EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA Cláusulas de Ejemplo

EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA. Los criterios expresados en esta sección son indicativos de cuáles son los aspectos que la CCB considerará en las ofertas que reciba, del modo como realizará esa valoración y de los diversos niveles de importancia que concede a distintas materias.
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA. Desde el momento de la apertura de la propuesta hasta el momento de la adjudicación del Contrato, el Consultor no deberá comunicarse con EL CONTRATANTE sobre ningún tema relacionado con su propuesta técnica o financiera. Cualquier intento del Consultor de influir al Contratante en el examen, evaluación, clasificación de las propuestas y la recomendación de adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de la propuesta. Los evaluadores de la propuesta técnica no tendrán acceso a la propuesta financiera o Económica hasta que se haya completado la evaluación técnica.
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA. Con fundamento en los incisos a) y b) de la fracción I, del Artículo 63 del REGLAMENTO, se procederá a la evaluación de proposiciones aplicando el mecanismo del sistema Binario, el cual consiste en determinar la solvencia de las proposiciones a partir de verificar el cumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por el INR, PARA LO CUAL SE VERIFICARA LO SIGUIENTE: 1. Que cada documento contenga la información solicitada. 2. Que la red de actividades, sea congruente en base a las etapas y a las actividades señaladas en el anexo PE3. 3. Que el programa de ejecución cumpla con lo estipulado en los términos de referencia. 4. Que el programa de ejecución de los trabajos corresponda al plazo establecido por el INR. 5. Que los programas calendarizados y cuantificados en partidas o actividades de suministro o utilización de maquinaria o equipo y de personal sean congruentes con el programa de ejecución. 6. Que del personal clave asignado directamente a la ejecución de los servicios, cuente con la formación y experiencia, para la realización de los trabajos. 7. Del presupuesto de obra que en todos y cada uno de los conceptos que lo integran se establezca el importe del precio respectivo. 8. Que las operaciones aritméticas se hayan ejecutado correctamente; en el caso de que una o más tengan errores, se efectuarán las correcciones correspondientes por parte de la convocante. El monto correcto será el que se considerará para el análisis comparativo de las proposiciones. 9. Que el importe total de la proposición sea congruente con todos los documentos que la integran. 10. Que los programas de erogaciones calendarizados y cuantificados en partidas o actividades de maquinaria o equipo y de personal, sean congruentes con el programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos y/o con el presupuesto.
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA. ÍTE M FACTOR DE EVALUACIÓN PUNTAJE 1 OFERTA ECONÓMICA 900 PUNTOS 2 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 100 PUNTOS TOTAL 1.000 PUNTOS
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA. La comisión evaluadora tendrá en cuenta, entre otras cuestiones: 11.1.- El menú ofrecido y el menor precio al público. 11.2.- El descuento al personal del Sistema Municipal de Bibliotecas Públicas. 11.3.- El monto de la contraprestación del artículo 11.4.- La infraestructura y equipamiento propuesto.
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA. COEFICIENTE DESCRIPCIÓN VALOR
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA. A fin de asegurar y realizar los ajustes necesarios, los Ministerios de Educación y Desarrollo Social, a través de las Unidades Responsables, evaluarán bimestralmente el desarrollo de la propuesta, dejando asentadas las observaciones, avances y estrategias a implementar, tendiendo al mejoramiento del Programa.
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA. 6.5.1 Actividad regulada 6.5.2 Experiencia del Postor 1) Para efectos de acreditar la experiencia sólo será válida la documentación presentada por el o los integrantes del consorcio que se hubieran comprometido a ejecutar las obligaciones establecidas en el objeto de la convocatoria, de acuerdo con lo declarado en la promesa formal del consorcio. En tal sentido, para evaluar dicha experiencia no se tomará en cuenta las obligaciones asumidas por los integrantes del consorcio referidas a las siguientes actividades: a) Actividades de carácter administrativo o de gestión como facturación, financiamiento, aporte de cartas fianzas o pólizas de caución, entre otras; b) Actividades relacionadas con asuntos de organización interna, tales como representación, u otros aspectos que no se relacionan con la ejecución de las prestaciones y que tienen como único propósito que la propuesta del consorcio alcance un mayor puntaje o cumpla con las condiciones establecidas en las Bases, entre otras. 2) En el caso que los integrantes del consorcio acrediten experiencia respecto de contratos ejecutados individualmente, se deberá sumar íntegramente los montos que corresponden a tales contratos a fin de obtener la experiencia de cada integrante. De este modo, la experiencia del consorcio se obtendrá sobre la base de la sumatoria individual obtenida por cada uno de ellos. 3) En el caso que los integrantes del consorcio acrediten experiencia respecto de contratos en los que participaron, a su vez, como integrantes de otros consorcios, la Entidad deberá tener en cuenta lo siguiente: A. Si en el contrato objeto de evaluación se ha indicado cómo se distribuyeron las obligaciones y a cuánto asciende el monto correspondiente a cada una de ellas, se calificarán dichos montos, siempre que se encuentren debidamente acreditados. B. Si en el contrato objeto de evaluación se han identificado las obligaciones, pero no así su respectiva cuantía, para efectos de la evaluación sólo se tomará aquello que haya sido efectivamente ejecutado, para lo cual deberá presentarse la documentación que así lo acredite. 4) Tratándose de bienes, sólo se tomará en cuenta la experiencia de los integrantes que en la promesa formal de consorcio se hubieran obligado a la fabricación y/o comercialización, sin que pueda considerarse las demás actividades de la cadena productiva. Por tanto, no corresponde considerar la experiencia obtenida por los integrantes del consorcio que en el proceso de selección se obliguen a ej...
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA. 2.5.1 Registro del proveedor: - Situación financiera; - Negocio principal y trayectoria; - Capacidad para suscribir un contrato; 2.5.2 Evaluación técnica y Financiera: CRITERIO PUNTAJE PARTE A: Entrega de documentación requerida: 1. Anexo B- Formulario de Propuesta Técnica 2. Carta de presentación de la empresa con el perfil en el que describa el negocio central de la empresa, ano de fundacion, sucursales, clientes, etc. 3. Carta de intención expresa de su participación y aceptación de condiciones del ACNUR contenidas en los Anexos A, E, y F. 4. Copia simple de la constitución social vigente de la empresa o Copia Literal expedida por los Registros Públicos (máximo 60 días desde la presentación de su oferta) 5. Copia del Poder Legal vigente otorgado por escritura pública al Representante Legal con poderes para firmar la oferta, el Contrato o la orden de compra, si corresponde (máximo 60 dias). 6. Anexo D- Formulario de Registro de Proveedor firmado 7. Copia de la ficha RUC 8. Licencia de funcionamiento de los almacenes propuestos.
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA. Los factores de evaluación están sustentados en la asignación de puntajes frente a los ítems relacionados a continuación: La ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas señaladas en el pliego de condiciones. Es por eso que los criterios de selección que permitirán a la Corporación para el Desarrollo Social y Cultural del Valle del Cauca. CORPOVALLE identificar la oferta más favorable serán los siguientes: