Asignación de puntajes Cláusulas de Ejemplo

Asignación de puntajes. La asignación de puntaje a cada uno de los factores de calificación, se hará de acuerdo a la siguiente tabla. Serán descalificadas las ofertas cuyo puntaje de calificación de la propuesta técnica sea menor a 70 puntos. Los sobres económicos de las ofertas descalificadas, es decir, de las que hayan obtenido un puntaje menor a 70 puntos, no serán abiertos y serán devueltos a los postores una vez que concluya el proceso de licitación. Los puntajes parciales serán definidos en los Formularios CPT, que indican las puntuaciones parciales. Un resumen de la calificación Técnica se realizará en el Formulario CPT-4. Los puntajes de las ofertas que hayan calificado con más de 70 puntos se llevarán a base 100, es decir, se le dará 100 puntos a la oferta técnica mejor calificada (PTMAX) y el puntaje de las otras ofertas (PTi) se calculará mediante la siguiente formula: PTi = PTi * 100 / PTMAX. El costo debe contemplar todos los ítems necesarios para el desarrollo del servicio, identificando los costos directos e indirectos:
Asignación de puntajes. Las ofertas habilitadas en la fase de revisión económica serán calificadas según el siguiente criterio: a. Obtendrá una puntuación del 40% el oferente que presente mayor canon a favor del Estado durante la etapa de explotación. Rc= N * 40% / X Rc= Resultado canon Puntaje máximo asignado N= Contraprestación de cada oferta. X= Mayor contraprestación La contraprestación será un pago fijo anual, el cálculo se realizará en Valor Actual Neto, resultado de los flujos de caja en valores corrientes. b. Obtendrá una puntuación del 60% el oferente que presente menor tiempo de construcción del total de la obra. Rt= N * 60% / X Rt= Resultado tiempo Puntaje máximo asignado N= Tiempo de construcción de cada oferta.
Asignación de puntajes a. Las Ofertas Habilitadas en la Fase de Revisión Económica serán calificadas según el siguiente criterio: a. Obtendrá una puntuación de 100 puntos el oferente que presente mayor contraprestación para el Estado durante la etapa de explotación, a las demás ofertas se les asignará un puntaje de manera proporcional al mejor puntuado. b. Las contraprestaciones para el Estado deberán presentarse hasta con 2 decimales.
Asignación de puntajes. La asignación de puntaje por cada factor de evaluación se realizará ponderando el escalafón del cargo a proveer, sobre una base de 100 (cien) puntos y de acuerdo a los siguientes porcentajes: a) Escalafones Administrativo y Servicios Generales b) Escalafón Técnico Profesional Analistas I, II, III y IV c) Escalafón de Dirección y Supervisión – Nivel de Jefatura
Asignación de puntajes. LA CÁMARA DE COMERCIO DE FACATATIVÁ, otorgará un puntaje total de 1.000 puntos así: ASPECTO ECONÓMICO 700 PUNTOS FACTOR ADICIONAL DE ELEMENTOS 200 PUNTOS FACTOR APOYO A LAS MYPIMES 100 PUNTOS Para que una propuesta pueda considerarse elegible deberá tener como mínimo novecientos (900) puntos. 9.1. ASPECTO ECONÓMICO (700 PUNTOS) A. OFERTA ECONÓMICA (700 PUNTOS) 1. La CÁMARA DE COMERCIO DE FACATATIVÁ verificará que las ofertas económicas no contengan errores aritméticos y si es procedente, efectuará la rectificación de los errores que encuentre de la siguiente manera. 2. La rectificación de los errores aritméticos se efectuará sobre el precio total que resulte de multiplicar el precio unitario por las cantidades correspondientes. Tanto para efectos de evaluación de la propuesta como para su eventual adjudicación. Si realizada la respectiva corrección aritmética el valor de la oferta total varia en más de un 2% del valor propuesto inicialmente, la oferta será rechazada. 3. Si existiere discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras. 4. No se aceptarán modificaciones a las cantidades de los elementos ni a las unidades de medida emitidas por La CÁMARA DE COMERCIO DE FACATATIVÁ, so pena del rechazo de las ofertas. 5. En caso de error en la suma de la lista de cantidades y precios, el resultado total correcto será el que se obtenga de revisar dichas sumas. 6. En todo caso para que una oferta se considere hábil, su valor total corregido no podrá ser mayor al 100% del valor del presupuesto oficial ni inferior al 95% del mismo. Las propuestas que estén por fuera de este rango serán rechazadas. 7. Si de las correcciones efectuadas se derivara(n) alguna(s) modificación(es) en el valor de las ofertas, La CÁMARA DE COMERCIO DE FACATATIVÁ procederá a comunicar a la totalidad de los proponentes la(s) modificación(es) realizada(s). Si el proponente afectado no aceptare la corrección realizada, su propuesta será rechazada y La CÁMARA DE COMERCIO DE FACATATIVÁ podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la misma. Para la determinación del puntaje de la evaluación económica, sólo se tendrán en cuenta las ofertas hábiles.
Asignación de puntajes. Las propuestas serán evaluadas de acuerdo con los siguientes factores y puntajes:
Asignación de puntajes. Para efectos de la asignación de puntajes, y atendiendo lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 80 de 1993. Se calificará de acuerdo con el numeral 5.3.2 la experiencia y el numeral 5.8.1 Factor económico y por último el factor de bienes y servicios nacionales (Ley 816 de 2003). En consecuencia los puntajes se asignarán de la siguiente manera: 5.3.2.1 Experiencia en tiempo 20 5.3.2.2 Experiencia en área 20 5.3.2.3 Experiencia en valor 20 5.8.1 Factor Económico 20

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  • Asignación Las credenciales de acceso a Aplicateca (en adelante, “Claves de Acceso y Compra”) se asignarán durante el proceso de registro de CLIENTE o de alta de cada usuario en Aplicateca, donde: • el identificador (Login) de acceso será la dirección de correo electrónico (email) del usuario, • la contraseña la establece el usuario cuando completa el proceso de activación. Estas credenciales podrán ser modificadas con posterioridad a voluntad del usuario y bajo su responsabilidad. Dichas credenciales deberán ser proporcionadas por el usuario para acceder a las secciones restringidas del portal: uso, contratación y gestión de aplicaciones, gestión de usuarios y otras gestiones administrativas. Adicionalmente, y si el SERVICIO prestado lo requiere, EL PROVEEDOR podrá exigir a los usuarios del SERVICIO el empleo de otras credenciales adicionales para su uso (en adelante, las "Claves del Servicio"). MOVISTAR o, en su caso, EL PROVEEDOR, podrá unilateralmente, y en cualquier momento, modificar, suspender o revocar los nombres de usuario o las Claves de Acceso y Compra, con el fin de unificar las diversas claves de acceso de que dispone el CLIENTE en los distintos servicios ofrecidos por MOVISTAR, procediendo a la comunicación al CLIENTE de forma inmediata.

  • Valoración de las ofertas Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

  • PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR EL PROVEEDOR asumirá la

  • SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento. Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.

  • Lugar y plazo de presentación de ofertas Las ofertas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva del Aceral, de forma presencial solicitando cita previa según lo dispuesto en la Cláusula 5 de este documento, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx. De esta presentación podrán los interesados exigir el correspondiente justificante, sirviendo a tal efecto copia de la documentación presentada una vez sellada en la que figure el número de entrada en registro. En el supuesto de que el día de terminación de dicho plazo fuese inhábil, se entenderá el mismo prorrogado hasta el día siguiente hábil. Igualmente, podrán presentarse proposiciones a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso el interesado deberá comunicarlo por fax o telegrama al Ayuntamiento en el mismo día en que se efectúe la imposición del envío en la oficina correspondiente, siempre que quede constancia de la recepción por estos medios. Sin cumplir este requisito, que deberá acreditar al licitador que optase por esta vía de presentación, no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva del Aceral fuera del plazo fijado. Un mismo licitador no podrá presentar más de una oferta por una misma parcela agrícola, individualmente o bien mediante unión temporal con otros licitadores. No obstante, podrá presentar ofertas por diferentes parcelas, sin limitación alguna en cuanto al número de parcelas a las que puede optarse. Si un licitador presentará más de una oferta para la misma parcela agrícola, ello dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él presentadas para la misma.

  • Extensión de la cobertura 1. La cobertura de los riesgos extraordinarios alcanzará a las mismas personas y las mismas sumas aseguradas que se hayan establecido en las pólizas de seguro a efectos de la cobertura de los riesgos ordinarios. 2. En las pólizas de seguro de vida que de acuerdo con lo previsto en el contrato, y de conformidad con la normativa reguladora de los seguros privados, generen provisión matemática, la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros se referirá al capital en riesgo para cada asegurado, es decir, a la diferencia entre la suma asegurada y la provisión matemática que la entidad aseguradora que la hubiera emitido deba tener constituida. El importe correspondiente a la provisión matemática será satisfecho por la mencionada entidad aseguradora.

  • Multiusuarios del servicio público de aseo Son todos aquellos suscriptores agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares, que se caracterizan porque presentan en forma conjunta sus residuos sólidos a la persona prestadora del servicio en los términos del presente decreto o las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen y que hayan solicitado el aforo de sus residuos para que esta medición sea la base de la facturación del servicio público de aseo. La persona prestadora del servicio facturará a cada inmueble en forma individual, en un todo de acuerdo con la regulación que se expida para este fin.

  • LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS El CONSULTOR realizará la CONSULTORÍA, objeto del presente contrato en _____________ (señalar el lugar o lugares donde realizará la consultoría).

  • Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro.

  • Recepción de Ofertas Junta de Gobierno del Ayuntamiento xx Xxxxxx Dirección Postal Xxxxx xxx Xxxxxxxxxxx, x/x (00000) Xxxxxx Xxxxxx Contacto Correo Electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx