CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN. Las partes convienen que las condiciones precedentes recogidas en el presente Contrato, a excepción de las expresamente calificadas como CONDICIONES PARTICULARES, deben ser consideradas como CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN, a los efectos señalados en la Ley 7/1998, de 13 xx xxxxx, de Condiciones Generales de la Contratación (tal y como se encuentra actualmente vigente, tras su modificación, entre otras, por la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios), las cuales se incorporan al mismo por ser expresamente comprendidas y aceptadas por el TITULAR y los BENEFICIARIOS, en su caso, en su condición de adherente/s, habiendo sido expresa y previamente informado/s de su existencia por parte de la ENTIDAD en su condición de predisponente.
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Samples: Contrato Tarjeta De Crédito Para No Consumidores, Contrato Tarjeta De Débito Para Consumidores, Contrato Tarjeta De Crédito Para Consumidores
CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN. Las partes convienen que las condiciones precedentes recogidas en el presente Contrato, a excepción de las expresamente calificadas como CONDICIONES PARTICULARES, deben ser consideradas como CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN, a los efectos señalados en la Ley 7/1998, de 13 xx xxxxx, de Condiciones Generales de la Contratación (tal y como se encuentra actualmente vigente, tras su modificación, entre otras, por la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios), las cuales se incorporan al mismo por ser expresamente comprendidas y aceptadas por el TITULAR y el/los BENEFICIARIOS, en su casoTITULAR/ES, en su condición de adherente/s, habiendo sido expresa y previamente informado/s de su existencia por parte de la ENTIDAD en su condición de predisponente.
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Samples: Contrato Marco De Servicios De Pago Y Apertura De Cuenta, Contrato Marco De Servicios De Pago Y Apertura De Cuenta
CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN. Las partes convienen que las condiciones precedentes recogidas en el presente Contrato, a excepción de las expresamente calificadas como CONDICIONES PARTICULARESCondiciones Particulares, deben ser consideradas como CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓNCondiciones Gene- rales De La Contratación, a los efectos señalados en la Ley 7/1998, de 13 xx xxxxx, de Condiciones Generales de la Contratación (tal y como se encuentra actualmente vigente, tras su modificación, entre otras, por la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuariosusua- xxxx), las cuales se incorporan al mismo por ser expresamente comprendidas comprendi- das y aceptadas por el TITULAR y el/los BENEFICIARIOS, en su casotitular/es del Establecimiento, en su condición de adherente/s, habiendo sido expresa y previamente informado/s de su existencia por parte de la ENTIDAD el Banco en su condición de predisponente.
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Samples: www.triodos.es