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Desempeño Cláusulas de Ejemplo

Desempeño. 4.1 A la finalización de los trabajos descritos, el Auditor deberá entregar sus informes al Contratante. 4.2 El Contratante tendrá un plazo de quince (15) días desde la fecha de recepción de los informes, de conformidad a la Propuesta que se anexa, para hacerle al Auditor cualquier comentario y requerirle cualquier aclaración, revisión o modificación a los mismos, con la finalidad de asegurar la calidad de los productos y el cumplimiento de los términos de este Contrato. El Auditor tendrá un plazo xx xxxx (10) días desde la fecha de la notificación del Contratante, para entregar dichas aclaraciones, efectuar tales revisiones o modificaciones sin costo adicional alguno para el Contratante, salvo, previa aprobación del mismo, de los gastos de viaje, alojamiento y comunicación a que hubiere lugar. Una vez entregadas y aceptadas dichas aclaraciones, revisiones o modificaciones, el trabajo se dará por cumplido. 4.3 Si en cualquier momento durante la vigencia de este Contrato el Contratante considerara que el desempeño del Auditor es insatisfactorio, el Contratante notificará e indicará por escrito al Auditor de la naturaleza del problema y el Auditor tendrá un plazo de quince (15) días hábiles desde la fecha de esa notificación para tomar las medidas correctivas que correspondan a fin de cumplir con los términos de este Contrato en lo que se refiere al desempeño.
Desempeño. (a) El CONTRATISTA participará en las revisiones del desempeño de los negocios para discutir el desempeño de las normas de HSSE, la condición financiera del CONTRATISTA y otros factores clave de desempeño (FCD´s). (b) La frecuencia de las revisiones del desempeño del negocio serán establecidas en la descripción del ALCANCE o alternativamente por un representante de la COMPAÑÍA.
Desempeño. El Adquirente realizará todos los servicios de conformidad con este Contrato. El Adquirente no otorga garantía expresa o implícita en relación con los Servicios Adquirentes y nada previsto en este Contrato deberá interpretarse como garantía. El Afiliado renuncia a cualquier reclamo por vicios ocultos en cualquiera de los bienes o servicios prestados por el Adquirente hasta el máximo permitido por la ley. Ninguna de las partes será responsable con las otras por cualquier falla o retraso en su actuación conforme a este Contrato si dicha falla o retraso deriva de causas de fuerza mayor y sin culpa o negligencia de dicha parte. El Adquirente no será responsable por los actos u omisiones de terceros
DesempeñoLa Compañía estará obligada a suministrar sólo el equipo descrito en la propuesta y con las características descritas en fichas técnicas de los equipos (si tales datos se emiten en conexión con la orden de compra). La Compañía entenderá que la aceptación de la propuesta y de los datos presentados en las fichas técnicas, implica también la aceptación de la idoneidad del Equipo para el proyecto en particular. Si La Compañía y el Cliente son incapaces de ponerse de acuerdo sobre los precios o términos revisados, la orden puede ser cancelada sin ninguna responsabilidad. A menos que se especifique en la propuesta, el cumplimiento de las normas de edificios locales u otras leyes o reglamentos relativos a las especificaciones o la ubicación, uso o funcionamiento del Equipo, es responsabilidad exclusiva del Comprador. Si el Equipo que se presentó no cumple plenamente con las disposiciones del presente Acuerdo y el Equipo es rechazado por el Comprador, La Compañía tendrá derecho a subsanar en un plazo razonable después de la notificación de la misma, mediante la sustitución por un Equipo que cumpla, aun si el plazo para la entrega haya o no transcurrido.
Desempeño. Todos los servicios prestados por el Proveedor en virtud del presente Contrato se llevarán a cabo a satisfacción del VDSS, el VDOE y el departamento local de servicios sociales y de conformidad con las leyes, ordenanzas, normas y reglamentos federales, estatales y locales aplicables. Los Proveedores no recibirán pagos por trabajos que el VDSS, el VDOE o el departamento local de servicios sociales consideren insatisfactorios o que se realicen infringiendo las leyes, ordenanzas, normas o reglamentos federales, estatales o locales.
Desempeño. (a) El CONTRATISTA participará en las revisiones del desempeño de los negocios para discutir el desempeño de las normas de HSSE, la condición financiera del CONTRATISTA y otros factores clave de desempeño (FCD´s). (b) La frecuencia de las revisiones del desempeño del negocio serán establecidas en la descripción del ALCANCE o alternativamente por un representante de la COMPAÑÍA. (c) El CONTRATISTA presentará a la COMPAÑÍA al menos dos copias idénticas de la factura del CONTRATISTA. La factura del CONTRATISTA debe incluir el número de la carta de intención, orden de compra u otros contratos, si alguno se ha emitido; el número del proveedor; número xx xxxxxxx de entrega por el cual se realizó la entrega; el código del artículo; así como toda la documentación o información proporcionada por las AUTORIDADES Argentinas. No se incluirán diferentes orden de compra u otros contratos en la misma factura, o la COMPAÑÍA puede retrasar el pago o solicitar que el CONTRATISTA vuelva a emitir facturas separadas. (d) En caso de que alguna obligación de pago de la COMPAÑÍA se hubiera estipulado en moneda extranjera, la COMPAÑÍA está expresamente autorizada a que la correspondiente facturación se abone en pesos conforme a la Ley N⁰ 23.928 del 27/03/91, al tipo de cambio de transferencia al CONTRATISTA según la cotización del Banco de la Nación Argentina del cierre del día hábil anterior a la fecha de pago. (e) La factura incluirá el monto en dólares estadounidenses por el tipo de vendedor según el Banco de la Nación de Argentina del cierre del día hábil anterior a la fecha de pago.
Desempeño. 3.1 Velocidad 164 millones de pps o Superior 3.2 Capacidad de Conmutación 176Gbps o Superior 3.3 Tamaño de tabla de enrutamiento Estática 256 (IPv4) /128 (IPv6)
Desempeño. 1. (ninguna explicación) 2. Ver los artículos 17-133 (Transbordo directo de los despachos-avión y de los despachos de superficie transportados por vía aérea (S.A.L.)) y 17-227 (Transbordo directo de las encomiendas-avión y de las encomiendas de superficie transportadas por vía aérea (S.A.L.)) del Reglamento del Convenio. Se recomienda establecer un procedimiento mediante el cual, en caso de interrupción de la cadena de transporte, el Transportista encamine el correo tan pronto como sea posible e informe al respecto al Mandante. 3. (ninguna explicación) 4. Un objetivo alcanzable típico para el transporte sería normalmente 90–98%, dependiendo de las capacidades y otros factores. El desempeño debe ser mensurable y puede estar basado en datos RFID o CAPE/QCS, en el contenido de los mensajes CARDIT/RESDIT o en el contenido de las fórmulas CN 38 devueltas que indiquen la fecha/hora de entrega. Los resultados en materia de lectura pueden utilizarse como indicador de desempeño. Puede evaluarse como la cantidad de envases escaneados en comparación con la cantidad total de envases transportados durante un período determinado. Los plazos de respuesta pueden utilizarse como otro indicador (cantidad de solicitudes que fueron respondidas en el plazo máximo de respuesta acordado). El Transportista y el Mandante se reunirán periódicamente para examinar el desempeño y acordar la implementación de acciones de mejoramiento, en caso de que sea necesario. Ver los artículos 17-113.3 y 17-113.4.4 del Reglamento del Convenio con respecto al plazo de entrega. 5. El plan de acción para remediar las insuficiencias en materia de desempeño podría incluir la siguiente información: descripción detallada, objetivo, plazo límite y parte responsable. Es necesario tener en cuenta que el mejoramiento de la calidad constituye un proyecto común que es esencial para los operadores designados y los transportistas. Es, por lo tanto, responsabilidad de ambas partes asegurar el logro del mejor desempeño posible. 6. Se recomienda que las partes acuerden planes de contingencia para prepararse ante cualquier circunstancia o acontecimiento imprevisto. Un plan de contingencia debería describir qué hace cada parte cuando algo sucede, así como las medidas a adoptar cuando la situación vuelve a la normalidad.
Desempeño. 5.1 El Contratante tendrá un plazo de cinco (5) días desde la fecha de recepción de los informes, para hacerle al Consultor cualquier comentario y requerirle cualquier aclaración, revisión o modificación a los mismos, con la finalidad de asegurar la calidad de los productos y el cumplimiento de los términos de este Contrato. El Consultor tendrá un plazo de cinco (5) días desde la fecha de la notificación del Contratante, para entregar dichas aclaraciones, efectuar tales revisiones o modificaciones sin costo adicional alguno para el Contratante, salvo, previa aprobación del mismo, de los gastos de viaje, alojamiento y comunicación a que hubiere lugar. Una vez entregadas y aceptadas dichas aclaraciones, revisiones o modificaciones, el trabajo se dará por cumplido. 5.2 Si en cualquier momento durante la vigencia de este Contrato el Contratante considerara que el desempeño de El Consultor o algún miembro de su equipo es insatisfactorio, el Contratante notificará e indicará por escrito al Consultor de la naturaleza del problema y El Consultor tendrá un plazo xx xxxx (10) días hábiles desde la fecha de esa notificación para tomar las medidas correctivas que correspondan a fin de cumplir con los términos de este Contrato en lo que se refiere al desempeño.
Desempeño. 8.1 El Banco se desempeñará de buena fe y con los cuidados razonables, de conformidad con los requisitos de las normas y prácticas establecidas para la industria bancaria. En relación con la provisión de Servicios bajo las Condiciones, el Banco podrá utilizar cualquier sistema de comunicación, de procesamiento o pago, o bancos intermediarios u otra entidad que seleccione en forma razonable (cada uno, un “Sistema”); estando los Servicios sujetos en todo momento a las normas y reglamentaciones de cualquier Sistema. 8.2 Ni el Cliente ni el Banco serán responsables por daños especiales o punitivos, pérdidas o daños indirectos, incidentales o consecuentes o cualquier pérdida de beneficios, reputación, u oportunidades de negocios, previsibles o contemplados, aun cuando una de las partes haya informado a la otra la posibilidad de dicha pérdida, daño o perjuicio. 8.3 Cualquier obligación del Banco relacionada con una Cuenta está (i) sujeta a los Requisitos Gubernamentales del país o territorio donde se localice el Banco y (ii) será ejecutable solamente contra el Banco, que será el único lugar de pago y no ante cualquier sucursal o afiliada del Banco. El Banco solo estará obligado a realizar pagos con respecto a una Cuenta en la moneda en la cual esa Cuenta esté denominada al momento de su pago o, de ser el caso, como requieran los Requisitos Gubernamentales (según se define más adelante). 8.4 Ni el Cliente ni el Banco se responsabilizarán por el incumplimiento de sus obligaciones con respecto a una Cuenta o Servicio (incluyendo en relación al Banco, un pedido de pago o transferencia desde una Cuenta) si dicho desempeño, resultara en un incumplimiento de su parte, de sus afiliadas o del Sistema aun Requisito Gubernamental, o si su desempeño se viera impedido, obstaculizado o demorado por un Evento de Fuerza Mayor; en tal caso sus obligaciones se suspenderán por el plazo que permanezca el Evento de Fuerza Mayor (y en el caso del Banco, ninguna otra sucursal, subsidiaria o filial será considerada responsable). El Banco ni ninguna otra sucursal, subsidiaria o filial será considerada responsable por cualquier acción realizada para cumplir con sanciones económicas o con Requisitos Gubernamentales (y en el caso del Banco ninguna sucursal, subsidiaria o filial será considerada responsable). “Evento de Fuerza Mayor” significa cualquier acontecimiento que ocurra debido a razones que estén fuera del control de la parte correspondiente, tales como restricciones a la convertib...