SUMINISTRO DE REPUESTOS Cláusulas de Ejemplo

SUMINISTRO DE REPUESTOS. Por una cuantía equivalente al 20% del valor total del contrato, vigente por el plazo del contrato y tres 3 años más. Tratándose de equipos de alta tecnología, la vigencia será por el término de contrato y cinco 5 años más.
SUMINISTRO DE REPUESTOS. Las ofertas deberán incluir un lote de repuestos para todo el equipamiento en general ofertado, para atender el normal funcionamiento tanto en cabecera como en el domicilio del abonado. No se considerarán como repuestos las redundancias inherentes al diseño de los sistemas ofrecidos. La oferta deberá incluir una lista completa y detallada de los repuestos cotizados, designados con su correspondiente referencia y discriminando los precios unitarios. COTEOR Ltda. tomará las definiciones en cuanto a la cantidad disminuyendo o incrementando. Los cursos de entrenamiento deberán desarrollarse en el exterior contemplando programas de capacitación para 4 técnicos de COTEOR Ltda. que tendrá a su cargo la gestión, operación y mantenimiento. El personal deberá adquirir los conocimientos teórico-prácticos suficientes para el mantenimiento óptimo de los equipos, previo a la instalación.
SUMINISTRO DE REPUESTOS. Es entendido y convenido que al momento de ocurrir un siniestro cubierto por la Póliza, los repuestos correspondientes al vehículo afectado se pagarán a su valor en Plaza. En caso que los repuestos necesarios para la reparación no se encuentren en el País, el Asegurado se compromete a suministrar los mismos y se procederá a la reparación del vehículo hasta que los repuestos hayan sido entregados por el Asegurado. En caso que estos repuestos sean importados, no se reconocerán los gastos de Transporte y/o Flete Aéreo correspondiente a pedidos especiales, ya sea solicitado por el Asegurado o por la Casa Distribuidora de Repuestos. La Compañía se reserva el derecho de confirmar el costo de los repuestos en el País cuya importación sea procedente y no asumirá ninguna responsabilidad por el tiempo en que el vehículo permanezca inhabilitado por falta de suministro de repuestos.
SUMINISTRO DE REPUESTOS. Salvo pacto en contrario por escrito, el Proveedor estará obligado a garantizar el suministro de piezas de repuesto por un período mínimo de 15 años a partir del final de la producción en serie y a mantener el equipo de producción en condiciones operativas. El desguace durante este período requerirá la aprobación expresa del Ordenante. El precio acordado para las piezas de serie no se modificará durante al menos cinco años tras el cese de la producción en serie.
SUMINISTRO DE REPUESTOS. El Proveedor se asegurará de que las piezas de repuesto para el artículo suministrado estarán disponibles por al menos diez años ras tras el cese de la fabricación de la serie de productos. Los re- cursos y dibujos necesarios para producir las piezas de repuesto también se mantendrán durante este período. Esta obligación de mantenimiento caducará al final de este período y tras la aceptación escrita por parte del Cliente. Sólo está permitido rechazar esto si hay una buena razón para hacerlo.
SUMINISTRO DE REPUESTOS. Suministrar los repuestos y/o partes necesarios para poner en funcionamiento las UPS que requieran mantenimiento correctivo durante el tiempo de ejecución del Contrato: • Los repuestos o partes suministradas deben ser nuevas, originales y de primera calidad, en ningún caso se podrá suministrar o instalar repuestos re-manufacturados. • La garantía de funcionamiento de los repuestos suministrados e instalados, debe ser mínimo de un (1) año contado a partir de su entrega e instalación. En caso de presentarse alguna falla por defectos de estos repuestos, EL CONTRATISTA deberá realizar los cambios de los mismos, suministrando repuestos nuevos de las mismas características de los solicitados. Nota: En el evento en que el ICBF requiera REPUESTOS NO PREVISTOS en el ANEXO LISTADO PARTES Y REPUESTOS MANTENIMIENTO CORRECTIVO del presente documento y que sean necesarios para el funcionamiento de los equipos de la entidad, se seguirá el siguiente procedimiento:
SUMINISTRO DE REPUESTOS. La ponderación técnica versará sobre los siguientes aspectos:
SUMINISTRO DE REPUESTOS. El proponente deberá presentar un certificado original expedido por el fabricante dirigido al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores de los equipos ofertados, donde garantice el suministro de repuestos para los equipos objeto del presente proceso, por cinco (5) años, contados a partir de la suscripción del acta de recibo y entrada al Almacén. La revisión de la descripción de la clasificación técnica, corresponde al comité evaluador técnico, de conformidad con lo indicado en el siguiente cuadro:

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.