FACTORES DE CALIFICACIÓN. Los elementos a calificar en esta contratación serán: 9.2 PRECIO. (Máximo 60 puntos)
FACTORES DE CALIFICACIÓN. Los elementos a calificar en esta contratación serán:
FACTORES DE CALIFICACIÓN. De conformidad con lo previsto en el estatuto de contratación de la empresa, en desarrollo del deber de selección objetiva, se escogerá la propuesta más favorable a la entidad y a los fines que busca con el presente proceso de selección. Se entiende por ofrecimiento más favorable, aquel con el menor precio ofertado.
FACTORES DE CALIFICACIÓN. ENTerritorio calificará las ofertas que hayan cumplido con los requisitos habilitantes con los siguientes puntajes: Para la calificación de la Oferta económica se tendrá en cuenta el procedimiento establecido en el Documento Térmi- nos y Condiciones. El valor de la Oferta económica debe ser presentado en pesos colombianos y contemplar todos los costos directos e indirectos para la completa y adecuada ejecución de la obra, los Riesgos y la administración de estos. 1 Fuente: Clasificador de Bienes Y Servicios de la página de Colombia Compra Eficiente [xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxx-x-xxxxxxxxx] Al formular la oferta, el Oferente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones estable- cidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades. Mediante sistema aleatorio, se determinará de forma independiente cuál de los cuatro (4) mecanismos, se utilizará para asignar el puntaje correspondiente a las ofertas económicas para el valor total de la oferta: “mediana con valor absoluto” o “mediana geométrica” o “mediana aritmética baja” o “menor valor”, procedimiento que será explicado en los Términos y Condiciones establecidas. El factor de calidad como criterio de ponderación busca establecer herramientas previas que conminen al oferente seleccionado a la correcta ejecución de la obra contratada, cumpliendo con cada una de las obligaciones inherentes a la obra. Si el oferente seleccionado no cumple con los compromisos adquiridos de conformidad con el factor de calidad (Plan de calidad) dentro del primer mes, luego de suscrita el acta de inicio, ENTerritorio podrá implementar la Clausula Penal de Apremio de conformidad con lo establecido en la Clausula 18 del Anexo 5 – Anexo de Condiciones Contractuales. ENTerritorio consultará y analizará las anotaciones vigentes que reposen en el Registro Nacional de Obras Civiles Inconclusas, de que trata la Ley 2020 de 2020. En el evento que las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras domiciliadas o con Sucursal en Colombia, o integrantes de Oferentes Plurales, cuenten con alguna ano- tación vigente de obra civil inconclusa, en el mencionado registro, se descontará un (1) punto de la sumatoria obte- nida en relación con el factor de calidad. De conformidad con el régimen de contratación de ENTerritorio, en cons...
FACTORES DE CALIFICACIÓN. Para la asignación del puntaje al que se refiere el numeral anterior, se tendrá únicamente en cuenta los contratos relacionados por el proponente en el Formato No. 5 – EXPERIENCIA DEL PROPONENTE, y debidamente soportados, que cumplan todos los requisitos indicados en el Capítulo 2 de este pliego de condiciones. Se le asignará el siguiente puntaje al proponente que acredite los siguientes factores con los documentos aportados para el cumplimiento de lo descrito en el numeral 2.2.2.del presente Pliego:
FACTORES DE CALIFICACIÓN. De conformidad con lo previsto en el estatuto de contratación de la empresa, en desarrollo del deber de selección objetiva, se escogerá la propuesta más favorable a la entidad y a los fines que busca con el presente proceso de selección. Se entiende por ofrecimiento más favorable, aquel cuya evaluación técnica y económica se acerque a cien (100) puntos. Las propuestas admitidas serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios de evaluación:
FACTORES DE CALIFICACIÓN. De conformidad con lo establecido el artículo 29 de la ley 80 de 1993, el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, las ofertas serán analizadas, evaluadas y calificadas por EL MINISTERIO, con base en la información y documentación suministrada por el oferente en cumplimiento de los pliegos de condiciones. Así mismo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.2.2. del Decreto 1082 de 2015, se escogerá́ el ofrecimiento más favorable a la Entidad y será́ aquel que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de los criterios que se describen en este numeral:
FACTORES DE CALIFICACIÓN. Se tendrá como único criterio de evaluación el precio ofertado dentro de la propuesta y en la audiencia de subasta. Se debe tener presente el requerimiento de ofertar LA TOTALIDAD de los ITEMS que conforman el respectivo proceso contractual.
FACTORES DE CALIFICACIÓN. ASPECTO CALIFICABLE DETALLE PUNTAJE MÁXIMO PUNTAJE Técnicos Experiencia Adicional 148 398 Gestión de contact center 100 Horas adicionales 50 Cantidad de reclamaciones adicionales por concepto de depuración de cartera 50 Servicios adicionales 50 Contención del gasto Servicios no obligatorios Otros servicios adicionales Económico Valor de la Auditoría concurrente 150 450 Valor de la auditoría integral 150 Valor de la auditoría express 150 Otros Apoyo a la industria Nacional 100 152 Aspectos Ambientales 50 Emprendimiento y empresa de mujeres 2 Total 1,000 1,000 Se deberán describir uno a uno los factores de evaluación:
FACTORES DE CALIFICACIÓN. De conformidad con lo establecido en los numerales 28 y 35.2 del manual de contratación de la entidad, la modalidad a establecer será bajo el mecanismo de , definida como la puja dinámica efectuada presencial o electrónicamente, mediante la cual los oferentes, durante un tiempo determinado, ajustan su oferta económica, con el fin de l ograr el menor precio, y así determinar la oferta más favorable para los intereses de ENTerritorio. De acuerdo con lo anterior, se recomienda para efectos de la subasta que se establezca el margen mínimo de mejora de oferta en TRES (3%) POR CIENTO, el cual aplica para la totalidad de los ítems; por debajo del cual los lances no serán aceptables. El porcentaje de mejora se aplicará de manera uniforme al total de los ítems ofrecidos. Esto es que el porcentaje o lance de mejora que hagan los participantes se aplicará a cada uno de los ítems objeto de la subasta. El oferente deberá formular su oferta económica en la plataforma del SECOP II teniendo en cuenta las siguientes condiciones: