Aplicación de la bolsa de horas flexibles Cláusulas de Ejemplo

Aplicación de la bolsa de horas flexibles. 11.1 Para todos los centros de trabajo con carácter general: cve: BOE-A-2022-15745 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx a. La bolsa de horas flexibles que corresponda, se gestionará mediante la acumulación de un saldo de horas trabajadas en exceso o en defecto, de forma que al finalizar el año natural la persona trabajadora no haya superado el máximo de flexibilidad que le corresponda. b. En caso de superarse la jornada anual que corresponda, el exceso será considerado horas extraordinarias a todos los efectos, incluido su carácter voluntario, para lo cual la Empresa avisará a la persona trabajadora en el momento que se supere dicha jornada. c. En cualquier caso, la bolsa de horas flexibles comenzará y finalizará con el año natural, pudiendo compensarse las horas positivas hasta el último día del mes de febrero del año inmediatamente posterior. d. La Dirección del Centro preavisará a la persona trabajadora con cinco días de antelación, de la modificación puntual de los horarios para la realización efectiva de las horas flexibles establecidas. La compensación con carácter general será de 1 hora de trabajo por 1 hora de descanso. e. Las horas flexibles se prestarán a requerimiento de la Empresa con un máximo de 2 horas diarias sobre la jornada ordinaria de la persona trabajadora, de lunes a viernes laborables, en jornada continuada o partida según sea la jornada habitual de la persona trabajadora. No obstante, se respetarán los acuerdos que puedan adoptarse en los centros de trabajo. f. En caso de no llegar a las horas efectivas de trabajo que correspondan a la persona trabajadora, este no sufrirá penalización alguna en su salario. g. Se preavisará a la persona trabajadora con, al menos, cinco días de antelación, de los días en los que no prestará servicio por recuperación de las horas de la bolsa trabajadas en exceso. h. La bolsa de horas flexibles se aplicará de forma equitativa entre las personas trabajadoras de cada centro de trabajo, grupo y nivel profesional. i. La bolsa de horas flexibles se aplicará respetando los acuerdos o la práctica habitual de los centros de trabajo en materia de ayudas para comida y/o garantías de transporte en caso de realización de horas de flexibilidad, extraordinarias u horarios especiales.
Aplicación de la bolsa de horas flexibles. 9.1 Para todos los centros de trabajo con carácter general: a. La bolsa de horas flexibles que corresponda, se gestionará mediante la acumulación de un saldo de horas trabajadas en exceso o en defecto, de forma que al finalizar el año natural el trabajador no haya superado el máximo de flexibilidad que le corresponda. b. En caso de superarse la jornada anual que corresponda, el exceso será considerado horas extraordinarias a todos los efectos, incluido su carácter voluntario, para lo cual la Empresa avisará al trabajador en el momento que se supere dicha jornada. c. En cualquier caso, la bolsa de horas flexibles comenzará y finalizará con el año natural, pudiendo compensarse las horas positivas hasta el último día del mes de febrero del año inmediatamente posterior. d. La Dirección del Centro preavisará al trabajador, con cinco días de antelación, de la modificación puntual de los horarios para la realización efectiva de las horas flexibles establecidas. La compensación con carácter general será de 1 hora de trabajo por 1 hora de descanso. e. Las horas flexibles se prestarán a requerimiento de la Empresa con un máximo de 3 horas diarias sobre la jornada ordinaria del trabajador, de lunes a viernes laborables, en jornada continuada o partida según sea la jornada habitual del trabajador. No obstante se respetarán los acuerdos que puedan adoptarse en los centros de trabajo.

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