CAUSALES DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. “EL AYUNTAMIENTO” podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de “EL CONTRATISTA”,por cualquiera de las “2016, Año del Nuevo Sistema de Justicia Penal” causas que a continuación se enumeran. I. Si “EL CONTRATISTA”, por causas imputables a él, no inicia los trabajos objeto del contrato en la fecha convenida sin causa justificada. II. Si interrumpe injustificadamente la ejecución de los trabajos o se niega a reparar o reponer alguna parte de ellos, que hubiere sido detectada como defectuosa por la “EL AYUNTAMIENTO”. III. Si no ejecuta los trabajos de conformidad con lo estipulado en el presente contrato o sin motivo justificado no acata las órdenes dadas por el residente de obra o por el supervisor; IV. Si no da cumplimiento a los programas de ejecución por falta de materiales, trabajadores o equipo de construcción y, que a juicio de “EL AYUNTAMIENTO“, el atraso pueda dificultar la terminación satisfactoria de los trabajos en el plazo estipulado. V. Si es declarado en concurso mercantil en los términos de la Ley de Concursos Mercantiles; VI. Si subcontrata partes de los trabajos objeto del contrato, sin contar con la autorización por escrito de “EL AYUNTAMIENTO “. VII. Si cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la autorización por escrito de “EL AYUNTAMIENTO “. VIII. Si “EL CONTRATISTA” no da a “ EL AYUNTAMIENTO “ y a las dependencias que tengan facultad de intervenir, las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de los materiales y trabajos; IX. Si el contratista cambia su nacionalidad por otra, en el caso de que haya sido establecido como requisito, tener una determinada nacionalidad; X. Si siendo extranjero, invoca la protección de su gobierno en relación con el contrato, y XI. En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato, las leyes, tratados y demás aplicables En caso de incumplimiento o violación por parte de “EL CONTRATISTA”, de cualquiera de las obligaciones consignadas a su cargo en este contrato, “EL AYUNTAMIENTO” podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo aplicando en su caso las penas convenidas, o bien declarar administrativamente la rescisión del contrato. Cuando exista rescisión de contrato, el saldo de anticipo por amortizar se reintegrara a “EL AYUNTAMIENTO” en un plazo no mayor a los diez (10) días naturales contados a partir de la fecha en que le sea comunicado a “EL CONTRATISTA” la determinación de dar por rescindido el contrato y que en su caso, se hayan agotado por “EL CONTRATISTA” las instancias de inconformidad al acto señalado. En caso de que “EL CONTRATISTA” no reintegre el saldo por amortizar de los anticipos otorgados en el plazo señalado cubrirá los cargos que resulten conforme a lo indicado en el artículo 58 de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Tabasco. “2016, Año del Nuevo Sistema de Justicia Penal”
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Samples: Licitación Pública Estatal
CAUSALES DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. “EL AYUNTAMIENTO” "EJECUTIVO ESTATAL" podrá rescindir administrativamente el presente contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de “EL CONTRATISTA”,por cualquiera "PRESTADOR DE SERVICIOS" sin necesidad de las “2016que medie declaración judicial, Año del Nuevo Sistema de Justicia Penal” causas que a continuación se enumeran.en los siguientes casos:
I. 1. Si “EL CONTRATISTA”, por causas imputables a élEL"PRESTADOR DE SERVICIOS", no inicia los trabajos objeto del contrato el servicio acordado en la fecha convenida sin causa justificadaestipulada en este contrato o su Anexo 1.
II2. Si interrumpe EL "PRESTADOR DE SERVICIOS", suspende injustificadamente la ejecución de los trabajos o se niega a reparar o reponer alguna parte de ellos, que hubiere sido detectada como defectuosa por la “EL AYUNTAMIENTO”el servicio contratado.
III3. Si EL "PRESTADOR DE SERVICIOS", no ejecuta los trabajos de conformidad con lo estipulado presta el servicio materia del presente contrato, en las especificaciones y condiciones establecidas en el presente contrato y Anexo 1, o sin motivo justificado si EL "PRESTADOR DE SERVICIOS" no acata las órdenes dadas por el residente los acuerdos suscritos entre ambas partes de obra o por el supervisor;manera injustificada.
IV4. Si no da EL "PRESTADOR DE SERVICIOS", se declara en q eb o suspensión de pagos o si efectúa cesión de bienes en forma tal que afecte el cumplimiento a los programas de ejecución por falta de materiales, trabajadores o equipo de construcción y, que a juicio de “EL AYUNTAMIENTO“, el atraso pueda dificultar la terminación satisfactoria de los trabajos en el plazo estipuladoeste contrato.
V. Si es declarado en concurso mercantil en los términos de la Ley de Concursos Mercantiles;
VI5. Si EL "PRESTADOR DE SERVICIOS", subcontrata partes de o ce total o parcialmente el presente contrato o los trabajos objeto derechos derivados del contratomismo a un tercero, sin contar con la autorización por escrito de “el aviso previo EL AYUNTAMIENTO “11 JECUT1VOESTATAL".
VII6. Si cede los derechos de cobro derivados del contratoEL "PRESTADOR DE SERVICIOS", sin contar con la autorización por escrito de “EL AYUNTAMIENTO “.
VIII. Si “EL CONTRATISTA” no da a “ EL AYUNTAMIENTO “ y concede aL" CUTlVO ESTATAL" o a las dependencias que tengan facultad facu de intervenir, las facilidades y o datos necesarios para la inspección, vigilancia ección y supervisión validación del servicio materia del presente contrat I Dirección de los materiales y trabajos;Adquisiciones de Oficialía Mayor de Gobierno 12 e febrero de 2018 Contrato Administrativo de Pre
IX7. Si EL"PRESTADORDE SERVICIOS"incurre en responsabilidad patrimonial en la prestación de ELSERVICIO,en términos del articulo SOde la Leyde ResponsabilidadPatrimonial para el contratista cambia su nacionalidad por otraEstadoy Municipios de BajaCalifornia.
8. Las demás causas análogas, en el caso de que haya sido establecido como requisito, tener una determinada nacionalidad;
X. Si siendo extranjero, invoca la protección de su gobierno en relación con el contrato, y
XI. En general, por el resulten del incumplimiento de EL "PRESTADORDE SERVICIOS"a cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato, las leyes, tratados y demás aplicables consignadasa su cargo en el presente Contrato. En caso de incumplimiento o violación por parte de “EL CONTRATISTA”, de "PRESTADOR DE SERVICIOS" a cualquiera de las obligaciones consignadas a su cargo en este contrato, “EL AYUNTAMIENTO” "EJECUTIVO ESTATAL", podrá optar entre exigir el cumplimiento o la rescisión administrativa del mismo mismo, aplicando en su caso ambos casos las penas convenidas, o bien declarar administrativamente penalizaciones que correspondan. Cuando EL "EJECUTIVO ESTATAL" opte por la rescisión del contrato. Cuando exista rescisión de contrato, el saldo de anticipo por amortizar se reintegrara a “EL AYUNTAMIENTO” en un plazo no mayor a los diez (10) días naturales contados a partir de la fecha en que le sea comunicado a “EL CONTRATISTA” la determinación de dar por rescindido el contrato y que en su casoadministrativa, se hayan agotado seguirá el procedimiento establecido por “EL CONTRATISTA” las instancias de inconformidad al acto señalado. En caso de que “EL CONTRATISTA” no reintegre el saldo por amortizar de los anticipos otorgados en el plazo señalado cubrirá los cargos que resulten conforme a lo indicado en el artículo 58 66 del Reglamento de la Ley de Obras Publicas Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios Relacionados con las Mismas del para el Estado de Tabasco. “2016, Año del Nuevo Sistema de Justicia Penal”Baja California.
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CAUSALES DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. “EL AYUNTAMIENTO” La ASEA podrá en cualquier mom�nto rescindir administrativamente el contrato en caso de cualquier incumplimiento de a las obligaciones a cargo del proveedor sin necesidad de “EL CONTRATISTA”,por cualquiera de las “2016, Año del Nuevo Sistema de Justicia Penal” causas que acudir a continuación se enumeran.
I. Si “EL CONTRATISTA”, por causas imputables a él, no inicia los trabajos objeto del contrato tribunales competentes en la fecha convenida sin causa justificada.
IImateria. Si interrumpe injustificadamente previamente a la ejecución determinación de dar por rescindido el contrato se prestarán los trabajos o servicios, el procedimiento iniciado quedara sin Página 12 de 14 SESECIMARNZf."T,.\RIA DE MEDIOAMJ\lAtNTfTj Y l\[CUIZSOS N,HUlv\LfS .o efecto, previa aceptación y verificación de La ASEA de que continúa vigente la necesidad de la prestación del servicio, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes; por lo que de manera enunciativa.. mas no limitativa, se niega a reparar o reponer alguna parte de ellos, que hubiere sido detectada como defectuosa entenderá por la “EL AYUNTAMIENTO”.incumplimiento lo siguiente:
III1. Si no ejecuta los trabajos de conformidad con lo estipulado presenta en el presente contrato o sin motivo justificado no acata las órdenes dadas por el residente tiempo establecido la póliza de obra o por el supervisor;responsabilidad Civil correspondiente.
IV2. Si no da cumplimiento a los programas de ejecución por falta de materialesincumple en forma, trabajadores o equipo de construcción y, que a juicio de “EL AYUNTAMIENTO“, el atraso pueda dificultar la terminación satisfactoria de los trabajos plazo y términos sus obligaciones en lo relativo al servicio pactado en el plazo estipuladocontrato.
V. Si es declarado en concurso mercantil en los términos de la Ley de Concursos Mercantiles;
VI3. Si subcontrata partes de los trabajos objeto transfiere en todo o en parte las obligaciones que deriven del contrato, sin contar con contrato a un tercero ajeno a la autorización por escrito de “EL AYUNTAMIENTO “relación contractual.
VII4. Si cede los derechos de xxxxxxxx.xx cobro derivados del contrato, sin contar con la autorización conformidad previa por escrito de “EL AYUNTAMIENTO “Xx ASEA.
VIII5. Cuando la suma de la penas convencionales y/o deducciones alcanc::en el 10% (diez por ciento) do! monto del contrato que:: se formalice procedente de la adjudicación.
6. Si “EL CONTRATISTA” no da a “ EL AYUNTAMIENTO “ y a las dependencias que tengan facultad de intervenirincurre en negligencia respecto al.servicio pactado en el contrato adjudicado, las facilidades y datos necesarios sin justificación para La ASEA.
7. Cuando suspenda injustificadamente la inspección, vigilancia y supervisión prestación de los materiales y trabajos;servicios contratados, o no les otorgue la debida atención conforme las instrucciones de La ASEA.
IX8. Si es declarado en concurso mercantil por autoridad competente o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio.
9. Si La ASEA o cualquier otra autoridad detecta que el contratista cambia su nacionalidad por otraproveedor proporcionó información o documentación falsa, en el caso procedimiento de que haya sido establecido como requisito, tener una determinada nacionalidad;
X. Si siendo extranjero, invoca adjudicación del contrato o en la protección de su gobierno en relación con el contrato, y
XI. En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas ejecución del contrato, las leyes, tratados y demás aplicables En caso de incumplimiento o violación por parte de “EL CONTRATISTA”, de cualquiera de las obligaciones consignadas a su cargo en este contrato, “EL AYUNTAMIENTO” podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo aplicando en su caso las penas convenidas, o bien declarar administrativamente la rescisión del contrato. Cuando exista rescisión de contrato, el saldo de anticipo por amortizar se reintegrara a “EL AYUNTAMIENTO” en un plazo no mayor a los diez (10) días naturales contados a partir de la fecha en que le sea comunicado a “EL CONTRATISTA” la determinación de dar por rescindido el contrato y que en su caso, se hayan agotado por “EL CONTRATISTA” las instancias de inconformidad al acto señalado. En caso de que “EL CONTRATISTA” no reintegre el saldo por amortizar de los anticipos otorgados en el plazo señalado cubrirá los cargos que resulten conforme a lo indicado en el artículo 58 de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Tabasco. “2016, Año del Nuevo Sistema de Justicia Penal”mismo.
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Samples: Service Contract
CAUSALES DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. “EL AYUNTAMIENTOINSTITUTO” podrá rescindir administrativamente el contrato presente Contrato de Subarriendo, sin responsabilidad alguna para éste, por las causas siguientes: Por causar daños y perjuicios que sean imputables a ”EL SUBARRENDATARIO” con motivo del establecimiento del giro comercial señalado en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de la Cláusula Primera del presente instrumento jurídico. Xxxxx “EL CONTRATISTA”,por cualquiera SUBARRENDATARIO de las cumplir con la finalidad por la cual fue otorgado el contrato. Dar a la superficie institucional por parte “2016DEL SUBARRENDATARIO”, Año del Nuevo Sistema un uso distinto al autorizado en este instrumento. Dejar de Justicia Penal” causas que a continuación se enumeran.
I. Si cumplir “EL CONTRATISTASUBARRENDATARIO” con las condiciones a que se sujeta el otorgamiento del presente contrato. Incumplir “EL SUBARRENDATARIO” las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que regulen las actividades a las que destina la superficie subarrendada, o dejar de cumplir las normas de seguridad que rigen en “EL INSTITUTO” o cualquier otra disposición aplicable en la materia. Demorar “EL SUBARRENDATARIO”, por causas imputables más de 30 días naturales, el pago correspondiente a él, no inicia los trabajos objeto del contrato en las rentas por el uso de la fecha convenida sin causa justificada.
II. Si interrumpe injustificadamente la ejecución de los trabajos o se niega a reparar o reponer alguna parte de ellos, que hubiere sido detectada como defectuosa por la “EL AYUNTAMIENTO”.
III. Si no ejecuta los trabajos de conformidad con lo estipulado superficie inmobiliaria fijada en el presente contrato contrato, o sin motivo justificado bien no acata las órdenes dadas por cubrir el residente importe de obra o por el supervisor;
IV. Si no da cumplimiento la pena convencional dentro de los 10 días siguientes a los programas de ejecución por falta de materiales, trabajadores o equipo de construcción y, que a juicio de “EL AYUNTAMIENTOINSTITUTO ” le notifique la misma. Ceder, otorgar en comodato, arrendar, gravar o subarrendar “EL SUBARRENDATARIO” los derechos de uso del presente contrato a un tercero, el atraso pueda dificultar Realizar “EL SUBARRENDATARIO” adecuaciones u obras en la terminación satisfactoria de los trabajos en el plazo estipulado.
V. Si es declarado en concurso mercantil en los términos de la Ley de Concursos Mercantiles;
VI. Si subcontrata partes de los trabajos objeto del contratosuperficie subarrendada, sin contar con obtener la autorización previa y por escrito de “EL AYUNTAMIENTO INSTITUTO” y de su “.
VIIArrendador”. Si cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la autorización por escrito Incumplimiento de “EL AYUNTAMIENTO “.
VIII. Si “EL CONTRATISTASUBARRENDATARIO” no da a “ EL AYUNTAMIENTO “ y a las dependencias que tengan facultad de intervenir, las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de los materiales y trabajos;
IX. Si el contratista cambia su nacionalidad por otra, en el caso de que haya sido establecido como requisito, tener una determinada nacionalidad;
X. Si siendo extranjero, invoca la protección de su gobierno en relación con el contrato, y
XI. En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del condiciones establecidas en el presente contrato, así como cualquier disposición prevista en las leyesLeyes y reglamentos que regulen el otorgamiento del Contrato de Subarriendo. Por declaración judicial de suspensión de pagos, tratados y demás aplicables En caso de incumplimiento o violación por parte concurso mercantil, huelga u otra causa análoga de “EL CONTRATISTASUBARRENDATARIO”, de cualquiera de las obligaciones consignadas a su cargo en este contrato, . Cuando “EL AYUNTAMIENTOSUBARRENDATARIO” podrá optar entre exigir no obtenga y/o no mantenga las licencias, permisos o autorizaciones que se requieran para el cumplimiento del mismo aplicando en su caso las penas convenidas, o bien declarar administrativamente la rescisión del contrato. Cuando exista rescisión de contrato, el saldo de anticipo por amortizar se reintegrara a “EL AYUNTAMIENTO” en un plazo no mayor a los diez (10) días naturales contados a partir desarrollo de la fecha en actividad económica que le sea comunicado a “EL CONTRATISTA” la determinación de dar por rescindido el contrato y que en su caso, se hayan agotado por “EL CONTRATISTA” las instancias de inconformidad al acto señalado. En caso de que “EL CONTRATISTA” no reintegre el saldo por amortizar de los anticipos otorgados en el plazo señalado cubrirá los cargos que resulten conforme a lo indicado en el artículo 58 de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Tabasco. “2016, Año del Nuevo Sistema de Justicia Penal”desempeña.
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Samples: Procedimiento De Uso De Espacios Para La Venta De Productos Complementarios
CAUSALES DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. “EL AYUNTAMIENTO” podrá rescindir administrativamente Son causales de rescisión del Contrato de Adjudicación:
a) La no prestación y/o la deficiente y/o irregular prestación de los servicios de gestión y cobro extrajudicial de las deudas generadas por el contrato en caso impuesto provincial de Patente Única sobre Vehículos.
b) No rendir cuentas mensualmente a la Secretaría de Economía, Inversión Pública y Cooperativismo de la Municipalidad de Sunchales acerca de la prestación de los servicios objeto del presente trámite licitatorio.
c) El abandono injustificado de la prestación de los servicios.
d) La cesión o transferencia del Contrato de adjudicación, como asimismo su tercerización sin la expresa conformidad del Municipio.-
e) Violaciones a las leyes nacionales, provinciales y/o reglamentos u orde- nanzas municipales.
f) El incumplimiento de las obligaciones a cargo de “EL CONTRATISTA”,por cualquiera de las “2016, Año del Nuevo Sistema de Justicia Penal” causas condiciones particulares que a continuación se enumeranrijan la contrata- ción.
