DECLARACIONES, GARANTÍAS Y RECONOCIMIENTOS Cláusulas de Ejemplo

DECLARACIONES, GARANTÍAS Y RECONOCIMIENTOS. 17.1. Facultades El Miembro y las personas que firman el Contrato de Suscripción y Membresía cuentan con poderes y facultades suficientes y han sido debidamente autorizados para celebrar y cumplir o hacer cumplir las obligaciones de Miembro conforme a los términos y condiciones del Contrato de Suscripción y Membresía. En caso que sea aplicable, el Miembro ha obtenido todas las aprobaciones necesarias de sus propietarios, Consejo de Administración y acreedores. El Miembro al firmar el Contrato de Suscripción y Membresía y/o al utilizar el Programa, el Miembro RCI, declara y garantiza al Administrador del Programa que: (1) el Miembro tiene o tendrá el derecho legítimo a usar e intercambiar el uso del Período Vacacional y de todas las demás amenidades del desarrollo a las que tiene acceso el Miembro; (2) el Período Vacacional no ha sido ni será intercambiado, ofrecido o puesto a disposición de ningún tercero fuera del Programa; (3) los establecimientos de hospedajes en los que el Miembro es titular de un Período Vacacional se encuentran en buenas condiciones de uso, durante su participación en el Programa; (4) todos los Gastos de Período Vacacional han sido pagados o serán pagados por el Miembro cuando éstos sean exigibles.
DECLARACIONES, GARANTÍAS Y RECONOCIMIENTOS. A. El Socio y las personas que firman el Contrato de Membresía Collection cuentan con poderes y facultades suficientes y han sido debidamente autorizados para celebrar y cumplir o hacer cumplir las obligaciones de Socio conforme a los términos y condiciones del Contrato de Membresía Collection. En caso que sea aplicable, el Socio ha obtenido todas las aprobaciones necesarias de sus propietarios, Consejo de Administración y acreedores. El Socio al firmar el Contrato de Membresía y/o al utilizar el Programa Collection, declara y garantiza a RCI que: (1) ; el Período Vacacional no ha sido ni será cedido, ofrecido o puesto a disposición de ningún tercero fuera del Programa Collection; (2) los establecimientos de hospedajes en los que el Socio es titular de un Período Vacacional se encuentran en buenas condiciones de uso, durante su participación en el Programa Collection; (3) todos los Gastos de Período Vacacional han sido pagados o serán pagados por el Socio cuando éstos sean exigibles. B. La decisión del Socio y las personas que firman el Contrato de Membresía Collection aceptan y entienden que su decisión de adquirir la Propiedad Vacacional en la Propiedad se basa principalmente en los beneficios que les otorga la Propiedad Vacacional, así como el uso y disfrute de la misma y no en los beneficios que otorga el Programa Collection. . C. El Socio tiene el derecho legítimo a usar y ceder el uso del Período Vacacional y de todas las demás amenidades de la Propiedad Collection a las que tiene acceso. D. El Periodo Vacacional Depositado no ha sido y durante el tiempo en que el Socio participe no será cesionado, ofrecido o puesto a disposición a una tercera parte distinta al Programa Collection E. Las instalaciones físicas en donde el Socio es propietario del Periodo Vacacional se encuentran utilizables y en buenas condiciones, así como cumplen los estándares requeridos por RCI durante el término de la Membresía Collection. F. Todos los Gastos del Periodo Vacacional que existan durante el término de la Membresía Collection deberán ser pagados por el Socio. G. El Socio declara que, a su xxxx y saber entender, que ni él, ni sus Invitados, ni sus accionistas, funcionarios, consejeros o empleados, han sido designados como un “Ciudadano Objeto de Medidas Restrictivas” (“Specially Designated National”) o una “Persona Vetada” (“Blocked Person”) conforme a la Orden Xxxxxxxxx 00000 xx xxx Xxxxxxx Xxxxxx de Norteamérica en las listas publicadas por la Oficina de Control de ...

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  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • Reconocimientos médicos Las empresas solicitarán como mínimo un reconocimiento médico al año, al Organismo competente, de conformidad con la normativa vigente, para su personal.

  • CADUCIDAD POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Y CARGAS El incumplimiento de las obligaciones y cargas impuestas al Asegurado por el Código Civil (salvo que se haya previsto otro efecto en el mismo para el incumplimiento) y por el presente contrato, produce la caducidad de los derechos del Asegurado si el incumplimiento obedece a su culpa o negligencia, de acuerdo con el régimen previsto en el Artículo 1579 del Código Civil.

  • Omisiones o Inexactas Declaraciones El Contratante y los Asegurados están obligados a declarar por escrito a La Compañía, de acuerdo con los cuestionarios relativos, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tal como los conozcan o deban conocer en el momento de la celebración del contrato. La omisión o inexacta declaración de los hechos importantes a que se refiere el párrafo anterior, facultará a La Compañía para considerar rescindido de pleno derecho el Contrato, aunque no hayan influido en la ocurrencia del siniestro.

  • OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD “LA ENTIDAD” se obliga y compromete a:

  • Obligaciones del Oferente Los oferentes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta.

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES SIN PERJUICIO DE LOS QUE PUEDAN ESTABLECERSE EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL ANEXO V. O bligaciones del contratista. 1/ Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, tanto para la Administración como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 305 del TRLCSP. Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que se refiere esta cláusula. 2/ El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. 3/ El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información. 4/ Del resto de obligaciones derivadas del presente pliego o de la legislación aplicable.

  • OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido pro- cedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad. • Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.