Horario laboral. En todo caso, los horarios de trabajo se adaptarán a las exigencias y circunstancias de los distintos programas que lo requieran al objeto de que las tareas y actividades sean óptimamente llevadas a cabo. Los horarios que difieran de lo establecido en el presente Convenio colectivo deberán ser siempre debidamente justificados a la Comisión Paritaria y, de ser posible, con carácter previo a su implantación. El horario semanal de referencia para las personas que tengan contrato a jornada completa, estará sujeto a las siguientes reglas: Hora de entrada: Entre las 8:00 y 9:30 horas de la mañana. Modalidad jornada: Los/las trabajadores/as podrán optar por cualquiera de las siguientes alternativas: Realizar tres días a la semana en la modalidad de jornada continua. El resto de días, dos, trabajarán en la modalidad de jornada partida. Incrementar sus días de trabajo en la modalidad de jornada partida. Aquellos/as trabajadores/as que tengan una jornada parcial que no supere las treinta horas en promedio semanal podrán realizar jornada continua, en turno de mañana o de tarde. No obstante, para ello ha de contarse con el visto bueno del responsable, porque ello dependerá de que la actividad lo permita. En caso de que no hubiera acuerdo, mediará un representante de la Dirección de la entidad y uno del Comité Intercentros.
Horario laboral. Modalidad de Turno Trabajadores por Puesto Jornada Anual Programable Jornada Anual Programada Horas/año a despr. Bolsa Horaria Cuadrantes de Referencia C.Turnicidad Comp. Plus Transporte Incl. D.A.P. NO incl. D.A.P. Cuadrante Solapes TOTAL Incl. D.A.P. NO incl. D.A.P. Invierno Verano Modalidad Módulos T C S/día h/año Incl. D.A.P. NO incl. D.A.P. Cuadrante Solapes TOTAL Incl. D.A.P. NO incl. D.A.P. Invierno Verano Euros /mes Módulos T X X/xxx x/xxx
Horario laboral. Según lo definido en los en los ANEXOS I y II. Como regla general se tendrá en cuenta lo establecido en el Convenio de Intervención Social vigente. No obstante y dadas las características de la actividad de los programas, las entidades adjudicatarias habrán de tener en cuenta una flexibilidad horaria, cuando en situaciones excepcionales fuera necesaria una atención fuera de los márgenes horarios establecidos para adaptarse a situaciones particulares de las personas usuarias. En el horario laboral de cada profesional deberá tenerse en cuenta la oportuna reserva de espacios en horario de mañana destinados a la coordinación con otros servicios sociales. En el caso de los coordinadores/as de equipos, también a las funciones específicas que se deriven como referente de los programas en el Área de Acción Social. Las entidades adjudicatarias presentarán cada año un horario semanal en el que se especificarán los horarios de entrada y de salida de cada profesional del equipo con las características señaladas. En esta propuesta cabe la posibilidad de presentar un tipo de horario en invierno y otro en los meses xx xxxxxx. Este horario laboral habrá de ser aprobado cada año por el Área de Acción Social. Excepcionalmente, el límite de horas semanales podrá verse alterado si la programación de actividades de los programas así lo requiere. Podrá por tanto modificarse a instancias de cada entidad adjudicataria y con la aprobación del Área de Acción Social, Las entidades adjudicatarias serán responsables del cumplimiento de los horarios establecidos asumiendo las responsabilidades que se deriven de las ausencias no autorizadas.
Horario laboral. El cuadrante con los horarios de trabajo para el personal incluido en el ámbito de aplicación del presente convenio, se elaborará antes del inicio de cada año por los jefes de servicio, de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 28 del presente convenio colectivo. El horario de invierno para el personal de Administración, Gestión de Clientes, Oficina Técnica y Laboratorio, ubicadas en las oficinas tanto principales como en las de la “Pipa” es el siguiente: Xxxxxxx Xxxxxx: De 08,00 horas a 14,30 horas de Lunes a Jueves Horario Tardes: De 15,30 horas a 17,00 horas de Lunes a Jueves Xxxxxxx Xxxxxxx: De 08,00 horas a 15,00 horas La tarde del jueves se establecerá un turno rotativo semanal para garantizar la presencia del personal necesario en cada área, a fijar por la Dirección Técnica de mutuo acuerdo con la RLT, de modo que el resto del personal de cada área que por turno no tenga que trabajar el jueves por la tarde, deberá recuperar la hora y media de trabajo de esa tarde, durante el resto de tardes de esa misma semana en horario de 17,00 horas a 17,45 horas.
Horario laboral. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” SE COMPROMETE A PROPORCIONAR AL PERSONAL OPERATIVO SOLICITADO POR “EL ADMINISTRADOR”, DE ACUERDO AL TRABAJO QUE SE DEBERÁ REALIZAR EN EL INMUEBLE SEDE DE “EL SPF”. EL PERSONAL OPERATIVO REGISTRARÁ EL INGRESO Y RETIRO DEL INMUEBLE EN RECEPCIÓN ASÍ COMO EN LAS OFICINAS DE LA SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES PERTENECIENTE A LA DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES, UBICADAS EN EL PRIMER PISO DEL EDIFICIO PRINCIPAL, EN LOS MEDIOS QUE PARA TAL FIN SE DISPONGAN. EN CASO DE CUALQUIER CONTINGENCIA Y/O NECESIDAD, “EL SERVICIO” DEBERÁ ESTAR DISPONIBLE LAS 24 HORAS DEL DÍA, LOS 7 DÍAS DE LA SEMANA, DURANTE LA VIGENCIA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL, LO CUAL NO DEBERÁ GENERAR COSTO ADICIONAL PARA “EL SPF” POR CONCEPTO DE HORAS EXTRAS LABORADAS Y/O DÍAS FESTIVOS Y/O FUERA DEL HORARIO LABORAL. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO VIGENTE Y AL NUMERAL VI.12.4. DE LAS POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, EN CASO DE ATRASO EN EL INICIO DE LA PRESTACIÓN DE “EL SERVICIO”, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” SE HARÁ ACREEDOR A UNA PENA CONVENCIONAL DEL 1% (UNO POR CIENTO) DEL MONTO MÁXIMO CONTRATADO SIN EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO POR CADA DÍA NATURAL DE ATRASO, ASÍ COMO DEL INCUMPLIMIENTO DE CADA UNA DE SUS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS DURANTE LA VIGENCIA DE LA PRESTACIÓN DE “EL SERVICIO”. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” PAGARÁ EL IMPORTE DE LA PENA CONVENCIONAL CORRESPONDIENTE A LA(S) FACTURA(S) RESPECTIVA, MEDIANTE EL FORMATO AUTORIZADO POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT) Y ENTREGARÁ A “EL ADMINISTRADOR” UNA COPIA FOTOSTÁTICA QUE EXHIBA EL SELLO Y/O FIRMA DE LA INSTITUCIÓN BANCARÍA EN QUE SE HAYA EFECTUADO EL PAGO. EL MONTO MÁXIMO DE LAS PENAS CONVENCIONALES QUE SE GENEREN EN EL CONTRATO NO DEBERÁ EXCEDER EL 10% (DIEZ POR CIENTO) DE LA FIANZA DE GARANTÍA DEL MONTO CONTRATADO, SIN CONSIDERAR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, Y SERÁN PAGADAS A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN POR “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”; POR LO QUE EN NINGÚN CASO LAS PENAS CONVENCIONALES PODRÁN SER NEGOCIADAS EN ESPECIE. EL PAGO QUEDARÁ CONDICIONADO PROPORCIONALMENTE AL ENTERO QUE DEBA REALIZAR “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” POR CONCEPTO XX XXXX CONVENCIONAL, EN EL ENTENDIDO DE QUE EN EL SUPUESTO DE QUE SEA RESCINDIDO EL CONTRATO, NO PROCEDERÁ AL COBRO DE DICHA PENALIZACIÓN, NI LA CONTABILIZACIÓN DE LA MISMA...
Horario laboral a) La jornada laboral no podrá iniciarse antes de las 10:00 horas ni finalizar después de las 21:00 horas.
Horario laboral. Los Proveedores de ELC deberán respetar el límite legal local o contratual en materia de horas laborales. En caso de no establecerse un límite, el horario laboral no podrá superar las 60 horas semanales, salvo en circunstancias extraordinarias. Los trabajadores tendrán derecho al menos a un día de descanso a la semana, o lo previsto en la normativa local (lo más beneficioso de ambos), a los períodos de descanso diario legalmente establecidos y a no tener que llevarse trabajo a casa.
Horario laboral. Lunes a Viernes: De 06:00 a 14:00 h. De 14:00 a 22:00 h. De 22:00 a 6:00h.
Horario laboral. Formación anual.
Horario laboral. El horario laboral del estudiante se ajustará al horario laboral dentro de la organización que acoge al estudiante en prácticas y respetará la normativa legal y reglamentaria relevante.