DAÑOS A TERCEROS. El Contratista tomará las precauciones aconsejables o las que indique la Inspección para evitar daños a personas o cosas, y, si ellos se produjeran será responsable por el resarcimiento de los perjuicios, salvo en los casos de excepción previstos para el particular en la Ley Nacional de Obras Públicas. El contratista deberá tomar una póliza de seguros a satisfacción del Comitente.
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Samples: Pliego De Condiciones Generales Para Obras Mayores, Pliego De Condiciones Generales Para Obras Mayores, Pliego De Condiciones Generales Para Obras Mayores
DAÑOS A TERCEROS. El Contratista tomará las precauciones aconsejables o las que indique la Inspección para evitar daños a personas o cosas, y, si ellos se produjeran será responsable por el resarcimiento de los perjuicios, salvo en los casos de excepción previstos para el particular en la Ley Nacional de Obras Públicas. El contratista deberá tomar una póliza de seguros a satisfacción del Comitente.
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Samples: Licitación Y Ejecución De Obras