Common use of DE LA ADJUDICACIÓN Clause in Contracts

DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación de la licitación se hará a la propuesta que haya obtenido el más alto puntaje luego de aplicar los criterios de evaluación, mediante acto administrativo municipal, y se publicará en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal. Si la publicación de la adjudicación no se realizare dentro del término señalado en el punto 3, precedente, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N° 19.886. En el evento que el adjudicatario rechazare la adjudicación, o no aceptare la orden de compra en el plazo de 48 horas desde su emisión, la Municipalidad podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje de acuerdo con el listado de readjudicación propuesto en la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original, en la medida que la oferta a readjudicar se encuentre vigente.

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Samples: Licitación Pública

DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación de la licitación se hará a la propuesta que haya obtenido mediante el más alto puntaje luego de aplicar los criterios de evaluación, mediante respectivo acto administrativo municipal, y se publicará en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal. Si la publicación de la adjudicación no se realizare dentro del término señalado en el punto 3numeral 4, precedente, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N° 19.886. En el evento que el adjudicatario rechazare la adjudicación, no suscribiere el contrato o no aceptare cumpliese con las condiciones o requisitos establecidos en las bases para la orden de compra en el plazo de 48 horas desde su emisiónsuscripción del mismo, la Municipalidad podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje de acuerdo con el listado de readjudicación propuesto en la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 120 días corridos desde la publicación de la adjudicación original, en la medida original y siempre que la oferta a readjudicar las ofertas se encuentre vigenteencuentren vigentes.

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Samples: Acquisition of Software Licenses

DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación de la licitación se hará a la propuesta que haya obtenido mediante el más alto puntaje luego de aplicar los criterios de evaluación, mediante respectivo acto administrativo municipal, y se publicará en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal. Si la publicación de la adjudicación no se realizare dentro del término señalado en el punto 3, precedente, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N° 19.886. En el evento que el adjudicatario rechazare la adjudicación, no suscribiere el contrato o no aceptare cumpliese con las condiciones o requisitos establecidos en las bases para la orden de compra en el plazo de 48 horas desde su emisiónsuscripción del mismo, la Municipalidad podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje de acuerdo con el listado de readjudicación propuesto en la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original, en la medida que la oferta a readjudicar se encuentre vigente.

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Samples: Licitación Pública

DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación de la licitación se hará a la propuesta que haya obtenido mediante el más alto puntaje luego de aplicar los criterios de evaluación, mediante respectivo acto administrativo municipaladministrativo, y se publicará en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal. Si la publicación de la adjudicación no se realizare dentro del término señalado en el punto 3, precedente, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N° 19.886. En el evento que el adjudicatario rechazare la adjudicaciónrechazare, expresa o no aceptare tácitamente la orden de compra en a que se refiere el plazo inciso primero del artículo 63 del Reglamento de 48 horas desde su emisiónla Ley Nº19.886, la Municipalidad podrá podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje de acuerdo con el listado de readjudicación propuesto en la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original. Se entenderá rechazada tácitamente la orden de compra transcurridas 48 horas desde su envío, en la medida que la oferta a readjudicar se encuentre vigentesin necesidad de solicitud expresa por parte de esta Municipalidad.

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Samples: Bases De Licitación Pública

DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación de la licitación se hará a la propuesta que haya obtenido el más alto puntaje luego de aplicar los criterios de evaluación, mediante acto administrativo municipal, y se publicará en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal. Si la publicación de la adjudicación no se realizare dentro del término señalado en el punto numeral 3, precedente, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N° °19.886. En el evento que el adjudicatario rechazare la adjudicación, o no aceptare la orden de compra en a que se refiere el plazo inciso segundo del artículo 63 del Reglamento de 48 horas desde su emisiónla Ley Nº19.886, la Municipalidad podrá podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje de acuerdo con el listado de readjudicación propuesto en la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original, en la medida que las ofertas se encuentren vigentes. Sin perjuicio de todo lo anterior, la oferta Municipalidad declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a readjudicar se encuentre vigentesus intereses, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley N°19.886. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.

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Samples: Licitación Pública

DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación de la licitación se hará a la propuesta que haya obtenido mediante el más alto puntaje luego de aplicar los criterios de evaluación, mediante respectivo acto administrativo municipal, y se publicará en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal. Si la publicación de la adjudicación no se realizare dentro del término señalado en el punto 3, precedenteseñalado, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N° °19.886. En el evento que el adjudicatario rechazare la adjudicación, no presente la garantía de fiel cumplimiento del contrato o no aceptare la orden de compra documentación requerida en el plazo numeral 10.2 de 48 horas desde su emisiónlas presentes Bases Administrativas Especiales, la Municipalidad podrá junto con tener por desistida la oferta, dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje puntaje, de acuerdo con el listado de readjudicación evaluación propuesto en la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original, en la medida que la oferta a readjudicar se encuentre vigentevigente y el ITS hubiere confirmado mediante correo electrónico con el proveedor que le sigue, que cuenta con el servicio requerido a la fecha de la readjudicación, en caso contrario se tendrá por desistida también la segunda propuesta, y se realizará el mismo ejercicio con los oferentes que le siguen en puntaje, hasta conseguir la readjudicación del proceso de licitación o en su defecto se declarará desierta la licitación.

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Samples: Licitación Pública

DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación de la licitación se hará a la propuesta que haya obtenido mediante el más alto puntaje luego de aplicar los criterios de evaluación, mediante respectivo acto administrativo municipaladministrativo, y se publicará en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal. Si la publicación de la adjudicación no se realizare dentro del término señalado en el punto 3, precedente, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N° 19.886. En el evento que el adjudicatario rechazare la adjudicaciónrechazare, expresa o no aceptare tácitamente la orden de compra en a que se refiere el plazo inciso primero del artículo 63 del Reglamento de 48 horas desde su emisiónla Ley Nº19.886, la Municipalidad podrá podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje de acuerdo con el listado de readjudicación propuesto en la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original, en siempre y cuando se encuentren vigentes las ofertas. Se entenderá rechazada tácitamente la medida que la oferta a readjudicar se encuentre vigenteorden de compra transcurridas 48 horas desde su envío, sin necesidad de solicitud expresa por parte de esta Municipalidad.

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Samples: Bases De Licitación Pública

DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación de la licitación se hará a la propuesta que haya obtenido mediante el más alto puntaje luego de aplicar los criterios de evaluación, mediante respectivo acto administrativo municipal, y se publicará en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal. Si la publicación de la adjudicación no se realizare dentro del término señalado en el punto numeral 3, precedente, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N° 19.886. En el evento que el adjudicatario rechazare la adjudicación, o no aceptare la orden de compra en el plazo de 48 horas desde su emisiónla notificación de la adjudicación o no cumpliese con las condiciones o requisitos establecidos en las bases para la suscripción del mismo, la Municipalidad podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje de acuerdo con el listado de readjudicación propuesto en la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original, en la medida que la oferta a readjudicar se encuentre vigente.

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Samples: Licitación Pública

DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación de la licitación se hará a la propuesta que haya obtenido el más alto puntaje luego de aplicar los criterios de evaluación, para cada línea ofertada, mediante el respectivo acto administrativo municipal, y se publicará en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal. Si la publicación de la adjudicación no se realizare dentro del término señalado en el punto 3, precedenteseñalado, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N° °19.886. En el evento que el adjudicatario rechazare la adjudicaciónrechazare, expresa o no aceptare tácitamente la orden de compra en a que se refiere el plazo inciso primero del artículo 63 del reglamento de 48 horas desde su emisiónla Ley Nº19.886, la Municipalidad podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje de acuerdo con el listado de readjudicación propuesto en la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación originaloriginal y siempre que las ofertas se encuentren vigentes. Se entenderá rechazada tácitamente la orden de compra transcurridas 48 horas desde su envío, en la medida que la oferta a readjudicar se encuentre vigentesin necesidad de solicitud expresa por parte de esta Municipalidad.

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Samples: Licitación Pública

DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo, dentro de 30 (treinta) días corridos, contados desde la apertura de las ofertas. Dicho acto administrativo será notificado, una vez que se encuentre tramitado, por carta certificada enviada a los oferentes que hubieren participado válidamente. Junto con la notificación de la licitación respectiva Resolución de Adjudicación, se hará a comunicará al oferente adjudicado los antecedentes que debe acompañar de acuerdo al formato que en dicha notificación se indique para dar curso al respectivo contrato, de conformidad con lo mencionado en los artículos 25° y 26° de las presentes Bases de Licitación. La adjudicataria tendrá la propuesta obligación de acompañar los antecedentes solicitados, dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la respectiva Resolución de Adjudicación. En caso de no cumplir con dicha obligación, o en el evento de desistirse la adjudicataria de su oferta, el Fondo de Bienestar podrá dejar sin efecto la adjudicación, haciendo efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta entregada, y podrá adjudicar y suscribir el contrato respectivo con el oferente que haya obtenido hubiere ocupado el más alto puntaje luego de aplicar segundo lugar, el tercero o los criterios de siguientes en la evaluación, mediante acto administrativo municipal, y se publicará en si el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal. Si la publicación de la adjudicación anterior no se realizare dentro del término señalado en el punto 3, precedente, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N° 19.886. En el evento que el adjudicatario rechazare aceptara la adjudicación, o no aceptare bien declarar desierta la orden de compra en el plazo de 48 horas desde su emisión, la Municipalidad podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje de acuerdo con el listado de readjudicación propuesto en la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original, en la medida que la oferta a readjudicar se encuentre vigentelicitación.

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Samples: Licitación Pública