DE LAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO. Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula Sexta, inciso (B), en caso de que durante la vigencia de este CONTRATO el CONSULTOR incumpliera en todo o en parte con lo pactado por acción u omisión comprobada por la vía correspondiente y debidamente documentada, causando perjuicio al CONTRATANTE, se hará pasible a las acciones legales que correspondan, (para entidades públicas añadir) y a la medida indicada en el Art. 43 (j) del DS 181, además de asumir la responsabilidad total por los daños y perjuicios ocasionados y probados.
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Samples: Consultant Agreement, Consultant Agreement, Consultant Agreement
DE LAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO. Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula Sexta, inciso (Bb), ; en caso de que durante la vigencia de este CONTRATO el CONSULTOR incumpliera en todo o en parte con lo pactado por acción u omisión comprobada por la vía correspondiente y debidamente documentada, causando perjuicio al CONTRATANTE, se hará pasible a las acciones legales que correspondan, (para entidades públicas añadir) y a la medida indicada en el Art. 43 (j) del DS 181, además de asumir la responsabilidad total por los daños y perjuicios ocasionados y probados.
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Samples: Consulting Agreement, Consultant Agreement, Consulting Agreement
DE LAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO. Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula Sexta, inciso (B), en caso de que durante la vigencia de este CONTRATO el CONSULTOR incumpliera en todo o en parte con lo pactado por acción u omisión comprobada por la vía correspondiente y debidamente documentada, causando perjuicio al CONTRATANTE, se hará pasible a las acciones legales que correspondan, (para entidades públicas añadir) y a la medida indicada en el Art. 43 (j) del DS 181, además de asumir la responsabilidad total por los daños y perjuicios ocasionados y probados.
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