Common use of ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Clause in Contracts

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL. El órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios que se fijen, y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa. El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación provisional al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa no procederá cuando el órgano de contratación presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, de acuerdo con lo previsto en esta cláusula. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los licitadores y publicarse en el perfil de contratante del órgano de contratación o en un diario oficial, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 137 de la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a la información que debe facilitarse a aquéllos aunque el plazo para su remisión será de cinco días hábiles. El plazo máximo para efectuar la adjudicación provisional será de tres meses a contar desde la apertura de las proposiciones económicas. Este plazo se ampliará en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 136.3 de la LCAP. De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición.

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Samples: www.asturias.es, www.asturias.es

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL. El órgano En el procedimiento con varios criterios de contratación clasificará las proposiciones presentadasadjudicación, por orden decrecienteesta recaerá en el licitador que en su conjunto haga la proposición más ventajosa, atendiendo a teniendo en cuenta los criterios que se fijeny su ponderación establecidos en la cláusula número 10 de la Hoja Resumen de este Pliego, y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa. El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación provisional El órgano de Contratación, clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación, previa solicitud de cuantos informes técnicos considere convenientes, y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que presente haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa no procederá cuando el órgano de contratación presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, de acuerdo con lo previsto en esta cláusula. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los licitadores y publicarse en el perfil de contratante del órgano de contratación o en un diario oficial, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 137 de la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a la información que debe facilitarse a aquéllos aunque el plazo para su remisión será de cinco días hábilesventajosa. El plazo máximo para efectuar la adjudicación provisional será de tres meses a contar dos meses, contados desde la apertura de las proposiciones económicasproposiciones. Este plazo se ampliará podrá ampliar en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 136.3 de la LCAPjustificación de ofertas con valores anormales o desproporcionados. De no producirse la adjudicación provisional dentro de los plazos señalados, señalados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. De conformidad con lo dispuesto por la disposición adicional sexta de la LCSP, se establece la preferencia en la adjudicación de este contrato para las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a la más ventajosa desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base a la adjudicación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contratar Obras Por Procedimiento Abierto Sujetos a Regulación Armonizada, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contratar Obras Por Procedimiento Abierto. De Regulación No Armonizada

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL. El La propuesta de adjudicación se realizará a la oferta más ventajosa según los criterios recogidos en la cláusula siguiente de este Pliego. Esta propuesta no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya adjudicado la concesión por acuerdo del órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios que se fijen, y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosaContratación. El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación provisional El órgano de Contratación, clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación, previa solicitud de cuantos informes técnicos considere convenientes, y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que presente haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa no procederá cuando el órgano de contratación presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, de acuerdo con lo previsto en esta cláusula. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los licitadores y publicarse en el perfil de contratante del órgano de contratación o en un diario oficial, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 137 de la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a la información que debe facilitarse a aquéllos aunque el plazo para su remisión será de cinco días hábilesventajosa. El plazo máximo para efectuar la adjudicación provisional será de tres meses a contar dos meses, contados desde la apertura de las proposiciones económicasproposiciones. Este plazo se ampliará podrá ampliar en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 136.3 de la LCAPjustificación de ofertas con valores anormales o desproporcionados. De no producirse la adjudicación provisional dentro de los plazos señalados, señalados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. De conformidad con lo dispuesto por la disposición adicional sexta de la LCSP, se establece la preferencia en la adjudicación de este contrato para las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a la más ventajosa desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base a la adjudicación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Concesión, Mediante Procedimiento Abierto, Con Varios Criterios De Adjudicación, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Concesión, Mediante Concurso Público, Procedimiento Abierto, Del Contrato Administrativo De Instalacion, Gestion Y Mantenimiento en El Dominio Publico Municipal De Un Sistema De Transpote Publico Individualizado Mediante La Puesta a Disposicion Del Publico De 200 Bicicletas en Regimen De Alquiler Y La Implantacion De 15 Paradas

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL. El Desestimadas las proposiciones desproporcionadas o anormales, se realizará la valoración de las restantes y se procederá a ordenarlas por orden decreciente de puntuación. La Mesa de Contratación elevará propuesta de Adjudicación Provisional al Órgano de Contratación. Aprobada por el Órgano de Contratación la propuesta, se notificará al interesado, el cual, en el plazo de los diez días hábiles siguientes, procederá a presentar al Órgano de Contratación la documentación que a continuación se indica (la documentación debe de tener fecha anterior a la fecha de cierre del plazo de presentación de Solicitudes de Participación de este concurso): - La documentación administrativa acreditativa de la personalidad y capacidad de obrar o de representación, de la solvencia económica y financiera y justificativa de la solvencia técnica o profesional, como se indica en el epígrafe 12. Si trascurrido el plazo señalado anteriormente el licitador no hubiese aportado la documentación exigida, se entenderá que renuncia a la adjudicación y se procederá por el órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo Contratación a los criterios que se fijen, y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado efectuar la oferta que resulte económicamente más ventajosa. El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación provisional al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa no procederá cuando el órgano de contratación presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia mejor valorada siguiente, al que se le notificará. El nuevo adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para aportar la inclusión documentación exigida. Si éste tampoco la aportara, se procederá en la misma de valores anormales o desproporcionados, de acuerdo forma con lo previsto en esta cláusula. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los licitadores y publicarse en el perfil de contratante del órgano de contratación o en un diario oficial, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 137 de la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a la información que debe facilitarse a aquéllos aunque el plazo para su remisión será de cinco días hábiles. El plazo máximo para efectuar la adjudicación provisional será de tres meses a contar desde la apertura de las proposiciones económicas. Este plazo se ampliará en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 136.3 de la LCAP. De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposiciónrestantes licitadores.

