EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S. A. E.S.P. TÉRMINOS DE REFERENCIA INVITACIÓN PÚBLICA N° 10364717
EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S. A. E.S.P.
TÉRMINOS DE REFERENCIA
INVITACIÓN PÚBLICA N° 10364717
OBJETO
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APROVISIONAMIENTO Y POS-VENTA SOBRE LA RED DE ACCESO COBRE Y FTTC, Y DEMÁS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS, PARA LOS CLIENTES QUE DEMANDEN SERVICIOS DE VOZ, DATOS Y TV SOBRE LAS REDES DE ETB EN BOGOTÁ (INCLUYE SOACHA)
BOGOTÁ D.C, AGOSTO DE 2017
CAPITULO I
1 PRECISIONES A LAS CONDICIONES GENERALES Y CONDICIONES CONTRACTUALES
1.1. OBJETO
La EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., en adelante ETB,
está interesada en recibir ofertas para “la prestación de servicios de aprovisionamiento y pos- venta sobre la red de acceso cobre y FTTC, y demás actividades complementarias, para los clientes que demanden servicios de voz, datos y TV sobre las redes de ETB en Bogotá (incluye Soacha), de conformidad con las estipulaciones del presente documento, los anexos y el Manual de Contratación de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A E.S.P – ETB, el cual debe ser consultado en la página www. xxx.xxx.xx
El contrato se ejecutará con base en órdenes de servicio cursadas por el supervisor del contrato quien no se obliga con una cantidad mínima o máxima; por consiguiente las cantidades informadas en los términos de referencia son estimadas y pueden aumentar o disminuir, por lo que el precio del contrato que llegare a adjudicarse tendrá un cupo estimado de recursos, el cual puede o no agotarse. El oferente debe tener en cuenta que de acuerdo con lo definido en el capítulo técnico, ETB tendrá dos contratistas en Bogotá, uno para la sub zona 1 y otro para la sub zona 2. De conformidad con lo definido en el numeral 3.5 del capítulo técnico, al inicio de la ejecución del contrato las ordenes se servicio de la sub zona 2 serán asignadas al contratista adjudicatario del presente proceso y las ordenes de servicio de la sub zona 1 al contratista adjudicatario del proceso de selección directa con su filial. No obstante, durante la ejecución de los contratos, ETB podrá asignar las órdenes de trabajo a los dos Contratistas en las dos subzonas antes señaladas, teniendo en cuenta la oportunidad, calidad, efectividad, eficiencia, y resultados, y así mismo, dependiendo del comportamiento de la demanda comercial, por tanto, si como resultado de la ejecución contractual se presenta la necesidad de trasladar recursos de un contrato a otro, el facultado para contratar enviará comunicación a cada uno de los contratistas en las que se indique el valor de la disminución del precio del contrato y el valor de la adición del otro contrato, realizando para tal propósito al interior de ETB el ajuste a las cestas presupuestales en cada uno de los contratos, y de ser necesario se solicitará el ajuste de garantías ya sea aumentando o disminuyendo el valor asegurado. El oferente con la presentación de la oferta acepta las anteriores condiciones y por tanto, renuncia a intentar efectuar reclamación alguna como resultado de la ejecución contractual.
NO SE ACEPTA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS PARCIALES POR GRUPO COMPLETO.
Los presentes términos de referencia no tienen valor y no constituyen oferta mercantil.
1.2. INVALIDEZ DE INFORMACIONES PREVIAS A ESTA INVITACIÓN
La información contenida en este documento sustituye totalmente aquella que pudiere haberse suministrado con anterioridad a esta invitación.
1.3. CRONOGRAMA DEL PROCESO
El cronograma proyectado para el presente proceso de invitación es el siguiente, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 1.20 de los presentes términos de referencia:
ACTUACIÓN | FECHA |
Remisión de los términos de referencia. | 11 xx xxxxxx de 2017 |
Entrega Acuerdo de confidencialidad | Hasta 15 xx xxxxxx de 2017 |
Reunión informativa | Hasta 17 xx xxxxxx de 2017 |
Plazo para solicitar aclaraciones a los términos de referencia. | Hasta 18 xx xxxxxx de 2017 |
Plazo para dar respuestas a preguntas formuladas. | Hasta 24 xx xxxxxx de 2017 |
Fecha y hora para presentación de ofertas. | 30 xx xxxxxx de 2017, a las 09 horas en los términos del artículo 829 del Código de Comercio. |
Plazo de estudio de ofertas y solicitud de aclaraciones por ETB. | Hasta 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 |
Xxxxx xx xxxxxxxxxxx. | Hasta 21 de septiembre de 2017 |
Adjudicación. | Hasta 04 de octubre de 2017 |
Elaboración de la minuta. | Hasta 10 de octubre de 2017 |
Suscripción del contrato ETB. | Hasta 12 de octubre de 2017 |
Suscripción contrato proveedor. | Hasta 17 de octubre de 2017 |
1.4. ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
Teniendo en cuenta que el proceso contiene información confidencial, es necesario que el interesado en participar en el proceso, presente el Anexo N°. 4 ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN debidamente suscrito por el representante legal o su apoderado (acreditando su calidad mediante la certificación xx xxxxxx de comercio) para que ETB pueda entregarle los anexos técnicos.
El acuerdo de confidencialidad suscrito se hará extensivo a las posibles modificaciones o adiciones a los referidos anexos.
Dicho acuerdo, deberá entregarse en el mismo formato enviado por ETB, debidamente diligenciado y suscrito por el representante legal del oferente o el apoderado debidamente facultado para el efecto, sin que haya lugar a modificaciones ni condicionamientos a su contenido.
El acuerdo de confidencialidad de información deberá entregarse a la Gerencia de Abastecimiento de ETB, a más tardar el 15 xx xxxxxx de 2017 hasta las 15 horas en los términos del artículo 829 del Código de Comercio.
1.5. REUNIÓN INFORMATIVA
Con el fin de precisar el alcance y contenido de los términos de referencia, ETB realizará una reunión informativa a los 4 días hábiles siguientes a la publicación del presente documento. Las preguntas que surjan deberán ser entregadas por escrito indicando claramente el nombre de la persona jurídica interesada en participar en el proceso, o posteriormente dentro del respectivo plazo; en todo caso ETB publicará las respuestas en el plazo contemplado en la etapa que a continuación sigue. Cuando las respuestas contengan información confidencial de la que trata el numeral anterior, dichas respuestas serán remitidas por correo electrónico a quienes suscribieron acuerdo de confidencialidad.
Con el fin de autorizar el ingreso a la reunión, es necesario que el interesado en participar en la misma remita a través de la cuenta de correo xxxxxx.xxxxx0@xxx.xxx.xx hasta las 11 horas del 16 xx xxxxxx de 2017 el nombre de las sociedad (persona jurídica), NIT y el nombre de las personas con el número de documento de identidad. Máximo se permitirán tres personas por sociedad interesada.
La asistencia a la reunión no es obligatoria y por tanto no se constituye en requisito para presentar la oferta.
1.6. SOLICITUD DE ACLARACIÓN O MODIFICACIÓN A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Podrán requerirse aclaraciones o modificaciones respecto del contenido de éste documento, mediante solicitud escrita dirigida a la Gerencia de Abastecimiento de ETB, a la cuenta de correo electrónico xxxxxx. xxxxx0@xxx.xxx.xx , dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de los términos de referencia en la página xxx.xxx.xxx.xx.
ETB dará respuesta a las solicitudes recibidas dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento de la etapa anterior. Dichas respuestas publicadas en la página xxx.xxx.xxx.xx, salvo las que contengan información confidencial y estratégica de ETB la cual será remitida a los interesados que hayan suscrito el acuerdo de confidencialidad.
1.7. INSCRIPCIÓN DE PROVEEDORES
Será requisito para celebrar el contrato que resulte de la presente invitación, la inscripción en la base de datos de proveedores de ETB. Los requisitos de inscripción se pueden consultar en la página Web xxx.xxx.xxx.xx.
El oferente que no esté inscrito como proveedor, deberá diligenciar el Formato “Datos básicos proveedor Nacional” o “Datos básicos Proveedor Extranjero” que se adjunta como Anexo No. 2 del presente capítulo, anexo que no podrá ser modificado por el oferente. Únicamente se deben diligenciar los campos solicitados
Dentro de los 2 días siguientes a la comunicación de adjudicación, el adjudicatario que no esté inscrito, deberá allegar los documentos restantes que se requieran para su inscripción.
En cualquier caso, todo cambio que se produzca respecto de la sociedad, con posterioridad a la presentación de los documentos entregados con la oferta, deberá ser reportado a la Gerencia de Abastecimiento de ETB, anexando los documentos que lo acrediten.
1.8. FORMULACIÓN DE LA PROPUESTA
Podrán participar en el proceso de invitación las personas consideradas legalmente capaces, los consorcios y uniones temporales o cualquier forma de asociación legalmente válida bajo las leyes colombianas.
a) El oferente persona natural, el representante legal o apoderado debidamente facultado de la sociedad oferente o el representante de la unión temporal, consorcio o asociación, según el caso, debe diligenciar el Anexo Nº 1 del presente capítulo, el cual debe suscribirse por el oferente o por quien actúe en nombre y representación debidamente facultado. Dicho anexo deberá ser diligenciado por el oferente incorporando los datos solicitados, sin que el mismo sea modificado.
b) La oferta deberá ser presentada en idioma castellano. En todo caso, todos los documentos y certificaciones emitidos en idioma diferente al castellano, deberán ser presentados en su idioma original y traducidos oficialmente al castellano, con excepción de los manuales y documentación técnica que se aceptan en inglés
c) Si el oferente no da respuesta punto a punto a cada uno de los numerales de los términos de referencia, se entenderán aceptados. Cuando un numeral exija suministro de información adicional o documentos, éstos se deberán anexar indicando la ubicación dentro de la oferta.
d) El oferente deberá diligenciar la totalidad de los anexos que sean proporcionados por ETB.
e) Presentada la oferta no se permitirá el retiro de los documentos escritos o en medio digital aportados, o su posterior incorporación, salvo que hayan sido expresamente requeridos por ETB. Si hubiese enmendaduras, únicamente serán consideradas si vienen expresamente refrendadas.
f) El oferente deberá acreditar el cumplimiento y pago al día de requisitos legales en seguridad social, aportes parafiscales y salud ocupacional o equivalentes, mediante certificación suscrita por el revisor fiscal o contador público, acompañada de la tarjeta profesional del mismo.
No podrán participar en el proceso de invitación las personas jurídicas o naturales que directa o indirectamente hayan participado en el diseño o estructuración del presente proceso bien sea directamente o a través de terceros.
1.9. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Para garantizar la seriedad de la oferta, es necesario constituir a favor de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. E.S.P., una garantía de seriedad de oferta, expedida por Entidad Bancaria o Compañía de Seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, en favor de particulares, por un valor correspondiente al veinte (20%) del precio de la oferta, antes de IVA. La garantía de seriedad de oferta debe ser constituida en la moneda de
cotización, ya sea dólares, pesos, o dólares y pesos.
La garantía deberá estar vigente por un periodo de 3 meses a partir de la fecha indicada para la presentación de ofertas. Cuando los plazos establecidos en el presente documento sean prorrogados, el oferente se obliga a ampliar la vigencia de la póliza hasta la fecha a la cual se desplaza la firma del contrato.
Cuando la garantía no se acompañe a la oferta, no esté debidamente constituida o no se anexe el comprobante de pago de la prima, ETB requerirá al oferente para que subsane los documentos respectivos dentro de los 2 días hábiles siguientes al recibo de la comunicación en tal sentido. Si no se atiende el requerimiento, la oferta será descartada.
1.10. CAPACIDAD, EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
Los oferentes deberán tener en cuenta que es parte del estudio jurídico de las ofertas, la revisión y verificación de los documentos que acreditan la existencia, objeto, capacidad y representación legal de la sociedad, razón por la cual deberán adjuntarlos a la oferta en caso que éstos no obren actualizados dentro de la Base de Datos de Proveedores de ETB.
Para el efecto, el oferente deberá tener en cuenta que tratándose de personas jurídicas nacionales y extranjeras oferentes o integrantes de un oferente (en el caso de propuestas conjuntas o en asociación) cada una de ellas deberá acreditar la existencia, objeto, capacidad y representación legal de la sociedad, razón por la cual, deberá acreditar que:
a) El objeto social le permite presentar la oferta y celebrar el contrato.
b) La duración de la sociedad contada a partir de la fecha del recibo de ofertas del presente proceso de invitación, no puede ser inferior al plazo de ejecución del contrato y 1 año más. Si fuere inferior, esa circunstancia se podrá subsanar dentro del plazo que ETB indique.
c) La sociedad actúa a través de un representante legal o apoderado debidamente facultado para actuar en su nombre y representación y para comprometerla en la presentación de la oferta, la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
En caso que se encuentren limitaciones a las facultades del representante legal o apoderado de la persona jurídica para presentar la propuesta o para celebrar el contrato, se deberá aportar con la oferta la autorización o documento correspondiente del órgano social que lo faculta.
Si conforme a la ley la ejecución de la actividad objeto de contratación a través del proceso de invitación demandare determinada habilitación legal, al momento de presentación de la propuesta se deberá contar con la misma.
1.10.1. PERSONAS JURÍDICAS COLOMBIANAS Y EXTRANJERAS
Teniendo en cuenta que los servicios se prestan en Colombia, y que de acuerdo con las condiciones financieras el pago se en pesos colombianos, es necesario que se observe y tenga en cuenta lo siguiente:
a) El oferente sociedad Colombiana debe aportar el certificado de existencia y
representación legal expedido por la Cámara de Comercio, con treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de recibo de presentación de ofertas, y en caso que el representante legal o apoderado tenga limitaciones se debe aportar la autorización del órgano social competente.
b) El oferente sociedad extranjera que tenga establecida la sucursal en Colombia bajo las normas del artículo 263 del código de comercio Colombiano y las demás normas legales vigentes concordantes, deberá aportar el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, expedido con treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de recibo de presentación de ofertas, y en caso que el representante legal o apoderado tenga limitaciones se debe aportar la autorización del órgano social competente.
Si el oferente sociedad extranjera no tiene establecida la sucursal en Colombia debe acreditar su existencia y representación legal con el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido con tres (3) meses de anterioridad respecto de la fecha establecida para el recibo de las ofertas, en el cual conste que el representante legal no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la persona jurídica, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano social directo que lo faculta, y con la presentación de la oferta se obliga a establecer la sucursal en Colombia dentro de los quince (15) días hábiles siguiente a la comunicación de adjudicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Comercio Colombiano y las demás normas legales vigentes concordantes, debido a que según la legislación Colombiana es requerida para ejecutar el contrato. La presentación de la sucursal en los términos del artículo 263 del código de comercio será requisito suscribir y por ende ejecutar el contrato y su incumplimiento dará lugar a aplicar la póliza de seriedad de la oferta.
El oferente que presente documentos en idioma distinto al castellano deberá aportarlos “debidamente apostillados o consularizados en el país de origen”, con el fin de que tales documentos tengan idéntica fuerza y valor legal dentro del territorio Colombiano, y adicionalmente ser traducidos oficialmente al castellano, esto es traductor oficial inscrito en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
En cualquier caso, todo cambio que se produzca respecto de la sociedad, con posterioridad a la presentación de los documentos antes mencionados, deberá ser reportado a la Gerencia de Abastecimiento de ETB, anexando los documentos que lo acrediten.
1.10.2. OFERTAS PRESENTADAS EN ASOCIACIÓN
ETB acepta la presentación de ofertas en consorcio, unión temporal o cualquier otra clase de asociación, para lo cual deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
a) Presentar documento que indique:
- Personas integrantes de la asociación
- Tipo de Asociación
- Obligaciones – actividades a cargo de cada uno de los asociados en la ejecución del contrato, las cuales no podrán ser modificadas sin el consentimiento previo de ETB.
- Porcentaje de participación, acorde con las obligaciones o actividades a cargo de cada
uno de los asociados.
- Designación de la persona que para todos los efectos representará a la asociación, con facultades amplias y suficientes para obligar a todos sus integrantes en la presentación y negociación de la oferta, suscripción, ejecución y liquidación del contrato, así como judicial y extrajudicialmente. El representante designado deberá manifestar su aceptación.
- La duración de la asociación conformada deberá ser mínimo por el lapso comprendido entre el recibo de ofertas del proceso de invitación y la liquidación del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de que con posterioridad, los integrantes de la asociación oferente estén llamados a responder por hechos u omisiones ocurridos durante la ejecución del contrato.
b) En todo caso, los asociados responden en forma solidaria frente a ETB por la presentación de la oferta, la suscripción del contrato y su ejecución.
c) De conformidad con el literal anterior y en atención al régimen jurídico de ETB, las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta presentada por la unión temporal, consorcio o cualquier asociación, NO se aplicarán en proporción al porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del mismo como lo dispone la Ley 80 del 93 para Uniones Temporales y Consorcios (esta normatividad no rige para ETB); sino que por el contrario, se establece la solidaridad de los integrantes del consorcio o unión temporal sin excepción, como se explica a continuación:
ETB no es parte del acuerdo de consorcio, unión temporal o cualquier asociación, y en consecuencia no contrae obligaciones respecto de las estipulaciones en él contenidas. Estas figuras son propias de la Ley 80 de 1993 ordenamiento al cual no está sometida la Empresa, por cuanto por expresa disposición del artículo 55 de la Ley 1341 de 2009, en su calidad de proveedora de TIC´s sus actos y contratos, incluidos los relativos a su régimen laboral y las operaciones de crédito, cualquiera que sea su naturaleza, sin importar la composición de su capital, se regirán por las normas del Derecho Privado.
En consecuencia, sin perjuicio de las estipulaciones que convengan los miembros del consorcio o unión temporal sobre la forma de asumir entre sí las sanciones en caso de incumplimiento del contrato que llegare a celebrarse, ETB no las aplica de acuerdo con la participación de cada uno de los asociados, pues incluso en este aspecto la responsabilidad es solidaria.
d) Si alguno de los integrantes de la asociación no ha sido registrado como proveedor de ETB, deberá presentar los documentos mencionados en el numeral 1.5 de inscripción de proveedores para su respectiva inscripción de forma previa a la suscripción del contrato.
e) La garantía de seriedad de oferta debe ser tomada por todas y cada una de las personas que integran la asociación.
1.11. LUGAR, FECHA Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas se recibirán en la Gerencia de Abastecimiento de ETB, ubicada en la carrera 7 Nº 20-99 Piso 2, el 30 xx xxxxxx de 2017, a las 09 horas en los términos del artículo 829 del Código de Comercio. PARÁGRAFO PRIMERO: El interesado en presentar propuesta debe tener en cuenta que por políticas de seguridad la Empresa cuenta con controles de ingreso por
tanto el mismo no es inmediato, por lo que debe prever el tiempo que dura el procedimiento de registro de ingreso al edificio para acceder a la oficina donde se encuentra ubicada la Gerencia, y así cumplir con la hora establecida para la entrega de propuestas establecida
La Gerencia de Abastecimiento dejará constancia del recibo de ofertas con los siguientes datos:
Número y objeto de la invitación;
Fecha y hora de recibo de cada una de las ofertas;
Nombre del o los oferentes
Firma del oferente
Observaciones, si aplica
Si existe alguna diferencia entre la propuesta original y la copia, primará la información consignada en el original.
La oferta estará compuesta de 6 sobres (Capítulo I jurídico: original y copia; Capitulo II financiero: original y copia; Capítulo III técnico: original y copia), los cuales deberán estar separados, sellados, foliados, y rotulados de la siguientes manera:
1. Describir el capítulo correspondiente (ej: Capitulo I Jurídico original, Capitulo II financiero copia …)
2. Describir el número de invitación
3. Describir el objeto correspondiente al proceso de contratación
4. Describir la razón social del oferente con el N° de NIT
Cada capítulo debe contener un índice y estar debidamente foliado o numerado. La información técnica debe suministrarse adicionalmente en medio digital.
La información financiera debe suministrarse adicionalmente en medio digital, en formato Excel.
En caso de contradicción entre la información contenida en medio digital y la física, prevalecerá la información presentada en medio físico.
Una vez surtida la etapa de negociación, ETB podrá entregar información acerca de las demás ofertas presentadas, salvo que de manera expresa se haya señalado en la oferta que se trata de información confidencial, que ésta tenga de acuerdo con la legislación vigente dicho carácter o que se haya entregado separada y debidamente marcada como tal.
ETB sólo acepta la presentación de una oferta por cada oferente. En el caso que una misma persona presente más de una oferta, ya sea a título individual o como miembro de un consorcio o unión temporal, sólo será evaluada la oferta que se haya presentado en primer lugar dentro del término fijado en el presente documento, de acuerdo con el registro de recepción de ofertas.
No se aceptarán propuestas enviadas por correo, fax, correo electrónico.
Con la presentación de las ofertas, se entenderá la aceptación del oferente a las condiciones contenidas en los presentes términos de referencia, en los anexos, en el manual de
contratación de ETB y en los demás documentos que forman parte de los mismos, como los anexos.
1.12. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Durante la etapa de evaluación de las ofertas, ETB podrá solicitar a cada oferente vía correo electrónico, las aclaraciones y explicaciones que estime necesarias, sin que haya lugar a que éste pueda mejorar las condiciones de su oferta.
El oferente deberá responder dentro los dos (2) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación en tal sentido, vía correo electrónico dirigido x xxxxxx.xxxxx0@xxx.xxx.xx Las respuestas a las aclaraciones deberán estar firmadas por el representante legal o apoderado debidamente acreditado (firma escaneada o firma digitalizada).
ETB realizará el estudio de las ofertas dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a su recibo.
En los casos en que la oferta no esté acompañada de todos los documentos exigidos necesarios para la evaluación jurídica, técnica o financiera, o deba corregirse o aclararse alguno de los aportados, se requerirá por escrito al oferente para que en el plazo que se indique, lo xxxxxxx o corrija. Si no lo hiciere dentro del término establecido, la oferta será descartada. En ningún caso podrá el oferente mejorar la oferta.
1.13. PROPUESTAS ALTERNATIVAS
ETB no acepta propuestas que impliquen alternativas jurídicas, técnicas, económicas o financieras diferentes a las establecidas en los presentes Términos de Referencia.
La propuesta alternativa adicional a la propuesta básica no será considerada por ETB.
1.14. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA
De acuerdo con lo establecido en el Manual de Contratación de ETB, la oferta será rechazada en los siguientes casos:
a) Cuando el oferente haya entregado extemporáneamente la oferta.
b) Cuando el objeto social no le permita presentar la oferta y celebrar el contrato
c) Cuando el oferente o uno de sus integrantes se halle incurso en una de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución Política y la Ley. Cuando la inhabilidad sobrevenga en un oferente, se entenderá que renuncia a participar en el proceso de selección y los derechos surgidos del mismo.
d) Cuando el oferente no subsane los documentos dentro del plazo señalado para tal efecto.
e) Cuando sólo se presente propuesta alternativa.
f) Cuando la propuesta se presente sometida al cumplimiento de cualquier condición o modalidad para la adjudicación.
g) Por falta de veracidad de la información suministrada por el Oferente.
h) Cuando el oferente o una de las personas naturales relacionadas no superen la evaluación de confiabilidad (o estudio de seguridad) adelantada por ETB.
1.15. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Se entenderá aceptado por el oferente con la presentación de la oferta un compromiso anticorrupción que hará parte del Anexo No. 1 del presente capítulo, con base en las siguientes consideraciones:
a) Que es interés del oferente apoyar la acción de ETB para fortalecer la transparencia en sus procesos de contratación, y la responsabilidad de rendir cuentas.
b) Que el oferente es consciente de que el aseguramiento de la transparencia en los procesos contractuales redunda no sólo en beneficio de ETB, sino de los propios participantes, en cuanto garantiza que la adjudicación del contrato se hará a la oferta que ofrezca las mejores condiciones.
c) Que conoce a cabalidad el Manual de Contratación de ETB.
d) Que como oferente estima conveniente la formulación de un pacto explícito en cuanto al acatamiento de las normas jurídicas y éticas que deben regir los procesos contractuales.
1.16. ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DE TERRORISMO
El Contratista declara de manera voluntaria que (i) su patrimonio y los recursos utilizados para la ejecución del presente Contrato al igual que sus ingresos no provienen de alguna actividad ilícita de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier otra norma que lo modifique o adicione, ni serán utilizados para efectos de financiar actividades terroristas en el territorio nacional o en el extranjero; (ii) El Contratista, sus socios, accionistas, administradores, clientes, empleados que tienen relación directa con el contrato, revisores fiscales, contratistas y proveedores no tienen registros negativos en listas restrictivas vinculantes y no vinculantes, de orden nacional e internacional y autoriza de manera expresa para que puedan ser consultadas por ETB; (iii) en desarrollo de su objeto social no incurre en alguna actividad ilícita de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier otra norma que lo modifique o adicione y en consecuencia, se obliga a responder frente a ETB y/o terceros por todos los perjuicios que se llegasen a causar como consecuencia de del daño reputacional ocasionado. El Contratista se obliga con ETB a entregar información veraz y verificable y a actualizar su información personal, corporativa, societaria o institucional. (Según aplique), así como la información financiera, cada vez que haya cambios en la misma y en los eventos en que lo solicite ETB, suministrando la totalidad de los soportes documentales exigidos. El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones aquí contempladas, faculta a ETB para terminar de manera inmediata y anticipada cualquier tipo de relación que tenga con El Contratista, sin que por este hecho El Contratista pueda reclamar indemnización.
1.17. INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
El oferente asume toda responsabilidad por consultar y analizar los términos de referencia, las adendas y aclaraciones a los mismos.
Los términos de referencia deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada. Los títulos utilizados en los términos de referencia sirven sólo para identificar textos y no afectarán la interpretación de los mismos.
Los plazos establecidos en los términos de referencia se entenderán como días hábiles, salvo indicación expresa en contrario. Para estos efectos el día sábado no se considera hábil.
Todas las deducciones, errores y omisiones que realice o en que incurra el oferente con base en su propia información, interpretación, análisis o conclusiones respecto de los términos de referencia, son por su exclusiva cuenta. Por tanto, ETB no asume responsabilidad alguna por tal información, interpretación, análisis o conclusiones.
Con la presentación de la oferta, se entiende que el oferente conoce la naturaleza del contrato que llegare a suscribirse, su objeto, costo y tiempo de ejecución, así mismo, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente.
1.18. NEGOCIACIÓN
Con todos los oferentes cuya oferta haya resultado hábil, luego del estudio jurídico, económico y técnico, ETB podrá adelantar una etapa de negociación dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento de la etapa de evaluación de ofertas, con el propósito de obtener ventajas económicas o competitivas. ETB podrá hacer uso de la oferta mínima combinada como mecanismo de negociación, para lo cual se podrá informar a los oferentes hábiles el menor precio o precio base de las ofertas recibidas. El plazo antes señalado se distribuye en las siguientes etapas: (i) 4 días hábiles para efectuar la negociación y recibir las contraofertas; y (ii) 4 días hábiles para realizar estudio económico de las contraofertas.
(i) Tradicional, esto es, solicitando la presentación de contraofertas de forma presencial o no presencial, las cuales deben ser entregadas en sobre cerrado, en la Gerencia de Abastecimiento de ETB, en medio impreso y digital formato Excel [CD ], diligenciando los mismos anexos financieros de la oferta inicial.
No se admitirán contraofertas que contengan precios unitarios superiores a los ofertados inicialmente o en la contraoferta anterior, aun cuando el valor total de oferta fuere inferior. En caso de presentarse esta situación, ETB ajustará el precio unitario respectivo, con base en la oferta inicial o contraoferta anterior y como producto de ello efectuará la corrección del precio total de la oferta.
El líder del Equipo de Xxxxxxx de la Gerencia de Abastecimiento dejará constancia de las contraofertas recibidas, con el nombre del oferente, fecha y hora de recibo y las remitirá para el respectivo estudio al Equipo de Estudios Económicos de la Gerencia de Planeación Financiera.
(ii)Conformación dinámica de ofertas, la cual se desarrollará dentro del plazo establecido en el presente numeral con sujeción lo previsto en el artículo 22 del Manual de Contratación de ETB, cuya oferta inicial podrá ser mejorada mediante la formulación de posturas sucesivas, hasta la conformación de la oferta definitiva, entendiendo por definitiva la última presentada por cada variable en el transcurso de la reunión que se convoque para tal fin. Para todos los efectos, se tomará como definitiva la propuesta de la oferta inicial o de la última postura de aquel oferente que no haya hecho uso de su derecho a presentar postura.
En cualquiera de los dos casos, ETB convocará por escrito a los oferentes hábiles, indicando fecha, hora, lugar y demás aspectos que se consideren necesarios.
Únicamente podrán asistir el representante legal del Oferente o su apoderado debidamente facultado para adoptar decisiones, y máximo 2 personas más. Se verificará que sus
representantes cuenten con las debidas facultades. En caso de que el representante legal de la persona jurídica oferente o el representante del consorcio o la unión temporal no pueda asistir a la negociación podrá delegar mediante poder siempre que sus facultades se lo permitan y, por tanto, comprometer jurídicamente al oferente por un valor menor al presentado en la oferta inicial.
En caso de empate, se solicitará a los oferentes empatados una nueva contraoferta, o la presentación de una nueva postura, según aplique; si el empate persiste se preferirá la oferta de mayor puntaje técnico. Los puntajes técnicos permanecerán inmodificables tal como se presentaron en la oferta.
1.19. ADJUDICACIÓN
ETB podrá abstenerse de adjudicar si existen razones que así lo justifiquen. Si opta por la adjudicación, se podrá efectuar dentro de los nueve (9) días hábiles siguientes a la etapa de negociación si a ésta hubo lugar, o del estudio de ofertas.
La adjudicación se realizará al oferente que haya obtenido el mayor o mejor puntaje sumados el técnico y el económico de acuerdo con la ponderación de mencionados capítulos.
La decisión de la adjudicación será publicada en la página xxx.xxx.xxx.xx, dentro de los 2 días hábiles siguientes al recibo de la comunicación de adjudicación en la Gerencia de Abastecimiento.
1.20. ELABORACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El contrato deberá suscribirse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes al recibo por el Sistema de Gestión Contractual de la comunicación de adjudicación en el equipo jurídico, plazo que se distribuirá así: (i) Para su elaboración del contrato: 4 días hábiles a partir del recibo por parte del Equipo Jurídico en el Sistema de Gestión Contractual, (ii) Para firma por parte del apoderado de ETB, 2 días hábiles siguiente a la elaboración (iii) Para su suscripción por parte del contratista, 2 días hábiles siguiente al recibo de la comunicación que le curse la Gerencia Abastecimiento de ETB.
1.21. PRÓRROGAS
Los plazos establecidos en el presente capítulo podrán ser prorrogados antes de su vencimiento por el tiempo que ETB considere conveniente. Para el cómputo de los mismos, el sábado se considera día no hábil.
1.22. CONDICIONES CONTRACTUALES
Las condiciones generales de ejecución contractual serán entre otras las que aparecen a continuación:
1.22.1. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato será de dos (2) años, a partir de la orden escrita de inicio, previa constitución y aprobación de las garantías constituidas a favor de ETB. PARÁGRAFO PRIMERO: Los plazos de cada actividad serán coordinados por | el supervisor de ETB de acuerdo con lo estipulado en el capítulo técnico y los ANS.
1.22.2. GARANTÍAS CONTRACTUALES
El CONTRATISTA deberá amparar la garantía que ampare los siguientes riesgos:
(i) CUMPLIMIENTO: Por un valor asegurado del 20% del precio del estimado del contrato, antes de IVA, vigente desde la suscripción del contrato hasta la liquidación del mismo.
(ii) SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un valor asegurado del 10% del precio estimado del contrato, antes de IVA, vigentes desde la suscripción del contrato, durante el plazo de ejecución y 3 años más.
(iii) CALIDAD DEL SERVICIO: Por un valor asegurado del veinte por ciento (20%) del precio del valor de las actividades ejecutadas en los últimos tres meses de ejecución del contrato, antes de IVA, vigente desde la terminación del contrato y tres (3) meses más.
(iv) RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Por un valor asegurado del 15% del precio estimado del contrato, vigente desde la suscripción del contrato hasta la terminación. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que pueda iniciar ETB contra el contratista por los daños que no se encuentren cubiertos por éste amparo y las que instauren terceros.
(v) BUEN MANEJO DE MATERIALES: por un valor asegurado inicial de MIL NOVENTA Y CINTO MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.095.000.000), vigente desde la suscripción del contrato, hasta la terminación del mismo. Se debe garantizar que el valor de la póliza corresponda al valor de los materiales entregados por ETB y adquiridos por el Contratista a nombre de ETB para un mes de operación de acuerdo con las políticas internas de ETB; para tal efecto, el supervisor del contrato mensualmente solicitará el ajuste del valor asegurado de la póliza de conformidad con el valor de los materiales entregados por ETB y adquiridos por el contratista en ese período de tiempo. El Contratista presentará la modificación de la póliza dentro de los 2 días hábiles siguientes a la solicitud.
(vi) TRANSPORTE: TRANSPORTE: El contratista debe constituir a favor de ETB, PÓLIZA AUTOMÁTICA DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS con las siguientes coberturas: 1. Cobertura Completa; 2) Falta de Entrega; 3) Avería Particular; 4) Saqueo; 5) Huelga, Asonada, Motín, Conmoción Civil o Popular, incluyendo Actos Mal Intencionados de Terceros, Piratería, Actos Terroristas y Movimientos Subversivos; 6) Xxxxx Xxxxxxx: 12% valor de la pérdida; 7) Gastos Adicionales: 20% valor de la pérdida. El supervisor del contrato y el contratista fijarán el límite máximo por despacho que debe contratarse en la póliza en consonancia con los requerimientos de movilizaciones que se deban realizar dentro del territorio urbano y nacional por parte de ETB. Dicha póliza debe estar vigente desde la suscripción del contrato y hasta la terminación del mismo.
De acuerdo con lo previsto en las “Políticas Financieras de Contratación de ETB” se implementó un esquema de aseguramiento que le permite en su condición de tomador de las pólizas, garantizar su actividad contractual y la responsabilidad frente a terceros, originada en las actuaciones de sus contratistas suscribiendo convenios con aseguradoras en virtud de los cuales los contratistas que suscriban contratos con ETB a partir xx xxxxx de 2008, deben adherirse a las pólizas de Cumplimiento y Responsabilidad Civil Extracontractual contratadas por ETB.
Conforme con lo anterior, para la obtención de los primeros certificados de seguro, el CONTRATISTA deberá, en virtud de las alianzas suscritas por ETB con dos aseguradoras de experiencia en el ramo de cumplimiento, obtenerlos dentro de los tres 3 días hábiles siguientes a la entrega del contrato firmado, en la Unidad de Expedición del Asegurador y el Intermediario ubicada en la Xxxxxxx 0 Xx. 00-00 xxxx 0x, para su vinculación como cliente y la asignación inicial de cupo de seguro, aportando los documentos relacionados en el literal A del “INSTRUCTIVO PARA LA EXPEDICIÓN DE GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO Y DE
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL”, que puede consultar en la página web xxx.xxx.xxx.xx, o consultar directamente en la dirección antes señalada.
Dentro de los 2 días hábiles siguientes a la comunicación al contratista de la asignación del cupo de seguro, deberá remitir los documentos señalados en el numeral C del mencionado Instructivo. Si ya tiene asignado el cupo, teniendo en cuenta que dicho trámite aplica para el primer contrato en el que se haya vinculado al proveedor, los posteriores certificados de seguro deberán solicitarse dentro de los 2 días hábiles siguientes a la entrega del contrato firmado, en la Unidad de Expedición del Asegurador y el Intermediario en ETB, y posteriormente, ETB informará en cualquiera de estos eventos al Contratista para que realice el pago de la prima respectiva.
En el evento que el CONTRATISTA no pague la prima, la Unidad de Expedición de la Aseguradora y el Intermediario reportará el caso, con el fin que ETB pague la prima y a través del supervisor del contrato descuente su monto al CONTRATISTA de las sumas que le adeude a éste por cualquier concepto. De no ser posible el descuento total o parcial, el contratista se obliga a consignar en la cuenta que ETB indique el valor o el saldo no descontado dentro del plazo que se señale en la cuenta de cobro que se le curse con tal fin. El contratista renuncia expresamente a todo requerimiento para efectos de su constitución en xxxx. El CONTRATISTA acepta que ETB realice el respectivo descuento o compensación. Para efectos del cobro de estas penas el contrato prestará merito ejecutivo lo cual entiende y acepta el contratista con la suscripción del mismo.
En el evento que la Aseguradora, en desarrollo de sus políticas de suscripción, se abstenga de emitir certificados de seguros al CONTRATISTA, éste podrá constituir las pólizas de seguros en cualquier compañía de seguro Autorizada por la Superintendencia Financiera para funcionar en Colombia o para presentar garantía bancaria expedida por banco que tenga operaciones autorizadas en Colombia
En todo caso, se deberán reponer los valores asegurados cuando éstos se vean afectados por razón de siniestros.
Los certificados de seguro que llegaren a requerirse en caso de modificación del contrato, deberán obtenerse dentro de los 2 días hábiles siguientes al del respectivo acuerdo.
1.22.3. MULTAS
Si hay retardo x xxxx en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones, pagará el contratista una multa equivalente al 1.5% del precio del precio de la parte incumplida, por cada semana de atraso, o proporcional por fracción, En todo caso, el valor total de las multas no excederá el 20% del valor total del contrato. El contratista renuncia expresamente a todo requerimiento para efectos de su constitución en xxxx.
ETB podrá descontar el valor de las multas de las sumas que le adeude al contratista por cualquier concepto. De no ser posible el descuento total o parcial, el contratista se obliga a consignar en la cuenta que ETB indique el valor o el saldo no descontado dentro del plazo que se señale en la cuenta de cobro que se le curse con tal fin. El contratista renuncia expresamente a todo requerimiento para efectos de su constitución en xxxx.
1.22.4. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
En caso de incumplimiento total o parcial de cualquiera de las obligaciones del contratista, el contratista se obliga a pagarle a ETB a título de cláusula penal compensatoria el 20% del valor del contrato. La pena no exime al proveedor del cumplimiento de la obligación principal, ni del pago de los perjuicios que superen el valor de este porcentaje.
ETB podrá descontar el valor de la cláusula penal pecuniaria de las sumas que le adeude al contratista por cualquier concepto. De no ser posible el descuento total o parcial, el contratista se obliga a consignar en la cuenta que ETB indique el valor o el saldo no descontado dentro del plazo que se señale en la cuenta de cobro que se le curse con tal fin. El contratista renuncia expresamente a todo requerimiento para efectos de su constitución en xxxx.
1.22.5. PROPIEDAD INTELECTUAL
El contratista debe garantizar que la propiedad intelectual que aporte en la ejecución del contrato es de su propiedad o se encuentra debidamente licenciada, y por tanto, librará a ETB de cualquier violación de la misma. En caso de reclamación el Contratista asumirá totalmente la responsabilidad.
En todo caso, se respetaran los derechos de propiedad intelectual de las partes, de conformidad con lo señalado en la ley.
1.22.6. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES EN SEGURIDAD SOCIAL, APORTES PARAFISCALES Y SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO SG- SST
El CONTRATISTA deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales relacionadas con modalidad de contratación laboral de todo el personal que requiera para la prestación del servicio, el pago de las obligaciones laborales, afiliación y pago de aportes al Sistema de Seguridad Social: Administradora de Riesgos Laborales (ARL), Entidad Prestadora de Salud (EPS) y Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) y aportes parafiscales en relación con el personal que ocupe en Colombia para la ejecución del contrato, inclusive subcontratistas personas naturales o jurídicas.
Como requisito para el trámite de las actas de recibo de los servicios en caso que el contrato involucre servicios que sean base para el pago, el CONTRATISTA deberá presentar ante el supervisor del contrato dentro de los primeros 15 días hábiles de cada mes, certificación de revisor fiscal o contador público, según el caso, en la que conste los pagos de los aportes a la ARL, EPS y AFP, parafiscales (ICBF, SENA, Cajas de Compensación y CREE, cuando a ello haya lugar conforme con el articulo 25 Ley 1607 de 2012). Adicionalmente, el contratista debe entregar al supervisor del contrato dentro del mismo plazo fotocopia de las planillas de pago a las mencionadas entidades del personal que ocupe en Colombia para la prestación de los servicios, inclusive subcontratistas personas naturales o jurídicas. Igualmente, dentro del mismo plazo el contratista deberá allegar certificación sobre el pago de obligaciones laborales e
indemnizaciones laborales respecto del personal que utiliza para la prestación del servicio, inclusive subcontratistas.
1.22.7. ACUERDO DE BUENAS PRÁCTICAS Y RESPONSABILIDAD CORPORATIVA
El Oferente deberá suscribir el “Acuerdo de Buenas Prácticas y Responsabilidad Corporativa”, como requisito para suscribir el contrato, el cual hace parte del presente documento como Anexo Jurídico No. 3, y deberá ser aportado en el capítulo jurídico de la oferta debidamente suscrito por el representante legal o apoderado. Dicho anexo no podrá ser modificado por el oferente.
1.22.8. TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá darse por terminado por las causales legales o por las siguientes: (i) Por mutuo acuerdo. (ii) Anticipadamente por ETB, en cualquier tiempo, dando aviso al CONTRATISTA con una antelación mínima de 30 días calendario. (iii) De manera anticipada por ETB, en cualquier tiempo cuando ETB evidencie que el contratista ha sido incluido dentro de las listas restrictivas vinculantes o no vinculantes nacionales o extranjeras. PARÁGRAFO: En todo caso, la terminación anticipada del contrato no da lugar a indemnización alguna por parte de ETB, en este caso, sólo se pagarán las sumas correspondientes los servicios prestados por el contratista y recibidos a satisfacción de ETB, o las solicitudes de servicio o pedidos en curso.
1.22.9. EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL
No se constituye vínculo laboral alguno entre ETB y el personal que el CONTRATISTA ocupe para el cumplimiento del objeto contractual. Éste dispone de autonomía y libertad administrativa y directiva para la ejecución del contrato y será el único responsable por la vinculación de su personal, la cual realizará en su propio nombre, por su cuenta y riesgo, sin que ETB adquiera responsabilidad alguna por tales actos o contratos. El oferente con la presentación de la oferta garantiza que el personal que disponga para la prestación del servicio está debidamente seleccionado para prestar el servicio contratado de forma eficiente y dentro de los plazos establecidos. Así mismo, garantiza que la remuneración de las personas que en su calidad de contratista ocupe para la prestación del servicio está acorde con los parámetros de la ley.
PARÁGRAFO PRIMERO: EL CONTRATISTA, en desarrollo de su autonomía técnica y administrativa, por su propia cuenta y riesgo, es quien realiza el proceso de selección del personal idóneo que le colaborará en la ejecución del objeto contratado, por lo tanto, se obliga a:
a) Realizar el proceso de inducción, capacitación, y entrenamiento necesario del personal de conformidad con el objeto del contrato, en el caso que aplique de acuerdo al alcance del objeto del contrato a celebrar.
b) implementar el sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo.
d) Afiliar a sus trabajadores a los Sistemas de Salud, Pensiones y Riesgos Laborales, obligándose además a cotizar oportunamente a las entidades administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral correspondientes, de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia.
e) El contratista debe garantizar que todo el personal que preste el servicio cuenta con la afiliación y aportes mensuales a los Sistemas de Salud y Pensiones establecidos en las
normas vigentes sobre la materia.
PARÁGRAFO SEGUNDO: EL CONTRATISTA se obliga a suministrar durante la vigencia del contrato, así como durante los 3 años siguientes a la terminación y/o liquidación del mismo en el caso que aplique, toda la información que ETB requiera con relación al cumplimiento de las obligaciones legales previstas a su cargo en materia de seguridad social, aportes parafiscales y salud ocupacional del personal que ocupe en Colombia para la ejecución del contrato, inclusive subcontratistas personas naturales o jurídicas”.
PARÁGRAFO SEGUNDO: EL CONTRATISTA se obliga a suministrar durante la vigencia del contrato, así como durante los 3 años siguientes a la terminación y/o liquidación del mismo en el caso que aplique, toda la información que ETB requiera con relación al cumplimiento de las obligaciones legales previstas a su cargo en materia de seguridad social, aportes parafiscales y salud ocupacional del personal que ocupe en Colombia para la ejecución del contrato, inclusive subcontratistas personas naturales o jurídicas”.
1.22.10. CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS SOBRE GESTIÓN AMBIENTAL
El CONTRATISTA deberá dar estricto cumplimiento a las normas legales vigentes sobre gestión ambiental en lo que se requiera y obligue de acuerdo con el objeto contratado. En virtud de lo anterior le corresponde, entre otras obligaciones, realizar las actividades relativas a identificar, analizar y evaluar peligros, a gestionar y controlar los riesgos, a mitigar, corregir o compensar los impactos y efectos ambientales que puedan afectar a las personas, propiedades o medio ambiente, y en el caso que se requiera por el objeto contratado, obtener los permisos requeridos por las autoridades ambientales según la jurisdicción correspondiente a la zona de ejecución del contrato. Estas obligaciones se extienden a sus subcontratistas. ETB podrá verificar su cumplimiento durante la ejecución del contrato, para cuyo efecto el contratista le suministrará la información correspondiente.
Durante la ejecución del contrato, ETB podrá realizar visitas a las instalaciones del Contratista, cuando lo considere necesario como parte de la gestión de supervisión y control a la correcta ejecución del contrato, con el fin de evaluar y efectuar aseguramiento de ambientes de controles básicos que tenga implementados el contratista para el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Empresa, cuando por las características del contrato se requieran.
1.22.11. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
La información suministrada por ETB en desarrollo del contrato, deberá ser utilizada de manera confidencial, garantizado por todos los medios a su alcance que los trabajadores a su servicio y demás personas que autorice, respetarán la reserva sobre la misma. Dicha información únicamente será utilizada para la debida ejecución del contrato. La violación de confidencialidad o el uso indebido de la información dará lugar a reclamar indemnización por parte de ETB. No se considera violación de confidencialidad la entrega de información cuando sea de conocimiento público. El Contratista no adquiere derechos de propiedad o disposición respecto de la información suministrada por ETB.
1.22.12. PROTECCIÓN AL DERECHO DE HABEAS DATA
Cuando para la debida ejecución del contrato, el contratista deba acceder, consultar, almacenar y/o administrar bases de datos de ETB que contengan información personal de sus clientes,
proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, previos los permisos concedidos para el efecto, el contratista se obliga a disponer los medios necesarios para observar, cumplir e instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo sobre los principios de administración de datos de terceros, tales como: veracidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en la Ley 1266 de 2008, ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, la Resolución 3066 de 2011 de la CRC y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.
Para los mismos efectos, con la presentación de la oferta se entiende dada la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a la política de seguridad que tiene adoptada ETB para el manejo de su información y la de manejo de datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como a instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dicha política debe ser consultada en la página web de ETB xxx.xxx.xxx.xx.
En consecuencia, el contratista debe entender y aceptar que a partir del momento en que ETB le suministre cualquier base en donde reposen datos personales de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, asume la calidad de encargado de su tratamiento y en consecuencia solo hará uso de los datos para las finalidades establecidas al momento de su entrega. En tal sentido, se obliga a cumplir con las disposiciones que en relación con la protección de datos personales se encuentran consagradas en la Ley 1266 de 2008, ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, la Resolución 3066 de 2011 de la CRC y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.”
1.22.13. INDEMNIDAD
El contratista debe mantener indemne a ETB de toda reclamación o demanda, por los daños o perjuicios que ocasione el personal a su servicio a terceros en desarrollo del contrato
1.22.14. SUPERVISIÓN
Durante la ejecución del contrato, ETB podrá realizar visitas a las instalaciones del contratista, cuando lo considere necesario como parte de la gestión de supervisión y control a la correcta ejecución del contrato, con el fin de evaluar y efectuar aseguramiento de ambientes de controles básicos que tenga implementados el contratista para el cumplimiento de sus obligaciones frente a la empresa, cuando por las características del contrato se requieran.
1.22.15. CESIÓN DEL CONTRATO
El contrato no podrá cederse sin previa autorización expresa y escrita de ETB.
1.22.16. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se liquidará por las partes dentro de los 3 meses siguientes a su terminación.
1.22.17. DOMICILIO
Para todos los efectos, el domicilio contractual será Bogotá D.C.
CAPITULO II
2. CONDICIONES FINANCIERAS
Las siguientes serán las condiciones financieras generales aplicables para los servicios de aprovisionamiento y pos-venta sobre la red de acceso cobre y FTTC, y demás actividades complementarias, para los clientes que demanden servicios de voz, datos y tv sobre las redes de ETB en Bogotá (incluye Soacha), de conformidad con las condiciones previstas en el presente documento y en las condiciones generales de contratación.
2.1. PRECIOS
ETB solicita que los bienes y los servicios que hacen parte de la presente contratación sean cotizados bajo el sistema de precios fijos netos, de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en el presente documento.
Serán por cuenta del proveedor, y se considerarán incluidos como parte del precio, todos los impuestos, derechos, tasas y contribuciones de cualquier orden, vigentes a la fecha de suscripción del contrato. Si durante su ejecución los impuestos aumentan o se crean nuevos serán asumidos por quien corresponda de acuerdo con la Ley; si disminuyen o se suprimen se pagará sobre lo efectivamente causado.
De todo pago o abono en cuenta, ETB hará las retenciones xx xxx a que haya lugar.
2.2. VALOR DE LA OFERTA
Para la presentación de la propuesta el oferente deberá diligenciar en su totalidad el siguiente Anexo financiero:
Anexo Financiero N° 1: Relación De Precios De Los Servicios De Aprovisionamiento Y Pos-Venta Sobre La Red De Acceso Cobre Y FTTC, Y Demás Actividades Complementarias, Para Los Clientes Que Demanden Servicios De Voz, Datos Y Tv Sobre Las Redes De ETB (Actividad Exitosa)
Anexo Financiero Nº 2: Relación De Precios De Los Servicios De Aprovisionamiento Y Pos-Venta Sobre La Red De Acceso Cobre Y FTTC, Y Demás Actividades Complementarias, Para Los Clientes Que Demanden Servicios De Voz, Datos Y Tv Sobre Las Redes De ETB (Servicio
/ Día)
Anexo Financiero N° 3: Resumen De Oferta Incluido IVA
Para diligenciar los anexos económicos se deben seguir las instrucciones que aparecen al inicio de cada uno de los anexos en las hojas de Excel y tener en cuenta las siguientes notas:
NOTA 1: El oferente debe cotizar la totalidad de ítems solicitados en el anexo la no cotización de por lo menos un ítem será causal de rechazo de la oferta.
NOTA 2: El anexo financiero deberá ser suministrado en forma impresa y en medio digital en formato EXCEL. De presentarse discrepancias entre la información suministrada en medio físico
(papel) y la entregada en medio magnético, prevalecerá la suministrada en medio físico.
NOTA 3: Las cantidades de servicios son estimadas y serán utilizadas única y exclusivamente para efectos de evaluación de las ofertas en igualdad de condiciones. Por lo anterior, en ejecución del contrato las cantidades podrán aumentar o disminuir de conformidad con los requerimientos de ETB.
NOTA 4: El anexo financiero deberá ser diligenciado en el formato suministrado por ETB "PROTEGIDO". En caso en que se tramite en otro formato NO serán tenidos en cuenta su oferta.
NOTA 5: El valor del factor de incremento de precios para la prestación de los servicios objeto del contrato en horarios de 10:00 pm a 06:00 am es igual a = (1 + %)
NOTA 6: El Anexo financiero debe estar firmado por el Representante Legal o apoderado debidamente facultado.
2.3. CUBRIMIENTO DE LA OFERTA
El valor de la oferta deberá incluir todos los bienes y servicios requeridos para cumplir a cabalidad con el objeto y alcance de los presentes términos de referencia. Cualquiera de ellos que se requiera para el cumplimiento del objeto contractual y que no haya sido incluido en la propuesta deberá ser suministrado en su totalidad por el contratista sin costo adicional alguno para ETB.
Todos los costos, gastos, honorarios y demás egresos que sean necesarios para el cumplimiento de las obligaciones por parte del Contratista, deberán quedar incluidos en su oferta económica, previo análisis que efectúe el Oferente por su cuenta y riesgo, de manera que aquellos costos, gastos, honorarios y demás egresos no previstos en la oferta, no serán asumidos por ETB, ni cargados al precio de forma alguna.
2.4. REAJUSTE DE PRECIOS
Una vez finalizado el primer año de ejecución del contrato los precios serán revisados de común acuerdo, pudiendo estos disminuir, mantenerse o aumentar; para el tercer caso, el reajuste de precios no podrá exceder el porcentaje del Índice de Precios al Consumidor del año corrido de ejecución del contrato, para la República de Colombia, certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas DANE.
2.5. IMPUESTOS Y FACTURACIÓN
2.5.1. IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
El oferente debe discriminar con exactitud el precio correspondiente de los bienes y servicios objeto de la oferta y el valor del impuesto sobre las ventas que afecte la misma, indicando la base sobre la cual se liquida de acuerdo con las normas vigentes en la fecha de presentación de la oferta. En el evento en que el oferente no discrimine el IVA y se cause dicho impuesto, ETB lo considerará incluido en el valor de los bienes y servicios relacionados en la oferta.
En la cláusula de precio del contrato se deberán discriminar los conceptos que lo conforman y el IVA, si éste se causa.
2.5.2. RETENCIÓN A TÍTULO DE IVA EN CONTRATOS QUE INVOLUCREN PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL TERRITORIO NACIONAL O DESDE EL EXTERIOR CELEBRADOS CON NO RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA
Para efectos de lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 437-2 del Estatuto Tributario, en el contrato respectivo se deberá discriminar el valor del impuesto sobre las ventas generado, que será objeto de retención por parte de ETB. El contrato servirá como soporte para todos los efectos tributarios.
2.5.3. RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IVA APLICABLE A OFERENTES NACIONALES
El porcentaje de retención a título de Impuesto sobre la Renta e IVA, se determinará de conformidad con la normatividad vigente, habiéndose establecido previamente, si el contratista es declarante o no del impuesto sobre la renta, si es gran Contribuyente o Autorretenedor y el régimen de impuesto a las ventas al cual pertenece (común o simplificado) o si vende o presta servicios excluidos del IVA.
2.5.4. RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA, OFERENTES NO RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA
El porcentaje de retención a título de Impuesto sobre la renta, se determinará al momento en el cual se efectúe el correspondiente pago o abono en cuenta, de acuerdo con las normas tributarias vigentes para pagos al exterior.
2.5.5. RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Oferente Proveedor Nacional
El contratista deberá informar el régimen del impuesto de industria y comercio al cual pertenece (común o simplificado), la actividad económica y la tarifa del impuesto de industria y comercio en Bogotá, D.C., o en las ciudades del país que le corresponda. En caso de no informarla, le será asignada la tarifa de retención más alta, la cual se aplicará al momento que se efectúe el correspondiente pago o abono en cuenta. En este orden de ideas el contratista deberá informar los valores y lugares de las actividades gravadas realizadas en desarrollo del contrato.
Proveedor No Residente Ni Domiciliado En El País
Sobre la enajenación en Colombia de bienes importados y los servicios prestados intermediarios o terceros en el territorio nacional, ETB practicará las retenciones en la fuente a que haya lugar de acuerdo con las normas tributarias municipales respectivas.
2.5.6. RETENCIÓN A TÍTULO DE IMPUESTO DE TIMBRE
De conformidad con en el parágrafo 2° del artículo 519 del Estatuto Tributario, a partir de 2010 la tarifa aplicable por concepto del Impuesto de Timbre será del 0%. En caso de ser aumentada, deberá ser asumida por el CONTRATISTA en un porcentaje correspondiente al 50%, toda vez que ETB se encuentra exenta del pago de dicho impuesto, de acuerdo con lo establecido por los artículos 532 y 533 en concordancia con la sentencia C-736 de 2007 proferida por la Corte Constitucional.
2.5.7. REQUISITOS EN LA FACTURACIÓN
El proveedor estará obligado a informar al momento de la facturación el régimen de impuesto sobre las ventas al cual pertenece (común o simplificado), si los servicios que presta se encuentran excluidos del IVA y si es declarante o no del Impuesto sobre la Renta, si es gran contribuyente o autorretenedor xx Xxxxx y las disposiciones que lo autorizan.
Si el proveedor factura a través de apoderado, el documento deberá expresar que se expide por cuenta y a nombre del poderdante.
2.5.8. IMPUESTOS Y FACTURACIÓN A SUCURSAL EXTRANJERA
Si la oferta es presentada por un proveedor extranjero que cuenta con una sucursal constituida en Colombia a través de la cual realizará algunas o todas las actividades tendientes a cubrir el objeto de la presente contratación, deberá especificar en su oferta cuales serán estas labores y el valor correspondiente. Es de anotar que el valor de las actividades desarrolladas por la sucursal no será girado al exterior y debe ser facturado directamente por la sucursal, para lo cual se observarán las condiciones determinadas para la forma de pago para proveedor nacional.
Adicionalmente, para cotizar las actividades a desarrollar por la Sucursal deberá utilizar los anexos financieros correspondientes a nacionales.
2.5.9. FACTURACIÓN PARA CONTRATISTAS EN CONSORCIO, UNIÓN TEMPORAL O CUALQUIER FORMA DE ASOCIACIÓN
En el evento en que la oferta sea presentada bajo la modalidad de consorcio, unión temporal o cualquier forma de asociación, los miembros de estos deberán facturar en forma independiente, por lo que en el contrato se deberá informar: (1) el NIT de cada uno de los miembros, en el caso que sea procedente, (2) el porcentaje o valor de los ingresos que le corresponda a cada uno de estos.
Cabe anotar que los integrantes del consorcio, unión temporal o cualquier otra forma de asociación deberán facturar sus ingresos de acuerdo con su participación establecida en el Documento Consorcial.
2.5.10. ÉGIMEN TRIBUTARIO DE E.T.B.
ETB es Gran Contribuyente (Resolución DIAN No. 00041 del 30 de enero de 2014), Autorretenedor de ingresos gravados con impuesto xx xxxxx (Decreto 2885 del 24 de Diciembre de 2001, Resolución DIAN No. 0547 del 25 de Enero de 2002), responsable del Impuesto sobre las Ventas (artículo 792 del E.T.), catalogada como Entidad de Derecho Público para efectos de la retención por concepto de ICA para la ciudad de Bogotá, D. C. (Artículo 3 Decreto No. 271 del 28 xx Xxxxx de 2002). Código CIIU 6110
2.6. MONEDA DE COTIZACIÓN
Los servicios objeto de la presente contratación se deben cotizar en pesos colombianos en números enteros sin decimales.
ETB redondeará los precios de acuerdo con lo estipulado anteriormente utilizando la
HERRAMIENTA REDONDEAR EXCEL, a cero decimales para cifras cotizadas en pesos colombianos.
2.7. FORMA DE PAGO
El 100% del precio de las Actividades Exitosas y los Servicios Global a Todo Costo / Día se pagaran mediante cortes mensuales vencidos, sobre la cantidad de Actividades Exitosas y los Servicios Global a Todo Costo / Día, efectivamente solicitados y recibidos por ETB, a los sesenta (60) días siguientes a la radicación de la factura comercial, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB, acompañada del Acta de recibo a Satisfacción mensual donde conste la descripción de los servicios, suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.
NOTA 1: Para efectos de la firma de las Actas de recibo de los servicios, el contratista deberá acreditar ante el supervisor del contrato en ETB, el pago de la nómina y demás obligaciones laborales, y de aquellas en materia de seguridad social (ARL, EPS y AFP) y aportes parafiscales (ICBF, SENA, Cajas de Compensación), respecto del personal utilizado para ejecutar el contrato.
2.8. ABONO DE PAGO A CONTRATISTAS
El Contratista deberá establecer el número de cuenta, modalidad de ésta (ahorro o corriente), y entidad financiera a la que deben abonarse los pagos. Así mismo, en el evento de cambio de la cuenta, el contratista deberá informar de inmediato y por escrito al supervisión del contrato, quien a su vez deberá revisar y dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva Interna número 00571 “ACTUALIZACIÓN DE CUENTAS O CAMBIO DE DESTINATARIOS DE LOS
PAGOS EN EL SISTEMA SAP” del 2 xx xxxxx de 2010; la cual regula el tema.
2.9. REINTEGRO DE DINEROS POR PARTE DE LOS CONTRATISTAS CUANDO SE IDENTIFIQUEN MAYORES VALORES ENTREGADOS POR CUALQUIER CONCEPTO.
Cuando se identifiquen mayores valores entregados por cualquier concepto, éstos deben ser desagregados y reintegrados a ETB, para lo cual se aplicará la siguiente metodología:
2.9.1. PARA VALORES COTIZADOS Y PAGADEROS EN PESOS COLOMBIANOS
Se determinará la fecha en que se efectuó el respectivo pago.
Se determinará el mayor monto pagado en pesos colombianos.
Se determinará la fecha de devolución por parte del CONTRATISTA.
Se indexará el monto en pesos entre la fecha en que se efectúo el respectivo pago y la fecha de devolución, utilizando los índices de precios al consumidor en el ámbito nacional, para la República de Colombia certificados por el DANE para dicho período. En caso de no contar con la inflación correspondiente al período a actualizar se tomará el promedio mensual o diario corrido del año, según sea el caso, se hará el cálculo con base en ésta. Para el caso de enero, por no tener información que permita establecer el promedio, se tomará la del mismo período del año inmediatamente anterior. Para este cálculo se incluye el valor del IVA correspondiente.
En el evento en que el CONTRATISTA no efectúe el reintegro en la fecha fijada para el efecto, ETB aplicará intereses xx xxxx liquidados a la tasa máxima de interés xx xxxx
certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia, vigente entre la fecha fijada para la devolución de los dineros y la fecha real de pago
2.10. HOMOLOGACIÓN DE OFERENTES
Los oferentes internacionales y nacionales, personas jurídicas y personas naturales, interesados en presentar oferta deberán estar homologados de conformidad con los requisitos establecidos en la Política Financiera de Contratación, la cual se encuentra publicada en la página web de ETB xxx.xxx.xxx.xx.
La homologación debe estar actualizada con los estados financieros de la última vigencia fiscal y es un requisito adicional al registro en la base de datos de proveedores.
2.11. RELACIÓN VENTAS - VALOR A CONTRATAR
Las ventas reportadas por el oferente nacional o extranjero en sus estados financieros en el último año fiscal (2016) NO podrán ser inferiores al 50% del precio estimado de oferta incluido IVA. (Anexo Financiero Nº 3)
Para las ofertas presentadas en consorcio, unión temporal o cualquier otra forma de asociación, para obtener el valor de las ventas, con el cual se verifique la condición se seguirá el procedimiento descrito a continuación:
En el momento de presentación de la oferta el documento consorcial debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes, con lo cual se procederá a realizar el siguiente cálculo: Porcentaje de participación dentro del grupo asociado por las ventas, para cada uno de los integrantes del grupo asociado. La suma de estos valores corresponderán al valor de las ventas del grupo consorciado.
Nota: Para efectos de validar este requerimiento el oferente deberá adjuntar con el paquete financiero de la oferta, el Estado de Resultados del último año fiscal (2016), debidamente suscrito por contador público, revisor fiscal o quien haga sus veces, de conformidad con la legislación aplicable para el efecto.
LA CONDICIÓN PREVISTA EN EL ANTERIOR NUMERAL CONSTITUYE UN REQUISITO HABILITANTE DE NATURALEZA FINANCIERA PARA PARTICIPAR EN EL PRESENTE PROCESO DE INVITACIÓN PÚBLICA. LOS OFERENTES QUE NO CUMPLAN CON EL REQUISITO HABILANTE FINANCIERO REFERIDO EN EL PRESENTE NUMERAL, SERÁN DESCALIFICADOS.
2.12. VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE CARÁCTER FINANCIERO
"Con la presentación de la oferta se entiende ACEPTADO todas y cada una de las condiciones estipuladas en el presente capitulo.
2.13. PONDERACION ECONOMICA DE LAS OFERTAS Y CONTRAOFERTAS:
Las ofertas serán ponderadas desde el punto de vista económico como se explica más adelante y teniendo en cuenta que ETB ha asignado un puntaje máximo de noventa y cuatro (94) puntos, los cuales serán distribuidos de la siguiente manera:
Ci1: Precio Estimado de Oferta incluido IVA: | 90 puntos |
Ci2: Porcentaje Único de Incremento: | 4 puntos |
Puntaje Máximo Económico Total: | 94 puntos |
ETB podrá hacer correcciones aritméticas a los valores consignados por el oferente en los Anexos financieros solicitados en los siguientes casos:
Cuando al verificar el valor consignado en la columna valor total, éste difiera del valor resultante de multiplicar las cantidades del ítem por el precio unitario total respectivo.
Cuando al verificar sumas y multiplicaciones totales y parciales de los mencionados anexos se encuentren errores aritméticos.
En caso de discrepancias entre los valores presentados en el anexo de precios, ETB podrá hacer las correcciones necesarias y tomará para ello el valor que resulte de la aplicación de los precios unitarios, del anexo correspondiente de la oferta. Adicionalmente, en el evento en que exista discrepancia entre la información contenida en la oferta escrita y la presentada en medio magnético, prevalecerá la información presentada en forma escrita
2.13.1. PRECIO ESTIMADO DE OFERTA INCLUIDO IVA: (CI1= 90 PUNTOS)
Se asignará el máximo puntaje económico a la oferta que presente el menor precio estimado de oferta incluido IVA, es decir, 90 puntos. El puntaje económico de las demás ofertas se asignará mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
En donde,
Ci1 = Cmax1 * Pmin1 Pi1
Ci1: Puntaje económico obtenido por la oferta i.
Cmax1: Puntaje económico máximo: 90 puntos, de la oferta más económica
Pmin1: Oferta de Menor Precio estimado (incluidas las correcciones aritméticas), dentro del rango de ofertas.
Pi1: Precio estimado de la oferta i
2.13.2. PORCENTAJE UNICO DE INCREMENTO: (CI2= 4 PUNTOS)
Se determinará la oferta que presente el menor porcentaje único de incremento de precios para la prestación, eventual, de los servicios objeto del contrato en horarios de 10:00 PM A 06:00 AM y se le asignará el máximo puntaje económico, es decir 4 puntos.
El puntaje económico para las demás ofertas, objeto de evaluación, se asignará aplicando la siguiente fórmula:
En donde,
Ci2 = Cmax2 * Pmin2 Pi2
Ci2: Puntaje económico obtenido por la oferta i.
Cmax2: Puntaje económico máximo: 4 puntos.
Pmin2: Oferta de Menor Porcentaje Único de Incremento, dentro del rango de ofertas.
Pi2: Porcentaje Único de Incremento cotizado por la oferta i (incluidas las correcciones aritméticas).
La sumatoria de Ci1 y Ci2 dará el puntaje económico de cada una de las ofertas.
NOTA 1: En caso de que ETB decida adelantar una etapa de negociación, en las contraofertas presentadas, las posturas no podrán contener precios unitarios superiores a los ofertados inicialmente o en la postura anterior, aun cuando el valor total de la oferta resulte inferior. En caso de presentarse esta situación, ETB ajustará el precio unitario respectivo, con base en la oferta inicial o la postura anterior y como producto de ello efectuará la corrección del precio total de la oferta.
NOTA 2: “En caso que los oferentes decidan ofrecer descuentos estos deben realizarse a los precios unitarios”.
CAPITULO III
3. CONDICIONES TÉCNICAS
ETB requiere garantizar la prestación y calidad de los servicios convergentes en la operación de aprovisionamiento y trámites post venta sobre la red de acceso cobre y FTTC, de servicios de voz, datos, servicios sobre IP y servicios de IPTV con suministro de algunos materiales para Bogotá (incluye Soacha), y demás actividades complementarias, para los clientes que demanden servicios de voz, datos y TV, facilitando el crecimiento de servicios instalados con el dinamismo que requiere el mercado, y alineados al logro de las metas corporativas propuestas dentro del plan estratégico, así como la oportuna y rápida reacción ante el incremento de la demanda de los servicios prestados por ETB.
3.1 OBJETO.
La EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P. en adelante ETB, está
interesada en contratar la prestación de servicios de aprovisionamiento y pos-venta sobre la red de acceso cobre y FTTC, y demás actividades complementarias, para los clientes que demanden servicios de voz, datos y TV sobre las redes de ETB en Bogotá (incluye Soacha), de conformidad con el presente documento, los anexos y el Manual de Contratación de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A E.S.P – ETB.
3.2 ALCANCE
El servicio debe facilitar el crecimiento de servicios instalados con el dinamismo que requiere el mercado, y alineados al logro de las metas corporativas propuestas dentro del plan estratégico, así como la oportuna y rápida reacción ante el incremento de la demanda de los servicios prestados por ETB.
Sin perjuicio de las demás actividades que se deriven del objeto del contrato, el alcance comprende:
3.2.1 Todas las actividades necesarias para ejecutar el aprovisionamiento y garantizar la calidad de servicios de voz, datos, servicios sobre IP e IPTV, sobre la red de acceso de cobre y FTTC. La prestación de los servicios del CONTRATISTA a ETB serán ejecutados en Bogotá (incluye Soacha) que componen la ZONA 1, cumpliendo con los estándares, procedimientos, normatividad y tiempos adoptados por ETB, de forma tal que se garantice la satisfacción de los servicios prestados por ETB a sus clientes. Así mismo el CONTRATISTA debe cumplir con la obligación de presentar informes y reportes, que permitan a la compañía el cumplimiento de sus metas estratégicas corporativas, y los demás indicadores de gestión establecidos por ETB para los presentes términos contractuales.
3.2.2 El CONTRATISTA debe garantizar que se ceñirá a las normas, especificaciones técnicas, procesos y procedimientos establecidos por ETB, en el presente documento, quien podrá hacer cambios, cuando así se requiera, por factores relacionados con la prestación de los servicios a los clientes o por eventos excepcionales
3.2.3 La ejecución del objeto del contrato que llegare a celebrarse se ejecutará de acuerdo a los Anexos técnicos establecidos, adjuntos al presente documento.
3.2.4 El CONTRATISTA debe disponer toda su capacidad técnica, administrativa y operativa para ejecutar las actividades descritas en el objeto del contrato y, a cambio, recibe una remuneración por cada servicio exitoso que sea ejecutado en terreno, recibido a satisfacción por el cliente y actualizado en el sistema de información definido por ETB según corresponda.
3.2.5 El CONTRATISTA debe prestar el servicio con todos los recursos de personal, logísticos, vehículos, comunicaciones, materiales, herramientas, elementos y equipos, entre otros, que requiera para la ejecución de actividades necesarias para la prestación de los
servicios de ETB, para la operación de aprovisionamiento y sus actividades complementarias sobre la red de cobre y FTTC, con la debida oportunidad.
3.2.6 Disponer de un aplicativo informático de propiedad de EL CONTRATISTA que permita a ETB mediante la web consultar las órdenes de trabajo de Aprovisionamiento y de mejoramiento de la red, que ejecutará y gestionará el CONTRATISTA.
3.2.7 Sin perjuicio a limitar lo concerniente a garantizar el cumplimiento integral del objeto del contrato, se mencionan los elementos principales a contemplar por EL CONTRATISTA:
a) Garantizar el cumplimiento de los ANS del contrato y las metas definidas.
b) Control y gestión de la información.
c) Cumplimiento a cabalidad del contrato que llegare a celebrarse.
d) Atención de órdenes y requerimientos dentro de los tiempos definidos.
e) Control y seguimiento sobre la operación que determine los resultados óptimos en tiempo, de acuerdo a lo solicitado por ETB.
f) Prestar el servicio con el recurso suficiente y tener en cuenta los niveles de deserción del personal contratado por el contratista, de tal forma que el servicio no se vea afectado, para garantizar el cumplimiento de los requerimientos determinados por la supervisión y cumplimiento de los ANS.
g) Realizar reuniones de seguimiento e implementar metodologías estándar de mejora continua para el logro de los objetivos.
h) Tener control de todas las actividades objeto del presente contrato.
i) Cumplimiento del manual del sistema integrado de gestión empresarial adoptado por ETB, incorporado en los anexos e instructivos del presente contrato.
j) Control y reportes del adecuado consumo de materiales entregados por ETB.
k) Reportar cualquier novedad o no conformidad particular sobre la ejecución de cualquiera de las actividades contratadas.
l) Las demás necesarias para el cumplimiento del objeto del contrato.
m) Presentar junto con la oferta, la estructura jerárquica y modelo de operación, así cuando sea modificado en su estructura, modelo e integrantes.
n) Cumplir con la normatividad vigente en cuanto a Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Gestión Ambiental.
o) Presentar semanalmente informes de trabajos realizados con detalle y cantidades.
3.2.8 Sin perjuicio de las demás actividades que se deriven del presente contrato, a continuación se relacionan los tipos de Aprovisionamientos y las actividades referidas a cada uno de ellos de manera individual, con base en el nivel de esfuerzo y tiempo de dedicación por parte del personal técnico contratado por el contratista, de tal manera que la prestación de los servicios sea referida a cada uno de los tipos de aprovisionamientos sobre los cuales se definirán los precios y liquidación de los servicios:
i. Aprovisionamiento Tipo 6, en adelante APR TIPO6; actividades determinadas:
INSTALACIÓN DE xDSL
TRASLADO DE xDSL
ii. Aprovisionamiento Tipo 7, en adelante APR TIPO7; actividades determinadas:
APROVISIONAMIENTO DE SERVICIOS POST-VENTA Xdsl
ADICION DE DATOS SOBRE LINEA BÁSICA EXISTENTE
ADICIÓN DE DATOS SOBRE IPTV EXISTENTE FTTC
iii. Aprovisionamiento Tipo 8, en adelante APR TIPO8; actividades determinadas:
INSTALACIÓN DE LÍNEA BÁSICA, LÍNEA PBX
TRASLADO DE LÍNEA BÁSICA, LÍNEA PBX
iv. Aprovisionamiento Tipo 9, en adelante APR TIPO9; actividades determinadas:
INSTALACIÓN DE LINEA BASICA + xDSL
TRASLADO LINEA BASICA + xDSL
v. Aprovisionamiento Tipo 13, en adelante APR TIPO13; actividades determinadas:
APROVISIONAMIENTO DE LINEA BÁSICA + xDSL + IPTV FTTC
TRASLADO DE LINEA BÁSICA + xDSL + IPTV FTTC
ADICIÓN DE IPTV FTTC SOBRE LINEA BÁSICA + xDSL EXISTENTE
ADICIÓN DE DATOS CON ADICIÓN DE IPTV FTTC SOBRE LINEA BÁSICA EXISTENTE
APROVISIONAMIENTO SINGLE IPTV
vi. Aprovisionamiento Tipo 16, en adelante APR TIPO16; actividades determinadas:
MONTAJE Y COLOCACIÓN DE CAJA DE DISPERSIÓN DE 10 PARES - INSERCIÓN CON O SIN PROTECCIÓN
MONTAJE Y COLOCACIÓN EN MURO DE CAJA DE DISPERSIÓN DE 10 PARES - INSERCIÓN CON O SIN PROTECCIÓN
vii. Aprovisionamiento Tipo 17, en adelante APR TIPO17; actividades determinadas:
MONTAJE Y COLOCACIÓN DE CAJA DE DISPERSIÓN DE 20 PARES - INSERCIÓN CON O SIN PROTECCIÓN
MONTAJE Y COLOCACIÓN EN MURO DE CAJA DE DISPERSIÓN DE 20 PARES - INSERCIÓN CON O SIN PROTECCIÓN
viii. Aprovisionamiento Tipo 18, en adelante APR TIPO18; actividades determinadas:
COLOCACIÓN DE REGLETA DE 10 PARES - INSERCIÓN, PARA STRIP O PEDESTAL
ix. Aprovisionamiento Tipo 32, en adelante APR TIPO32; actividades determinadas:
COBROS Y ADECUACIONES TIPO 1
ADICION EQUIPO TERMINAL STB
x. Aprovisionamiento Tipo 33, en adelante APR TIPO33; actividades determinadas:
COBROS Y ADECUACIONES TIPO 2
xi. Aprovisionamiento Tipo 36, en adelante APR TIPO 36, actividades determinadas:
TRABAJO ADICIONAL DE REDES INTERNAS A SOLICITUD DEL CLIENTE
xii. Aprovisionamiento Tipo 10-1, en adelante APR TIPO10-1; actividades determinadas:
SERVICIO DE OPERACIÓN Y SOPORTE MDF INTERNOS Y EXTERNOS SIN MOVILIDAD Y SIN COMUNICACIONES
xiii. Aprovisionamiento Tipo 10-2, en adelante APR TIPO10-2; actividades determinadas
SERVICIO DE OPERACIÓN Y SOPORTE MDF INTERNOS Y EXTERNOS CON MOVILIDAD Y CON COMUNICACIÓN
xiv. Aprovisionamiento Tipo 11-1, en adelante APR TIPO11-1: actividades determinadas
SERVICIO DE ANALISIS Y GESTION DE INFORMACION
xv. Aprovisionamiento Tipo 11-2, en adelante APR TIPO11-2; actividades determinadas
SERVICIO DE APOYO EN CENTROS DE OPERACIÓN NIVEL I
xvi. Aprovisionamiento Tipo 12, en adelante APR TIPO12; actividades determinadas:
SERVICIO DE ADMINISTRADOR MDF INTERNO
3.2.9 La descripción de cada una de las actividades determinadas en cada tipo de aprovisionamiento, están descritas en el Anexo técnico DESCRIPCIÓN ACTIVIDADES APROV CU-FTTC
3.2.10 Con la presentación de su oferta, el OFERENTE manifiesta su aceptación y
conocimiento de la obligación de ejecutar las actividades contratados y la tendrá en cuenta en la información de precios que suministre.
3.2.11 Para la ejecución de las actividades Aprovisionamiento red de acceso cobre y FTTC, de servicios de voz, servicios de datos, servicios sobre IP; con suministro de algunos materiales, sobre la red de acceso en cobre y FTTC, el contratista debe garantizar que su personal esté capacitado para cada actividad, así como disponer del transporte, herramientas, equipos de medición, equipos de comunicación y señalización de acuerdo con los roles, perfiles y actividades descritas en el presente documento, sus anexos, lo cual debe ser considerado en la elaboración de la respectiva oferta.
3.2.12 El CONTRATISTA debe ceñirse a las normas, especificaciones técnicas, procesos y procedimientos establecidos por ETB en el presente documento, en el numeral 3.8.1, para la ejecución de las actividades que son objeto del contrato. ETB podrá hacer cambios en las normas, especificaciones técnicas, procesos y procedimientos, por conveniencia, por factores relacionados con la prestación de los servicios a los clientes finales o por eventos excepcionales.
3.2.13 Se puede presentar la necesidad de incluir actividades no previstas en el presente documento, cuyos valores unitarios no estén pactados en el contrato y cuyo origen puede ser:
a) Necesidades constructivas
b) Cambio de especificaciones
c) Cambios tecnológicos
d) Identificación de una oportunidad comercial
e) Identificación de una oportunidad de mejora para los procesos contratados.
En el evento en que se dé lugar a la inclusión de una nueva actividad que esté acorde con el objeto del contrato, el CONTRATISTA previa solicitud de ETB, presentará una cotización referida a la nueva actividad, la cual será negociada de acuerdo a lo procedimientos vigentes en ETB. Resultado de la negociación entre las partes, quedará pactado el precio que regirá para la nueva actividad, la cual se incorporará al contrato a través del respectivo acuerdo modificatorio. En caso de no lograrse un acuerdo entre las partes respecto al precio y en consecuencia la nueva actividad no pueda ser incorporada al contrato, ETB podrá contratar la actividad con otro proveedor.
3.3 CONDICIONES DE PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA OFERTA
3.3.1 Para mayor entendimiento y evaluación de los requerimientos expresados en este capítulo, se efectúa la siguiente clasificación:
a) Requerimiento mínimo obligatorio: son aquellos requerimientos expresados en términos tales como “ETB REQUIERE” o “EL CONTRATISTA DEBE”, indicando que son de cumplimiento obligatorio. Las ofertas que no cumplan con estos requerimientos a cabalidad, serán rechazadas.
b) Condiciones deseables: son aquellas condiciones expresadas en términos tales como ”ES DESEBLE”. “ETB ESPERA”, “ETB DESEA”, indicando que son de cumplimiento deseable. ETB usa estas características para determinar cuál oferta ofrece valor al proyecto y su incumplimiento no conlleva al descarte de la oferta.
3.3.2 El OFERENTE debe tener en cuenta que las respuestas que suministre en este capítulo deben corresponder con la implementación, constituyéndose en parte de su oferta y por lo tanto del eventual contrato que llegare a celebrarse.
3.3.3 El OFERENTE debe responder punto a punto si CUMPLE o NO CUMPLE a las
especificaciones técnicas contenidas en este capítulo. En los casos en los que el OFERENTE lo considere conveniente, o ETB lo exija, el OFERENTE debe dar explicación consecuente con dicho cumplimiento, es decir, manifestar cómo CUMPLE. De no cumplirse lo anterior, ETB podrá solicitar el pronunciamiento o explicaciones respectivas durante la etapa de estudio de ofertas, sin que el OFERENTE pueda mejorar la oferta con ocasión de las respuestas. ETB evaluará cada una de las ofertas con base en los diferentes parámetros técnicos establecidos en el presente documento y calificará SI CUMPLE o NO CUMPLE técnicamente.
3.3.4 Si la respuesta es referida a un instructivo o descriptivo técnico, éste debe ser entregado junto con la oferta indicando el sitio del mismo en el que se localiza la correspondiente descripción, para su verificación.
3.3.5 En caso de contradicción o incongruencia entre las respuestas suministradas en el respectivo numeral o en otro aparte de la oferta, ETB formulará la solicitud de aclaración o explicación en la etapa de estudio de ofertas.
3.3.6 Si la respuesta al requerimiento es evasiva, si no se suministra la aclaración o explicación solicitada, o si a pesar de haberse expresado “CUMPLE”, de la respuesta recibida se deduce que el requerimiento no se satisface totalmente, o su cumplimiento se sujeta a condición, se entenderá que EL OFERENTE NO CUMPLE con el requisito. Si se trata de un “Requerimiento Mínimo obligatorio” la oferta será descartada. De referirse a “Condiciones deseables” se calificara con cero (0), pero la oferta no será descartada.
3.3.7 Los documentos exigidos en el presente capítulo que no hayan sido aportados con la oferta podrán ser requeridos durante la etapa de estudio de ofertas. De no atenderse el requerimiento, la oferta será descartada tal como lo refiere el numeral inmediatamente anterior.
3.3.8 La respuesta a las especificaciones técnicas debe mantener la numeración, con índice que contenga la relación de todos los numerales y anexos que la conforman y debe ser presentada en dos documentos impresos (original y copia). Además el CONTRATISTA debe presentar una copia de la información técnica en medio digital (en CD), formato no re- escribible y debidamente rotulado. El documento en CD debe tener su índice de enlaces o hipervínculos que faciliten su revisión.
3.3.9 Todos los documentos que integren la oferta deben ser redactados en idioma español. Si, junto al documento en español, se presenta su versión en idioma inglés, en caso de discrepancia prevalecerá la información suministrada en español.
3.3.10 Durante el estudio de ofertas, ETB se reserva el derecho de solicitar a los OFERENTES una presentación, en la cual se aclaren los aspectos técnicos específicos de la propuesta, sin que sea posible realizar modificaciones a la oferta presentada. La fecha y hora de la presentación serán comunicadas oportunamente por ETB.
3.3.11 EL OFERENTE debe presentar una oferta económica para todas las actividades objeto del contrato y con base en los precios para cada actividad incluidos en la misma, ETB determina la ejecución de manera total o parcial de las actividades objeto del presente contrato.
3.3.12 El OFERENTE debe presentar con la oferta la estructura jerárquica y modelo de operación para el inicio de la ejecución del contrato y cada vez que sea modificado en su estructura o modelo durante la ejecución del contrato.
3.3.13 El OFERENTE debe presentar junto con la oferta las hojas de vida del director de
proyecto y jefes de zona que cumplan con lo solicitado en la tabla de perfiles descrita en los anexos técnicos.
3.3.14 SISTEMA DE EVALUACIÓN TÉCNICA:
3.3.14.1 ETB evaluará cada una de las ofertas con base en los diferentes parámetros técnicos establecidos en el presente documento y calificara si CUMPLE O NO CUMPLE técnicamente respecto de los requerimientos obligatorios, precisando que existen aspectos deseables o calificables ponderables de orden técnico así:
DESCRIPCION | PUNTUACION |
1 | |
2 | |
3 |
3.3.14.2 Los requerimientos deseables tendrán una puntuación máxima de hasta seis (6) puntos.
3.4 EXPERIENCIA
3.4.2 Requisitos de experiencia (Tabla. 1)
GRUPO | DESCRIPCION | UNIDAD DE MEDIDA | VALOR REQUERIDO | OBSERVACIONES |
APROVISIONAMIENTO | Instalación o tendido de red interna de abonado en o cobre para servicios de telecomunicaciones | Pares-Km | ≥ 70 | Se tendrá en cuenta tendidos de cable de cobre, externo, cables indoor de cobre, HFC o cables multipares de cobre entre el Strip y el Punto terminal |
APROVISIONAMIENTO | Instalaciones de servicios de telecomunicaciones. | Unidad | ≥ 50000 | Se tendrá en cuenta servicios xDSL, cable módem, IPTV, VoIP, comunicación inalámbrica y demás de y transmisión de datos. |
3.4.3 REQUISITOS DE CADA CERTIFICACIÓN - El OFERENTE debe acreditar la experiencia mínima establecida en el numeral 3.4.2, para lo cual debe relacionar uno a uno los proyectos en los que ha participado incluyendo de manera obligatoria la siguiente información:
a) Nombre de la empresa o personas contratantes.
b) Nombre del OFERENTE (En el caso de Consorcio o Unión Temporal nombrar las empresas participantes).
c) Objeto, identificación y alcance del contrato (con el detalle suficiente que le permita a ETB validar el cumplimiento de los requisitos técnicos exigidos en el presente numeral).
d) Fecha de inicio y finalización del contrato.
e) Nombre, rol, teléfono, dirección de correo electrónico de la persona que firma la certificación con el fin de verificar la información aportada en las certificaciones.
f) Las certificaciones de experiencia deben ser expedidas a nombre del OFERENTE, para contratos y/o subcontratos, generadas por el supervisor de cada contrato, el representante legal o la persona autorizada de la entidad que emite la certificación.
g) Las certificaciones deben corresponder a proyectos ejecutados durante los 10 años previos a la publicación del presente proceso de contratación.
3.4.4 Para los casos en los que el OFERENTE subcontrató las actividades y/o servicios de un proyecto, debe anexar además de la certificación de que trata el presente numeral, fotocopia del contrato correspondiente entre EL OFERENTE y el subcontratista.
3.4.5 Se aclara, que sólo se aceptan certificaciones de subcontratos expedidas por el CONTRATISTA titular de un contrato (un primer nivel de subcontratación).
3.4.6 En la experiencia directa como CONTRATISTA con ETB, no se requiere anexar certificaciones, sin embargo, el OFERENTE debe relacionar en el formato denominado “Certificación de experiencia” correspondiente el número de contrato, nombre del SUPERVISOR o interventor, valor, objeto, cantidades ejecutadas de acuerdo a los ítems relacionados en tablas de requisitos, y fecha de ejecución.
3.4.7 En caso de Consorcios o uniones temporales, el requisito de experiencia puede ser aportado por uno solo de los miembros. En caso de que más de un miembro del consorcio o unión temporal aporte certificaciones de experiencia, se sumarán las aportadas por cada uno de los integrantes. Sin embargo ETB requiere que el mayor porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal, debe corresponder consecuentemente al integrante que acredita la totalidad o mayor parte de la experiencia
3.4.8 Si la experiencia la acredita el oferente que prestó los servicios bajo una figura de asociación, esto es, consorcio, unión temporal, entre otras, ETB valdrá la experiencia en el mismo porcentaje de participación el cual debe ser indicado en la certificación.
3.4.9 Adicionalmente la experiencia debe ser relacionada en el anexo “CERTIFICACIÓN DE EXPERIENCIA”, diligenciando cada línea o fila por cada certificación que presente el OFERENTE.
3.5 CONDICIONES GENERALES
EL CONTRATISTA debe conocer que el aprovisionamiento de servicios sobre la red de cobre y FTTC actualmente están siendo ejecutadas por varios CONTRATISTAS. En caso que el contratista adjudicatario del contrato sea alguno de los activos, las actividades de aprovisionamiento sobre la red de cobre y FTTC del contrato en curso, en caso de estar
vigente, deben ser finalizadas (Acta de finalización de ejecución de actividades) o en su defecto si ETB así lo considera pertinente la terminación y liquidación del contrato, dentro de los 10 días siguientes de la comunicación de adjudicación, teniendo en cuenta que este es un requisito para la suscripción del contrato.
3.5.1 El CONTRATISTA debe garantizar a ETB la oportunidad, la calidad y cantidad de los trabajos que se le asignen dentro del objeto de esta contratación y debe asumir todos los sobrecostos causados por errores técnicos, administrativos o procedimentales y debe responder a ETB por afectación al cliente o a terceros, como consecuencia de los trabajos realizados por EL CONTRATISTA. Por tanto, el contratista autoriza a ETB para descontar dichos valores de la facturación mensual o en su defecto se obliga a pagar mediante cuenta de cobro en el plazo no mayor a 30 días a partir de su expedición, para lo cual el contratista renuncia a todo requerimiento de constitución en xxxx.
3.5.2 Para efectos de la presente invitación el área de influencia está conformada por Bogotá y Soacha (zona 1), que a su vez se subdivide en dos (2) subzonas de acuerdo a como se presenta a continuación para la red de acceso cobre:
SUBZONA 0 | ||
XXXXXXXXX | XXXXX | XXXXXX XXXXXXXXXXXXX |
XXXXXX | XXXXXXXX | SAN XXXXXXXX |
XXXXXXXXX | SAN XXXXXX* | SALITRE |
XXXXX | XXXXX XXXXXXX | XXXXXX XXXXXX |
CRUCES | SANTA XXXX* | TIBABUYES |
GUAYMARAL | SUBA | TOBERIN |
XXXX | XXXXXXXXXXX | AVE CHILE |
SUBZONA 2 | |
SAN XXXX | XXXXXXXXX |
AEROPUERTO | BACHUE |
BOCHICA | SANTA XXXXXXXX |
XXXX | SAN XXXX |
XXXXXXXX | SAUZALITO |
XXXXXXX | XXXXXX* |
XXXXXXX | XXXX XXXXXX |
MUZU |
*Centrales con cobertura parcial de red de acceso cobre, en el caso xx Xxxxxx corresponde a las unidades remotas que no son FTTC.
3.5.3 A continuación se relacionan los NODOS que definen la cobertura FTTC en ZONA1:
Nodo Central* | San Xxxxxx | Sta Xxxx | Xxxxxx | Yomasa | Total Armarios* |
XXXXXXXXXX | 100% | 103 | |||
XXXX XXX | 78% | 22% | 36 | ||
XXXXXX | 100% | 84 | |||
MARRUECOS | 12% | 88% | 17 | ||
SAN XXXXXX | 80% | 20% | 15 | ||
SANTA XXXX | 100% | 28 | |||
SOACHA | 100% | 185 | |||
YOMASA | 100% | 99% | 138 | ||
Total Armarios/Nodo | 202 | 74 | 185 | 145 | 606 |
*Armarios que pasaron de una central a nodo FTTC.
3.5.4 Criterios de asignación de órdenes de trabajo:
3.5.4.1 ETB tendrá en las SUBZONAS 1 y 2 dos contratistas, cuya asignación de órdenes de trabajo se realizará de la siguiente manera:
a. Las ordenes de trabajo para la SUBZONA 1 en principio, serán asignadas al otro proveedor de ETB.
b. Las ordenes de trabajo para la SUBZONA 2 en principio, serán asignadas al contratista que resulte adjudicatario del contrato de la presente invitación pública.
3.5.4.2 No obstante lo anterior, durante la ejecución, ETB podrá asignar las órdenes de trabajo a los dos contratistas en las dos subzonas antes señaladas, teniendo en cuenta la oportunidad, calidad, efectividad, eficiencia, y resultados, y así mismo, dependiendo del comportamiento de la demanda comercial.
3.5.4.3 ETB define con 20 días de anticipación las cantidades mes a ejecutar por cada contratista, en cada zona y subzona, de forma tal que se dimensione las necesidades para el cumplimiento de los servicios contratados. Si la demanda supera el 10% de la proyección (medición mensual) en el mes en que se presente esta situación y en consecuencia se impacte los ANS establecidos, se determinará conjuntamente entre el SUPERVISOR ETB y el CONTRATISTA los ajustes en la medición de los ANS afectados, sin que se supere el margen establecido en la meta definida por ETB.
3.5.4.4 Para asignar órdenes de aprovisionamiento en sectores de cobertura FTTC, no se realiza asignación por centrales, el sistema y esquemas de operación de ETB, determinan la asignación de las órdenes.
3.5.5 EL CONTRATISTA debe prestar el servicio bajo su responsabilidad , con el personal suficiente para controlar y garantizar el cumplimiento de los procedimientos de aprovisionamiento entre los cuales se encuentran pruebas de calidad, seguimiento al cumplimiento de la promesa al cliente, seguimiento de indicadores individuales y del proyecto, seguimiento y control al consumo de materiales a nivel estadístico y con verificación en terreno(auditorías), cierre de ciclo sobre las actividades realizadas y las demás requeridas que garanticen el cumplimiento de los ANS establecidos en los presentes términos contractuales.
3.5.6 EL CONTRATISTA debe prestar el servicio con personal calificado, herramientas, equipos, medios de comunicación y transporte apropiado, de conformidad con las condiciones previstas en el presente documento y sus anexos, desde el inicio y durante la ejecución del contrato
3.5.8 EL CONTRATISTA debe velar por la calidad y eficiencia en la ejecución de las actividades dando cumplimiento a la normatividad técnica existente, a los acuerdos de niveles
de servicio ANS que rigen la presente contratación, y aquellos que se establezcan en ejecución del contrato
3.5.9 EL CONTRATISTA debe dar estricto cumplimiento a los procesos certificados dentro del Sistema Integrado de Gestión (SIG) de ETB. ETB o el ente certificador podrá auditar durante la vigencia del contrato el cumplimiento de este numeral. Se adjunta como referencia a la presente invitación todos los procesos vigentes.
3.5.10 EL CONTRATISTA debe aportar semestralmente al SUPERVISOR del contrato de ETB los registros de la calibración o patronaje de los equipos de medición utilizados en las actividades propias del contrato.
3.6 RIESGOS ASUMIDOS POR EL CONTRATISTA.
ETB no hará reconocimiento alguno, ni se entenderá que ofrece garantía alguna al CONTRATISTA, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de alguno de los riesgos previstos y que EL CONTRATISTA debe asumir. Estos riesgos estarán referidos mas no limitados a:
a) Los efectos, favorables o desfavorables, derivados de las variaciones en la oferta y/o los precios xx xxxxxxx de los insumos materiales dispuestos por EL CONTRATISTA (3.21.3) para el cumplimiento de las actividades objeto del contrato, actividades, personal dispuesto por el CONTRATISTA, sistemas de distribución, transporte y demás conceptos que componen su oferta, necesarios para cumplir con el objeto y las obligaciones pactadas en el contrato.
b) Los efectos, favorables o desfavorables, de las condiciones de naturaleza y localización de los trabajos que debe ejecutar, variabilidad de la demanda, de la disponibilidad de la red, y de la efectividad en los trabajos realizados, localización de las zonas en que se ejecutarán las actividades contratadas, restricciones de acceso a los predios del cliente, permisos y procedimientos establecidos para dicho ingreso, las condiciones topográficas, seguridad, movilidad y climas normales y extremos que se puedan presentar. El conocimiento de los sitios de ejecución de actividades será por cuenta y riesgo del CONTRATISTA. Se entiende que en su oferta considera las condiciones particulares de cada sitio en los que prestará el servicio contratado.
c) Los efectos favorables y desfavorables producto del cumplimiento de citas y localización por parte de los clientes, asociados a las actividades de confirmación de agenda y en el momento de visita.
d) Los efectos desfavorables derivados de la atención de cualquier reporte xx xxxxx que debe atender dentro del periodo de garantía
e) Los efectos desfavorables derivados de la conducta de sus trabajadores y/o subcontratistas. (Negligencia, ineficiencia, fraude, hurto continuado, huelga, supervisión inadecuada, etc.)
f) Los efectos desfavorables derivados de los daños, perjuicios, pérdida y/o desperdicio de los bienes y materiales de propiedad de ETB entregados a EL CONTRATISTA para su uso en el desarrollo del contrato.
g) Los efectos desfavorables generados por una estimación inadecuada de los costos de las labores a ejecutar.
h) Los efectos desfavorables generados por un manejo inadecuado de la documentación concerniente a la operación responsabilidad de EL CONTRATISTA, hasta tanto no se haga entrega formal de ésta a ETB de acuerdo con los procedimientos establecidos.
i) Los efectos favorables y desfavorables por actividades realizadas sobre infraestructura
propia o de terceros no autorizada por ETB, no apta para la prestación de servicio, o que imposibilite el posterior aseguramiento, asumiendo la gestión, solución y costo de cada caso particular.
j) Las sanciones en que incurra ETB a razón del artículo 33 de la Resolución No. 3066 de 2011,o las que lo modifiquen, por causas imputables al servicio nuevo aprovisionado o al cual EL CONTRATISTA le atendió un trámite pos-venta, y por razón de trabajos mal ejecutados, el cliente presente falta de continuidad en la prestación del servicio por fallas técnicas, cuya solución exceda de 48 horas y 16 horas para los servicios de TV en lo determinado por la ANTV, a partir del registro del reclamo por parte del usuario; estos artículos contemplan que el usuario tiene derecho a recibir una compensación por el tiempo en que el servicio no estuvo disponible. En los casos en que la demora en la atención por parte de EL CONTRATISTA genere el pago de esta compensación. El valor de las sanciones aplicadas a ETB para cualquier incumplimiento a requerimientos regulatorios ocasionadas por el CONTRATISTA serán descontadas del valor de la facturación, o en su defecto mediante cuenta de cobro en la que se indica el valor y el plazo máximo para su pago, para tal efecto el contratista renuncia a todo requerimiento de constitución en xxxx.
k) EL CONTRATISTA debe ser responsable por los actos u omisiones en la prestación de los servicios contratados.
3.7 DEBERES DEL CONTRATISTA.
EL CONTRATISTA debe:
a) Implementar procesos que permitan garantizar la experticia del personal técnico que prestan servicios para el contrato, entre ellos debe garantizar correcta utilización de los códigos de cierre de las órdenes de aprovisionamiento, calidad en el trabajo realizado en cliente, confiabilidad de la información, disponibilidad del recurso para la atención las actividades requeridas dentro del objeto del contrato, atención oportuna de derechos de petición, entre otros.
b) Cumplir a cabalidad con las actividades propias del cierre de las visitas exitosas y no exitosas, con el propósito de que queden registradas en el sistema de ETB en el momento de la visita, y no posterior a la misma.
c) Implementar procedimiento de cierre de ciclo con el fin de que se valide directamente con el cliente la entrega a satisfacción de todos los servicios y se mida la satisfacción de los clientes en el procedimiento ejecutado por el técnico.
d) Garantizar la ejecución oportuna y correcta de las actividades complementarias necesarias para el aprovisionamiento de los servicios, contemplando todos los recursos (personal y técnicos) que sean requeridos para cumplir las agendas establecidas con los clientes para la instalación de los servicios.
e) Garantizar la ejecución de las actividades asignadas y para ello debe, garantizar la prestación de servicios con el personal suficiente y adecuado, para lo cual el contratista debe contemplar los reemplazos que requiera ante cualquier eventualidad que se le presente en desarrollo del contrato.
f) Generar acciones que minimicen las curvas de aprendizaje del personal bajo su responsabilidad, EL CONTRATISTA debe presentar mensualmente el comportamiento de avance sobre los planes implementados.
g) Garantizar calidad en la ejecución de las actividades, para ello debe generar acciones tendientes a disminuir la rotación del personal.
h) Generar y aplicar mecanismos que garanticen el buen estado y el uso adecuado de las
herramientas (por ejemplo, inspecciones periódicas, auditorias en terreno, capacitación, entre otros)
i) Implementar sistemas de mejora continua de los procesos técnicos y operativos (control de producto no conforme, acciones preventivas, correctivas, acciones de mejora, auditoria de procesos, etc.) afines con el sistema de gestión de calidad de ETB. Estos deben involucrar al personal de terreno contratado por el contratista.
j) Diseñar los planes de calidad a implementar que contemplen todos los requisitos (incluyendo el cumplimiento de metas y ANS) establecidos en el contrato (términos de referencia, especificaciones, entre otros.)
k) Revisar y optimizar los sistemas y procesos de gestión de operaciones (Optimización del recurso, optimización de rutas, gestión de materiales en terreno, asignación dinámica de órdenes en terreno, no sobre asignación de trabajo a los técnicos, aplicativo que permita asignación de trabajo distribuido por zona, técnico y disponibilidad de atención). Cero incumplimientos, aumento de efectividad.
l) Optimizar los sistemas y procesos de gestión de los documentos (entregables por servicio) y la información en los aplicativos corporativos dispuestos por ETB para tal fin.
m) Establecer controles para verificar que se cumple con los lineamientos establecidos por ETB, para así evitar re-procesos o generación de casos de fraude, sobre la documentación contractual de los clientes finales (contrato de prestación de servicios, carta de autorización, presentación de documento de identidad, copia o fotocopia del mismo, boleta de visita, boleta de entrega y retiro de equipos, entre otros requeridos), según corresponda a la normatividad vigente de ETB.
n) Garantizar sistemas de información eficientes y automáticos para generar informes exactos y actualizados (en línea).
o) Presentar con la oferta, la estructura organizacional dispuesta para la ejecución del contrato desde su inicio, de tal manera, que pueda iniciar actividades una vez se emita la orden de inicio del contrato.
p) Garantizar siempre los servicios con la calidad, oportunidad y en los tiempos establecidos por ETB.
q) Prestar el servicio con el recurso necesario para el cumplimiento de los requisitos técnicos indicados en los términos de referencia y la normatividad que lo compone.
r) Con el objeto de aumentar la línea productiva o efectividad de las altas de los servicios, con los niveles de atención y calidad establecidos, para satisfacer las necesidades comerciales o estratégicas de ETB, el OFERENTE debe presentar con la oferta su plan de incentivos, dirigido a su personal técnico, designado para la ejecución del contrato. Los incentivos deben corresponder, entre otros, a la cantidad de trabajo realizado de acuerdo con las órdenes de servicio asignadas por ETB.
s) El CONTRATISTA debe garantizar que durante el desarrollo de las actividades de aprovisionamiento que no se afecte un servicio activo a otro o el mismo cliente, en la instalación de un servicio nuevo, a expensas de proceder de conformidad al numeral 3.5.7
t) Reporte de cualquier anormalidad en la operación diaria o en las actividades asociadas al proceso de aprovisionamiento, controlando entre otros aspectos, direcciones donde se reciban solicitudes de servicios de manera recurrente en tiempos entre 0 y 4 meses a partir de que se realice una instalación exitosa en el predio sin importar que sea a diferentes personas, o que se reciban dos o más solicitudes de servicios para un mismo predio, y demás situaciones donde se evidencie que se está incumpliendo o se puede
incumplir la normatividad vigente de ETB.
u) El CONTRATISTA, debe presentar un informe gerencial mensual donde resuma las actividades y resultados cursados en el mes inmediatamente anterior. Adicionalmente, debe mantener actualizados todos los programas de avance y seguimiento de los trabajos; esta información debe ser suministrada cada vez que ETB, a través del SUPERVISOR del contrato, lo requiera, así mismo ETB podrá solicitar mejoras e incluir temas sobre el contenido del informe según sea requerido.
3.8 CONDICIONES TÉCNICAS PARA EJECUTAR EL PROYECTO
Los servicios solicitados para la ejecución de las actividades de aprovisionamiento de accesos de voz, accesos de datos y servicios sobre IP que realizará el CONTRATISTA, deben ejecutarse cumpliendo con los procesos, normas y requerimientos técnicos, anexos a los presentes términos y que se relacionan a continuación:
3.8.1 PROCESOS, ANEXOS E INSTRUCTIVOS
En los anexos relacionados a los términos de referencia de la presente invitación, se indica el proceso a realizar para atender cada una de las actividades para el cumplimiento del objeto contractual, junto con la especificación técnica para el correcto aprovisionamiento de los servicios.
Tabla 2 anexos, procesos e instructivos Aprovisionamiento Cobre y FTTC
ITEM | DOCUMENTO |
1 | FORMATOS PARA DILIGENCIAR DURANTE EL CONTRATO\1 HOJA DE VIDA CONTRATISTA.doc |
2 | FORMATOS PARA DILIGENCIAR DURANTE EL CONTRATO\2 HOJADEVIDA CONTRATISTA VEHICULOS FORMATO_.doc |
3 | FORMATOS PARA DILIGENCIAR DURANTE EL CONTRATO\3 ACTA DAÑOS INFRAESTRUCTURA ETB.pdf |
4 | FORMATOS PARA DILIGENCIAR DURANTE EL CONTRATO\4 CUIDADOS PROPIEDAD DEL CLIENTE v3.docx |
5 | FORMATOS PARA DILIGENCIAR DURANTE EL CONTRATO\5 RECON AFECTACION PROPIEDAD CLIENTE.xls |
6 | Instructivos, formatos\1 ACEPTACION DE CONDICIONES TECNICAS v.docx |
7 | Instructivos, formatos\11 ELEMENTOS DE PROTECCION PESONAL.XLS |
8 | Instructivos, formatos\12 Gestion_documental_v2_2.pdf |
9 | Instructivos, formatos\14 HOJAS DE VIDA CONTRATISTAS.doc |
10 | Instructivos, formatos\16 ManualGrúas ETB rev4_15_Jul_09.pdf |
11 | Instructivos, formatos\19 INSTRUCTIVO PLAN MANEJO TRANSITO.pdf |
12 | Instructivos, formatos\2 EXISTENCIAS DE CABLE BODEGA CONTRATISTA.pdf |
13 | Instructivos, formatos\2 LISTA DE VERIFICACION.xlsx |
14 | Instructivos, formatos\22 Reintegro de material.xls |
15 | Instructivos, formatos\6 RESUMEN CONTROL DE CABLE.pdf |
16 | Instructivos, formatos\7 CONTROL DE CABLE LIQUIDADO.pdf |
17 | Instructivos, formatos\7 INSTRUCTIVO PLAN MANEJO TRANSITO.pdf |
18 | Instructivos, formatos\9 APROVISIONAMIENTO PBX V4.doc |
19 | Instructivos, formatos\Acta de Legalizacion de materiales CTO.docx |
20 | Instructivos, formatos\Acta de recepcion de materiales.docx |
21 | Instructivos, formatos\ANEXO 7 Validación xx Xxxxxx Electricas con Codensa.docx |
22 | Instructivos, formatos\ANEXO PROTOCOLO DE SERVICIO AL CLEINTE.docx |
23 | Instructivos, formatos\Anexo3 Instructivo habilitar CPE de retiro desde ACS_v2 rev lmsh.docx |
24 | Instructivos, formatos\Asistencia Remota para WiFi Ver 2.0.pdf |
25 | Instructivos, formatos\Boleta Aprovisionamiento.xlsx |
26 | Instructivos, formatos\Certificación de experiencia.xlsx |
27 | Instructivos, formatos\CONDICIONES PARA ALMACENAMIENT OY MANEJO DE LOS BIENES A CARGO DE CONTRATISTAS.docx |
28 | Instructivos, formatos\CUMPLIMIENTO EN BATCH DE RETIROS LB.docx |
29 | Instructivos, formatos\CUMPLIMIENTO EN BATCH DESINSTALACIONES BANDA ANCHA (3).docx |
30 | Instructivos, formatos\Devolución y movimiento de material por mega técnico y devolución de material por consignación |
31 | Instructivos, formatos\Direcciones Aprovisionamiento y venta en FTTC, FTTH y Cobre de predios no identificados |
32 | Instructivos, formatos\Devolución de equipos FTTH y FTTC en daño al operador logístico |
33 | Instructivos, formatos\Relación de reservas para devolucion de materiales |
34 | Instructivos, formatos\FICHA TECNICA DEL OVEROL.docx |
35 | Instructivos, formatos\FORMATO CONTROL DE MATERIALES EN APROVISIONAMIENTO.xlsx |
36 | Instructivos, formatos\Formato de reconocimiento afectación a la propiedad del cliente.xlsx |
37 | Instructivos, formatos\Formato Devoluc Ferreteria.xlsx |
38 | Instructivos, formatos\FORMATO LLAVES ETB.xlsx |
39 | Instructivos, formatos\formatos generales control material.xlsx |
40 | Instructivos, formatos\guia de configuración CPT final.docx |
41 | Instructivos, formatos\Gu¡a para actualización de firmware de los CPE ADSL en el proceso de Aprovisionamiento.docx |
42 | Instructivos, formatos\Información Nómina Personal Y Veh¡culos Contratos.pdf |
43 | Instructivos, formatos\Instructivo Aprovisionamiento FTTC FASE I -19052016.docx |
44 | Instructivos, formatos\Instructivo Cambios de VLAN.docx |
45 | Instructivos, formatos\Instructivo conciliacion materiales FTTH,FTTC y Cobre.docx |
46 | Instructivos, formatos\Instructivo cumplimiento en DG.docx |
47 | Instructivos, formatos\Lista de chequeo Técnicos Aprovisionamiento Cobre.docx |
48 | Instructivos, formatos\Lista de chequeo Técnicos Aprovisionamiento Nplay y FTTC.docx |
49 | Instructivos, formatos\Manejo de Materiales FTTH, FTTC y Cobre.pdf |
50 | Instructivos, formatos\MANUAL DE LOGISTICA V2 - PUBLICADA EN IAIA.docx |
51 | Instructivos, formatos\memorando politica de bajas cpe adsl y modems usb.pdf |
52 | Instructivos, formatos\Notificacion visita recoleccion de equipos.xls |
53 | Instructivos, formatos\Perfiles Aprovisionamiento.xlsx |
54 | Instructivos, formatos\Politica de declinación Cobre v2.docx |
55 | Instructivos, formatos\Politicas manejo garantias bajas reuso CPE ADSL v 5.doc |
56 | Instructivos, formatos\Pol¡tica de Autorización llaves de seguridad central Suba.docx |
57 | Instructivos, formatos\Pol¡tica _Seguridad de Equipos CPE v 5.docx |
58 | Instructivos, formatos\Primer acercamiento al cliente.docx |
59 | Instructivos, formatos\Procedimiento para actualización de firmware de los CPE ADSL en aseguramiento_W300V1_1_0_H.docx |
60 | Instructivos, formatos\Procedimiento para actualización de firmware de los CPE ADSL en el aprovisionamiento_W300V1_1_0_H.docx |
61 | Instructivos, formatos\PROCESO SOLICITUD ID CAUSACION MENSUAL CONTRATOS.docx |
62 | Instructivos, formatos\Protocolo de Servicio al Cliente.docx |
63 | Instructivos, formatos\REPORTE VISITA TECNICA DERECHO DE PETICION - RECURSO DE REPOSICION.xlsx |
64 | Instructivos, formatos\SGSI-VPI-004-Politica_Red_corporativa.pdf |
65 | Instructivos, formatos\SGSI-VPI-005-Politica_Estaciones_de_trabajo.pdf |
66 | Instructivos, formatos\SGSI-VPI-006-Politica_Uso_de_internet.pdf |
67 | Instructivos, formatos\SGSI-VPI-007-Politica_Contratistas.pdf |
68 | Instructivos, formatos\SGSI-VPI-008-Politica_Antivirus.pdf |
69 | Instructivos, formatos\SGSI-VPI-009-Politica_Seguridad_SAP_V3.pdf |
70 | Instructivos, formatos\SGSI-VPI-010-Politica_Licenciamiento_uso_software.pdf |
71 | Instructivos, formatos\Topologias y Polticas Home Network TV 1-Oct-13.pdf |
72 | Instructivos, formatos\visita recoleccion de equipos.xlsx |
73 | NORMAS TECNICAS\003-0639-R2-DISTRIBUCION DE CRUZADAS EN MSAN.pdf |
74 | NORMAS TECNICAS\05-05.1-I-007-v.1 Instructivo Gestión de Permisos.pdf |
75 | NORMAS TECNICAS\1 003-0358-R2-TENDIDO DE PASES EN ARMARIOS.pdf |
76 | NORMAS TECNICAS\1 NORMA TECNICA_CODENSA.pdf |
77 | NORMAS TECNICAS\10 004-0143-R6-TENSORES.pdf |
78 | NORMAS TECNICAS\11 004-0144-R5-ABRAZADERA POSTE CONCRETO.pdf |
79 | NORMAS TECNICAS\12 004-0145-R2-BRAZO EXTENSIVO.pdf |
80 | NORMAS TECNICAS\13 004-0146-R4-SUSPENSOR ALAMBRE Y CABLE.pdf |
81 | NORMAS TECNICAS\14 004-0147-R2-BRAZO TRIANGULO.pdf |
82 | NORMAS TECNICAS\15 004-0148-R3-XXXXX XX XXXXX INOXIDABLE.pdf |
83 | NORMAS TECNICAS\16 004-0158-R3-XXXXXXXX XXXXXX GUITARRA.pdf |
84 | NORMAS TECNICAS\17 004-0180-R3-POSTE DE CONCRETO-MARCACION.pdf |
85 | NORMAS TECNICAS\17 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL 2010.pdf |
86 | NORMAS TECNICAS\18 004-0192-R5-GRAPA PARA CABLE.pdf |
87 | NORMAS TECNICAS\18 PMT2010 APROBADO POR SDM.pdf |
88 | NORMAS TECNICAS\19 004-0193-R4-ABRAZADERA PARA CABLE.pdf |
89 | NORMAS TECNICAS\2 RESOLUCION 4961 1990 CARNETIZACION.pdf |
90 | NORMAS TECNICAS\20 004-0195-R4-TORNILLO ARGOLLA TENSOR.pdf |
91 | NORMAS TECNICAS\21 004-0196-R5-PELDANO POSTE CONCRETO.pdf |
92 | NORMAS TECNICAS\22 004-0197-R4-ARGOLLA DISTRIBUCION.pdf |
93 | NORMAS TECNICAS\23 004-0198-R4-ARGOLLA GUIA.pdf |
94 | NORMAS TECNICAS\24 004-0199-R6-TENSOR LINEA DE ABONADO.pdf |
95 | NORMAS TECNICAS\24 004-0308-R0-BASE PEDESTAL TEL PUB ARMADURA.pdf |
96 | NORMAS TECNICAS\25 004-0200-R5-VARILLA RIENDA.pdf |
97 | NORMAS TECNICAS\26 004-0201-R5-XXXXX XXXXXXX.pdf |
98 | NORMAS TECNICAS\27 004-0203-R5-CONSOLA CAMARA DE INSPECCION.pdf |
99 | NORMAS TECNICAS\28 004-0204-R5-PELDANO PARA CONSOLA.pdf |
100 | NORMAS TECNICAS\29 004-0308-R2-BASE PEDESTAL TELEFONOS PUBLICOS.pdf |
101 | NORMAS TECNICAS\3 003-0473-R1-TENDIDO DE PASES EN STRIP TELEFONICOS INTERNOS.pdf |
102 | NORMAS TECNICAS\3 003-0615-r1 Configuración MODEM ADSL.pdf |
103 | NORMAS TECNICAS\3 016-0320-R02 GUIA PARA INSTALACIONES INTERIORES.pdf |
104 | NORMAS TECNICAS\3 INSTRUCTIVO ORGANIZACION ARCHIVOS GESTION.pdf |
105 | NORMAS TECNICAS\30 004-0490-R1-BLOQUE BASE PARA ARMARIO.pdf |
106 | NORMAS TECNICAS\31 004-0508-R0-POSTE CONCRETO 8 METROS.pdf |
107 | NORMAS TECNICAS\32 004-0509-R4- POSTE DE CONCRETO DE 14 METROS.pdf |
108 | NORMAS TECNICAS\33 012-0025-R0-ALAMBRE XX XXXXX GALVANIZADO.pdf |
109 | NORMAS TECNICAS\34 012-0026-R3 TELEFONOS PORTATILES DE PRUEBA PARA PLANTA EXTERNA..pdf |
110 | NORMAS TECNICAS\35 012-0114-R2-MARCACION RED SECUNDARIA.pdf |
111 | NORMAS TECNICAS\36 012-0305-R2-ALAMBRE TELEFONICO DE CRUZADA.pdf |
112 | NORMAS TECNICAS\38 012-0311-R2- Escaleras portátiles de extensión .pdf |
113 | NORMAS TECNICAS\39 012-0362-R0-MULTIMETROS DIGITALES PARA USO EN P E.pdf |
114 | NORMAS TECNICAS\4 003-0525-R2 Tendido de pases en las XXXXX de los armarios.pdf |
115 | NORMAS TECNICAS\4 Especificaciones_IDU_ET_2005.pdf |
116 | NORMAS TECNICAS\4 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL PARA OBRAS DE PLANTA EXTERNA ANEXOS.pdf |
117 | NORMAS TECNICAS\41 012-0527-R0-CONECTORES UNITARIOS PARA LINEA DE ABONADO.pdf |
118 | NORMAS TECNICAS\42 004-0202-R5-MORDAZA PARA RIENDA.pdf |
119 | NORMAS TECNICAS\43 NTC 4133 GUIA METODOLOGICA PARA EMPALMERIA.pdf |
120 | NORMAS TECNICAS\45 Norma ETB 0004 GENERALIDADES DEL TENDIDO DE LA RED.pdf |
121 | NORMAS TECNICAS\5 003-0613-R0-Primer Uso Instalación Banda Ancha.pdf |
122 | NORMAS TECNICAS\5 003-0617-R0 Instalación ADSL.pdf |
123 | NORMAS TECNICAS\5 013-R1-Const instal elementos protección sobretensiones.pdf |
124 | NORMAS TECNICAS\5 PLAN MANEJO AMBIENTAL OBRAS PLANTA EXTERNA.pdf |
125 | NORMAS TECNICAS\51 012-540-R02-Alambre telefónico de acometida autosoportado.pdf |
126 | NORMAS TECNICAS\53 012-0341-R3-CONECTORES INTERFAZ RED ETB- RED INTERNA.pdf |
127 | NORMAS TECNICAS\54 012-0019-R4-CONECTORES UNITARIOS.pdf |
128 | NORMAS TECNICAS\55 012-0018-R1-CONECTORES MODULARES RELLENOS.pdf |
129 | NORMAS TECNICAS\6 003-0614-R0-Prueba de Sincronismo Modem.pdf |
130 | NORMAS TECNICAS\6 Norma ETB 0902- Simbolog¡a para dise¤o de redes en planta externa.pdf |
131 | NORMAS TECNICAS\6 PLAN DE TRANSMISION ETB 2007.pdf |
132 | NORMAS TECNICAS\7 NORMAS SEGURIDAD INST REDES INFRAESTRUCTURA CODENSA.pdf |
133 | NORMAS TECNICAS\8 00308-R0-Tendido Alambre telefónico de Acometida.pdf |
134 | NORMAS TECNICAS\9 003-541-R1-DISTRIBUCION DE CRUZADAS EN MDFs INTERNOS Y EXTERNOS.pdf |
135 | PROCESOS\1 ADSL CAMBIO DE EQUIPO CPE V3.doc |
136 | PROCESOS\10 AUTOACTIVACION LINEA BASICA V4.doc |
137 | PROCESOS\11 DEPURACION DE SOLICITUDES APROVISIONAMIENTO DE LB.doc |
138 | PROCESOS\12 GESTION DE PLATAFORMA MENSAJES DE VOZ INTERACTIVOS IVR V4.doc |
139 | PROCESOS\13 GESTION DE SOLICITUDES APLAZADAS O DECLINADAS V2.doc |
140 | PROCESOS\17 Secuencia ivr autoactivación l¡nea básica V2.doc |
141 | PROCESOS\18 SERVICIOS POSTVENTA PBX V4.doc |
142 | PROCESOS\19 SERVICIOS POSVENTA LINEA BASICA V3.doc |
143 | PROCESOS\2 ADSL CAMBIO PRODUCTO PLAN V3.doc |
144 | PROCESOS\20 TRASLADO DEL SERVICIO MAS LINEA BASICA ADSL MASIVO V1.doc |
145 | PROCESOS\21 TRASLADO EXTERNO LINEA BASICA BA ADSL MASIVO V1.doc |
146 | PROCESOS\24 Aprovisionamiento Banda Ancha Plan Superior.doc |
147 | PROCESOS\25 Aprovisionamiento Banda Ancha regional URBA Terreno.doc |
148 | PROCESOS\26 Aprovisionamiento Banda Ancha Regional URBA.doc |
149 | PROCESOS\27 Aprovisionamiento Banda Ancha superior trámites.doc |
150 | PROCESOS\3 ADSL RETIRO V3.doc |
151 | PROCESOS\4 ADSL TRASLADO SERVICIO V3.doc |
152 | PROCESOS\5 AGENDAMIENTO UNICO V3.doc |
153 | PROCESOS\7 APROVISIONAMIENTO ADSL PLAN BASICO V5.doc |
154 | PROCESOS\8 APROVISIONAMIENTO LINEA BASICA O PBX V1.doc |
155 | PROCESOS\ALISTAMIENTO Y PREPARACION CIERRES Y NAPïs, DE RED DE DISTRIBUCION OPTICA (ODN).docx |
156 | PROCESOS\ANEXO T•CNICO DEFINICIONES.docx |
157 | PROCESOS\CONDICIONES PARA ALMACENAMIENT OY MANEJO DE LOS BIENES A CARGO DE CONTRATISTAS.docx |
158 | PROCESOS\Gestion equipos de medicion.doc |
159 | PROCESOS\Manual del Sistema Integrado de Gestión v.12.pdf |
3.8.2 Para la elaboración de la oferta, estimación de costos y desarrollo de las actividades objeto del contrato, el OFERENTE debe considerar tanto las normas técnicas y metodología exigidas por ETB relacionadas en los anexos técnicos, como los factores atmosféricos, topográficos, de movilidad, de seguridad y orden público.
3.8.3 En el valor de los servicios cotizados para el cumplir con el objeto contractual, sin perjuicio de los demás que sean requeridos durante la ejecución para la buena ejecución del contrato, se sugiere considerar los siguientes aspectos:
a. Elementos de Seguridad Industrial e Impacto Urbano.
b. Elementos de protección personal.
c. Salarios, Prestaciones Sociales y Aportes Obligatorios.
d. Herramientas
e. Calibración y patronaje de equipos de medición utilizados en las actividades propias del contrato.
f. Vehículos
g. Gastos administrativos.
h. Gastos de capacitación y auditorías internas.
i. Gastos financieros.
j. Aplicación WEB
k. En general, todo cuanto sea necesario y conveniente para el cumplimiento de las actividades correspondientes a estos servicios.
3.8.4 EL CONTRATISTA debe disponer de infraestructura física, administrativa, técnica, operativa adecuada para prestar la operación en los niveles de eficiencia, calidad y oportunidad exigidos en los presentes términos.
3.8.5 RECURSO QUE UTILIZA EL CONTRATISTA PARA CUMPLIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES OBJETO DEL CONTRATO.
3.8.5.1 EL CONTRATISTA, debe prestar el servicio con el personal necesario para garantizar el cumplimiento de las actividades objeto del contrato. No existirá relación laboral alguna entre los empleados de EL CONTRATISTA y ETB.
3.8.5.2 El CONTRATISTA debe designar un director de la ejecución del contrato quién será el encargado de interactuar con ETB en todo lo relacionado con la ejecución del Contrato. Así mismo el director designado por el CONTRATISTA será el encargado de liderar al personal que preste el servicio y asegurar la dirección técnica y administrativa del mismo.
3.8.5.3 ETB requiere que con el fin de que el contratista garantice la prestación del servicio, garantice que el mismo se ejecute con los perfiles exigidos acorde con las condiciones de cada
servicio; por tanto, el contratista deberá garantizar la aplicación, entre otras, de las siguientes pruebas:
a) Aplicar las pruebas psicotécnicas, de actitud, aptitud y de servicio que garanticen el cumplimiento del servicio contratado.
b) Exámenes médicos de ingreso y retiro.
c) Aplicación de pruebas técnicas acordes con los perfiles exigidos.
d) Realizar entrevistas del personal.
e) Solicitud de documentos y requisitos técnicos, y los demás que en el marco de la autonomía técnica y administrativa estime el contratista.
3.8.5.4 ETB tendrá el derecho a exigir al CONTRATISTA la reasignación o reemplazo de cualquiera de los empleados o subcontratistas del CONTRATISTA, sin necesidad de motivar dicha solicitud, y sin que la misma genere derecho de indemnización alguna a favor del CONTRATISTA; teniendo en cuenta que en todo caso, ETB requiere que el contratista preste los servicios con personal idóneo y debidamente capacitado. En todo caso, por tal circunstancia, el contratista no afectara la prestación del servicio, ni los niveles de servicio requeridos, y el contratista debe realizar las reasignaciones dentro de los 10 días hábiles, siguientes a la solicitud. En todos los casos, ETB validará los perfiles ofrecidos por el contratista para prestar los servicios.
3.8.5.5 Cada vez que el contratista reemplace su personal, debe garantizar que los elementos de dotación personal identificados con el logotipo de ETB sean devueltos y dispuestos conforme a la normatividad Ambiental vigente, de lo cual se levantará acta que será remitida a EL SUPERVISOR del contrato de ETB; esto constituye un requisito para la generación del acta de liquidación del contrato.
3.8.5.6 Con el fin de permitir la generación de autorizaciones de ingreso desde la supervisión ETB cuando sea requerido, EL CONTRATISTA debe enviar a ETB la relación de su personal que presta el servicio, así mismo debe devolver los carnets y las llaves de acceso a la infraestructura ETB del personal que haya sido reemplazado por el contratista, así mismo, se debe reportar la novedad y el motivo del remplazo al SUPERVISOR de ETB del contrato o a su delegado máximo a los 5 días posteriores ocurrido el evento.
3.8.5.7 EL CONTRATISTA debe presentar a ETB las hojas de vida de según formato definido en los anexos técnicos, para el ingreso de personal durante el desarrollo del contrato, las hojas de vida que cumplan el perfil deben ser enviadas a EL SUPERVISOR como requisito para la autorización de la expedición del carnet que lo identifica como personal del contratista de ETB. Para el inicio del contrato y teniendo en cuenta la capacidad operativa solicitada en el numeral 3.24.2, el CONTRATISTA deberá entregar las hojas de vida a partir de la fecha de adjudicación.
3.8.5.8 En caso de requerirse la información de las hojas de vida de contener por lo menos la siguiente información:
a) Nombres y apellidos completos e identificación.
b) Cursos recibidos según el perfil requerido (se deben anexar las certificaciones).
c) Servicios a ejecutar por parte del personal del contratista, de acuerdo con el perfil exigido.
d) Experiencia en otros contratos afines.
e) Experiencia con otras entidades o contratistas.
3.8.5.9 Los perfiles que no contengan la información descrita en el numeral anterior serán devueltas.
3.8.5.10 El CONTRATISTA declara, entiende, acepta y se obliga a que no podrá vincular para la ejecución del contrato a personas mediante cooperativas de trabajo asociado o bajo cualquier forma de Intermediación laboral en los términos de la legislación colombiana, en consecuencia, el CONTRATISTA no podrá subcontratar la ejecución de ninguna de las actividades principales o accesorias descritas en el objeto y/o alcance del Contrato con: (i) Cooperativas de Trabajo Asociado o cualquier forma de Intermediación Laboral en los términos de la legislación colombiana, (ii) Personas naturales y/o jurídicas que vinculen a su personal mediante Cooperativas de Trabajo 55 Asociado o bajo cualquier forma de Intermediación Laboral en los términos de la legislación colombiana. En todos los casos, el CONTRATISTA y sus subcontratistas, deberán cumplir con las obligaciones que en materia de vinculación de personal de acuerdo con la legislación colombiana. A la finalización del contrato y cada vez que el CONTRATISTA desvincule a sus trabajadores de la prestación del servicio deberá acreditar el pago de los salarios, prestaciones sociales, compensaciones y de los aportes a la seguridad social y de parafiscales de sus empleados. El cumplimiento de esta obligación se verificará mediante certificación expedida por el revisor fiscal, en el que conste el cumplimiento de las mencionadas obligaciones acompañada de los comprobantes de pago correspondientes a salud, pensión, riesgos profesionales, caja de compensación familiar, ICBF y SENA correspondientes al periodo a facturar.
3.8.5.11 [DESEABLE] ETB desea que el contratista cuente con herramientas y materiales para minimizar la cantidad de órdenes suspendidas asociadas a dificultad de tendido de red interna o red interna en daño tales como:
a) Pulidora con discos para lamina, metal, concreto y paredes
b) Barra de 14 Lb Punta-Pala
c) Cable relleno de uno o dos pares barrera contra humedad.
d) Taladro Roto Martillo
e) Llave Expansión
f) Sonda en Fibra xx Xxxxxx de 50 metros o más.
g) Maceta
h) Cincel
i) Odómetro
j) Materiales para resanes en pared y piso
k) Canaleta para instalación en fachada
l) Silicona
3.8.5.11.1 Estas herramientas y materiales deberán persistir durante la vigencia del contrato; durante el desarrollo del contrato se realizaran mediciones sobre el comportamiento de solicitudes aplazadas asociadas a redes internas, asegurando que el valor porcentual correspondiente a la cantidad de ordenes aplazadas por estas causales sea menor en comparación a los demás contratistas que estén ejecutando labores de aprovisionamiento sin la obligatoriedad del cumplimiento de este deseable. El contratista deberá junto con la oferta indicar la forma como se dispondrán en la operación los elementos aquí solicitados, incluyendo cantidades mínimas estimadas. Este deseable que tendrá un valor de hasta un (1) punto en la evaluación técnica de acuerdo al dimensionamiento realizado por el oferente, donde el valor máximo se le asignara al Oferente con mayores cantidades ofrecidas y proporcionalmente se puntuará a los demás
3.8.5.12 [DESEABLE] ETB desea que el contratista cuente con un software de geo localización de técnicos con acceso WEB, que permita la ubicación en línea de las cuadrillas y que genere alarmas operativas en los casos en los que el técnico apague los dispositivos móviles sobre los cuales funcione la misma, realice desconexiones o se salga de la zona donde se debe realizar los trabajos. La aplicación implementada debe contar con una interfaz gráfica a la que tenga acceso ETB (al menos 20 usuarios concurrentes), para hacer el seguimiento y validación correspondiente según se requiera desde la supervisión de ETB. La herramienta debe permitir la generación reportes de ubicación de cuadrillas en rangos de fechas parametrizables a necesidad del usuario final, el reporte debe además incluir la orden de trabajo que se encontraba atendiendo el técnico, la hora inicial y final en un mismo sitio, tiempo de duración y tiempo en movimiento. En caso de aceptar este deseable que deberá estar disponible y en funcionamiento a partir del segundo mes de operación con disponibilidad mayor al 98% en las franjas de tiempo requeridos por la operación. Este deseable tendrá un valor de dos (2) puntos en la evaluación técnica
3.8.5.13 [DESEABLE] ETB desea que el contratista dentro de su cierre de ciclo cuente con un sistema grabador y rotulador de llamadas, que permita labores de auditoría. El rotulado de las llamadas debe hacerse de acuerdo a las características definidas por ETB y la información debe ser entregada mensualmente a la supervisión ETB o por demanda según sea requerido. La información podrá ser solicitada sobre una o varias llamadas en un periodo de tiempo definido. Este deseable tendrá un valor de tres (3) puntos en la evaluación técnica.
3.8.6 PERFIL DEL PERSONAL QUE EL CONTRATISTA DISPONE PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
3.8.6.1 Para la ejecución de los servicios descritos en estos términos técnicos, el contratista debe contar con personal calificado y con experiencia en proyectos similares, de acuerdo con los perfiles exigidos en el ANEXO Perfiles Aprovisionamiento.
3.8.6.2 El CONTRATISTA debe presentar a la supervisión y/o quien este delegue, de manera anticipada a la orden de inicio del contrato y con posterioridad a la oficialidad de la adjudicación del mismo, los perfiles del personal adicional al referido en el numeral 3.3.13 para la verificación correspondiente por parte de ETB.
3.8.6.3 El CONTRATISTA debe presentar fotocopias de los siguientes documentos para acreditar los estudios solicitados, para cada uno de los perfiles exigidos según aplique:
a) Fotocopia del Diploma o Acta de grado que acredite el Título Profesional Universitario y fotocopia de la tarjeta profesional
b) Fotocopia del Diploma o Acta de grado que acredite el Título de postgrado
c) Diploma o certificación de estudios que acredite los estudios técnicos y tecnológicos
d) Fotocopia del Diploma o Acta de grado que acredite el Título de bachiller
3.8.6.4 ETB podrá verificar, en cualquier momento, la idoneidad del personal que el CONTRATISTA ocupe para la prestación del servicio mediante la ejecución de pruebas de conocimientos teórico-prácticas.
3.8.6.5 EL CONTRATISTA debe garantizar que todo su personal tenga conocimientos en SEGURIDAD INDUSTRIAL, garantizando que el servicio se presta acorde con lo exigido en los presentes términos de referencia. Estos conocimientos harán parte de las verificaciones que podrán ser realizadas al personal por parte de ETB cuando el supervisor del contrato así lo determine.
3.8.6.6 En el caso que en las verificaciones realizadas desde la supervisión de ETB, se detecten NO CONFORMIDADES a nivel procedimental o de conocimiento, el director de proyecto tendrá un plazo máximo de veinticuatro (24) horas, a partir de la notificación desde la supervisión de ETB, para adoptar las medidas necesarias para su corrección y cumplimiento. Sin embargo debe proceder en el acto cuando la situación, por su urgencia, demande acción inmediata.
3.8.7 DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO
3.8.7.1 ETB pacta citas con sus clientes para el aprovisionamiento de servicios de lunes a sábado entre las 6:00 am y 10:00 pm, EL CONTRATISTA debe disponer del recurso para atender los cupos asignados a los clientes conforme a la programación establecida, así como el requerido para la ejecución de los trabajos programados de mejoramiento de la red de acceso cobre que garantice la calidad de los servicios instalados (Voz, datos e IPTV).
3.8.7.2 ETB podrá eventualmente solicitar al CONTRATISTA la prestación, de los servicios objeto del contrato los días domingo entre las 6:00 am y 10:00 pm, para tal fin, ETB informará oportunamente al CONTRATISTA, a través de la supervisión las modificaciones que se deban implementar con una antelación mínima de 24 horas corrientes.
3.8.7.3 ETB podrá solicitar al CONTRATISTA la prestación, eventual, de los servicios objeto del contrato en horarios de 10:00 pm a 06:00 am, para tal fin, ETB informará oportunamente al CONTRATISTA, a través de la supervisión las modificaciones que se deban implementar con una antelación mínima de 24 horas corrientes. La solicitud de prestación de servicios de manera eventual en cantidad, es menor al 1% del total de las cantidades estimadas en el Anexo Financiero del presente proceso.
3.8.7.4 Dentro de los horarios establecidos en el numeral 3.8.7.1 para atención de órdenes en terreno, el plazo máximo para atención de los servicios solicitados como inmediatos o priorizados será de una (1) hora contada a partir de la solicitud realizada por ETB hasta el momento en que el contratista se haga presente en el predio o a una hora especifica definida, en ambos casos es necesario establecer contacto con el cliente o reportar novedades para solicitar la autorización de retirarse del predio. En caso de que el cliente no esté presente, será tenido en cuenta el tiempo hasta que se reporte por medio escrito a ETB esta novedad.
3.8.7.5 Fuera de los horarios referidos en numeral el numeral 3.8.7.1 , el plazo máximo para atención de los servicios solicitados como inmediatos o priorizados será de dos (2) horas contadas a partir de la solicitud realizada por ETB hasta el momento en que el contratista se haga presente en el predio y establezca contacto con el cliente. En caso de que el cliente no esté presente, será tenido en cuenta el tiempo hasta que se reporte por medio escrito a ETB esta novedad.
3.8.7.6 EL CONTRATISTA debe garantizar la prestación de los servicios de forma tal que se realice en los tiempos establecidos para el agendamiento y que se cumpla con lo requerido en la orden trabajo conforme a los procesos establecidos por ETB.
3.8.7.7 La prestación de servicios para la atención de órdenes de trabajo de aprovisionamiento, trámites post-venta y de mejoramiento de la red, se evaluarán de acuerdo con los requerimientos de ETB. En el caso particular que ETB tenga acuerdos de nivel de servicio (ANS) con clientes de valor, EL CONTRATISTA se ajustará a éstos.
3.8.7.8 Para todos los efectos, especialmente en la medición del cumplimiento de ANS, los días mencionados en el presente documento estarán referidos a días calendario, es decir que no habrá distinción entre días laborables y no laborables.
3.9 IDENTIFICACIÓN Y DOTACIÓN DEL PERSONAL QUE EL CONTRATISTA DISPONE PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
3.9.1 Todo el personal que el contratista requiera para la ejecución de las actividades contratadas, debe contar con el carné, el cual será expedido por la oficina correspondiente de ETB, teniendo en cuenta los sistemas de seguridad de la compañía, para lo cual el Contratista debe entregar la información requerida en el formato “Hoja de vida contratista” y anexar una certificación a cada hoja, donde se certifique que el contratista verifico el contenido en cada una de ellas, (Ver Formatos en anexos técnicos) el cual debe venir acompañado de una la fotocopia de la cédula de ciudadanía y dos (2) fotografías recientes de cada trabajador. El contratista debe realizar la consulta correspondiente a los antecedentes judiciales de cada persona a través de la página web xxx.xxxxxxx.xxx.xx de conformidad con lo establecido en el Decreto 4057 de 2011, y por tanto, el contratista asume las consecuencias que se puedan originar por disponer de personal para la prestación del servicio sin la verificación previa de las antecedentes.
3.9.2 ETB verificará si alguna de las personas del contratista ha ejecutado servicios similares a través de contratos anteriores, con el fin de validar, si existen antecedentes que impidan que dicha persona sea dispuesta por el contratista para la ejecución de las actividades contratadas.
3.9.3 El contratista debe dar estricto cumplimiento a las normas y políticas de seguridad y de identificación del personal vigentes en ETB y, en caso de que estas sean modificadas durante el plazo contractual, el contratista debe acoger los nuevos procedimientos, so pena de que a su personal se le impida laborar, sin que esto lo exima de su deber de dar cumplimiento a las órdenes de trabajo dentro de los plazos establecidos. El contratista no debe permitir en ningún caso que personal que no haya surtido el procedimiento de ingreso al contrato y/o carezca del carné expedido por ETB, realice labores en desarrollo del objeto del contrato, a menos que el supervisor del contrato lo haya autorizado por escrito.
3.9.4 Todos los carnés que expida ETB deben ser devueltos dentro de los tres días siguientes a la terminación del contrato o al momento de la desvinculación de alguna persona del contrato. En caso de no devolución del carné por pérdida o hurto el contratista debe anexar el respectivo denuncio ante la autoridad competente. En caso de no hacer devolución de los carnés o no presentar denuncio, ETB presentará una cuenta de cobro al contratista.
DEBE IR LEMA ACTUALIZADO SI ES REQUERIDO
Figura 1. Uniformes
3.9.6 La dotación que el Contratista suministre a su personal, debe cumplir con las disposiciones de identificación vigentes, generadas por las autoridades distritales, municipales, departamentales y nacionales, dependiendo el lugar en el que se estén ejecutando las órdenes de trabajo. (ver anexo: Ficha Técnica del Overol).
3.9.7 El CONTRATISTA debe entregar la dotación a su personal y velar por la debida utilización.
3.9.8 En los casos en que la supervisión del contrato y/o personal del área de seguridad de ETB encuentre, en sus inspecciones o en la revisión de informes o documentos, personal trabajando sin el cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en los numerales 3.9.1 y/o 3.9.5, se informará tal novedad para que el CONTRATISTA aplique los correctivos internos según sea el caso al personal involucrado y se dé solución a cada anomalía reportada, sin que esto exima al contratista del cumplimiento de los plazos establecidos para la prestación de los servicios solicitados. En casos de reincidencia ETB podrá solicitar al CONTRATISTA el cambio inmediato del personal por él contratado.
3.9.9 EL CONTRATISTA, debe incluir el listado de personal técnico de terreno en la base de datos POSITIVA ID si ETB así lo solicita, la cual permite la verificación de la información del técnico asignado para el cumplimiento del trabajo, por parte del cliente.
3.10 COMPORTAMIENTOS A OBSERVAR POR PARTE DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA
3.10.1 El personal a través del cual EL CONTRATISTA preste los servicios debe observar y cumplir estrictamente las siguientes normas establecidas en el anexo “Protocolo de Servicio Al Cliente” y “Guía primer acercamiento al cliente”.
3.10.2 Sin excepción, antes de retirarse de un sitio ubicado en espacio público o privado, el contratista debe cumplir con el protocolo de servicio corporativo, un protocolo de calidad, y
encuesta de satisfacción del cliente, revisando completamente las condiciones de los servicios de instalación de todos los elementos asociados a los servicios solicitados, para corregir posibles anomalías (así las mismas no afecten el servicio del cliente). Estas labores pueden comprender entre otras, la limpieza y verificación de los sitios o infraestructura en donde se realizan las labores (tuberías, cámaras, ductos, bases, etc.) y la organización y marcación de los componentes de red de acceso en fibra óptica, así como la solución a cualquier afectación a los servicios propios de los predios, tales como citofonía, telefonía, etc. Si hay correctivos que le correspondan al cliente, se debe informar a ETB y dejarlo registrado en el cumplimiento de la orden de servicio.
3.11 CAPACITACIÓN
3.11.1 El CONTRATISTA es responsable de la capacitación y actualización permanente del conocimiento de sus empleados para la prestación del servicio contratado, por tanto debe disponer de su propia estructura de formación que le permita: Realizar un proceso de inducción sobre el CONTRATISTA (Historia, servicios, estructura, beneficios, contratos, programas de bienestar entre otros propios del CONTRATISTA); realizar un proceso de inducción a los procesos y aplicativos que utilizarán para el suministro para la prestación de los servicios contratados; realizar inducción de los procesos de Seguridad y Salud en el Trabajo necesarios que apliquen para asegurar la salud de sus empleados para la prestación del servicio; Medir los niveles de adquisición de los conocimientos de los diferentes procesos de inducción y formación, que aseguren la adecuada prestación del servicio.
3.11.2 EL CONTRATISTA debe presentar junto con la oferta un programa de capacitación sobre aspectos propios de la operación que contribuyan a mejorar las capacidades y habilidades de los técnicos. La temática será complementada en coordinación con la supervisión de ETB. Esta capacitación debe ser periódica y evaluada, de tal manera que se asegure que las prácticas y conocimientos básicos, relacionados con mejoras y cambios implementados en los procesos (cambios o mejoras de equipos, nuevas condiciones comerciales de los servicios operados por EL CONTRATISTA, entre otros), ha sido adecuadamente asimilada por cada persona del Contrato.
3.11.3 EL CONTRATISTA debe y se obliga al cumplimiento de lo establecido en la Resolución 1409 de 2012 expedida por el Ministerio del Trabajo la que la derogue o sustituya en el futuro y demás resoluciones y circulares aclaratorias o modificatorias que se encuentren vigentes durante la ejecución del contrato en lo que respecta al capítulo III artículo 6 de la resolución 3673 del 26 de septiembre de 2008 referente a la capacitación del personal que realiza labores operativas en alturas, EL CONTRATISTA debe demostrar que su personal está certificado para Trabajo en Alturas por alguna de las instituciones que avala el ministerio de la protección social. De igual manera, EL CONTRATISTA debe evidenciar que capacita a su personal permanentemente para realizar trabajos en alturas, espacios confinados y riesgo eléctrico.
3.11.4 Hace parte del compromiso de EL CONTRATISTA efectuar la capacitación de la totalidad del personal por él contratado y vinculado para la prestación de los servicios sin afectar la disponibilidad requerida en la operación.
3.11.5 A solicitud de ETB, el Contratista debe entregar el programa, contenido, manuales de entrenamiento y documentación de los cursos. ETB podrá solicitar las mejoras y/o adiciones que considere necesarias, las cuales deben ser implementadas por el Contratista a su costo.
3.12 SOCIALIZACIÓN PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS ETB
3.12.1 ETB realizará socialización al líder o coordinador designado por el CONTRATISTA, sobre los procesos, procedimientos y uso de herramientas especializadas, que se deben llevar
a cabo para la atención de los servicios solicitados por ETB, por una única vez. Es responsabilidad del contratista realizar replicas y multiplicación del conocimiento al personal adscrito a su compañía y que ejecuta actividades que hacen parte del objeto de este contrato. La capacitación se llevara a cabo en las instalaciones de ETB en la ciudad de Bogotá.
3.12.2 ETB realizará socialización al líder o coordinador designado por el CONTRATISTA, sobre las herramientas informáticas dispuestas para el cumplimiento de las actividades asignadas al contratista, por una única vez. Es responsabilidad del contratista realizar replicas y multiplicación del conocimiento al personal adscrito a su compañía y que ejecuta actividades que hacen parte del objeto de este contrato. La socialización se llevara a cabo en las instalaciones de ETB en la ciudad de Bogotá.
3.12.3 Se verificarán conocimientos utilizados en los procedimientos de aprovisionamiento y en las demás actividades objeto del contrato, mediciones técnicas sobre la red y seguridad industrial.
3.12.4 ETB realizará, cuando así lo requiera, una verificación teórica y/o práctica al personal que desempeñe las funciones descritas en el anexo “Perfiles Aprovisionamiento”, para verificar su idoneidad.
3.12.5 Durante el desarrollo de la relación contractual, y en caso de que ETB lo considere necesario, ETB realizará charlas complementarias que se requieran para cada uno de los servicios requeridos, con el fin de mejorar el nivel de conocimientos tecnológicos y de servicio al cliente. Esto no exime al contratista de su responsabilidad efectuar la capacitación de la totalidad del personal vinculado para la prestación de los servicios.
Adicionalmente el contratista debe velar por que dicho personal desarrolle sus labores dentro de los parámetros de la moral y las buenas costumbres, de manera que no se afecte el nombre de ETB o su imagen corporativa.
3.13 EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
3.13.1 Los equipos y herramientas que EL CONTRATISTA disponga para la ejecución de los trabajos, deben ser suficientes y adecuados a las características y magnitud del servicio a ejecutar y las diferentes tecnologías con las que cuenta ETB y las que puede llegar a adquirir.
3.13.2 ETB por intermedio de EL SUPERVISOR, se reserva el derecho de exigir el remplazo de equipos y herramientas que:
a. No sean adecuados al actual nivel tecnológico existente
b. No se encuentren en óptimas condiciones de uso
c. Por sus características representen un peligro para el personal de EL CONTRATISTA o para un tercero
d. Constituyan un obstáculo para el buen desarrollo de las actividades.
e. Por sus características o mal estado deterioren los elementos de red.
Los equipos y/o herramientas que incumplan estas condiciones deben ser remplazados de manera inmediata.
3.13.3 EL SUPERVISOR realizará revisiones periódicas para constatar el buen estado de las herramientas, que estén en poder del personal y cumplan con las siguientes condiciones:
a. Las herramientas mínimas exigidas por ETB para desarrollar las actividades objeto del contrato y que se encuentran contempladas en estos términos.
b. Estas herramientas se exigen a las personas de acuerdo con las actividades que estén realizando.
c. En el desarrollo de las actividades contratadas, el personal que no cuente con la herramienta o que la misma se encuentre en mal estado, se solicitara al CONTRATISTA se interrumpa la actividad, hasta la corrección de esta anomalía, sin que esto exima a EL CONTRATISTA del cumplimiento de las órdenes de trabajo asignadas.
d. Para la prestación de servicios asociados al Distribuidor General, EL CONTRATISTA debe suministrar las herramientas de conexión para las tecnologías existentes ya sea en centrales o en unidades remotas. De igual forma debe suministrar herramientas de conexión para equipos nuevos que ingresen a operación dentro de la ejecución del contrato.
e. Los tipos de herramientas de conexión (ponchadoras) que se requieren de acuerdo con cada tecnología están definidos en los anexos y en los términos de invitación.
f. Los equipos de cómputo que serán conectados a la red de ETB deben tener el Sistema operativo Windows 2000, Windows 7 o superior con la última actualización (Service Pack) y con parches de seguridad.(verificar con informática), igual estas especificaciones pueden cambiar y EL CONTRATISTA debe estar dispuesto a ajustarse a las especificaciones que solicite ETB.
g. Estos equipos pueden estar en instalaciones de ETB o de EL CONTRATISTA según la actividad.
3.13.4 ETB proporcionará al CONTRATISTA llaves para el acceso a los diferentes elementos de red de ETB (RSU, Distribuidores Generales, cámaras de inspección, armarios, XXXXX, y demás elementos que lo requieran) de acuerdo a la actividad a desarrollar. EL CONTRATISTA debe cumplir con lo indicado en el documento “Políticas llaves electromecánicas para tapas de seguridad” del Anexo “Instructivos, formatos”.
3.13.5 Los equipos y herramientas que el contratista disponga para la prestación de los servicios, deben ser suficientes y adecuados a las características y magnitud del servicio a ejecutar.
3.13.6 Los equipos de medición y prueba que el contratista use para la prestación de los servicios deben cumplir con las políticas y procedimientos establecidos en el anexo Gestión de equipos de medición, de tal manera que se garantice que los equipos estén debidamente mantenidos y patronados.
3.13.7 ETB por intermedio del supervisor del contrato, se reserva el derecho de rechazar y exigir el remplazo de equipos y herramientas, que a su juicio no sean adecuados al actual nivel tecnológico existente, que no se encuentren en óptimas condiciones de uso o que, por sus características, representen un peligro para el personal del Contratista, o para un tercero, o que constituyan un obstáculo para el buen desarrollo de las actividades. Los equipos y/o herramientas que incumplan estas condiciones deben ser remplazados de manera inmediata.
3.13.8 El supervisor del contrato y/o quien este delegue, realizará revisiones periódicas para constatar el buen estado de las herramientas, que estén en poder del personal. El personal que no cuente con la herramienta o la use en mal estado será suspendido hasta la corrección de esta anomalía, sin que esto exima al contratista del cumplimiento de las órdenes de trabajo asignadas dentro de los plazos establecidos. Los costos asociados al tiempo en que el personal
deja de trabajar serán asumidos por el Contratista.
3.13.9 Para la correcta ejecución de las actividades de aprovisionamiento en la red cobre y FTTC el personal técnico debe contar como mínimo con las siguientes herramientas y equipos:
a) Alicate Universal
b) Clavija de prueba de Alta Densidad
c) Clavija de prueba EAR SID-C
d) Clavija de Pruebas SIMELCA
e) Herramienta de conexión alta densidad
f) Herramienta de conexión BAB 323
g) Herramienta de inserción EAR SID-C
h) Llave para strip telefónico
i) Llave de copa
j) Martillo común
k) Multimetro Digital
l) Pelacables
m) Xxxxx xx Xxxxx
n) Clavija de Pruebas
o) Equipo de comunicaciones (celular con plan datos)
p) Escalera de Fibra xx Xxxxxx Doble Extensión
q) Generador y Amplificador de tonos
r) Sonda Plástica mínimo 30 mts
s) Juego Brocas de Tungsteno 3/8, 1/4 (6 Y 12)
t) Juego de Brocas para Lámina 3/8 X 6
u) Juego Destornilladores
v) Linterna
w) Micro teléfono
x) Pistola de silicona fría
y) Ponchadora Mixta RJ11 / RJ45
z) Taladro de 1/2" inalámbrico Percutor 2 Velocidades
aa) Tester Cable UTP (obligatorio para actividades en FTTC) bb) Clavija de prueba de Alta Densidad
3.13.10 A continuación se muestra los diferentes tipos de herramientas de conexión que se utilizan en la operación.
Foto 1: Herramientas de conexión
3.13.11 EL CONTRATISTA debe instruir a su personal sobre el uso adecuado de las llaves de acceso a los elementos de red de ETB.
3.14 IMPACTO URBANO
Para los trabajos que se ejecuten en el espacio público, EL CONTRATISTA debe tener en cuenta el “Plan de Manejo Ambiental e Impacto Urbano”, y el “Plan de manejo de tránsito típico para obras de bajo impacto en vías locales”, que se encuentran incluidos del Anexo “Instructivos, formatos” “Plan de manejo ambiental y Plan de manejo de transito”, a fin de evitar molestias e incomodidades a la comunidad durante el desarrollo de las labores. Por lo tanto, se exige la adquisición por parte de EL CONTRATISTA de todos los elementos exigidos en la normatividad Distrital, Municipal, Departamental o Nacional, vigente, de acuerdo con el lugar en el cual se estén ejecutando órdenes de trabajo.
3.15 MANEJO DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN
3.15.1 EL CONTRATISTA debe manejar documentos que proporcionarán evidencia de la ejecución de actividades y de la relación contractual con el cliente y por tal razón debe garantizar que éstos permanezcan legibles, fácilmente identificables y recuperables.
3.15.2 La entrega de la documentación debe realizarse semanalmente en las instalaciones que ETB determine. ETB podrá modificar esta periodicidad de acuerdo a las necesidades. Previo a esta entrega EL CONTRATISTA debe registrar la información en la página web que ETB le indique.
3.15.3 EL CONTRATISTA debe y está obligado a diligenciar la documentación requerida para los servicios incluidos en este documento. La documentación que soporte el recibo a satisfacción de los servicios por parte del cliente, además de ser completamente diligenciada, debe tener registrada la firma de la persona que recibe el servicio, nombre, número y tipo del documento de identificación y teléfono de contacto que, preferiblemente, será diferente al del servicio instalado
3.15.4 En caso de que por la ausencia de dicha evidencia un cliente de ETB niegue haber recibido a satisfacción los servicios reportados como ejecutados por parte de EL CONTRATISTA, y en consecuencia ETB deba rembolsar dinero, pagar compensaciones a los clientes o incurra en alguna sanción establecida por la regulación o entes de control, EL CONTRATISTA debe reparar económicamente a ETB mediante el pago de una suma idéntica a la cual asciendan los perjuicios aquí descritos, la cual se solicitará desde la supervisión del contrato mediante una cuenta de cobro para lo cual el contratista se obliga a realizar el pago en la cuenta y en el plazo que se indique en el respectivo documento, para lo cual el contratista renuncia a todo requerimiento de constitución en xxxx.
3.15.5 EL CONTRATISTA debe diligenciar nuevamente, incluyendo la firma del cliente, la documentación faltante, deficiente o que se encuentre mal diligenciada (falta de firmas, datos del cliente insuficientes, falta de veracidad en la información consignada), antes de los ocho días hábiles siguientes a la solicitud por parte del SUPERVISOR del contrato, sin que esto implique un costo adicional para ETB. En caso de no darse cumplimiento a lo establecido en este ítem se dará la instalación por no realizada y en consecuencia no se reconocerá el pago de la misma dentro de la correspondiente factura mensual de servicios, en caso que la reclamación sea posterior al acta de reconocimiento del pago, el valor se descontara de la siguiente acta.
3.15.6 EL CONTRATISTA debe asumir los costos y la ejecución de actividades que impliquen la corrección de información mal diligenciada en los documentos, la consecución de firmas o huellas de los clientes que hayan sido registradas de manera inadecuada, la reposición de documentación extraviada, diligenciada o sin diligenciar.
3.15.7 EL CONTRATISTA debe almacenar la información en las condiciones establecidas en el “Manual de Gestión Documental” del Anexo “Instructivos, formatos”.
3.15.8 EL CONTRATISTA debe entregar a EL SUPERVISOR del Contrato los reportes en los plazos, condiciones y formatos que éste le indique. EL CONTRATISTA debe reportar a diario el listado de órdenes de trabajo con el nombre del técnico al cual se le asignó y su teléfono de contacto.
3.15.9 Los recursos de software, hardware, papelería (incluyendo los formatos propios de los procesos y que la supervisión indique), equipos de comunicación y demás elementos de oficina requeridos por EL CONTRATISTA deben ser provistos por él mismo y deben cumplir con las especificaciones de licenciamiento, capacidad y seguridad informática que ETB indique.
3.15.10 Respecto al manejo de la información de este proceso los participantes se comprometen a:
a. Conocer y cumplir las normas y políticas de seguridad de la información que se encuentren vigentes en ETB.
b. El punto anterior está relacionado con preservar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información. Dentro de estas políticas se incluye el uso de la red corporativa, acceso remoto, estaciones de trabajo de terceros, entre otros.
3.16 APLICACIÓN WEB PARA GESTIÓN DE ORDENES (PROCESO DE APROVISIONAMIENTO)
3.16.1 EL CONTRATISTA debe disponer de una aplicación WEB (PHP, .NET, JSP, etc.), cuya puesta en producción debe tener lugar dentro de los sesenta (60) días calendario, siguientes a la firma del contrato. La aplicación debe ser alojada en un servidor que permita el acceso desde internet y garantice accesos concurrentes de por lo menos 100 usuarios, con motor base de datos MySQL, Oracle o SQL, permitiendo el almacenamiento del volumen de
información de todas las ordenes gestionadas por EL CONTRATISTA, garantizando su disponibilidad, integridad y seguridad. La aplicación debe permitir a ETB acceso de consulta a las tablas de datos y generar y/o extraer información con el objetivo de adelantar los procesos internos que permitan gestionar, actualizar y controlar el trabajo realizado por EL CONTRATISTA.
3.16.2 Debe contener los siguientes módulos:
3.16.2.1 MÓDULO INGRESO DE ÓRDENES DE TRABAJO.
Este módulo debe permitir el registro, control y seguimiento de cada una de las órdenes y el resultado de su correspondiente visita, para lo cual se debe contemplar entre otros los siguientes aspectos:
a) Información de visitas: debe contener información básica de la visita, cuyos campos pueden aumentar o disminuir de acuerdo con las necesidades comerciales u operativas de ETB. La información mínima requerida a registrar en estos campos es: datos de cliente, datos del autorizado a recibir la visita, dirección de instalación, actividad de aprovisionamiento realizada, tipo de oferta o requerimiento (derecho de petición, venta, venta por migración, upgrade de servicios, tramites posventa, garantía de servicio, entre otros), tecnología (cobre o FTTC) número de orden, cantidad y descripción de materiales y equipos utilizados con su identificación, fecha de agenda, franja y fecha de instalación, elementos de red asignados, Nodo o central, teléfono asignado, visitas de auditoria, datos del técnico, permitir anexar hasta 5 registros fotográficos de la visita, anexar archivos soporte asociados a la visita (boleta de visita, contrato, carta de autorización, boletas de auditoria, entre otras), observaciones generales de la visita, código y descripción del resultado de la visita, pruebas de red, pruebas de servicio si aplica. Esta información debe ser exportable a un archivo plano de tal manera que cada campo sea plenamente identificado según lo anteriormente descrito.
3.16.2.2 MÓDULO INGRESO DE REQUERIMIENTOS PRIORITARIOS
El aplicativo debe contener un módulo para ingresar requerimientos prioritarios que podrán ser incluidos el mismo día de la visita, en condiciones de agendamiento o programación diferentes a las establecidas en el procedimiento habitual. Estos requerimientos serán reportados con antelación máxima de (dos) 2 horas, sin que este volumen supere el 2% de los cupos pactados con EL CONTRATISTA. Los campos que debe contener el módulo son los mismos que se usan en el envío de la agenda diaria de aprovisionamiento.
3.16.2.3 MÓDULO DE REPORTES QUE SE DEBEN GENERAR
La información suministrada por el personal técnico dispuesto por EL CONTRATISTA debe ser en tiempo real, es decir que deben tener acceso a este aplicativo en terreno y deben actualizar en línea cada visita realizada inmediatamente después de terminada la labor por parte del técnico.
3.16.2.4 CONSULTAS QUE DEBEN ESTAR DISPONIBLES.
3.16.2.4.1 La aplicación debe generar las siguientes consultas ya sea a partir de entradas individuales o mediante acceso de consulta a las tablas de la aplicación:
a. Para el caso de aprovisionamiento, historial de visitas consultable por número telefónico, número de solicitud o número de detalle. Una solicitud puede incluir la petición de la instalación o traslado de uno o más servicios, los cuales se identifican mediante “números de detalle”.
b. Consulta de visitas, reportes de órdenes visitadas y pendientes por rangos (de fecha, de
hora, de zona, de central, por código de respuesta)
c. Consulta individual y reporte por franja horaria de la visitas adelantadas de acuerdo a lo establecido en los presentes términos.
d. La Información de los MATERIALES Y EQUIPOS aprovisionados debe quedar incluida en la base de datos de EL CONTRATISTA. Esta información debe contener los seriales de los EQUIPOS instalados.
e. El ingreso de la información de los EQUIPOS SERIALIZADOS a la aplicación se debe realizar a través de sistemas de lectura automáticos (por ejemplo, código xx xxxxxx o RFID).
f. La aplicación debe contener los resultados de las visitas en tiempo real. Los empleados de EL CONTRATISTA deben acceder vía internet al aplicativo para actualizar o consultar la información; de igual forma las personas ETB autorizadas por EL SUPERVISOR del Contrato podrán acceder en cualquier momento y realizar las consultas que requieran.
g. La aplicación debe incluir todas las órdenes de trabajo que le sean asignadas al EL CONTRATISTA, independientes de que se gestionen a través de medios diferentes a las visitas en terreno, esto solo aplica en caso de que EL SUPERVISOR ETB lo autorice, de lo contario debe visitar toda la agenda asignada
3.16.2.4.2 EL CONTRATISTA debe remitir a EL SUPERVISOR del Contrato archivos de respuesta, con la periodicidad que éste le indique, que deben contemplar:
a. Técnico al que se le asignó la orden de trabajo, Teléfono móvil del técnico, Documento de identidad y ETB asignado para autorizaciones de ingreso cuando el cliente lo requiera.
b. Resultado de las visitas de aprovisionamiento, con códigos de respuesta en número y texto, de conformidad con las especificaciones que indicará ETB, tiquete asignado por el área comercial, hora de llamada, asesor, contrato, serial, cantidades de materiales utilizados (alambre de bajada, alambre de mini distribuidor, tensores, conector, tomas, micro filtros entre otros), velocidad del servicio instalado, validación de GPNBA1 o el aplicativo que ETB defina para tal fin y los resultados de la pruebas, vías por las cuales se realizó la instalación (distrito, primaria, secundaria, entre otros.), resultado de las pruebas eléctricas, usuario personalizado del servicio (en el caso de xDSL y agenda única), configuración del servicio de BA y HSI con la plataforma ACS, nombre de la persona que recibe el servicio, hasta donde fue entregado el servicio. Es posible que se requieran más campos, los cuales se definirán a EL CONTRATISTA con antelación máxima de quince (15) días calendario para que se realicen los cambios necesarios sin que esto sugiera un costo adicional para ETB.
c. En los códigos de respuesta de aplazamientos, declinaciones y exitosas se debe diligenciar el campo observaciones de tal forma que pueda aclarar el aplazamiento, declinación o cumplimiento de la solicitud. ETB informará, previo al desarrollo del contrato y durante su ejecución, qué datos se requieren.
d. Los códigos de respuesta para el aprovisionamiento que utilicen los técnicos del contrato
1 GPNBA: Sistema de Gestión de Primer Nivel xx Xxxxx Ancha, es el sistema de gestión para el aprovisionamiento y aseguramiento de los servicios actual de ETB. Este puede ser cambiado durante la ejecución del contrato por ETB, que informará oportunamente al contratista las modificaciones en los procedimientos a seguir.
deben ser los mismos que utiliza ETB y previamente se enviará el listado para que sean incluidos en el aplicativo. Estos códigos podrán cambiar en el desarrollo del contrato.
e. En caso de que al realizar la visita, alguno de los datos de los elementos de red indicado por ETB no corresponda o deba ser modificado, en el campo “observación”, el personal de EL CONTRATISTA debe especificar las vías correctas.
f. Cualquier cambio al aplicativo será solicitado por ETB durante el desarrollo del contrato con antelación máxima de quince (15) días calendario sin que esto sugiera un costo adicional para ETB.
3.16.2.5 Disponibilidad: EL CONTRATISTA debe garantizar una disponibilidad de la aplicación con acceso a la base de datos, igual o superior al 98% mensual.
3.16.2.6 Ventanas de mantenimiento a la aplicación WEB: EL CONTRATISTA podrá programar, previa autorización de EL SUPERVISOR del contrato, ventanas de mantenimiento, cuya afectación a la disponibilidad de la aplicación no podrá superar un (1) día en cada mes. Si la ventana de mantenimiento o la suma de varias de ellas tienen una duración superior ha dicho término, el tiempo en el cual lo supere será asumido como Tiempo de Indisponibilidad del Servicio (XXX) y afectará el cálculo del índice de disponibilidad mencionado en el numeral anterior.
Adicionalmente, la solicitud de autorización que haga EL CONTRATISTA para adelantar una ventana de mantenimiento, debe ser acompañada de un plan alternativo de entrega de información que supla la ausencia de la aplicación.
3.16.2.7 Integridad, calidad, oportunidad y seguridad de la información registrada:
a. Integridad: EL CONTRATISTA debe garantizar que se ingrese la totalidad de la información, suministrada por ETB o generada como resultado de la operación, y que no se altere el contenido de la información almacenada en la base de datos. Las modificaciones son permitidas en casos excepcionales y deben ser realizadas por personal autorizado por EL SUPERVISOR. Toda modificación debe quedar registrada en la aplicación con la debida justificación, fecha y hora de ingreso de los datos.
Para validar la integridad de la información, EL SUPERVISOR del Contrato podrá realizar muestreos o análisis globales de registros, comparando su estado en diferentes momentos. La cantidad de modificaciones injustificadas de información, identificada en cada análisis, no podrá superar el 1% de los registros revisados. Los errores identificados que excedan dicho porcentaje, harán parte de la tasa de error de la aplicación web (TEAW).
b. Calidad: la información registrada, al ser validada con los documentos que evidencian la visita, no debe presentar una tasa de error en la aplicación web (TEAW) que supere el 1% del total de órdenes.
c. Oportunidad: EL CONTRATISTA debe garantizar que el total de las órdenes gestionadas en el desarrollo del objeto del contrato sean actualizadas en el sistema, durante el mismo día en que se realiza la visita. La información registrada, al ser comparada con las órdenes gestionadas por EL CONTRATISTA, no debe presentar una tasa de error en la aplicación web (TEAW) que supere el 1% del total de órdenes.
d. Seguridad: EL CONTRATISTA debe tomar medidas de seguridad que controlen el acceso de personal no autorizado al aplicativo y a la base de datos. La instalación de la aplicación (si aplica) y la entrega de usuarios y claves de acceso a funcionarios de
ETB, debe hacerse en una sesión de capacitación, en la cual EL CONTRATISTA entregará, adicionalmente, al SUPERVISOR del Contrato un plan de control de riesgos asociados al uso de la aplicación que describa las medidas de integridad, calidad, oportunidad y seguridad de la información registrada. Dicho plan y sesión de capacitación deben ser aprobados por EL SUPERVISOR del Contrato
3.16.2.8 DESTINO BASE DE DATOS
Una vez concluido el plazo definido para la ejecución del contrato, EL CONTRATISTA debe entregar a ETB copia de la base general y borrar de sus bases de datos toda la información empleada y almacenada durante la ejecución del objeto contractual.
3.17 COMUNICACIONES
3.17.1 EL CONTRATISTA debe dotar de sistemas de comunicación celular a todas las personas que tengan directa relación con la ejecución del contrato y que se encuentren contratadas por él. Estos sistemas de comunicación personal deben ser de ETB como proveedor de servicios de comunicaciones móviles o el operador que ETB establezca.
3.17.2 Para acceder a los diferentes sistemas de información que ETB implemente para el cumplimiento de las actividades asignadas, cada grupo de trabajo debe disponer de equipos que soporten un navegador web Chrome o Firefox (se sugiere móvil) y que cuenten con servicio de acceso a datos.
3.17.3 En el caso que ETB cambie su proveedor de servicios de comunicaciones móviles, esta decisión será informada a través de EL SUPERVISOR del contrato del contrato. EL CONTRATISTA debe acordar con EL SUPERVISOR del contrato un plan de acción para que el cambio de EL CONTRATISTA al nuevo operador esté totalmente realizado en un plazo máximo de seis (6) meses a partir de la fecha en que se comunique la decisión y sin que se afecte la prestación de los servicios objeto del contrato. Los cargos a nivel administrativo contarán con correos electrónicos habituales y de respaldo para garantizar la comunicación en línea con el supervisor del contrato ETB.
3.17.4 EL CONTRATISTA debe entregar a ETB los reportes solicitados por EL SUPERVISOR del Contrato en los plazos, condiciones y formatos que éste le indique. Este requerimiento podrá variar de acuerdo con las necesidades de ETB.
3.17.5 En los casos en que, por razones de cobertura o fallo, no se pueda utilizar el servicio del operador establecido por ETB. EL CONTRATISTA debe y está obligado a garantizar la disponibilidad permanente del servicio de telefonía celular para la comunicación entre su personal y ETB.
3.17.6 En ningún caso EL CONTRATISTA podrá argumentar limitación de minutos y datos en los planes adquiridos para poder efectuar la comunicación entre el personal del contrato y ETB.
3.17.7 ETB determinará los roles del personal a los cuales para el desarrollo de las actividades, debe contar con cuenta de correo de dominio ETB y los restantes deberán contar con cuenta de correo corporativa propia del INTERESADO.
3.18 TRANSPORTE
3.18.1 EL CONTRATISTA debe garantizar la cantidad de vehículos requeridos para el cumplimiento de las actividades contratadas de acuerdo con los ANS establecidos.
3.18.2 Los vehículos que EL CONTRATISTA utilice en la ejecución de las actividades del contrato deben estar al día con los documentos y normatividad que exige la Secretaría de Movilidad o quien haga sus veces y el Ministerio de Transporte, y garantizar óptimas
condiciones de presentación y funcionamiento cumpliendo con las normas de seguridad, ya que, ante los demás, son la imagen que representa a ETB. El vehículo que incumpla estas condiciones debe ser remplazado de manera inmediata.
3.18.3 EL CONTRATISTA debe garantizar la movilidad de los vehículos de forma que mantenga ejecución permanente de las actividades, sin restricciones de desplazamiento por horarios u otras razones que puedan afectar la operación.
3.18.4 Los vehículos deben cumplir con la inspección técnico mecánica y de gases exigida en las normas ambientales y de tránsito, de acuerdo con las normas vigentes distritales, departamentales y de orden nacional. ETB podrá en cualquier momento exigir esta revisión en talleres autorizados para verificar esta condición, o a criterio de ETB solicitar su cambio. Los costos asociados a esta revisión serán asumidos por EL CONTRATISTA.
3.18.5 LA SUPERVISIÓN solicitará el certificado de tradición expedido por la oficina de tránsito o entidad correspondiente con una vigencia no mayor a un (1) mes, para verificar que su estado ante las autoridades competentes no afecte el desarrollo de los servicios o esté afectado legalmente. Esto no exime en ningún caso del cumplimiento de las actividades y plazos contractuales.
3.18.6 Los vehículos que EL CONTRATISTA utilice en la ejecución de las actividades del contrato deben ser de color blanco y tener placas de servicio público, de modelos no inferiores al año 2013 y deben estar en óptimas condiciones de funcionamiento. Garantizando la continuidad de las actividades objeto del contrato.
3.18.7 En caso de que el vehículo no cumpla con la normatividad vigente o reporte algún daño que se considere como incumplimiento de ésta o incumpla cualquiera de los requisitos establecidos en este documento, será suspendido hasta la corrección de las anomalías y debe ser remplazado inmediatamente. Lo anterior no exime al CONTRATISTA del cumplimiento de las órdenes de trabajo asignadas. Hasta tanto el vehículo no sea remplazado, los costos asociados al tiempo en que el personal deja de trabajar será asumido por EL CONTRATISTA.
3.18.8 EL CONTRATISTA debe mantener actualizada la relación de las hojas de vida de los vehículos vinculados al contrato.
Figura. Identificación de vehículos
3.18.10 Con relación al punto anterior, además del número del contrato, se debe indicar el nombre de la firma contratista. Estos distintivos, deben ir colocados en ambos costados del vehículo (puertas laterales).
3.18.11 Todos los vehículos deben presentar la correspondiente adaptación para portar las escaleras.
3.18.12 El ingreso de los vehículos al contrato cuenta a partir de la fecha de aprobación de la totalidad de la documentación exigida por ETB.
3.18.13 EL CONTRATISTA debe tener en cuenta el desplazamiento de su personal, dificultades en la movilidad, peajes y otros costos para el cálculo de su cotización. De igual forma debe considerar que la diversidad topográfica puede requerir el uso de vehículos de mayor potencia para el traslado del personal y la realización de las labores.
3.18.14 Los conductores de los vehículos deben encontrarse al día por concepto de comparendos y demás sanciones frente a las autoridades municipales, distritales, departamentales y / o nacionales.
3.18.15 Todos los vehículos del contratista adicional a la identificación definida en el numeral 3.18.9 deben portar en las partes laterales y frontal, el logo de la empresa contratista.
3.19 SEGURIDAD INDUSTRIAL, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN AMBIENTAL
3.19.1 EL CONTRATISTA debe cumplir con los requerimientos xx xxx y los establecidos en los términos de invitación y sus anexos de todo lo relacionado con salud ocupacional, seguridad industrial y gestión ambiental en la ejecución del objeto del contrato a suscribir. Además de los aspectos técnicos, se incluyen, a cargo y por cuenta del CONTRATISTA a título indicativo y no limitativo, las obligaciones que se relacionan a continuación:
3.19.2 EL CONTRATISTA debe cumplir con la responsabilidad de cubrir por la ARL y la EPS de su elección a sus trabajadores para los casos de accidentes de trabajo. ETB quedará exenta de
toda responsabilidad en estas eventualidades. EL CONTRATISTA, a título informativo, dará a conocer a ETB oportunamente de hechos relevantes de los accidentes de trabajo presentados en la operación, lo cual no exime al CONTRATISTA de su responsabilidad. El contratista debe presentar mensualmente al Supervisor del contrato el soporte de los pagos hechos por estos conceptos y demás parafiscales.
3.19.3 EL CONTRATISTA debe realizar la destinación de recursos necesarios para el desarrollo de las actividades de Salud Ocupacional, Seguridad Industrial y Gestión ambiental, que deben estar en directa relación con los riesgos potenciales y ser suficientes para las actividades específicas del contrato, esto incluye la asignación de personal que requiera el CONTRATISTA para el cumplimiento de estas actividades.
3.19.4 Es responsable de periódicamente desarrollar actividades dirigidas a su personal con el propósito de prevenir riesgos, eliminar peligros, mitigar, corregir o compensar los impactos y efectos ambientales que puedan afectar a personas, propiedades o medio ambiente. Estas deben estar documentadas en el programa de salud ocupacional y el plan de manejo ambiental. Dicha documentación debe ser remitida MENSUALMENTE al SUPERVISOR del contrato de ETB, especificando el manejo de residuos sólidos establecidos en la normatividad vigente para la disposición de los mismos. Es responsabilidad del CONTRATISTA el control de los riesgos inherentes a las actividades a desarrollar dentro del proyecto y su alineación con el plan de gestión ambiental institucional.
3.19.5 Velar por el cumplimiento del Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas resolución 1409 de 2012 expedida por el Ministerio de Trabajo y de aquellas que la deroguen o sustituyan en el futuro y demás resoluciones y circulares aclaratorias o modificatorias que se encuentren vigentes durante la ejecución del contrato.
3.19.6 EL CONTRATISTA debe presentar un reporte mensual al SUPERVISOR de ETB sobre los planes de acción desarrollados y las novedades presentadas dentro de los programas de salud ocupacional, seguridad industrial y Gestión Ambiental, anexando los soportes correspondientes,
3.19.7 EL CONTRATISTA debe asegurar el cumplimiento de las normas de Seguridad Industrial contempladas en el programa de Higiene y Seguridad industrial por parte de sus trabajadores en cuanto a:
a) Uso de elementos de protección
b) Uso de vehículos adecuados para trabajos en altura. Se debe incluir en el reporte indicado copias de los certificados vigentes de estos vehículos.
3.19.8 Garantizar la entrega oportuna de los elementos de protección suficientes y adecuados a los riesgos asociados a las labores a desarrollar y la capacitación sobre el uso de dichos elementos es de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA. Los elementos de seguridad industrial deben cumplir las normas técnicas de producto correspondiente a su uso, de acuerdo a las normas de calidad ICONTEC vigentes o equivalentes.
3.19.9 El cumplimiento de La Ley Eléctrica (Artículo 30, Ley 143 de 1994) y la Ley de Televisión (Artículo 13, Ley 680 de 2001) reglamentan a las empresas eléctricas (como CODENSA) y otras que poseen redes de distribución (aérea y subterránea) para prestar el servicio de alquiler de la infraestructura correspondiente a postes y ductos a las Empresas de telecomunicaciones que lo requieran. Es indispensable que EL CONTRATISTA asegure que el personal que va a trabajar en postes o ductos, los cuales comparten la misma infraestructura con las Empresas eléctricas, use la dotación de prendas de seguridad de tipo dieléctrico como es el casco, botas y guantes y cumpla con los procedimientos de seguridad pertinentes. (Ver
anexo Normas técnicas y de seguridad para instalación y manejo de redes en infraestructura de CODENSA incluido en los anexos técnicos. Adicionalmente, el contratista debe garantizar la idoneidad, especialidad y experticia del personal, para tal efecto.
3.19.10 El estricto cumplimiento a todas las obligaciones laborales y de Seguridad Social legales, estatutarias, reglamentarias que correspondan y las pactadas entre las partes.
3.19.11 El trámite de los permisos requeridos por las autoridades ambientales según la jurisdicción correspondiente a la zona de ejecución del contrato. Semanalmente EL CONTRATISTA debe reportar al SUPERVISOR del contrato el número, naturaleza, estado y el número de orden de servicio de todos los trámites que se encuentren en proceso.
3.19.12 Generar controles que incluyan la entrega de herramientas y equipos de seguridad industrial para la prevención de riesgos durante la ejecución del contrato, entre otros, capacitación, entrenamiento, procedimientos de trabajo seguro, a la totalidad del personal contratado por el contratista. Esta capacitación se debe efectuar de forma tal que no afecte los proyectos a cumplir.
3.19.13 Previo al inicio de cualquier labor, el CONTRATISTA debe realizar una evaluación de riesgos de accidentes, siguiendo los procedimientos de trabajo seguro que EL CONTRATISTA tenga establecidos con el fin de detectarlos y minimizarlos. Cuando exista trabajo en alturas (xxxxxx, techos, andamios, escaleras, grúas, etc.), en espacios confinados (cámaras de paso, ductos de ascensor, etc.) o que involucren riesgo eléctrico, deben asistir cuando menos dos personas por cada sitio de trabajo, con los elementos de protección necesarios, suficientemente entrenadas (certificadas) en dichos aspectos, así como en la atención de emergencias (rescate, primeros auxilios).
3.19.14 Durante el desarrollo de actividades nocturnas objeto del contrato, EL CONTRATISTA debe proveer los elementos de señalización e iluminación necesarios y suficientes, los cuales deben cumplir con las exigencias de la Secretaria de Movilidad y las autoridades competentes vigentes para la fecha y sitio de realización de la actividad.
3.19.15 Garantizar a su personal la dotación legal, de acuerdo a los términos establecidos en la legislación colombiana (código sustantivo de trabajo) para overoles se debe contemplar el intercambio y mantener la buena presentación durante el desarrollo de cada actividad.
3.19.16 Velar porque los elementos de seguridad y prendas de dotación necesarios estén en óptimas condiciones y sean reemplazados cuando presenten deterioro o hayan cumplido con su vida útil dentro de la vigencia del contrato.
3.19.17 En caso de presentarse situaciones graves del incumplimiento de los requisitos de seguridad industrial, salud ocupacional y gestión ambiental y considerando el riesgo generado para los trabajadores contratados por el CONTRATISTA, la comunidad, la operación, la prestación del servicio y la infraestructura de ETB, ésta podrá ordenar la suspensión de la actividad específica, con la responsabilidad del CONTRATISTA que ello conlleva, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones contractuales a las que haya lugar.
3.19.18 El control de los riesgos inherentes a la realización de las actividades contratadas es responsabilidad de EL CONTRATISTA.
3.19.19 EL CONTRATISTA acepta que las obligaciones contenidas en el presente numeral se hacen extensivas a todo aquel que preste sus servicios en la ejecución del contrato. ETB o quien esta designe, podrá verificar en cualquier momento y con la metodología que considere, las mencionadas obligaciones, para lo cual EL CONTRATISTA debe suministrar la información que sea solicitada.
3.19.20 ETB podrá ordenar desde la interrupción de una actividad específica hasta la suspensión temporal del contrato de acuerdo con la gravedad del incumplimiento de los requisitos de seguridad industrial, salud ocupacional y gestión ambiental y considerando el riesgo generado para los trabajadores, la comunidad, la operación, la prestación del servicio y la infraestructura de ETB.
3.20 AFECTACIÓN EN PROPIEDAD DEL CLIENTE
3.20.1 Es responsabilidad de EL CONTRATISTA velar por el cuidado de la propiedad del cliente durante la ejecución de las actividades que en cumplimiento del objeto contractual, le sean asignadas.
3.20.2 Para todos los casos EL CONTRATISTA debe reportar de forma inmediata a la supervisión del contrato, mediante los formatos y procedimientos establecidos por ETB, anexos a los presentes términos de referencia, -Formato Reconocimiento afectación Propiedad del cliente- y los adicionales que indique ETB, cualquier incidente que se presente con los clientes durante la ejecución de sus las actividades objeto del contrato, adicionalmente estos arreglos serán por cuenta de EL CONTRATISTA y se deben realizar dentro de los cinco (5) días siguientes a la afectación.
3.21 MANEJO DE MATERIALES
El CONTRATISTA debe ser responsable del recibo, manejo, bodegaje, identificación y buena manipulación de los materiales que ETB entregue, dando cumplimiento a lo determinado en el MANUAL DE LOGISTICA V2.0 y al Anexo “CONDICIONES PARA ALMACENAMIENTO Y MANEJO DE LOS BIENES A CARGO DE CONTRATISTAS”
3.21.1 USO DE BODEGA Y MATERIALES
3.21.1.1 El Contratista debe ser responsable del recibo, manejo, bodegaje, identificación y buena manipulación de los materiales que suministre para la prestación de los servicios y de los materiales entregados por ETB. Para este propósito el contratista debe contar con un espacio en bodega para uso exclusivo del cumplimiento del objeto contractual y que debe contar con las características apropiadas para este fin. Ésta bodega debe ser aprobada por el supervisor del contrato.
3.21.1.2 El costo de los materiales entregados por ETB deben estar cubiertos por las pólizas exigidas en los presentes términos contractuales, teniendo en cuenta que las cantidades pueden variar durante la vigencia del mismo.
3.21.1.3 Los materiales y demás elementos que el contratista disponga para la prestación de los servicios deben ser de primera calidad, apropiados al objeto para el que se destinen y, en lo posible, corresponder a las últimas tecnologías de fabricación y uso.
3.21.1.4 Cuando lo prevean las especificaciones, o el Supervisor del contrato lo solicite, el contratista debe someter a la aprobación del Supervisor del contrato los materiales que vaya a emplear en la prestación de los servicios y las fuentes de abastecimiento de los mismos antes de definirse su utilización en la prestación de los servicios. ETB se reserva el derecho de solicitar muestras y/o protocolos de prueba de los materiales dispuestos por el contratista. El Supervisor del contrato podrá rechazar dichos materiales, si con justa causa, los considera inadecuados. El material rechazado será retirado del lugar y debe reemplazarse en un término no mayor a dos días hábiles, por el material adecuado, sin que esto implique costo alguno para ETB y que tampoco afecte la ejecución de las actividades.
3.21.1.5 Todo trabajo que sea rechazado por deficiencia en los materiales empleados o por defecto de construcción debe ser corregido por el contratista, por su cuenta, dentro del plazo
que fije el supervisor del contrato sin afectar la programación de los demás trabajos en ejecución.
3.21.1.6 El contratista debe cumplir con los procedimientos internos de ETB, de control y conciliación de materiales, en los tiempos estipulados desde la supervisión del contrato.
3.21.1.7 Durante la vigencia del contrato y de la póliza de calidad, el contratista debe asumir el costo de la corrección de los trabajos y/o del cambio de los materiales rechazados por el Supervisor del contrato o que resultaren de mala calidad o con defectos de fabricación. El contratista debe realizar estas correcciones a entera satisfacción de ETB en un plazo máximo de 15 días contados a partir de la comunicación que le curse ETB, puede ser a través de correo electrónico, fax, entre otros. El contratista debe reconocer los gastos de mantenimiento correctivo asumidos por ETB, así como el costo de los daños y perjuicios que cause a ETB con ocasión de las fallas, tales como los costos relativos a la atención de reclamos y descuentos ocasionados por incumplimiento a los acuerdos de niveles de servicio (ANS) por parte ETB a sus clientes.
3.21.2 MATERIALES QUE ENTREGA ETB
3.21.2.1 ETB entregará al contratista los siguientes materiales para la prestación de los servicios objeto del contrato:
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | UNIDAD |
1 | Cable Coaxial XX0 | Xx |
0 | Xxxxx XXX Cat. 5 o Cat. 6 | Mt |
2 | Conectores Rj45 | Un |
4 | Conectores Rj11 | Un |
5 | Conectores Coaxial Tipo F | Un |
6 | Splitter de Coaxial | Un |
7 | Cargas Terminales de 75 Ohm tipo F | Un |
8 | STB | Un |
9 | HPNA | Un |
10 | Cable auto soportado Figura 8 | Mt |
11 | Cable gris seco de 1 par | Mt |
12 | Conector unitario UY tipo garbanzo | Un |
13 | Conector Unitario relleno empalme acometida | Un |
14 | Cable UTP Intemperie | Mt |
15 | Tensores plásticos | Un |
16 | Microfiltros | Un |
17 | Xxxxx sobreponer RJ11 3M | Un |
18 | Toma pared RJ11 Blanca | Un |
19 | Conectores RJ45 con o sin capuchón | Un |
20 | LAN SWITCH PARA IPTV | Un |
21 | Caja terminal de distribución | Un |
22 | Regletas de inserción | Un |
23 | Cable Neopren | Mt. |
24 | CPE | Un |
Tabla 3. Materiales que entrega ETB
3.21.2.2 ETB determinará las dependencias y los procedimientos mediante los cuales será entregado el material. El contratista debe incluir en los precios unitarios, la logística necesaria para efectos de recoger y transportar dicho material.
3.21.2.3 El contratista desde el inicio del contrato, está obligado a implementar un control para el almacenamiento y gestión de los equipos de red entregados por ETB (CPE, STB, cables, cierres de empalme, LAN SWITCH, etc.) a través del manejo de sistemas de lectura automáticos (por ejemplo, código xx xxxxxx o RFID).
3.21.2.4 Dentro de los dos días siguientes a la entrega de estos equipos y elementos al contratista por ETB, este debe entregar al supervisor del contrato ETB un informe en el cual se liste la totalidad de los equipos entregados con su marca, modelo y número de serial.
3.21.2.5 El contratista debe contar con una bodega en donde se garantice el almacenamiento, seguridad y condiciones adecuadas según el tipo de material entregado. El contratista debe ser responsable por estos materiales desde el recibo de los mismos hasta la instalación final en los sitios determinados por ETB.
3.21.2.6 Una vez concluidos los trabajos respectivos, el contratista debe hacer llegar al sitio indicado por el Supervisor del contrato, los materiales de instalación nuevos no utilizados para su respectivo ingreso a bodega.
3.21.2.7 El contratista debe entregar semanalmente (el primer día hábil) un informe, impreso y en medio digital, con la siguiente información:
a) Materiales consumidos en la prestación de los servicios contratados.
b) Cantidades de materiales que se encuentran bajo su custodia.
c) Descargue de materiales (cruce del material entregado frente al material reportado como consumido) en el formato establecido por la supervisión del contrato.
d) Necesidades adicionales de materiales para la prestación de los servicios contratados. El contratista debe considerar que la entrega de materiales por parte de ETB tomará 5 (cinco) días hábiles al definir estas necesidades de materiales.
Nota: Las diferencias que se encuentren y no se hayan conciliado al momento de la liquidación de la factura mensual darán lugar al cobro establecido en el numeral 3.21.2.9
3.21.2.8 Estos informes deben reposar en la documentación del Contrato. Este informe no exime al contratista de diligenciar los soportes del cumplimiento de cada orden de servicio con el material utilizado, así como la actualización en los sistemas de ETB.
3.21.2.9 La pérdida o desperdicio de materiales y/o equipos por parte del contratista debe ser pagada por él, como un mayor valor del material entregado, al precio de adquisición incluido IVA, afectado por un factor equivalente a los costos en que ETB incurrió por concepto de adquisición, transporte, almacenamiento y despacho de estos bienes, que para este contrato será de 13,01% sin detrimento de la aplicación de la póliza de manejo de materiales. Para tal efecto, el valor total determinado por este concepto será cobrado al CONTRATISTA mediante una cuenta de cobro en el plazo no mayor a 30 días a partir de su expedición, para lo cual el contratista se obliga a realizar el pago en la cuenta y en el plazo que se indique en el respectivo documento, para lo cual el contratista renuncia a todo requerimiento de constitución en xxxx.
3.21.2.10 El material que sea retirado cuando se realicen ajustes, se hagan reinstalaciones o se haga reposición de materiales y/o equipos, debe ser reintegrado en las dependencias que ETB defina. Este reintegro se debe hacer semanalmente (ETB podrá modificar dicha frecuencia, previo aviso al Contratista).
3.21.2.11 En el ejercicio de actividades que impliquen la reposición de materiales y/o equipos, el Contratista debe informar a ETB el motivo de dicho cambio y reintegrar una cantidad equivalente o superior a la consumida en la ejecución de dichos trabajos. En caso de que la cantidad de material o equipo reintegrado sea inferior a la suministrada por ETB el Contratista debe:
a) Para cada orden de servicio, justificar técnicamente de manera escrita ante el Supervisor, y/o quien este delegue, la cantidad no reintegrada, si el motivo de esta menor cantidad, es técnico.
b) Para cada orden de servicio, justificar por escrito la menor cantidad reintegrada y anexar los respectivos denuncios ante las autoridades competentes, en caso de que la causa de la reposición haya sido el hurto de cables y /o materiales. Estos valores deben ser asumidos por el contratista.
3.21.3 MATERIALES A CARGO DEL CONTRATISTA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
3.21.3.1 Los materiales y demás elementos que EL CONTRATISTA utilice para la ejecución de los trabajos incluidos en el objeto del contrato, deben cumplir con las especificaciones técnicas exigidas en los presentes términos de referencia, ser de primera calidad, aptos para transmisión de servicios contratados, apropiados al objeto para el que se destinen, y, en lo posible, corresponder a las últimas tecnologías de fabricación y uso. Entre los materiales a utilizar por
parte del CONTRATISTA se refieren a los relacionados a continuación sin limitarlos de acuerdo a la necesidad en cantidad y tipo que surja para el correcto aprovisionamiento de servicios:
Amarre plástico 10 cm |
Broca de tungsteno en diferentes diámetros |
Canaleta adhesiva de diferente denominación |
Cable plano para teléfono 4 hilos ( 2 pares) |
Espiral protector cable blanco y negro de diferentes denominaciones |
Cinta aislante |
Cinta auto fundente |
Funda plástica marquilla ref-308 |
Grapas plásticas cable RG6 |
Paños húmedos limpieza fibra óptica |
Pilas recargables |
Silicona en barra de ½ |
Vaselina industrial |
Cintillos |
Chazos con tornillo de ¼” |
Toma telefónica |
Amarre plástico de 10 centímetros negro nacional |
Amarre plástico de 20 centímetros blanco nacional |
Amarre plástico de 20 centímetros negro nacional |
Barra silicona |
Cinta adhesiva aislante color negro |
Grapa plástica para cable coaxial RG-6 y UTP xxxxxx |
Xxxxx plástica para cable coaxial RG-6 y UTP negra |
Tabla 4. Materiales que suministra el CONTRATISTA
3.21.3.2 Cuando lo prevean las especificaciones o la supervisión lo solicite, EL CONTRATISTA debe someter a la aprobación de aquella, los materiales que vaya a emplear en los trabajos, así como las fuentes de abastecimiento de los mismos. La Supervisión podrá rechazar dichos materiales, si con justa causa, los considera inadecuados. El material rechazado será retirado del lugar y debe remplazarse por el adecuado, y los trabajos defectuosos se corregirán satisfactoriamente, todo ello sin que haya lugar a pagos adicionales, ni a prórrogas. EL CONTRATISTA debe suministrar para inspección y pruebas pertinentes, muestras de los materiales, antes de ser utilizados, según selección que, de éstos, haga la supervisión. Ésta podrá exigir ensayos y pruebas adicionales para verificar la calidad de los trabajos o de los materiales que suministre EL CONTRATISTA, en caso de encontrar defectos en los trabajos o en los materiales, el costo que la corrección genere será a cargo de EL CONTRATISTA.
3.21.3.3 Toda actividad rechazada por deficiencia en los materiales empleados o por defecto de construcción debe ser reparada por EL CONTRATISTA, por su cuenta, dentro del plazo que fije a supervisión, sin que el gasto que esto implique pueda ser cargado al costo del contrato y sin afectar la programación de las demás actividades en ejecución.
3.21.3.4 El costo de la corrección de los servicios deficientes y/o del cambio de los materiales rechazados por la supervisión debe ser asumido por EL CONTRATISTA.
3.21.3.5 En relación con la calidad de los materiales, se aplicarán rigurosamente las normas y especificaciones de los términos de referencia. Se presentarán los protocolos de prueba del fabricante, y a la vez se practicarán pruebas en laboratorios acreditados a muestras tomadas en bodega, de lotes de tamaño y características determinados de acuerdo con las normas técnicas ICONTEC vigentes o equivalentes. ETB se reserva el derecho de solicitar muestras de todos los materiales antes de autorizar su utilización. Podrán ser rechazados los materiales si éstos se apartan de las especificaciones, sin que esto pueda dar lugar a reclamaciones de ninguna clase.
3.21.3.6 EL CONTRATISTA debe garantizar a ETB contra el riesgo consistente en que los bienes o materiales le sean suministrados o vendidos por él para el cumplimiento del objeto del contrato, no resulten aptos para el fin o para el servicio para el que fueron adquiridos, por culpa imputable al CONTRATISTA o al fabricante, como en el caso de vicios de fabricación o mala calidad de los materiales.
3.21.3.7 EL CONTRATISTA debe presentar, en el momento que ETB lo requiera, el certificado del Sistema de Aseguramiento de Calidad vigente del fabricante expedido por una institución debidamente acreditada en el país de origen.
3.22 CANTIDADES ESTIMADAS
3.22.1 Las cantidades estimadas para cada una de las actividades a contratar se incluyen en los anexos de cotización.
3.22.2 Por ser cantidades estimadas, éstas pueden presentar variación, aumentando o disminuyendo en el desarrollo del contrato y, por lo tanto, sus modificaciones no darán lugar a ninguna reclamación por parte de EL CONTRATISTA.
3.22.3 EL CONTRATISTA debe garantizar la correcta y oportuna prestación de los servicios objeto de los presentes términos de referencia de forma tal que se cumpla con los compromisos de ETB con sus clientes y su operación, cada una de las actividades incluidas en el objeto del contrato se establecerán de acuerdo a las cantidades estimadas, suministradas por ETB.
3.22.4 ETB podrá ordenar modificaciones en las cantidades de agendas a suministrar en el desarrollo de los servicios. Las mayores o menores cantidades se pagarán al mismo valor unitario pactado. En caso de variaciones significativas previstas, incluyendo la suspensión temporal o definitiva en la prestación de uno o más servicios solicitados por ETB durante la ejecución del contrato, ETB informará con 10 días calendario de anticipación a EL CONTRATISTA para que adelante las acciones necesarias con el fin de disponer del recurso realmente requerido en su operación y cumplir con el ANS establecido de Cumplimiento de agenda y capacidad asignada.
3.23 CONDICIONES PARA EL APROVISIONAMIENTO DE SERVICIOS DE VOZ, BANDA ANCHA E IPTV.
3.23.1 GENERALIDADES
3.23.1.1 EL CONTRATISTA debe ejecutar las labores contratadas dando estricto cumplimiento a la normatividad técnica y procedimientos exigidos por ETB de manera que no se vean
afectados servicios conectados a otros usuarios sobre los mismos elementos de red que las personas del Contrato intervienen. En caso por la ejecución de actividades de manera no conforme, ETB puede generar las cuentas de cobro correspondientes a los costos incurridos con ocasión a estas afectaciones.
3.23.1.2 EL CONTRATISTA debe y se obliga a dar cumplimiento a la norma técnica para el tendido de la red de abonado (Ver capítulo No. 8 “00308-R0-“Tendido Alambre telefónico de Acometida” incluido en el Anexo “Instructivos, formatos”.
3.23.2 DESCRIPCIÓN ACTIVIDADES PARA EJECUTAR EN EL PROYECTO. - RELACIÓN DE SERVICIOS OBJETO DE PAGO -
3.23.2.1 El CONTRATISTA debe efectuar la dimensión de recursos, materiales, personal y todo lo inherente para la correcta ejecución del objeto del contrato, de acuerdo a la información técnica de los términos de referencia, anexos técnicos y todo aquello que permita las mejores prácticas para lograr el alcance del proyecto.
3.23.2.2 Las actividades a ejecutar y que son objeto de pago se relacionan en la siguiente tabla “Actividades a ejecutar en aprovisionamiento”, las cuales se encuentran detalladas en el Anexo técnico “Descripción de actividades”:
ITEM | ACTIVIDAD |
APR TIPO6 | INSTALACIÓN DE xDSL COBRE/FTTC |
TRASLADO DE xDSL | |
APR TIPO7 | APROVISIONAMIENTO DE SERVICIOS POST-VENTA |
ADICION DE DATOS SOBRE LINEA BÁSICA EXISTENTE | |
ADICIÓN DE DATOS SOBRE IPTV EXISTENTE FTTC | |
APR TIPO8 | INSTALACIÓN DE LÍNEA BÁSICA, LINEA PBX |
TRASLADO DE LÍNEA BÁSICA, LINEA PBX | |
APR TIPO9 | INSTALACIÓN DE LINEA BASICA + xDSL |
TRASLADO DE LINEA BASICA + xDSL | |
APR TIPO10-1 | SERVICIO DE OPERACIÓN Y SOPORTE MDF INTERNOS Y EXTERNOS SIN MOVILIDAD Y SIN COMUNICACIONES |
APR TIPO10-2 | SERVICIO DE OPERACIÓN Y SOPORTE MDF INTERNOS Y EXTERNOS CON MOVILIDAD Y CON COMUNICACIÓN |
APR TIPO 11-1 | SERVICIO DE ANALISIS Y GESTION DE INFORMACIÓN |
APR TIPO 11-2 | SERVICIO DE APOYO EN CENTROS DE OPERACIÓN NIVEL I |
APR TIPO12 | SERVICIO DE ADMINISTRADOR MDF INTERNO |
APR TIPO13 | APROVISIONAMIENTO DE LINEA BÁSICA + xDSL + IPTV FTTC |
TRASLADO DE LINEA BÁSICA + xDSL + IPTV FTTC | |
ADICIÓN DE IPTV FTTC SOBRE LINEA BÁSICA + xDSL EXISTENTE | |
ADICIÓN DE DATOS CON ADICIÓN DE IPTV FTTC SOBRE LINEA BÁSICA EXISTENTE | |
APROVISIONAMIENTO SINGLE IPTV | |
APR TIPO32 | ADICION EQUIPO TERMINAL STB |
COBROS Y ADECUACIONES TIPO 1 | |
APR TIPO33 | COBROS Y ADECUACIONES TIPO 2 |
APR TIPO36 | TRABAJO ADICIONAL DE REDES INTERNAS A SOLICITUD DEL CLIENTE |
APR TIPO16 | MONTAJE Y COLOCACIÓN DE CAJA DE DISPERSIÓN DE 10 PARES - INSERCIÓN CON O SIN PROTECCIÓN |
MONTAJE Y COLOCACIÓN EN MURO DE CAJA DE DISPERSIÓN DE 10 PARES - INSERCIÓN CON O SIN PROTECCIÓN | |
APR TIPO17 | MONTAJE Y COLOCACIÓN DE CAJA DE DISPERSIÓN DE 20 PARES - INSERCIÓN CON O SIN PROTECCIÓN |
MONTAJE Y COLOCACIÓN EN MURO DE CAJA DE DISPERSIÓN DE 20 PARES - INSERCIÓN CON O SIN PROTECCIÓN | |
APR TIPO18 | COLOCACIÓN DE REGLETA DE 10 PARES - INSERCIÓN, PARA STRIP O PEDESTAL |
Tabla 5. Actividades a ejecutar en aprovisionamiento.
3.23.2.3 A continuación se indica el plazo de máximo de inicio del servicio contado a partir de la solicitud del SUPERVISOR en la tabla “Plazos de inicio por servicio solicitado”:
Tabla 6 “Plazos de inicio por servicio solicitado”.
Servicio | Cantidad de servicios | ||
1 a 20 Recursos | 21 a 50 Recursos | >50 Recursos | |
SERVICIO DE OPERACIÓN Y SOPORTE MDF INTERNOS Y EXTERNOS SIN MOVILIDAD Y SIN COMUNICACIONES (APR TIPO 10-1) | 15 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
SERVICIO DE OPERACIÓN Y SOPORTE MDF INTERNOS Y EXTERNOS CON MOVILIDAD Y CON COMUNICACIÓN (APR TIPO 10-2) | 15 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
SERVICIO DE ADMINISTRADOR MDF INTERNO (APR TIPO 12) | 20 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
*El contratista debe presentar un cronograma antes de 5 días hábiles para aprobación por parte del supervisor de ETB. Una vez aceptado el cronograma las fechas planteadas serán de estricto cumplimiento.
El incumplimiento de los plazos establecidos puede impactar directamente o indirectamente en el cumplimiento de los ANS, así como la falta de capacitación del personal dispuesto para la prestación del servicio, por lo cual, desde la administración del contrato se debe garantizar que los plazos referidos y el cronograma de ingreso de personal del CONTRATISTA, estén totalmente alineados con las metas establecidas por ETB; siendo éstas las que prevalecen para la disposición de los recursos por parte del CONTRATISTA para ejecutar las actividades solicitadas.
3.23.3 GESTIÓN DE INFORMACIÓN OPERATIVA PARA EL APROVISIONAMIENTO
3.23.3.1 El personal que designe EL CONTRATISTA como responsable de coordinar la ejecución de las actividades, debe recibir la información e indicaciones concernientes a las actividades a realizar, a través de la supervisión administrativa y técnica del contrato, designados por la Vicepresidencia de Infraestructura.
3.23.3.2 Las órdenes de trabajo, podrán ser consultadas en la página web o en el repositorio indicados por ETB o ser remitidas mediante correo electrónico. Dichas órdenes estarán identificadas con la zona a la cual pertenecen, de manera que EL CONTRATISTA pueda extraer los registros necesarios para darles cumplimiento en el área geográfica asignada por ETB.
3.23.3.3 Como política de calidad del servicio, ETB ofrece al cliente la posibilidad de escoger el día, jornada (mañana-tarde) o franja, para el cumplimiento de las instalaciones de sus productos, por lo tanto, el CONTRATISTA debe dar cumplimiento a las citas pactadas por ETB
con sus clientes, incluso teniendo horas específicas y franjas de llegada, según se determine y se oficialice de cara al comportamiento xxx xxxxxxx y tiempos propios de instalación, determinando el plazo para realizar la actividad asignada.
3.23.3.4 Las siguientes novedades se considerarán como justificación para el incumplimiento de la franja horaria, previa validación durante el proceso de conciliación
x. Xxxxx en el configurador de servicios, CONTACTOVAS, ETA Direct o la aplicación que ETB utilice para la actualización de visitas.
x. Xxxxx en el sistema de gestión o plataformas de servicio.
x. Xxxxx en el sistema de acceso a armarios o imposibilidad demostrada de ingreso a unidades remotas.
d. Cierres de vías de acceso al predio que impidan la movilidad.
e. Trabajos ejecutados por ETB.
f. Desabastecimiento de material suministrado por ETB.
x. Xxxxx en cualquier otro aplicativo sobre el cual ETB decida medir el cumplimiento de la franja horaria.
3.23.3.5 EL CONTRATISTA debe entregar un reporte de las citas que debió postergar o adelantar de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.23.3.4 (Consultas que deben estar disponibles) y de los inconvenientes para la actualización y/o llegada al predio por causas ajenas a EL CONTRATISTA.
3.23.3.6 El reporte de las novedades será entregado vía correo electrónico o mediante el alojamiento del respectivo archivo en un repositorio de acceso compartido con ETB a más tardar 60 minutos después de la finalización de la franja respectiva. Para las citas que EL CONTRATISTA postergó, en acuerdo con el cliente, el listado debe incluir adicionalmente la fecha y hora de la visita concertada con el cliente y el nombre del cliente con el que se acordó la visita. Esta cita estará sujeta a las mismas condiciones de cumplimiento y verificación por ETB, que la cita establecida en la orden de trabajo.
3.23.3.7 Desde la supervisión de ETB y al inicio del contrato se realizará un acta de entendimiento sobre la medición de los ANS del contrato, de tal manera, que el contratista tenga pleno conocimiento sobre los parámetros y aplicaciones de ETB sobre los cuales se realizará la correspondiente medición con el detalle requerido.
3.23.3.8 EL CONTRATISTA debe actualizar en el aplicativo de ETB y que indique EL SUPERVISOR del Contrato con el resultado de cada una de las citas de instalación.
3.23.3.9 Cuando, por razones imputables al cliente o por razones técnicas que no estén dentro de su alcance de solución (por ejemplo: daños en puertos en unidades remotas sin disponibilidad para cambio), y no sea posible atender de manera efectiva la instalación, el personal técnico obligatoriamente debe notificar al cliente el motivo que impide la instalación en la misma visita. Adicionalmente debe diligenciar en el aplicativo web (Ver numeral 3.16) la información adicional que EL SUPERVISOR y el mismo CONTRATISTA consideren necesaria para realizar el seguimiento y tomar los posibles correctivos.
3.23.3.10 EL CONTRATISTA debe registrar en su página web y en el aplicativo de ETB que indique EL SUPERVISOR del Contrato, cada cambio de elementos de red (vías) respecto de las indicadas en la orden de instalación según corresponda.
3.23.3.11 En caso de no ser posible la actualización en el aplicativo de ETB, EL CONTRATISTA debe notificar inmediatamente y generar un reporte diario a EL SUPERVISOR sobre estas novedades (la información requerida en este reporte será especificada por EL SUPERVISOR del contrato). En caso de detectar que EL CONTRATISTA incumpla con esta labor, EL SUPERVISOR podrá disponer de un recurso propio y transferirá al CONTRATISTA mediante cuenta de cobro los costos que esta actualización genere o se aplicará la multa establecida en el capítulo 1 de los presentes términos de referencia, sobre el valor de la facturación del mes en el que ocurran estas situaciones en caso que esta situación ocurra durante dos a más días en un mismo mes.
3.23.3.12 EL CONTRATISTA, debe realizar el diligenciamiento y recolección de firmas de documentos como: boletas de visita, contratos, formatos de control de material, formatos de consumo de material. EL CONTRATISTA debe hacer entrega de estos documentos al SUPERVISOR del Contrato, o a quien éste delegue, semanalmente, o en los plazos que éste le indique, atendiendo las condiciones establecidas por la ETB en el “Manual de Gestión Documental” del Anexo “Instructivos, manuales, resoluciones y formatos”
3.23.3.13 EL SUPERVISOR del contrato citará discrecionalmente a EL CONTRATISTA en el desarrollo del contrato, las cuales contemplaran las siguientes condiciones:
a. La asistencia es obligatoria para los representantes del contrato que EL SUPERVISOR indique.
b. Diligenciamiento de un acta donde se consignen resultados obtenidos, problemas que se hayan presentado y acciones emprendidas para mejorar el desempeño de las actividades contratadas.
c. De acuerdo con la dinámica propia del proceso contratado, en las reuniones de seguimiento, serán comunicados los cambios introducidos por parte de ETB. En este mismo escenario, EL CONTRATISTA podrá proponer acciones de mejora, que podrán ser implementadas siempre y cuando EL SUPERVISOR del contrato las haya aprobado.
d. En esta reunión deben participar los representantes de ETB solicitados por EL SUPERVISOR del contrato.
3.23.3.14 EL CONTRATISTA debe suministrar información sobre las actividades del Contrato cada vez que EL SUPERVISOR lo requiera
3.23.3.15 EL CONTRATISTA debe suministrar al SUPERVISOR la información producto de la investigación de situaciones asociadas al comportamiento del personal contratado por el contratista, presentadas durante la ejecución de los servicios contratados y que generen reclamaciones por parte de clientes o terceros. Se exige cumplimiento máximo de 24 horas para el envío de esta información. En caso de que por causas ajenas a él, no sea posible cumplir con la investigación dentro del plazo definido, EL CONTRATISTA debe solicitar a EL SUPERVISOR la ampliación de este lapso, la supervisión determinará si se concede y hasta cuándo.
3.23.3.16 EL CONTRATISTA debe reportar a EL SUPERVISOR del contrato todas aquellas novedades imprevisibles que hayan impedido el cumplimiento de la agenda y no sean imputables a él (lluvia, orden público, fallos en sistemas de ETB, etc.). Este reporte debe ser enviado dentro de la hora siguiente al inicio de la novedad en formato de hoja de cálculo de Microsoft Excel con los siguientes campos:
a. Fecha reporte
b. Hora inicio afectación
c. Hora finalización afectación
d. Central/Nodo afectado
e. Distritos/Unidades remotas afectadas
f. Órdenes afectadas (número de solicitud u orden)
g. Tipo de novedad
h. Descripción
3.23.3.17 Las novedades que no sean reportadas de la manera requerida, no podrán ser tenidas en cuenta.
3.24 CAPACIDAD OPERATIVA DEL CONTRATISTA
3.24.1 El contrato que llegare a celebrarse se ejecutará mediante órdenes de trabajo emitidas por ETB de acuerdo con la variación de la demanda, una vez firmada la orden de inicio, el contratista adjudicado debe disponer de los recursos necesarios para el cumplimiento de 200 agendas diarias de aprovisionamiento desde el primer día (los cupos deben ser cubiertos en su totalidad por el CONTRATISTA); esto en concordancia con la atención de nuevos clientes y/o modificación de servicios ya adquiridos, para lo cual el CONTRATISTA debe organizar, administrar y gestionar todos los recursos necesarios para garantizar la ejecución de actividades exitosas de aprovisionamiento de accesos de voz, accesos de datos, servicios sobre IP y actividades de adecuación de redes internas, en los niveles de calidad y tiempos de atención requeridos por ETB. Las ordenes de trabajo que ETB entrega al CONTRATISTA, se extraen de ETA Direct, Configurador de Servicios (CFG), CONTACTOVAS o la herramienta equivalente de ETB, para lo cual, se le permite acceso al CONTRATISTA a la web.
3.24.3 Para el registro del cumplimiento de órdenes de instalación, EL CONTRATISTA debe disponer de la Aplicación Web para Gestión de Órdenes de Aprovisionamiento descrita.
3.24.4 Diariamente, incluyendo días feriados, EL CONTRATISTA debe remitir un informe, de órdenes cumplidas, que contenga la información solicitada por EL SUPERVISOR del contrato.
3.24.5 Las actividades contratadas, se pagarán por actividad exitosa debidamente entregada a los clientes y cerradas en Configurador de Servicios (CFG), ETA Direct o herramienta equivalente.
3.24.6 ETB podrá ordenar modificaciones en las cantidades de agendas a suministrar en el desarrollo de los servicios. Las mayores o menores cantidades se pagarán al mismo valor unitario pactado. En caso de variaciones significativas previstas, incluyendo la suspensión temporal o definitiva en la prestación de uno o más servicios solicitados por ETB durante la ejecución del contrato, ETB informará con 20 días calendario de anticipación a EL CONTRATISTA para que adelante las acciones necesarias con el fin de disponer del recurso realmente requerido en su operación y cumplir con el ANS establecido de Cumplimiento de agenda y capacidad asignada
3.25 CONFIRMACION DE AGENDA
3.25.1 EL CONTRATISTA previa autorización de la supervisión ETB, podrá llamar al cliente el día anterior o el mismo día en que se tiene una agenda, confirmando la atención a la visita del técnico de instalaciones, indicando la fecha y hora en que lo visitara; para realizar este procedimiento se suministrara el número de teléfono de contacto del cliente. En caso que el cliente no pueda atender la visita se podrá realizar reagendamiento de las órdenes de servicio, toda interacción con el cliente deben quedar registradas en el aplicativo del CONTRATISTA, siendo fácilmente auditables por ETB.
3.25.2 Dentro de las actividades de confirmación y una vez notificado por la supervisión ETB, EL CONTRATISTA debe confirmar telefónicamente con los clientes las citas pactadas, pudiendo acordar adelantar la cita para el cumplimiento de la orden de servicio. Como registro del acuerdo con el cliente EL CONTRATISTA debe grabar la llamada correspondiente.
3.25.3 En caso de no ser posible la confirmación de la cita pactada por ETB con el cliente o no se pueda cumplir con la instalación del servicio (por causa del cliente), EL CONTRATISTA debe concertar con el cliente citas adicionales hasta que se logre dicha instalación o el cliente decline la solicitud. EL CONTRATISTA debe guardar el registro de las llamadas realizadas en cumplimiento de este numeral. Esta actividad debe ser explícitamente autorizada por ETB.
3.25.4 En caso de no ser posible la confirmación de la cita pactada por ETB con el cliente o no se pueda cumplir con la instalación del servicio (por causa del cliente), EL CONTRATISTA debe concertar con el cliente citas adicionales hasta que se logre dicha instalación o el cliente decline la solicitud. EL CONTRATISTA debe guardar el registro de las llamadas realizadas en cumplimiento de este numeral. Esta actividad debe ser explícitamente autorizada por ETB.
3.25.5 EL CONTRATISTA debe entregar un reporte día vencido y acumulado dentro de cada mes del resultado de la gestión de la confirmación realizada; allí se debe registrar de manera detallada y con las tipologías que se acuerden, las agendas confirmadas y también los pedidos No confirmados con sus motivos de no aceptación de la visita.
.
3.25.6 Los pedidos sobre los cuales no hubo contacto deben ser visitados.
3.25.7 Sobre las bases a Confirmar, se debe tener una efectividad de contacto mínima del 85%, y sobre los pedidos Confirmados se requiere una Tasa de Conversión de Ventas mínima del 82%. (Se entiende tasa de Conversión como: Altas Completadas en el Mes / Solicitudes únicas cobertura A ingresadas en el Mes).
3.25.8 Se da la posibilidad que el CONTRATISTA puedan hacer convenios con canales de ventas para instalar bajo el proceso de inmediatas (calle) y guiada (call, Retail).
3.26 ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIO (ANS) PARA EL APROVISIONAMIENTO DE SERVICIOS DE COBRE Y FTTC ZONA1.
De acuerdo con los rendimientos y actividades requeridas dentro del periodo a evaluar, se determinan los siguientes acuerdos de niveles de servicio (ANS), por operación:
3.26.1 ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIO
En la siguiente tabla se establecen los ANS para la prestación de los servicios de aprovisionamiento:
TABLA 7. Detalle de Acuerdos de niveles de servicio Aprovisionamiento:
Efectividad de la Instalación | Cantidad de solicitudes aprovisionadas con estado exitoso en los aplicativos de ETB en el mes, respecto a la cantidad de visitas de aprovisionamiento asignadas al contratista. Las solicitudes de aprovisionamiento de servicios no instaladas por causal Técnica, Comercial y Cliente serán descontadas de la medición del indicador. Meta>=85% Para el primer mes de operación Meta>=92% Para el segundo mes de operación Meta>=98% A partir del Tercer mes de operación |
Fuente Efectividad de la Instalación: todas las órdenes de trabajo de aprovisionamiento exitoso registradas en las aplicaciones ETA DIRECT, CONFIGURADOR DE SERVICIOS, así como las no exitosas, donde se determina la causal de aplazamiento y son extraídos directamente de las mismas aplicaciones. Para la medición del indicador se tomará como la cantidad de visitas asignadas a lo determinado por la capacidad de cupos requeridos por ETB o la agenda real del día sin que lo segundo (agenda del día) supere los cupos requeridos por ETB, de tal manera que se encuentran las ordenes asignadas a los técnicos y las pendientes por asignar en las zonas geográficas donde tenga directa intervención y responsabilidad. En caso de existir causa de fuerza mayor asociadas a caídas de plataforma, desabastecimiento de materiales, paros que afecten la movilidad, que impidan su cumplimiento, deben ser relacionadas mediante archivo a la supervisión el mismo día del evento para que sean tenidas en cuenta en el proceso de conciliación. Causal Técnica: Fallas que impiden el aprovisionamiento de servicios atribuibles a plataformas e infraestructura construida, con informes detallados por parte del proveedor como soporte del motivo de la no instalación. Causal Cliente: Todas los pedidos no exitosos atribuibles a que el cliente no acepte el servicio y ducterias obstruidas a nivel de red interna en el predio del cliente. Causal Comercial: Todos los pedidos no exitosos atribuidos al proceso de venta (Ventas no confirmadas y errores de ingreso en el pedido). | |
[ ] [ ] |
Cumplimiento de agenda y capacidad Asignada. | Cantidad de visitas realizadas por el proveedor, con base en las capacidades asignadas (metas entregadas por ETB en capacidad de agenda). ETB determinará la capacidad de cupos requerida hacia el proveedor, quien a su vez determinará el dimensionamiento de recursos con base en los indicadores estratégicos y las políticas de calidad de servicio (franjas de llegada y cumplimiento). Las solicitudes gestionadas deben estar alineadas las franjas establecidas. Esto es: una solicitud visitada en una franja diferente a la inicialmente pactada con el cliente o no visitada, por razones atribuibles al proveedor y su capacidad, serán descontadas del numerador del indicador. Meta>=85% para el primer mes de operación Meta>=92% para el segundo mes de operación Meta>=98% A partir del tercer mes de operación |
Fuente Capacidad: las aplicaciones ETA DIRECT, CONFIGURADOR DE SERVICIOS donde se registra diariamente el resultado de las visitas realizadas por el contratista y las notificaciones oficiales desde la supervisión ETB con respecto a los cupos para la atención de solicitudes. Si por causa de ETB la cantidad de solicitudes entregadas al Contratista es menor a la capacidad requerida, para los días en que ocurra este evento, será tenido en cuenta para determinar este valor en el denominador. ETB oficializará de manera anticipada la capacidad requerida. | |
[ [
[ ]
|
3.26.2 El contratista debe garantizar la calidad de la instalación de los servicios dentro de los plazos establecidos. Los servicios se deben aprovisionar bajo las condiciones y estándares de calidad exigidos en los términos de referencia. Si dentro de los 60 días siguientes a la instalación el cliente reporta fallas de cualquier índole el contratista debe realizar la visita y efectuar la reparación correspondiente dentro del plazo estipulado y en la agenda establecida en los sistemas corporativos de ETB según aplique (en la fecha y franja horaria definida con el cliente), sin que tal situación genere costo alguno para ETB.
3.26.3 Para los casos en que el contratista gestiona los reportes xx xxxxx en el periodo de garantía (60 días), ETB descontará el 25% del precio de la actividad con ocasión a los costos en que incurre por la recepción, gestión y cierre de cada reclamo o reporte xx xxxxx hacia el contratista.
3.26.4 En el evento en que el contratista no atienda la reparación por garantía dentro de los plazos establecidos, se configura un incumplimiento parcial del contrato teniendo en cuenta que la obligación se cumplió de manera imperfecta y por tanto, ETB descontará el 100% del precio de la actividad y dará lugar a la aplicación a las sanciones contractuales y de perjuicios
3.26.5 En el evento en que el servicio aprovisionado por el contratista continúe presentando fallas dentro del período de garantía luego de prestado el servicio de garantía por parte del contratista, ETB podrá enviar a otro contratista o personal de ETB para atender el requerimiento del cliente de manera definitiva y en éste caso se entiende que el contratista
incumplió la obligación por prestar el servicio de manera imperfecta ; por tanto, aplica el descuento del 100% del precio de la actividad y dará lugar a las sanciones contractuales y de perjuicios
3.26.6 El contratista debe contar con la capacidad operativa suficiente para la gestión y atención de reportes xx xxxxx en periodo de garantía, teniendo en cuenta para los productos de ETB donde hay agendamiento, se debe garantizar el cumplimiento en la franja y hora pactada con el cliente, partiendo que no se tiene una distribución homogénea en el comportamiento de las agendas (cupos) de cada franja y día.
3.26.8 El incumplimiento de lo establecido en el numeral 3.26.7 determinará que EL CONTRATISTA debe emitir una respuesta oficial en un tiempo no mayor a 24 horas hábiles a partir de solicitud realizada por EL SUPERVISOR del contrato. Así mismo, EL CONTRATISTA debe compensar económicamente a ETB, mediante cuenta de cobro en el plazo no mayor a 30 días a partir de su expedición, los gastos en que ETB tenga que incurrir a causa del hecho y para restablecer el servicio a los clientes afectados (el existente y al que se realizó la instalación); tales como ampliación de la red, compensaciones por indisponibilidad del servicio, sanciones, etc, para lo cual el contratista renuncia a todo requerimiento de constitución en xxxx
3.26.9 Está prohibido utilizar infraestructura no autorizada por ETB en su normatividad técnica. Las excepciones en el cumplimiento de la norma deben contar con la autorización del SUPERVISOR del contrato.
3.26.10 EL CONTRATISTA debe compensar a ETB con el valor de la actividad de la instalación si, al tender la red de abonado o acometida, hace uso de la infraestructura de empresas prestadoras de servicio con las cuales no se tiene contrato o convenio o sin la autorización expresa del SUPERVISOR del Contrato o no se cumple con las normas básicas de instalación. EL CONTRATISTA debe realizar las correcciones necesarias de acuerdo a lo indicado por EL SUPERVISOR del contrato y debe asumir el costo de la corrección y de los costos por uso de infraestructura que se generen hasta que esta se complete
3.26.11 En la tabla a continuación se define la ponderación de cada uno de los ANS para el cálculo del nivel de cumplimiento de los ANS de aprovisionamiento por parte del proveedor.
TABLA 8. Ponderación de Acuerdos de Niveles de Servicio
TABLA PARA EL CALCULO DE CUMPLIMIENTO DE ANS DEL PROVEEDOR | |
ANS APROVISIONAMIENTO | PESO % |
Efectividad de la Instalación | 60% |
Cumplimiento de agenda y capacidad asignada | 40% |
TOTAL | 100% |
Se aclara que el valor del indicador operativo de la tabla 8 es proporcional al resultado de cada uno de los ANS.
3.27 RECONOCIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES EJECUTADAS
3.27.1 La facturación de las actividades ejecutadas por el CONTRATISTA, debe soportarse ante el SUPERVISOR, al siguiente día hábil de la ejecución de las actividades, mediante un reporte diario con las actividades y material consumido con el fin de que la conciliación se mantenga actualizada, para la generación oportuna de las correspondientes actas de soporte de radicación de facturas. Adicionalmente el contratista debe anexar un CD con la relación de todo el material consumido discriminado para cada una de las actividades exitosas objeto de pago.
3.27.2 Presentar acta mensual total que contenga como mínimo: cantidad discriminada de cada una de las actividades exitosas realizadas durante el periodo, valor unitario, IVA, valores totales, valor total a facturar y descuentos por ANS. Adicionalmente el contratista debe anexar un CD con la relación de todo el material consumido discriminado para cada una de las actividades exitosas objeto de pago.
3.27.3 La supervisión o quien haga sus veces hará mensualmente la medición y cómputo de las cantidades de servicios prestados, las cuales debe registrar en un acta de recibo mensual que se elaborará de acuerdo a lo establecido al inicio del contrato.
3.27.4 La diferencia de las cantidades de material reportado vs lo instalado, según lo verificado desde la supervisión de ETB, debe ser reconocida por el contratista mediante una cuenta de cobro para lo cual el contratista se obliga a realizar el pago en la cuenta y en el plazo que se indique en el respectivo documento.
3.27.6 Actualización del resultado de la visita. ETB descontará el 15% del valor de la actividad como sanción por xxxx por cada una de las visitas atribuibles a causales técnicas y cierres exitosos que EL CONTRATISTA no actualice en los aplicativos definidos por ETB, el resultado de la visita el mismo día del agendamiento o lo actualice incorrectamente. La aplicación del descuento no exime al CONTRATISTA de su obligación de actualizar las visitas en que no se cumplió este requisito.
3.27.7 Servicios no facturados por incumplimientos o demoras en las actualizaciones. Para el caso de visitas de aprovisionamiento en que, por falta de actualización en sistemas ETB, los servicios aprovisionados no puedan ser facturados al cliente, EL CONTRATISTA debe compensar económicamente a ETB el 100% de los gastos en que ETB tenga que incurrir a causa del hecho incluyendo la facturación que no pueda cobrarse al cliente, es decir casos que estén en libres con marcaciones, sanciones causadas por reclamación del cliente y cualquier otro que afecte la facturación. El valor de la compensación podrá ser descontada de la facturación mensual o debe ser pagada mediante la respectiva cuenta de cobro.
3.27.8 Manejo de la documentación. En los casos en que EL CONTRATISTA incumpla los procedimientos y disposiciones establecidas en el numeral 3.15, se descontará el 1,5% del valor de la facturación del mes en que se dio lugar al incumplimiento.
3.27.9 Incumplimientos en procedimientos y control de materiales. En los casos en que EL CONTRATISTA incumpla los procedimientos y control de materiales establecidos se descontará el 1,5% del valor de la facturación del mes en que se dio lugar al incumplimiento por concepto de gastos de bodegaje y administrativos.
3.27.10 Actualización del resultado de la visita. ETB descontará el 15% del valor de la actividad
por cada una de las visitas que EL CONTRATISTA no actualice en los aplicativos definidos por ETB el resultado de la visita el mismo día del agendamiento o lo actualice incorrectamente (aplica incluso en lo concerniente a la información de materiales y equipos utilizados en cada aprovisionamiento). La aplicación del descuento no exime al agente de su obligación de actualizar las visitas en que no se cumplió este requisito.
3.27.11 La fecha xx xxxxx para la liquidación mensual será establecida por la supervisión del contrato.
3.27.12 El acta de mensual de pago de servicios incluirá como mínimo:
a. Objeto y número del contrato.
b. Nombre e identificación del contratista.
c. Fecha de efectuado el corte y período en que fue ejecutada las actividades.
d. Proyecto de inversión y actividad al que corresponden los proyectos facturados.
e. Cantidad de actividad a pagar con el tipo y valor correspondiente
f. Será firmada por el contratista y el supervisor o quien haga sus veces.
g. El valor total del acta debe escribirse en números y en letras
3.27.13 El cálculo y la evaluación de los ANS se realizará con corte a la fecha de facturación de cada periodo. El nivel de cumplimiento de los ANS dará lugar al reconocimiento para el pago mensual del periodo correspondiente. Para determinar el nivel de cumplimiento de las actividades de aprovisionamiento se compara el valor obtenido de la evaluación de los ANS con los rangos de la siguiente tabla “Resultado final evaluación de los ANS”:
Tabla 9. Resultado final evaluación de los ANS:
RESULTADO DE EVALUACIÓN DE ANS | PORCENTAJE A RECONOCER DE LA FACTURACIÓN POR CUMPLIMIENTO DE ANS |
100%≥98% | 100% |
<98% y ≥90% | 97.5% |
<90% y ≥80% | 95.0% |
<80% y ≥70% | 90.0% |
3.27.14 El valor del RECONOCIMIENTO por cumplimiento de ANS será el establecido en la Tabla 9. Resultado final evaluación de los ANS, si el desempeño en la ejecución del CONTRATISTA en un periodo de facturación dado se encuentra por debajo del 70%, se aplicará la multa establecida en el capítulo 1 del presente documento sobre el valor de la facturación del mes correspondiente.
3.27.15 La recurrencia de dos (2) meses consecutivos, o de tres (3) meses no consecutivos durante la vigencia del CONTRATO, con un nivel de desempeño por debajo del 70% podrá ser causal de terminación del mismo.
3.28 PLAN DE INCENTIVOS AL PERSONAL DE APROVISIONAMIENTO
El OFERENTE debe presentar con su oferta el plan de incentivos orientado hacia el personal técnico del contratista en terreno que implementará con el objeto de aumentar la línea productiva o efectividad de las altas de los servicios (aprovisionamientos). Este incentivo debe ser un complemento xxx xxxxxxx base establecido en razón a la cantidad del trabajo realizado y a
que se alcancen las metas de efectividad y las alternativas implementadas deben ser de directo beneficio del personal técnico.
3.29 GARANTÍA DE INSTALACIÓN DE LOS SERVICIOS DE APROVISIONAMIENTO
3.29.1 Definición: se entiende por reporte xx xxxxx imputable a la instalación o trámite de aprovisionamiento, aquel que:
a) Se genere un reporte xx xxxxx en el servicio durante los 60 días siguientes a la fecha de ejecución del trabajo y la falla que se identifique fuese ocasionada por EL CONTRATISTA de acuerdo a la tabla de códigos de cierre de los reportes xx xxxxx atribuibles a la instalación, por ejemplo empalmes no conformes a la norma técnica en diferentes puntos de conexión como caja de dispersión, acometida, red interna etc.; utilización de material no apto para el aprovisionamiento; servicio cruzado con otro cliente, problemas en la red interna del cliente que es donde debe garantizar el servicio, entre otros.
b) La documentación asociada al trámite (p.e. boleta de instalación) que no haya sido entregada por EL CONTRATISTA o haya sido entregada sin la firma de recibo a satisfacción por parte del cliente o los datos de nombre y cédula de quien recibió el servicio no sean legibles.
c) No tenga registrada la prueba técnica en el sistema GPNBA (ver anexos técnicos, “003-0619-R0-Realizar pruebas en GPNBA” )
d) La fecha y hora ejecución del trabajo no esté asociada a las xxxxxxxxx xx xxxxxx en GPNBA.
e) Cualquier reclamación generada a fallas o deficiencias en el protocolo de entrega y demostración de servicios, que ocasione una llamada de soporte o un reporte xx xxxxx.
f) Por cualquier reporte xx xxxxx, petición, queja o reclamo asociado a inconvenientes con el trabajo ejecutado por EL CONTRATISTA, durante la vigencia de la póliza de calidad del contrato.
g) Por cualquier trabajo ejecutado sin el cumplimiento de la normatividad técnica y procedimientos de ETB. Estos casos podrán ser reportados al CONTRATISTA para su solución durante la vigencia de la póliza de calidad del contrato.
3.29.2 El CONTRATISTA debe realizar un cierre de ciclo para los aprovisionamientos realizados con dos días de posterioridad a la fecha de instalación y registrarlo en su aplicación, esta actividad se puede hacer vía telefónica en horarios de 08:00 AM a 09:00 PM, con el fin de hacer control de calidad sobre los trabajos realizados. El CONTRATISTA debe asegurar el contacto del 100% de los aprovisionamientos realizados y aquellos clientes que no se localicen vía telefónica después de varios intentos, deberán tener visita de auditoria por el mismo contratista validando el cumplimiento normativo del aprovisionamiento. Así mismo, el Contratista debe implementar controles de calidad asociados al cierre de la visita y entrega de servicios al cliente.
3.29.3 En caso de detectarse FRAUDE asociado a suplantación de firmas o cliente, aprovisionamientos con documentación falsa o sin documentación, aprovisionamientos en direcciones diferentes a las registradas en los sistemas corporativos de ETB, aprovisionamientos con registros exitosos en sistemas corporativos pero no reales en predios de cliente, aprovisionamientos en sectores o predios vetados por ETB y reportados al CONTRATISTA, entre otros que se puedan tipificar como tal, la SUPERVISION de ETB realizará el cobro mediante cuenta de cobro en el plazo no mayor a 30 días a partir de su
expedición, del 100% del valor de la actividad, además los valores asociados a los materiales y equipos suministrados por ETB, y lo costos atribuibles a la tasación por consumo de los servicios aprovisionados por el contratista hasta el retiro o suspensión de los mismos, para lo cual el contratista renuncia a todo requerimiento de constitución en xxxx.
3.29.4 Está prohibido suspender o afectar un servicio activo para instalar uno nuevo. En las instalaciones en la cuales se utilizó la red o se afectó de cualquier otra forma el servicio de otro cliente activo, se dará la instalación por no realizada y en consecuencia se descontará de la factura mensual de servicios.
3.29.5 Está prohibido utilizar infraestructura no autorizada por ETB en su normatividad técnica. Las excepciones en el cumplimiento de la norma deben contar con la autorización del SUPERVISOR del contrato.
3.29.6 EL CONTRATISTA debe compensar a ETB con el valor de la actividad de la instalación si, al tender la red de abonado, hace uso de la infraestructura de empresas prestadoras de servicio con las cuales no se tiene contrato o convenio o sin la autorización expresa del SUPERVISOR del Contrato o no se cumple con las normas básicas de instalación. EL CONTRATISTA debe realizar las correcciones necesarias de acuerdo a lo indicado por EL SUPERVISOR del contrato y debe asumir el costo de la corrección y de los costos por uso de infraestructura que se generen hasta que esta se complete.
3.30 CALIDAD EN EL DILIGENCIAMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN DEL SERVICIO DE APROVISIONAMIENTO
3.30.1 Como constancia de la realización de las visitas , EL CONTRATISTA debe hacer entrega a ETB de los documentos indicados en los procedimientos establecidos, máximo 15 días después del mes de realizada la instalación, cumpliendo las condiciones establecidas por ETB en los presentes términos de invitación y en el “Manual de Gestión Documental” del Anexo “Instructivos, manuales, resoluciones y formatos” garantizando que exista la firma de recibo a satisfacción por parte del cliente y que los datos de nombre y cédula de quien recibió el servicio sean legibles.
3.30.2 La veracidad del reporte de una instalación registrada como exitosa en los sistemas de información, se determinará mediante la verificación de la boleta de instalación, la cual contiene información de los elementos entregados y la firma del cliente que certifica el recibo a satisfacción del (de los) servicio(s) instalado(s). La información de los elementos debe ser registrada mediante una etiqueta con el código xx xxxxxx del elemento.
3.30.3 EL CONTRATISTA debe compensar a ETB con (1/3) del valor de la actividad de instalación, en caso de comprobar reportes no reales tales como: eventos considerados como fuerza mayor sin justificación, reportes con números de tiquetes falsos, aplazamientos o declinaciones falsas con causales que no correspondan a la realidad, reporte de instalaciones exitosas no realizadas y diligenciamiento de contratos de cliente y boletas de visita e instalación en forma dolosa.
3.31 CONTROL DE CALIDAD EN LOS TRABAJOS DE CABLEADO INTERNO.
3.31.1 EL CONTRATISTA debe ejecutar los trabajos con excelente calidad y suministrar los materiales certificados que cumplan con las especificaciones entregadas por ETB y que a la vez satisfagan las necesidades de cada cliente en particular. ETB controlará, a través de la supervisión, que se esté cumpliendo con la calidad en los siguientes aspectos:
3.31.1.1 Para los casos de aprovisionamiento de Servicios de Voz, XDSL, VoIP, y IPTV el contrato debe contar con el personal calificado que garantice el óptimo servicio, mediante la realización de pruebas eléctricas y de transmisión requeridas propias a cada servicio.
3.31.1.2 En el Strip, se deben ubicar convenientemente las regletas necesarias y ejecutar los pases en forma apropiada, definiendo claramente la ruta del cable y las conexiones bien efectuadas. Se debe dejar una longitud de cable suficiente para prevenir su posterior mantenimiento. Todos los pares deben ser identificados convenientemente. Se debe dejar el lugar en correcta disposición, absoluto estado de estética y aseo. Ver los anexos de strips telefónicos. En ningún caso se podrán emplear regletas o elementos de conexión de tornillo.
3.31.1.3 En caso de ser necesaria la intervención puntual con obra civil menor sobre la ductería de la red interna existente y/o que por razones técnicas sea necesario remplazar las tuberías, construir regatas, instalar canaletas soportadas, etc. EL CONTRATISTA podrá o no efectuar todas las anteriores labores, comprometiéndose a causar el menor impacto al cliente, utilizar los materiales apropiados, dejar los acabados conforme a lo encontrado en el sitio, realizar las labores en el menor tiempo posible y mantener siempre el lugar en estado de limpieza y aseo.
3.31.1.4 En los predios, se debe garantizar la honestidad y correcta representación de ETB. Se asume que el ingreso a los predios de personal de EL CONTRATISTA, se realizará previa autorización expresa del cliente o persona (mayor de edad) responsable del inmueble, lo cual obliga a que las labores se ejecuten en el menor tiempo posible, causando el menor impacto al cliente y a su intimidad. Finalmente el personal contratados por el CONTRATISTA debe dejar el sitio en óptimas condiciones de orden y aseo.
3.31.1.5 Verificar que el cliente haya sido bien atendido y esté satisfecho, no sólo con los trabajos, sino también con la información que le entregó EL CONTRATISTA, ya que éste representa en todo momento a ETB.
3.31.1.6 En la fachada de una casa o del strip, se debe verificar que se utilice una grapa cada 50 cm, que el cable esté estéticamente bien instalado, que las conexiones y los pases en el strip estén bien organizados y que estén bien hechas las conexiones.
3.31.1.7 Cuando se trate del interior de un predio, se debe verificar que se utilice silicona, grapas cada 50 cm y que el cable esté estéticamente bien instalado.
3.31.1.8 Todas las conexiones, independientemente del punto donde se ejecuten, deben ser realizadas mediante elementos de conectorización adecuados, aptos para la transmisión de servicios de voz y datos (Ver documentos 012-018, 012-019, 012-527 y 012-341 en Normas técnicas de los anexos). En ningún caso se aceptarán las conexiones realizadas mediante entorche de los alambres.
3.31.1.9 La realización de trabajos sin el cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en el numeral 3.31, determinará la suspensión inmediata de la actividad donde se detecte el incumplimiento, sin perjuicio de la obligación de EL CONTRATISTA de ejecutar o corregir la labor ejecutada y de cumplir con las agendas pactadas.
3.32 REUNIONES DE SEGUIMIENTO
3.32.1 Comités operativos: deben asistir los profesionales designados por ETB, encargados de la generación y seguimiento de cada uno de los proyectos; el supervisor del contrato; ingenieros residentes del contratista y demás personas cuya asistencia sea requerida por el Supervisor de ETB.
3.32.2 Comités directivos: debe asistir el supervisor del contrato de ETB, el Director del área de aprovisionamiento, el Director de proyecto y el Supervisor de proyecto del contratista y demás personas cuya asistencia sea requerida por el Gerente o Director de aprovisionamiento.
3.33 PERMISOS
3.33.1 Los permisos para la ejecución de los trabajos serán responsabilidad del contratista con excepción de los permisos para el acceso a los sitios donde se aloja infraestructura ETB, casos en cuáles serán gestionados a través del Supervisor del Contrato.
3.33.2 Los permisos de acceso a los sitios donde se aloja infraestructura ETB, deben ser solicitados al supervisor mediante requerimiento escrito siguiendo los procedimientos establecidos. Los permisos de acceso a esta infraestructura para el personal del contratista, se deben renovar mensualmente y en caso que el contratista cambie su personal, este debe informar inmediatamente al supervisor para suspender los permisos activos.
3.33.3 El contratista debe realizar el trámite del Plan de Manejo de Transito (PMT) en los casos en que la reglamentación distrital lo exija.
3.33.4 Los permisos para las propiedades horizontales deben tener una tratamiento adecuado de cara a cada administrador, de tal manera que se pueda contar con gestores que informen y controlen las actividades de cada uno de los grupos de trabajo y sean un canal para el reporte de cualquier situación anómala o coordinación de actividades, que permita una solución pronta y efectiva hacia cada predio, incorporando un procedimiento de presentación en caso de realizar cambios a nivel de gestores durante las etapas de construcción y conectividad de los hogares, asumiendo y gestionando de manera anticipada los diferentes trámites que sean requeridos desde cada propiedad horizontal.
3.34 DEFINICIONES
3.34.1 Alambre de Bajada (Neoprén)
Alambre telefónico utilizado para proveer el servicio principalmente desde el bloque terminal ubicado en postes, fachadas y strip, este elemento de red puede incluso llegar a formar parte o ser la red interna del cliente.
3.34.2 Cableado de interconexión xx xxxxx
Cable bifilar o multipar (de acuerdo a demanda) que conecta el strip ubicado en un punto cercano al bloque xx xxxxx y la caja de acometida ubicada en cada casa, utilizando la canalización interna o sujeta a las fachadas existentes.
3.34.3 Cableado de interconexión de edificios
Cable multipar para uso exterior (relleno de 10 pares o más, de acuerdo a la demanda) que va desde el strip principal a los strips parciales, ubicados en cada edificio. Este cable debe estar instalado por la canalización interna o por otra ruta siempre y cuando el cliente y la administración (de ser necesario) lo autoricen.
3.34.4 Cableado principal
En edificios, es el cable multipar para uso interior, de capacidad igual ó mayor de 10 pares, que va desde el strip del edificio hasta las cajas de distribución de piso o strips parciales. Este cable se instala por la ductería interna de la edificación.
3.34.5 Cableado secundario
Cable multipar para uso interior, de capacidad menor a 10 pares, que va desde la caja de distribución final o caja de acometida aérea, hasta la toma telefónica principal de cada
apartamento, local, oficina o vivienda.
3.34.6 Caja de distribución final
Caja de dimensiones aproximadas de 10cm * 15cm, conectada por un lado con la ductería hasta el strip y por el otro lado a cada apartamento, local u oficina. En esta caja se alojan las regletas telefónicas de distribución.
3.34.7 Caja mural de acometida aérea
Caja de referencia 5800 ó caja de 10 por 15 cm aproximadamente, empotrada en la fachada de la casa a una altura aproximada de 2.20 mts. sobre el nivel del piso, conectada por ductería a la toma telefónica principal o a la toma principal de la casa. Para casos donde no existen postes, esta caja está conectada por ductería a la canalización en la caja de paso.
3.34.8 Canalización interna
Conjunto de elementos tales como ductería y cajas de paso que, ubicados bajo la superficie del terreno, sirven de alojamiento al cableado interno. Puede conectar casas o edificios.
3.34.9 Derivación
Punto de conexión en la toma telefónica secundaria y cuya red se encuentra conectada en paralelo con otra toma telefónica.
3.34.10 Ductería interna
Conjunto de elementos que atraviesa en sentido vertical el edificio, cajas de distribución de piso y regatas, desde la caja de distribución final hasta la toma telefónica principal, y que sirven de alojamiento al cableado interno, que va desde el strip hasta la toma telefónica principal de cada apartamento.
3.34.11 Efectividad
Hace referencia a la proporción de visitas que arrojan como resultado una solicitud exitosa en relación con la totalidad de visitas realizadas por EL CONTRATISTA.
3.34.12 IVR
Son las siglas de Interactive Voice Response, que se traduce xxx xxxxxx como Respuesta de Voz Interactiva. Identifica el sistema de audio-respuesta en el cual los técnicos de EL CONTRATISTA deben reportar su llegada al predio como registro de cumplimiento de la visita. Esta herramienta también es mencionada y empleada como interface con los sistemas de información y con el Call Center de ETB para registrar el cumplimiento de fases, registrar el cierre de reportes xx xxxxx, consultar información de abonados, solicitar soporte para la ubicación de clientes y para la solución de inconvenientes técnicos con el centro de gestión.
3.34.13 Regletas modulares
Las regletas modulares de conexión por desplazamiento del dieléctrico deben estar aseguradas por medio de soportes metálicos, tanto para conectar las líneas internas del edificio, como para recibir los cables de la red secundaria. Las regletas modulares de conexión por desplazamiento del dieléctrico se utilizan en strips donde se ha dejado previsto cable de acceso al abonado multípar, en calibre 0.4 - 0.6 mm. Se recomienda el calibre 0.5 mm. Deben contener placas metálicas ó plásticas, debidamente aseguradas, que indiquen el sitio a que corresponde cada una de las líneas y no se permite utilizar pegante. Deben contener anillos guiadores, que estarán sujetos firmemente y servirán para guiar las conexiones entre la red secundaria y la interna del edificio. Para la conexión al abonado se utilizarán los pares del cable multípar, según el diseño y abonados a atender.
3.34.14 Solicitud
Es la identificación de un requerimiento de instalación de servicios nuevos o trámites de servicios activos en los sistemas de información corporativos de ETB. Dicha identificación se emplea para gestionar la trazabilidad de cada servicio solicitado en los sistemas de información de las dos compañías (CONTRATISTA y ETB). Cada solicitud se refiere al requerimiento de un solo cliente. Un mismo cliente puede registrar más de una solicitud.
3.34.15 Solicitud Exitosa
Corresponde al estado de una solicitud en la que, después de una o varias visitas, ha quedado instalado y funcionando el servicio solicitado por el cliente. Se reconoce este estado a partir de su registro en los sistemas de información corporativos de ETB.
3.34.16 Solicitud no Exitosa
Corresponde al estado de una solicitud en la que, después de una o varias visitas, no ha quedado instalado y funcionando el servicio solicitado por el cliente y por lo tanto fue aplazada o declinada. Se reconoce este estado a partir de su registro en los sistemas de información corporativos de ETB.
3.34.17 Strip telefónico
Los strips telefónicos que se usan para la red de ETB son de uso interior y de uso exterior, y por el modo de colocarlos se clasifican en strips empotrados y sobrepuestos.
3.34.18 Strip o strip principal
Gabinete metálico que permite el alojamiento de regletas telefónicas, y sirve como punto de interconexión entre la red ETB y red interna. Generalmente se encuentra ubicado en el primer piso o el sótano.
3.34.19 Strip parcial
Gabinete metálico que permite el alojamiento de regletas telefónicas, que forma parte de la red interna y sirve como punto de interconexión entre la red proveniente del strip principal y el cableado principal, dentro del edificio.
3.34.20 Strip Empotrado
En este tipo de strip, se necesita romper muro para su colocación y se deben realizar los trabajos de recuperación y pintura xx xxxx. Los ductos que llegan al strip, tanto libres como ocupados, se deben taponar herméticamente con resinas expansivas o materiales establecidos por la Empresa. Es de anotar que los ductos se taponan en ambos extremos, es decir, saliendo del strip y en la cámara o caja de paso de donde se alimenta.
3.34.21 Strip Sobrepuesto
En este tipo de strip no se necesita romper muro para su colocación y los ductos que llegan a los armarios, tanto libres como ocupados, se deben taponar herméticamente con resinas expansivas o materiales establecidos por la Empresa. Es de anotar que los ductos se taponan en ambos extremos, es decir, saliendo del strip y en la cámara o caja de paso de donde se alimenta.
3.34.22 Strip Telefónico de uso exterior e interior
Los strips van ubicados en interiores, en un sitio de fácil acceso, libre de humedad, con ventilación adecuada, y no se debe dedicar a ningún otro uso que no sea albergar las regletas telefónicas. Van ubicados dentro o fuera del inmueble, a una altura entre 1m y 1.50m,
dependiendo del tamaño.
3.34.23 Toma telefónica
Punto de conexión entre los diferentes aparatos terminales tales como: teléfonos, computadoras, telefax, etc, y la red fija.
3.34.24 Toma telefónica principal
Primer punto de conexión de la red fija a la oficina, local, apartamento o vivienda proveniente del área externa. Las demás tomas telefónicas que están conectadas a esta se denominan tomas telefónicas secundarias.
3.34.25 Torre de control
Con este nombre se identifican equipos de trabajo del Call Center de ETB que dan soporte a la operación en terreno para ubicación de clientes, reprogramación de visitas, validación de datos, validación de causales de aplazamiento o declinación de órdenes y cierre de ciclo para garantizar la efectividad en la solución xx xxxxxx.
3.34.26 Trámites
Actividades de aprovisionamiento sobre servicios activos. Ejemplos: traslados de líneas, cambios de plan, reinstalaciones, cambios de dirección IP en servicios xx xxxxx ancha, etc.
3.34.27 Visita
Es la acción de desplazamiento que realiza el personal técnico al predio del cliente con el propósito de cumplir una solicitud. Para atender una solicitud puede ser necesario realizar más de una visita. La ejecución de una visita implica la utilización de los recursos contemplados en el Contrato para la prestación de los servicios.
3.34.28 Visita Exitosa
Corresponde al resultado de la visita en el que ha quedado instalado y funcionando el servicio solicitado por el cliente. Se reconoce este estado a partir del registro de la solicitud en los sistemas de información corporativos de ETB.
3.34.29 Visita exitosa sin cumplimiento de agenda
Corresponde al resultado de la visitas que se cumplieron y se registraron como visita exitosa (El servicio solicitado por el cliente ha quedado instalado y funcionando) por fuera del agendamiento pactado con el cliente.
3.34.30 Visita no Exitosa
Corresponde al resultado de la visita en el que no ha quedado instalado y funcionando el servicio solicitado por el cliente y por lo tanto fue aplazada o se declinó la solicitud respectiva. Se reconoce este estado a partir de su registro en los sistemas de información corporativos de ETB.
3.34.31 Visita no realizada
Hace referencia a los casos en los que, dentro del periodo evaluado o medido, el proveedor no realizó la visita y/o no existe registro de su resultado en la aplicación definida por ETB. Para hacer esta verificación se revisa conjuntamente el cumplimiento del cierre de ciclo y el reporte al IVR de ETB.
3.34.32 Visita sin cumplimiento de agenda con derecho de petición (D.P.)
Hace referencia a los casos en que, por el incumplimiento del agendamiento, los clientes
interponen una queja, petición o reclamo.