Common use of Calidad del Gas Clause in Contracts

Calidad del Gas. 1.1 El Gas que el REMITENTE entregue al TRANSPORTADOR en el Punto de Entrada y/o Punto de Inicio del Servicio y el Gas que el REMITENTE tome en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del Servicio, debe cumplir con las especificaciones de calidad que se indican en la regulación. 1.2 Si el Gas entregado por el REMITENTE al TRANSPORTADOR para que éste de inicio al Transporte del mismo, no cumple con las especificaciones de calidad exigidas en la regulación, el TRANSPORTADOR le notificará a éste la deficiencia en la calidad y tendrá el derecho mas no la obligación de rechazar dicho Gas mientras se corrige tal situación. Si en un término no superior a tres (3) días calendario, el REMITENTE no logra remediar la deficiencia de calidad, el TRANSPORTADOR, a su discreción y sin que tenga la obligación de ello en virtud del presente Contrato, podrá: (i) rechazar el Gas para su transporte ; o (ii)realizar las actividades que le permitan aceptar dicho Gas, en cuyo caso el REMITENTE deberá reembolsar al TRANSPORTADOR los sobrecostos en que efectivamente incurra por estas actividades, cuyo presupuesto deberá ser acordado previamente. La responsabilidad del REMITENTE terminará para este caso con el pago de los sobrecostos incurridos por el TRANSPORTADOR. . 1.3 Si el Gas entregado por el TRANSPORTADOR al REMITENTE, no cumple con las especificaciones de calidad descritas en la regulación, por circunstancias imputables únicamente al transporte, el REMITENTE le notificará la deficiencia en la calidad y tendrá el derecho de negarse a recibir el Gas mientras se corrige tal situación, lo cual deberá ser notificado previamente al TRANSPORTADOR. Si en un término no superior a tres (3) días calendario, el TRANSPORTADOR no logra remediar la deficiencia de calidad, el REMITENTE, a su discreción, podrá realizar las actividades que le permitan aceptar dicho Gas. El TRANSPORTADOR deberá reembolsar al REMITENTE, los sobrecostos en que efectivamente incurrió por estas actividades, cuyo presupuesto deberá ser acordado previamente. La responsabilidad del TRANSPORTADOR terminará para este caso con el pago de los sobrecostos incurridos por el REMITENTE. 1.4 Es responsabilidad del REMITENTE disponer en el Punto de Entrada y en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del Servicio, de los sistemas de medición que se requieran para la medición volumétrica y la determinación de la calidad del gas, de acuerdo con lo establecido en la regulación 1.5 La verificación de la calidad del Gas tanto en el Punto de Entrada como en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del Servicio, la hará el TRANSPORTADOR pero el REMITENTE se reserva el derecho de presenciar los muestreos y análisis. Todo esto se podrá realizar sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponda al REMITENTE por entregar Gas al TRANSPORTADOR en el Punto de Entrada por fuera de las especificaciones de calidad establecidas con arreglo al presente Contrato. De igual forma el TRANSPORTADOR verificará las variables mínimas determinadas en la regulación, siendo responsabilidad del REMITENTE controlar en forma permanente y continua, que se cumplan todas las especificaciones de calidad del Gas Natural señaladas en este Contrato, para su entrega en el Punto de Entrada.

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Samples: Contrato De Transporte De Gas Natural, Contrato De Transporte De Gas Natural, Contrato De Transporte De Gas Natural

Calidad del Gas. 1.1 El Gas que el REMITENTE entregue al TRANSPORTADOR en el Punto de Entrada y/o Punto de Inicio del Servicio y el Gas que el REMITENTE tome en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del Servicio, debe cumplir con las especificaciones de calidad que se indican en la regulación. 1.2 Si el Gas entregado por el REMITENTE al TRANSPORTADOR para que éste de inicio al Transporte del mismo, no cumple con las especificaciones de calidad exigidas en la regulación, el TRANSPORTADOR le notificará a éste la deficiencia en la calidad y tendrá el derecho mas no la obligación de rechazar dicho Gas mientras se corrige tal situación. Si en un término no superior a tres (3) días calendario, el REMITENTE no logra remediar la deficiencia de calidad, el TRANSPORTADOR, a su discreción y sin que tenga la obligación de ello en virtud del presente Contrato, podrá: (i) rechazar el Gas para su transporte ; o (ii)realizar las actividades que le permitan aceptar dicho Gas, en cuyo caso el REMITENTE deberá reembolsar al TRANSPORTADOR los sobrecostos en que efectivamente incurra por estas actividades, cuyo presupuesto deberá ser acordado previamente. La responsabilidad del REMITENTE terminará para este caso con el pago de los sobrecostos incurridos por el TRANSPORTADOR. . 1.3 Si el Gas entregado por el TRANSPORTADOR al REMITENTE, no cumple con las especificaciones de calidad descritas en la regulación, por circunstancias imputables únicamente al transporte, el REMITENTE le notificará la deficiencia en la calidad y tendrá el derecho de negarse a recibir el Gas mientras se corrige tal situación, lo cual deberá ser notificado previamente al TRANSPORTADOR. Si en un término no superior a tres (3) días calendario, el TRANSPORTADOR no logra remediar la deficiencia de calidad, el REMITENTE, a su discreción, podrá realizar las actividades que le permitan aceptar dicho Gas. El TRANSPORTADOR deberá reembolsar al REMITENTE, los sobrecostos en que efectivamente incurrió por estas actividades, cuyo presupuesto deberá ser acordado previamente. La responsabilidad del TRANSPORTADOR terminará para este caso con el pago de los sobrecostos incurridos por el REMITENTE. 1.4 Es responsabilidad del REMITENTE disponer en el Punto de Entrada y en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del Servicio, de los sistemas de medición que se requieran para la medición volumétrica y la determinación de la calidad del gas, de acuerdo con lo establecido en la regulación 1.5 La verificación de la calidad del Gas tanto en el Punto de Entrada como en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del Servicio, la hará el TRANSPORTADOR pero el REMITENTE se reserva el derecho de presenciar los muestreos y análisis. Todo esto se podrá realizar sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponda al REMITENTE por entregar Gas al TRANSPORTADOR en el Punto de Entrada por fuera de las especificaciones de calidad establecidas con arreglo al presente Contrato. De igual forma el TRANSPORTADOR verificará las variables mínimas determinadas en la regulación, siendo responsabilidad del REMITENTE controlar en forma permanente y continua, que se cumplan todas las especificaciones de calidad del Gas Natural señaladas en este Contrato, para su entrega en el Punto de Entrada.

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Samples: Contrato De Transporte De Gas Natural

Calidad del Gas. 1.1 El Gas que Natural entregado por el REMITENTE entregue Cliente al TRANSPORTADOR Distribuidor en el Punto de Entrada y/o Punto de Inicio del Servicio y por el Gas que el REMITENTE tome Distribuidor al Cliente en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del ServicioSalida, debe deberá cumplir con las especificaciones de calidad que establecidas en el Código de Distribución de Gas Combustible por Redes y en el RUT. El Distribuidor se indican en la regulación. 1.2 Si exonerará de entregar el Gas entregado conducido por el REMITENTE Sistema de Distribución al TRANSPORTADOR para que éste de inicio al Transporte del mismo, no cumple con Cliente en las especificaciones condiciones de calidad exigidas establecidas en la regulaciónel RUT, si el TRANSPORTADOR le notificará a éste la deficiencia en la calidad y tendrá el derecho mas Cliente no la obligación de rechazar dicho Gas mientras se corrige tal situación. Si en un término no superior a tres (3) días calendario, el REMITENTE no logra remediar la deficiencia de calidad, el TRANSPORTADOR, a su discreción y sin que tenga la obligación de ello en virtud del presente Contrato, podrá: (i) rechazar entrega el Gas para su transporte ; o (ii)realizar las actividades que le permitan aceptar dicho Gas, en cuyo caso el REMITENTE deberá reembolsar al TRANSPORTADOR los sobrecostos en que efectivamente incurra por estas actividades, cuyo presupuesto deberá ser acordado previamente. La responsabilidad del REMITENTE terminará para este caso con el pago de los sobrecostos incurridos por el TRANSPORTADOR. . 1.3 Si el Gas entregado por el TRANSPORTADOR al REMITENTE, no cumple con las especificaciones de calidad descritas en la regulación, por circunstancias imputables únicamente al transporte, el REMITENTE le notificará la deficiencia en la calidad y tendrá el derecho de negarse a recibir el Gas mientras se corrige tal situación, lo cual deberá ser notificado previamente al TRANSPORTADOR. Si en un término no superior a tres (3) días calendario, el TRANSPORTADOR no logra remediar la deficiencia de calidad, el REMITENTE, a su discreción, podrá realizar las actividades que le permitan aceptar dicho Gas. El TRANSPORTADOR deberá reembolsar al REMITENTE, los sobrecostos en que efectivamente incurrió por estas actividades, cuyo presupuesto deberá ser acordado previamente. La responsabilidad del TRANSPORTADOR terminará para este caso con el pago de los sobrecostos incurridos por el REMITENTE. 1.4 Es responsabilidad del REMITENTE disponer condiciones en el Punto de Entrada y o si se debe a causas de Fuerza Mayor, Caso Fortuito o Evento Eximente de Responsabilidad. Presión en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del Servicio, de los sistemas de medición Entrada. El Cliente deberá realizar las acciones necesarias para que se requieran para la medición volumétrica y la determinación de la calidad del gas, de acuerdo con lo establecido en la regulación 1.5 La verificación de la calidad del Gas tanto en el Punto de Entrada como se cumplan las presiones máximas y/o mínimas de operación, establecidas en el Anexo 1 “Presiones de Entrada y Salida”. El Distribuidor no estará obligado a cumplir las presiones en los Puntos de Salida si el Cliente no cumple con este requerimiento de presión en el Punto de Salida y/o Entrada. Incumplimiento de presión en el Punto de Terminación del ServicioEntrada. Si por razones imputables al Cliente, la hará el TRANSPORTADOR pero el REMITENTE se reserva el derecho de presenciar los muestreos y análisis. Todo esto se podrá realizar sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponda al REMITENTE por entregar Gas al TRANSPORTADOR presión en el Punto de Entrada no cumple las presiones máximas y/o mínimas establecidas en el Anexo 1 “Presiones de Entrada y Salida” y si por fuera esta causa el Distribuidor se ve afectado en su normal operación, el Cliente se hará responsable por las compensaciones e indemnización de las especificaciones perjuicios a que haya lugar de calidad establecidas acuerdo con arreglo al presente Contratola Ley. De igual forma el TRANSPORTADOR verificará las variables mínimas determinadas en la regulación, siendo responsabilidad del REMITENTE controlar en forma permanente y continua, que se cumplan todas las especificaciones de calidad del Gas Natural señaladas en este Contrato, para su entrega Presión en el Punto de EntradaSalida. El Distribuidor pondrá a disposición del Cliente el Gas Natural en el Punto de Salida, a las presiones definidas en el Anexo 1 “Presiones de Entrada y Salida”. En situaciones de Fuerza Mayor, Caso Fortuito, Evento Eximente o en restricciones de suministro que se le realicen al Distribuidor y que pongan en riesgo la confiabilidad, seguridad, eficiencia, continuidad y calidad del servicio que se presta a través del Sistema de Distribución, el Distribuidor no estará obligado a entregar gas de su empaquetamiento para garantizar la presión ni se obliga bajo estas condiciones a prestar el servicio.

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Samples: Contrato De Acceso De Terceros a La Red De Distribución

Calidad del Gas. 1.1 11.1. Especificaciones de calidad del gas natural. El Gas que el REMITENTE entregue al TRANSPORTADOR gas natural entregado a EL DISTRIBUIDOR por EL CLIENTE en el Punto de Entrada y/o Punto de Inicio del Servicio y el Gas que el REMITENTE tome por EL DISTRIBUIDOR a EL CLIENTE en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del ServicioSalida, debe cumplir con las especificaciones de calidad que se indican establecidas en la regulaciónResolución CREG 071 de 1999 o aquella norma que la modifique, adicione, complemente o sustituya. 1.2 11.2. Gas entregado fuera de especificaciones por parte de EL CLIENTE. Si el Gas Natural entregado por el REMITENTE al TRANSPORTADOR para que éste de inicio al Transporte EL CLIENTE -a través del mismoTransportador-, no cumple con las especificaciones de calidad exigidas establecidas en la regulaciónResolución CREG 071 de 1999 o aquella norma que la modifique, adicione, complemente o sustituya, EL DISTRIBUIDOR tendrá la opción de rechazar el TRANSPORTADOR le notificará gas sin noticia previa. En el evento de rechazo del gas EL DISTRIBUIDOR deberá dar aviso inmediato vía telefónica o correo electrónico a éste EL CLIENTE, adicionalmente, EL DISTRIBUIDOR deberá confirmar por escrito a EL CLIENTE dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la deficiencia en toma de tal medida, incluyendo las razones que fundamentan el rechazo. Si las deficiencias de la calidad y tendrá son tales que no afectan significativamente el derecho mas no la obligación servicio de rechazar dicho Gas mientras se corrige tal situación. Si en un término no superior a tres (3) días calendariodistribución, el REMITENTE no logra remediar la deficiencia de calidad, el TRANSPORTADOR, a su discreción y sin que tenga la obligación de ello en virtud del presente Contrato, podrá: (i) rechazar el Gas para su transporte ; o (ii)realizar EL DISTRIBUIDOR podrá realizar las actividades pertinentes que le permitan aceptar dicho Gasgas, en cuyo caso el REMITENTE EL CLIENTE deberá reembolsar al TRANSPORTADOR a EL DISTRIBUIDOR, los sobrecostos en que efectivamente incurra por estas actividades, cuyo para lo cual el presupuesto deberá ser acordado previamente. La previamente entre las Partes, cesando con este reconocimiento la responsabilidad del REMITENTE terminará para este caso con el pago de los sobrecostos incurridos por el TRANSPORTADOR. EL CLIENTE. 1.3 11.3. Gas entregado fuera de especificaciones por parte de EL DISTRIBUIDOR. Si el Gas gas natural entregado por EL DISTRIBUIDOR en el TRANSPORTADOR al REMITENTEPunto de Salida, no cumple con las especificaciones de calidad descritas establecidas en la regulaciónResolución CREG 071 de 1999 o aquella norma que la modifique, adicione, complemente o sustituya, no obstante haber sido entregado en especificaciones por circunstancias imputables únicamente al transporteEL CLIENTE, el REMITENTE le notificará la deficiencia en la calidad y éste último tendrá el derecho de negarse a recibir el rechazar dicho Gas mientras se corrige tal situación, lo cual deberá ser notificado previamente al TRANSPORTADORa EL DISTRIBUIDOR. Si en un término no superior a tres (3) días calendariodías, el TRANSPORTADOR EL DISTRIBUIDOR no logra remediar la deficiencia de calidad, el REMITENTEEL CLIENTE, a su discreción, podrá realizar las actividades pertinentes que le permitan aceptar dicho Gasgas. El TRANSPORTADOR EL DISTRIBUIDOR deberá reembolsar al REMITENTE, a EL CLIENTE los sobrecostos en que efectivamente incurrió incurra por estas actividades, cuyo presupuesto deberá ser acordado previamente. La responsabilidad del TRANSPORTADOR terminará para este caso con el pago de los sobrecostos incurridos por el REMITENTE. 1.4 Es responsabilidad del REMITENTE disponer en el Punto de Entrada y en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del Servicio, de los sistemas de medición que se requieran para la medición volumétrica y la determinación 11.4. Verificación de la calidad del gas, de acuerdo con lo establecido en la regulación 1.5 La verificación de la calidad Calidad del Gas tanto en el Punto de Entrada como en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del Servicio, la hará el TRANSPORTADOR pero el REMITENTE se reserva el derecho de presenciar los muestreos y análisisNatural. Todo esto se podrá realizar sin Sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponda al REMITENTE a EL CLIENTE por entregar Gas al TRANSPORTADOR gas natural en el Punto de Entrada por fuera de las especificaciones de calidad establecidas con arreglo al presente Contrato. De igual forma el TRANSPORTADOR verificará las variables mínimas determinadas en la regulaciónResolución CREG 071 de 1999 o aquella norma que la modifique, siendo responsabilidad adicione, complemente o sustituya, EL CLIENTE se compromete a aceptar los reportes mensuales suministrados a EL DISTRIBUIDOR por parte de El Transportador sobre la calidad del REMITENTE controlar en forma permanente gas entregado. Los métodos de análisis de calidad de gas deben estar de acuerdo con los estándares aceptados internacionalmente. 11.5. EL DISTRIBUIDOR podrá mezclar la cantidad de gas natural entregado por EL CLIENTE con cualquier otro Gas, siempre y continua, que se cumplan todas cuando la mezcla resultante cumpla con las especificaciones de calidad del Gas Natural señaladas establecidas en este Contratola Resolución CREG 071 de 1999 o aquella norma que la modifique, para su entrega adicione, complemente o sustituya, según corresponda. Los costos en el Punto que se incurra por esta mezcla de Entradagases correrán por cuenta de EL DISTRIBUIDOR.

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Samples: Distribution Agreement

Calidad del Gas. 1.1 17.1 Especificaciones de calidad del gas natural. El Gas que el REMITENTE entregue al TRANSPORTADOR gas natural entregado a LA EMPRESA por EL USUARIO en el Punto de Entrada y/o Punto de Inicio del Servicio y el Gas que el REMITENTE tome por LA EMPRESA a EL USUARIO en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del ServicioSalida, debe cumplir con las especificaciones de calidad que se indican en el Anexo III de este Contrato, las cuales corresponden a las establecidas en la regulaciónResolución CREG 071 de 1999, o aquella norma que la modifique, adicione o sustituya. 1.2 17.2 Gas entregado fuera de especificaciones por parte de EL USUARIO. Si el Gas Natural entregado por el REMITENTE al TRANSPORTADOR para que éste de inicio al Transporte EL USUARIO -a través del mismoTransportador-, no cumple con las especificaciones de calidad exigidas establecidas en el Anexo III, LA EMPRESA tendrá la regulaciónopción de rechazar el gas sin noticia previa. En el evento de rechazo del gas LA EMPRESA deberá dar aviso inmediato vía telefónica, vía fax a EL USUARIO o correo electrónico, adicionalmente, LA EMPRESA deberá confirmar por escrito a EL USUARIO dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la toma de tal medida, incluyendo las razones que fundamentan el TRANSPORTADOR le notificará a éste la deficiencia en rechazo. Si las deficiencias de la calidad y tendrá son tales que no afectan significativamente el derecho mas no la obligación servicio de rechazar dicho Gas mientras se corrige tal situación. Si en un término no superior a tres (3) días calendariodistribución, el REMITENTE no logra remediar la deficiencia de calidad, el TRANSPORTADOR, a su discreción y sin que tenga la obligación de ello en virtud del presente Contrato, podrá: (i) rechazar el Gas para su transporte ; o (ii)realizar LA EMPRESA podrá realizar las actividades pertinentes que le permitan aceptar dicho Gasgas, en cuyo caso el REMITENTE EL USUARIO deberá reembolsar al TRANSPORTADOR a LA EMPRESA, los sobrecostos en que efectivamente incurra por estas actividades, cuyo para lo cual el presupuesto deberá ser acordado previamente. La previamente entre las Partes, cesando con este reconocimiento la responsabilidad del REMITENTE terminará para este caso con el pago de los sobrecostos incurridos por el TRANSPORTADOR. EL USUARIO. 1.3 17.3 Gas entregado fuera de especificaciones por parte de LA EMPRESA. Si el Gas gas natural entregado por LA EMPRESA en el TRANSPORTADOR al REMITENTEPunto de Salida, no cumple con las especificaciones de calidad descritas establecidas en la regulaciónel Anexo III de este Contrato, no obstante haber sido entregado en especificaciones por circunstancias imputables únicamente al transporteEL USUARIO, el REMITENTE éste último le notificará a LA EMPRESA la deficiencia en la calidad y tendrá el derecho de negarse a recibir el rechazar dicho Gas mientras se corrige tal situación, lo cual deberá ser notificado previamente al TRANSPORTADORa LA EMPRESA. Si en un término no superior a tres (3) días calendariodías, el TRANSPORTADOR LA EMPRESA no logra remediar la deficiencia de calidad, el REMITENTEEL USUARIO, a su discreción, podrá realizar las actividades pertinentes que le permitan aceptar dicho Gasgas. El TRANSPORTADOR LA EMPRESA deberá reembolsar al REMITENTEa EL USUARIO, los sobrecostos en que efectivamente incurrió por estas actividades, cuyo presupuesto deberá ser acordado previamente. La responsabilidad del TRANSPORTADOR terminará para previamente entre las Partes, cesando con este caso con el pago de los sobrecostos incurridos por el REMITENTE. 1.4 Es responsabilidad del REMITENTE disponer en el Punto de Entrada y en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del Servicio, de los sistemas de medición que se requieran para la medición volumétrica y la determinación de la calidad del gas, de acuerdo con lo establecido en la regulación 1.5 La verificación de la calidad del Gas tanto en el Punto de Entrada como en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del Servicio, la hará el TRANSPORTADOR pero el REMITENTE se reserva el derecho de presenciar los muestreos y análisis. Todo esto se podrá realizar sin perjuicio de reconocimiento la responsabilidad que le corresponda al REMITENTE por entregar Gas al TRANSPORTADOR en el Punto de Entrada por fuera de las especificaciones de calidad establecidas con arreglo al presente Contrato. De igual forma el TRANSPORTADOR verificará las variables mínimas determinadas en la regulación, siendo responsabilidad del REMITENTE controlar en forma permanente y continua, que se cumplan todas las especificaciones de calidad del Gas Natural señaladas en este Contrato, para su entrega en el Punto de EntradaLA EMPRESA.

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Samples: Contrato De Conexión De Acceso Al Sistema De Distribución De Gas Natural

Calidad del Gas. 1.1 El Gas que Natural entregado por el REMITENTE entregue Cliente al TRANSPORTADOR Distribuidor en el Punto de Entrada y/o Punto de Inicio del Servicio y por el Gas que el REMITENTE tome Distribuidor al Cliente en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del ServicioSalida, debe deberá cumplir con las especificaciones de calidad que establecidas en el Código de Distribución de Gas Combustible por Redes y en el RUT. El Distribuidor se indican exonerará de entregar el Gas conducido por el Sistema de Distribución al Cliente en la regulaciónlas condiciones de calidad establecidas en el RUT, si el Cliente no entrega el Gas en estas condiciones en el Punto de Entrada o si se debe a causas de Fuerza Mayor, Caso Fortuito o Evento Eximente de Responsabilidad. 1.2 Sección 22.01 Gas entregado fuera de especificaciones por parte del Cliente. Si el Gas entregado por el REMITENTE al TRANSPORTADOR para que éste Cliente en el Punto de inicio al Transporte del mismo, Entrada no cumple con las especificaciones de calidad exigidas definidas en la regulaciónel Presente Contrato, el TRANSPORTADOR le notificará a éste la deficiencia en la calidad y tendrá el derecho mas no la obligación de rechazar dicho Gas mientras se corrige tal situación. Si en un término no superior a tres (3) días calendario, el REMITENTE no logra remediar la deficiencia de calidad, el TRANSPORTADOR, a su discreción y sin que tenga la obligación de ello en virtud del presente Contrato, podrá: (i) rechazar el Gas para su transporte ; o (ii)realizar las actividades que le permitan aceptar dicho Gas, en cuyo caso el REMITENTE deberá reembolsar al TRANSPORTADOR los sobrecostos en que efectivamente incurra por estas actividades, cuyo presupuesto deberá ser acordado previamente. La responsabilidad del REMITENTE terminará para este caso con el pago de los sobrecostos incurridos por el TRANSPORTADOR. . 1.3 Si el Gas entregado por el TRANSPORTADOR al REMITENTE, no cumple con las especificaciones de calidad descritas en la regulación, por circunstancias imputables únicamente al transporte, el REMITENTE Distribuidor le notificará la deficiencia en la calidad y tendrá el derecho de negarse a recibir el Gas podrá rechazarlo mientras se corrige tal situación, lo cual deberá ser notificado previamente situación o solicitar al TRANSPORTADOR. Si en un término no superior a tres (3) días calendario, el TRANSPORTADOR no logra remediar la deficiencia de calidad, el REMITENTE, a su discreción, podrá realizar las actividades que le permitan aceptar dicho Gas. El TRANSPORTADOR deberá reembolsar al REMITENTE, los sobrecostos en que efectivamente incurrió por estas actividades, cuyo presupuesto deberá ser acordado previamente. La responsabilidad del TRANSPORTADOR terminará para este caso con Cliente el pago de los sobrecostos incurridos costos que demande conducir el Gas por fuera de las especificaciones de calidad establecidas en el Contrato. Sección 22.02 Gas entregado fuera de especificaciones por parte del Distribuidor. Si durante la conducción del Gas por el REMITENTE. 1.4 Es responsabilidad Sistema de Distribución, las propiedades del REMITENTE disponer mismo cambian de modo tal que no cumplen las especificaciones de calidad establecidas en el Punto de Entrada presente Contrato y este es entregado en el Punto de Salida y/de esta manera, el Cliente le notificará la deficiencia en la calidad y podrá rechazar dicho gas mientras se corrige tal situación o Punto de Terminación del Servicio, solicitar al Distribuidor el pago de los sistemas costos que demande recibir el Gas por fuera de medición que se requieran las especificaciones de calidad, para la medición volumétrica y la determinación de la calidad del gaslo cual, de acuerdo deberá formular en primera instancia una Reclamación formal con sujeción a lo establecido en el presente Contrato Sección 22.03 Los costos que demande recibir el Gas por fuera de las especificaciones de calidad deberán ser acordados previamente entre las partes, cesando con este reconocimiento la regulación 1.5 La verificación de la calidad responsabilidad del Gas tanto Distribuidor, establecidas en el Punto Artículo 22 de Entrada como en el Punto este contrato. Sección 22.04 Habrá lugar al pago por parte del Distribuidor siempre y cuando las deficiencias no se deban a causas de Salida y/Fuerza Mayor, Caso Fortuito o Punto Evento Eximente de Terminación del Servicio, la hará el TRANSPORTADOR pero el REMITENTE se reserva el derecho de presenciar los muestreos y análisis. Todo esto se podrá realizar sin Responsabilidad. Sección 22.05 Sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponda al REMITENTE Cliente por entregar Gas al TRANSPORTADOR gas natural en el Punto de Entrada por fuera de las especificaciones de calidad establecidas en este contrato, el Cliente se compromete a aceptar como ciertos los reportes mensuales suministrados al Distribuidor por parte del Transportador sobre la calidad del gas entregado. Sección 22.06 En todo caso, cuando el Cliente entregue gas fuera de especificaciones deberá responder por los perjuicios generados a otros usuarios y/o clientes de la red de distribución y/o al sistema mismo. Por otra parte, si es el Sección 22.07 El Distribuidor estará facultado para mezclar la Cantidad de Energía Entregada por el Cliente en condiciones de calidad, con arreglo al presente Contrato. De igual forma el TRANSPORTADOR verificará las variables mínimas determinadas en cualquier otro Gas, siempre y cuando la regulación, siendo responsabilidad del REMITENTE controlar en forma permanente y continua, que se cumplan todas mezcla resultante cumpla con las especificaciones de calidad del Gas Natural señaladas establecidas en este Contrato, para su entrega en el Punto de Entrada.

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Samples: Access Agreement