Cristalería de urgencia Cláusulas de Ejemplo

Cristalería de urgencia. Cuando a consecuencia de incendio, explosión o robo, sea necesario reponer con carácter urgente un cristal situado en un elemento exterior de la vivienda habitual del Beneficiario, a fin de impedir el libre acceso a la misma por el lugar de la rotura.
Cristalería de urgencia. Cuando, a consecuencia de incendio, explosión, robo o rotura accidental, sea necesario reponer con carácter urgente un cristal situado en un elemento exterior de la vivienda habitual del Asegurado a fin de impedir el libre acceso a la misma por el lugar de la rotura, EUROP ASSISTANCE enviará, con la mayor prontitud posible, un cristalero que realizará la reparación de urgencia necesaria para restablecer la seguridad del inmueble. En este supuesto, los costes de desplazamiento, mano de obra y materiales de la reparación de urgencia quedan cubiertos. Servicios de Asistencia Jurídica‌ Nosotros asumimos la defensa jurídica de los derechos del Asegurado en relación con el objeto del presente seguro en cualquier procedimiento que resulte necesario y circunscrito a la legislación española. Se incluyen todos los servicios necesarios para la adecuada defensa en derecho mediante gestiones telefónicas, elaboración y presentación de escritos, procedimientos judiciales o gestiones ante la administración.
Cristalería de urgencia. Cuando como consecuencia de incendio, explosión o robo, sea necesario reponer con carácter urgente un cristal situado en un elemento exterior de la vivienda habitual del cliente, a fin de impedir el libre acceso a la misma por el lugar de la rotura, SEGUROS BILBAO enviará, con la mayor prontitud posible, un cristalero que realizará la reparación de urgencia necesaria para restablecer la seguridad del inmueble. Cuando a consecuencia de robo, incendio, inundación o explosión, su vivienda habitual fuera fácilmente accesible desde el exterior, SEGUROS BILBAO enviará personal de seguridad durante un período máximo de 24 horas, contadas a partir de su llegada a la vivienda afectada, dando por finalizado este servicio desde el momento en que quede restablecida la no accesibilidad. Póliza de Asistencia en Viaje Como consecuencia de un robo, incendio, caída xx xxxx, explosión o daños eléctricos se produjera la destrucción o inutilización de su televisor y/o DVD, y éstos quedaran sin la posibilidad de reparación inmediata, SEGUROS BILBAO gestionará la sustitución de los aparatos afectados hasta su reposición o, en su defecto, durante un plazo máximo de 15 días. Se entiende por: - Incendio, la combustión y abrasamiento con llama capaz de propagarse, de objetos que no estaban destinados a ser quemados en el lugar y momento que se produzca dicha combustión y abrasamiento. - Explosión, la acción súbita y violenta de la presión o depresión de los gases y/o vapores. - Caída xx xxxx, las descargas provenientes de la atmósfera que causen daños en los aparatos incluidos en esta garantía, produzcan o no incendio. - Daños eléctricos, los derivados de sobretensiones producidas por la electricidad. - Robo o intento de robo, el debidamente denunciado a la mayor brevedad en dependencias policiales.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.