MEJORA DE OFERTAS. Si en la comparación efectuada se encuentran dos o más ofertas que reciban calificación similar o que tengan precio similar, según sea el criterio de evaluación aplicado, la Comisión Asesora de Adjudicaciones, o el ordenador, en su caso, podrá invitar a los oferentes respectivos a mejorar sus ofertas, otorgándoles un plazo no menor a dos días para presentarlas. Se considerarán ofertas con calificación similar aquellas que no difieran en más de un 5% (cinco por ciento) de la mejor calificada conforme a los criterios cuantificados definidos en los Pliegos de Condiciones. Se considerarán ofertas con precio similar a aquellas que no difieran en más del 5% (cinco por ciento) del precio de la menor. En caso de que, como resultado de la mejora de ofertas, dos ofertas o más resultaran iguales en valor, se podrá promover una puja a la baja de precios entre ellas, dividir la adjudicación entre dos o más oferentes o efectuar un sorteo.
MEJORA DE OFERTAS. La C.T.M. se reserva la facultad de solicitar a los Oferentes cuyas ofertas sean a juicio exclusivo de la C.T.M. las más convenientes, que mejoren las mismas en base a pautas que no podrán modificar los términos generales de esta Licitación. Estas recotizaciones se presentarán con las mismas formalidades de la presentación de ofertas, en lugar, fecha y hora que la C.T.M. indique.
MEJORA DE OFERTAS. Si en la comparación efectuada se encuentran ofertas similares en los términos definidos por el art. 57 del T.O.C.A.F., la Administración podrá invitar a los oferentes respectivos a mejorarlas, otorgando un plazo no menor de un día. Si luego hubiera igualdad en las ofertas ubicadas en primer lugar, se dividirá la adjudicación por partes proporcionales entre los oferentes que estuvieren en esa situación, si esa facultad se hubiere establecido en el Pliego Particular o, en su defecto, si fuera aceptada por los oferentes. De no ser posible el fraccionamiento o no aceptarse la división, la adjudicación se hará por sorteo.
MEJORA DE OFERTAS. Cuando se presenten dos o más ofertas con precio similar, la Comisión Asesora de Adjudicaciones o el Ordenador del Gasto competente, podrán invitar a los oferentes a mejorar sus ofertas, otorgándoles un plazo no menor a dos días hábiles para presentarlas. Se consideran ofertas con precio similar aquellas que no difieran en más de un 5% del precio de la menor oferta. Dicha solicitud de mejora se formalizará por escrito, remitiéndose la misma a la dirección de correo electrónico que luce en el X.X.X.X., con las condiciones correspondientes para su presentación.
MEJORA DE OFERTAS. Si entre las propuestas admisibles hubiere dos o más igualmente ventajosas y más convenientes que las demás y/o si excedieran la reserva presupuestaria prevista, la S.P.U., podrá llamar a mejora de precios, en propuesta cerrada dentro de los dos (2) días de notificado a tales oferentes. Dicho acto tendrá las formas previstas en este pliego para la apertura de los sobres Nº 2. En caso de nueva paridad la adjudicación podrá hacerse al oferente que reuniera mayor capacidad Técnica y Financiera, a juicio del D.E.
MEJORA DE OFERTAS. INTERCARGO S.A.C. podrá solicitar a todos los oferentes cuyas ofertas sean técnicamente admisibles una mejora de oferta. Las formalidades que guiarán la apertura de mejora de ofertas seguirán lo referido en el artículo 12 del presente.
MEJORA DE OFERTAS. Si entre las propuestas presentadas y admitidas hubiere dos o más que resultaren de igual conveniencia, la Municipalidad podrá llamar a mejora de ofertas bajo sobre cerrado, que se abrirá en día y hora que se determine, entre aquellos proponentes exclusivamente.- La Municipalidad se reserva la facultad de rechazar todas las propuestas sin que ello cree derecho alguno a favor de los proponentes ni obligaciones para ella.-
MEJORA DE OFERTAS. Las Jurisdicciones o Entidades podrán solicitar mejora de ofertas a los oferentes que presentasen ofertas que difirieran en un rango de hasta un 5% del valor de aquellas que ofrecieran el menor precio. La convocatoria a presentar mejora de precios se notificará por medio fehaciente fijándose en dicha notificación el día, hora y lugar de presentación de la misma. Las nuevas ofertas serán presentadas por escrito, en sobre cerrado en el lugar y hasta el día y hora que fije la Jurisdicción o Entidad licitante en la invitación a mejorar. El silencio por parte del oferente invitado a mejorar, se considerará como que mantiene su oferta. La apertura de las nuevas ofertas se realizará en acto público y se labrará acta con ajuste a lo previsto en el numeral 5.1.4 del presente pliego. Si una vez realizado el procedimiento antes mencionado, las mejores ofertas fueran igualmente convenientes, se procederá al sorteo de las mismas. Para ello se debe fijar día, hora y lugar del sorteo y notificarse por medio fehaciente a los oferentes que las hubieren formulado. El sorteo se realizará en presencia de los interesados, si asistieran y se labrará el acta correspondiente. El procedimiento detallado precedentemente no será de aplicación cuando algunas de las ofertas que se ajusten a las bases del llamado, se encuentren alcanzadas dentro de las previsiones establecidas en la Ley de “Compre Santafesino”.
MEJORA DE OFERTAS. De existir – a criterio de la autoridad de aplicación – ofertas equivalentes en cuanto a su conveniencia, incluidos el precio o cotización, cuando la diferencia entre ellos no es significativa, o bien por cualquier otra razón de conveniencia pública fundada, podrá llamar a mejora de dichas ofertas, para que así se haga dentro del término que se fije al efecto.
MEJORA DE OFERTAS. Si entre las propuestas presentadas y admisibles hubieren dos o más igualmente ventajosas, a criterio de la Municipalidad, se convocará a estas últimas exclusivamente a Mejora de Oferta, las que deberán ser formuladas en sobre cerrado, mediante el acto administrativo correspondiente señalándose día, hora y lugar al efecto. El llamado a Mejora de Ofertas, no obliga a la Municipalidad a adjudicar la obra cuando las nuevas presentadas, a su sólo juicio, no resulten convenientes a los intereses de la Administración. De existir una sola oferta ventajosa a criterio de la Municipalidad, a su sólo juicio, podrá invitar a dicho oferente a mejorarla, en las mismas condiciones que las señaladas para la mejora de ofertas entre dos o más oferentes.