CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA. El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar en el plazo xx XXXX -10- DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento previsto en el artículo 151.2, la constitución de la garantía, por importe del 5% del importe de adjudicación. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el último párrafo del artículo 151.2. Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas: a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan. b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior. c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato. Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del TRLCSP: a. De las penalidades impuestas al contratista que se prevén en el presente pliego. b. De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato, de los gastos originados a la Administración por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución. c. De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con lo establecido en el TRLCSP y en este pliego. Cuando la garantía se constituya en metálico, el importe se ingresará en la entidad Caixabank, cuenta corriente XX00 0000 0000 0000 0000 0000, titularidad del Ayuntamiento de Los Realejos. Los avales y los certificados de seguro de caución deberán estar bastanteados por el Servicio Jurídico de la Entidad. Podrán admitirse documentos con la referencia al bastanteo de la Asesoría Jurídica de la Comunidad Autónoma o Abogacía del Estado y que por el reverso del aval venga recogida de diligencia de fedatario público en la que se exprese que, tras examinar los poderes el firmante tiene poder suficiente para comprometer a la entidad financiera en el acto que realiza.
Appears in 2 contracts
CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA. El licitador La constitución de garantía definitiva, por parte del adjudicatario del contrato, se llevará a cabo en forma de un aval bancario (conforme al modelo que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar se adjunta en el plazo xx XXXX -10- DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento previsto en el artículo 151.2anexo IV), la constitución de la garantía, y por un importe del 5% equivalente al 5 por 100 del importe total de adjudicación. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, siendo Xxxxx aval deberá estar en poder de aplicación lo dispuesto IDAE en el último párrafo del artículo 151.2. Esta garantía podrá prestarse momento establecido en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Leyel apartado 7. El efectivo y los certificados Adjudicatario podrá optar por la retención de inmovilización un importe similar al establecido como garantía definitiva, de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anteriorprimera facturación. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato. Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del TRLCSP:
a. De las penalidades impuestas al contratista que se prevén en el presente pliego.
b. De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas penalizaciones que pudieran corresponder al adjudicatario en el razón de la deficiente ejecución del contrato, retrasos, así como de todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, de los gastos originados a la Administración IDAE por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligacionescumplimiento, y de los cualesquiera daños y perjuicios ocasionados a la misma éste con motivo de la ejecución contrato. La garantía definitiva no será cancelada, y por tanto devuelto al adjudicatario el aval entregado, hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato. Dicho aval tendrá vigencia desde la fecha de su constitución, es decir, la firma del contrato o por su incumplimientoContrato, cuando no proceda su resolución.
c. De hasta la incautación completa finalización de los trabajos. A menos que puede decretarse se establezca de otra manera en los casos de resolución otros documentos del contrato, el aval será emitido por un banco o entidad financiera de acuerdo reconocida solvencia a favor y a satisfacción de IDAE. El aval tendrá el carácter de irrevocable e incondicional y será ejecutable a la primera demanda o requerimiento y con lo establecido en renuncia expresa a los beneficios de orden, excusión y división y sin posibilidad de demora mediante simple petición por escrito por parte de IDAE. Para el TRLCSP y en este pliego. Cuando supuesto de que durante la garantía vigencia del contrato se constituya en metálico, llegare a ejecutar por XXXX el importe se ingresará en la entidad Caixabank, cuenta corriente XX00 0000 0000 0000 0000 0000, titularidad del Ayuntamiento de Los Realejos. Los avales y los certificados de seguro de caución deberán estar bastanteados aval prestado por el Servicio Jurídico Contratista, éste último vendrá obligado en tal caso, y de no optar el primero por la rescisión de aquél, a entregar otro aval de las mismas características al citado en un plazo no superior a un mes a contar de la Entidad. Podrán admitirse documentos con fecha en que hubiere sido abonado su importe por la referencia al bastanteo de la Asesoría Jurídica de la Comunidad Autónoma o Abogacía del Estado y que por el reverso del aval venga recogida de diligencia de fedatario público en la que se exprese que, tras examinar los poderes el firmante tiene poder suficiente para comprometer a la entidad financiera en el acto que realizaEntidad Bancaria correspondiente.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Technical Assistance and Development of Communication Strategy
CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA. El licitador La constitución de garantía definitiva, por parte del adjudicatario del contrato, se llevará a cabo en forma de un aval bancario (conforme al modelo que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar se adjunta en el plazo xx XXXX -10- DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento previsto en el artículo 151.2anexo IV), la constitución de la garantía, y por un importe del 5% equivalente al 5 por 100 del importe total de adjudicación. De no cumplir este requisito por causas Dicho aval deberá estar en poder de IDAE con carácter previo a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el último párrafo firma del artículo 151.2. Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Leycontrato correspondiente. El efectivo y los certificados Adjudicatario podrá optar por la retención de inmovilización un importe similar al establecido como garantía definitiva, de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anteriorprimera facturación. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato. Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del TRLCSP:
a. De las penalidades impuestas al contratista que se prevén en el presente pliego.
