Common use of CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Clause in Contracts

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. El Proponente deberá presentar una Carta de Presentación de acuerdo con el formato adjunto como Anexo No. 1 del presente Pliego de Condiciones. La no presentación de esta Carta dará lugar a que la Propuesta sea rechazada y no sea considerada para efectos de la evaluación. Quien suscriba la Carta de Presentación de la Propuesta y con ella presente documentos y la Propuesta, debe contar con facultades para ello, así como, para suscribir el Contrato de Interventoría en caso de adjudicación del mismo y para notificarse de cualquier decisión administrativa o judicial. En caso de Proponentes Plurales, la Carta de Presentación de la Propuesta deberá ser suscrita por el representante convencional del Proponente Plural. Las personas jurídicas nacionales que pretendan participar, a cualquier título en el presente Concurso de Méritos, deben demostrar su existencia, representación, capacidad legal y objeto, mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la correspondiente Cámara de Comercio, que deberá haber sido emitido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de su presentación y de conformidad con los términos indicados en el numeral 3.3.1.1 xxx Xxxxxx de Condiciones La duración de las sociedades que se presenten como Proponente Individual o como Miembro de un Proponente Plural deberá ser igual o superior a la vigencia del Contrato de Interventoría y un (1) año más. Si a la fecha de presentación de la Propuesta la sociedad no cuenta con esta duración, deberán presentarse los documentos con los cuales se pruebe que el órgano encargado de tal modificación estatutaria la ha aprobado, sujeta a la condición que le sea adjudicado el Concurso de Méritos. La modificación estatutaria deberá estar perfeccionada para la fecha de suscripción del Contrato de Interventoría. Adicionalmente, dicha duración no puede ser reducida después de la suscripción del Contrato de Interventoría. Independientemente de la modalidad de participación escogida, el Proponente o Miembro del Proponente Plural deberá presentar toda la documentación que permita demostrar la capacidad legal de su representante y la suficiencia de su objeto social. Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio ni sucursal en Colombia5 deben probar su existencia, su representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría, con (i) el certificado expedido por la autoridad competente de cada país, o (ii) con la correspondiente certificación expedida por el Cónsul de Colombia, donde conste que la sociedad existe como persona jurídica, determinando la fecha de inicio de su existencia, el nombre de quien o quienes, de acuerdo con las disposiciones estatutarias, ejercen la representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría. Este certificado debe haber sido expedido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de Cierre del Concurso de Méritos. La demostración de la duración de las personas jurídicas extranjeras debe realizarse con cualquier medio probatorio legalmente válido en Colombia, incluyendo estatutos, certificados de existencia y representación legal, certificaciones de la autoridad competente, documentos de incorporación ó certificados expedidos por el Cónsul de la República de Colombia con jurisdicción en el país de su domicilio social, entre otros. Si el representante legal o apoderado no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la Propuesta, suscribir y ejecutar el Contrato de Interventoría en representación del Proponente o Miembro del Proponente Plural, deberá adjuntar copia del acta, o extracto de la misma (o documento soporte) donde se le otorguen tales atribuciones, autenticada por quien actuó como secretario de la reunión de la junta de socios o asamblea de accionistas. En el caso de Proponentes Plurales, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que lo conformen, deberá contar con la autorización por el valor total de la Propuesta y del respectivo Contrato de Interventoría (y no sólo por el monto de su participación), teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del Contrato de Interventoría, de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 1º y 2º y el Parágrafo 3º del artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y en los artículos 1.568, 1.569 y 1.571 del Código Civil. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, se acreditará este requisito legal con la presentación del poder en la forma establecida por los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil y 480 del Código de Comercio.

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CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. El Proponente deberá presentar una Carta La carta de Presentación presentación de acuerdo con la propuesta se diligenciará conforme al modelo contenido en el formato adjunto como Anexo ANEXO No. 1 "CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA" y será firmada por el proponente, representante legal del presente Pliego proponente o su apoderado, si a ello hubiere lugar. Si la propuesta es presentada en unión temporal o consorcio, será suscrita por su representante debidamente facultado en los términos xx xxx. Si la carta de Condiciones. La no presentación de esta Carta dará lugar la propuesta está incompleta o su contenido no está conforme a que la Propuesta sea rechazada y no sea considerada para efectos de la evaluación. Quien suscriba la lo exigido en el Anexo No.1 "Carta de Presentación de la Propuesta y con ella Propuesta" del presente documentos y la Propuestapliego de condiciones, debe contar con facultades para ello, así comoLa Entidad solicitará aclaración al proponente, para suscribir el Contrato de Interventoría en caso de adjudicación del mismo y para notificarse de cualquier decisión administrativa o judicialque subsane lo pertinente. En caso de Proponentes Plurales, Deberá adjuntarse a la Carta de Presentación la fotocopia legible de la Propuesta cédula de ciudadanía del representante legal del proponente o quien haga sus veces. Cuando el oferente actúe a través de apoderado deberá ser suscrita por el representante convencional del Proponente Plural. Las personas jurídicas nacionales que pretendan participar, a cualquier título en el presente Concurso de Méritos, deben demostrar su existencia, representación, capacidad legal y objeto, acreditar mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la correspondiente Cámara de Comerciodocumento legalmente expedido, que deberá haber sido emitido con una antelación menor su apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta. Si el oferente no anexa el respectivo poder o igual anexándolo no se ajusta a treinta (30) días calendario a la fecha de su presentación y de conformidad con los términos indicados en legales para el numeral 3.3.1.1 xxx Xxxxxx de Condiciones La duración de las sociedades que se presenten como Proponente Individual o como Miembro de un Proponente Plural deberá ser igual o superior a la vigencia del Contrato de Interventoría y un (1) año más. Si a la fecha de presentación de la Propuesta la sociedad no cuenta con esta duración, deberán presentarse los documentos con los cuales se pruebe que el órgano encargado de tal modificación estatutaria la ha aprobado, sujeta a la condición que le sea adjudicado el Concurso de Méritos. La modificación estatutaria deberá estar perfeccionada para la fecha de suscripción del Contrato de Interventoría. Adicionalmente, dicha duración no puede ser reducida después de la suscripción del Contrato de Interventoría. Independientemente de la modalidad de participación escogidaefecto, el Proponente o Miembro del Proponente Plural deberá presentar toda la documentación FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES le solicitará aclaración para que permita demostrar la capacidad legal de su representante y la suficiencia de su objeto social. Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio ni sucursal en Colombia5 deben probar su existencia, su representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría, con (i) el certificado expedido por la autoridad competente de cada país, o (ii) con la correspondiente certificación expedida por el Cónsul de Colombia, donde conste que la sociedad existe como persona jurídica, determinando la fecha de inicio de su existencia, el nombre de quien o quienes, de acuerdo con las disposiciones estatutarias, ejercen la representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría. Este certificado debe haber sido expedido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de Cierre del Concurso de Méritos. La demostración de la duración de las personas jurídicas extranjeras debe realizarse con cualquier medio probatorio legalmente válido en Colombia, incluyendo estatutos, certificados de existencia y representación legal, certificaciones de la autoridad competente, documentos de incorporación ó certificados expedidos por el Cónsul de la República de Colombia con jurisdicción en el país de su domicilio social, entre otrossubsane lo pertinente. Si el representante legal del oferente o apoderado no tiene facultades amplias y suficientes de algunos de los integrantes de un consorcio o unión temporal requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar la Propuestaoferta y para suscribir el contrato, suscribir y ejecutar anexarán los documentos que acrediten dicha autorización. En caso que el Contrato de Interventoría en representación del Proponente o Miembro del Proponente Plural, deberá adjuntar copia del acta, o extracto valor de la misma (propuesta supere el monto de la autorización prevista en los estatutos para que el representante legal pueda presentar propuesta o contratar, anexará el respectivo documento soporte) donde se le otorguen tales atribucionesfaculte para contratar, autenticada por quien actuó como secretario de la reunión de la junta de socios o asamblea de accionistas. En el caso de Proponentes Pluralesmínimo, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que lo conformen, deberá contar con la autorización por el valor total de la Propuesta y del respectivo Contrato de Interventoría (y no sólo por el monto de su participación), teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del Contrato de Interventoría, de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 1º y 2º y el Parágrafo 3º del artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y en los artículos 1.568, 1.569 y 1.571 del Código Civil. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, se acreditará este requisito legal con la presentación del poder en la forma establecida por los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil y 480 del Código de Comerciopropuesto.

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CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. El Proponente deberá Todos los proponentes deberán presentar una Carta carta de Presentación presentación de la propuesta de acuerdo con el formato adjunto como Anexo suministrado por LA AGENCIA, firmada en original por la persona natural proponente o por el representante legal de la sociedad proponente o por el representante del consorcio o unión temporal proponente, indicando su nombre, documento de identidad y demás datos requeridos en el anexo suministrado con este pliego de condiciones. (ANEXO No. 1 1) Los proponentes y miembros de Consorcios o Uniones Temporales extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato si a ello hubiere lugar, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente Xxxxxx de Condiciones. Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para los demás miembros de la Estructura Plural y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes de la Estructura Plural con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el presente Pliego de Condiciones. La no presentación de esta Carta dará lugar El poder a que la Propuesta sea rechazada y no sea considerada para efectos se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la evaluación. Quien suscriba la Carta de Presentación de la Propuesta y con ella presente documentos y la Propuesta, debe contar con facultades para ello, así como, para suscribir el Contrato de Interventoría en caso de adjudicación del mismo y para notificarse de cualquier decisión administrativa o judicial. En caso de Proponentes Plurales, la Carta de Presentación de la Propuesta deberá ser suscrita por el representante convencional del Proponente Estructura Plural. Las Para fines de claridad únicamente, las personas jurídicas nacionales que pretendan participar, a cualquier título en el presente Concurso de Méritos, deben demostrar su existencia, representación, capacidad legal naturales y objeto, mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la correspondiente Cámara de Comercio, que deberá haber sido emitido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de su presentación y de conformidad con los términos indicados en el numeral 3.3.1.1 xxx Xxxxxx de Condiciones La duración de las sociedades que se presenten como Proponente Individual o como Miembro de un Proponente Plural deberá ser igual o superior a la vigencia del Contrato de Interventoría y un (1) año más. Si a la fecha de presentación de la Propuesta la sociedad no cuenta con esta duración, deberán presentarse los documentos con los cuales se pruebe que el órgano encargado de tal modificación estatutaria la ha aprobado, sujeta a la condición que le sea adjudicado el Concurso de Méritos. La modificación estatutaria deberá estar perfeccionada para la fecha de suscripción del Contrato de Interventoría. Adicionalmente, dicha duración no puede ser reducida después de la suscripción del Contrato de Interventoría. Independientemente de la modalidad de participación escogida, el Proponente o Miembro del Proponente Plural deberá presentar toda la documentación que permita demostrar la capacidad legal de su representante y la suficiencia de su objeto social. Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio ni sucursal en Colombia5 deben probar Colombia podrán designar a más de una persona como su existencia, su representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría, con (i) el certificado expedido por la autoridad competente de cada país, o (ii) con la correspondiente certificación expedida por el Cónsul de Colombia, donde conste que la sociedad existe como persona jurídica, determinando la fecha de inicio de su existencia, el nombre de quien o quienes, de acuerdo con las disposiciones estatutarias, ejercen la representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría. Este certificado debe haber sido expedido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de Cierre del Concurso de Méritos. La demostración de la duración de las personas jurídicas extranjeras debe realizarse con cualquier medio probatorio legalmente válido apoderado en Colombia, incluyendo estatutos, certificados de existencia y representación legal, certificaciones de la autoridad competente, documentos de incorporación ó certificados expedidos por el Cónsul de la República de Colombia con jurisdicción caso en el país cual podrá indicar a su entera discreción las condiciones o las limitaciones a los apoderados. En todo caso, si no se precisan tales condiciones y/o limitaciones, la Agencia presumirá que cualquiera de su domicilio social, entre otros. Si el representante legal o apoderado no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la Propuesta, los apoderados podrá suscribir y ejecutar el Contrato vincular al integrante de Interventoría Consorcio o Unión Temporal extranjero sin domicilio en representación del Proponente o Miembro del Proponente Plural, deberá adjuntar copia del acta, o extracto de la misma (o documento soporte) donde se le otorguen tales atribuciones, autenticada por quien actuó como secretario de la reunión de la junta de socios o asamblea de accionistasColombia. En el caso de Proponentes Plurales, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que lo conformen, deberá El poder antes indicado debe contar con la autorización por presentación personal y deberá ser presentado con las formalidades indicadas en el valor total Código General del Proceso. La omisión de constitución del apoderado o la falta de la Propuesta debida autorización para la presentación de la propuesta, con anterioridad a su presentación, no son subsanables y del respectivo Contrato de Interventoría (la propuesta será rechazada. Se deberá diligenciar y no sólo por adjuntar a la oferta el monto de su participación)ANEXO No. 1 - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA, teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria por lo establecido en el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del Contrato de Interventoría, de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 1º y 2º y el Parágrafo 3º del artículo 7° de la Ley 80 de 1993 referido Anexo y en los artículos 1.568, 1.569 y 1.571 del Código Civil. Cuando se trate el presente Pliego de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, se acreditará este requisito legal con la presentación del poder en la forma establecida por los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil y 480 del Código de ComercioCondiciones.

