Cobertura del Seguro. Sujeto a que cada Convenio de Seguro y Suma Asegurada se encuentre expresamente indicado en las Condiciones Particulares de la póliza, la COMPAÑÍA cubre: 2.1. CONVENIO I: Deshonestidad del Trabajador. 2.2. CONVENIO II: Dinero y/o Valores Dentro de los Locales. a) La pérdida, daño o destrucción de las cajas fuertes, bóvedas, cajas de seguridad, y cajas de caudales que contienen el dinero efectivo y/o valores, como consecuencia de violentarlos ilícitamente para sustraer, o intentar sustraer, el dinero y/o valores allí contenidos, siempre y cuando la pérdida, daño o destrucción ocurra durante la vigencia de la Póliza. b) Los daños materiales o deterioros que ocurran durante la vigencia de la Póliza en los inmuebles que sean Predio del Seguro, siempre y cuando dichos daños materiales o deterioros sean causados directamente por los delincuentes con la finalidad de cometer el Robo o intento de Xxxx y solo si el ASEGURADO es el propietario o el responsable por los daños que ocurran al inmueble que sea Predio del Seguro. 2.3. XXXXXXXX XXX: Dinero y/o Valores Fuera de los Locales. a) Dinero y/o valores en poder de cualquier Mensajero, durante el tránsito directo a, o de, los Bancos y/o entre los Locales del ASEGURADO durante las horas normales de trabajo del ASEGURADO. b) Dinero y/o valores en poder de cualquier Empresa de Vehículos Blindados de Transporte de Valores. La responsabilidad de la COMPAÑÍA bajo los alcances de este Convenio III, se inicia en el momento en que el Mensajero o la Empresa de Vehículos Blindados de Transporte de Valores recibe el dinero efectivo y/o valores, y termina con la entrega del dinero efectivo y/o valores, según sea el caso, en los Locales del mismo ASEGURADO y/o del Banco. Siempre que conste expresamente en las Condiciones Particulares, este Convenio III puede extenderse a cubrir dinero y/o valores en Poder de Cobradores y/o cualquier Trabajador que ejecute una labor de cobranza. En ese caso, responsabilidad de la COMPAÑÍA bajo los alcances de este Convenio III, se inicia en el momento en que el Cobrador y/o el Trabajador que ejecuta la labor de cobranza, recibe el dinero efectivo y/o valores, y termina con la entrega del dinero efectivo y/o valores en los Locales del mismo ASEGURADO y/o en el Banco.
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Samples: Cláusulas Generales De Contratación Y Condiciones Generales De Deshonestidad, Desaparición Y Destrucción – 3d, Cláusulas Generales De Contratación Y Condiciones Generales De Deshonestidad, Desaparición Y Destrucción – 3d
Cobertura del Seguro. Sujeto a que cada Convenio de Seguro y Suma Asegurada La cobertura objeto del presente seguro se encuentre expresamente indicado en las Condiciones Particulares de la póliza, la COMPAÑÍA cubre:
2.1. CONVENIO I: Deshonestidad del Trabajador.
2.2. CONVENIO II: Dinero y/o Valores Dentro de los Locales.
a) La pérdida, daño o destrucción de las cajas fuertes, bóvedas, cajas de seguridad, y cajas de caudales que contienen el dinero efectivo y/o valores, como consecuencia de violentarlos ilícitamente para sustraer, o intentar sustraer, el dinero y/o valores allí contenidos, siempre y cuando la pérdida, daño o destrucción ocurra proporcionará durante la vigencia de la Pólizapresente póliza, en la forma establecida en los apartados 2.1 y 2.2 siguientes:
2.1 Los servicios odontológicos cubiertos en España por el presente seguro son aquéllos que aparecen detallados en las TARIFAS CUADRO DENTAL Cigna. El Asegurado asume el pago personal y directo de las Franquicias indicadas en las TARIFAS CUADRO DENTAL Cigna que correspondan a cada uno de los servicios odontológicos que aparecen en el referido documento. Las Franquicias incluidas en las TARIFAS CUADRO DENTAL Cigna corresponden a la Comunidad Autónoma en la que se ha contratado el presente seguro y a aquellas otras que aparecen en las TARIFAS CUADRO DENTAL Cigna. El Asegurado podrá solicitar en cualquier momento las TARIFAS CUADRO DENTAL Cigna correspondiente a cualquier otra zona de España. Los servicios odontológicos cubiertos en España por el presente seguro se prestarán en el Cuadro de Dentistas Concertado por Cigna, si bien el Asegurador tiene la potestad de dar de baja, de su cuadro de dentistas recomendados, a los profesionales y/o entidades para la aplicación de tratamientos dentales, cuando lo considere oportuno. En particular, las radiografías deberán ser prescritas por un especialista del Cuadro de Dentistas Concertado por Cigna. En caso contrario, las clínicas concertadas no tienen obligación de ajustarse a las TARIFAS CUADRO DENTAL Cigna (las Franquicias).
2.2 El presente seguro cubre, bajo las condiciones y limitaciones establecidas en este apartado 2.2 y en el resto de estas condiciones generales, el gasto de la asistencia odontológica al Asegurado consiente en paliar de manera temporal situaciones agudas de dolor o hemorragia o las infecciones agudas (sin constituir una cura definitiva, cuya cobertura, en su caso, se regula en el apartado 2.1 anterior), siempre y cuando fuese necesaria la prestación inmediata de asistencia y esta situación haya sido certificada por un médico. Superada la situación transitoria en la que se requiere la presente cobertura el Asegurado dejará de estar cubierta por la misma, y el tratamiento curativo quedará cubierto en los términos y condiciones previstas en el apartado 2.2 de las presente Condiciones Generales. La presente cobertura se presta durante las 24 horas del día, todos los días del año tanto en dentro como fuera de España. No obstante, ha de tenerse en cuenta lo siguiente:
a) La presente cobertura se prestará, necesariamente en el Cuadro de Dentistas Concertado por Cigna (durante su horario normal de apertura) o en los centros de atención permanente en aquellas localidades en las que existan, según la información que se le ha entregado al Asegurado y el teléfono de atención permanente facilitado. En estos supuestos, el Asegurado no deberá hacer frente a ningún gasto por esta cobertura, que serán cubiertos directamente por Cigna. En ningún caso se reembolsará gastos pagados por el Asegurado.
b) Los daños materiales Cuando no existan clínicas o deterioros que ocurran durante la vigencia dentistas del Cuadro de Dentistas Concertado por Cigna o centros de atención permanente de los referidos en el apartado anterior dentro de la Póliza localidad en los inmuebles la que sean Predio del Seguro, siempre y cuando dichos daños materiales o deterioros sean causados directamente por los delincuentes con la finalidad de cometer se encuentre el Robo o intento de Xxxx y solo si el ASEGURADO es el propietario o el responsable por los daños que ocurran al inmueble que sea Predio del Seguro.
2.3. XXXXXXXX XXX: Dinero y/o Valores Fuera de los Locales.
a) Dinero y/o valores en poder de cualquier Mensajero, durante el tránsito directo aAsegurado, o decuando, los Bancos y/o entre los Locales del ASEGURADO durante las horas normales a pesar de trabajo del ASEGURADO.
b) Dinero y/o valores en poder de cualquier Empresa de Vehículos Blindados de Transporte de Valores. La responsabilidad de la COMPAÑÍA bajo los alcances de este Convenio IIIexistir, se inicia no estén abiertos en el momento en que se produzca la situación que da lugar a la presente cobertura Cigna reembolsará el Mensajero o 50% de la Empresa factura abonada por el Asegurado, con un límite máximo de Vehículos Blindados reembolso de Transporte de Valores recibe el dinero efectivo y/o valores30,05 euros por factura, y termina con la entrega del dinero efectivo y/o valores, según sea el caso, en los Locales del mismo ASEGURADO y/o del Banconunca más de un caso dentro de un periodo de tres meses consecutivos. Siempre que conste expresamente en las Condiciones Particulares, este Convenio III puede extenderse a cubrir dinero y/o valores en Poder de Cobradores y/o cualquier Trabajador que ejecute una labor de cobranza. En ese caso, responsabilidad de la COMPAÑÍA bajo los alcances de este Convenio III, se inicia Cualquier gasto devengado por intervenciones descritas en el momento presente apartado 2.2 que supere los límites económicos o de frecuencia indicados, no le será reembolsado al asegurado. Queda excluida de esta cobertura los empastes, las endodoncias, coronas y cualquier otro tratamiento o procedimiento de carácter definitivo, que deberán de ser aplicados en que cualquier caso por los profesionales del Cuadro de Dentistas Concertado por Cigna según el Cobrador y/o el Trabajador que ejecuta la labor de cobranza, recibe el dinero efectivo y/o valores, y termina con la entrega del dinero efectivo y/o valores en los Locales del mismo ASEGURADO y/o en el Bancoapartado 2.1 anterior.