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Samples: Pliego De Clausulas Técnicas Y Administrativas Para La Contratación De La Actividad De Auditoría De Control De Primer Nivel Del Proyecto

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL. El La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 295 LCSP elevará las proposiciones presentadas junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios que se fijen, y adjudicará provisionalmente contratación. El ayuntamiento tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato al licitador que haya presentado a la oferta que resulte económicamente más ventajosa. El órgano , de contratación no podrá conformidad con los criterios de adjudicación sin atender necesariamente al valor económico de las mismas o declarar desierta una licitación la licitación, cuando no exista alguna oferta o proposición alguna que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en los pliegos. No obstante, en los términos previstos en el pliegoartículo 139 LCSP, el ayuntamiento, antes de dictar la adjudicación provisional, podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del procedimiento tramitado, cuando éste adolezca de defectos no subsanables, debiendo de indemnizar a los licitadores, en ambos casos, de los gastos que su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado. La adjudicación provisional al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa no procederá cuando el El órgano de contratación presuma fundadamente contratación, previos los informes técnicos correspondientes, adjudicará provisionalmente el contrato en el plazo máximo de 2 meses, a contar desde la apertura de las proposiciones. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo el empresario tiene derecho a retirar su proposición y a que se le devuelva la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, de acuerdo con lo previsto en esta cláusulagarantía depositada. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los candidatos o licitadores y publicarse en el perfil de contratante del órgano de contratación o en un diario oficial, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 137 de la Ley de Contratos del Sector Público en contratación. En cuanto a la información que debe facilitarse bajas temerarias se estará a aquéllos aunque el plazo para su remisión será de cinco días hábiles. El plazo máximo para efectuar la adjudicación provisional será de tres meses a contar desde la apertura de las proposiciones económicas. Este plazo se ampliará lo dispuesto en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 136.3 de la LCAP. De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposiciónartículos 136 LCSP y 85 del RGLCAP.

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Samples: www.cuadrilladeanana.es

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL. El órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios que se fijen, a cuyo efecto, podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes, y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa. El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación provisional al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa no procederá cuando el órgano de contratación presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, de acuerdo con lo previsto en esta cláusula. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los licitadores y publicarse en el perfil de contratante del órgano de contratación o en un diario oficialcontratación, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 137 de la Ley de Contratos del Sector Público LCSP en cuanto a la información que debe facilitarse a aquéllos aunque el plazo para su remisión será de cinco días hábiles. El plazo máximo para efectuar la adjudicación provisional será de tres meses meses, a contar desde la apertura de las proposiciones económicas. Este plazo Los plazos indicados en los apartados anteriores se ampliará ampliarán en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 136.3 de la LCAPLCSP. De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto, Del Suministro

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL. El órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios que se fijen, y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa. En el caso de proposiciones igualmente ventajosas, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Si aún así persistiera la igualdad y varias empresas licitadoras que hayan empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personal con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. Igualmente, tendrán preferencia en la adjudicación, en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, las proposiciones presentadas por las empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración. Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, en aplicación del artículo 87 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se decidirá la propuesta de adjudicación mediante sorteo. El órgano de contratación no podrá declarar desierta una la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios requisitos que figuren en el pliego. La adjudicación provisional al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa no procederá cuando el órgano de contratación contratación, tras efectuar el procedimiento de verificación contradictoria estipulado, presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, de acuerdo con lo previsto en esta cláusula. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse se notificará a los candidatos o licitadores y publicarse se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación o en un diario oficial, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 137 de la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a la información que debe facilitarse a aquéllos aunque el plazo para su remisión será de cinco días hábiles. El plazo máximo para efectuar la adjudicación provisional será de tres meses a contar desde la apertura de las proposiciones económicas. Este plazo se ampliará en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 136.3 de la LCAP. De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposicióncontratación.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Junto Con El De Prescripciones Técnicas Han De Regir en El Procedimiento Abierto Relativo a La Contratación Mixta Del Suministro Y Servicios

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL. El órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios que se fijen, y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador a la empresa que haya presentado realizado la oferta que resulte económicamente más ventajosa. El Todo ello sin perjuicio de la potestad del órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación de solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrán solicitarse estos informes cuando exista alguna oferta o proposición sea necesario verificar que sea admisible las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas xxx xxxxxx, tal y como prevén los artículos 135 y 144 de la LCSP. En el acuerdo de adjudicación se reflejará el orden en que hayan quedado las diferentes ofertas de acuerdo con la puntuación que ha correspondido a cada una, dato que se tendrá en cuenta en los criterios que figuren casos en el pliego. La adjudicación provisional al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa no procederá cuando el órgano de contratación presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionadoslos que, de acuerdo con lo previsto establecido en esta cláusulaeste pliego, pueda realizarse una nueva adjudicación por no haber podido elevarse a definitiva la inicialmente propuesta o se resuelva anticipadamente el contrato. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los licitadores y publicarse efectuará en el perfil de contratante del órgano de contratación o en un diario oficial, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 137 de la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a la información que debe facilitarse a aquéllos aunque el plazo para su remisión será de cinco días hábiles. El plazo máximo para efectuar la adjudicación provisional será de tres meses un (1) mes, a contar desde la apertura de las proposiciones económicas. Este proposiciones, plazo se ampliará que en quince días hábiles este último supuesto podrá elevarse por el órgano de contratación, cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 136.3 las circunstancias concretas de la LCAPobra en cuestión lo requieran, en un mes más. De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. La resolución de adjudicación provisional se notificará a todos los participantes en la licitación, incluso a los que resulten excluidos, y se publicará en el perfil del contratante, al día siguiente de haberse adoptado el acuerdo correspondiente. A los interesados que lo solicitan se les facilitará información, en un plazo máximo de tres días hábiles a partir de la recepción de la petición en tal sentido, sobre los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor (artículo 137 LCSP).

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratacion Por El Ayuntamiento De Karrantza De La Obra De Ejecución De Estructura De Pabellon Polideportivo

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL. El órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios que se fijen, y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador a la empresa que haya presentado realizado la oferta que resulte económicamente más ventajosa. El Todo ello sin perjuicio de la potestad del órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación de solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrán solicitarse estos informes cuando exista alguna oferta o proposición sea necesario verificar que sea admisible las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas xxx xxxxxx, tal y como prevén los artículos 135 y 144 de la LCSP. En el acuerdo de adjudicación se reflejará el orden en que hayan quedado las diferentes ofertas de acuerdo con la puntuación que ha correspondido a cada una, dato que se tendrá en cuenta en los criterios que figuren casos en el pliego. La adjudicación provisional al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa no procederá cuando el órgano de contratación presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionadoslos que, de acuerdo con lo previsto establecido en esta cláusulaeste pliego, pueda realizarse una nueva adjudicación por no haber podido elevarse a definitiva la inicialmente propuesta o se resuelva anticipadamente el contrato. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los licitadores y publicarse efectuará en el perfil de contratante del órgano de contratación o en un diario oficial, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 137 de la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a la información que debe facilitarse a aquéllos aunque el plazo para su remisión será de cinco días hábiles. El plazo máximo para efectuar la adjudicación provisional será de tres meses VEINTE DÍAS (20) si se valoran varios, a contar desde la apertura de las proposiciones económicas. Este proposiciones, plazo se ampliará que en quince días hábiles este último supuesto podrá elevarse por el órgano de contratación, cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 136.3 las circunstancias concretas de la LCAPobra en cuestión lo requieran, en un mes más. De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. La resolución de adjudicación provisional se notificará a todos los participantes en la licitación, incluso a los que resulten excluidos, y se publicará en el perfil del contratante, al día siguiente de haberse adoptado el acuerdo correspondiente. A los interesados que lo solicitan se les facilitará información, en un plazo máximo de tres días hábiles a partir de la recepción de la petición en tal sentido, sobre los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor (artículo 137 LCSP).

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratacion Por El Ayuntamiento De Karrantza De La Obra De Puesta en Seguridad Y Acondicionamiento De Las Labores De Interior De La Mina Ángela, en El

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL. Finalizado el proceso de valoración y negociación de las ofertas y previo en su caso, el asesoramiento técnico correspondiente, se formulará la propuesta de adjudicación provisional del contrato, que será elevada al órgano de contratación. El órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios que se fijen, establecidos en este Pliego y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa. El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con La adjudicación provisional concretará y fijará los criterios que figuren en el pliegotérminos definitivos del contrato. La adjudicación provisional al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa no procederá cuando el órgano de contratación presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, en cuyo caso el órgano de acuerdo con contratación dispondrá la consideración de anormal o desproporcionada de la oferta de la empresa anormalmente baja y acordará la adjudicación provisional del contrato a la siguiente mejor oferta. En aplicación de lo previsto en esta cláusulala disposición adicional cuarta del TRLCSP, si se dieran varias ofertas que igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, tendrán preferencia para dicha adjudicación las empresas y entidades que se recogen en dicha disposición adicional sexta. Si concurrieran varias con la misma preferencia, la adjudicación se decidirá mediante sorteo entre ellas. En todo caso, cuando sea de aplicación la disposición adicional sexta, se solicitará acreditación de las circunstancias declaradas. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse notificará a los licitadores y publicarse se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación o en un diario oficial, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 137 de la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a la información que debe facilitarse a aquéllos aunque el plazo para su remisión será de cinco días hábiles. El plazo máximo para efectuar la adjudicación provisional será de tres meses a contar desde la apertura de las proposiciones económicas. Este plazo se ampliará en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 136.3 de la LCAP. De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposicióncontratante.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares