BASES DEL AVALUO Cláusulas de Ejemplo

BASES DEL AVALUO. A. Cómputo: Para determinar la cantidad cobrable por cualquier pérdida bajo esta Póliza, todos los dineros recibidos de cualquier fuente, la que fuere, en conexión con cualquier asunto del que se haya desprendido una pérdida reclamada, incluyendo pagos y recibos de capital, intereses, dividendos, comisiones y similares, cuando quiera que se reciban, serán deducidos de la suma realmente pagada, anticipada, tomada o perdida de alguna otra forma. El valor de todas las propiedades recibidas de cualquier fuente, la que fuere, en conexión con cualquier asunto del que se haya desprendido una pérdida reclamada, cuando quiera que se reciba, será deducido igualmente de la pérdida reclamada por el Asegurado.
BASES DEL AVALUO. (a) Cómputo Para determinar la cantidad cobrable por cualquier pérdida bajo esta Póliza, todos los dineros recibidos de cualquier fuente, la que fuere, en conexión con cualquier asunto del que se haya desprendido una pérdida reclamada, incluyendo pagos y recibos de capital, intereses, dividendos, comisiones y similares, cuando quiera que se reciban, serán deducidos de la suma realmente pagada, anticipada, tomada o perdida de alguna otra forma. El valor de todas las propiedades recibidas de cualquier fuente, la que fuere, en conexión con cualquier asunto del que se haya desprendido una pérdida reclamada, cuando quiera que se reciba, será deducido igualmente de la pérdida reclamada por el Asegurado. (b) Fondos El valor de cualesquiera fondos o monedas extranjeras de la pérdida por la cual se ha hecho un reclamo, será determinado por su precio al cierre xxx xxxxxxx el último día hábil laborable anterior a la fecha del descubrimiento de la pérdida. Si no existiere precio o valor en el mercado para ellos en tal día, entonces el valor será como se acuerde entre el Asegurado y El Asegurador, o a falta de ello por medio de arbitraje. (c) Deducible Si esta Póliza estuviere sujeta a un Deducible, o el remanente del Límite Agregado en la Carátula de la Póliza, disponible para el pago de una pérdida o perdidas, no fuere suficiente en cuantía para indemnizar totalmente al Asegurado por la pérdida de títulos valores para la cual se ha hecho un reclamo por el presente contrato, la responsabilidad de El Asegurador bajo esta Póliza queda limitada al pago de, o a la reposición de dichos títulos valores por un valor equivalente al monto pagadero bajo la Cláusula Aseguradora aplicable de esta póliza. (d) Títulos Valores Perdidos En caso de un reclamo con respecto a una pérdida de títulos valores cubierta bajo esta Póliza, el Asegurado deberá, sujeto a las condiciones estipuladas abajo, intentar primero reemplazar los títulos valores perdidos por medio de una carta de indemnización expedida por él. En caso de que no pueda reemplazar los títulos valores perdidos mediante una carta de indemnización, el Asegurado deberá, sujeto al consentimiento previo de El Asegurador, conseguir una fianza para títulos valores perdidos, con el fin de obtener la expedición de duplicados de los titulos valores. (e) Medios de Procesamiento Electrónico de Datos En caso de pérdida de o daño a Medios de Procesamiento Electrónicos de Datos utilizados por el Asegurado en su negocio, El Asegurador será r...

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  • BASES DEL CONTRATO El Tomador del seguro y, en su caso, el Asegurado, tienen la obligación de declarar a la Aseguradora, de acuerdo con el Cuestionario que ésta le presente en cualquiera de los formatos, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo; quedará liberado de tal deber si la Aseguradora no le presenta cuestionario o cuando, aún presentándoselo, se trate de circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo y que no están comprendidas en él. Asimismo autoriza al centro de gestión de la Aseguradora, en lo que haga referencia a un accidente o enfermedad, a solicitar toda clase de información que consideren necesaria para la valoración del riesgo o para la tramitación de un siniestro.

  • PARTES DEL CONTRATO A) Administración contratante.

  • Bases de licitación Consulta y venta Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, en la Superintendencia de Recursos Materiales de la Gerencia de Perforación y Mantenimiento de Pozos, D.N., ubicada en edificio administrativo, interior del Campo Pemex, colonia Herradura, C.P. 93370, Poza Rica de Hidalgo, Veracruz, teléfono (01-782) 82-6-10-00, Exts. 3-25-30, 3-33-84, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario: de 8:00 a 13:00 horas. Los interesados podrán revisarlas previamente a su pago. Costo convocante $1,648.00 M.N. IVA incluido. Costo compraNET $1,648.00 M.N. IVA incluido. Forma de pago En el domicilio de la convocante, en efectivo o mediante cheque certificado a nombre de Pemex Exploración y Producción. En compraNET, mediante los recibos que genera el sistema. Fecha límite para adquirirlas 2 de junio de 2009. Actos del procedimiento: No habrá visita a instalaciones 26 de mayo de 2009 a las 10:00 horas 8 de junio de 2009 a las 10:00 horas Ambos actos se realizarán en la sala de Juntas No. 3, ubicadas en la Gerencia de Perforación y Mantenimiento de Pozos, D.N., en edificio administrativo, interior del Campo Pemex, colonia Herradura, C.P. 93370, en Poza Rica de Hgo., Ver. Aspectos generales: Idioma(s) El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.

  • Descripción del objeto del contrato El proyecto objeto de este Pliego ha sido subvencionado, junto con el de la obra “Actuaciones de Mejora xx Xxxxxx públicos en Xxxx xx Xxxxxxx” , al amparo del Decreto 50/2017 de 20 de Júlio (“SUBVENCIONES A LOS AYUNTAMIENTOS DE CANTABRIA PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE OBRA PÚBLICA EN EL PERIODO 2018-2019”) por Resolución de 9/02/2018 de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda del Gobierno de Cantabria, con una cantidad global de 250.000 € ( publicado en el BOC nº 43 de 0 xx xxxxx xx 2018) El objeto de este contrato es la ejecución de las obras correspondientes al proyecto que se relaciona seguidamente: Objeto: CONSTRUCCION DE ESTRUCTURAS DE CONTENCION XX XXXXXX PUBLICOS EN XXXX XX XXXXXXX Autor del Proyecto Titulación Presupuesto Fecha aprobación XXXXXXX XXXXXXXX XXXX INGENIERO TECNICO DE OBRAS PUBLICAS 107.006.51 € 21 DICIEMBRE2017 La necesidad que se ha de satisfacer con el contrato está recogida en la Memoria del proyecto técnico: ASEGURAR LA CONTENCION DEL TERRENO Y LA ESTABILIDAD DE TALUDES DE PROTECCION XX XXXXXX PUBLICOS POR PELIGRO DE DESPRENDIMIENTOS, EN LOS PUEBLOS XX XXXX Y BARAGO. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de obras, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

  • DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO La primera ocasión de integrar aspectos sociales en un contrato público se presenta en la fase inmediatamente anterior a la aplicación de las Directivas pertinentes, es decir, en el momento de la elección del objeto del contrato o, simplificando, cuando se plantea la pregunta “¿qué deseo construir o comprar como Administración pública?”. En esta fase, los poderes adjudicadores gozan de una buena oportunidad para tener en cuenta los aspectos sociales y escoger un producto o servicio que se corresponda con sus objetivos sociales. Hasta qué punto lo harán depende en amplia medida de la concienciación y los conocimientos de los poderes adjudicadores. Tal como señala la Comisión en su Comunicación sobre la legislación comunitaria de contratos públicos y las posibilidades de integrar los aspectos medioambientales en la contratación pública, estas posibilidades varían según los diversos tipos de contratos14. Lo mismo sucede con las posibilidades de tener en cuenta los aspectos sociales. Los contratos públicos de obras y servicios, que ofrecen concretamente la oportunidad de imponer un determinado modo de ejecución, son los que mejor permiten a los poderes adjudicadores tener en cuenta intereses de tipo social. En el caso de los contratos públicos de suministros, y al margen de la elección fundamental del objeto de los mismos ("¿qué voy a comprar?"), las posibilidades de tomar en consideración aspectos sociales son más limitadas. Los poderes adjudicadores podrán, por ejemplo, decidir adquirir bienes o servicios destinados a satisfacer las necesidades específicas de una categoría dada de personas, en particular, desfavorecidas o marginadas15. En este contexto, cabe destacar que los contratos de 13 Véanse el considerando 22 de la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de suministro, de servicios y de obras, COM 2000/0275 final (DO C 29 E de 30.1.2001, p. 11-111), que se refiere al artículo 23.3 de la propuesta, y el considerando 32 de la propuesta de Directiva relativa a la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía y de los transportes, COM 2000/0276 final (DO C 29 E de 30.1.2001, p. 112-188), que se refiere al párrafo tercero del artículo 33 de la propuesta. 14 Véase el capítulo dedicado a la definición del objeto del contrato en la Comunicación interpretativa de la Comisión sobre la legislación comunitaria de contratos públicos y las posibilidades de integrar los aspectos medioambientales en la contratación pública, COM(2001) 274 final, adoptada por la Comisión el 4.7.2001.

  • DESCRIPCIÓN DEL (LOS) BIEN (ES) CLAVE: CANTIDAD: UNIDAD: DESCRIPCIÓN: P R E C I O. UNITARIO: TOTAL:

  • ALCANCE DEL OBJETO El proceso a implementar por el oferente seleccionado fue formulado buscando: Desarrollar Línea de Base para los servicios de rehabilitación en prestadores primarios, esto incluye el diseño metodología para caracterizar las necesidades en rehabilitación física de las personas con discapacidad, victimas y población en general en los municipios priorizados, teniendo en cuenta las siguientes dimensiones: Equidad, Eficiencia, Acceso, Costo y Calidad, dentro de calidad debe contar con información sobre: Efectividad, Seguridad y Experiencia en la atención, Estas últimas se pueden denominar cualidades intrínsecas de la calidad, y hacen parte inherente de los procesos de atención en salud, del aseguramiento y de la gestión del riesgo (Ministerio de Protección Social, 2009). La efectividad de la atención valora la calidad requerida en los servicios de salud para que la atención produzca una mejora en el estado de salud de las personas. Tanto la efectividad de la atención como la seguridad corresponden a la dimensión técnica de las atenciones, a diferencia de la experiencia de la atención, que corresponde a la dimensión interpersonal. La efectividad en salud, en conjunto con la seguridad, pueden determinar la obtención de ciertos resultados en salud. Esto se ve potenciado por una experiencia de la atención percibida como positiva por los usuarios. En otras palabras, puede entenderse que la efectividad de la atención evalúa si los servicios de salud que se proveen cuentan con los elementos requeridos para que la atención en salud produzca una mejora en el estado de salud de las personas, si la seguridad se enfoca a disminuir los riesgos de sufrir un evento adverso en el proceso de atención en salud o de mitigar sus consecuencias y, por último, si la experiencia de la atención centrada en el paciente/usuario reúne una serie de mediciones de las expectativas y necesidades que los usuarios admiten de manera subjetiva como cualidades inherentes y deseables de la atención. Por otra parte, en el segundo componente Estudio xx Xxxxxxx en prestadores de 3° nivel de atención, el objetivo del presente estudio es determinar las características de la oferta y demanda de los servicios de rehabilitación y los factores asociados con el acceso de los usuarios a estos servicios, se refiere a la identificación de necesidades y la caracterización de la oferta y demanda de estos servicios resultan fundamentales, considerando las particularidades de cada región en relación a los determinantes de salud y discapacidad, busca documentar la situación de la rehabilitación y la proyección para un servicio nuevo dentro de la red pública de prestación de servicios.

  • ALCANCE DEL CONTRATO El contrato que se otorgará bajo esta subasta formal cubrirá las necesidades de las Entidades Exentas adscritas al Departamento de Salud, según definidas en la Ley 73, supra.

  • Recepción del objeto del contrato Dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato se procederá, mediante acto formal, a la recepción de los bienes objeto del suministro. Dicho acto será comunicado cuando resulte preceptivo a la Intervención General, a efectos de su asistencia potestativa al mismo en sus funciones de comprobación de la inversión. Si los bienes se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones técnicas, el funcionario designado por la Administración los dará por recibidos, levantándose la correspondiente acta, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, comenzando entonces el plazo de garantía. Si los bienes no se hallasen en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que se subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.

  • ALCANCE DEL PROYECTO 1.3.1. Descripción del alcance del proyecto 1.3.1.1. Este proyecto tiene dos componentes: 1.3.1.1.1. Proveer el Acceso a los Servicios de Voz y el Acceso desde una ubicación fija a los servicios de Internet con una velocidad aprovisionada mínima de 3/1 Mbps a las comunidades y Acceso a los Servicios de Voz y el Acceso desde una ubicación fija a los servicios de Internet con una velocidad aprovisionada mínima de 6/1 Mbps a los CPSP ubicados dentro de los distritos de Savegre y Naranjito del xxxxxx xx Xxxxxxx, provincia de Puntarenas. (Modificado por Acuerdo No. 033-005-2017 de fecha 26/01/2017 del Consejo xx XXXXX, publicado en La Nación el día 1 de febrero de 2017). 1.3.1.1.2. Proveer los Servicios de Voz e Internet con una velocidad aprovisionada mínima de 6/1 Mbps, desde una ubicación fija, a Centros de Prestación de Servicios Públicos (CPSP) ubicados en estas comunidades o en cualquier lugar dentro del perímetro geográfico de los distritos enunciados en el numeral anterior. Se podrá solicitar estos servicios para otros CPSP ubicados dentro de los distritos enunciados anteriormente, que no hayan sido listados inicialmente, bajo las mismas condiciones del presente concurso. (Modificado por Acuerdo No. 033-005-2017 de fecha 26/01/2017 del Consejo xx XXXXX, publicado en La Nación el día 1 de febrero de 2017). 1.3.1.2. Este proyecto recibirá aportes del Fondo Nacional de Telecomunicaciones (FONATEL) y será asignado mediante el presente concurso a un operador de red o proveedor de servicios de telecomunicaciones disponibles al público. El proyecto se adjudicará al operador o proveedor cuya oferta cumpla todas las condiciones establecidas en este Cartel y requiera la subvención más baja para el desarrollo del proyecto, de acuerdo con lo que establece el Artículo 36 de la Ley General de Telecomunicaciones, N° 8642. 1.3.1.3. El proyecto consistirá en la provisión de la infraestructura necesaria para proveer el Acceso a los Servicios de Voz y el Acceso desde una ubicación fija a los servicios de Internet para las poblaciones, empresas, CPSP, y otras organizaciones ubicadas en el área de prestación de los servicios, por el plazo y en las condiciones que se definen en este Cartel. Estos servicios serán suscritos según la demanda comercial de los usuarios. Este concurso no garantiza al contratista ningún volumen de demanda específico, por lo que operará por su cuenta y riesgo comercial. 1.3.1.4. El contratista podrá proceder con la instalación de los servicios para cada CPSP, una vez que tenga debidamente firmado un contrato marco para la prestación de servicios de telecomunicaciones entre la institución beneficiaria (MEP, CCSS, MICITT y CEN-CINAI) y el contratista.