Common use of Certificación Clause in Contracts

Certificación. El Contratista deberá presentar dentro de los CINCO (5) días de finalizada la medición de los trabajos, el certificado de obra, y de desacopio, en caso que corresponda, junto con la factura correspondiente, la que se ajustará a la legislación vigente y a lo estipulado en el contrato, con fecha coincidente a la consignada en el certificado. Cada certificado debe comprender la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha del certificado y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado del mes anterior. Del monto total del certificado se descontará el porcentaje correspondiente al anticipo financiero otorgado. Si el Contratista no presentara en tiempo oportuno los certificados, la Inspección podrá emitirlos de oficio de acuerdo con la medición realizada. Los certificados deberán sen aprobados dentro del plazo xx XXXX (10) días contados desde su presentación. Si dentro de este plazo el certificado fuese observado, el plazo para el pago comenzará en el momento en que el Contratista lo presente con las correcciones del caso. Si el certificado fuera observado por la Inspección lo devolverá al contratista para que realice las modificaciones indicadas. Si el contratista no estuviera de acuerdo con las modificaciones propuestas por la Inspección, ésta podrá certificar de oficio. En ese caso el contratista podrá reclamar dentro del plazo perentorio de DOS (2) días de la emisión del certificado. Vencido dicho plazo sin que se presente reclamo alguno, se producirá la caducidad del derecho a reclamar respecto del monto certificado.

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Certificación. El Contratista deberá presentar dentro Conforme el acta de medición antes mencionada, se confeccionará el certificado parcial mensual en el que se liquidarán los trabajos ejecutados por cada uno de los CINCO (5) días subcontratistas de finalizada la medición acuerdo al precio contractual acordado con cada uno de los trabajosellos. Los certificados mensuales parciales deben ser acumulativos, el certificado de obraes decir, y de desacopio, en caso que corresponda, junto con la factura correspondiente, la que se ajustará a la legislación vigente y a lo estipulado en el contrato, con fecha coincidente a la consignada en el certificado. Cada certificado debe comprender la totalidad de comprenderán todos los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la presente fecha del certificado y de certificación, obteniéndose su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado del mes anterior. Del Estos certificados serán a cuenta del monto total del contrato. El certificado se descontará parcial mensual deberá contener el período de los trabajos ejecutados, las cantidades contractuales, los precios unitarios y los importes parciales por rubro, el porcentaje correspondiente al anticipo financiero otorgado. Si anterior, presente y acumulado, el Contratista no presentara en tiempo oportuno los certificadosimporte anterior, presente y acumulado, el total acumulado hasta la fecha, el importe certificado hasta el certificado anterior, el importe del presente certificado, la Inspección podrá emitirlos deducción del fondo de oficio reparos, el porcentual por anticipo y por certificación final, el total neto deducido, el desacopio si lo hubiere, el importe neto desacopiado, el IVA y el importe a percibir por el subcontratista en números y en letras. Los formularios para confeccionar los certificados serán preimpresos, numerados correlativamente según las normas de acuerdo con la medición realizadaAFIP y se harán por triplicado. Los certificados deberán sen aprobados dentro del plazo xx XXXX (10) días contados desde su presentación. Si dentro de este plazo el certificado fuese observado, el plazo constituirán en todos los casos documentos provisionales para el pago comenzará en el momento en a cuenta a cada uno de los subcontratistas, sujetos a posteriores rectificaciones hasta que el Contratista lo presente con las correcciones del caso. Si el certificado fuera observado se produzca la medición y liquidación final y sea aprobada por la Inspección lo devolverá dirección de obra, que los elevará al contratista comitente para que realice las modificaciones indicadassu aprobación y facturación respectiva. Si De idéntica forma se procederá para el contratista no estuviera pago de acuerdo con las modificaciones propuestas por la Inspecciónlos honorarios del contratista, ésta podrá certificar de oficio. En ese caso según el contratista podrá reclamar dentro del plazo perentorio de DOS (2) días de la emisión del certificado. Vencido dicho plazo sin que se presente reclamo alguno, se producirá la caducidad del derecho a reclamar respecto del monto certificadocontrato respectivo.

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Samples: Pliego De Condiciones Generales

Certificación. El Contratista deberá presentar dentro de los CINCO (5) días de finalizada Conformada la medición por la Inspección de los trabajosObra y el Contratista, éste preparará de acuerdo a sus resultados, el certificado mensual de obraavance de Obra, y según formulario aprobado por la Inspección de desacopioObra, en caso que corresponda, junto con la factura correspondiente, la el que se ajustará a la legislación vigente liquidarán los Trabajos de acuerdo al Cómputo y a lo estipulado en el contratoPresupuestos aprobados. El certificado mensual de avance de obra deberá ser acumulativo, con fecha coincidente a la consignada en el certificado. Cada certificado debe comprender es decir, comprenderá la totalidad de los trabajos Trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha del certificado de la última medición y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado del mes anterior. Del monto total Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el certificado se descontará deberá confeccionar con el porcentaje correspondiente al anticipo financiero otorgado. Si el Contratista no presentara en tiempo oportuno los certificadoscriterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiera, la Inspección podrá emitirlos rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de oficio de acuerdo con la medición realizadalas diferencias sobre las que no hubiera acuerdo. Los certificados deberán sen aprobados dentro del plazo xx XXXX (10) días contados desde su presentación. Si dentro de este plazo el certificado fuese observadoconstituirán en todos los casos, el plazo documentos provisionales para el pago comenzará en el momento en a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la medición y liquidación final y ésta sea aprobada por la Dirección General de Tránsito y Transporte. El Contratista deberá presentar dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente al que el Contratista lo presente con las correcciones del caso. Si correspondan los trabajos, el certificado fuera observado por la Inspección lo devolverá al contratista él confeccionado para que realice las modificaciones indicadas. Si el contratista no estuviera de acuerdo con las modificaciones propuestas su conformidad y posterior pago por la Inspección, ésta podrá certificar de oficio. En ese caso el contratista podrá reclamar dentro parte del plazo perentorio de DOS (2) días Gobierno de la emisión del certificado. Vencido dicho plazo Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo apercibimiento de certificársele de oficio sin recurso alguno la cantidad que se presente reclamo algunoconsidere conveniente, se producirá la caducidad del derecho a reclamar respecto deduciéndose en concepto de multa y resarcimiento por costo administrativo, un cinco por ciento (5%) del monto certificado.bruto que se certifique. PLIEG-2018-02863879- -DGTYTRA 35

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares