Activo No Corriente Cláusulas de Ejemplo

Activo No Corriente. Créditos 11.364,63 15.880,66 10.768,74 Inversiones 67.617,25 127.770,42 58.545,42 Bienes de Uso 9.680,50 10.009,99 10.066,59 Intangibles 0 0 Deudas 2.644,56 9.300,13 6.091,96 Deudas Sociales 842,38 530,53 418,37 Otras deudas 30.178,24 31.106,54 39.150,28 Otras deudas 24.752,41 22.699,69 4.439,50 El siguiente cuadro presenta un resumen del Estado de Resultados de AMUS a las fechas indicadas: Ingresos 95.287,87 117.643,98 86.271,66 Resultados financieros y por Tenencia - Generados por Activos 0 0 - Generados por Pasivos -19.131,53 -17.105,00 0 Gastos de comercialización 0 0 Gastos de administración -63.591,75 -69.269,23 -35.379,62 Gastos financieros 0 -3.955,31 Otros ingresos 35.310,66 18.912,50 Resultado antes del Impuesto a las Ganancias 47.875,25 50.182,25 46.936,73 Impuesto a las ganancias 0 0 0 El siguiente cuadro refleja los índices de liquidez, solvencia, inmovilización, endeudamiento y rentabilidad de AMUS a las fechas indicadas: Indice 31/12/2014 31/12/2013 31/12/2012 Liquidez Activo Corriente 6,73 2,91 2,7 Pasivo Total Inmovilización Activo no Corriente 0,28 0,56 0,39 Activo Total Endeudamiento Pasivo Total 0,23 0,3 0,33 Patrimonio Neto Rentabilidad Resultado del ejercicio 0,19 0,24 0,31 Efectivo al inicio 18.501.229 9.686.620 12.912.380 5.699.304 16.011.246 9.877.581 9.138.559 23.081.055 19.115.172 6.790.292 Efectivo al cierre 9.686.620 12.912.380 5.699.304 16.011.246 9.877.581 9.138.559 23.081.055 19.115.172 6.790.292 11.783.060 Cuotas Sociales 591.145 582.372 575.456 565.973 631.962 653.692 608.123 600.656 593.013 586.387 Tasas por Servicios 810.294 818.397 826.581 829.808 818.167 827.167 846.274 1.021.399 1.041.827 1.042.869 Recupero de Gastos Adm. 3.001.158 2.435.397 3.040.571 2.531.556 2.926.704 3.669.146 3.672.667 3.267.566 4.108.535 3.726.566 Servicios por convenios 2.843.323 2.814.890 2.786.741 2.964.818 2.633.645 2.232.898 2.673.116 3.139.168 2.243.761 3.506.401 Fideicomisos Financieros 1.093.224 2.152.890 974.473 3.252.261 832.156 2.568.410 3.184.024 18.708.182 Gastos del Personal -1.570.873 -2.127.867 -2.023.558 -1.991.612 -1.991.612 -2.484.475 -2.489.541 -2.120.087 -2.232.730 -2.357.826 Honorarios -651.704 -423.663 -418.097 -800.367 -926.170 -781.451 -546.864 -770.025 -844.217 -1.232.681 Servicios contratados -307.257 -316.474 -325.969 -344.313 -110.960 -123.166 -136.714 -211.522 -308.058 -161.595 Comisiones por convenios -1.067.690 -1.490.749 -1.268.848 -2.144.054 -862.257 -2.600.816 -1.786.885 -2.677.120 -1.965.310 -2.544.675 Fiscale...
Activo No Corriente. 8.1.1.2.1Inversiones permanentes Las Inversiones Permanentes constituyen la cuenta de mayor importancia dentro del total de los activos no corrientes de la Sociedad. Al 31 de diciembre de 2010 la cuenta alcanzó Bs. 3.48 millones en porcentaje representa al 6.52% del activo total y al 31 de diciembre de 2011 presento Bs. 4.03 millones representando el 2.02%. Entre diciembre 2010 y 2011 registró un incremento de 15.95%. Al 31 de diciembre de 2012 presento Bs. 4.53 millones representa al 1.62% del activo total, entre las gestiones 2011 y 2012 registraron 12.37%, al 30 xx xxxxx de 2013 presenta un monto de Bs. 4.62 millones representando el 1.27% del total activo. 8.1.1.2.2Activo fijo A diciembre de 2010, con un total de Bs. 0.68 millones, los activos fijos representaban un 1.28% del total de los activos, mientras que al cierre del 2011 sumaban Bs. 0.74 millones llegando a representar el 0.37%; entre estas gestiones 2010 y 2011 presenta un incremento de 8.56%. A diciembre de 2012 el activo fijo de la Sociedad alcanzaba los Bs. 10.70 millones, debido a la compra de las nuevas oficinas, muebles y remodelación de las nuevas instalaciones y al 30 xx xxxxx de 2013 presenta Bs. 4.78 millones, estos montos representan al total Activo el 1.31 % esto se debe a que solo se está tomando en cuenta el primer semestre del presente año, la tendencia es de incremento. 8.1.1.2.3Activo intangible Al 31 de diciembre de 2010 la cuenta alcanzó Bs.0.26 millones representando el 0.49% del activo total y al cierre del 2011sumó Bs.0.26 millones representando el 0.13%. Entre diciembre 2010 y 2011 registró una disminución del 0.24%, debido a la disminución del derecho de puesto en bolsa, licencias de software y aportes y afiliaciones. A diciembre de 2012 el activo intangible de la Sociedad superó los Bs. 0.27 millones, presento un incremento de 0.47% entre las gestiones 2011 y 2012, al 30 xx xxxxx de 2013 de Bs. 0.26 millones, estos montos representaron con respecto al total Activo el 0.07%. Otros Activos Activo Intangible Activo Fijo Inversiones Permanentes 0.0% 10.0% 20.0% 30.0% 40.0% 50.0% 60.0% Gráfico N° 11 Activos No Corrientes Inversiones Permanentes Activo Fijo Activo Intangible Otros Activos Porcentaje 48.17% 48.51% 3.17% 0.15%
Activo No Corriente. Créditos - 139,6 741,8 746,2 2.550,1 Otros Créditos 588,1 2.014,3 2.408,0 2.150,3 2.538,1 Otros Activos - 186,8 52,4 118,6 57,7 Bienes de Uso 351,6 517,6 312,6 422,9 329,5 Activos Intangibles 1.144,9 1.100,5 757,1 930,9 588,6 Deudas Comerciales 518,2 239,9 275,9 150,6 170,2 Deudas Sociales 169,9 639,2 581,4 493,6 592,6 Deudas Bancarias y Financieras 1.233,3 612,3 1.756,6 936,0 7.800,7 Deudas Fiscales 106,4 217,2 382,1 174,6 486,8 Previsiones otras contingencias - 65,3 20,0 - 4,0

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 157 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) XXXXX000 (X00X00). Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada FMI da garantía de que durante los noventa (90) días siguientes a la fecha prevista en el Sistema del Contrato FMI, el Software suministrado por FMI será sustancialmente conforme a las especificaciones publicadas por FMI para el Software que comercializa. La responsabilidad de FMI, y el único recurso para el Titular de la licencia por las infracciones a la garantía anteriormente referida, serán, a elección de FMI, sustitución del medio, reembolso, o reparación o sustitución del software. ESTA GARANTÍA LIMITADA ES LA ÚNICA GARANTÍA PROPORCIONADA POR FMI Y SUS TITULARES DE LAS LICENCIAS EXPRESAMENTE LE EXONERAN CON RESPECTO A OTRAS GARANTÍAS Y CONDICIONES, EXPRESAS O TÁCITAS, INCLUYENDO, A TÍTULO INDICATIVO PERO NO LIMITATIVO, LAS GARANTÍAS RELATIVAS A LA COMERCIALIZACIÓN, CALIDAD E IDONEIDAD PARA UN OBJETIVO CONCRETO. ASIMISMO NO SE PRESTA GARANTÍA CONTRA CUALQUIER IMPEDIMENTO AL DERECHO DE DISFRUTE DEL TITULAR DE LA LICENCIA DEL SOFTWARE, O CONTRA LA INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE TERCEROS QUE ÉSTE PUDIERA OCASIONAR. FMI NO PRESTA GARANTÍA DE QUE EL SOFTWARE CUMPLIRÁ, REUNIRÁ LAS EXIGENCIAS DEL TITULAR DE LA LICENCIA NI DE QUE SU FUNCIONAMIENTO SE REALIZARÁ SIN INTERRUPCIONES O ERRORES, NI DE QUE SE ARREGLARÁN DEFECTOS EN EL SOFTWARE. ADICIONALMENTE FMI NO GARANTIZA O REALIZA MANIFESTACIONES EN RELACIÓN CON EL FUNCIONAMIENTO O LOS RESULTADOS DEL USO DEL SOFTWARE, EN TÉRMINOS DE SU EXACTITUD, VERACIDAD, FIABILIDAD U OTROS. NINGUNA INFORMACIÓN VERBAL O ESCRITA DE FMI, O DE UN REPRESENTANTE AUTORIZADO CREARÁ UNA OBLIGACIÓN O GARANTÍA NI EN MODO ALGUNO AMPLIARÁ EL ALCANCE DE ESTA GARANTÍA. HASTA EL PUNTO QUE LA JURISDICCIÓN APLICABLE NO PERMITA LA EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS O CONDICIONES IMPLÍCITAS, LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ NO SER DE APLICACIÓN AL TITULAR DE LA LICENCIA.