Common use of CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Clause in Contracts

CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. De conformidad con lo establecido en el artículo 44 fracción II del REGLAMENTO, una vez hecha la evaluación de las proposiciones, conforme a lo señalado en los numerales 5, 5.1 y 5.2 de esta convocatoria y de acuerdo con el resultado que se obtenga del mecanismo de evaluación binario, se determinará la proposición que será susceptible de ser adjudicada conforme a lo siguiente: El contrato objeto de la presente convocatoria se adjudicará al LICITANTE, cuya proposición haya resultado solvente. Se entenderá por proposición solvente aquella que cumpla con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria, sus anexos y en su caso, modificaciones derivadas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y que al mismo tiempo haya ofertado el precio más bajo, siempre que éste resulte conveniente. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el primer párrafo del artículo 83 de las POBALINES, en caso de empate entre dos o más LICITANTES en una misma o más partidas o conceptos, se dará preferencia a las personas que integren el sector de MIPyMES, y se adjudicará el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga en carácter de mediana empresa. Con fundamento en el último párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el artículo 83 de las POBALINES, de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del LICITANTE que resulte ganador del sorteo de insaculación que realice la convocante, el cual se efectuará en el Acto de Fallo del procedimiento y consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada LICITANTE empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los LICITANTES que resultaron empatados en esa partida o concepto, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. En caso de existir más partidas o conceptos empatados se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas. (dos o más partidas). Se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma de los LICITANTES o invitados invalide el acto. Para llevar a cabo un sorteo de insaculación la convocante invitará al OIC y al testigo social que, en su caso, participe. Tratándose de licitaciones públicas electrónicas, el sorteo por insaculación se realizará conforme al procedimiento vigente en el INSTITUTO. ACTOS QUE SE EFECTUARÁN DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO De conformidad con el artículo 46 del REGLAMENTO, las actas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones que se realicen, del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y el Fallo, se difundirán en CompraINE para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

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CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. De conformidad con lo establecido en el artículo 44 fracción II I del REGLAMENTO, una vez hecha la evaluación de las proposiciones, conforme a lo señalado en los numerales 5, 5.1 y 5.2 de esta convocatoria y de acuerdo con el resultado que se obtenga del mecanismo de la evaluación binariopor puntos y porcentajes, se determinará la proposición que será susceptible de ser adjudicada conforme a lo siguiente: El contrato objeto de la presente convocatoria prestación de servicios se adjudicará al LICITANTE, cuya proposición haya resultado solvente. Se entenderá por proposición solvente aquella que cumpla con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoriaconvocatoria a la Licitación, sus anexos y en su caso, modificaciones derivadas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y que al mismo tiempo haya ofertado obtenido el precio más bajo, siempre que éste resulte convenientemejor resultado en la evaluación combinada de puntos y porcentajes. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el primer párrafo del artículo 83 de las POBALINES, en caso de empate entre dos o más LICITANTES en una misma o más partidas o conceptos, se dará preferencia a las personas que integren el sector de MIPyMESMiPYMES, y se adjudicará el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga en carácter de mediana empresa. Con fundamento en el último párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el segundo párrafo del artículo 83 de las POBALINES, de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del LICITANTE que resulte ganador del sorteo de insaculación que realice la convocante, el cual se efectuará en el Acto de Fallo del procedimiento y consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada LICITANTE empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante LICITANTE ganador y posteriormente las demás boletas de los LICITANTES que resultaron empatados en esa partida o concepto, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. En caso de existir más partidas o conceptos empatados se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas. ellas (dos o más partidas). Se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma de los LICITANTES o invitados invalide el acto. Para llevar a cabo un sorteo de insaculación la convocante invitará al OIC Órgano Interno Control y al testigo social que, en su caso, participe. Tratándose de licitaciones públicas electrónicas, el sorteo por insaculación se realizará conforme al procedimiento vigente participe en el INSTITUTOla licitación. ACTOS QUE SE EFECTUARÁN DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO De conformidad con el artículo 46 del REGLAMENTO, las actas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones que se realicen, del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y de la junta pública en la que se dé a conocer el Fallo, serán firmadas por los LICITANTES que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se difundirán podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada Acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente en CompraINE para efectos un lugar visible al que tenga acceso el público, por un término no menor de su notificación 5 (cinco) días hábiles, en el domicilio de la convocante, conforme a los licitanteslo siguiente: Documento impreso. Dicho procedimiento sustituirá En la oficina del Departamento de Licitaciones e Invitaciones de la Subdirección de Adquisiciones adscrita a la Dirección Ejecutiva de Administración, ubicadas en el sexto piso de la Torre Zafiro II, en Xxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01900 en la Ciudad de México, México, en días hábiles con horario de 09:00 a 18:00 horas. Documento electrónico en formato PDF. Podrá ser descargado desde la página web del INSTITUTO en el siguiente vínculo: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx Lo anterior sustituye a la notificación personal.

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Samples: Convenio Y/O Contrato, Convenio Y/O Contrato

CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. De conformidad La Convocante llevará a cabo la adjudicación del contrato que se derive de esta licitación pública, considerando los siguientes criterios: ▪ Las proposiciones técnicas y económicas de los licitantes deberán incluir y cumplir con lo establecido toda la información, documentos y requisitos establecidos en las presentes bases y sus anexos. ▪ Se elegirá al licitante que de manera estricta resulte solvente y cumpla con las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la Convocante. Evaluándose las características solicitadas en el artículo 44 fracción II del REGLAMENTO, una vez hecha la evaluación de las proposiciones, conforme a lo señalado en los numerales 5, 5.1 y 5.2 de esta convocatoria y de acuerdo con el resultado que se obtenga del mecanismo de evaluación binario, se determinará la proposición que será susceptible de ser adjudicada conforme a lo siguiente: Anexo No. 4. ▪ El contrato objeto se adjudicara de la presente convocatoria se adjudicará al LICITANTEentre los licitantes, a aquel cuya proposición haya resultado solvente. Se entenderá por proposición propuesta resulte solvente aquella que cumpla con los requisitos porque reúne las condiciones legales, técnicos técnicas y económicos establecidos en económicas requeridas por la presente convocatoria, sus anexos convocante y en su caso, modificaciones derivadas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones y por tanto garantiza garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas y respectivas. ▪ Si resultare que al mismo tiempo haya ofertado dos o mas proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, se adjudicara a quien presente la proposición cuyo precio sea el precio más bajomas bajo incluyendo, siempre que éste resulte conveniente. Con fundamento en su caso, el porcentaje previsto en el segundo ultimo párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y de este numeral. ▪ La adjudicación se efectuara a un solo licitante. La Convocante emitirá un dictamen en el primer párrafo del artículo 83 que se sustente el fallo, exponiendo el análisis de las POBALINESproposiciones admitidas y se hará mención de las proposiciones desechadas de conformidad al artículo 36 de la Ley y al artículo 46 del Reglamento. De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley, en para el caso de empate entre dos o más LICITANTES que en una misma o más partidas o conceptosigualdad de condiciones se presente un empate, se dará preferencia a las personas que integren el sector de MIPyMES, y se adjudicará el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará discapacidad o a la empresa que tenga en carácter de mediana empresa. Con fundamento en el último párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el artículo 83 de las POBALINES, de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del LICITANTE que resulte ganador del sorteo de insaculación que realice la convocante, el cual se efectuará en el Acto de Fallo del procedimiento y consistirá en depositar cuente con personal con discapacidad en una urna o recipiente transparenteproporción del 5 (cinco) por ciento cuando menos de la totalidad de la planta de empleados, las boletas cuya antigüedad no sea inferior a 6 (seis) meses; antigüedad que se comprobará con el nombre aviso de cada LICITANTE empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta alta al régimen obligatorio del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los LICITANTES que resultaron empatados en esa partida o concepto, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. En caso de existir más partidas o conceptos empatados se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas. (dos o más partidas). Se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma de los LICITANTES o invitados invalide el acto. Para llevar a cabo un sorteo de insaculación la convocante invitará al OIC y al testigo social que, en su caso, participe. Tratándose de licitaciones públicas electrónicas, el sorteo por insaculación se realizará conforme al procedimiento vigente en el INSTITUTO. ACTOS QUE SE EFECTUARÁN DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO De conformidad con el artículo 46 del REGLAMENTO, las actas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones que se realicen, del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y el Fallo, se difundirán en CompraINE para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personalIMSS.

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Samples: www.fonacot.gob.mx, www.fonacot.gob.mx

CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. La convocante llevará a cabo la adjudicación del contrato que se derive de esta licitación pública, considerando los siguientes criterios: ▪ Las proposiciones técnicas y económicas de los licitantes deberán incluir y cumplir con toda la información, documentos y requisitos establecidos en las presentes bases y sus anexos. ▪ Se elegirá al licitante que de manera estricta resulte solvente y cumpla con las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la Convocante. Evaluándose las características solicitadas en el Anexo No. 4. ▪ La oferta técnica que presente las mejores condiciones de calidad, entrega y garantías en relación con el precio. ▪ Si dos o más licitantes cumplen con el punto anterior, se elegirá la oferta económica más baja. ▪ La adjudicación se efectuará a un solo prestador por el servicio requerido. La Convocante emitirá un dictamen en el que se sustente el fallo, exponiendo el análisis de las proposiciones admitidas y se hará mención de las proposiciones desechadas de conformidad al artículo 36 de la Ley y al artículo 46 del Reglamento. De conformidad con lo establecido previsto en el artículo 44 fracción II del REGLAMENTO, una vez hecha la evaluación de las proposiciones, conforme a lo señalado en los numerales 5, 5.1 y 5.2 de esta convocatoria y de acuerdo con el resultado que se obtenga del mecanismo de evaluación binario, se determinará la proposición que será susceptible de ser adjudicada conforme a lo siguiente: El contrato objeto 14 de la presente convocatoria se adjudicará al LICITANTELey, cuya proposición haya resultado solvente. Se entenderá por proposición solvente aquella que cumpla con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria, sus anexos y en su caso, modificaciones derivadas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones y por tanto garantiza para el cumplimiento de las obligaciones respectivas y que al mismo tiempo haya ofertado el precio más bajo, siempre que éste resulte conveniente. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el primer párrafo del artículo 83 de las POBALINES, en caso de empate entre dos o más LICITANTES que en una misma o más partidas o conceptosigualdad de condiciones se presente un empate, se dará preferencia a las personas que integren el sector de MIPyMES, y se adjudicará el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará discapacidad o a la empresa que tenga en carácter de mediana empresa. Con fundamento en el último párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el artículo 83 de las POBALINES, de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del LICITANTE que resulte ganador del sorteo de insaculación que realice la convocante, el cual se efectuará en el Acto de Fallo del procedimiento y consistirá en depositar cuente con personal con discapacidad en una urna o recipiente transparenteproporción del 5 (cinco) por ciento cuando menos de la totalidad de la planta de empleados, las boletas cuya antigüedad no sea inferior a 6 (seis) meses; antigüedad que se comprobará con el nombre aviso de cada LICITANTE empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta alta al régimen obligatorio del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los LICITANTES que resultaron empatados en esa partida o concepto, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. En caso de existir más partidas o conceptos empatados se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas. (dos o más partidas). Se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma de los LICITANTES o invitados invalide el acto. Para llevar a cabo un sorteo de insaculación la convocante invitará al OIC y al testigo social que, en su caso, participe. Tratándose de licitaciones públicas electrónicas, el sorteo por insaculación se realizará conforme al procedimiento vigente en el INSTITUTO. ACTOS QUE SE EFECTUARÁN DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO De conformidad con el artículo 46 del REGLAMENTO, las actas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones que se realicen, del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y el Fallo, se difundirán en CompraINE para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personalIMSS.

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Samples: Contrato No. Sd 2006 0

CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. De conformidad con lo establecido en el artículo 44 fracción II del REGLAMENTO, una vez hecha la evaluación de las proposiciones, conforme a lo señalado en los numerales 5, 5.1 y 5.2 de esta convocatoria y de acuerdo con el resultado que se obtenga del mecanismo de evaluación binario, se determinará la proposición que será susceptible de ser adjudicada conforme a lo siguiente: El contrato (los) contrato(s) objeto de la presente convocatoria se adjudicará adjudicará(n) al LICITANTE(los) LICITANTE(S), cuya proposición haya resultado solvente. Se entenderá por proposición solvente aquella que cumpla con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria, sus anexos y en su caso, modificaciones derivadas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y que al mismo tiempo haya ofertado el precio más bajo, siempre que éste resulte conveniente. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el primer párrafo del artículo 83 de las POBALINES, en caso de empate entre dos o más LICITANTES en una misma o más partidas o conceptos, se dará preferencia a las personas que integren el sector de MIPyMES, y se adjudicará el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga en carácter de mediana empresa. Con fundamento en el último párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el segundo párrafo del artículo 83 de las POBALINES, de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del LICITANTE que resulte ganador del sorteo de insaculación que realice la convocante, el cual se efectuará en el Acto de Fallo del procedimiento y consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada LICITANTE empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los LICITANTES que resultaron empatados en esa partida o concepto, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. En caso de existir más partidas o conceptos empatados se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas. (dos o más partidas). Se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma de los LICITANTES o invitados invalide el acto. Para llevar a cabo un sorteo de insaculación la convocante invitará al OIC y al testigo social que, en su caso, participe. Tratándose de licitaciones públicas electrónicas, el sorteo por insaculación se realizará conforme al procedimiento vigente en el INSTITUTO. ACTOS QUE SE EFECTUARÁN DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO De conformidad con el artículo 46 del REGLAMENTO, las actas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones que se realicen, del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y el Fallo, se difundirán en CompraINE para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá Lo anterior sustituye a la notificación personal.

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Samples: Convenio Privado Para Presentar Propuesta Conjunta Que en Términos Del Párrafo Tercero

CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. De Las proposiciones presentadas y admitidas serán estudiadas, homogeneizadas, valoradas y ponderadas, de acuerdo con todo aquello que se menciona y formula en el anexo nº. 8. La adjudicación se hará a la proposición económicamente más ventajosa, que será aquélla que obtenga la mayor puntuación de entre todas aquellas proposiciones admitidas a licitación que igualen o superen todos los mínimos de puntuación establecidos en el anexo nº. 8. No obstante lo anterior, TERSA podrá rechazar, cuando no se alcance la puntuación mínima exigida para ser adjudicatario de conformidad con el anexo nº 7 y en base a los criterios de adjudicación, igualmente todas las ofertas y declarar desierto el procedimiento de licitación. Las resoluciones serán motivadas y, a menos que la resolución sea contradictoria con la propuesta de la Mesa de contratación o se base en consideraciones diferentes, se entenderá que adopta los motivos contenidos en la propuesta de la Mesa. Las ofertas presuntamente anormales o desproporcionadas se apreciarán de conformidad con lo establecido que se indica en el artículo 44 fracción II del REGLAMENTOAnexo nº.8. Si de la aplicación de estos criterios se identifica una determinada proposición como presuntamente anormal o desproporcionada, una el órgano de Contratación solicitará a los licitadores afectados, por escrito, la información y las justificaciones que considere oportunas en relación a los diferentes componentes de su proposición, lo que tendrá que cumplimentarse en el plazo de 5 días. Una vez hecha recibida la evaluación información y las justificaciones solicitadas, el órgano de contratación pedirá un informe técnico de los servicios técnicos de la entidad de valoración de las proposiciones, conforme a lo señalado en los numerales 5, 5.1 y 5.2 de esta convocatoria y de acuerdo con el resultado que se obtenga del mecanismo de evaluación binario, se determinará la proposición que será susceptible de ser adjudicada conforme a lo siguiente: El contrato objeto de la presente convocatoria se adjudicará al LICITANTE, cuya proposición haya resultado solvente. Se entenderá por proposición solvente aquella que cumpla con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria, sus anexos y en su caso, modificaciones derivadas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y que al mismo tiempo haya ofertado el precio más bajo, siempre que éste resulte conveniente. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el primer párrafo del artículo 83 de las POBALINES, en caso de empate entre dos o más LICITANTES en una misma o más partidas o conceptos, se dará preferencia a las personas que integren el sector de MIPyMES, y se adjudicará el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga en carácter de mediana empresa. Con fundamento en el último párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el artículo 83 de las POBALINES, de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del LICITANTE que resulte ganador del sorteo de insaculación que realice la convocante, el cual se efectuará en el Acto de Fallo del procedimiento y consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada LICITANTE empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas justificaciones de los LICITANTES que resultaron empatados licitadores incurridos en esa partida presunta oferta anormal o concepto, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. En caso de existir más partidas o conceptos empatados se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas. (dos o más partidas). Se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma de los LICITANTES o invitados invalide el acto. Para llevar a cabo un sorteo de insaculación la convocante invitará al OIC y al testigo social que, en su caso, participe. Tratándose de licitaciones públicas electrónicas, el sorteo por insaculación se realizará conforme al procedimiento vigente en el INSTITUTO. ACTOS QUE SE EFECTUARÁN DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO De conformidad con el artículo 46 del REGLAMENTO, las actas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones que se realicen, del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y el Fallo, se difundirán en CompraINE para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personaldesproporcionada.