I. Si “EL CONTRATISTA”g) La muerte o incapacidad del adjudicatario, por causas imputables a élcon la excepción de que sus causahabientes, no inicia los trabajos objeto del contrato mediante requerimiento fehaciente ante esta Municipali- dad, la que debe prestar su aprobación, manifiestan su voluntad xx xxxxx- nuar con el mismo en la fecha convenida sin causa justificada.
II. Si interrumpe injustificadamente la ejecución iguales condiciones y que dentro de los trabajos o se niega a reparar o reponer alguna parte treinta (30) días hábiles acrediten el cumplimiento de ellos, que hubiere sido detectada como defectuosa por la “EL AYUNTAMIENTO”.
III. Si no ejecuta los trabajos de conformidad con todo lo estipulado dispuesto en el presente contrato o sin motivo justificado no acata las órdenes dadas por el residente de obra o por el supervisor;
IV. Si no da cumplimiento a los programas de ejecución por falta de materiales, trabajadores o equipo de construcción y, que a juicio de “EL AYUNTAMIENTO“, el atraso pueda dificultar la terminación satisfactoria de los trabajos Pliego y en el plazo estipuladode Condiciones Particulares que forman parte del mismo.
V. Si es declarado en concurso mercantil en los términos de la Ley de Concursos Mercantiles;
VI. Si subcontrata partes de los trabajos objeto del contrato, sin contar con la autorización por escrito de “EL AYUNTAMIENTO “.
VII. Si cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la autorización por escrito de “EL AYUNTAMIENTO “.
VIII. Si “EL CONTRATISTA” no da a “ EL AYUNTAMIENTO “ y a las dependencias que tengan facultad de intervenir, las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de los materiales y trabajos;
IX. Si el contratista cambia su nacionalidad por otra, en el caso de que haya sido establecido como requisito, tener una determinada nacionalidad;
X. Si siendo extranjero, invoca la protección de su gobierno en relación con el contrato, y
XI. En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato, las leyes, tratados y demás aplicables h) En caso de incumplimiento insolvencia patrimonial, presentación en concurso preventivo o violación quiebra del adjudicatario.
i) En caso que la Adjudicataria iniciare cualquier acción y/o reclamo de na- turaleza administrativa o judicial contra la Administración Municipal. Bajo ningún aspecto la Administración Municipal será responsable por parte los da- ños y perjuicios que se ocasionen a terceras personas por las actividades del adjudicatario en la implementación de “EL CONTRATISTA”los servicios objeto de la presente Lici- tación y hasta, de cualquiera inclusive, su terminación final. Presentada alguna de las obligaciones consignadas a su cargo causales de rescisión la Municipalidad resolverá en este contrato, “EL AYUNTAMIENTO” podrá optar entre exigir el cumplimiento definitiva en resguardo del mismo aplicando en su caso las penas convenidas, o bien declarar administrativamente la rescisión interés público y económico del contrato. Cuando exista rescisión de contrato, el saldo de anticipo por amortizar se reintegrara a “EL AYUNTAMIENTO” en un plazo no mayor a los diez (10) días naturales contados a partir de la fecha en que le sea comunicado a “EL CONTRATISTA” la determinación de dar por rescindido el contrato y que en su caso, se hayan agotado por “EL CONTRATISTA” las instancias de inconformidad al acto señalado. En caso de que “EL CONTRATISTA” no reintegre el saldo por amortizar de los anticipos otorgados en el plazo señalado cubrirá los cargos que resulten conforme a lo indicado en el artículo 58 de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Tabasco. “2016, Año del Nuevo Sistema de Justicia Penal”Municipio.
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Samples: Licitación Pública
CAUSALES DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. EL “EL AYUNTAMIENTOEJECUTIVO ESTATAL” podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de rescindir
1. Si EL “EL CONTRATISTA”,por cualquiera de las “2016, Año del Nuevo Sistema de Justicia Penal” causas que a continuación se enumeran.
I. Si “EL CONTRATISTAPROVEEDOR”, por causas imputables a él, no inicia los trabajos objeto del contrato EL SUMINISTRO acordados en la fecha convenida sin causa justificadaestipulada en este contrato o su Anexo 1
2. Si EL “PROVEEDOR”, suspende injustificadamente EL SUMINISTRO contratados.
II3. Si interrumpe injustificadamente la ejecución de los trabajos o se niega a reparar o reponer alguna parte de ellosEL “PROVEEDOR”, que hubiere sido detectada como defectuosa por la “no entrega EL AYUNTAMIENTO”.
III. Si no ejecuta los trabajos de conformidad con lo estipulado SUMINISTRO materia del presente contrato, en las especificaciones y condiciones establecidas en el presente contrato y Anexo 1, o sin motivo justificado si EL “PROVEEDOR” no acata las órdenes dadas por el residente los acuerdos suscritos entre ambas partes de obra o por el supervisor;manera injustificada.
IV4. Si no da EL “PROVEEDOR”, se declara en quiebra o suspensión de pagos o si efectúa cesión de bienes en forma tal que afecte el cumplimiento a los programas de ejecución por falta de materiales, trabajadores o equipo de construcción y, que a juicio de “EL AYUNTAMIENTO“, el atraso pueda dificultar la terminación satisfactoria de los trabajos en el plazo estipuladoeste contrato.
V. Si es declarado en concurso mercantil en los términos de la Ley de Concursos Mercantiles;
VI5. Si EL “PROVEEDOR”, subcontrata partes de o cede total o parcialmente el presente contrato o los trabajos objeto derechos derivados del contratomismo a un tercero, sin contar con la autorización por escrito de el aviso previo a EL “EL AYUNTAMIENTO “EJECUTIVO ESTATAL”.
VII6. Si cede los derechos de cobro derivados del contratoEL “PROVEEDOR”, sin contar con la autorización por escrito de no concede a EL “EL AYUNTAMIENTO “.
VIII. Si “EL CONTRATISTAEJECUTIVO ESTATAL” no da a “ EL AYUNTAMIENTO “ y o a las dependencias que tengan facultad de intervenir, las facilidades y o datos necesarios para la inspección, vigilancia inspección y supervisión de los materiales y trabajos;validación del suministro materia del presente contrato.
IX7. Si el contratista cambia su nacionalidad por otraEL “PROVEEDOR” incurre en responsabilidad patrimonial en la entrega del EL SUMINSTRO, en términos del artículo 50 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el caso Estado y Municipios de Baja California.
8. Las demás causas análogas, que haya sido establecido como requisito, tener una determinada nacionalidad;
X. Si siendo extranjero, invoca la protección de su gobierno en relación con el contrato, y
XI. En general, por el resulten del incumplimiento de EL “PROVEEDOR” a cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato, las leyes, tratados y demás aplicables consignadas a su cargo en el presente Contrato. En caso de incumplimiento o violación por parte de EL “EL CONTRATISTA”, de PROVEEDOR” a cualquiera de las obligaciones consignadas a su cargo en este contrato, EL “EL AYUNTAMIENTO” EJECUTIVO ESTATAL”, podrá optar entre exigir el cumplimiento o la rescisión administrativa del mismo mismo, aplicando en su caso ambos casos las penas convenidas, o bien declarar administrativamente penalizaciones que correspondan. Cuando EL “EJECUTIVO ESTATAL” opte por la rescisión del contrato. Cuando exista rescisión de contrato, el saldo de anticipo por amortizar se reintegrara a “EL AYUNTAMIENTO” en un plazo no mayor a los diez (10) días naturales contados a partir de la fecha en que le sea comunicado a “EL CONTRATISTA” la determinación de dar por rescindido el contrato y que en su casoadministrativa, se hayan agotado seguirá el procedimiento establecido por “EL CONTRATISTA” las instancias de inconformidad al acto señalado. En caso de que “EL CONTRATISTA” no reintegre el saldo por amortizar de los anticipos otorgados en el plazo señalado cubrirá los cargos que resulten conforme a lo indicado en el artículo 58 66 del Reglamento de la Ley de Obras Publicas Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios Relacionados con las Mismas del para el Estado de Tabasco. “2016, Año del Nuevo Sistema de Justicia Penal”Baja California.
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Samples: Contrato Administrativo De Suministro De Póliza De Seguro