ATENCIÓN A CONSULTAS Y SOPORTE Cláusulas de Ejemplo

ATENCIÓN A CONSULTAS Y SOPORTE. El adjudicatario ofrecerá el servicio de soporte de todas las aplicaciones e integraciones relacionadas en este contrato desde el arranque del sistema durante la vigencia del contrato. El soporte tendrá varios niveles (1º nivel de soporte y 2º nivel de soporte). Este soporte será del tipo 24x7, si bien fuera del horario laboral (07:30 a 18:00), solo se atenderán incidencias urgentes y tendrá las siguientes características: · Soporte de 1º Nivel: El adjudicatario habilitará un servicio de soporte telefónico, para la: ▪ Resolución de consultas a nivel usuario sobre el funcionamiento de la aplicación ▪ Resolución de incidencias que podrían derivar en el escalado al 2º nivel de soporte · Soporte de 2º Nivel: El adjudicatario dispondrá de un equipo de soporte local ubicado en un radio no superior a 70 kilómetros del Hospital con capacidad para desplazarse al Hospital en los tiempos convenidos, en caso necesario, para la resolución de incidencias derivadas del 1º nivel de soporte. ▪ La empresa adjudicataria se ocupará de la resolución de errores/problemas conocidos de la aplicación con el ANS acordado durante la vigencia del contrato. Estos acuerdos de nivel de servicios (ANS) podrán ser renegociados a petición de Hospital anualmente. ▪ Gestión de las diferentes alarmas automáticas de los sistemas de monitorización de servicios. ▪ Registro, seguimiento y resolución de las peticiones de mejora solicitadas, y que se gestionarán mediante el Sistema de Gestión de la Demanda corporativo del Hospital ▪ Soporte al usuario a la hora de configurar, hacer cambios organizativos, consultas, formulas o reglas especiales, etc. Ambos equipos de soporte harán uso del Sistema de Gestión de Incidencias corporativo del hospital. Las herramientas de gestión a utilizar en este contrato, serán las que proponga el adjudicatario y estarán enlazadas con el CAU (CESUS) del Hospital y con el departamento de Sistemas y Tecnologías de la Información en los términos que se acuerden. El acceso a este servicio de Atención a Consultas y Soporte, podrá realizarse Vía teléfono. Mediante usuarios expertos y servicios de informática de la red, podrán realizar consultas telefónicas para la resolución de dudas respecto al funcionamiento de las aplicaciones objeto del contrato. En caso de requerirse la integración de las herramientas actuales y futuras del Hospital, con la herramienta propia del proveedor, los costes derivados de esta integración correrán a cargo del adjudicatario.Él equipo de soporte...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.