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Samples: Pliego De Clausulas Particulares Contratación Armonizada

CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. De Las proposiciones presentadas y admitidas serán estudiadas, homogeneizadas, valoradas y ponderadas, de acuerdo con todo aquello que se menciona y formula en el apartado O del cuadro-resumen de características. La adjudicación se hará a la proposición económicamente más ventajosa, que será aquélla que obtenga la mayor puntuación de entre todas aquellas proposiciones admitidas a licitación que igualen o superen todos los mínimos de puntuación establecidos en el apartado O del cuadro-resumen de características. Las resoluciones serán motivadas y, a menos que la resolución sea contradictoria con la propuesta de la Mesa de contratación o se base en consideraciones diferentes, se entenderá que adopta los motivos contenidos en la propuesta de la Mesa. Las ofertas con valores anormales o desproporcionados se apreciarán de conformidad con lo establecido que se indica en el apartado J del cuadro-resumen de características. Si de la aplicación de estos criterios se identifica una determinada proposición como oferta con valores anormales o desproporcionados, se estará a lo previsto en el artículo 44 fracción II 136 de la Ley de Contractos del REGLAMENTOsector Público. En este sentido, una vez hecha se solicitará a los licitadores afectados, por escrito, la evaluación información y las justificaciones que considere oportunas en relación en los diferentes componentes de su proposición, lo que tendrá que cumplimentarse en el plazo de 5 días. A la vista de los informes técnicos oportunos y, si procede, de las proposicionesjustificaciones formuladas por los licitadores, conforme a lo señalado en los numerales 5, 5.1 y 5.2 la Mesa de esta convocatoria y de acuerdo con el resultado que se obtenga del mecanismo de evaluación binario, se determinará contratación podrá optar por excluir la proposición que será susceptible de ser adjudicada conforme a lo siguiente: El contrato objeto de o proposiciones con valores anormales o desproporcionados, o bien por valorarlas con la presente convocatoria se adjudicará al LICITANTE, cuya proposición haya resultado solvente. Se entenderá por proposición solvente aquella que cumpla con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria, sus anexos y en su caso, modificaciones derivadas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y que al mismo tiempo haya ofertado el precio más bajo, siempre que éste resulte conveniente. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el primer párrafo del artículo 83 de las POBALINESreserva que, en caso de empate entre dos o más LICITANTES en una misma o más partidas o conceptosresultar adjudicatarias, se dará preferencia a las personas tendrán que integren el sector depositar la garantía complementaria del 5% de MIPyMES, y se adjudicará el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga en carácter de mediana empresa. Con fundamento en el último párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el artículo 83 de las POBALINES, de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del LICITANTE que resulte ganador del sorteo de insaculación que realice la convocante, el cual se efectuará en el Acto de Fallo del procedimiento y consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada LICITANTE empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los LICITANTES que resultaron empatados en esa partida o concepto, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. En caso de existir más partidas o conceptos empatados se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas. (dos o más partidas). Se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma de los LICITANTES o invitados invalide el acto. Para llevar a cabo un sorteo de insaculación la convocante invitará al OIC y al testigo social que, en su caso, participe. Tratándose de licitaciones públicas electrónicas, el sorteo por insaculación se realizará conforme al procedimiento vigente en el INSTITUTO. ACTOS QUE SE EFECTUARÁN DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO De conformidad con el artículo 46 83.2 de la Ley de Contractos del REGLAMENTO, las actas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones que se realicen, del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y el Fallo, se difundirán en CompraINE para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personalsector Público.

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Samples: Contrato De Suministro

CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. De conformidad con lo establecido Los criterios que se aplicarán para la adjudicación del Contrato, serán los siguientes: Los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx adjudicarán por concepto. Para la evaluación de las proposiciones, se utilizará el método de evaluación Binario, mediante el cual sólo se adjudica a quien cumpla los requisitos establecidos y oferte el precio solvente más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente; se evaluará al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo; de no resultar éstas solventes, se evaluarán las que les sigan en precio. Para determinar que un precio no es aceptable, al monto de cada bien, se les sumará el artículo 44 fracción II porcentaje previsto en la Fracción XXVI del REGLAMENTOArtículo 4 de la Ley. Cuando algún precio ofertado sea superior, éste será considerado como no aceptable. El precio conveniente únicamente se llevará a cabo cuando se requiera acreditar que un precio ofertado se desecha porque se encuentra por debajo del porcentaje determinado conforme a la Fracción XXV del Artículo 4 de la Ley. Cuando se deseche una proposición por considerar que los precios no son convenientes o se determine que son no aceptables, no se podrá adjudicar el contrato a los licitantes cuyas proposiciones contengan dichos precios, dicha determinación se incorporará al Fallo. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, conforme a lo señalado en los numerales 5, 5.1 y 5.2 de esta convocatoria y de acuerdo con el resultado que se obtenga del mecanismo de evaluación binario, se determinará la proposición que será susceptible de ser adjudicada conforme a lo siguiente: El contrato objeto de la presente convocatoria se adjudicará al LICITANTElicitante cuya oferta resulte solvente, cuya proposición haya resultado solvente. Se entenderá por proposición solvente aquella que cumpla porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en esta Convocatoria a la presente convocatoriaLicitación, sus anexos y en su caso, modificaciones derivadas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y que al mismo tiempo haya ofertado el precio más bajo, siempre que éste resulte convenienterespectivas. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el primer párrafo del artículo 83 de las POBALINES, en En caso de empate entre dos o más LICITANTES en una misma o más partidas o conceptosexistir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren integran el sector de MIPyMESmicro, pequeñas y se adjudicará el contrato en primer término a las micro medianas empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga en carácter de mediana empresa. Con fundamento en el último párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el artículo 83 de las POBALINES, de De subsistir el empateempate entre las personas del sector señalado, la adjudicación se efectuará a favor del LICITANTE licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación, para lo cual será convocado un representante del Órgano Interno de insaculación que realice la convocante, el cual se efectuará en el Acto de Fallo del procedimiento y consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada LICITANTE empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas Control de los LICITANTES que resultaron empatados en esa partida o concepto, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposicionesServicios de Xxxxx xx Xxxxxxx. En caso Será causa de existir más partidas o conceptos empatados se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas. (dos o más partidas). Se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma de los LICITANTES o invitados invalide el acto. Para llevar a cabo un sorteo de insaculación la convocante invitará al OIC y al testigo social que, en su caso, participe. Tratándose de licitaciones públicas electrónicas, el sorteo por insaculación se realizará conforme al procedimiento vigente en el INSTITUTO. ACTOS QUE SE EFECTUARÁN DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO De conformidad con el artículo 46 del REGLAMENTO, las actas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones que se realicen, del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y el Fallo, se difundirán en CompraINE para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.descalificación:

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Samples: Contrato De Adquisición De Bienes O De Prestación De Servicios

CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. La Convocante llevará a cabo la adjudicación del contrato que se derive de esta licitación pública, considerando los siguientes criterios: ▪ Las proposiciones técnicas y económicas de los licitantes deberán incluir y cumplir con toda la información, documentos y requisitos establecidos en las presentes bases y sus anexos. ▪ Se elegirá al licitante que de manera estricta resulte solvente y cumpla con las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la Convocante. Evaluándose las características solicitadas en el Anexo No. 4. ▪ La oferta técnica que presente las mejores condiciones de calidad, entrega y garantías en relación con el precio. ▪ Si dos o más licitantes cumplen con el punto anterior, se elegirá la oferta económica más baja. ▪ La adjudicación se efectuará a un solo prestador por el servicio requerido. La Convocante emitirá un dictamen en el que se sustente el fallo, exponiendo el análisis de las proposiciones admitidas y se hará mención de las proposiciones desechadas de conformidad al artículo 36 de la Ley y al artículo 46 del Reglamento. De conformidad con lo establecido previsto en el artículo 44 fracción II del REGLAMENTO, una vez hecha la evaluación de las proposiciones, conforme a lo señalado en los numerales 5, 5.1 y 5.2 de esta convocatoria y de acuerdo con el resultado que se obtenga del mecanismo de evaluación binario, se determinará la proposición que será susceptible de ser adjudicada conforme a lo siguiente: El contrato objeto 14 de la presente convocatoria se adjudicará al LICITANTELey, cuya proposición haya resultado solvente. Se entenderá por proposición solvente aquella que cumpla con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria, sus anexos y en su caso, modificaciones derivadas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones y por tanto garantiza para el cumplimiento de las obligaciones respectivas y que al mismo tiempo haya ofertado el precio más bajo, siempre que éste resulte conveniente. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el primer párrafo del artículo 83 de las POBALINES, en caso de empate entre dos o más LICITANTES que en una misma o más partidas o conceptosigualdad de condiciones se presente un empate, se dará preferencia a las personas que integren el sector de MIPyMES, y se adjudicará el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará discapacidad o a la empresa que tenga en carácter de mediana empresa. Con fundamento en el último párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el artículo 83 de las POBALINES, de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del LICITANTE que resulte ganador del sorteo de insaculación que realice la convocante, el cual se efectuará en el Acto de Fallo del procedimiento y consistirá en depositar cuente con personal con discapacidad en una urna o recipiente transparenteproporción del 5 (cinco) por ciento cuando menos de la totalidad de la planta de empleados, las boletas cuya antigüedad no sea inferior a 6 (seis) meses; antigüedad que se comprobará con el nombre aviso de cada LICITANTE empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta alta al régimen obligatorio del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los LICITANTES que resultaron empatados en esa partida o concepto, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. En caso de existir más partidas o conceptos empatados se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas. (dos o más partidas). Se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma de los LICITANTES o invitados invalide el acto. Para llevar a cabo un sorteo de insaculación la convocante invitará al OIC y al testigo social que, en su caso, participe. Tratándose de licitaciones públicas electrónicas, el sorteo por insaculación se realizará conforme al procedimiento vigente en el INSTITUTO. ACTOS QUE SE EFECTUARÁN DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO De conformidad con el artículo 46 del REGLAMENTO, las actas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones que se realicen, del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y el Fallo, se difundirán en CompraINE para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personalIMSS.

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Samples: Contrato No. Sd 2006 0

CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. De conformidad con lo establecido en La adjudicación del contrato se efectuará a la oferta más economica, siendo el artículo 44 fracción II del REGLAMENTO, una vez hecha la evaluación precio el único criterio de las proposiciones, conforme a lo señalado en los numerales 5, 5.1 y 5.2 adjudicación. En el caso de esta convocatoria y de acuerdo con el resultado que se obtenga del mecanismo de evaluación binarioempate, se determinará aplicará la proposición que será susceptible de ser adjudicada conforme a lo siguiente: El contrato objeto de la presente convocatoria se adjudicará al LICITANTE, cuya proposición haya resultado solvente. Se entenderá por proposición solvente aquella que cumpla con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos preferencia regulada en la presente convocatoria, sus anexos y en su caso, modificaciones derivadas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y que al mismo tiempo haya ofertado el precio más bajodisposición adicional 4ª del TRLCSP, siempre que éste resulte conveniente. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el primer párrafo del artículo 83 al tiempo de las POBALINES, en caso de empate entre dos o más LICITANTES en una misma o más partidas o conceptospresentar su proposición, se dará preferencia a las personas haya acreditado que integren el sector la empresa tiene en su plantilla un número de MIPyMES, y se adjudicará el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse trabajadores con alguna de las anteriores, se adjudicará discapacidad superior al 2 por 100 o que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la que tenga promoción e inserción laboral de personas en carácter situación de mediana empresaexclusión social. Con fundamento en el último párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el artículo 83 de las POBALINES, de subsistir Si persistiera el empate, la adjudicación se efectuará decidirá mediante sorteo que se celebrará en acto público, a favor continuación del LICITANTE acto de apertura de la propuesta económica Los licitadores no podrán proponer variantes Previo al acto público de apertura del SOBRE 2 , se comprobará por la Mesa de Contratación que resulte ganador las declaraciones responsables presentadas por los licitadores dentro del sorteo SOBRE 1, están válidamente firmadas y cumplen desde un punto de insaculación que realice la convocante, el cual se efectuará en el Acto de Fallo del procedimiento vista formal y consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada LICITANTE empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los LICITANTES que resultaron empatados en esa partida o conceptotambién material, con lo cual exigido por las normas legales y reglamentarias que son de aplicación. Si se determinarán observasen defectos subsanables en las declaraciones responsables presentadas se otorgará un plazo de tres días para que los subsecuentes lugares licitadores las corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación El acto público de apertura del SOBRE 2 (PROPUESTA ECONÓMICA) se celebrará en el lugar y día que ocuparán tales proposicionespreviamente se haya señalado en el anuncio de licitación, observándose en su desarrollo las formalidades previstas en el artículo 83 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En el caso de existir más partidas ofertas con valores desproporcionados o conceptos empatados temerarios se llevará a cabo un sorteo por cada una procederá de ellas. (dos o más partidas). Se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma de los LICITANTES o invitados invalide el acto. Para llevar a cabo un sorteo de insaculación la convocante invitará al OIC y al testigo social que, en su caso, participe. Tratándose de licitaciones públicas electrónicas, el sorteo por insaculación se realizará conforme al procedimiento vigente acuerdo con lo dispuesto en el INSTITUTO. ACTOS QUE SE EFECTUARÁN DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO De conformidad con artículo 152 del TRLCSP, siendo los criterios para su apreciación los que se establecen el el artículo 46 85 del REGLAMENTO, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas Todas las actas de la(s) Junta(s) la Mesa de Aclaraciones que Contratación se realicenpublicarán en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Eibar, del Acto dentro de Presentación y Apertura de Proposiciones y el Fallo, se difundirán en CompraINE para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.pestaña “TABLÓN”

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Suministro De Gasolina Para Automoción

CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. De conformidad con lo establecido La adjudicación del contrato se efectuará mediante la valoración de los criterios económicos y técnicos indicados en el artículo 44 fracción II del REGLAMENTOAnexo II. En el caso que se produjera empate, una vez hecha la evaluación de las proposicionesel propio Xxxxx XX establecerá los criterios para resolverlo. Cuando, conforme a lo señalado en los numerales 5, 5.1 y 5.2 de esta convocatoria y de acuerdo con el resultado Anexo II el único criterio valorable de forma objetiva a considerar para la adjudicación sea el de su precio, el carácter desproporcionado o anormal de las ofertas podrá apreciarse de acuerdo con los parámetros objetivos establecidos en el artº 85 del RGLCAP. Cuando en la adjudicación deba considerarse mas de un criterio de valoración, los parámetros objetivos para considerar que la oferta contiene valores anormales o desproporcionados se obtenga señalarán en el Apartado M del mecanismo de evaluación binario, Cuadro-Resumen. Cuando se determinará la identifique una proposición que será susceptible de pueda ser adjudicada conforme considerada desproporcionada o anormal se estará a lo siguiente: previsto en el artº 152 TRLCSP. El contrato objeto órgano de contratación estará asistido por una Mesa de Contratación cuya composición concreta se publicará en el Perfil de Contratante con una antelación de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la presente convocatoria se adjudicará al LICITANTEdocumentación prevista en el Sobre A. Para la válida constitución de la mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros, cuya proposición haya resultado solvente. Se entenderá por proposición solvente aquella que cumpla con los requisitos legalesy, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria, sus anexos y en su todo caso, modificaciones derivadas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y que al mismo tiempo haya ofertado el precio más bajo, siempre que éste resulte conveniente. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el primer párrafo del artículo 83 de las POBALINES, en caso de empate entre dos o más LICITANTES en una misma o más partidas o conceptos, se dará preferencia a las personas que integren el sector de MIPyMES, y se adjudicará el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga en carácter de mediana empresa. Con fundamento en el último párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el artículo 83 de las POBALINES, de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del LICITANTE que resulte ganador del sorteo de insaculación que realice la convocantePresidente, el cual se efectuará en el Acto Secretario y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano. Los Acuerdos de Fallo del procedimiento y consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada LICITANTE empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas Mesa requerirán mayoría simple de los LICITANTES que resultaron empatados en esa partida o concepto, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposicionesasistentes. En caso de existir más partidas o conceptos empatados se llevará a cabo empate decidirá el voto de calidad del Presidente. Cuando los criterios subjetivos cuya valoración dependa de un sorteo por cada juicio de valor tengan atribuida una de ellas. (dos o más partidas). Se levantará acta que firmarán los asistentes, sin ponderación mayor que la inasistenciacorrespondiente a los criterios valorables objetivamente mediante la aplicación de formulas o porcentajes, su valoración corresponderá, bien a un comité formado por expertos bien a un organismo técnico especializado. La designación de los miembros del comité de expertos o del organismo técnico especializado se efectuará por la Presidencia y se publicará en el Perfil del Contratante. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la negativa Mesa de contratación procederá a la apertura y verificación de la documentación administrativa presentada por los licitadores, en tiempo y forma, en el denominado Sobre A. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, por fax o falta al correo electrónico que los licitadores hayan indicado en la “HOJA RESUMEN DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIONES”, del Sobre A, o cualquier otro medio que permita tener constancia de firma su recepción por el interesado, de los LICITANTES la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación concediéndoles un plazo no superior a tres días naturales para su corrección o invitados invalide el actosubsanación. Para llevar Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas además podrán hacerse públicas por la Secretaría de la Mesa a cabo un sorteo través del Perfil de insaculación Contratante. Una vez calificada la convocante invitará al OIC documentación administrativa y al testigo social quesubsanados, en su caso, participelos defectos u omisiones de la documentación presentada, la Mesa cuando proceda, determinará las empresas que cumplen los requisitos administrativos, haciendo un pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Tratándose En este mismo acto se efectuará la apertura del Sobre C, si éste fuera exigido en la licitación, entregándose a los Servicios Técnicos para su valoración la documentación contenida en el mismo. Una vez efectuada la valoración del Sobre C, de licitaciones públicas electrónicasacuerdo con los criterios valoración previstos en el Anexo II, el sorteo por insaculación se realizará conforme al procedimiento vigente órgano de contratación publicará, con la debida antelación, en el INSTITUTOperfil del contratante, la fecha de celebración del acto público de apertura y lectura de las ofertas económicas y criterios de valoración mediante apreciación objetiva (Sobre B). ACTOS QUE SE EFECTUARÁN DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO Antes de la Apertura de los Sobres B, se dará a conocer en el mismo acto la valoración dada a los criterios evaluables subjetivamente (Sobre C). De conformidad con todo lo actuado conforme a los apartados anteriores, se dejará constancia en el artículo 46 del REGLAMENTO, las actas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones Acta correspondiente en la que se realicenreflejará el resultado del procedimiento y sus incidencias, del Acto formulándose, la propuesta de Presentación adjudicación que estime pertinente y Apertura que elevará al órgano de Proposiciones y el Fallocontratación junto con las proposiciones presentadas El Órgano de Contratación, se difundirán en CompraINE para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.vista de la propuesta formulada por la Mesa de Contratación, clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales y, posteriormente, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que en el plazo de 10 días hábiles a contar desde aquél en el que haya recibido el requerimiento, presente:

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CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. De conformidad con lo establecido La adjudicación del contrato se efectuará mediante la valoración de los criterios económicos y técnicos indicados en el artículo 44 fracción II del REGLAMENTOAnexo II. En el caso que se produjera empate, una vez hecha la evaluación el propio Xxxxx XX establecerá los criterios para resolverlo. En el caso de las proposicionesque no se previeran, conforme se estará a lo señalado dispuesto en los numerales 5la Ley 3/2011 de medidas en materia de Contratos del Sector Público xx Xxxxxx. Cuando, 5.1 y 5.2 de esta convocatoria y de acuerdo con el resultado Anexo II el único criterio valorable de forma objetiva a considerar para la adjudicación sea el de su precio, el carácter desproporcionado o anormal de las ofertas podrá apreciarse de acuerdo con los parámetros objetivos establecidos en el artº 85 del RGLCAP. Cuando en la adjudicación deba considerarse mas de un criterio de valoración, los parámetros objetivos para considerar que la oferta contiene valores anormales o desproporcionados se obtenga señalarán en el Apartado Ñ del mecanismo de evaluación binario, Cuadro- Resumen. Cuando se determinará la identifique una proposición que será susceptible de pueda ser adjudicada conforme considerada desproporcionada o anormal se estará a lo siguiente: previsto en el artº 152 TRLCSP. El órgano de contratación podrá estar asistido por una Mesa de Contratación que efectuará la valoración de los criterios para la adjudicación del contrato objeto señalados en el Anexo II. Su composición concreta se publicará en el Perfil de Contratante con una antelación de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la presente convocatoria se adjudicará al LICITANTEdocumentación prevista en el Sobre A. Para la válida constitución de la mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros, cuya proposición haya resultado solvente. Se entenderá por proposición solvente aquella que cumpla con los requisitos legalesy, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria, sus anexos y en su todo caso, modificaciones derivadas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y que al mismo tiempo haya ofertado el precio más bajo, siempre que éste resulte conveniente. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el primer párrafo del artículo 83 de las POBALINES, en caso de empate entre dos o más LICITANTES en una misma o más partidas o conceptos, se dará preferencia a las personas que integren el sector de MIPyMES, y se adjudicará el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga en carácter de mediana empresa. Con fundamento en el último párrafo del artículo 44 del REGLAMENTO y el artículo 83 de las POBALINES, de subsistir el empate, la adjudicación se efectuará a favor del LICITANTE que resulte ganador del sorteo de insaculación que realice la convocantePresidente, el cual se efectuará en el Acto Secretario y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano. Los Acuerdos de Fallo del procedimiento y consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada LICITANTE empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas Mesa requerirán mayoría simple de los LICITANTES que resultaron empatados en esa partida o concepto, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposicionesasistentes. En caso de existir más partidas o conceptos empatados se llevará a cabo empate decidirá el voto de calidad del Presidente. Cuando los criterios subjetivos cuya valoración dependa de un sorteo por cada juicio de valor tengan atribuida una de ellas. (dos o más partidas). Se levantará acta que firmarán los asistentes, sin ponderación mayor que la inasistenciacorrespondiente a los criterios valorables objetivamente mediante la aplicación de formulas o porcentajes, su valoración corresponderá, bien a un comité formado por expertos bien a un organismo técnico especializado. La designación de los miembros del comité de expertos o del organismo técnico especializado se efectuará por la Presidencia y se publicará en el Perfil del Contratante. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la negativa Mesa de contratación procederá a la apertura y verificación de la documentación administrativa presentada por los licitadores, en tiempo y forma, en el denominado Sobre A. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, por fax o falta al correo electrónico que los licitadores hayan indicado en la “HOJA RESUMEN DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIONES”, del Sobre A, o cualquier otro medio que permita tener constancia de firma su recepción por el interesado, de los LICITANTES la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación concediéndoles un plazo no superior a cinco días naturales para su corrección o invitados invalide el actosubsanación. Para llevar Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas además podrán hacerse públicas por la Secretaría de la Mesa a cabo un sorteo través del Perfil de insaculación Contratante. Una vez calificada la convocante invitará al OIC documentación administrativa y al testigo social quesubsanados, en su caso, participelos defectos u omisiones de la documentación presentada, la Mesa cuando proceda, determinará las empresas que cumplen los requisitos administrativos, haciendo un pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Tratándose En este mismo acto se efectuará la apertura del Sobre C, si éste fuera exigido en la licitación, entregándose a los Servicios Técnicos para su valoración la documentación contenida en el mismo. Una vez efectuada la valoración del Sobre C, de licitaciones públicas electrónicasacuerdo con los criterios valoración previstos en el Anexo II, el sorteo por insaculación se realizará conforme al procedimiento vigente órgano de contratación publicará, con la debida antelación, en el INSTITUTOperfil del contratante, la fecha de celebración del acto público de apertura y lectura de las ofertas económicas y criterios de valoración mediante apreciación objetiva (Sobre B). ACTOS QUE SE EFECTUARÁN DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO Antes de la Apertura de los Sobres B, se dará a conocer en el mismo acto la valoración dada a los criterios evaluables subjetivamente (Sobre C). De conformidad con todo lo actuado conforme a los apartados anteriores, se dejará constancia en el artículo 46 del REGLAMENTO, las actas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones Acta correspondiente en la que se realicenreflejará el resultado del procedimiento y sus incidencias, del Acto formulándose, la propuesta de Presentación adjudicación que estime pertinente y Apertura que elevará al órgano de Proposiciones y el Fallocontratación junto con las proposiciones presentadas El Órgano de Contratación, se difundirán en CompraINE para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.vista de la propuesta formulada por la Mesa de Contratación, clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales y, posteriormente, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que en el plazo de 10 días hábiles a contar desde aquél en el que haya recibido el requerimiento, presente:

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