VIGENTE.

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ACCIDENTES PERSONALES. 24h - Fallecimiento 2000€ 2000€ 2000€ Accidentes Personales 24h - Inválidez 6000€ 6000€ 6000€ 2.9.1 .Xxxxxx, Desmembramiento, Otras Invalideces Permanentes E Incapacidad Total Y Permanente Por Accidente A Bordo De Un Transporte Público: Si como consecuencia de un accidente amparado por la póliza y ocurrido durante la vigencia de la misma y durante un Viaje fuera de la República Bolivariana de Venezuela, el Asegurado sufriera una Lesión mientras esté a bordo de un Transporte Público como pasajero o mientras se embarca o desembarca del mismo, que resultara en: 2.9.1.1 La Muerte del Asegurado. En este caso El Asegurador pagará el monto establecido como Límite de Responsabilidad Civil Privada 60000€ 60000€ 60000€ Responsabilidad Civil indicado en el Cuadro de Coberturas y Beneficios para la Cobertura de Muerte Accidental en Transporte Público, siempre que el fallecimiento ocurra dentro de los 365 días siguientes a la fecha del Profesor o Tutor 60000€ 60000€ 60000€ Cuando accidente que causó la Lesión. 2.9.1.2 Cualquiera de las Pérdidas por Desmembramiento indicadas en la Tabla de Indemnización por Pérdida. En este caso El Asegurador pagará el importe que resulte de aplicar el porcentaje indicado en dicha Tabla a la suma indicada en el Cuadro de Coberturas y Beneficios para la Cobertura de Muerte Accidental en Transporte Público, siempre que la Pérdida ocurra dentro de los 365 días de la fecha del accidente que causó la Lesión. 2.9.1.3 Cualesquiera de las otras Pérdidas que no sean por Xxxxxxxxxxxxxxx e indicadas en la Tabla de Indemnización por Pérdida. En este caso El Asegurador pagará el importe que resulte de aplicar el porcentaje indicado en dicha Tabla a la suma indicada en el Cuadro de Coberturas y Beneficios para la Cobertura de Muerte Accidental en Transporte Público, siempre que la Pérdida ocurra dentro de los 365 días de la fecha del accidente que causó la Lesión. 2.9.1.4 Incapacidad Total y Permanente a causa de una Pérdida de las señaladas en la Tabla de Indemnización por Pérdida, que haya sido debidamente indemnizada por El Asegurador y, en fecha posterior a dicho pago, se determina que el Asegurado se encuentre encuentra incapacitado total y permanentemente de tal manera que quede imposibilitado para realizar cualquier clase de ocupaciones o empleos remunerables o con fines de lucro, El Asegurador pagará la diferencia entre el monto indicado en el Cuadro de Xxxxxxxxxx y Beneficios para la Cobertura de Muerte Accidental en Transporte Público y la cantidad indemnizada por la Pérdida indicada en la Tabla de Indemnización por Pérdida, siempre que tal incapacidad se haya prolongado por un período de 12 meses consecutivos, contados a bordo partir de cualquier tipo la fecha del accidente que causó la Lesión, y que sea total, continua y permanente al final de vehículo terrestredicho período. La indemnización máxima que pagará El Asegurador, marítimo ya sea por la ocurrencia de uno o aéreo más accidentes cubiertos o de una o más R.I.F.: J-00053617-1 Inscrita en la Superintendencia de la Actividad Aseguradora bajo el Asegurador no estará obligado Nro. 66 Pérdidas cubiertas, de acuerdo a la prestación Tabla de ningún tipo Indemnización por Pérdida, no excederá del monto establecido como Límite de servicio, que si se prestará en cuanto el Asegurado se encuentre en tierra firme. Quedan excluidos de las coberturas de la presente póliza aquellos países que durante el viaje o desplazamiento del Asegurado se hallen en estado xx xxxxxx o de sitio, insurrección o conflicto bélico de cualquier clase o naturaleza, aun cuando no hayan sido declarados oficialmente, y aquellos que específicamente figuren Responsabilidad indicado en el recibo o en las Condiciones Particulares. Queda expresamente convenido que las obligaciones del Asegurador derivadas Cuadro de la cobertura de esta póliza, finalizan en el instante en que el Asegurado haya regresado a su domicilio habitual, o haya sido ingresado en un centro sanitario situado como máximo a 25 km. de distancia del citado domicilio. RECARGO POR CRUCEROS 50% Asegurados con domicilio habitual en el extranjero: En el caso de que el Asegurado tenga su domicilio habitual en el extranjero, Coberturas y haya contratado la póliza a través de Internet para un viaje con destino a España, las primas se facturarán en función de su continente de procedencia. Es decir, si su domicilio habitual está en Europa, la prima a cobrar será la de “Europa”, si su continente de procedencia es América, Asia u Oceanía, la prima a cobrar será la de “Mundo”. En el supuesto de que el destino del viaje no sea España, si se trata de un Asegurado con residencia habitual en Europa y su destino es Europa, la prima a cobrar será la de "EUROPA", en el resto de los supuestos la prima a cobrar será la de "MUNDO". En cualquier caso, las coberturas del contrato para los asegurados no residentes en España estarán limitadas a viajes con destino distinto al de su residencia, quedando excluidos los viajes con destino a su propio país de residencia. Asimismo, el capital asegurado en cada una de las garantías de la presente póliza será el que correspondería a un español en el extranjero, y las repatriaciones contempladas en las Condiciones Generales de la póliza se realizarían siempre hasta la localidad en la que tenga su domicilio habitual en el extranjero, que deberá ser desde la que contrató el presente seguro de Asistencia en viaje y que habrá tenido que comunicar a ARAG en el momento de la contratación del seguro tanto a los efectos del pago de la prima correspondiente, como de los límites económicos de las coberturas. Cuando un asegurado tenga su residencia habitual en España, y sea de nacionalidad española, el ámbito territorial de la cobertura de Responsabilidad Civil Privada será el de todo el mundo. Cuando el asegurado tenga su domicilio habitual en el extranjero, o sea de nacionalidad no española, la garantía de Responsabilidad Civil será válida exclusivamente para siniestros ocurridos en España. A los efectos de que los clientes del Tomador del seguro, que serán los Asegurados por la presente póliza, sean conocedores de las garantías que están cubiertas por este seguro, ARAG entregará Bonos Beneficios para la distribución por parte del Tomador del seguro entre sus clientes, los cuales serán el único documento válido que certifique a los mismos como Asegurados Cobertura de la presente póliza. El Tomador del seguro incluirá la fecha de inicio y término de cada viaje Muerte Accidental en todos los Bonos que distribuyaTransporte Público.

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