Common use of Capital contable Clause in Contracts

Capital contable. Al 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx xxxxxxx social del Grupo Financiero, se integra de la siguiente forma: - Capital fijo sin derecho a retiro, el cual asciende a $600,000, representado por 300,000,000 de acciones totalmente suscritas y pagadas con valor nominal de dos pesos, de las cuales $306,000 corresponden a la serie A y $294,000 a la serie B, y se encuentran representadas por 153,000,000 y 147,000,000 acciones, respectivamente. - Capital variable, el cual asciende a $1,020,000, integrado por $520,200 corresponden a la serie A y $499,800 a la serie B, y está representado por 510,000,000 de acciones con valor nominal de dos pesos, de las cuales 126,500,000 acciones se encuentran totalmente suscritas y pagadas y 383,500,000 acciones se encuentran depositadas en la tesorería de la sociedad para cubrir la conversión de las obligaciones subordinadas de conversión obligatoria de capital. - Capital adicional, el cual asciende a $440,000, está representado por 220,000,000 de acciones de la serie L con un valor nominal de dos pesos cada una, de los cuales 88,823,000 acciones se encuentran totalmente suscritas y pagadas. El capital social del Grupo Financiero se integra por acciones de la serie A, que representan el 51% del capital social y por acciones de la serie B que representan el 49% del capital ordinario de la sociedad. Al capital social se le integra una parte adicional, representada por acciones de la serie L. Las acciones de la serie A sólo podrán ser adquiridas por personas físicas mexicanas, personas xxxxxxx mexicanas cuyo capital sea mayoritariamente propiedad de mexicanos, el Fondo Bancario de Protección al Ahorro y el Fondo de Apoyo al Mercado de Valores, así como los inversionistas institucionales a que se refiere el artículo 19 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras. Las acciones de las series B y L serán de libre suscripción. No podrán participar en forma alguna en el capital social del Grupo Financiero, personas xxxxxxx extranjeras que ejerzan funciones de autoridad, entidades financieras del país, incluso las que formen parte del respectivo grupo, salvo cuando actúen como inversionistas institucionales en los términos del artículo 19 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras. Ninguna persona física o moral podrá adquirir, directa o indirectamente, mediante una o varias operaciones de cualquier naturaleza, simultáneas o sucesivas, el control de acciones de la serie A y B por más de cinco por ciento del capital social del Grupo Financiero. La Secretaría de Hacienda podrá autorizar, cuando a su juicio así se justifique, un porcentaje mayor, sin exceder del veinte por ciento. Lo anterior, exceptúa a los inversionistas institucionales a los que se refieren los artículos 19 y 20 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, quienes podrán adquirir hasta el 20% del capital pagado; asimismo, se exceptúan al Fondo Bancario de Protección al Ahorro, el Fondo de Protección y Garantía previsto en la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores y aquellas personas, incluyendo otras Sociedades Controladoras, que adquieran acciones conforme a programas aprobados por la Secretaría de Hacienda, en la forma y términos que se otorgue la respectiva autorización. La utilidad del ejercicio está sujeta a la disposición legal que requiere que el 5% de las utilidades de cada periodo sean traspasados a la reserva legal, hasta que ésta sea igual al 20% de su capital social. Esta reserva no es susceptible de distribuirse a los accionistas, excepto en la forma de dividendos en acciones. Los dividendos que se paguen a partir de 1999, a personas físicas o residentes en el extranjero estarán sujetas a retención del Impuesto Sobre la Renta a una tasa efectiva de 7.5% al 7.7%, la cual varía según el año en que las utilidades hayan sido generadas. Además, en caso de repartir utilidades que no hubieran causado el impuesto aplicable a Grupo Financiero, éste tendrá que pagarse al distribuir el dividendo. Por lo anterior, el Grupo Financiero debe llevar cuenta de las utilidades sujetas a cada tasa. Las reducciones del capital, causarán impuestos sobre el excedente del monto repartido contra su valor fiscal, determinado de acuerdo a lo establecido por la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

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Capital contable. Al 00 xx xxxxxxxxx xx 0000En asamblea general extraordinaria de accionistas, xx xxxxxxx social del Grupo Financierocelebrada el 25 de agosto de 1995, se integra acordó lo siguiente: Los acuerdos mencionados anteriormente surtieron efectos el 21 de mayo de 1996, fecha en la cual quedaron inscritos en el Registro Público de Comercio. En asamblea general extraordinaria de accionistas, celebrada al 26 de agosto de 1996, se acordó modificar el artículo nueve de los estatutos sociales, para que pueda haber un capital social adicional que esté representado por acciones serie “L”, cuya emisión no exceda 40% del capital social ordinario, previa autorización de la siguiente forma: - Capital fijo sin derecho Comisión. Dichas acciones serán de voto limitado, podrán recibir un dividendo preferente y acumulativo cuando así lo confieran los estatutos sociales, que en ningún caso serán inferiores a retirolos que correspondan a las acciones de otras series y podrán ser amortizables. A la fecha de los presentes estados financieros de BITAL, no ha emitido acciones serie “L”. Al 31 de diciembre de 1996, el cual asciende a $600,000, capital social de BITAL está representado por 300,000,000 270,000,000 de acciones totalmente suscritas y pagadas con valor nominal de dos pesosacciones, de las cuales $306,000 cuales, 137,700,000 y 132,300,000 acciones corresponden a la serie A las series "A" y $294,000 a la serie "B, y se encuentran representadas por 153,000,000 y 147,000,000 acciones", respectivamente. - Capital variable, el cual asciende a $1,020,000, integrado por $520,200 corresponden a la serie A y $499,800 a la serie B, y está representado por 510,000,000 de acciones con valor nominal de dos pesos, de las cuales 126,500,000 acciones se encuentran totalmente suscritas y pagadas y 383,500,000 acciones se encuentran depositadas en la tesorería de la sociedad para cubrir la conversión de las obligaciones subordinadas de conversión obligatoria de capital. - Capital adicional, el cual asciende a $440,000, está representado por 220,000,000 de acciones de la serie L con un valor nominal de dos pesos cada una, de los las cuales 88,823,000 112,200,000 y 107,800,000 acciones de las series "A" y "B", respectivamente, se encuentran totalmente suscritas y pagadas. El capital social del Grupo Financiero se integra por Las acciones de la serie "A", que representan en todo momento representarán el 51% del capital social y por acciones de la serie B que representan el 49% del capital ordinario de la sociedad. Al capital social se le integra una parte adicionalBITAL, representada por acciones de la serie L. Las acciones de la serie A sólo podrán ser adquiridas por personas físicas mexicanas, personas xxxxxxx mexicanas cuyo capital sea mayoritariamente propiedad de mexicanossociedades controladoras, el Fondo Bancario de Protección al Ahorro y el Fondo de Apoyo al Mercado de ValoresGobierno Federal, así como los FOBAPROA e inversionistas institucionales a que se refiere referidos en el artículo 19 15 de la Ley para Regular de Instituciones de Crédito. Las acciones serie "B" que podrán representar hasta el 49% del capital de BITAL, sólo podrán ser adquiridas por las Agrupaciones Financierasmismas personas de la serie "A", personas morales mexicanas con cláusula de exclusión de extranjeros y ciertas instituciones financieras de seguros, fianzas y fondos de inversión. Las acciones de las la series B “B” y L “L”, serán de libre suscripción. No podrán participar El superávit por revaluación de acciones, bonos y otros valores representa la plusvalía de títulos de las inversiones en forma alguna valores que maneja BITAL. Las disminuciones a esta cuenta sólo pueden ser por baja de valor en el capital social del Grupo Financiero, personas xxxxxxx extranjeras las inversiones. Este superávit no puede ser capitalizado ni repartido a los accionistas. Los dividendos que ejerzan funciones se paguen estarán libres de autoridad, entidades financieras del país, incluso las que formen parte del respectivo grupo, salvo cuando actúen como inversionistas institucionales en los términos del artículo 19 impuesto si se pagan de la Ley para Regular "utilidad fiscal neta" (UFIN). Los dividendos que no provengan de UFIN deberán incluir un impuesto del 34%. En caso de reducción de capital, estará gravado el excedente de las Agrupaciones Financieras. Ninguna persona física o moral podrá adquiriraportaciones actualizadas, directa o indirectamente, mediante una o varias operaciones de cualquier naturaleza, simultáneas o sucesivas, el control de acciones de la serie A y B según los procedimientos establecidos por más de cinco por ciento del capital social del Grupo Financiero. La Secretaría de Hacienda podrá autorizar, cuando a su juicio así se justifique, un porcentaje mayor, sin exceder del veinte por ciento. Lo anterior, exceptúa a los inversionistas institucionales a los que se refieren los artículos 19 y 20 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, quienes podrán adquirir hasta el 20% del capital pagado; asimismo, se exceptúan al Fondo Bancario de Protección al Ahorro, el Fondo de Protección y Garantía previsto en Impuesto Sobre la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores y aquellas personas, incluyendo otras Sociedades Controladoras, que adquieran acciones conforme a programas aprobados por la Secretaría de Hacienda, en la forma y términos que se otorgue la respectiva autorizaciónRenta. La utilidad del ejercicio está sujeta a la disposición legal que requiere que el 510% de las utilidades de cada periodo año sean traspasados traspasadas a la reserva legal, legal hasta que ésta sea igual al 20100% de su del capital socialsocial pagado. Esta La reserva legal no es susceptible de distribuirse a los accionistasaccionistas durante la existencia de BITAL, excepto en la forma de dividendos en acciones. Los dividendos que se paguen a partir de 1999, a personas físicas o residentes en el extranjero estarán sujetas a retención del Impuesto Sobre la Renta a una tasa efectiva de 7.5% al 7.7%, la cual varía según el año en que las utilidades hayan sido generadas. Además, en caso de repartir utilidades que no hubieran causado el impuesto aplicable a Grupo Financiero, éste tendrá que pagarse al distribuir el dividendo. Por lo anterior, el Grupo Financiero debe llevar cuenta de las utilidades sujetas a cada tasa. Las reducciones del capital, causarán impuestos sobre el excedente del monto repartido contra su valor fiscal, determinado de acuerdo a lo establecido por la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

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Capital contable. Al En asamblea general ordinaria de accionistas celebrada el 13 de noviembre de 2000 y con motivo del Contrato de compra-venta de las acciones representativas del capital social de Servicios ING por un monto de $34,663 (a valor nominal) mismo que se describe en la nota 2, se aprobó la emisión y pago de 1,841,132 acciones de la Tesorería de la serie O con valor nominal de dos pesos, por la cantidad de $3,682 (a valor nominal), más una prima en venta de acciones por $30,981(a valor nominal). Como consecuencia de lo anterior, al 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx xxxxxxx social del Grupo Financiero, se integra de la siguiente forma: - Capital fijo sin derecho a retiro, el cual asciende a $600,000, representado por 300,000,000 de acciones totalmente suscritas y pagadas con valor nominal de dos pesos, de las cuales $306,000 corresponden a la serie A y $294,000 a la serie B, y se encuentran representadas por 153,000,000 y 147,000,000 acciones, respectivamente. - Capital variable, el cual asciende a $1,020,000, integrado por $520,200 corresponden a la serie A y $499,800 a la serie B, y Bital está representado por 510,000,000 de acciones con valor nominal de dos pesos, de las cuales 126,500,000 acciones se encuentran totalmente suscritas y pagadas y 383,500,000 acciones se encuentran depositadas en la tesorería de la sociedad para cubrir la conversión de las obligaciones subordinadas de conversión obligatoria de capital. - Capital adicional, el cual asciende a $440,000, está representado por 220,000,000 455,000,000 de acciones de la serie L O con un valor nominal de dos pesos cada una, de los las cuales 88,823,000 229,341,132 acciones se encuentran totalmente suscritas y pagadas. El capital social del Grupo Financiero se integra ordinario estará representado por 455,000,000 de acciones de la serie O, con valor nominal de dos pesos cada una. El capital social adicional estará representado por acciones de la serie AL, mismas que representan el 51no podrán exceder de 40% del capital social ordinario, serán de voto limitado y por recibirán un dividendo preferente y acumulativo cuando así lo confieran los estatutos sociales, que en ningún caso serán inferiores a los que correspondan a las acciones de la serie B que representan el 49% del capital ordinario O. A la fecha de la sociedad. Al capital social se le integra una parte adicionallos presentes estados financieros, representada por Bital no ha emitido acciones de la serie L. Las acciones de la serie A sólo podrán ser adquiridas por personas físicas mexicanasO y L, personas xxxxxxx mexicanas cuyo capital sea mayoritariamente propiedad de mexicanos, el Fondo Bancario de Protección al Ahorro y el Fondo de Apoyo al Mercado de Valores, así como los inversionistas institucionales a que se refiere el artículo 19 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras. Las acciones de las series B y L serán de libre suscripción. No podrán participar en forma alguna en el capital social del Grupo Financiero, suscripción y las personas xxxxxxx extranjeras que ejerzan funciones de autoridad, entidades financieras del país, incluso las que formen parte del respectivo grupo, salvo cuando actúen como inversionistas institucionales en los términos del artículo 19 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras. Ninguna persona física adquieran o moral podrá adquirir, directa o indirectamente, mediante una o varias operaciones de cualquier naturaleza, simultáneas o sucesivas, el control de transmitan acciones de la serie A y B O por más de cinco por ciento del capital social del Grupo Financiero. La Secretaría de Hacienda podrá autorizar, cuando a su juicio así se justifique, un porcentaje mayor, sin exceder del veinte por ciento. Lo anterior, exceptúa a los inversionistas institucionales a los que se refieren los artículos 19 y 20 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, quienes podrán adquirir hasta el 202% del capital pagado; asimismosocial, se exceptúan al Fondo Bancario de Protección al Ahorro, el Fondo de Protección y Garantía previsto en la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores y aquellas personas, incluyendo otras Sociedades Controladoras, que adquieran acciones conforme deberán dar aviso a programas aprobados por la Secretaría de Hacienda. Asimismo, las acciones de la serie L sólo tendrán derecho a voto en aquellos asuntos que expresamente señala la forma y términos que Ley de Instituciones de Crédito. En asamblea general ordinaria de accionistas celebrada el 27 xx xxxxx de 2000, se otorgue aprobó traspasar la respectiva autorización. La utilidad del ejercicio está sujeta anterior a la disposición legal que requiere que el 5% las reservas de las utilidades capital por $463,430 (a valor nominal), de cada periodo sean traspasados los cuales, $46,343 (a valor nominal) corresponden a la reserva legal, hasta que ésta sea igual al 20% de su capital social. Esta reserva no es susceptible de distribuirse a los accionistas, excepto en la forma de dividendos en acciones. Los dividendos que se paguen a partir de 1999, a personas físicas o residentes en el extranjero extranjero, estarán sujetas sujetos a retención del Impuesto Sobre la Renta a una tasa efectiva de 7.5% al 7.7%, la cual varía según el año en que las utilidades hayan sido generadas. Además, en caso de repartir utilidades que no hubieran causado el impuesto aplicable a Grupo FinancieroBital, éste tendrá que pagarse al distribuir el dividendo. Por lo anterior, el Grupo Financiero Bital debe llevar cuenta de las utilidades sujetas a cada tasa. Las reducciones del capital, de capital causarán impuestos sobre el excedente del monto repartido contra su valor fiscal, determinado de acuerdo a lo establecido por la Ley del Impuesto Sobre sobre la Renta. La utilidad del ejercicio está sujeta a la disposición legal que requiere que el 10% de las utilidades de cada año sean traspasadas a la reserva legal hasta que ésta sea igual al 100% del capital social pagado. La reserva legal no es susceptible de distribuirse a los accionistas durante la existencia de Bital, excepto en la forma de dividendos en acciones.

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Capital contable. Al En asamblea general ordinaria de accionistas, celebrada el 3 xx xxxxx de 1999, se aprobó reducir el capital social en su parte variable en la cantidad de $200,000, mediante la cancelación de 200,000 acciones de la Clase II. Como resultado de la resolución anterior, al 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx xxxxxxx social del Grupo Financiero, se integra de la siguiente forma: - Capital fijo sin derecho mínimo fijo, no sujeto a retiro, el cual asciende a retiro de $600,000, 25,000 y está representado por 300,000,000 12,750 acciones de la serie A clase I y 12,250 acciones totalmente suscritas de la serie B clase I, ordinarias, nominativas, no amortizables; sin expresión de valor nominal. - El capital variable máximo autorizado es de $475,000 y pagadas con estará representado por acciones nominativas, ordinarias de la clase II, sin expresión de valor nominal de dos pesosnominal, de las cuales $306,000 corresponden a cuales, 145,000 acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas, integradas por 73,950 acciones de la serie A y $294,000 a la serie B, y se encuentran representadas por 153,000,000 y 147,000,000 acciones, respectivamente. - Capital variable, el cual asciende a $1,020,000, integrado por $520,200 corresponden a la serie A y $499,800 a la serie B, y está representado por 510,000,000 de acciones con valor nominal de dos pesos, de las cuales 126,500,000 acciones se encuentran totalmente suscritas y pagadas y 383,500,000 acciones se encuentran depositadas en la tesorería de la sociedad para cubrir la conversión de las obligaciones subordinadas de conversión obligatoria de capital. - Capital adicional, el cual asciende a $440,000, está representado por 220,000,000 de 71,050 acciones de la serie L B. La Afore deberá de contar con un valor nominal el capital mínimo fijo que establezca la Comisión, mediante disposiciones de dos pesos cada unacarácter general, de los cuales 88,823,000 acciones se encuentran totalmente suscritas el cual deberá estar íntegramente suscrito y pagadaspagado. El capital social del Grupo Financiero se integra estará representado cuando menos en un 51% por acciones de la serie A, que representan A y el 5149% del capital social y restante podrá integrarse indistinta o conjuntamente por acciones de la serie B que representan el 49% del capital ordinario de la sociedad. Al capital social se le integra una parte adicional, representada por acciones de la serie L. las series A y B. Las acciones de la serie A sólo únicamente podrán ser adquiridas por personas físicas y xxxxxxx mexicanas, personas xxxxxxx mexicanas cuyo capital sea mayoritariamente propiedad de mexicanos, el Fondo Bancario de Protección al Ahorro mexicanos y el Fondo de Apoyo al Mercado de Valores, así como sean efectivamente controladas por los inversionistas institucionales a que se refiere el artículo 19 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financierasmismos. Las acciones de las series la serie B y L serán de libre suscripción. No En ningún momento podrán participar en forma alguna en el capital social del Grupo Financierode la Afore, personas xxxxxxx extranjeras que ejerzan funciones de autoridad. Igualmente no podrán participar en el capital de la Afore, los intermediarios financieros que no cumplan con los niveles de capitalización previstos en las leyes financieras aplicables; tampoco podrán participar el grupo financiero o las entidades financieras que lo integran, cuando alguna de dichas entidades financieras no cumpla con los niveles de capitalización mencionados. La participación, directa o indirecta, de las instituciones financieras del paísexterior en el capital de la Afore, incluso las que formen parte del respectivo grupo, salvo cuando actúen como inversionistas institucionales será de conformidad con lo establecido en los términos del artículo 19 tratados y acuerdos internacionales aplicables y en las disposiciones que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para proveer a la observancia de los mismos. La autorización que se otorgue a un inversionista extranjero será intransmisible. La inversión mexicana siempre será mayoritaria y deberá mantener la facultad de determinar el manejo de la sociedad y su control efectivo. La participación en el capital de la Afore por personas distintas a las autorizadas en la Ley de los Sistemas de Ahorro para Regular las Agrupaciones Financierasel Retiro, producirá la pérdida de la acción o acciones de que se trate en favor de la Nación Mexicana. Ninguna persona física o moral podrá adquirir, directa o indirectamente, mediante una o varias operaciones de cualquier naturaleza, simultáneas o sucesivas, el control de acciones de la serie las series A y B por más de cinco xxx xxxx por ciento del capital social del Grupo Financierode la Afore. La Secretaría de Hacienda Comisión podrá autorizar, cuando a su juicio así se justifique, un porcentaje mayor, sin exceder siempre y cuando la operación no implique conflicto de intereses. Los mencionados límites también se aplicarán a la adquisición del veinte control por ciento. Lo anteriorparte de personas físicas x xxxxxxx que la Comisión considere para estos efectos como una sola persona, exceptúa a los inversionistas institucionales a los de conformidad con lo que se refieren los artículos 19 y 20 disponga el Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para Regular las Agrupaciones Financieras, quienes podrán adquirir hasta el 20% del capital pagado; asimismo, se exceptúan al Fondo Bancario de Protección al Ahorro, el Fondo de Protección y Garantía previsto en la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores y aquellas personas, incluyendo otras Sociedades Controladoras, que adquieran acciones conforme a programas aprobados por la Secretaría de Hacienda, en la forma y términos que se otorgue la respectiva autorización. La utilidad del ejercicio está sujeta a la disposición legal que requiere que el 5% de las utilidades de cada periodo sean traspasados a la reserva legal, hasta que ésta sea igual al 20% de su capital social. Esta reserva no es susceptible de distribuirse a los accionistas, excepto en la forma de dividendos en accionesRetiro. Los dividendos que se paguen a partir de 1999, a personas físicas o residentes en el extranjero extranjero, estarán sujetas sujetos a retención del Impuesto Sobre la Renta a una tasa efectiva de 7.5% al 7.7%, la cual varía según el año en que las utilidades hayan sido generadas. Además, en caso de repartir utilidades que no hubieran causado el impuesto aplicable a Grupo Financierola Afore, éste tendrá que pagarse al distribuir el dividendo. Por lo anterior, el Grupo Financiero la Afore debe llevar cuenta de las utilidades sujetas a cada tasa. Las reducciones del capital, de capital causarán impuestos sobre el excedente del monto repartido contra su valor fiscal, determinado de acuerdo a lo establecido por la Ley del Impuesto Sobre la Renta. La utilidad neta de la Afore, está sujeta a la disposición legal que requiere que el 5% de las utilidades de cada ejercicio sean traspasadas a la reserva legal, hasta alcanzar una suma igual al 20% del capital social. Esta reserva no es susceptible de distribuirse a los accionistas durante la existencia de la Afore, excepto en la forma de dividendos en acciones.

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