b. De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas penalizaciones que pudieran corresponder al adjudicatario en el razón de la deficiente ejecución del contrato, retrasos, así como de todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, de los gastos originados a la Administración IDAE por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligacionescumplimiento, y de los cualesquiera daños y perjuicios ocasionados a la misma éste con motivo de la ejecución contrato. La garantía definitiva no será cancelada, y por tanto devuelto al adjudicatario el aval entregado, hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato. Dicho aval tendrá vigencia desde la fecha de su constitución, es decir, la firma del contrato o por su incumplimientoContrato, cuando no proceda su resolución.
c. De hasta la incautación completa finalización de los trabajos. A menos que puede decretarse se establezca de otra manera en los casos de resolución otros documentos del contrato, el aval será emitido por un banco o entidad financiera de acuerdo reconocida solvencia a favor y a satisfacción de IDAE. El aval tendrá el carácter de irrevocable e incondicional y será ejecutable a la primera demanda o requerimiento y con lo establecido en renuncia expresa a los beneficios de orden, excusión y división y sin posibilidad de demora mediante simple petición por escrito por parte de IDAE. Para el TRLCSP y en este pliego. Cuando supuesto de que durante la garantía vigencia del contrato se constituya en metálico, llegare a ejecutar por XXXX el importe se ingresará en la entidad Caixabank, cuenta corriente XX00 0000 0000 0000 0000 0000, titularidad del Ayuntamiento de Los Realejos. Los avales y los certificados de seguro de caución deberán estar bastanteados aval prestado por el Servicio Jurídico Contratista, éste último vendrá obligado en tal caso, y de no optar el primero por la rescisión de aquél, a entregar otro aval de las mismas características al citado en un plazo no superior a un mes a contar de la Entidad. Podrán admitirse documentos con fecha en que hubiere sido abonado su importe por la referencia al bastanteo de la Asesoría Jurídica de la Comunidad Autónoma o Abogacía del Estado y que por el reverso del aval venga recogida de diligencia de fedatario público en la que se exprese que, tras examinar los poderes el firmante tiene poder suficiente para comprometer a la entidad financiera en el acto que realizaEntidad Bancaria correspondiente.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for E Learning Platform and Support Services
CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA. El licitador que hubiera presentado 1. Antes de la oferta económicamente más ventajosa formalización del contrato, la sociedad adjudicataria deberá acreditar haber constituido una garantía definitiva a disposición del Órgano de Contratación, equivalente al cinco por ciento (5%) del importe previsto para la realización de las obras de construcción de la Autovía, según su oferta.
2. El importe de la garantía definitiva deberá ser ajustado por la Sociedad Concesionaria cada dos años, conforme a la variación del Índice de Precios al Consumo (grupo general para el conjunto nacional) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística o índice que lo sustituya.
3. Las garantías definitivas podrán constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 84 de la LCSP y su constitución podrá tener lugar mediante la utilización de medios telemáticos, electrónicos e informáticos o la presentación del resguardo justificativo de su prestación.
4. Si por el incumplimiento de los contratistas de cualquiera de las obligaciones impuestas en el contrato, se procediera, en los términos del presente documento, contra la garantía constituida correspondiente, aquellos deberán reponer o ampliar las garantías en la cuantía que corresponda en el plazo xx XXXX -10- DÍAS HÁBILES a contar de quince (15) días, contado desde el siguiente a aquél la fecha en que hubiera recibido el requerimiento previsto en el artículo 151.2, se hiciera efectiva la constitución ejecución de la garantía.
5. Cuando, por importe como consecuencia de la modificación del 5% del importe contrato, experimente variación el presupuesto de adjudicación. De no cumplir este requisito por causas a él imputableslas inversiones, se reajustará la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto garantía en el último párrafo del artículo 151.2. Esta garantía podrá prestarse plazo de quince (15) días, contado desde la fecha en alguna que se notifique a los contratistas el acuerdo de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores modificación, para que guarde la debida proporción con el presupuesto resultante de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcansu modificación.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior6. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato. Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del TRLCSP:
a. De las penalidades impuestas al contratista , o hasta que se prevén en el presente pliegodeclare la resolución de éste sin culpa del contratista. En todo caso, tendrá lugar la devolución de las garantías si transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación hubiese tenido lugar por causas no imputables al contratista.
b. De la correcta ejecución 7. El incumplimiento por el contratista de las prestaciones contempladas en el contrato, cualquiera de los gastos originados requisitos previstos en esta cláusula por causas a la Administración por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución.
c. De la incautación que puede decretarse en los casos él imputables será causa de resolución del contrato, de acuerdo con lo establecido en el TRLCSP y en este pliego. Cuando la garantía se constituya en metálico, el importe se ingresará en la entidad Caixabank, cuenta corriente XX00 0000 0000 0000 0000 0000, titularidad del Ayuntamiento de Los Realejos. Los avales y los certificados de seguro de caución deberán estar bastanteados por el Servicio Jurídico de la Entidad. Podrán admitirse documentos con la referencia al bastanteo de la Asesoría Jurídica de la Comunidad Autónoma o Abogacía del Estado y que por el reverso del aval venga recogida de diligencia de fedatario público en la que se exprese que, tras examinar los poderes el firmante tiene poder suficiente para comprometer a la entidad financiera en el acto que realiza.
Appears in 1 contract
CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA. El licitador La constitución de garantía definitiva, por parte del adjudicatario del contrato, se llevará a cabo en forma de un aval bancario (conforme al modelo que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar se adjunta en el plazo xx XXXX -10- DÍAS HÁBILES anexo II), y por un importe equivalente al 10 por 100 del importe total de adjudicación, dicho aval deberá estar en poder de IDAE con carácter previo a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento previsto en el artículo 151.2la firma del contrato correspondiente. El Adjudicatario podrá optar por la retención de un importe similar al establecido como garantía definitiva, la constitución de la garantía, por importe del 5% del importe de adjudicación. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el último párrafo del artículo 151.2. Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anteriorprimera facturación. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato. Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del TRLCSP:
a. De las penalidades impuestas al contratista que se prevén en el presente pliego.
b. De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas penalizaciones que pudieran corresponder al adjudicatario en el razón de la deficiente ejecución del contrato, retrasos, así como de todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, de los gastos originados a la Administración IDAE por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligacionescumplimiento, y de los cualesquiera daños y perjuicios ocasionados a la misma éste con motivo de la ejecución contrato. La garantía definitiva no será cancelada, y por tanto devuelto al adjudicatario el aval entregado, hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato. Dicho aval tendrá vigencia desde la fecha de su constitución, es decir, la firma del contrato o por su incumplimientoContrato de Suministro, cuando no proceda su resolución.
c. De hasta transcurrido el periodo de garantía establecido a partir de la incautación firma del Acta de Recepción Provisional de la instalación ejecutada. A menos que puede decretarse se establezca de otra manera en los casos de resolución otros documentos del contrato, el aval será emitido por un banco o entidad financiera de acuerdo reconocida solvencia a favor y a satisfacción de IDAE. El aval tendrá el carácter de irrevocable e incondicional y será ejecutable a la primera demanda o requerimiento y con lo establecido en renuncia expresa a los beneficios de orden, excusión y división y sin posibilidad de demora mediante simple petición por escrito por parte de IDAE. Para el TRLCSP y en este pliego. Cuando supuesto de que durante la garantía vigencia del contrato se constituya en metálico, llegare a ejecutar por XXXX el importe se ingresará en la entidad Caixabank, cuenta corriente XX00 0000 0000 0000 0000 0000, titularidad del Ayuntamiento de Los Realejos. Los avales y los certificados de seguro de caución deberán estar bastanteados aval prestado por el Servicio Jurídico Contratista, éste último vendrá obligado en tal caso, y de no optar el primero por la rescisión de aquél, a entregar otro aval de las mismas características al citado en un plazo no superior a un mes a contar de la Entidad. Podrán admitirse documentos con fecha en que hubiere sido abonado su importe por la referencia al bastanteo de la Asesoría Jurídica de la Comunidad Autónoma o Abogacía del Estado y que por el reverso del aval venga recogida de diligencia de fedatario público en la que se exprese que, tras examinar los poderes el firmante tiene poder suficiente para comprometer a la entidad financiera en el acto que realizaEntidad Bancaria correspondiente.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Supply, Assembly, and Commissioning of Turbine Generator Units and Auxiliary Equipment
CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA. El licitador que hubiera presentado Resguardo acreditativo de haber constituido la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar en garantía definitiva por el plazo xx XXXX -10- DÍAS HÁBILES importe señalado el punto 24 del Cuadro-Resumen a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento previsto en el artículo 151.2, la constitución disposición del órgano de la garantía, por importe del 5% del importe de adjudicación. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el último párrafo del artículo 151.2. Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán contratación en la Caja General de Depósitos de la Secretaría General xxx Xxxxxx y Política Financiera o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes cualquiera de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato. Esta garantía responderá a los conceptos incluidos formas previstas en el artículo 100 108 y 109 de la LCSP y en los artículos 56 a 58 del TRLCSP:
a. De las penalidades impuestas al contratista que RGLCAP. En cuanto se prevén en el presente pliego.
b. De la correcta ejecución refiere а los efectos, ejecución, reposición, reajuste, devolución у cancelación de las prestaciones contempladas garantías se estará а lo dispuesto en los artículos 109 а 113 de la LCSP. El órgano de contratación, atendidas las circunstancias concurrentes en el contrato, podrá eximir al empresario de los gastos originados la obligación de constituir garantía definitiva, motivando dicha dispensa en el punto 24 del Cuadro-Resumen. Para la constitución de la garantía definitiva se podrá aplicar, en su caso, el importe de la garantía provisional. Si no fuera así, la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la Administración por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo constitución de la ejecución garantía definitiva. Cuando así lo indique el punto 24 del contrato Cuadro-Resumen el adjudicatario deberá constituir una garantía complementaria de la definitiva por un importe de hasta un 5 por 100 del importe de adjudicación o por su incumplimientode licitación, cuando no proceda su resolución.
c. De dependiendo de la incautación que puede decretarse en los casos forma de resolución determinación de la cuantía del contrato, por lo que la garantía total podrá alcanzar hasta un 10 por 100 del precio de acuerdo con lo establecido adjudicación o de licitación, según corresponda. Si el contrato se divide en lotes, deberá constituirse una garantía definitiva por cada uno de los lotes que le hayan sido adjudicados, no admitiéndose la presentación de una única garantía definitiva referida por su cuantía a todos los lotes adjudicados. Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el TRLCSP y plazo de 15 días naturales, contados desde la fecha en este pliegoque se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación. Cuando En el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía se constituya en metálico, el importe se ingresará en la entidad Caixabankcuantía que corresponda, cuenta corriente XX00 0000 0000 0000 0000 0000incurriendo, titularidad del Ayuntamiento en caso contrario, en causa de Los Realejos. Los avales y los certificados de seguro de caución deberán estar bastanteados por el Servicio Jurídico de la Entidad. Podrán admitirse documentos con la referencia al bastanteo de la Asesoría Jurídica de la Comunidad Autónoma o Abogacía del Estado y que por el reverso del aval venga recogida de diligencia de fedatario público en la que se exprese que, tras examinar los poderes el firmante tiene poder suficiente para comprometer a la entidad financiera en el acto que realizaresolución.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Administrativo