Common use of Derechos de Propiedad Intelectual Clause in Contracts

Derechos de Propiedad Intelectual. LAS PARTES declaran que son titulares de los derechos de propiedad intelectual sobre los activos intangibles que aportarán o utilizarán para el desarrollo del presente contrato. Así mismo, declaran que todas las creaciones, obras, desarrollos, entre otros, de terceros que utilicen para la ejecución de este contrato, se encuentran debidamente respaldadas por las autorizaciones, cesiones o licencias de uso que correspondan, de tal forma que se cumplirá con las exigencias de la propiedad intelectual en este sentido. La titularidad sobre las obras, creaciones, desarrollos y/o entregables susceptibles de protegerse por propiedad intelectual, que resulten de la ejecución del presente contrato, corresponderá a LAS PARTES de conformidad con los aportes que hayan sido realizadas por cada de ellas para el efecto, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente, lo cual deberá regularse y formalizarse por escrito. Toda publicación o divulgación que pretenda realizarse sobre las obras, creaciones, desarrollos y/o entregables que surjan del ejercicio del presente contrato, deberá ser previamente aprobada por ambas partes. LAS PARTES acuerdan, además, que los derechos de propiedad intelectual que sean de su titularidad con anterioridad a la suscripción de este contrato, o sobre los que lleguen a ser titulares por razones independientes o diferentes al mismo, y que llegaran a utilizar o a poner al servicio de la otra para el desarrollo de este contrato (tales como patentes, signos distintivos, diseños industriales, derechos de autor, conocimiento especializado, know how, secretos empresariales, entre otros), seguirán siendo de su respectiva titularidad y no se entenderán cedidos o licenciados a la otra parte por la sola suscripción del presente contrato, salvo que así se determine por LAS PARTES mediante acuerdo previo y por escrito. Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del presente contrato, y a los que se haga referencia en el mismo, incluirán los derechos de autor y los derechos de propiedad industrial a los que hubiere lugar, tales como patentes, signos distintivos, diseños industriales, obras, entre otros.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios Para Desarrollo De Software, Contrato De Obra Civil

Derechos de Propiedad Intelectual. LAS PARTES declaran “EL PRESTADOR” está de acuerdo y reconoce que son titulares si como consecuencia de la prestación de los derechos de propiedad intelectual sobre los activos intangibles que aportarán o utilizarán para el desarrollo del presente contrato. Así mismo, declaran que todas las creaciones, obras, desarrollos, entre otros, de terceros que utilicen para la ejecución servicios objeto de este contrato, se encuentran debidamente respaldadas participa en la realización o producción de obras protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor, incluyendo aquéllas elaboradas en medios electrónicos e Internet, le corresponderá al “CANAL ONCE” en forma exclusiva la titularidad, así como el ejercicio sin limitación alguna de todos los derechos patrimoniales de autor, contemplados en la legislación vigente y en los tratados internacionales de los que nuestro país forma parte, así como las autorizacionesfacultades relativas a la divulgación, cesiones o licencias de uso que correspondan, de tal forma que se cumplirá con las exigencias integridad de la propiedad intelectual en este sentido. La titularidad sobre las obras, creaciones, desarrollos y/o entregables susceptibles obra y de protegerse por propiedad intelectual, que resulten de la ejecución del presente contrato, corresponderá a LAS PARTES de conformidad con los aportes que hayan sido realizadas por cada de ellas para el efectocolección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la normatividad vigenteLey Federal del Derecho de Autor; el “CANAL ONCE” reconocerá a “EL PRESTADOR” su calidad de autor, lo cual deberá regularse artista, intérprete o ejecutante, sobre la parte o partes en cuya creación haya participado. Asimismo, “EL PRESTADOR” está de acuerdo y formalizarse por escrito. Toda publicación o divulgación reconoce que pretenda realizarse sobre las obras, creaciones, desarrollos y/o entregables que surjan del ejercicio del presente contrato, deberá ser previamente aprobada por ambas partes. LAS PARTES acuerdan, además, que si como consecuencia de la prestación de los derechos de propiedad intelectual que sean de su titularidad con anterioridad a la suscripción servicios objeto de este contrato, realiza alguna invención, diseño o sobre los que lleguen a ser titulares cualquier otra creación protegida por razones independientes o diferentes al mismo, y que llegaran a utilizar o a poner al servicio la Ley de la otra Propiedad Industrial, le corresponderá al “CANAL ONCE” exclusivamente la titularidad de los derechos derivados de dichas creaciones. Para la protección legal de las creaciones intelectuales a que se refiere esta cláusula, “EL PRESTADOR” se obliga a firmar el documento, formato, o contrato que para tal efecto le presente el desarrollo “CANAL ONCE”. “EL PRESTADOR” se obliga a sacar en paz y a salvo al “CANAL ONCE” en caso de este contrato (tales como patentes, signos distintivos, diseños industriales, que su creación intelectual invada o afecte derechos de autor, conocimiento especializado, know how, secretos empresariales, entre otros), seguirán siendo de su respectiva titularidad un tercero y no se entenderán cedidos o licenciados a la otra parte por la sola suscripción del presente contrato, salvo que así se determine por LAS PARTES mediante acuerdo previo asumirá las consecuencias legales y por escrito. Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del presente contrato, y a los que se haga referencia en el mismo, incluirán los derechos de autor y los derechos de propiedad industrial a los que hubiere lugar, tales como patentes, signos distintivos, diseños industriales, obras, entre otroseconómicas.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios Profesionales, Contrato De Prestación De Servicios Profesionales

Derechos de Propiedad Intelectual. LAS PARTES declaran El Licenciatario únicamente ostentará aquellos derechos relativos al Software que son titulares hayan sido expresamente descritos en la Sección 2 de este Contrato de Licencia. Cualesquiera otros derechos en relación con el Software, incluyendo pero no limitado a, derechos de propiedad, derechos de autor, patentes, marcas, secretos industriales y cualesquiera otros derechos de propiedad intelectual o industrial, continuarán siendo de la propiedad exclusiva del Licenciante. El Licenciatario no eliminará del Software ninguna referencia a los derechos de autor, marcas u otros derechos de propiedad, ni tampoco cubrirá o tapará, de la manera que fuere, cualquiera de dichas referencias. El Licenciatario tomará todas las medidas razonables para prevenir cualquier uso, reproducción, venta o publicación del Software no autorizado o el acceso no autorizado al mismo. El Licenciatario indemnizará y mantendrá indemne al Licenciante de cualesquiera pérdidas, daños, reclamaciones y gastos, (incluyendo, sin que sea limitativo, gastos legales razonables) relacionados con cualquier violación de los derechos del Licenciante por parte del Licenciatario, el incumplimiento por parte del Licenciatario de este Contrato de Licencia o el uso del Software por parte del Licenciatario de forma no autorizada bajo el presente Contrato de Licencia. acuerdos transaccionales para no llegar a procedimientos judiciales y, previa petición del Licenciante, haya prestado al Licenciante colaboración razonable en la defensa de dichos procedimientos. En el caso de que, según la exclusiva opinión del Licenciante, la versión válida y no modificada del Software pudiera infringir los derechos de propiedad intelectual sobre los activos intangibles que aportarán o utilizarán industrial de terceros, el Licenciante podrá, a su sola discreción, tanto (a) obtener autorización de dicho tercero para el desarrollo uso continuado del presente contrato. Así mismoSoftware por parte del Licenciatario, declaran que todas las creaciones(b) reemplazar el Software, obras, desarrollos, entre otros, (c) modificarlo de terceros que utilicen para la ejecución de este contrato, se encuentran debidamente respaldadas por las autorizaciones, cesiones o licencias de uso que correspondan, de tal forma que se cumplirá con las exigencias de la propiedad intelectual en este sentido. La titularidad sobre las obras, creaciones, desarrollos y/o entregables susceptibles de protegerse por propiedad intelectual, que resulten de la ejecución del presente contrato, corresponderá a LAS PARTES de conformidad con los aportes que hayan sido realizadas por cada de ellas para el efecto, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente, lo cual deberá regularse y formalizarse por escrito. Toda publicación o divulgación que pretenda realizarse sobre las obras, creaciones, desarrollos y/o entregables que surjan del ejercicio del presente contrato, deberá ser previamente aprobada por ambas partes. LAS PARTES acuerdan, además, que no infrinja más los derechos de propiedad intelectual que sean de su titularidad con anterioridad a la suscripción de este contratoo industrial, o sobre (d) si las medidas precedentes no están dentro de lo razonablemente posible, finalizar con efectos inmediatos el presente Contrato y rembolsar al Licenciatario parte de las tasas de licencia ya pagadas (previa deducción de una cantidad apropiada en base al uso del Software ya disfrutado por parte del Licenciatario). Sin perjuicio de lo anterior, el Licenciante quedará liberado de sus obligaciones establecidas bajo los que lleguen a ser titulares dos anteriores párrafos de esta Sección 4, si la reclamación por razones independientes infracción se basa en la alegación o diferentes al mismo, y que llegaran a utilizar o a poner al servicio de la otra para el desarrollo de este contrato (tales como patentes, signos distintivos, diseños industriales, derechos de autor, conocimiento especializado, know how, secretos empresariales, entre otros), seguirán siendo de su respectiva titularidad y no se entenderán cedidos o licenciados a la otra parte por la sola suscripción del presente contrato, salvo que así se determine por LAS PARTES mediante acuerdo previo y por escrito. Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del presente contrato, y a los que se haga referencia en el mismohecho de que el Software (a) ha sido modificado por el Licenciatario, incluirán los derechos de autor y los derechos de propiedad industrial a los que hubiere lugar, tales como patentes, signos distintivos, diseños industriales, obras, entre otros.o

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Samples: leica-geosystems.com

Derechos de Propiedad Intelectual. LAS PARTES declaran que son titulares Todo el contenido relacionado con los Servicios en Línea es exclusiva propiedad intelectual nuestra, de los nuestros otorgantes de licencias y/o Proveedores de Servicios, y está protegida por derechos reservados y otros derechos de propiedad intelectual sobre intelectual. Usted tiene permiso de utilizar el contenido provisto a través de los activos intangibles que aportarán Servicios en Línea únicamente para uso personal. No puede copiar, reproducir, distribuir o utilizarán para el desarrollo del presente contrato. Así mismo, declaran que todas las creaciones, obras, desarrollos, entre otros, de terceros que utilicen para la ejecución crear trabajo derivado de este contratocontenido. Además, se encuentran debidamente respaldadas por las autorizacionesacepta no aplicar ingeniería ni recopilación inversas de ninguna tecnología, cesiones o licencias incluido cualquier software u otro contenido asociado con los Servicios en Línea. Las marcas, logotipos y marcas de uso que correspondan, de tal forma servicios que se cumplirá muestran en relación con las exigencias de la propiedad intelectual los Servicios en este sentido. La titularidad sobre las obras, creaciones, desarrollos Línea son marcas registradas y no registradas nuestras y/o entregables susceptibles de protegerse por propiedad intelectualnuestros Proveedores de Servicios. En ninguna circunstancia podrá utilizar, que resulten copiar, imitar, alterar, modificar o cambiar estas marcas. Ningún contenido sobre, en, o relacionado de la ejecución del presente contrato, corresponderá a LAS PARTES de conformidad algún modo con los aportes Servicios en Línea debe considerarse como el otorgamiento (implícito o de cualquier otra forma) de ninguna licencia o derecho a utilizar ninguna marca sin permiso escrito expreso nuestro o del tercero que hayan sido realizadas por cada de ellas para el efectotenga derechos sobre tal marca. Todos los mensajes, de conformidad sugerencias, ideas, notas, conceptos, explicaciones, técnicas, datos, solicitudes, correspondencia u otra información que nos envíe a través o en relación con lo dispuesto los Servicios en la normatividad vigente, lo cual deberá regularse y formalizarse por escrito. Toda publicación o divulgación que pretenda realizarse sobre las obras, creaciones, desarrollos y/o entregables que surjan del ejercicio del presente contrato, deberá ser previamente aprobada por ambas partes. LAS PARTES acuerdan, además, que los derechos Línea debe considerarse una contribución de propiedad intelectual hacia nosotros sin compensación y pasará a ser nuestra propiedad intelectual exclusiva. Al enviarnos dichos materiales, automáticamente nos otorga (o garantiza que el dueño de dichos materiales nos ha otorgado expresamente) un derecho y licencia perpetuos, sin regalías, irrevocables y no exclusivos, para utilizar, reproducir, modificar, adaptar, publicar, traducir, ejecutar y mostrar públicamente, crear trabajo derivado a partir de estos y distribuir dichos materiales o incorporarlos de cualquier forma, medio o tecnología que se conozca ahora o que se desarrolle más adelante, y usted garantiza que todos los llamados “derechos xxxxxxx” de esos materiales se han eximido y garantiza que tiene el derecho a hacer tales garantías y transferencias de derechos. Usted comprende que cualquier dato al que acceda o ingrese utilizando los Servicios en Línea se transferirá a los Estados Unidos (y se almacenará en los Estados Unidos). Es posible que los Servicios en Línea no estén disponibles en todos los países y usted comprende que los productos y servicios descritos están destinados a clientes localizados en los Estados Unidos y los Territorios de EE. UU. También comprende que estamos basados en los Estados Unidos y que toda la información y transacciones disponibles en los Servicios en Línea se reflejan en moneda estadounidense. No aseguramos que los Servicios en Línea sean apropiados o estén disponibles para su uso fuera de su titularidad con anterioridad los Estados Unidos o de los Territorios de EE. UU. Tiene prohibido acceder a la suscripción de este contrato, o sobre los Servicios en Línea desde territorios en los que lleguen a ser titulares por razones independientes o diferentes al mismo, y que llegaran a utilizar o a poner al servicio el uso de la otra para el desarrollo de este contrato (tales como patentes, signos distintivos, diseños industriales, derechos de autor, conocimiento especializado, know how, secretos empresariales, entre otros), seguirán siendo de su respectiva titularidad y no se entenderán cedidos o licenciados a la otra parte por la sola suscripción del presente contrato, salvo que así se determine por LAS PARTES mediante acuerdo previo y por escritocualquier Servicio en Línea sea ilegal. Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del presente contrato, y Si decide acceder a los que se haga referencia Servicios en el mismoLínea desde ubicaciones fuera de los Estados Unidos o de los Territorios de EE. UU., incluirán los derechos de autor lo hace bajo su propio riesgo y los derechos de propiedad industrial a los que hubiere lugar, tales como patentes, signos distintivos, diseños industriales, obras, entre otroses su responsabilidad cumplir con las leyes locales.

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Samples: Contrato De La Banca Prepagada en Línea Y Móvil De u.s. Bank

Derechos de Propiedad Intelectual. LAS PARTES declaran “EL PROVEEDOR” y “LA SEP” convienen, en que son titulares la titularidad de los derechos patrimoniales de autor y/o de propiedad intelectual sobre industrial, que en su caso, se originen o deriven con motivo de la ejecución de los activos intangibles que aportarán o utilizarán para el desarrollo servicios objeto del presente contratocontrato pertenecerá a “LA SEP”, por lo que corresponderá a ésta la facultad exclusiva de autorizar o prohibir su reproducción, adaptación, distribución, comunicación pública, reordenación, compilación, modificación, transformación, así como cualquier otro uso o explotación parcial o total en cualquier forma o por cualquier medio conocido o por conocerse en territorio nacional y/o extranjero, reservándose el derecho de hacer su difusión, y dando el debido reconocimiento por su participación a “EL PROVEEDOR” como colaborador remunerado, quien en términos del artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor tendrá el derecho a que se le mencione expresamente como autor, traductor, compilador, ejecutante o intérprete, según sea el caso. Así mismo, declaran Las partes se comprometen a respetar los derechos xxxxxxx de los autores de los materiales que todas las creaciones, obras, desarrollos, entre otros, de terceros que utilicen para llegaran a originarse o derivarse por la ejecución de los servicios objeto de este contrato, se encuentran debidamente respaldadas por así como a otorgar los créditos que correspondan a las autorizaciones, cesiones o licencias de uso personas físicas x xxxxxxx que correspondan, de tal forma que se cumplirá con las exigencias de la propiedad intelectual participen en este sentido. La titularidad sobre las obras, creaciones, desarrollos y/o entregables susceptibles de protegerse por propiedad intelectual, que resulten de la ejecución del presente contrato, corresponderá a LAS PARTES de conformidad con los aportes que hayan sido realizadas por cada de ellas para el efectosu ejecución, de conformidad con lo dispuesto las disposiciones legales aplicables en la normatividad vigentemateria. “EL PROVEEDOR” asume la responsabilidad total, lo cual deberá regularse y formalizarse por escrito. Toda publicación o divulgación en caso de que pretenda realizarse sobre las obras, creaciones, desarrollos y/o entregables que surjan del ejercicio del presente contrato, deberá ser previamente aprobada por ambas partes. LAS PARTES acuerdan, además, que con motivo de la prestación de los derechos de propiedad intelectual que sean de su titularidad con anterioridad a la suscripción servicios materia de este contrato, o sobre los que lleguen a ser titulares por razones independientes o diferentes al mismo, y que llegaran a utilizar o a poner al servicio de la otra para el desarrollo de este contrato (tales como patentes, signos distintivos, diseños industriales, derechos de autor, conocimiento especializado, know how, secretos empresariales, entre otros), seguirán siendo de su respectiva titularidad y no se entenderán cedidos o licenciados a la otra parte por la sola suscripción del presente contrato, salvo que así se determine por LAS PARTES mediante acuerdo previo y por escrito. Los derechos de propiedad intelectual que se deriven del presente contrato, y a los que se haga referencia en el mismo, incluirán los infrinja derechos de autor y los derechos o de propiedad industrial u cualquier otro derecho, obligándose a los que hubiere lugarresponder legalmente en el presente o en el futuro ante cualquier reclamación de terceros, tales como patentes, signos distintivos, diseños industriales, obras, entre otrosdejando a salvo a “LA SEP” o a quienes sus derechos e intereses representen.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas