CALIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS. Por el suministro de productos defectuosos, vencidos y/o equivocados, éste amparo se exigirá por el 30% del valor del contrato.
CALIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS. 25% del valor del Contrato Término de ejecución del contrato y seis (6) meses más.
CALIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS. 20% del valor del Contrato Esta garantía se exige con el fin de proteger la calidad de los bienes entregados Término de ejecución del contrato y seis (6) meses más.
CALIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS. Este amparo cubre la calidad de los bienes que recibe la entidad estatal en cumplimiento del contrato VALOR Por un porcentaje del 30% del valor del contrato. VIGENCIA igual al plazo del contrato y dos (2) años más. NOTA: Tanto la garantía de seriedad, como la de cumplimiento, deberán expedirse teniendo en cuenta además de lo descrito por la compañía seguradora, la siguiente información y deberá presentarse firmada por el tomador:
CALIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS. ESTE AMPARO CUBRE AL ASEGURADO, POR LOS PERJUICIOS IMPUTABLES AL CONTRATISTA DERIVADOS DE LA DEFICIENTE CALIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS, DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, DEFINIDAS EN EL CONTRATO. ESTE AMPARO COMENZARÁ SU VIGENCIA A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE ENTREGA DE LOS BIENES SUMINISTRADOS, O DOCUMENTO QUE HAGA SUS VECES, RECIBIDOS A CONFORMIDAD POR PARTE DEL ASEGURADO.
CALIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS. El amparo de calidad de los bienes suministrados cubrirá a LA EMPRESA contratante de los perjuicios imputables al CONTRATISTA garantizado, (i) derivados de la mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes suministrados, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas por LA EMPRESA, y/o (ii) por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo. El valor de esta garantía será xxx xxxx por ciento (10%) sobre el valor total contratado. Su vigencia deberá establecerse por el término de ejecución del contrato garantizado y cuatro (4) meses más, aun así deberá cubrir por lo menos el lapso en que de acuerdo con la legislación civil o comercial, el CONTRATISTA debe responder por la garantía mínima presunta y por vicios ocultos. En todo caso estará vigente hasta el momento de su liquidación.
CALIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS. Por el VEINTE 20% del valor total del contrato con vigencia igual al contrato y seis (6) meses mas Este amparo deberá cubrir al asegurado contra los perjuicios imputables a EL VENDEDOR, derivados de la deficiente calidad de los bienes suministrados por el incumplimiento de las especificaciones técnicas del fabricante o los perjuicios del bien definidos en el contrato garantizado. Este amparo comenzará su vigencia a partir del recibo a satisfacción de los bienes por el asegurado. RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL Por un valor de 50 SMMLV la vigencia deberá ser igual al periodo de ejecución del contrato Este amparo deberá contener además de la cobertura básica mínimo los siguientes amparos: cobertura expresa de perjuicios por daño emergente y lucro cesante, cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales, ocasionados por el vendedor o el personal que llegase a contratar. PARAGRÁFO PRIMERO: EL VENDEDOR entregará a la Universidad Xxxxx Xxxxxxx las garantías a las que se refiere la presente cláusula y el comprobante de pago xx xxxxxx.
CALIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS. Por la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y CINCO PESOS ($3.696.165) M/CTE., equivalente al VEINTE por ciento (20%) del valor de la presente comunicación de aceptación de la oferta, con una vigencia de SEIS (06) meses, contados a partir de la fecha de entrega, evidenciada en el acta de recibo a satisfacción por parte de la AGENCIA LOGÍSTICA.
CALIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS. Por la suma de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX ($XXXXXXXXXX) M/CTE, equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor del presente contrato, con una vigencia de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de entrega, evidenciada en el acta de recibo a satisfacción por parte de la AGENCIA LOGISTICA.
CALIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS. Cubrirá a nombre del Hospital Departamental “San Xxxxxx” de Zarzal los perjuicios imputables al contratista, derivados de: 1) La mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes suministrados, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el contrato, o 2) Por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien por parte del Ministerio de Salud y Protección Social o la autoridad respectiva. Su cuantía será igual al Veinticinco por ciento 25% el valor del contrato y su vigencia se otorgará por todo el periodo de ejecución del contrato y un año más.