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CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. El Proponente deberá presentar una Carta La carta de Presentación presentación de acuerdo con la propuesta se diligenciará conforme al modelo contenido en el formato adjunto como Anexo No. 1 del presente Pliego de Condiciones. La no presentación de esta Carta dará lugar a que la Propuesta sea rechazada y no sea considerada para efectos de la evaluación. Quien suscriba la Carta de Presentación de la Propuesta Propuesta” y con ella presente documentos y será firmada por el proponente, representante legal del proponente o su apoderado, según el caso. Si la Propuestapropuesta es presentada en unión temporal o consorcio, debe contar con facultades para ello, así como, para suscribir será suscrita por su representante legal debidamente facultado en los términos xx xxx. Si la carta de presentación de la propuesta está incompleta o su contenido no está conforme a lo exigido en el Contrato de Interventoría en caso de adjudicación del mismo y para notificarse de cualquier decisión administrativa o judicial. En caso de Proponentes Plurales, la Anexo No.1 “Carta de Presentación de la Propuesta Propuesta” del presente pliego de condiciones, el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores solicitará aclaración al proponente, para que dentro del plazo que señale para el efecto subsane lo pertinente. Cuando el oferente actúe a través de apoderado deberá ser suscrita por el representante convencional del Proponente Plural. Las personas jurídicas nacionales que pretendan participaracreditar mediante documento legalmente expedido, a cualquier título en el presente Concurso de Méritos, deben demostrar su existencia, representación, capacidad legal y objeto, mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la correspondiente Cámara de Comercio, que deberá haber sido emitido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario anterioridad a la fecha de su presentación y de conformidad con los términos indicados en el numeral 3.3.1.1 xxx Xxxxxx de Condiciones La duración de las sociedades que se presenten como Proponente Individual o como Miembro de un Proponente Plural deberá ser igual o superior a la vigencia del Contrato de Interventoría y un (1) año más. Si a la fecha de presentación de la Propuesta oferta, que su apoderado está expresamente facultado para presentar la sociedad oferta. Si el oferente no cuenta con esta duración, deberán presentarse anexa el respectivo poder o anexándolo no se ajusta a los documentos con los cuales se pruebe que términos legales para el órgano encargado de tal modificación estatutaria la ha aprobado, sujeta a la condición que le sea adjudicado el Concurso de Méritos. La modificación estatutaria deberá estar perfeccionada para la fecha de suscripción del Contrato de Interventoría. Adicionalmente, dicha duración no puede ser reducida después de la suscripción del Contrato de Interventoría. Independientemente de la modalidad de participación escogidaefecto, el Proponente o Miembro Fondo Rotatorio del Proponente Plural deberá presentar toda la documentación que permita demostrar la capacidad legal Ministerio de su representante y la suficiencia de su objeto social. Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio ni sucursal en Colombia5 deben probar su existencia, su representación legal y Relaciones Exteriores le solicitará aclaración para que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría, con (i) del plazo que señale para el certificado expedido por la autoridad competente de cada país, efecto lo aporte o (ii) con la correspondiente certificación expedida por el Cónsul de Colombia, donde conste que la sociedad existe como persona jurídica, determinando la fecha de inicio de su existencia, el nombre de quien o quienes, de acuerdo con las disposiciones estatutarias, ejercen la representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría. Este certificado debe haber sido expedido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de Cierre del Concurso de Méritos. La demostración de la duración de las personas jurídicas extranjeras debe realizarse con cualquier medio probatorio legalmente válido en Colombia, incluyendo estatutos, certificados de existencia y representación legal, certificaciones de la autoridad competente, documentos de incorporación ó certificados expedidos por el Cónsul de la República de Colombia con jurisdicción en el país de su domicilio social, entre otrossubsane lo pertinente. Si el representante legal del oferente o apoderado no tiene facultades amplias y suficientes de algunos de los integrantes de un consorcio o unión temporal requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y para suscribir el contrato, anexarán los documentos que acrediten dicha autorización, la Propuesta, suscribir y ejecutar el Contrato de Interventoría en representación del Proponente o Miembro del Proponente Plural, deberá adjuntar copia del acta, o extracto cual será previa a la presentación de la misma (oferta. En caso que el valor de la propuesta supere el monto de la autorización prevista en los estatutos para que el representante legal pueda presentar propuesta o contratar, anexará el respectivo documento soporte) donde previamente a la presentación de la propuesta se le otorguen tales atribucionesfaculte contratar, autenticada mínimo, por quien actuó como secretario de la reunión de la junta de socios o asamblea de accionistasel valor propuesto. En el caso de Proponentes Pluralesevento en que no se aporte con la oferta la autorización prevista anteriormente, el representante legal Fondo Rotatorio del Ministerio de cada una de las personas jurídicas Relaciones Exteriores solicitará al proponente xxxxxxx el documento dentro del plazo que lo conformenle señale para el efecto, dicha autorización deberá contar ser expedida con anterioridad a la autorización por el valor total presentación de la Propuesta y del respectivo Contrato de Interventoría (y no sólo por el monto de su participación), teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del Contrato de Interventoría, de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 1º y 2º y el Parágrafo 3º del artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y en los artículos 1.568, 1.569 y 1.571 del Código Civil. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, se acreditará este requisito legal con la presentación del poder en la forma establecida por los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil y 480 del Código de Comerciooferta.

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CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. El Proponente proponente deberá presentar una Carta de Presentación de acuerdo con el formato adjunto como Anexo No. 1 del presente Pliego de Condiciones. La no presentación de esta Carta dará lugar a que la Propuesta sea rechazada y no sea considerada para efectos de la evaluación. Quien suscriba la Carta de Presentación de la Propuesta y con ella presente documentos y la Propuesta, debe contar con facultades para ello, así como, para suscribir el Contrato de Interventoría en caso de adjudicación del mismo y para notificarse de cualquier decisión administrativa o judicial. En caso de Proponentes Plurales, la Carta de Presentación de la Propuesta deberá ser suscrita por el representante convencional del Proponente Plural. Las personas jurídicas nacionales que pretendan participar, a cualquier título en el presente Concurso de Méritos, deben demostrar su existencia, representación, capacidad legal y objeto, mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la correspondiente Cámara de Comercio, que deberá haber sido emitido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de su presentación y de conformidad con los términos indicados en el numeral 3.3.1.1 xxx Xxxxxx de Condiciones La duración de las sociedades que se presenten como Proponente Individual o como Miembro de un Proponente Plural deberá ser igual o superior a la vigencia del Contrato de Interventoría y un (1) año más. Si a la fecha entregar carta de presentación de la Propuesta la sociedad no cuenta con esta duraciónpropuesta, deberán presentarse los documentos con los cuales se pruebe que el órgano encargado de tal modificación estatutaria la ha aprobado, sujeta debidamente diligenciada conforme a la condición que le sea adjudicado el Concurso de Méritos. La modificación estatutaria deberá estar perfeccionada para la fecha de suscripción del Contrato de Interventoría. Adicionalmente, dicha duración no puede ser reducida después de la suscripción del Contrato de Interventoría. Independientemente de la modalidad de participación escogida, el Proponente o Miembro del Proponente Plural deberá presentar toda la documentación que permita demostrar la capacidad legal de su representante y la suficiencia de su objeto social. Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio ni sucursal en Colombia5 deben probar su existencia, su representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría, con (i) el certificado expedido por la autoridad competente de cada país, o (ii) con la correspondiente certificación expedida por el Cónsul de Colombia, donde conste que la sociedad existe como persona jurídica, determinando la fecha de inicio de su existencia, el nombre de quien o quienes, de acuerdo con las disposiciones estatutarias, ejercen la representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría. Este certificado debe haber sido expedido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de Cierre del Concurso de Méritos. La demostración de la duración de las personas jurídicas extranjeras debe realizarse con cualquier medio probatorio legalmente válido en Colombia, incluyendo estatutos, certificados de existencia y representación legal, certificaciones de la autoridad competente, documentos de incorporación ó certificados expedidos por el Cónsul de la República de Colombia con jurisdicción lo establecido en el país FORMATO No. 1 en los términos de su domicilio social, entre otros. Si referencia y firmada por el representante legal o apoderado no tiene facultades amplias la persona debidamente facultada o autorizada para ello y suficientes para presentar la Propuesta, suscribir y ejecutar el Contrato de Interventoría en representación del Proponente o Miembro del Proponente Plural, deberá adjuntar copia del acta, o extracto de la misma (o documento soporte) donde se le otorguen tales atribuciones, autenticada avalada por quien actuó como secretario de la reunión de la junta de socios o asamblea de accionistas. En el caso de Proponentes Plurales, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que lo conformen, deberá contar con la autorización por el valor total de la Propuesta y del respectivo Contrato de Interventoría (y no sólo por el monto de su participación), teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del Contrato de Interventoría, un ingeniero civil de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 1º y 2º y el Parágrafo 3º del artículo 20 de la Ley 80 842 de 1993 2003. En el caso de consorcios, la carta de presentación de la propuesta deberá ser firmada por el representante designado y avalada por un ingeniero civil de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1.568, 1.569 y 1.571 del Código Civilel artículo 20 de la Ley 842 de 2003. Cuando se trate Quien suscriba la carta de presentación de la propuesta deberá: En caso de personas jurídicas extranjeras tener la calidad de representante legal o apoderado del proponente, con facultad de actuar en nombre y representación de este. En este último caso, la facultad de representación debe comprender la de presentar la oferta, y adelantar todas las demás actuaciones a que no tengan establecida sucursal haya lugar. Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en Colombianombre de esta, se acreditará este requisito legal deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano societario competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta. Adicionalmente, deberá estar facultado para adelantar todas las demás actuaciones a que haya lugar. En caso de consorcio, tener la calidad de representante del consorcio, con facultad de actuar en nombre y representación de este. Tal facultad de representación debe comprender la de presentar la oferta. De acuerdo con el documento de conformación del consorcio, el representante deberá estar facultado para adelantar todas las demás actuaciones a que haya lugar. El proponente bajo la gravedad de juramento certifica a través de la carta de presentación del poder de la propuesta, que toda la información y documentos que reposa en la forma establecida propuesta son veraz, autentica y goza de legalidad, por los artículos 259 tal motivo, en caso de existir inconsistencias y/o falsedades FIDUAGRARIA informará a las autoridades o instituciones públicas o privadas que considere pertinente y 260 del Código de Procedimiento Civil y 480 del Código de Comerciorealizará las respectivas denuncias penales.

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Samples: Invitación Pública 016 2019

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. El Proponente proponente deberá presentar una la carta de presentación de la propuesta, según el modelo suministrado por el IDARTES. La carta de presentación de la propuesta deberá ser firmada por el Representante Legal de la persona jurídica o por el Representante designado en el documento de constitución, si se trata de consorcio o unión temporal o por la Persona Natural. El FORMATO “Carta de Presentación presentación de la Propuesta” proporcionado por el Idartes, es un modelo que contiene todas las declaraciones que debe realizar el proponente. Por lo tanto, el proponente podrá transcribirlo u obtenerlo en medio magnético. En cualquier caso, la carta que presente el proponente deberá incluir todas las manifestaciones requeridas por el IDARTES. El proponente debe adjuntar con su propuesta, certificación en la cual acredite el pago de los aportes realizados a los Sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos Laborales, Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA, de acuerdo con lo establecido en el formato adjunto como Anexo No. 1 del presente Pliego de Condiciones. La no presentación de esta Carta dará lugar a que la Propuesta sea rechazada y no sea considerada para efectos artículo 50 de la evaluación. Quien suscriba la Carta Ley 789 de Presentación de la Propuesta y con ella presente documentos y la Propuesta2002, debe contar con facultades para ello, así como, para suscribir el Contrato de Interventoría en caso de adjudicación del mismo y para notificarse de cualquier decisión administrativa o judicial. En caso de Proponentes Plurales, la Carta de Presentación de la Propuesta deberá ser suscrita por el representante convencional del Proponente Plural. Las personas jurídicas nacionales que pretendan participar, a cualquier título en el presente Concurso de Méritos, deben demostrar su existencia, representación, capacidad legal y objeto, mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la correspondiente Cámara de Comercio, que deberá haber sido emitido con una antelación menor o igual a treinta durante los seis (306) días calendario meses anteriores a la fecha de su presentación y entrega de conformidad con propuestas del presente proceso de selección, dentro de los términos indicados plazos establecidos en el numeral 3.3.1.1 xxx Xxxxxx Decreto 1990 de Condiciones La duración 2016, así como acatar los postulados del Decreto 1273 de las sociedades que se presenten como Proponente Individual o como Miembro de un Proponente Plural deberá ser igual o superior a la vigencia del Contrato de Interventoría y un (1) año más2018, cuando corresponda. Si a la fecha de presentación Dicha certificación debe suscribirse por el Revisor Fiscal de la Propuesta la sociedad no cuenta con esta duraciónsociedad, deberán presentarse los documentos con los cuales se pruebe que si el órgano encargado de tal modificación estatutaria la ha aprobado, sujeta a la condición que le sea adjudicado el Concurso de Méritos. La modificación estatutaria deberá estar perfeccionada para la fecha de suscripción del Contrato de Interventoría. Adicionalmente, dicha duración no puede ser reducida después de la suscripción del Contrato de Interventoría. Independientemente de la modalidad de participación escogida, el Proponente o Miembro del Proponente Plural deberá presentar toda la documentación que permita demostrar la capacidad legal de su representante y la suficiencia de su objeto social. Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio ni sucursal en Colombia5 deben probar su existencia, su representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría, con (i) el certificado expedido por la autoridad competente de cada país, o (ii) con la correspondiente certificación expedida por el Cónsul de Colombia, donde conste que la sociedad existe como persona jurídica, determinando la fecha de inicio de su existencia, el nombre de quien o quienes, proponente de acuerdo con las disposiciones estatutariasla Ley lo requiere, ejercen o en caso contrario la representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría. Este certificado certificación debe haber sido expedido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de Cierre del Concurso de Méritos. La demostración suscribirse por el Representante Legal de la duración de las personas jurídicas extranjeras debe realizarse con cualquier medio probatorio legalmente válido en Colombia, incluyendo estatutos, certificados de existencia y representación legal, certificaciones de la autoridad competente, documentos de incorporación ó certificados expedidos por el Cónsul de la República de Colombia con jurisdicción en el país de su domicilio social, entre otros. Si el representante legal o apoderado no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la Propuesta, suscribir y ejecutar el Contrato de Interventoría en representación del Proponente o Miembro del Proponente Plural, deberá adjuntar copia del acta, o extracto de la misma (o documento soporte) donde se le otorguen tales atribuciones, autenticada por quien actuó como secretario de la reunión de la junta de socios o asamblea de accionistassociedad proponente. En el caso de Proponentes PluralesConsorcios o Uniones Temporales, el representante legal cada uno de cada una de las sus integrantes cuando los mismos sean personas jurídicas que lo conformenconstituidas en Colombia, deberá contar con la autorización deberán presentar en forma individual dicha certificación expedida por el valor total Revisor Fiscal o por el respectivo Representante Legal, según corresponda. Para el caso de persona natural, debe anexar recibos de pago del último mes anterior a la fecha de entrega de la Propuesta y del respectivo Contrato de Interventoría (y no sólo por el monto de su participación), teniendo propuesta en cuenta la que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria por se acredite el cumplimiento de todas sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y cada una aportes a las cajas de las obligaciones derivadas compensación familiar, instituto colombiano de la Propuesta bienestar familiar y del Contrato servicio nacional de Interventoría, aprendizaje de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 1º y 2º y el Parágrafo 3º del artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y en los artículos 1.568, 1.569 y 1.571 del Código Civil. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, se acreditará este requisito legal con la presentación del poder en la forma establecida por los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil y 480 del Código de Comerciosus empleados cuando a ello hubiere lugar.

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CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. El Proponente Este documento se deberá presentar una Carta de Presentación diligenciarse de acuerdo con el formato adjunto como Anexo modelo suministrado en la Formato No. 1 01 del presente Pliego pliego de Condicionescondiciones y lo deberá suscribir el representante legal. La no presentación de esta Carta dará lugar a que Si la Propuesta sea rechazada y no sea considerada para efectos propuesta es presentada por un Consorcio o Unión Temporal, se deberá anexar el documento suscrito por sus integrantes, en el cual se demuestre el estricto cumplimiento con lo establecido en el artículo 7o. de la evaluación. Quien suscriba la Carta Ley 80 de Presentación 1993 y de la Propuesta Proforma No. 2 del presente pliego. Se entiende como consorcio cuando dos o más personas en forma conjunta presenten una misma propuesta para la adjudicación, celebración y con ella presente documentos y la Propuesta, debe contar con facultades para ello, así como, para suscribir el Contrato de Interventoría en caso de adjudicación del mismo y para notificarse de cualquier decisión administrativa o judicial. En caso de Proponentes Plurales, la Carta de Presentación de la Propuesta deberá ser suscrita por el representante convencional del Proponente Plural. Las personas jurídicas nacionales que pretendan participar, a cualquier título en el presente Concurso de Méritos, deben demostrar su existencia, representación, capacidad legal y objeto, mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la correspondiente Cámara de Comercio, que deberá haber sido emitido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de su presentación y de conformidad con los términos indicados en el numeral 3.3.1.1 xxx Xxxxxx de Condiciones La duración de las sociedades que se presenten como Proponente Individual o como Miembro ejecución de un Proponente Plural deberá ser igual o superior a la vigencia del Contrato de Interventoría y un (1) año más. Si a la fecha de presentación de la Propuesta la sociedad no cuenta con esta duracióncontrato, deberán presentarse los documentos con los cuales se pruebe que el órgano encargado de tal modificación estatutaria la ha aprobado, sujeta a la condición que le sea adjudicado el Concurso de Méritos. La modificación estatutaria deberá estar perfeccionada para la fecha de suscripción del Contrato de Interventoría. Adicionalmente, dicha duración no puede ser reducida después de la suscripción del Contrato de Interventoría. Independientemente de la modalidad de participación escogida, el Proponente o Miembro del Proponente Plural deberá presentar toda la documentación que permita demostrar la capacidad legal de su representante y la suficiencia de su objeto social. Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio ni sucursal en Colombia5 deben probar su existencia, su representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría, con (i) el certificado expedido por la autoridad competente de cada país, o (ii) con la correspondiente certificación expedida por el Cónsul de Colombia, donde conste que la sociedad existe como persona jurídica, determinando la fecha de inicio de su existencia, el nombre de quien o quienes, de acuerdo con las disposiciones estatutarias, ejercen la representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría. Este certificado debe haber sido expedido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de Cierre del Concurso de Méritos. La demostración de la duración de las personas jurídicas extranjeras debe realizarse con cualquier medio probatorio legalmente válido en Colombia, incluyendo estatutos, certificados de existencia y representación legal, certificaciones de la autoridad competente, documentos de incorporación ó certificados expedidos por el Cónsul de la República de Colombia con jurisdicción en el país de su domicilio social, entre otros. Si el representante legal o apoderado no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la Propuesta, suscribir y ejecutar el Contrato de Interventoría en representación del Proponente o Miembro del Proponente Plural, deberá adjuntar copia del acta, o extracto de la misma (o documento soporte) donde se le otorguen tales atribuciones, autenticada por quien actuó como secretario de la reunión de la junta de socios o asamblea de accionistas. En el caso de Proponentes Plurales, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que lo conformen, deberá contar con la autorización por el valor total de la Propuesta y del respectivo Contrato de Interventoría (y no sólo por el monto de su participación), teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria por el cumplimiento respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta propuesta y del Contrato contrato. En consecuencia todas las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de Interventoríala propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros que la conforman. Se entiende como unión temporal cuando dos o más personas en forma conjunta presenten una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con lo dispuesto la participación en la ejecución de cada uno de los numerales 1º y 2º y el Parágrafo 3º del artículo 7° miembros de la Ley 80 unión temporal. Los proponentes indicarán si su participación es a título de 1993 consorcio o unión temporal y en este último caso, deberán señalar la extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución, los artículos 1.568cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la entidad estatal contratante. Los miembros del consorcio o unión temporal deberán designar la persona que para todos los efectos representará el consorcio o unión temporal, 1.569 señalando las normas básicas que regulen las relaciones entre ellos. Su duración no podrá ser inferior al término del contrato y 1.571 un (1) año más. No podrá haber cesión del Código Civilcontrato entre los miembros del consorcio o unión temporal. Esta condición es cláusula obligatoria del contrato. El documento en que conste su constitución deberá contar por lo menos: El objeto del Consorcio, tiempo de duración que no debe ser inferior al término de duración del contrato y un (1) año más, las limitaciones del Representante legal, el porcentaje de participación de cada una de las partes, la indicación que ninguna de las partes podrá ceder su participación en el Consorcio ni a los demás participantes, ni terceros, sin autorización previa de la entidad contratante. Cuando la constitución se trate efectué bajo la figura de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, la Unión Temporal se acreditará este requisito legal con deben señalar los términos y extensión de la presentación del poder participación en la ejecución del proyecto. Cuando el Representante Legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, en razón a la cuantía, deberá disponerse del documento de autorización expresa del órgano societario competente. La anterior observación también es válida para los miembros del Consorcio, Unión Temporal u otra forma establecida por los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil y 480 del Código de Comercioasociativa.

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Samples: Modelo De Minuta Del Contrato

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. El Proponente deberá presentar una Carta La carta de Presentación presentación de la oferta se debe diligenciar conforme al modelo suministrado en el presente pliego de condiciones, suscrita por el proponente o representante legal o apoderado debidamente facultado. Debe ser firmada por el proponente cuando es persona natural o, si es persona jurídica o si la oferta se presenta bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, por el representante legal indicando su nombre y documento de identidad. En el formato de carta de presentación de la propuesta es indispensable incluir el número de Fax, correo electrónico y demás datos relacionados en el citado modelo, a fin de que la Entidad surta los requerimientos a través de dichos medios, cuando así se disponga. Con la carta de presentación de la propuesta se entiende presentada la declaración juramentada por parte del proponente de no encontrarse incurso en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades previstas en la Ley, ni en conflicto de intereses que pueda afectar el normal desarrollo del contrato, así como el origen licito de los recursos destinados al proyecto o a la ejecución del contrato. Se diligenciará de acuerdo con el formato adjunto como Anexo No. 1 del presente Pliego de Condiciones. La no presentación de esta Carta dará lugar a que la Propuesta sea rechazada y no sea considerada para efectos de la evaluación. Quien suscriba la Carta de Presentación de la Propuesta y con ella presente documentos y la Propuesta, debe contar con facultades para ello, así como, para suscribir el Contrato de Interventoría en caso de adjudicación del mismo y para notificarse de cualquier decisión administrativa o judicial. En caso de Proponentes Plurales, la Carta de Presentación de la Propuesta deberá ser suscrita por el representante convencional del Proponente Plural. Las personas jurídicas nacionales que pretendan participar, a cualquier título modelo suministrado en el presente Concurso pliego de Méritoscondiciones, deben demostrar su existenciateniendo en cuenta lo siguiente: Acreditar la existencia del Consorcio o de la Unión Temporal, representación, capacidad legal y objetoespecíficamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la correspondiente Cámara de Comercio, que deberá haber sido emitido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de su presentación y de conformidad con los términos indicados documento en el numeral 3.3.1.1 xxx Xxxxxx de Condiciones La duración de las sociedades que se presenten como Proponente Individual o como Miembro de un Proponente Plural deberá ser igual o superior a la vigencia del Contrato de Interventoría y un (1) año más. Si a la fecha de presentación de la Propuesta la sociedad no cuenta con esta duración, deberán presentarse los documentos con los cuales se pruebe que el órgano encargado de tal modificación estatutaria la ha aprobado, sujeta a la condición que le sea adjudicado el Concurso de Méritos. La modificación estatutaria deberá estar perfeccionada para la fecha de suscripción del Contrato de Interventoría. Adicionalmente, dicha duración no puede ser reducida después de la suscripción del Contrato de Interventoría. Independientemente de la modalidad de participación escogida, el Proponente o Miembro del Proponente Plural deberá presentar toda la documentación que permita demostrar la capacidad legal de su representante y la suficiencia de su objeto social. Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio ni sucursal en Colombia5 deben probar su existencia, su representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría, con (i) el certificado expedido por la autoridad competente de cada país, o (ii) con la correspondiente certificación expedida por el Cónsul de Colombia, donde conste que los integrantes expresan claramente su intención de conformar el Consorcio o la sociedad existe como persona jurídica, determinando la fecha de inicio de su existencia, el nombre de quien o quienes, de acuerdo con las disposiciones estatutarias, ejercen la representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría. Este certificado debe haber sido expedido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de Cierre del Concurso de Méritos. La demostración de la duración de las personas jurídicas extranjeras debe realizarse con cualquier medio probatorio legalmente válido en Colombia, incluyendo estatutos, certificados de existencia y representación legal, certificaciones de la autoridad competente, documentos de incorporación ó certificados expedidos por el Cónsul de la República de Colombia con jurisdicción en el país de su domicilio social, entre otros. Si el representante legal o apoderado no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la Propuesta, suscribir y ejecutar el Contrato de Interventoría en representación del Proponente o Miembro del Proponente Plural, deberá adjuntar copia del acta, o extracto de la misma (o documento soporte) donde se le otorguen tales atribuciones, autenticada por quien actuó como secretario de la reunión de la junta de socios o asamblea de accionistasUnión Temporal. En el caso en que no exista claridad al respecto, se asumirá que se trata de Proponentes Pluralesun Consorcio. Si el proponente es un Consorcio, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que lo conformen, deberá contar con la autorización por el valor total de la Propuesta y del respectivo Contrato de Interventoría (y no sólo por el monto de su participación), teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria por el cumplimiento presentan en forma conjunta la oferta para la Adjudicación, celebración y ejecución del Contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de los mismos; por consiguiente, afectarán por igual a todos y cada uno de sus integrantes las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo del proceso de selección y del Contrato, por expresa disposición del Acuerdo Superior 000006 del 06 de octubre de 2009, Estatuto de Contratación de la Propuesta Universidad del Atlántico. En la etapa contractual no podrán ser modificados los porcentajes de participación sin el consentimiento previo de LA UNIVERSIDAD . Si el proponente es una Unión Temporal, se indicará el porcentaje de participación y los términos y la extensión de la participación en la oferta y en la ejecución del Contrato de cada uno de sus integrantes, toda vez que las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la oferta y del Contrato de Interventoría, se impondrán de acuerdo con lo dispuesto la participación de cada uno de los integrantes en la unión temporal. En la etapa contractual no podrán ser modificados los numerales 1º y 2º y porcentajes de participación sin el Parágrafo 3º del artículo 7° consentimiento previo de LA UNIVERSIDAD . La extensión de la Ley 80 participación se indicará en función de 1993 las actividades a ejecutar en el proyecto. Acreditar el nombramiento de un representante único de todas las personas naturales y/o jurídicas asociadas en Consorcio o en Unión Temporal, con facultades suficientes para la representación sin limitaciones de todos y cada uno de los integrantes, en todos los aspectos que se requieran para la presentación de la Propuesta, y para la suscripción y ejecución del Contrato. Acreditar la existencia de las personas naturales y la existencia y representación legal de cada una de las personas jurídicas asociadas en Consorcio o en Unión Temporal; así como la capacidad jurídica de sus representantes para la constitución del Consorcio o Unión Temporal, así como para la celebración y ejecución del Contrato a través de la forma de asociación escogida, mediante la acreditación del cumplimiento de todos los requisitos a que se refiere el presente Pliego. Acreditar que la vigencia del Consorcio y/o Unión Temporal es igual o superior al plazo estimado del contrato, liquidación del contrato y dos (2) años más. El plazo de ejecución del contrato será el indicado en el presente pliego de condiciones. La sumatoria del porcentaje de participación de Consorcios o Uniones Temporales no podrá ser diferente al 100%. Será causal de RECHAZO, modificar durante la etapa pre-contractual los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales y su integración. NOTA: EL PARTICULAR QUE PRESENTE PROPUESTA BAJO LA MODALIDAD DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL CON UN ENTE PUBLICO, DEBE HABERSE SOMETIDO PREVIAMENTE A LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES QUE REGULAN LA MATERIA. Los Proponentes podrán presentar Ofertas directamente o por intermedio de apoderado, evento en el cual deberán anexar el poder otorgado en legal forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a todos y cada uno de los integrantes en el trámite del presente proceso y en la suscripción del Contrato. El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar conjuntamente al Proponente y a todos los integrantes de la Estructura plural, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) formular Oferta para el proceso de selección que trata este Pliego; (ii) dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite LA UNIVERSIDAD en el curso del presente proceso; (iii) recibir las notificaciones a que haya lugar dentro del proceso, incluyendo la del acto administrativo de Adjudicación; (iv) Suscribir en nombre y representación del Adjudicatario el Contrato. En caso de no allegar el poder conferido legalmente en las condiciones exigidas en el presente pliego de condiciones o que éste no se encuentre suscrito por quien tenga facultades para ello según los documentos de existencia y representación de la persona jurídica, la Oferta será RECHAZADA. Los poderes otorgados deberán cumplir con los requisitos exigidos en el código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículos 1.56874 y 82), 1.569 así como con los aspectos referidos a la autenticación, Consularización o apostille y 1.571 del Código Civiltraducción, establecidos por la legislación colombiana. Cuando se trate de Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en nuestro país, debidamente facultado para presentar la Oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se acreditará este requisito legal requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la ley y éste Pliego, así como para representarla judicial o extrajudicialmente. Las personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, Consularización y/o apostille y traducción exigidos en la forma establecida por los artículos 259 y 260 del el Código de Procedimiento Civil y 480 Comercio de Colombia, además de los señalados en éste pliego. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Código de ComercioConsorcio o Unión Temporal.

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Samples: Invitación Pública De Mayor Cuantía

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. El Proponente deberá presentar una Carta de Presentación de acuerdo con el formato adjunto como Anexo No. 1 del presente Pliego de Condiciones. La no presentación de esta Carta dará lugar a que la Propuesta sea rechazada y no sea considerada para efectos de la evaluación. Quien suscriba la Carta de Presentación de la Propuesta y con ella presente documentos y la Propuesta, debe contar con facultades para ello, así como, para suscribir el Contrato de Interventoría en caso de adjudicación del mismo y para notificarse de cualquier decisión administrativa o judicial. En caso de Proponentes Plurales, la Carta de Presentación de la Propuesta deberá estar debidamente diligenciada según la información del modelo suministrado por el MUNICIPIO y firmada por el proponente. En caso de ser suscrita una persona jurídica, unión temporal o consorcio, deberá venir firmada por el representante convencional legal, debidamente facultado en los términos de la ley. (Anexo 1) Deberá presentar copia legible de la cedula de ciudadanía del Proponente Pluralproponente o representante legal del proponente; en caso de consorcio, unión temporal, se deberá presentar este documento por cada uno de sus integrantes y del representante legal. Las personas jurídicas nacionales Y del Profesional que pretendan participaravala la propuesta en caso de que requiera. Deberá presentar copia legible de la tarjeta profesional que lo acredite como Ingeniero Civil o Arquitecto, a cualquier título del proponente o representante legal del proponente; en caso de persona jurídica, consorcio, unión temporal o el profesional que avala la propuesta si ello aplica. En caso de consorcios o uniones temporales se deberá presentar este documento por cada uno de sus integrantes según sea su calidad. En los casos en los cuales el proponente es una persona jurídica y su representante legal no acredita el perfil profesional, deberá presentar copia del documento en el presente Concurso cual avala la propuesta y de Méritosla tarjeta profesional de la persona que avala la propuesta, deben demostrar su existencia, representación, capacidad legal y objetodemostrando que cuenta con vínculo laboral vigente con el proponente, mediante el la presentación de las tres (03) últimas planillas de pago de los aportes al sistema integral de seguridad social, en la que conste la vinculación del mencionado profesional. El proponente deberá demostrar que su matrícula como profesional se encuentra vigente y puede ejercer la profesión mediante la presentación del certificado de existencia y representación legal expedido por la correspondiente Cámara de Comercio, que deberá haber sido emitido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de su presentación y de conformidad con los términos indicados en el numeral 3.3.1.1 xxx Xxxxxx de Condiciones La duración de las sociedades que se presenten como Proponente Individual o como Miembro de un Proponente Plural deberá ser igual o superior a la vigencia del Contrato de Interventoría y un (1) año más. Si a la fecha de presentación de la Propuesta la sociedad no cuenta con esta duración, deberán presentarse los documentos con los cuales se pruebe que el órgano encargado de tal modificación estatutaria la ha aprobado, sujeta a la condición que le sea adjudicado el Concurso de Méritos. La modificación estatutaria deberá estar perfeccionada para la fecha de suscripción del Contrato de Interventoría. Adicionalmente, dicha duración no puede ser reducida después de la suscripción del Contrato de Interventoría. Independientemente de la modalidad de participación escogida, el Proponente o Miembro del Proponente Plural deberá presentar toda la documentación que permita demostrar la capacidad legal de su representante y la suficiencia de su objeto social. Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio ni sucursal en Colombia5 deben probar su existencia, su representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría, con (i) el certificado expedido por la autoridad competente que esté vigente; en caso de consorcio, unión temporal o propuesta avalada, se deberá presentar este documento por cada país, o (ii) con uno de sus integrantes y el profesional que avala la correspondiente certificación expedida por propuesta en caso de personas jurídicas. Deberá anexar fotocopia de la libreta militar del representante legal cuando el Cónsul de Colombia, donde conste que la sociedad existe como proponente es persona jurídica, determinando o del proponente siendo este persona natural; en caso de consorcio, unión temporal o propuesta avalada, se deberá presentar este documento por cada uno de sus integrantes o el profesional que avala la fecha propuesta. Tratándose xx xxxxx menor de inicio 50 años. Cuando la propuesta venga presentada por alguno de éstos se deberá diligenciar para su existenciaconformación el Anexo No. 2 o el Anexo No. 3 según corresponda, el nombre de quien o quienes, de acuerdo con las disposiciones estatutarias, ejercen la representación legal y que dentro de su objeto social se encuentre la prestación de servicios de consultoría. Este certificado debe haber sido expedido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de Cierre del Concurso de Méritos. La demostración anexar fotocopia de la duración cedula, tarjeta profesional, certificado de las personas jurídicas extranjeras debe realizarse con cualquier medio probatorio legalmente válido en Colombia, incluyendo estatutos, certificados de existencia vigencia y representación legal, certificaciones de la autoridad competente, documentos de incorporación ó certificados expedidos por el Cónsul de la República de Colombia con jurisdicción en el país de su domicilio social, entre otros. Si el representante legal o apoderado no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la Propuesta, suscribir y ejecutar el Contrato de Interventoría en representación del Proponente o Miembro del Proponente Plural, deberá adjuntar copia del acta, o extracto de la misma (o documento soporte) donde se le otorguen tales atribuciones, autenticada por quien actuó como secretario de la reunión de la junta de socios o asamblea de accionistas. En el caso de Proponentes Plurales, el representante legal pasado judicial de cada una uno de las los integrantes si fueren personas jurídicas que lo conformen, deberá contar con la autorización por el valor total de la Propuesta y del respectivo Contrato de Interventoría (y no sólo por el monto de su participación), teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del Contrato de Interventoría, de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 1º y 2º y el Parágrafo 3º del artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y en los artículos 1.568, 1.569 y 1.571 del Código Civil. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, se acreditará este requisito legal con la presentación del poder en la forma establecida por los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil y 480 del Código de Comercio.naturales

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta