CONSENTIMIENTO POR MEDIOS ELECTRÓNICOS Cláusulas de Ejemplo

CONSENTIMIENTO POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. EL CLIENTE" conoce y acepta que la manifestación de su consentimiento, respecto de los actos convenidos en este contrato, lo expresarán a través: (i) de información generada, enviada, recibida, archivada o comunicada, a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología (en lo sucesivo "MENSAJE DE DATOS") (ii) del uso de claves y contraseñas previamente convenidas entre "LAS PARTES"; y (iii) del uso de equipos de cómputo y sistemas automatizados conforme a lo establecido en este contrato y en el(los) contrato(s) que "EL CLIENTE" tiene celebrado con "BANCOMER" para el uso y operación de "EL SISTEMA" referido en las declaraciones de este instrumento.
CONSENTIMIENTO POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. El Usuario acepta expresamente manifestar su conformidad y consentimiento con los presentes Términos y Condiciones a través de medios electrónicos, en específico, mediante un Número de Identificación Personal (NIP), el cual tendrá la misma validez y eficacia que la firma
CONSENTIMIENTO POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. El Usuario acepta expresamente manifestar su conformidad y consentimiento con los presentes Tmrminos y Condiciones a travms de medios electrónicos, en específico, mediante un Número de Identificación Personal (NIP), el cual tendrá la misma validez y eficacia que la firma autógrafa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 80 del Código de Comercio, en relación con el artículo 1803 del Código Civil Federal.
CONSENTIMIENTO POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. Las Partes acuerdan que, en virtud de esta cláusula, establecerán los mecanismos por los cuales podrán manifestar su voluntad y compartir información referente al Crédito. El Acreditado podrá manifestar su voluntad por medios ópticos, electrónicos o de cualquier otra tecnología, incluyendo sin limitar la manifestación hecha vía correo electrónico o vía telefónica almacenada en Mensaje de Datos. Para expresar el consentimiento, el Acreditante podrá hacer uso de cualquier Medio Electrónico que permita su autenticación: - Con base en interrogatorios de información personal del Acreditado, cuya disponibilidad presuman, de forma razonable, la identidad del Acreditado. - Mediante el envío de una clave de autenticación a cualquiera de los Medios de Comunicación Autorizados por el Acreditado, misma que el Acreditado deberá digitar o proporcionar por Medios Electrónicos. - Mediante cualquier medio alterno que permita al Acreditante identificar al Acreditado por Medios Electrónicos tales como video, audio, geolocalización, etcétera. El Acreditado podrá realizar a través de los Medios Electrónicos que el Acreditante ponga a su disposición, las siguientes operaciones mencionando sin limitar: consultas de estados de cuenta, consultas de saldos y movimientos, recibir notificaciones o promociones. Asimismo, el Acreditante proporcionará al Acreditado, a través de cualquier medio de comunicación, información para evitar posibles fraudes respecto de las operaciones y/o servicios que se formalicen a través de Medios Electrónicos.
CONSENTIMIENTO POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. Las partes acuerdan que en lugar de una firma original autógrafa, este contrato, así como cualquier consentimiento, aprobación u otros documentos relacionados con el mismo, podrán ser firmados por medio del uso de firmas electrónicas, digitales, numéricas, alfanuméricas, huellas de voz, biométricas o de cualquier otra forma y que dichos medios alternativos de firma y los registros en donde sean aplicadas dichas firmas, serán consideradas para todos los efectos, incluyendo pero no limitado a la legislación civil, mercantil, protección al consumidor y a la NOM-151-SCFI-2016, con la misma fuerza y consecuencias que la firma autógrafa original física de la parte firmante. Si el contrato o cualquier otro documento relacionado con el mismo es firmado por medios electrónicos o digitales, las Partes acuerdan que los formatos del contrato y los demás documentos firmados de tal modo serán conservados y estarán a disposición del consumidor, por lo que convienen que cada una y toda la información enviada por el Proveedor a la dirección de correo electrónico proporcionada por el Consumidor al momento de celebrar el presente Contrato será considerada como entregada en el momento en que la misma es enviada, siempre y cuando exista confirmación de recepción.
CONSENTIMIENTO POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. EL CLIENTE" conoce y acepta que la manifestación de su consentimiento, respecto de los actos convenidos en este contrato, lo expresarán a través: (i) de información generada, enviada, recibida, archivada o comunicada, a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología (en lo sucesivo "MENSAJE DE DATOS") (ii) del uso de claves y contraseñas previamente convenidas entre "LAS PARTES"; y (iii) del uso de equipos de cómputo y sistemas automatizados conforme a lo establecido en este contrato y en el(los) contrato(s) que "EL CLIENTE" tiene celebrado con "BANCOMER" para el uso y operación de "EL SISTEMA" referido en las declaraciones de este instrumento. En caso de que el presente crédito haya sido contratado a través de cajeros automáticos, y "EL CLIENTE" presente alguna reclamación desconociendo la contratación de este, siempre y cuando "BANCOMER" no haya notificado a "EL CLIENTE" la contratación del mismo, "BANCOMER" retirará los recursos de la "CUENTA EJE" sin cobro de comisión alguna para "EL CLIENTE", dentro de las cuarenta y ocho horas posteriores a la presentación de la referida reclamación, salvo que, habiéndose efectuado la notificación de contratación a "EL CLIENTE", éste no desconozca la misma en un periodo de veinticuatro horas posteriores a dicha notificación, así como cuando el "EL CLIENTE" haya confirmado la contratación del crédito. "LAS PARTES " acuerdan que, en caso de que "EL CLIENTE" disponga de los recursos del presente crédito depositado en la "CUENTA EJE", se entenderá confirmada la contratación del mismo.

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  • CONSENTIMIENTO En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento, firmamos el presente Contrato en cuatro ejemplares de un mismo tenor y validez el/la señor(a) _________ (registrar el nombre de la MAE o del funcionario a quien se delega la competencia y responsabilidad para la suscripción del Contrato, y la Resolución correspondiente o documento de nombramiento), en representación legal de la ENTIDAD, y el/la señor(a) _____________ (registrar el nombre de la persona natural adjudicada) como Consultor contratado.

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.

  • Reconocimientos médicos Las empresas solicitarán como mínimo un reconocimiento médico al año, al Organismo competente, de conformidad con la normativa vigente, para su personal.

  • CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento. El consentimiento de la Buena Pro se publicará en el SEACE al día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.

  • DERECHO DE ARREPENTIMIENTO Cuando la oferta de la presente Póliza se haya efectuado por Comercializadores o a través de Sistemas de Comercialización a Distancia, el CONTRATANTE y/o ASEGURADO tiene derecho de arrepentirse de la contratación de la presente Póliza. Para esto, el CONTRATANTE y/o ASEGURADO podrá resolver el Contrato de Seguro, sin expresión de causa ni penalidad alguna, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha en que el CONTRATANTE y/o ASEGURADO haya recibido la Póliza de Seguro o una nota de cobertura provisional, y siempre que no haya hecho uso de las coberturas contenidas en la misma. En caso el CONTRATANTE y/o ASEGURADO ejerza su derecho de arrepentimiento luego de pagada la prima o parte de la misma, la ASEGURADORA procederá a la devolución total del importe pagado. Para estos fines, EL CONTRATANTE y/o EL ASEGURADO deberá presentar una comunicación escrita, junto con la copia del documento de identidad, dentro del plazo señalado en el párrafo precedente, en alguna de las plataformas de Atención al Cliente, cuyas direcciones se encuentran en el resumen de la presente póliza o en el certificado de seguro según corresponda.

  • Ofertas con valores anormales o desproporcionados si con arreglo a los parámetros objetivos señalados en el artículo 152, apartados 1 y 2 del TRLCSP la mesa de contratación constituida o, en su defecto, el servicio que tramita el procedimiento, apreciaran el carácter desproporcionado o anormal de alguna o algunas de las ofertas presentadas, lo pondrá en conocimiento del órgano de contratación adjuntando cuantos informes justificativos estime convenientes. Para la consideración, en principio, de valores anormales o desproporcionados, se tendrán en cuenta, en el caso de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, los supuestos previstos en el artículo 85 del RGLCAP y, si estuviera indicada, la reducción a que se refiere el punto 33.1 de la Carátula; en el caso de pluralidad de criterios de valoración de las ofertas, se tendrán en cuenta los parámetros objetivos que, en su caso, el punto 33.2 de la Carátula haya señalado como presunción fundada de que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados. La declaración del carácter anormal o desproporcionado requerirá la previa solicitud de información a quienes estuviesen supuestamente comprendidos en ella, el asesoramiento técnico del servicio correspondiente e informe de la mesa de contratación y, si en la licitación se hubieren presentado distintas ofertas por empresas vinculadas, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 145.4 del TRLCSP y en el artículo 86.1 del RGLCAP. Si el anuncio de la licitación hubiese sido publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, se deberá justificar la decisión ante el Comité Consultivo de la Comunidad Económica Europea para los contratos públicos. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el artículo 152.3 del TRLCSP estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales y desproporcionados, acordará la exclusión de la clasificación de proposiciones presentadas.

  • Iniciación del procedimiento Para someter la controversia al procedimiento de arbitraje, la parte reclamante dirigirá a la otra una comunicación escrita exponiendo la naturaleza del reclamo, la satisfacción o reparación que persigue y el nombre del árbitro que designa. La parte que hubiere recibido dicha comunicación deberá, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, comunicar a la parte contraria el nombre de la persona que designe como árbitro. Si dentro del plazo de treinta (30) días, contado desde la entrega de la comunicación referida al reclamante, las partes no se hubieren puesto de acuerdo en cuanto a la persona del Dirimente, cualquiera de ellas podrá recurrir ante el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos para que éste proceda a la designación.

  • Encabezados Las Partes convienen en que los encabezados que aparecen al inicio de cada una de las cláusulas que conforman este Contrato se han insertado única y exclusivamente para facilitar su lectura y manejo, motivo por el cual, no se considerará en ningún caso que definan o limiten las obligaciones de las cláusulas.

  • Procedimiento de Apertura de Sobres La apertura de Sobres se realizará en acto público en presencia del Comité de Compras y Contrataciones y xxx Xxxxxxx Público actuante, en la fecha, lugar y hora establecidos en el Cronograma de Licitación. Una vez pasada la hora establecida para la recepción de los Sobres de los Oferentes/Proponentes, no se aceptará la presentación de nuevas propuestas, aunque el acto de apertura no se inicie a la hora señalada.

  • REQUERIMIENTOS TÉCNICOS El oferente por el solo hecho de presentar su oferta se entenderá que acepta cumplir con cada uno de los requerimientos contenidos en el presente instrumento por lo que en caso de no cumplir con uno o más de los requerimientos contenidos en las bases técnicas, su oferta será declarada inadmisible. PROYECTO: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: RUT EMPRESA: NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL: RUT REPRESENTANTE LEGAL: DIRECCIÓN: TELÉFONO: Por intermedio de la presente nos comprometemos a ejecutar lo señalado precedentemente, por el monto que se indica a continuación: OFERTA ECONOMICA NETA $ IMPUESTO QUE SE DEBE SUMAR TOTAL, OFERTA ECONOMICA $ En (ciudad/país), a de de 20XX, don/ña , cédula nacional de identidad N° , en representación de , R.U.T. N° , declara bajo juramento conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos xx Xxxxxx de Activos, Delitos Funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de la Superintendencia, las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a una eventual vulneración de ellas. A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos xx Xxxxxx de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Superintendencia o a sus funcionarios. Firma del Representante Legal Fecha: En Santiago, a , entre , RUT N.° , representada legalmente por , de nacionalidad , de profesión , Cédula Nacional de Identidad Nº , ambos domiciliados en , comuna de , región , en adelante “La Empresa” y por la otra, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, en adelante “SUPERIR”, RUT: , representada por , se ha acordado lo siguiente: