Common use of DEBERES DEL CONTRATISTA Clause in Contracts

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: • Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas. • Aceptar las modificaciones del servicio que sean consecuencia de la necesidad de satisfacer el interés público municipal. • Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. • Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicas. • El contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizar, con carácter previo al levantamiento del Acta de Inicio del Servicio, las pólizas de seguros exigidas en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen de este Pliego. • Igualmente, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores, tanto contratados como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Contrato De Servicios Procedimiento Negociado, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: • Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas. • Aceptar las modificaciones del servicio que sean consecuencia de la necesidad de satisfacer el interés público publico municipal. • Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. • Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicas. • El contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizar, con carácter previo al levantamiento del Acta de Inicio del Servicio, las pólizas de seguros exigidas en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen de este Pliego. • Igualmente, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores, tanto contratados como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego pliego de Cláusulas Administrativas Particulares cláusulas administrativas particulares y Prescripciones Técnicascon el pliego de prescripciones técnicas particulares. • Aceptar  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.  El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las modificaciones prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.  Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio que sean consecuencia objeto del contrato.  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la necesidad cláusula correspondiente.  Todos los gastos de satisfacer el interés público municipalcomprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista. Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. • Abonar , así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el Pliego pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicasclausulas administrativas particulares. El contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizarformalizará, con carácter previo al levantamiento a la firma del Acta contrato una póliza de Inicio seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del Servicioservicio contratado por importe mínimo de 100.000 euros. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, las pólizas de seguros exigidas presentando en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen Oficina técnica correspondiente los justificantes de este Pliegopago regular de las primas. • Igualmente, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social El no abono de los trabajadores, tanto contratados recibos a su vencimiento se considerará como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendasfalta muy grave.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir La Adjudicación, Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir La Adjudicación

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: • Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas. • Aceptar las modificaciones del servicio que sean consecuencia de la necesidad de satisfacer el interés público municipal. • Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. • Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicas. • El contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizar, con carácter previo al levantamiento del Acta de Inicio del Servicio, las pólizas de seguros exigidas en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen de este Pliego. • Igualmente, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores, tanto contratados como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas. • El contratista colaborará con la Administración, personas, empresas u organismos por ella designados, facilitando y poniendo a su disposición cuanta información le sea solicitada. De conformidad con lo dispuesto en el artículo cuarto de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía, el contratista previo requerimiento y en un plazo máximo de quince días, deberá de suministrar al Ayuntamiento toda la información que este disponga y sea necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la referida ley. • A los efectos previstos en la Ley Orgánica de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, el adjudicatario será responsable de cualquier fichero o del tratamiento de datos de carácter personal que obtenga del Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx y, en consecuencia, viene obligado al cumplimiento de las exigencias que, como responsable, derivan de la citada Ley. • El Órgano de Contratación no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores que estos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. No se podrán realizar declaraciones genéricas de confidencialidad de la totalidad de la oferta, salvo justificación expresa que será analizada y en su caso admitida o rechazada por el órgano de contratación. El adjudicatario deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor. • El contratista actuará en la ejecución del contrato y antes las incidencias que pudieran surgir, de acuerdo con los principios de diligencia y buena fe, adoptando, aun cuando la incidencia no le fuera imputable, todas las medidas a su alcance para evitar los perjuicios que pudieran ocasionar al interés general y a la Administración como parte contractual. El incumplimiento de este deber de diligencia podrá dar lugar a obligación de resarcir a la Administración.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: • Ejecutar el contrato se ejecutará con estricta sujeción a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas. • Aceptar las modificaciones del servicio que sean consecuencia de la necesidad de satisfacer el interés público municipal. • Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. • Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido estipulaciones contenidas en el Pliego presente pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de Cláusulas Administrativas Particulares específicas. • El contratista está obligado a cumplir prescripciones técnicas, así como las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservarinstrucciones que, en su caso, haya dado el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. “De acuerdo con el artículo 52 del TRLCSP, el órgano de contratación designa como responsable del contrato a , a quien corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las construcciones e instalaciones decisiones y mantenerlas en perfecto estado dictar las instrucciones necesarias con el fin de funcionamientoasegurar la correcta realización de la prestación pactada, limpieza e higiene hasta que, por conclusión así como reforzar el control del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes cumplimiento de éste y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en agilizar la solución de los daños diversos incidentes que puedan irrogarse por surgir durante su ejecución, sin que en ningún caso estas facultades puedan implicar el funcionamiento ejercicio de potestades directivas u organizativas sobre el personal de la empresa contratista, y en particular: (se relacionarán, en su caso, funciones concretas) El responsable del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas contrato velará por la Corporación concedenteidónea gestión contractual de modo que en su ejecución no se den situaciones que puedan propiciar la existencia de una cesión ilegal de trabajadores o dar lugar a la declaración de relaciones de laboralidad entre la Administración y el personal de la contrata. En concreto, velará especialmente porque: -el contratista ejerza su propia dirección y gestión del contrato y sea responsable de la organización del servicio. - la empresa contratista, a través de los delegados/as por ella designados, sea responsable de impartir a sus trabajadores/as las correspondientes órdenes, criterios de realización del trabajo y directrices de cómo distribuirlo, de tal manera que el órgano contratante sea ajeno a estas relaciones laborales. El contratista responsable del contrato deberá formalizar, con carácter previo al levantamiento del Acta de Inicio del Servicio, las pólizas de seguros exigidas corregir cualquier incidente o desviación en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen ejecución que pueda suponer infracción de este Pliego. • Igualmentelas reglas mencionadas, antes del inicio así como dar inmediatamente parte al órgano de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social contratación de los trabajadores, tanto contratados como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendastal situación.” “Abonos al contratista

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DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares Particulares. — Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y Prescripciones Técnicas. • Aceptar las modificaciones perjuicios que se causen, por sí mismo o por personal o medios dependientes del servicio que sean mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la necesidad ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de satisfacer una Orden de la Administración, será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. — Xxxxx a cargo del contratista el interés público municipalpago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato. — Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección y liquidación de la consultoría y asistencia serán, asimismo, por cuenta del contratista. — El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. — El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo de la consultoría y asistencia técnica objeto del contrato. — El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. — Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el Presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicas. • El contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizar, con carácter previo al levantamiento del Acta de Inicio del Servicio, las pólizas de seguros exigidas en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen de este Pliego. • Igualmente, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores, tanto contratados como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendasParticulares.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Consultoría Y Asistencia

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego pliego de Cláusulas Administrativas Particulares cláusulas administrativas particulares y Prescripciones Técnicascon el pliego de prescripciones técnicas particulares  El contratista estará obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 27 del TRLCSP para los supuestos de subcontratación  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta. • Aceptar  El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las modificaciones prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento  Sera obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración ser responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio que sean consecuencia objeto del contrato  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la necesidad clausula correspondiente.  Todos los gastos de satisfacer el interés público municipalcomprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista. Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. • Abonar , así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté este incluido en el Pliego pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicasclausulas administrativas particulares. El contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizarformalizará, con carácter previo al levantamiento a la firma del Acta contrato una póliza de Inicio seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del Servicioservicio contratado por importe mínimo de 500.000 € por cada uno de los Lotes. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, las pólizas de seguros exigidas presentando en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen Oficina técnica correspondiente los justificantes de este Pliegopago regular de las primas. • Igualmente, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social El no abono de los trabajadores, tanto contratados recibos a su vencimiento se considerará como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendasfalta muy grave.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Han De Regir La Adjudicación

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: • Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego pliego de Cláusulas Administrativas Particulares cláusulas administrativas particulares y Prescripciones Técnicascon el pliego de prescripciones técnicas particulares. • Aceptar El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta. • El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las modificaciones prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. • El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento. • Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes. • El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio que sean consecuencia objeto del contrato. • Serán a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la necesidad cláusula correspondiente. • Todos los gastos de satisfacer el interés público municipalcomprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista. • Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. • Abonar , así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el Pliego pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicasclausulas administrativas particulares. • El contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizarformalizará, con carácter previo al levantamiento a la firma del Acta contrato una póliza de Inicio seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del Servicioservicio contratado por importe mínimo de 100.000 € por cada lote. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, las pólizas de seguros exigidas presentando en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen Oficina técnica correspondiente los justificantes de este Pliegopago regular de las primas. • Igualmente, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social El no abono de los trabajadores, tanto contratados recibos a su vencimiento se considerará como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendasfalta muy grave.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir La Adjudicación

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego pliego de Cláusulas Administrativas Particulares clausulas administrativas particulares y Prescripciones Técnicascon el pliego de prescripciones técnicas particulares. • Aceptar  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.  El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las modificaciones prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo.  Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio que sean consecuencia objeto del contrato.  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la necesidad clausula correspondiente.  Todos los gastos de satisfacer el interés público municipalcomprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de suministro será asimismo por cuenta del contratista. Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. • Abonar , así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el Pliego pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicasclausulas administrativas particulares. El contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizarformalizará, con carácter previo al levantamiento a la firma del Acta contrato una póliza de Inicio seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del Servicioservicio contratado por importe mínimo de 200.000 € Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, las pólizas de seguros exigidas presentando en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen Oficina técnica correspondiente los justificantes de este Pliegopago regular de las primas. • Igualmente, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social El no abono de los trabajadores, tanto contratados recibos a su vencimiento se considerará como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendasfalta muy grave.

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Samples: www.alcobendas.org

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: • Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. • Aceptar las modificaciones de la Gestión del servicio Servicio Público que sean consecuencia de la necesidad de satisfacer el interés público publico municipal. • Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. • Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicas. • El contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Cuidar del buen orden del servicio. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Respetar el principio de no discriminación por razón de la nacionalidad. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario gestor durante el plazo de duración del contratode la concesión, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, Conservar las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contratode la concesión, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Admitir al uso del servicio a toda persona que cumpla los requisitos reglamentarios. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • No enajenar ni gravar sin autorización bienes o instalaciones que deban revertir a la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizar, con carácter previo al levantamiento del Acta de Inicio del Servicio, las pólizas de seguros exigidas en la Cláusula 13 12 del Cuadro Resumen de este Pliego. • Igualmente, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores, tanto contratados como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego pliego de Cláusulas Administrativas Particulares cláusulas administrativas particulares y Prescripciones Técnicascon el pliego de prescripciones técnicas particulares. • Aceptar  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.  El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las modificaciones prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del servicio contrato.  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que sean hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.  Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la necesidad ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de satisfacer una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las Leyes.  Xxxxx a cargo del contratista el interés público municipalpago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente.  Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista.  Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. • Abonar , así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el Pliego pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicasclausulas administrativas particulares. El contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizarformalizará, con carácter previo al levantamiento a la firma del Acta contrato una póliza de Inicio seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del Servicioservicio contratado por importe mínimo de 150.000 €. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, las pólizas de seguros exigidas presentando en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen Oficina técnica correspondiente los justificantes de este Pliegopago regular de las primas. • Igualmente, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social El no abono de los trabajadores, tanto contratados recibos a su vencimiento se considerará como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendasfalta muy grave.

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Samples: Contrato Privado De Patrocinio

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: • Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas. • Aceptar las modificaciones Será obligación del servicio contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que sean se causen, por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la necesidad ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de satisfacer una Orden de la Administración, será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. • Serán a cargo del contratista el interés público municipalpago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato hasta un máximo trescientos euros. • El contratista será responsable de la calidad del trabajo que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. • El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. • Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. • Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el Presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares específicas. • El contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizar, con carácter previo al levantamiento del Acta de Inicio del Servicio, las pólizas de seguros exigidas en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen de este Pliego. • Igualmente, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores, tanto contratados como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendasParticulares.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir El Contrato De Servicio De Limpieza, Control Y Coordinación Del Polideportivo Municipal Cubierto Y Pistas De Padel

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego pliego de Cláusulas Administrativas Particulares cláusulas administrativas particulares y Prescripciones Técnicascon el pliego de prescripciones técnicas particulares  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta. • Aceptar  El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las modificaciones prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento  Sera obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración ser responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio que sean consecuencia objeto del contrato  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la necesidad cláusula correspondiente.  Todos los gastos de satisfacer el interés público municipalcomprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista. Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. • Abonar , así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté este incluido en el Pliego pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicascláusulas administrativas particulares. El contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizarformalizará, con carácter previo al levantamiento a la firma del Acta contrato una póliza de Inicio seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del Servicioservicio contratado por importe mínimo de: 150.000 €. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, las pólizas de seguros exigidas presentando en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen Oficina técnica correspondiente los justificantes de este Pliegopago regular de las primas. • IgualmenteEl no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.  Aportar los Certificados Negativos de Delitos de Naturaleza Sexual, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta según lo establecido en la Seguridad Social Ley Orgánica 8/2015 de los trabajadores, tanto contratados como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia 22 de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011julio, de 29 xx xxxxxmodificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia y con el RD 1110/2015, de medidas 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales, que establece la obligación de que se aporten certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendastodos los profesionales que trabajan en contacto habitual con menores.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir La Adjudicación

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: - Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas. • Aceptar - Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las modificaciones operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración, será responsable la misma dentro de los límites señalados en las Leyes. - Serán a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato. - Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección y liquidación del presente contrato de consultoría y asistencia serán asimismo por cuenta del contratista. - El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. - El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio que sean consecuencia objeto del contrato. - El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las disposiciones vigentes en materia laboral, de la necesidad seguridad social y de satisfacer seguridad e higiene en el interés público municipaltrabajo. - Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. - Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicas. • El Además de las obligaciones propias del contrato que se formalice, el contratista está vendrá obligado a cumplir las disposiciones vigentes lo siguiente: -En todo caso será responsabilidad del contratista que el proyecto y la dirección técnica se ejecuten de conformidad con la normativa aplicable en materia laboral, de Seguridad Social seguridad y de salud laboral y prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con -Obtener todos los permisos y autorizaciones, seguros, etc... que fueren necesarios para la continuidad convenida y garantizar a correcta prestación de los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio servicios objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizar, con carácter previo al levantamiento del Acta de Inicio del Servicio, las pólizas de seguros exigidas en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen de este Pliego. • Igualmente, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores, tanto contratados como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego pliego de Cláusulas Administrativas Particulares cláusulas administrativas particulares y Prescripciones Técnicascon el pliego de prescripciones técnicas particulares. • Aceptar El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las modificaciones prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del servicio contrato. El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que sean hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la necesidad ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de satisfacer una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las Leyes. Serán a cargo del contratista el interés público municipalpago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente. Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista. Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. • Abonar , así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el Pliego pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicasclausulas administrativas particulares. El contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizarformalizará, con carácter previo al levantamiento a la firma del Acta contrato una póliza de Inicio seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del Servicioservicio contratado por importe mínimo de 100.000 €. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, las pólizas de seguros exigidas presentando en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen Oficina técnica correspondiente los justificantes de este Pliegopago regular de las primas. • Igualmente, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social El no abono de los trabajadores, tanto contratados recibos a su vencimiento se considerará como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendasfalta muy grave.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir La Adjudicación

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego pliego de Cláusulas Administrativas Particulares cláusulas administrativas particulares y Prescripciones Técnicascon el pliego de prescripciones técnicas particulares. • Aceptar  El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.  El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las modificaciones prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.  El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.  Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes.  El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio que sean consecuencia objeto del contrato.  Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la necesidad cláusula correspondiente.  Todos los gastos de satisfacer el interés público municipalcomprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista. Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. • Abonar , así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el Pliego pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicascláusulas administrativas particulares. El contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizarformalizará, con carácter previo al levantamiento a la firma del Acta contrato una póliza de Inicio seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del Servicioservicio contratado por importe mínimo de: o Lote 1… 818.181€ o Lote 2 343.636€ o Lote 3… 225.000€ Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, las pólizas de seguros exigidas presentando en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen Oficina técnica correspondiente los justificantes de este Pliegopago regular de las primas. • Igualmente, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social El no abono de los trabajadores, tanto contratados recibos a su vencimiento se considerará como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendasfalta muy grave.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir La Adjudicación

DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista estará obligado a: • Ejecutar el contrato a su riesgo y xxxxxxx, de conformidad con el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas. • Aceptar las modificaciones del servicio que sean consecuencia de la necesidad de satisfacer el interés público publico municipal. • Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. • Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares específicas. • El contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales. • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas por la Corporación Municipal. • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. • Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones en los plazos ofertados. • El servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. • Conservar, en su caso, las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión del contrato, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. • Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de Órdenes impuestas por la Corporación concedente. • El contratista deberá formalizar, con carácter previo al levantamiento del Acta de Inicio del Servicio, las pólizas de seguros exigidas en la Cláusula 13 del Cuadro Resumen de este Pliego. • Igualmente, antes del inicio de la prestación, el adjudicatario deberá acreditar la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores, tanto contratados como los pertenecientes a las posibles subcontratas, a destinar en los mismos, aportando para ello copia de la resolución de reconocimiento de alta de cada trabajador; todo ello de conformidad en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares