CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES Cláusulas de Ejemplo

CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES. Las firmas interesadas podrán asociarse con otras personas jurídicas, a través de Consorcios o Uniones Temporales, siempre y cuando cada uno de sus integrantes responda solidariamente ante el Convocante y terceros. Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal debe acreditar que cumple con todos y cada uno de los requisitos que se estipulan en los numerales 1.6.1, 1.9 y la sección 4. Igualmente, los integrantes de los Consorcios o de las Uniones Temporales deberán reunir en conjunto las experiencias mencionadas en las categorías que se presentan en los numerales 3.2.1 y 3.2.2. En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, sus integrantes deberán mantener, desde la fecha de cierre del concurso público y hasta la terminación del contrato, la misma participación porcentual con la que contaban al presentar la propuesta. En caso de requerirse alguna modificación de la participación de cualquiera de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, ésta deberá ser debidamente justificada y aprobada por CAF. Los integrantes del proponente en el caso de Consorcios y Uniones Temporales, deberán cumplir con los requisitos de existencia, representación y capacidad legal para participar en la Licitación y para suscribir el Contrato en el evento de resultar favorecidos. La duración de los Consorcios o Uniones Temporales, deberá ser, en el momento de firmar el contrato, superior a la del plazo del contrato y un año más. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se deberá presentar un documento en virtud del cual se constituye el Consorcio o Unión Temporal, en el cual se especifique lo siguiente: a) Los nombres y domicilios de los integrantes. b) La participación porcentual de cada integrante. c) La designación del representante o apoderado del Consorcio o Unión temporal. d) La responsabilidad que cada uno de los integrantes asume frente a los otros integrantes dentro de dicha asociación. e) La manifestación de que se asume, de forma solidaria entre los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, la responsabilidad por la información suministrada en la propuesta y por las obligaciones derivadas de ella y del Contrato de consultoría. f) Duración del Consorcio o Unión Temporal. g) Designación del integrante con capacidad decisoria. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, éstos deberán contar con por lo menos un integrante que cuente con al menos dos experiencias válidas en las categorías exigidas en el numeral 3.2.1 y 3.2.2. Este será denominado...
CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES. Los proponentes que participen como Consorcios o Uniones Temporales deberán acreditar lo siguiente: a) La existencia del Consorcio o de la Unión Temporal mediante un documento de constitución indicando si su participación es a título de uno de éstos. Para el caso de la Unión Temporal deberán señalar los términos y extensión de su participación en la propuesta y en la ejecución del contrato. Tal participación no podrá ser modificada sin el consentimiento previo y escrito de la Universidad Militar Nueva Granada. En el caso de no existir claridad sobre los términos y extensión de la participación de cada uno de los miembros de la Unión Temporal, se asumirá que se trata de un Consorcio. Igualmente, se deberán señalar las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y el alcance de su responsabilidad.
CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES. El Proponente plural deberá presentar el Formato 13 o Formato 14, donde conste la voluntad de conformar Consorcio o Unión Temporal, respectivamente, para presentar Propuesta, donde conste: (i) Acuerdo Consorcial o Unión Temporal, donde se evidencie la voluntad de los integrantes, indicando claramente que forma de asociación es la seleccionada por el Proponente. (ii) Identificación de los integrantes. (iii) La regulación de su participación, con los requerimientos específicos de la Ley y el pliego de condiciones. (iv) El documento deberá ser suscrito por los integrantes o los representantes de los integrantes. (v) Los porcentajes de participación de sus integrantes. (vi) Si se trata de Unión Temporal, sus miembros deberán señalar los términos y extensión (actividades) de su participación en la propuesta y en su ejecución. (vii) La duración de la forma asociativa no deberá ser inferior a la del plazo de ejecución y liquidación del Acuerdo Marco y un (1) año más. En caso de que en la documentación aportada no se puede establecer la forma asociativa utilizada por el Proponente, se entenderá que se ha asociado bajo la modalidad de consorcio.
CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES. ANEXO 2. Se deberá allegar el documento contentivo de la constitución del Consorcioo la Unión Temporal, el cual deberá cumplir lo siguiente: • Expresar si la participación es a título de Consorcio o Unión Temporal y las reglas básicas que regulen las relaciones de sus integrantes. Si se trata de Unión Temporal deberán indicarse, además, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo escrito de TEVEANDINALTOA. • Designar la persona que para todos los efectos representará al ConsorcioO Unión Temporal. • Señalar las reglas básicasque regulen las relacionesentre los miembros del Consorcioo la Unión Temporal, y su responsabilidad. • Los Consorcios o Uniones Temporales deberán cumplir y aportar, respecto de cada una de las empresas que conforman el Consorcio o Unión Temporal, los requisitos y documentos de carácter jurídico y la información financiera.
CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES. En el evento de consorcios y uniones temporales, deberá acreditarse el cumplimiento de las condiciones descritas en los documentos de la propuesta. Los Consorcios o Uniones Temporales podrán estar compuestos por personas naturales y/o jurídicas y además de cumplir con los requisitos generales de los presentes Pliegos de condiciones, estarán sujetos a lo siguiente: a) Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal. Si se trata de Xxxxxxxxx deberán indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes y las actividades a ejecutar por cada uno de ellos, y en el caso de Uniones Temporales, señalarán los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Entidad. b) Los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal deberán presentar el documento de constitución, el cual deberá expresar claramente su denominación, conformación, las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y su responsabilidad, e igualmente su deseo de participar en la presentación conjunta de la propuesta y de suscribir el contrato. A su vez, designarán a la persona que actuará como Representante del Consorcio o de la Unión Temporal. En caso de adjudicación del contrato, el documento de constitución deberá ser suscrito ante Notario con firmas autenticas de los participantes. Adicionalmente el consorcio o unión temporal deberá efectuar el trámite para la obtención del RUT como requisito previo para la suscripción del contrato. c) Los integrantes del Consorcio responderán solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y, en consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en el desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros que lo conforman. d) Los integrantes de la Unión Temporal responderán solidariamente por el cumplimiento de la propuesta y del objeto del contrato, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de sus miembros.
CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES. Si bien son figuras lícitas, que han sido concebidas para la facilitación de esfuerzos entre los individuos o las empre- sas competidoras, en ocasiones pueden resultar un instrumento idóneo para prácticas anticompetitivas, en la medida en que son un escenario ideal para el intercambio de información por parte de los integrantes de los mismos.
CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES. Para participar en Procesos de Contratación como proponente plural en el SECOP II (ya sea para manifestar interés, enviar observaciones, ofertas o firmar contratos), debe actuar exclusivamente desde su cuenta de proponente plural. Cualquier acción realizada desde la cuenta de cualquiera de los integrantes no es válida para el proponente plural y quedará a nombre del proponente singular. Para lo anterior podrá consultar la Guía rápida para la creación de proponentes plurales en el SECOP II, a través del link xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx-xx-xx-xxxxx-xx/xxxxxxxx-x-xxxxx-xx-xxx- del-secop-ii Además de los documentos requeridos para las personas jurídicas o personas naturales, los miembros del consorcio o unión temporal (según el caso), deberán aportar el documento original de constitución firmado por los integrantes, el cual deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley 80 de 1993. Este documento deberá cumplir con los siguientes requisitos:
CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES. Cuando la propuesta sea presentada en consorcio, unión temporal o cualquier otra modalidad de asociación, cada uno de los integrantes deberá presentar los documentos que correspondan a su naturaleza, sea persona natural o jurídica. Adicionalmente, deberá presentar el documento de constitución del Consorcio, Unión Temporal o asociación, en el cual constará por lo menos:  El objeto del consorcio, unión temporal o asociación, el cual deberá ser el mismo del objeto a contratar.  La duración del Consorcio, Unión Temporal o Asociación, la cual no podrá ser inferior al plazo del contrato y un (1) año más, incluida su liquidación.  La designación de un representante facultado para actuar en representación del Consorcio, Unión Temporal o asociación con el fin de proponer, firmar y ejecutar las obligaciones que se deriven de ser adjudicados dicho contrato.  Igualmente deberá designarse un suplente que lo reemplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.  En caso de unión temporal, sus integrantes podrán señalar los términos y extensión de la participación de cada uno de ellos en la propuesta y la ejecución del contrato. En cualquier caso, los términos no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito del SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. Se podrán acreditar conjuntamente los requisitos exigidos en los Términos de Condiciones.
CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES a. Formato FTGDA 15 original y completamente diligenciado b. Fotocopia del documento de identificación ampliado al 150% del Representante Legal, c. Documento de conformación del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura.
CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES. En caso de consorcio o unión temporal deberán aportar el documento respectivo de constitución del consorcio o unión temporal en los términos solicitados, y deberán acreditar que su término de duración no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más a partir de su terminación. Así mismo, se debe presentar el Certificado de Existencia y Representación Legal de cada uno de sus integrantes. Por otra parte, en caso de que el consorcio o la unión temporal esté integrado a su vez por estas formas asociativas, cada uno de sus integrantes deberá presentar el documento de conformación de consorcio o unión temporal según corresponda.