Common use of ANTECEDENTES GENERALES Clause in Contracts

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo el ID 662237-18- LR21, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 16, de fecha 00 xx xxxxx xx 2021, de este Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 580, de fecha 00 xx xxxxx xx 2021, de este Servicio, se adjudicó la propuesta pública a Sociedad de Tratamientos y Rehabilitación Cronos Limitada, para la compra de meses de planes de tratamiento, específicamente la(s) línea(s) de servicio N° 14. Las partes mediante este acto manifiestan su acuerdo en contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican:

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ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, licitó públicamente a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo con el ID 662237-18- LR2123-LR-20, la contratación del servicio objeto del presente contrato, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 16, 35 de fecha 00 xx xxxxx xx 20210000, de este xx xxxx Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 580, °968 de fecha 00 xx xxxxx xx 202114 de diciembre de 2020, de este Servicio, se adjudicó la propuesta pública a Sociedad de Tratamientos y Rehabilitación Cronos Limitada, Comunidad Terapéutica Horizonte para la compra de meses de planes de tratamiento, específicamente la(s) línea(s) de servicio las líneas 1469, 71 y 80. Las partes mediante este acto manifiestan su acuerdo en contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican:

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ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, licitó públicamente a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo con el ID 662237-18- LR2123-LR20, la contratación del servicio objeto del presente contrato, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 16, 35 de fecha 00 xx xxxxx xx 20210000, de este xx xxxx Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 580, °968 de fecha 00 xx xxxxx xx 202114 de diciembre de 2020, de este Servicio, se adjudicó la propuesta pública a Sociedad de Tratamientos y Rehabilitación Cronos Limitada, Comunidad Terapéutica Orión Ltda. para la compra de meses de planes de tratamiento, específicamente la(s) línea(s) de servicio las líneas 14. 55,94, 95 y 99 Las partes mediante este acto manifiestan su acuerdo en contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican:

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ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió licitó públicamente a licitar públicamentetravés del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, con el ID 662237-46-LR19, la contratación del servicio objeto del presente contrato. En el referido proceso de licitación, mediante Resolución Exenta N° 896, de 27 de diciembre de 2019, de este Servicio, se declaró desierta la línea de Servicio N° 3. Con todo, siendo indispensable para SENDA, cubrir las necesidades de tratamiento correspondiente a la referida línea de servicio, se ha resuelto contratar con la entidad - mediante el procedimiento de contratación directa - la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas en situación xx xxxxx con consumo problemático de drogas y alcohol, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo el ID 662237-18- LR21, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 16, de fecha 00 xx xxxxx xx 2021, de este Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 580, de fecha 00 xx xxxxx xx 2021, de este Servicio, se adjudicó la propuesta pública a Sociedad de Tratamientos y Rehabilitación Cronos Limitada, para la compra de meses de planes de tratamiento, específicamente la(s) línea(s) de servicio N° 14. Las partes mediante este acto manifiestan su acuerdo en contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican:

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ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo el ID 662237-18- LR2125-LR19, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 1678, de fecha 00 xx xxxxx xx 20212019, de este Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 580530, de fecha 00 xx xxxxx xxxxxx xx 20212019, de este Servicio, se adjudicó adjudicaron diferentes propuestas públicas, entre las cuales se encuentran las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la propuesta pública a Sociedad fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de Tratamientos 2021”. Sin perjuicio de lo anterior, y Rehabilitación Cronos Limitadade lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”. Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativo, se dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican en el cuadro adjunto en el presente considerando, para la compra de meses de planes de tratamientotratamiento para Niños, específicamente la(s) línea(s) Niñas y Adolescentes con consumo problemático de servicio N° 14drogas y alcohol. Las En razón de lo anterior, las partes mediante comparecientes vienen, por este acto manifiestan acto, a manifestar su acuerdo conformidad en contratar cuanto a renovar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente contrato instrumento y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican:

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ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, licitó públicamente a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo con el ID 662237-18- LR2124-LR20, la contratación del servicio objeto del presente contrato, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 16, °37 de fecha 00 xx xxxxx xx 20210000, de este xx xxxx Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta 826 de 30 de septiembre de 2020; y la Resolución Exenta 580946 de 30 de noviembre de 2020, ambas de fecha 00 xx xxxxx xx 2021, de este ServicioSENDA,, se adjudicó declararon desiertas determinadas líneas, entre ellas la propuesta pública Línea de Servicio N° 68. Con todo, siendo indispensable para SENDA, cubrir las necesidades de tratamiento correspondiente a Sociedad la(s) referida(s) línea(s) de Tratamientos y Rehabilitación Cronos Limitadaservicio, para se ha resuelto contratar con la entidad- mediante el procedimiento de contratación directa- la compra de meses de planes de tratamiento, específicamente la(s) línea(s) de servicio tratamiento para adolescentes y jovenes ingresados al sistema penal por ley 1420.084 con consumo problemático de drogas y alcohol. Las partes mediante este acto manifiestan su acuerdo en contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican:

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo el ID 662237-18- LR21, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 16, de fecha 00 xx xxxxx xx 2021, de este Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 580, de fecha 00 xx xxxxx xx 2021, de este Servicio, se adjudicó adjudicaron propuestas públicas y se declararon inadmisibles las ofertas ahí señaladas, entre las que se encuentra la propuesta pública Línea de Servicio N° 2. Según da cuenta la referida Resolución Exenta N° 580, el único proveedor que presentó una oferta para la aludida Línea de Servicio N° 2 fue Proyecto de Salud Educacional Limitada, la que fue declarada inadmisible debido a Sociedad incumplimientos de Tratamientos requisitos previstos en la precalificación técnica, específicamente, no presentar el recurso humano requerido. Así las cosas, a pesar de haberse declarado desierta la única oferta presentada respecto de la Línea de Servicio N° 2, se hace necesario e indispensable dar continuidad a la atención brindada a los niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y Rehabilitación Cronos alcohol. En el contexto descrito, por medio de requerimiento S-6367/21, de fecha 12 xx xxxxxx de 2021, del Área de Tratamiento e Intervención de Senda, se solicitó la suscripción de un contrato, vía modalidad trato directo, con Proyecto de Salud Educacional Limitada, para contratar la compra de meses de planes de tratamientotratamiento para niños, específicamente la(s) línea(s) niñas y/o adolescentes con consumo problemático de servicio drogas y alcohol, para los meses de julio y agosto del presente año, conforme a la causal prevista en el artículo 8°, letra g), de la Ley 1419.886, y en el artículo 10, N° 7, letra l), de su Reglamento, esto es, cuando habiendo realizado una licitación pública previa para el suministro de bienes o contratación de servicios no se recibieran ofertas o éstas resultaran inadmisibles por no ajustarse a los requisitos esenciales establecidos en las bases y la contratación es indispensable para el organismo. Las Por consiguiente, las partes mediante este acto manifiestan su acuerdo en contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican:

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios