MEDICIÓN DE LA CANTIDAD DE GNL RECIBIDA EN EL PUNTO DE RECEPCIÓN Cláusulas de Ejemplo

MEDICIÓN DE LA CANTIDAD DE GNL RECIBIDA EN EL PUNTO DE RECEPCIÓN. (a) La cantidad de GNL recibida por el Permisionario y reflejada como un aumento en el VAD del Usuario excluirá la cantidad de vapor que regrese al Buque del Usuario durante la descarga de GNL. El Permisionario no tendrá obligación de recibir cantidades de GNL que ocasionen que el Usuario exceda la cantidad equivalente a su CMA (o aquella parte de su CMA adjudicada al Usuario durante periodos de capacidad restringida).
MEDICIÓN DE LA CANTIDAD DE GNL RECIBIDA EN EL PUNTO DE RECEPCIÓN a) La cantidad de GNL recibida por el Permisionario y reflejada como un aumento en el VAD del Usuario excluirá la cantidad de vapor que regrese al Buque del Usuario durante la descarga de GNL. El Permisionario no tendrá obligación de recibir cantidades de GNL que ocasionen que el Usuario exceda la cantidad equivalente a su CMA (o aquella parte de su CMA adjudicada al Usuario durante periodos de capacidad restringida). b) La cantidad de GNL recibida en el Punto de Recepción será medida en metros cúbicos, midiendo el líquido en los tanques del Buque del Usuario. El Usuario hará que la primera medición se realice después de que el capitán del Buque del Usuario haya dado aviso de estar en condiciones de descargar y antes de encender las bombas. Una segunda medición se realizará inmediatamente después de haber terminado la descarga. Tendrán derecho de estar presentes en dichas mediciones los representantes del Usuario y del Permisionario, pero la ausencia de un representante no afectará la validez de dicha medición. c) El Buque del Usuario no deberá quemar ni ventilar vapores de Gas durante el periodo entre la medición inicial y la medición final. d) El Usuario enviará, o hará que se envíe, al Permisionario una copia certificada de los estándares de medición establecidos por las Autoridades Gubernamentales mexicanas facultadas para establecer dichos estándares, o en ausencia de dichos estándares, según los establezca la Agencia de Estándares de los Estados Unidos en Washington, D.C., conforme a las Prácticas Prudentes de la Industria, en todo caso, expresados en unidades métricas, así como tablas de corrección (lista, orden, contracción, etc.) para cada tanque de cada uno de los Buques del Usuario. Dichos estándares y tablas serán utilizados durante el término del Contrato, excepto en el caso de cambio físico en los tanques, en cuyo caso nuevos estándares y tablas serán enviados al Permisionario. Los dispositivos de medición de GNL serán aprobados por el Permisionario y el Usuario. Cada tanque estará equipado con dos dispositivos medidores de nivel de distintos tipos. e) La densidad del GNL se calculará utilizando el método revisado xx Xxxxxx y XxXxxxxx. f) La temperatura del GNL contenida en los tanques de cualquiera de los Buques del Usuario será determinada utilizando el promedio aritmético de la temperatura indicada por termopares especiales o termómetros de resistencia distribuidos en varios lugares de la superficie al fondo de cada tanque, con una precisi...

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