ACTIVIDADES PREVIAS Cláusulas de Ejemplo

ACTIVIDADES PREVIAS. Las actividades previas que se deberán realizar en la prestación principal son en el siguiente orden: El Contratista al día calendario siguiente de suscrito el contrato y en un plazo que no deberá exceder de quince (15) días calendarios, deberá : Entregar las Licencias de la Solución ofertada. La entrega de las licencias75podrá ser de forma física (a través de CDs o DVDs) o virtual (a través de un link de descarga con usuario y clave asignado a SUNAT), en ambos casos deberá hacer entrega de un documento escrito que sustente dicha entrega. Presentar el Plan de Trabajo del Proyecto y Metodología de Gestión de Proyectos. El Contratista de considerarlo necesario, podrá solicitar, de forma escrita, a SUNAT, a los cinco (05) días calendario de firmado el contrato, una explicación de los formatos de Proyectos de SUNAT (para mayor detalle ver ANEXO I), para un mejor entendimiento; esta explicación se realizará en un plazo no mayor de cinco (05) días calendarios una vez recibida la solicitud. La entrega de Licencias, el Plan de Trabajo del Proyecto y la Metodología de Gestión de Proyectos, será revisado y aprobado por la SUNAT (de encontrarse conformes) en un plazo que no excederá los diez (10) días calendarios (en caso existiese alguna observación se procedería según lo señalado en el numeral 13 Manejo de Entregables del presente ANEXO A) y que se inician al día calendario siguiente de haberse presentado el plan de trabajo. Una vez revisado y aprobado la entrega de Licencias, el Plan de Trabajo del Proyecto y la Metodología de Gestión de Proyectos, se procederá a emitir la conformidad correspondiente, y al día calendario siguiente de haberse emitida la conformidad se iniciará la etapa de Revisión y Evaluación de los actuales procesos y procedimientos de la gestión de recursos humanos de la SUNAT. Con la finalidad de asegurar que la solución ofertada es un sistema de gestión de recursos humanos de clase xxxxxxx00, el contratista deberá: Acreditar que la solución ofertada ha sido creado por el contratista o en su defecto cuenta con los derechos de distribución en nuestro país; así mismo la solución en su conjunto deberá ser de uso nacional o internacional, estar vigente e instalado en por lo menos diez (10) empresas de al menos cinco mil (5 000) empleados a nivel nacional o internacional. Para ello el contratista como documentación de su propuesta técnica, deberá presentar una carta, constancia o certificado emitido por la casa matriz o sucursal del fabricante o cre...
ACTIVIDADES PREVIAS. 35 Son aquellas que debe realizar el Concesionario con el propósito de ejecutar todos los 36 actos preparatorios para la ejecución de las obligaciones derivadas del Contrato.
ACTIVIDADES PREVIAS. Se debe autorizar por cuenta del directivo o jefe de oficina asesora encargado de Contratación de los servidores o contratistas responsables de cargar la información, lo cual se puede efectuar a través de un correo electrónico a xxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, adjuntando el correspondiente acuerdo de confidencialidad firmado tanto por el que autoriza como por el autorizado. Pueden ser tantos autorizados como la entidad estime convenientes. Previo al cargue de la información se debe alistar el archivo que contiene la información, el cual es el mismo archivo de Excel con el que se carga la información contractual en SIVICOF, archivo que diseño la contraloría para el reporte del total de la información contractual de cada entidad. Se debe ajustar el nombre de los archivos acorde con lo descrito en las políticas de operación de este documento; no se deben incluir caracteres adicionales. Los registros deben mantener los datos mínimos de identidad del contrato y contratista para que el aplicativo procese el archivo, en caso contrario el aplicativo emitirá una alerta indicando que el archivo no pudo ser procesado.
ACTIVIDADES PREVIAS.  Identificación de contratación y recursos en Plan de Contrataciones y Presupuesto.  Elaboración de Especificaciones Técnicas  Elaboración de criterios de calificación y evaluación.  Preparación de Pliegos o Pedidos de Propuestas.  Estimación de la contratación.  Dictamen legal de los pliegos.  Autorización de inicio de la contratación.

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.