Definición de Catálogos de Codificación Cláusulas de Ejemplo

Definición de Catálogos de Codificación. El sistema deberá de proveer un apartado de catálogos para la estandarización y normalización de la información procesada por el modulo 2.- Transferencia de Movimientos Bancarios La funcionalidad requerida en este componente permitirá la afectación de forma automática el registro de datos del auxiliar de bancos, a partir de los movimientos contables efectuados a través de las pólizas de ingresos, egresos y diario, generadas en los módulos de egresos y contabilidad. 3.- Disponibilidad Bancaria Este apartado del módulo está diseñado para consultar la disponibilidad financiera por cuenta específica y mismo tiempo permita realizar el análisis de movimientos que originan tales saldos. Se requiere también que sean emitidos reportes sobre la disponibilidad bancaria 4.- Conciliación Bancaria La conciliación bancaria se deberá realizar mediante un componente que provea la siguiente funcionalidad: Importación de movimientos incluidos en los estados de cuenta bancarios Análisis de los movimientos de Conciliación Generación del reporte de conciliación Cierre de Conciliación Se deberá asegurar que los datos con que se emita el reporte de conciliación permanezcan en el registro histórico y que traslade los saldos obtenidos al siguiente período o ejercicio fiscal. Módulo de Consulta y Análisis El sistema deberá disponer de un módulo exclusivo para la consulta y análisis de la información financiera generada por los demás módulos. Deben incluirse los componentes necesarios para reportar y consultar la información por cada uno de los módulos, permitiendo a los usuarios imprimir o exportar los resultados de la consulta en diferentes formatos, PDF y Excel. Consultas y reportes que debe incluir este componente. 1.- Presupuesto de Egresos Disponibilidad presupuestal y evolución de saldos presupuestales Movimientos e integración de saldos 2.- Egresos Análisis de compromisos Análisis de contra-recibos Análisis de pagos Movimientos por proveedor 3.- Contabilidad Consulta de saldos Análisis de pólizas Análisis de movimientos Estados financieros Informe trimestral Cuenta pública Reporte en libros 4.- Presupuesto de Ingresos Consulta de saldos Origen y niveles de la recaudación Reportes de evolución presupuestal 5.- Control Financiero Consulta de saldos bancarios Reportes de conciliación Módulo para el Control de Disciplina Financiera Es fundamental que el sistema incluya un módulo que facilite y vigile el cumplimento de las disposiciones establecidas en la Ley de Disciplina Financi...
Definición de Catálogos de Codificación. El sistema deberá de proveer un apartado de catálogos para la estandarización y normalización de la información procesada por el módulo. 2.- Captura y registro de deuda pública e ingresos anticipados Seguimiento de deuda pública. 3.- Registro y control de pagos El sistema deberá facilitar la emisión de pagos con su correspondiente afectación contable y presupuestal. 4.- Consulta y análisis de deuda pública e ingresos anticipados El sistema deberá contar con un componente para la consulta y análisis de la información de la Deuda Pública e Ingresos Anticipados de Corto y Largo plazo, a través del filtrado de datos y la selección de información a reportar. Módulo para la Gestión de Compras y Requisiciones de Bienes y Servicios El sistema deberá disponer de un módulo para el registro de las solicitudes de bienes y servicios de las áreas, así como de la gestión del proceso de compra de las mismas. Este módulo deberá integrar la validación presupuestal y el registro contable en línea y tiempo real por lo cual las transacciones desprendidas de una compra se enlazarán con el proceso de pago de la misma automáticamente en el módulo de gestión de pagos a proveedores evitando la recaptura de información y agilizando el proceso de registro. Cuando se adquieran bienes que por su naturaleza sean inventariables deberán generar una alerta al Módulo de Registro y Control Patrimonial para su registro en el sistema. 1.-
Definición de Catálogos de Codificación. El sistema deberá de proveer un apartado de catálogos para la estandarización y normalización de la información procesada por el modulo 2.- Registro de control de asistencia El sistema deberá contar con un componente que permita la importación de checadas y la generación automática de incidencias de asistencia, así como la captura de justificaciones de incidencias. 3.- Generación de reportes de incidencias del periodo El sistema deberá contar con un componente para la emisión de reportes para el análisis de un periodo de nómina, entre los reportes a considerar deben ser la Tarjeta Checadora, Detalle xx xxxxxx justificadas y Faltas aplicadas en el periodo. Módulo de Administración de Usuarios y Acceso al Sistema Módulo para la administración y control de los accesos al sistema, deberá permitir definir niveles de acceso, políticas de seguridad, privilegios y autorizaciones a cada usuario del sistema, además, deberá garantizar la seguridad de la información mediante mecanismos de respaldo, recuperación y mantenimiento de las bases de datos. Mediante este módulo también podrán configurase los parámetros de operación y funcionalidad de los diferentes módulos del sistema, por los usuarios autorizados por el administrados del sistema. 1.-

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.