ANÁLISIS FINANCIERO Cláusulas de Ejemplo

ANÁLISIS FINANCIERO. El análisis financiero tiene un peso del 61,9 % en el total de la calificación cuantitativa. La evaluación de este apartado se realiza mediante la valoración de 5 ratios, cada uno con un peso determinado en función de la calibración del modelo, a los que se atribuye una valoración entre 0 y 100 puntos. Los ratios analizados son: – Liquidez. Fórmula: (Activo Corriente – Inventario)/Pasivo Corriente.
ANÁLISIS FINANCIERO. De conformidad con la normativa aplicable, el área de Análisis Financiero deberá cumplir lo establecido en la presente Política, al emitir recomendaciones no personalizadas sobre instrumentos financieros mediante la elaboración de informes de inversión propios o elaborados por terceros, para su posterior distribución a los Clientes de la Entidad. La Entidad tendrá: La obligación de extender las medidas definidas y adoptadas para la gestión de los potenciales conflictos de interés, recogidas en la presente Política, a los analistas financieros y a otras personas competentes cuyas responsabilidades puedan derivar en situaciones de conflictos de interés con los Clientes a los que están destinados los informes de inversiones. D./Xx. XXXXXXXXXX D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx DNI Consejero Delegado Tras la entrada en vigor de la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 xx xxxx de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros (MiFID II), WEALTH SOLUTIONS, EAF, S.L. debe proporcionar a sus Clientes o potenciales Clientes, información comprensible sobre los instrumentos financieros ofrecidos. Esta información ha de ser suficiente y adecuada, de tal forma que los Clientes o potenciales Clientes, en su caso, puedan adoptar sus decisiones de inversión. A tal fin, a continuación, se recogen las principales características y riesgos asociados a los instrumentos financieros más usuales, dentro de los incluidos en la normativa MiFID, que pueden ser objeto de la prestación por parte de WEALTH SOLUTIONS, EAF, S.L. a sus Clientes de los servicios de inversión contemplados en la citada normativa. La provisión de esta información en el presente documento no excluye la posibilidad de que, en el momento de la contratación de un producto o instrumento financiero específico a un Cliente, incluso distinto de los aquí contemplados, WEALTH SOLUTIONS, EAF, S.L. pueda aportar información específica sobre el mismo. La adquisición de un instrumento financiero, ya sea con un objetivo de inversión, cobertura, especulación, etc. conlleva riesgos financieros que deben ser valorados por los Clientes antes de su contratación. Dentro de un mismo instrumento financiero pueden incluso concurrir distintos riesgos que variarán en función de las características del mismo. Un riesgo común a todos los instrumentos financieros es el riesgo de precio o volatilidad. La volatilidad mide la fluctuación (positiva o negativa) que se registra en el precio (o rentabilidad) de un t...
ANÁLISIS FINANCIERO. De conformidad con la normativa aplicable en los supuestos en los que la Entidad preste recomendaciones no personalizadas sobre instrumentos financieros, por medio de la elaboración de informes de inversión referentes a uno o más instrumentos financieros, o aquellos informes de inversión elaborados por terceros para su posterior distribución a los clientes de la Entidad, deberán cumplir lo establecido en la presente Política. La Entidad tendrá: (i) La obligación de extender las medidas definidas y adoptadas para la gestión de los potenciales conflictos de interés, recogidas en la presente Política, a los analistas financieros y otras personas competentes cuyas responsabilidades puedan derivar en situaciones de conflictos de interés con los clientes de la Entidad, deberán cumplir lo establecido en la presente Política. (ii) La necesidad de establecer medidas orientadas a garantizar el cumplimiento de las siguientes condiciones por parte de los analistas financieros y de otras Personas Sujetas. ASPAIN 11 ASESORES FINANCIEROS EAF, SL. A continuación, le facilitamos el catálogo de incentivos vigente que le permitirá conocer, con carácter previo a la prestación del servicio de asesoramiento, las características de los mismos y su importe: Condiciones del acuerdo de percepción de incentivos (por aportación de negocio) Banco Andbank España Fecha acuerdo: 15/10/2010 Descripción Base de cálculo Porcentaje Aspain 11 Asesores Financieros EAF, S.L. percibe un porcentaje del margen neto obtenido por la entidad intermediaria sobre el saldo medio diario mantenido en los fondos de inversión de clientes asesorados por Aspain 11 Asesores Financieros EAF, S. L Comisiones cobradas por la entidad intermediaría. - Hasta el 60% del margen neto de producto obtenido por la entidad Aspain 11 Asesores Financieros EAF, S.L. percibe un porcentaje de los importes que la entidad intermediaria repercute a los clientes con carteras de gestión discrecional de acciones y fondos, SICAVS, etc, asesorados por Aspain 11 Asesores Financieros EAF, S.L. Comisiones cobradas por la entidad intermediaría. Hasta el 50% del margen neto de producto obtenido por la entidad. Aspain 11 Asesores Financieros EAF, S.L. percibe un porcentaje del margen neto obtenido por la entidad intermediaria sobre el saldo medio mantenido en los planes de pensiones de clientes asesorados por Aspain 11 Asesores Financieros EAF, S.L. Comisiones cobradas por la entidad intermediaría. Hasta el 50% del margen neto de producto ob...
ANÁLISIS FINANCIERO. 4.1. Plan de inversión resumido 4.2. Plan de desembolsos 4.3. Plan de adquisiciones y contrataciones 4.4. Flujo de Caja de las operaciones 4.5. Estados financieros proyectados 4.6. Análisis de Rentabilidad 4.7. Propuesta de amortización de la deuda
ANÁLISIS FINANCIERO. A pesar de que en algunos Consejos Comunitarios la producción y generación de ingresos de Açai es baja, la utilización del suelo y la inversión de la mano de obra de las familias en esta opción resulta atractiva. En las áreas silvestres de Açai identificadas en el Consejo Comunitario de La Plata - Bahía Málaga, se pueden encontrar entre 550 y 750 palmas de esta especie que por decisión de las familias puede ser aprovechadas para palmito; lo que en condiciones ajenas a planes de manejo permite la obtención de aproximadamente $350.000 por hectárea y un único ingreso de $816.000 pesos para el fruto de Açai obtenido. Estos “costos” son utilizados para el análisis financiero realizado a las familias vinculadas al desarrollo de la cadena de valor. Igualmente y como se mencionó anteriormente, las familias o el Consejo Comunitario debe invertir aproximadamente $1.479.000 pesos anuales por hectárea para introducir las actividades de manejo del Açaizal, generando recursos anuales de $816,600 el primer año, $1.388.000 en el segundo año y $2.086.000 pesos por hectárea y por año a partir del tercer año. Con los datos mencionados anteriormente, se construye la gráfica No.18, donde se puede evidenciar que la rentabilidad del flujo de caja relacionado alcanza el 21% anual. Generando una alternativa financieramente viable para las familias y para la economía comunitaria en su conjunto, más aun, considerando que los datos del ejemplo corresponden a la producción del Consejo Comunitario de La Plata - Bahía Málaga, que ha reportado los resultados más bajos durante los inventarios realizados en la formulación del plan de manejo.
ANÁLISIS FINANCIERO. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 fracción III de la LCE, 64 fracción III inciso C del RLCE y 3.4 del Acuerdo Antidumping, la Secretaría realizó a nivel agregado la evaluación del comportamiento de las variables financieras de las empresas productoras Empacadora Romar, Empacadora Ganadera de Camargo, Erasun, Unión Ganadera Regional de Tabasco, Frigorífico y Empacadora de Tabasco, Frigorífico y rastro del Sureste de Veracruz, Ganadería Integral el Centinela, Rastro Frigorífico de Monclova, Unión Ganadera Regional de Coahuila, Ganadería Integral SK, Los frigoríficos de la Unión Ganadera del Norte de Veracruz (Rastro Frigorífico de Tempoal y Rastro Frigorífico de Tihuatlán), Rastro y Empacadora el Jarrub, Carnes BIF, Productores de Carnes de Engorda y Frigorífico de la Cuenca del Papaloapan, que presentaron información al respecto durante la investigación.
ANÁLISIS FINANCIERO. De conformidad con el numeral 2 del artículo 2.2.1.2.1.5.2. del Decreto 1082 de 2015, la DNDA no exigirá como requisito habilitante la capacidad financiera de los proponentes, en razón a la naturaleza del contrato, el pago depende de la expedición de las pólizas objeto de la contratación y no requiere anticipo.
ANÁLISIS FINANCIERO. De conformidad con la normativa aplicable en los supuestos en los que la Entidad preste recomendaciones no personalizadas sobre instrumentos financieros, por medio de la elaboración de informes de inversión referentes a uno o más instrumentos financieros, o aquellos informes de inversión elaborados por terceros para su posterior distribución a los clientes de la Entidad, deberán cumplir lo establecido en la presente Política. La Entidad tendrá: (I) La obligación de extender las medidas definidas y adoptadas para la gestión de los potenciales conflictos de interés, recogidas en la presente Política, a los analistas financieros y otras personas competentes cuyas responsabilidades puedan derivar en situaciones de conflictos de interés con los clientes a los que están destinados los informes de inversiones. (II) La necesidad de establecer medidas orientadas a garantizar el cumplimiento de las siguientes condiciones por parte de los analistas financieros y de otras Persona Sujetas. A) CARACTERÍSTICAS:
ANÁLISIS FINANCIERO. De conformidad con la normativa aplicable en los supuestos en los que la Entidad preste recomendaciones no personalizadas sobre instrumentos financieros, por medio de la elaboración de informes de inversión referentes a uno o más instrumentos financieros, o aquellos informes de inversión elaborados por terceros para su posterior distribución a los clientes de la Entidad, deberán cumplir lo establecido en la presente Política. La Entidad tendrá: (i) La obligación de extender las medidas definidas y adoptadas para la gestión de los potenciales conflictos de interés, recogidas en la presente Política, a los analistas financieros y otras personas competentes cuyas responsabilidades puedan derivar en situaciones de conflictos de interés con los clientes a los que están destinados los informes de inversiones. (ii) La necesidad de establecer medidas orientadas a garantizar el cumplimiento de las siguientes condiciones por parte de los analistas financieros y de otras Persona Sujetas. Clasificación General La normativa MiFID clasifica los productos en COMPLEJOS y NO COMPLEJOS. Sin embargo, no existe una lista cerrada de productos de uno u otro tipo. No obstante, de una forma simplificada, podríamos hacer la siguiente clasificación: No complejos Complejos Acciones admitidas a cotización en mercados regulados (Renta Variable) Productos derivados. Deuda Pública. Estructurados Renta Fija privada (salvo incluida en otra clasificación).
ANÁLISIS FINANCIERO. De conformidad con la normativa aplicable en los supuestos en los que la Entidad preste recomendaciones no personalizadas sobre instrumentos financieros, por medio de la elaboración de informes de inversión referentes a uno o más instrumentos financieros, o aquellos informes de inversión elaborados por terceros para su posterior distribución a los clientes de la Entidad, deberán cumplir lo establecido en la presente Política. La Entidad tendrá: I. La obligación de extender las medidas definidas y adoptadas para la gestión de los potenciales conflictos de interés, recogidas en la presente Política, a los analistas financieros y otras personas competentes cuyas responsabilidades puedan derivar en situaciones de conflictos de interés con los clientes a los que están destinados los informes de inversiones. II. La necesidad de establecer medidas orientadas a garantizar el cumplimiento de las siguientes condiciones por parte de los analistas financieros y de otras Persona Sujetas. FAMILIA Y NEGOCIO CONSULTORES, EAF, S.L. (la “EAF”) Honorarios fijos Honorarios de éxito (anual) Servicio de asesoramiento en materia de inversión 0,60 % sobre patrimonio asesorado menos retrocesiones recibidas. 10%