CÓMPUTO DE LOS PLAZOS. CLÁUSULA 30 - Todos los plazos de días, indicados en la presente póliza, se computarán corridos, salvo disposición expresa en contrario.
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS. Todos los plazos de días indicados en la presente póliza, se computarán corridos, salvo disposición expresa en contrario.
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS. Durante la ejecución contractual los plazos se computan en días calendario, excepto en los casos en los que el presente Reglamento indique lo contrario, aplicándose supletoriamente lo dispuesto por los artículos 183 y 184 del Código Civil.
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS. Artículo 2°: Todos los plazos establecidos en el presente Pliego y demás normas generales o complementarias, se computarán en días hábiles administrativos, salvo expresa disposición en contrario.
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS. Todos los plazos se computarán en días hábiles administrativos, salvo que en estas Bases y Condiciones se disponga expresamente lo contrario.
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS. Los plazos señalados en este procedimiento correrán únicamente en días hábiles de lunes a viernes de cada semana.
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS. Durante la vigencia del contrato, los plazos se computarán en días calendario, excepto en los casos en los que el Reglamento indique lo contrario. El plazo de ejecución contractual se computa en días calendario desde el día siguiente de la suscripción del contrato o desde el día siguiente de cumplirse las condiciones establecidas en las Bases. En el caso de contrataciones perfeccionadas mediante orden de compra o de servicio, el plazo de ejecución se computa desde el día siguiente de recibida. En ambos casos se aplicará supletoriamente lo dispuesto por los artículos 183° y 184° del Código Civil. El contratista debe comunicar a la Entidad las fallas o defectos que advierta en las especificaciones técnicas o términos de referencia de los bienes o servicios a ser adquiridos o contratados, a más tardar a los siete (7) días siguientes del perfeccionamiento del contrato. Esta disposición es sólo aplicable a las contrataciones cuyo monto correspondan a la Adjudicación de Menor Cuantía y en ningún caso será aplicable a la Adjudicación de Menor Cuantía Derivada. La Entidad evaluará las observaciones formuladas por el contratista y se pronunciará en el plazo de siete (7) días hábiles. Si acoge las observaciones, la Entidad deberá entregar las correcciones o efectuar los cambios correspondientes, y si, además, las fallas o defectos afectan En caso de que las observaciones no fuesen admitidas, la Entidad hará la correspondiente comunicación para que el contratista continúe la prestación objeto del contrato, bajo responsabilidad de aquella respecto a las mencionadas observaciones.75
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS. Los plazos considerados en el presente Contrato se contarán como días corridos. En el supuesto en que el día de vencimiento de los pagos adeudados recayere en un día no hábil, se entenderá que la obligación vence el día hábil inmediato posterior.
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS. Cláusula 10 -Todos los plazos de días, indicados en la presente póliza, se computarán corridos, salvo disposición expresa en contrario.
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS. ARTÍCULO 24