ASISTENCIA REMOTA Cláusulas de Ejemplo

ASISTENCIA REMOTA. La asistencia remota permite la revisión de los ordenadores propiedad del Asegurado cubiertos por la póliza. El Asegurado dispondrá de soporte para la configuración de equipos y aplicaciones, actualizaciones de software, ayuda para acceder y usar aplicaciones de internet, optimización del rendimiento de los equipos que será atendida por expertos informáticos en seguridad que le asesorarán en los siguientes aspectos concretos: Se realizará el siguiente check list de seguridad: • Actualización de los equipos informáticos manteniendo instalados los últimos parches del Sistema Operativo y Aplicaciones estándar siempre que se disponga de licencia del mismo. • Configuración de los sistemas de restablecimiento (Backup/Shadow Copy, VSS...) • Aplicación de Back Up con una capacidad de 5Gb (con compresión de datos) • Limpieza de virus y spyware • Consultas relacionadas con la seguridad del uso de internet: compras, certificados digitales, seguridad, almacenamiento en la nube etc. • Ayuda en la configuración segura de los dispositivos de la empresa asegurada. • Asesoramiento en la Compra de Tecnología • Asesoramiento profesional en materia de seguridad en Internet tales como: o Dudas asociadas a la contratación electrónica o Consultas sobre páginas web seguras o Asesoramiento sobre ciber extorsión o Asesoramiento sobre estafas en línea
ASISTENCIA REMOTA. A solicitud del AFILIADO Y/O BENEFICIARIO se le brindará asistencia remota de computadora a computadora, con el fin de solucionar problemas de conectividad o problemas técnicos. ASISTENCIA BASICA BANCO POPULAR no asumirá los costos de inspección del servicio contratado por el afiliado y estará libre de responsabilidad por el servicio prestado de las referencias proporcionadas. Todos los gastos que se generen por este servicio serán pagados en su totalidad por el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO. ASISTENCIA BÁSICA BANCO POPULAR no se hace responsable del servicio que reciba el afiliado por las referencias brindadas. El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el “Anexo 8”.
ASISTENCIA REMOTA. Las prioridades (definidas por el órgano contratante) y tiempos de respuesta deberán ser cómo mínimo los indicados en la tabla adjunta, siendo el tiempo de respuesta en los casos críticos nunca superior a 2 horas dentro de la jornada laboral del AYUNTAMIENTO, de 8:00 a 16:00 horas, de lunes a viernes y teniendo en cuenta que el calendario laboral deberá ser el del Ayuntamiento. Prioridad Respuesta Soporte Remoto Crítico 2 Horas NoCritico 12 Horas Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx
ASISTENCIA REMOTA. Sistemas operativos soportados y navegador mínimo requerido: Se prestará asistencia sobre los siguientes aspectos:

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  • ASISTENCIA MÉDICA En caso de Accidente y/o Enfermedades, sobrevenidas con posterioridad al inicio del Viaje que impidan su normal prosecución, el “Prestador” tan pronto sea avisada, coordinará los contactos necesarios con su Departamento Médico para tomar las medidas conducentes a brindar los Servicios asistenciales necesarios. La coordinación será efectuada en todos los casos en que fuese requerida como primera asistencia, sin perjuicio de las exclusiones que pudiesen resultar aplicables y generasen la negativa a la prestación de los Servicios. Estos Servicios asistenciales comprenden:

  • ASISTENCIA EN VIAJE Para los desplazamientos temporales al extranjero, el seguro tiene una cobertura de asistencia en viaje en todo el mundo, que se extiende hasta un máximo de 180 días por viaje o desplazamiento y cuyas coberturas se detallan en el Anexo I de estas condiciones generales. Unicamente se accede a estas coberturas llamando al número de teléfono +00 00 000 00 00.

  • ASISTENCIA TÉCNICA Regiones

  • ASISTENCIA Servicio permanente de 24 horas para la asistencia a las personas que el ASEGURADOR pone a disposición del ASEGURADO.

  • Asistencia jurídica Las Empresas afectadas por el presente Xxxxxxxx, asumirán la asistencia legal de aquellos trabajadores que, en calidad de acusados o denunciantes, se vean incursos en procesos penales instruidos por ocasión de acciones realizadas en el cumplimiento de las funciones encomendadas por la Empresa, con independencia de que con posterioridad el trabajador cause baja en la misma, y ello siempre que hayan comunicado tal situación en los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la primera comunicación, y en todo caso, con una antelación mínima de 48 horas a la celebración de la actuación judicial que haya de practicarse. En caso de incumplimiento por parte de la empresa de las obligaciones aquí establecidas, el trabajador tendrá derecho a repercutir a la empresa los honorarios del Abogado y Procurador –si fuera preceptiva su intervención- con los límites establecidos en los Criterios orientadores de Honorarios del Colegio Profesional correspondiente.

  • SERVICIOS DE ASISTENCIA los servicios que se prestan al Vehículo Asegurado y a los Beneficiarios de acuerdo a las presentes condiciones particulares y según las Coberturas contratadas en la carátula de la póliza.

  • Plus de asistencia Se fija un plus de asistencia por jornada completa de trabajo, cuya cuantía se determina en el anexo salarial adjunto y que se pagará proporcionalmente al número de horas realmente trabajadas.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • Existencia de crédito Se dispone del crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones que se deriven para el órgano de contratación del cumplimiento del contrato hasta su conclusión. En caso de tramitación anticipada del gasto, la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente para hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato. La consignación presupuestaria de las obligaciones económicas que derivan del presente contrato figura en la letra B del Cuadro de características del contrato.

  • Advertencia Anticipada 32.1 El Contratista deberá advertir al Gerente de Obras lo antes posible sobre futuros posibles eventos o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Gerente de Obras podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia podrían tener sobre el Precio del Contrato y la Fecha de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible. 32.2 El Contratista colaborará con el Gerente de Obras en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Gerente de Obras.