Common use of CONSTITUCION DE GARANTIAS Clause in Contracts

CONSTITUCION DE GARANTIAS. Para afianzar el cumplimiento de sus obligaciones, los oferentes y/o los adjudicatarios deben constituir las siguientes garantías, según corresponda: a) De mantenimiento de oferta: Equivalente al cinco por ciento (5 %) del presupuesto de la compra o contratación. b) De adjudicación o cumplimiento del contrato: Equivalente al diez por ciento (10 %) sobre el valor total de la adjudicación. c) Garantía por adelanto financiero: equivalente al 100% del monto anticipado. d) De impugnación: entre el uno por ciento (1 %) y el cinco por ciento (5 %) del pre- supuesto de la compra o contratación. Este importe será reintegrado al impugnante sólo en caso de la impugnación sea resuelta favorablemente. e) Cotización riesgosa: Cuando la oferta se realice con una disminución sobre el pre- supuesto, conforme al porcentaje que establezca el Pliego, se podrá exigir una garan- tía por cotización riesgosa, cuyo porcentaje estará definido por el mismo documento. Los montos resultantes de la aplicación de los porcentajes previstos en los incisos a, b, c, d y e, arriba descriptos, deberán estar expresados en números enteros, sin deci- males, debiendo ponderarse siempre hacia el número mayor.

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Samples: Reglamento De Contrataciones, Reglamento De Contrataciones, Reglamento De Contrataciones

CONSTITUCION DE GARANTIAS. Para afianzar el cumplimiento de sus obligaciones, los oferentes y/o los adjudicatarios deben constituir las siguientes garantías, según corresponda: a) De mantenimiento de oferta: Equivalente al cinco por ciento (5 %) del presupuesto de la compra o contratación. b) De adjudicación o cumplimiento del contrato: Equivalente al diez por ciento (10 %) sobre el valor total de la adjudicación. c) Garantía por adelanto financiero: equivalente al 100% del monto anticipado. d) De impugnación: entre el uno por ciento (1 %) y el cinco por ciento (5 %) del pre- supuesto presupuesto de la compra o contratación. Este importe será reintegrado al impugnante sólo en caso de la impugnación sea resuelta favorablemente. e) Cotización riesgosa: Cuando la oferta se realice con una disminución sobre el pre- supuestopresupuesto, conforme al porcentaje que establezca el Pliego, se podrá exigir una garan- tía garantía por cotización riesgosa, cuyo porcentaje estará definido por el mismo documento. Los montos resultantes de la aplicación de los porcentajes previstos en los incisos a, b, c, d y e, arriba descriptos, deberán estar expresados en números enteros, sin deci- malesdecimales, debiendo ponderarse siempre hacia el número mayor.

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