AMBITO TERRITORIAL Y PERSONAL Cláusulas de Ejemplo

AMBITO TERRITORIAL Y PERSONAL. El presente Convenio es de ambito estatal y afectara a todos los trabajadores de Renfe, con excepcion del personal de la Estructura de Direccion, que conforma el equipo directivo de Renfe, y esta excluido por condiciones especiales pactadas. La Estructura de Direccion se divide en tres grupos: 1.- Alta Direccion: con caracter general, no exclusivo, constituyen este grupo las personas que desempeñan puestos del primer nivel de responsabilidad del organigrama general de la Red, en dependencia directa del Presidente, Vicepresidente o Director General y los Directores Gerentes de Unidades de Negocio, que ejercen las funciones de linea o staff que, en su caso se les asigne. 2.- Direccion: con caracter general, no exclusivo, constituyen este grupo las personas que desempeñan puestos del primer nivel de responsabilidad en cada Direccion General, Organo Corporativo o Unidad de Negocio y ejercen funciones de linea o staff . 3.- Cuadros Superiores: constituyen este grupo aquellas personas que ocupan puestos asi designados por la Direccion, de nivel superior a la Estructura de Apoyo y no relacionados con esta. Caracter de la relacion: la naturaleza juridica de la relacion del personal de Estructura de Direccion, si bien es laboral, se halla sujeta a regulacion especifica y particular, por lo que se encuentra excluido del ambito del Convenio Colectivo, siendo la provision y remocion de vacantes efectuadas mediante libre designacion. Asimismo, estan excluidos el personal tecnico titulado que no dedique, al menos, una atencion preferente en la forma que establecen las normas relativas a jornada y el facultativo contratado por Renfe por tiempo cierto, o para obra o servicio determinado, sin sujecion a jornada reglamentaria, o mediante honorarios libremente convenidos o sujetos a tarifas ajenas a esta normativa.
AMBITO TERRITORIAL Y PERSONAL. El presente Convenio Colectivo, tiene por objeto establecer y regular las normas por las que han de regirse las condiciones de trabajo del personal que preste sus servicios en la Planta de Reciclaje y Compostaje ubicada en la Carretera xx Xxxxxxx, “Las Calandrias”, cualquiera que sea su modalidad de contrato y siendo de obligado cumplimiento por ambas partes.

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  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, excepto Baleares, Ca- narias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • Ámbito territorial Este Convenio Colectivo será de aplicación en todo el territorio del Estado español.

  • Límite Territorial La presente Póliza sólo surtirá sus efectos por pérdidas y/o daños ocurridos y gastos realizados dentro de los límites territoriales de los Estados Unidos Mexicanos.

  • TERRITORIALIDAD Las coberturas amparadas por esta póliza se aplicarán en caso de accidentes ocurridos dentro de la República Mexicana. La aplicación de las coberturas de Daños Materiales, Robo Total, Gastos Médicos Ocupantes, Equipo Especial, Adaptaciones y Conversiones, se extiende a los Estados Unidos de Norte América y Canadá.

  • Territorio La presente póliza no cubre ninguna pérdida, lesión, daño o responsabilidad legal derivada ya sea directa o indirectamente de bienes, transacciones, comercio u otra actividad relacionada con los países especificados en las condiciones particulares de la póliza.

  • Ámbito personal 1. La normativa de este Convenio será de obligada y general observancia para todas las empresas, entidades públicas y trabajadores de las actividades enumeradas en el artículo anterior. 2. Se excluye del ámbito del presente Convenio el personal directivo de las empresas sometidas al mismo y que se corresponden con el Nivel I conforme lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera de este Convenio. Este personal es de libre designación por la empresa. Su relación laboral se regirá por su contrato de trabajo y, en su caso, por la normativa especial que le resulte de aplicación. Si un cargo directivo no ha sido contratado como tal, sino que accede a dicho cargo por promoción interna en la empresa, solamente estará excluido de la aplicación de este Convenio mientras desempeñe dicho cargo y para las condiciones que deriven exclusivamente del mismo.

  • EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL El presente

  • Territorios elegibles Guadalupe, Guyana Francesa, Martinica, Reunión – por ser Departamentos xx Xxxxxxx.

  • Prácticas antisindicales En cuanto a los supuestos de prácticas que, a juicio de alguna de las partes, quepa calificar de antisindicales, se estará a lo dispuesto en las leyes.

  • AMBITO TEMPORAL Las prestaciones posteriormente definidas serán válidas con carácter anual, siempre que el tiempo de permanencia fuera de la residencia habitual no sea superior a 90 días consecutivos, por viaje o desplazamiento. Esta limitación no regirá cuando el desplazamiento sea dentro del territorio español.