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Samples: Insurance Agreement
Cobertura del Seguro. Sujeto a La Positiva cubrirá las pérdidas que cada Convenio de Seguro y Suma Asegurada el Asegurado se encuentre expresamente indicado legalmente obligado a pagar al Cliente que ha suscrito un Contrato de Extensión de Garantía de Servicio, emitido por el Asegurado en concordancia con los términos de la presente póliza. El presente seguro otorga cobertura al bien adquirido en las Condiciones Particulares tiendas del Comercializador siempre que el daño o desperfecto reclamado por el Asegurado esté comprendido dentro de la póliza, la COMPAÑÍA cubre:
2.1. CONVENIO I: Deshonestidad garantia del Trabajador.
2.2. CONVENIO II: Dinero fabricante y/o Valores Dentro distribuidor local y siempre que ocurra dentro de los Locales.
a) La pérdidala vigencia de este seguro. Este seguro cubre sólo productos nuevos, daño o destrucción adquiridos en las tiendas del Comercializador que cuenten con certificado de las cajas fuertes, bóvedas, cajas de seguridad, y cajas de caudales que contienen el dinero efectivo garantia original del fabricante y/o valoresdistribuidor local, como consecuencia para ser utilizados según las condiciones normales de violentarlos ilícitamente para sustraeruso particular, o intentar sustraerno comercial, establecidas por el dinero fabricante. En caso que la garantía original del fabricante y/o valores allí contenidosdistribuidor local sea de plazos distintos para partes, siempre piezas, mano de obra u otros, éste seguro se iniciará al momento de extinguirse la mas corta de éstas y cuando la pérdida, daño o destrucción ocurra durante culminará al término de la vigencia de la Póliza.
b) Los daños materiales o deterioros que ocurran durante indicada en este seguro. Durante la vigencia del seguro y para los casos de reparacion, el Comercializador y La Positiva se reservan el derecho de reemplazar el producto defectuoso por uno nuevo de igual o de semejante funcionalidad. El reemplazo de un producto cubierto implicará la Póliza extinción de todas las obligaciones del Comercializador y de La Positiva bajo este seguro y en los inmuebles que sean Predio consecuencia no tendrán ninguna otra obligación pendiente sobre la porción restante de vigencia de este seguro,si existiese alguna. El servicio se brindará en el Centro de Servicio Técnico Autorizado, o en el domicilio del SeguroAsegurado, siempre y cuando dichos daños materiales o deterioros sean causados directamente por los delincuentes con la finalidad según las condiciones de cometer el Robo o intento de Xxxx y solo si el ASEGURADO es el propietario o el responsable por los daños que ocurran al inmueble que sea Predio garantia original del Seguro.
2.3. XXXXXXXX XXX: Dinero fabricante y/o Valores Fuera distribuidor local; por lo que cualquier uso que el Asegurado realice sobre el produclo, distinto al cubierto por el presente seguro, será de su exclusiva responsabilidad. Para servicios en un Centro de Servicio Técnico Autorizado , sera neceserio que el Asegurado entregue el producto en cualquiera de los Locales.
a) Dinero centros autorizados que se le indique. Los servicios a domicilio, en los casos que corresponda, se brindarán solo en los lugares en que dicho servicio este disponible a través de un Centro de Servicio Técnico Autorizado del fabricante y/o valores en poder de cualquier Mensajero, durante el tránsito directo a, o de, los Bancos distribuidor local cuando asi lo establezca la garantia original del fabricante y/o entre los Locales del ASEGURADO durante las horas normales de trabajo del ASEGURADOdistribuidor local.
b) Dinero y/o valores en poder de cualquier Empresa de Vehículos Blindados de Transporte de Valores. La responsabilidad de la COMPAÑÍA bajo los alcances de este Convenio III, se inicia en el momento en que el Mensajero o la Empresa de Vehículos Blindados de Transporte de Valores recibe el dinero efectivo y/o valores, y termina con la entrega del dinero efectivo y/o valores, según sea el caso, en los Locales del mismo ASEGURADO y/o del Banco. Siempre que conste expresamente en las Condiciones Particulares, este Convenio III puede extenderse a cubrir dinero y/o valores en Poder de Cobradores y/o cualquier Trabajador que ejecute una labor de cobranza. En ese caso, responsabilidad de la COMPAÑÍA bajo los alcances de este Convenio III, se inicia en el momento en que el Cobrador y/o el Trabajador que ejecuta la labor de cobranza, recibe el dinero efectivo y/o valores, y termina con la entrega del dinero efectivo y/o valores en los Locales del mismo ASEGURADO y/o en el Banco.
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Samples: Insurance Policy
Cobertura del Seguro. Sujeto La Positiva pagará al Beneficiario una indemnización en el evento que el Asegurado se vea afectado por una situación de Incapacidad Temporal o Desempleo involuntario producido durante la vigencia de la Póliza, de acuerdo a los términos y condiciones pactadas en el contrato de seguro. En el evento que cada Convenio el Asegurado se vea afectado por una situación de Seguro Desempleo Involuntario, La Positiva otorgará al Beneficiario una indemnización que consistirá en el pago de cuotas mensuales de la deuda del Asegurado. Para la cobertura de Desempleo Involuntario, se entiende que el Asegurado es un trabajador dependiente con vínculo de subordinación y Suma Asegurada dependencia, con préstamo otorgado por la entidad financiera señalada en las Condiciones Particulares del producto. Esta cobertura cubre únicamente el saldo insoluto xxx xxxxxxxx para el cual fue contratado. Se entiende también que el Asegurado cumple con las condiciones de edad asegurables mencionadas en las condiciones particulares. En el evento que el Asegurado se encuentre vea afectado por una situación de Incapacidad Temporal por enfermedad o accidente, La Positiva otorgará al Beneficiario una indemnización que consistirá en el pago de cuotas mensuales de la deuda que el Asegurado mantiene a favor del Beneficiario. Para la cobertura de Incapacidad Temporal, se entiende que el Asegurado es un trabajador independiente o dependiente o jubilado y cumple con las condiciones de edad asegurable mencionadas en las condiciones particulares. Los límites de cobertura, el monto de la indemnización las cuotas máximas cubiertas y su forma de pago, los deducibles, periodos de carencia y términos especiales, estarán expresamente indicado detallados en las Condiciones Particulares de la póliza, la COMPAÑÍA cubre:
2.1póliza o Certificado de Seguro. CONVENIO I: Deshonestidad del TrabajadorLas coberturas son excluyentes entre sí.
2.2. CONVENIO II: Dinero y/o Valores Dentro 3.1 Cobertura y causales de los LocalesDesempleo Involuntario (Aplicable a trabajadores dependientes)
3.1.1 Trabajadores del sector privado, regidos bajo la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Texto único Ordenado del Decreto Legislativo 728.
a) La pérdida, daño o destrucción Articulo N°30 - Actos de las cajas fuertes, bóvedas, cajas de seguridad, y cajas de caudales que contienen el dinero efectivo y/o valores, como consecuencia de violentarlos ilícitamente para sustraer, o intentar sustraer, el dinero y/o valores allí contenidos, siempre y cuando la pérdida, daño o destrucción ocurra durante la vigencia de la PólizaHostilidad del empleador equiparables con despido no imputables al trabajador.
b) Los daños materiales o deterioros que ocurran durante la vigencia de la Póliza en los inmuebles que sean Predio del Seguro, siempre y cuando dichos daños materiales o deterioros sean causados directamente por los delincuentes con la finalidad de cometer el Robo o intento de Xxxx y solo si el ASEGURADO es el propietario o el responsable por los daños que ocurran al inmueble que sea Predio del Seguro.
2.3. XXXXXXXX XXX: Dinero y/o Valores Fuera de los Locales.
a) Dinero y/o valores en poder de cualquier Mensajero, durante el tránsito directo a, o de, los Bancos y/o entre los Locales del ASEGURADO durante las horas normales de trabajo del ASEGURADO.
b) Dinero y/o valores en poder de cualquier Empresa de Vehículos Blindados de Transporte de Valores. La responsabilidad de la COMPAÑÍA bajo los alcances de este Convenio III, se inicia en el momento en que el Mensajero o la Empresa de Vehículos Blindados de Transporte de Valores recibe el dinero efectivo y/o valores, y termina con la entrega del dinero efectivo y/o valores, según sea el caso, en los Locales del mismo ASEGURADO y/o del Banco. Siempre que conste expresamente en las Condiciones Particulares, este Convenio III puede extenderse a cubrir dinero y/o valores en Poder de Cobradores y/o cualquier Trabajador que ejecute una labor de cobranza. En ese caso, responsabilidad de la COMPAÑÍA bajo los alcances de este Convenio III, se inicia en el momento en que el Cobrador y/o el Trabajador que ejecuta la labor de cobranza, recibe el dinero efectivo y/o valores, y termina con la entrega del dinero efectivo y/o valores en los Locales del mismo ASEGURADO y/o en el Banco.Articulo N°46 –
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Samples: Seguro De Cuota Protegida