Definición de Funcionario Autorizado

Funcionario Autorizado significa, respecto de cada Parte, cada uno de los Funcionarios Autorizados por dicha Parte para celebrar Operaciones y suscribir las Confirmaciones respectivas, los cuales se encuentran especificados en los Anexos respectivos. Garante es cualquiera de las Partes o cualquier tercero que provea una Garantía como respaldo de una Operación celebrada bajo el Contrato Xxxxx. Garantía es cualquier garantía real o personal otorgada por un Garante respecto de las obligaciones de una de las Partes, derivadas del Contrato Marco o de algunas o todas las Operaciones. IBR es el Indicador Bancario de Referencia administrado y publicado por el Banco de la República, de acuerdo con lo establecido en la Circular Reglamentaria DODM-305 del Banco de la República (Manual Operativo para la Administración del Indicador Bancario de Referencia) o la norma que la sustituya, modifique o complemente.
Funcionario Autorizado. Es el Presidente de BANCOOMEVA quien, por disposición legal y estatutaria, está facultado para contratar en representación de la entidad.
Funcionario Autorizado. Es el empleado de REFINERÍA XX XXXXXXXXX que está facultado para contratar en representación de REFINERÍA XX XXXXXXXXX, y, en consecuencia, está autorizado para emitir todos los actos que demande la selección del contratista y la celebración, ejecución y terminación del contrato respectivo.

Examples of Funcionario Autorizado in a sentence

  • Conforme al Reglamento Financiero del PNUD, únicamente el Funcionario Autorizado del PNUD posee autoridad para acordar en nombre del PNUD cualquier modificación o cambio efectuado en el presente, a renunciar a cualquiera de sus disposiciones o a cualquier relación contractual adicional de cualquier tipo con el Contratista.

  • Del mismo modo, ninguna modificación o cambio efectuado en el presente Contrato tendrá validez y será aplicable frente al PNUD salvo que se incluya en una enmienda al presente Contrato que esté debidamente firmada por el Funcionario Autorizado del PNUD y por el Contratista.

  • Con arreglo al Reglamento Financiero del PNUD, únicamente el Funcionario Autorizado del PNUD posee la autoridad para acceder en nombre del PNUD a cualquier modificación o cambio del presente Contrato, a renunciar a cualquiera de sus disposiciones o a cualquier relación contractual adicional de cualquier tipo con el Contratista.

  • Del mismo modo, ninguna modificación o cambio introducidos en el presente Contrato tendrá validez y será aplicable frente al PNUD, a menos que se incluya en una enmienda al presente Contrato debidamente firmada por el Funcionario Autorizado del PNUD y por el Contratista.

  • Dicha notificación deberá ser acompañada de una certificación emitida por el Funcionario Autorizado del Estado, que deberá contener una descripción del acontecimiento o evento mencionado, así como las medidas que el Acreditado proponga adoptar respecto al mismo.

  • Con arreglo al Reglamento Financiero y a las normas de la UNESCO, únicamente el Funcionario Autorizado de la UNESCO posee la autoridad para aceptar en nombre de la UNESCO cualquier modificación o cambio del presente Contrato, o renunciar a cualquiera de sus disposiciones o a cualquier relación contractual adicional de cualquier tipo con el Contratista.

  • Del mismo modo, ninguna modificación o cambio efectuado en el presente Contrato tendrá validez y será aplicable frente a UNODC salvo que se incluya en una enmienda al presente Contrato que esté debidamente firmada por el Funcionario Autorizado de UNODC y por el Contratista.

  • El Acreditante reciba una Solicitud de Disposición de conformidad con lo establecido en el presente, firmada por un Funcionario Autorizado del Estado.]32 [Celebración de los Documentos del Financiamiento.

  • Conforme al Reglamento Financiero de UNODC, únicamente el Funcionario Autorizado de UNODC posee autoridad para acordar en nombre de UNODC cualquier modificación o cambio efectuado en el presente, a renunciar a cualquiera de sus disposiciones o a cualquier relación contractual adicional de cualquier tipo con el Contratista.

  • Cualquier notificación de acuerdo a esta sección deberá acompañarse por una declaración firmada por el Funcionario Autorizado del Estado estableciendo una descripción razonablemente detallada del acontecimiento referido en la misma y señalando las medidas que el Acreditado propone tomar al respecto.


More Definitions of Funcionario Autorizado

Funcionario Autorizado. Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo CONTRATISTA INDIVIDUAL:
Funcionario Autorizado. Significa en relación con cualquier Persona, un representante legal, apoderado o funcionario de dicha Persona debidamente designado y autorizado en términos de este Contrato.
Funcionario Autorizado significa la Persona designadaoportunamente, de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula 2.2(a), por el Ministro de Hacienda o el Fiscal de Estado de la Provincia, o los Funcionarios Autorizados previamente designados para actuar, impartir y recibir instrucciones,recibir notificaciones en nombre de la Provincia en el marco de este contrato y autenticar y entregar los Títulos de Deuda en nombre de la Provincia.
Funcionario Autorizado significa, respecto de ambas Partes, cada uno de los funcionarios autorizados para celebrar Operaciones con Derivados y suscribir las respectivas Confirmaciones, de acuerdo con los Anexos A-1 y A-2 del Contrato Xxxxx. En el Anexo A-1 se relacionan los funcionarios autorizados por El Cliente y en el Anexo A-2 se incluyen los funcionarios autorizados por La Entidad Financiera, el cual corresponde al memorando de firmas autorizadas para Operaciones de Tesorería enviado por La Entidad Financiera. El Funcionario Autorizado podrá tener limitaciones en cuanto a la cuantía y naturaleza de las Operaciones con Derivados a celebrar en nombre y por cuenta de las Partes.

Related to Funcionario Autorizado

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Autoridad Gubernamental Significa cualquier gobierno, funcionario, departamento de gobierno, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal, estatal o municipal, con jurisdicción sobre los asuntos relacionados al presente Contrato y a cualesquiera de los Documentos del Financiamiento.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Entrega significa la transferencia de los bienes del Proveedor al Contratante de acuerdo con los términos y condiciones dispuestos en el Contrato.----------------------

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Anexos Significa el conjunto de anexos de este Contrato, los cuales forman parte integral del mismo.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la primera parte de este Contrato.

  • Pedido Orden de compra puntual remitida al proveedor donde se fijan precios, plazos y condiciones para el aprovisionamiento de un bien o prestación de un servicio previamente adjudicado.

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • Estado Estado Dominicano.

  • Objetivos OBJETIVO GENERAL