NORMAS DE SEGURIDAD. Las partes se comprometen a aplicar la reglamentación que surja del Decreto 291/007.
NORMAS DE SEGURIDAD. En todo, la empresa adjudicataria, estará obligada a cumplir estrictamente las normas de seguridad para el personal afectado a las tareas. A su vez deberá cumplir con todas las normativas nacionales e internacionales que regulan su rubro de actuación y los equipos e instalaciones a ser implantadas.
NORMAS DE SEGURIDAD. Se exigirá el estricto cumplimiento de todas las normas de seguridad vigentes, establecidas por la Ley y por las reglamentaciones del Poder Ejecutivo.
NORMAS DE SEGURIDAD. El conjunto de reglas obligatorias emanadas de este Reglamento, del Comité Paritario y/o del Organismo Administrador.
NORMAS DE SEGURIDAD. El Contratista dará cumplimiento a las disposiciones de la Ley N° 24.557/95 y 19.587 y Decretos concordantes N° 351/79, 911/96 referente a Higiene y Seguridad en la Construcción y todas aquellas que las reemplacen sustituyan y/o complementen; como así también toda normativa que resulte aplicable en la materia.
NORMAS DE SEGURIDAD. Se exigirá el respeto escrupuloso de todas las normas de seguridad vigentes, establecidas por la Ley y por las reglamentaciones de Banco de Seguros del Estado y del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
NORMAS DE SEGURIDAD. El conjunto de reglas obligatorias emanadas de este Reglamento, del Comité Paritario y/o del Organismo Administrador, que señala la forma de ejecutar sus trabajos sin riesgo para el Trabajador.
NORMAS DE SEGURIDAD. Todo personal del CONTRATISTA dentro de las instalaciones de PETROPERÚ, estará dotado de los implementos de seguridad necesarios en buen estado de conservación durante la vigencia del Contrato (según corresponda: botines, guantes, casco de color verde, protectores buco nasales para partículas de polvo o vapores orgánicos, caretas, anteojos, protectores de oídos, máscaras con filtro, correas de seguridad tipo Arnés, línea de vida de nylon, etc.); así como, las herramientas personales y equipos a prueba de explosión para desarrollar sus actividades, el personal deberá presentarse adecuadamente vestido. Antes de iniciar el servicio, el CONTRATISTA deberá presentar una matriz (IPER) donde haya identificado los peligros y valorado los riesgos asociados al proyecto en función a la ubicación. Ésta matriz será entregada a la Unidad Seguridad Industrial y Protección Ambiental. El CONTRATISTA está obligado a tener un Extintor con certificación U.L. de 12 Kg. con revisión vigente que deberá ser aprobado por la Unidad de Seguridad de Refinería Conchán. El personal del CONTRATISTA está obligado a cumplir con las normas de seguridad contempladas en la Ley N° 29783, Ley de la Seguridad y Salud en el Trabajo, su Reglamento (D.S. N° 005-2012-TR) y el Reglamento de Seguridad para las actividades de Hidrocarburos (Decreto Supremo N° 043-2007-EM). Es obligatorio el cumplimiento de las disposiciones contempladas en el Manual de Normas Básicas de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental para Contratistas (M-040). Dentro de las Instalaciones de PETROPERÚ está terminantemente prohibido el uso de teléfonos celulares, excepto los teléfonos de trabajo (NEXTEL intrínsecamente seguro). El CONTRATISTA ingresará a Refinería Conchán todas sus herramientas, equipos, insumos y/o materiales a través de la puerta Nº 2 (Puerta de Ingreso de Contratistas, situado frente al peaje) registrando cada uno de ellos en el Formato de Registro de Ingreso de Materiales debidamente firmados por el Supervisor de Servicios designado por PETROPERÚ S.A., los que permanecerán en las instalaciones hasta el término de la secuencia donde se empleen. Es responsabilidad del CONTRATISTA describir las características del material o equipo correctamente (marca, Número, serie, modelo, tamaño, unidad, cantidad, color, accesorios, etc.) y designará quienes están autorizados a gestionar la salida de equipos y materiales El CONTRATISTA deberá entregar a su personal una copia del Reglamento Interno de Segurida...
NORMAS DE SEGURIDAD. Los Valores que formen parte del presente Programa de Emisiones serán representados mediante anotaciones en cuenta en el Sistema de Registro de Anotaciones en Cuenta a cargo de la EDV. En cuanto a las medidas de seguridad, la EDV cumple con los requisitos de seguridad de la información establecida en el Artículo 16 del Reglamento de Entidades de Depósito de Valores, Compensación y Liquidación de Valores emitido por la SPVS (actualmente ASFI). Los traspasos, transferencias, cambios de titularidad, sucesiones, donaciones y otros similares sobre los Bonos dentro del Programa de Emisiones se efectuarán según los procedimientos establecidos en el Reglamento Interno de la EDV aprobado por la SPVS (actualmente ASFI).
NORMAS DE SEGURIDAD. En caso los servicios contratados deban prestarse en las instalaciones de CERRO VERDE, EL CONTRATISTA se compromete a: