ACEPTACION DE LA ORDEN DE COMPRA. La presente orden de compra se considerará aceptada únicamente cuando el Proveedor hubiere firmado y devuelto la copia de aceptación de ésta, o hubiere efectuado la entrega puntual de los bienes de conformidad con los términos de la presente orden de compra, según las especificaciones en ella consignadas. La aceptación de la presente orden de compra constituirá un contrato entre las partes, cuyos derechos y obligaciones se regirán exclusivamente por las condiciones establecidas en la presente orden de compra, incluidas las presentes Condiciones Generales. Ninguna cláusula adicional o incompatible que hubiere propuesto el Proveedor obligará al Proyecto PNUD si no hubiere sido aceptada por escrito por el funcionario debidamente autorizado del Proyecto PNUD.
ACEPTACION DE LA ORDEN DE COMPRA. Esta Orden de Compra será aceptada sólo tras la recepción de una copia firmada por el Proveedor o por la entrega oportuna de los bienes adquiridos en conformidad con los términos y condiciones especificados en esta Orden de compra. La aceptación de esta Orden de compra constituye un Contrato entre las Partes, en el cual sus derechos y obligaciones están sujetos a los términos y condiciones especificados en esta Orden de compra y en las Condiciones generales estipuladas aquí. Ninguna otra disposición adicional propuesta por el Proveedor será vinculante para el Asociado en la Implementación, excepto si un funcionario autorizado del Asociado en la Implementación lo establece así por escrito.
ACEPTACION DE LA ORDEN DE COMPRA. La presente orden de compra se considerará aceptada únicamente cuando el Proveedor hubiere firmado la misma. La aceptación de la presente orden de compra constituirá un Acuerdo entre las partes, cuyos derechos y obligaciones se regirán exclusivamente por las condiciones establecidas en la presente orden de compra, incluidas las presentes Condiciones Generales. Ninguna cláusula adicional o incompatible que hubiere propuesto el Proveedor obligará al Comprador si no hubiere sido aceptada por escrito por el funcionario debidamente autorizado del Comprador.