Common use of Derechos y Obligaciones Clause in Contracts

Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones del Contratista. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: ● Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. El servicio de velatorio deberá prestarse ininterrumpidamente, debiendo estar aptas para el servicio las instalaciones los 365 días del año. Cuando no exista ningún cadáver dentro del tanatorio y no exista en su interior alguna persona al frente del mismo, se entenderá que el concesionario cumple con dicho deber, teniendo expuestos en lugar perfectamente visible desde el exterior los números de teléfono en que se puede solicitar sin demora la prestación de los servicios propios de la actividad del concesionario, en tales números de teléfono se atenderá desde el primer momento a las personas que lo soliciten y se les facilitará la información y servicios que fuere procedente, así como la apertura de las instalaciones, en su caso. ● En el caso de que se produzcan varias solicitudes de prestación del servicio para unas mismas fechas, deberá tenerse en cuenta el siguiente orden de prioridad: En primer lugar, los fallecidos empadronados en la localidad; En segundo lugar, los fallecidos originarios de la localidad; Finalmente, el resto de fallecidos. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. ● Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. ● Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. ● Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. ● Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. ● El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). El adjudicatario tendrá la condición de empleador del personal que preste sus servicios en el Velatorio Municipal, quedando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx exento de cualquier obligación frente a los empleados del adjudicatario del contrato. ● El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del TR.LCSP para los supuestos de contratación. ● Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación y de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. ● Será gasto exigible al contratista el pago del suministro eléctrico del Velatorio Municipal, contratando dicho servicio por su cuenta. ● El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario y maquinaria preciso según la finalidad de cada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas características. En todo caso el equipamiento, mobiliario e instalaciones ofertadas por el contratista deberán cumplir con la normativa vigente en materia de instalaciones mortuorias y ser autorizada por la Consejería competente en la materia y la administración municipal. ● La empresa explotadora deberá mantener el Velatorio Municipal objeto de la explotación con todos los elementos que la componen, en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y utilización. Las reparaciones ordinarias que se exijan por el desgaste CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 del uso ordinario del inmueble son de cuenta de la empresa explotadora, la cual estará igualmente obligada a la reposición de los bienes de equipamiento que pudieran deteriorarse o desaparecer por cualquier causa. Por tanto deberá Incorporar en el tiempo preciso mejoras o instalaciones y equipamientos necesarios para la buena marcha del servicio. ● El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá supervisar el correcto funcionamiento y aprovechamiento de las instalaciones y comprobará el estado de conservación y operaciones de mantenimiento, reparación y reposición. ● Si de estas funciones se derivara el incumplimiento del contratista y después de notificado el mismo y su obligación de subsanar las deficiencias comprobadas, previa audiencia, no cumpliere adecuadamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá hacer la subsanación x xxxxx del contratista, detrayendo el coste de la fianza, reclamando el resto si hubiere lugar, por los procedimientos previstos en derecho. Si se repitiera esta eventualidad podrá resolver el contrato con el consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios. ● El explotador tendrá la obligación de mantener a su xxxxx los servicios y suministros para el funcionamiento del Velatorio Municipal, así como cargas fiscales, de cualquier tipo y procedencia que graven la explotación y los que la normativa legal imponga para el ejercicio de la actividad. ● El adjudicatario observará un estricto cumplimiento de las normas establecidas en la legislación vigente, siendo de su cuenta todo lo relativo a las obligaciones inherentes al mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones. ● Cuidará que todos los servicios que presta en el Velatorio Municipal sean conocidos por los usuarios con antelación a su utilización, así como las condiciones de utilización y precios. ● El adjudicatario ha de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que deberá mantener durante todo el período de vigencia del contrato, justificándolo antes de la adjudicación y siempre que se le exija. ● La principal aportación de la empresa es su carácter profesional y su conocimiento específico del objeto de este contrato. Asimismo aportará todo lo que figure en su oferta, muy especialmente lo relativo al equipamiento del centro. La empresa realizará la explotación a su riesgo y xxxxxxx, adquiriendo los muebles, suministros, seguros, etc, y demás necesidades de la explotación. ● Será obligación del adjudicatario, antes de que se formalice el contrato de concesión de la explotación, constituir contrato de mantenimiento de las instalaciones que a continuación se relacionan: ● Instalación contra incendio. ● Instalación de climatización y calefacción. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Servicios de desinfección, desratización y desinsectación. ● Así como cualquier otra instalación que, preceptivamente o para su correcto mantenimiento, requiera revisiones periódicas. ● Igualmente, antes del inicio de la actividad concertará contrato de Seguro Multirriesgo y de Responsabilidad Civil frente a terceros, incluidos el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La correspondiente póliza, por valor de 150.000 EUROS, deberá responder también de daños materiales, incluso incendio del inmueble. Dichas pólizas deberán mantenerse actualizadas durante toda la vigencia del contrato. ● No se podrá subrogar, transferir o ceder en todo o en parte el presente contrato a tercero, sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● Así mismo, el adjudicatario estará obligado, antes de la suscripción del referido contrato, a modificar la titularidad de los contratos de los servicios a nombre del mismo (gas, electricidad, agua...), así como los de mantenimiento suscritos anteriormente por otros titulares. ● Cuando, durante la vida del contrato, el adjudicatario considere que una determinada obra, instalación o equipamiento pueda aumentar la capacidad y calidad en la prestación del servicio y/o rentabilidad del patrimonio, podrá llevarla a cabo a su xxxxx, previa autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y su supervisión. ● No gravar ni enajenar bienes afectos al contrato. ● No podrá subcontratar la gestión del establecimiento en ningún caso. No obstante, sí podrá contratar determinadas prestaciones de carácter accesorio, como limpieza, vigilancia, etc, con autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● El adjudicatario contratará, antes del inicio de la actividad, un Plan contra incendios y de evacuación del personal y usuarios, que será aprobado por la Administración. ● El concesionario queda obligado a la obtención de las correspondientes licencias de actividad, apertura y demás autorizaciones que procedan para poner en marcha la Sala Velatorio. ● El concesionario se obliga al cumplimiento de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. ● El acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres será realizado por el concesionario de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de policía y sanidad mortuoria que resulte de aplicación, siendo propia del mismo todo lo que no constituya una función profesional específica, en cuyo caso será prestado por el concesionario por cuenta del usuario o peticionario. ● El concesionario llevará un libro registro, en su caso, en soporte informático, de los servicios prestados, con las prescripciones que puedan ser establecidas por la administración sanitaria y en el que se contendrá como mínimo los siguientes: fecha de servicio, identificación del cadáver, descripción del servicio y datos del peticionario. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● En todo caso, dentro del equipamiento que corresponde instalar al concesionario deberá constar los sistemas de climatización y calefacción de todo el inmueble.

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Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones del Contratista. Contratista Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: Prestar el servicio con la continuidad convenida durante, al menos nueve meses al año y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo utilizarlos en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, abono de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadaseconómica. El servicio de velatorio deberá prestarse ininterrumpidamente, debiendo estar aptas para el servicio las instalaciones los 365 días — Cuidar del año. Cuando no exista ningún cadáver dentro del tanatorio y no exista en su interior alguna persona al frente del mismo, se entenderá que el concesionario cumple con dicho deber, teniendo expuestos en lugar perfectamente visible desde el exterior los números de teléfono en que se puede solicitar sin demora la prestación de los servicios propios de la actividad del concesionario, en tales números de teléfono se atenderá desde el primer momento a las personas que lo soliciten y se les facilitará la información y servicios que fuere procedente, así como la apertura de las instalaciones, en su caso. ● En el caso de que se produzcan varias solicitudes de prestación del servicio para unas mismas fechas, deberá tenerse en cuenta el siguiente orden de prioridad: En primer lugar, los fallecidos empadronados en la localidad; En segundo lugar, los fallecidos originarios de la localidad; Finalmente, el resto de fallecidos. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instruccionesinstrucciones para la conservación de las construcciones e instalaciones, sin perjuicio así como el mantenimiento y perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene de las mismas, hasta que entregue el servicio al Ayuntamiento con todas las instalaciones que sean inherentes al mismo y necesarias para su prestación. En especial el licitador queda obligado a realizar las tareas de mantenimiento que se recogen en el anexo I de este pliego y aquellos a los poderes que se ha comprometido en la oferta presentada. En el referido anexo I se recogen las tareas de policía atribuidos a la administraciónmantenimiento y reposición más comunes, diferenciando aquellas de mantenimiento que corresponden al concesionario, de las de gran reposición o reforma, que le corresponden al Ayuntamiento. Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. ● Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. ● Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta dentro de la oferta presentada al Ayuntamiento. Esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). El adjudicatario tendrá — Destinar el complejo a las actividades turísticas para las que se otorga la condición de empleador del personal concesión, estando prohibidas todas aquellas actividades que preste sus servicios en el Velatorio Municipalcausen perjuicio al medio ambiente, quedando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx exento de cualquier obligación frente provoquen una contaminación lumínica o acústica, sean contrarias a los empleados del adjudicatario del contratola moral, la ética o la ley, y sean ajenas al uso turístico. El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del TR.LCSP Sector Público para los supuestos de contrataciónsubcontratación. ● Xxxxxx exigibles al contratista— Ceder todas las obras, instalaciones y equipamiento que en su caso, y con el consentimiento de este Ayuntamiento, se realicen. Son — El servicio se prestará por el concesionario durante el plazo de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación y duración de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. ● Será gasto exigible al contratista el pago del suministro eléctrico del Velatorio Municipal, contratando dicho servicio por su cuenta. ● El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario y maquinaria preciso según la finalidad de cada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas características. En todo caso el equipamiento, mobiliario e instalaciones ofertadas por el contratista deberán cumplir con la normativa vigente en materia de instalaciones mortuorias y ser autorizada por la Consejería competente en la materia y la administración municipal. ● La empresa explotadora deberá mantener el Velatorio Municipal objeto de la explotación con todos los elementos que la componen, en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y utilización. Las reparaciones ordinarias que se exijan por el desgaste CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 del uso ordinario del inmueble son de cuenta de la empresa explotadora, la cual estará igualmente obligada a la reposición de los bienes de equipamiento que pudieran deteriorarse o desaparecer por cualquier causa. Por tanto deberá Incorporar en el tiempo preciso mejoras o instalaciones y equipamientos necesarios para la buena marcha del servicio. ● El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá supervisar el correcto funcionamiento y aprovechamiento de las instalaciones y comprobará el estado de conservación y operaciones de mantenimiento, reparación y reposición. ● Si de estas funciones se derivara el incumplimiento del contratista y después de notificado el mismo y su obligación de subsanar las deficiencias comprobadas, previa audiencia, no cumpliere adecuadamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá hacer la subsanación x xxxxx del contratista, detrayendo el coste de la fianza, reclamando el resto si hubiere lugar, por los procedimientos previstos en derecho. Si se repitiera esta eventualidad podrá resolver el contrato con el consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios. ● El explotador tendrá la obligación de mantener a su xxxxx los servicios y suministros para el funcionamiento del Velatorio Municipal, así como cargas fiscales, de cualquier tipo y procedencia que graven la explotación y los que la normativa legal imponga para el ejercicio de la actividad. ● El adjudicatario observará un estricto cumplimiento de las normas establecidas en la legislación vigenteconcesión, siendo de su cuenta todo lo relativo a las obligaciones inherentes al cargo todos los gastos que se originen por el mantenimiento y funcionamiento explotación del centro, incluidos los de personal, suministros de agua y energía eléctrica, limpieza, recogida de basuras, alcantarillado, etc. — En especial, será de cuenta del concesionario el mantenimiento de la depuradora de acuerdo con las condiciones impuestas en la autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo, que se adjunta como anexo II al presente pliego, teniendo el concesionario la consideración de responsable del vertido y siendo responsable de las instalacionesinfracciones que se deriven de los incumplimientos. ● Cuidará que todos los servicios que presta — Xxxxx el canon establecido en el Velatorio Municipal sean conocidos contrato, de acuerdo con la oferta presentada por el licitador. — El concesionario suscribirá en favor del Ayuntamiento una póliza de seguro a todo riesgo de los usuarios con antelación a su utilizaciónedificios, equipamiento e instalaciones, así como las condiciones una póliza de utilización y preciosseguro de responsabilidad civil que cubra los daños que ocasionare el funcionamiento del servicio. ● El adjudicatario ha de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que deberá mantener durante todo el período de vigencia del contrato, justificándolo antes de la adjudicación y siempre que se le exija. ● La principal aportación de la empresa es su carácter profesional y su conocimiento específico del objeto de este contrato. Asimismo aportará todo lo que figure en su oferta, muy especialmente lo relativo al equipamiento del centro. La empresa realizará la explotación — Indemnizar a su riesgo y xxxxxxx, adquiriendo los muebles, suministros, seguros, etc, y demás necesidades de la explotación. ● Será obligación del adjudicatario, antes de que se formalice el contrato de concesión de la explotación, constituir contrato de mantenimiento de las instalaciones que a continuación se relacionan: ● Instalación contra incendio. ● Instalación de climatización y calefacción. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Servicios de desinfección, desratización y desinsectación. ● Así como cualquier otra instalación que, preceptivamente o para su correcto mantenimiento, requiera revisiones periódicas. ● Igualmente, antes del inicio de la actividad concertará contrato de Seguro Multirriesgo y de Responsabilidad Civil frente a terceros, incluidos el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La correspondiente póliza, por valor de 150.000 EUROS, deberá responder también de daños materiales, incluso incendio del inmueble. Dichas pólizas deberán mantenerse actualizadas durante toda la vigencia del contrato. ● No se podrá subrogar, transferir o ceder en todo o en parte el presente contrato a tercero, sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● Así mismo, el adjudicatario estará obligado, antes de la suscripción del referido contrato, a modificar la titularidad terceros de los contratos de los servicios a nombre daños que les ocasionare el funcio- namiento del mismo (gasservicio, electricidad, agua...), así como los de mantenimiento suscritos anteriormente salvo si se hubiesen producido por otros titularescausas imputables al Ayuntamiento. ● Cuando, durante la vida del contrato, el adjudicatario considere que una determinada obra, instalación o equipamiento pueda aumentar la capacidad y calidad en la prestación del servicio y/o rentabilidad del patrimonio, podrá llevarla a cabo a su xxxxx, previa autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y su supervisión. ● No gravar ni enajenar bienes afectos al contratoa la concesión. ● No podrá subcontratar — Ejercer por sí la gestión del establecimiento en ningún caso. No obstante, sí podrá contratar determinadas prestaciones de carácter accesorio, como limpieza, vigilancia, etc, con autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● El adjudicatario contratará, antes del inicio concesión y no cederla o traspasarla a terceros sin el consentimiento de la actividad, un Plan contra incendios y de evacuación del personal y usuariosEntidad Local, que será aprobado sólo podrá autorizarla en las circunstancias que señala la legislación aplicable en materia de contratación administrativa. — Obtener cuantos permisos, licencias y autorizaciones fueren precisos para la puesta en servicio del Complejo. — Cumplir todas las obligaciones impuestas por la Administraciónlegislación sectorial. ● El concesionario queda obligado a la obtención — Cualesquiera otras obligaciones de las correspondientes licencias de actividad, apertura señaladas en este pliego y demás autorizaciones las que procedan para poner en marcha la Sala Velatorio. ● El concesionario se obliga al cumplimiento deriven del resto de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. ● El acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres será realizado por el concesionario de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de policía y sanidad mortuoria que resulte de aplicación, siendo propia del mismo todo lo que no constituya una función profesional específica, en cuyo caso será prestado por el concesionario por cuenta del usuario o peticionario. ● El concesionario llevará un libro registro, en su caso, en soporte informático, de los servicios prestados, con las prescripciones que puedan ser establecidas por la administración sanitaria y en el que se contendrá como mínimo los siguientes: fecha de servicio, identificación del cadáver, descripción del servicio y datos del peticionario. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● En todo caso, dentro del equipamiento que corresponde instalar al concesionario deberá constar los sistemas de climatización y calefacción de todo el inmuebledocumentación contractual.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Han De Regir El Procedimiento Para La Adjudicación De La Concesión De La Gestión Del Servicio Complejo Turistico “El Colvillo

Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones ▪ La ejecución del Contratistacontrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: ● Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. El servicio de velatorio deberá prestarse ininterrumpidamente, debiendo estar aptas para el servicio las instalaciones los 365 días del año. Cuando no exista ningún cadáver dentro del tanatorio y no exista en su interior alguna persona al frente del mismo, se entenderá que el concesionario cumple con dicho deber, teniendo expuestos en lugar perfectamente visible desde el exterior los números de teléfono en que se puede solicitar sin demora la prestación de los servicios propios de la actividad del concesionario, en tales números de teléfono se atenderá desde el primer momento a las personas que lo soliciten y se les facilitará la información y servicios que fuere procedente, así como la apertura de las instalaciones, en su caso. ● En el caso de que se produzcan varias solicitudes de prestación del servicio para unas mismas fechas, deberá tenerse en cuenta el siguiente orden de prioridad: En primer lugar, los fallecidos empadronados en la localidad; En segundo lugar, los fallecidos originarios de la localidad; Finalmente, el resto de fallecidos. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. ● Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. ● Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. ● Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. ● Obligaciones laborales y sociales. El contratista empresario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social Seguridad Social y de prevención Seguridad e Higiene en el trabajo, sin que el incumplimiento por su parte de riesgos laborales. ● El contratista está obligado a dedicar o adscribir a dichas obligaciones implique responsabilidad alguna para IRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA / SOCIEDAD PÚBLICA DE VIVIENDA DE XXXX, S.A.U., así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato mismo. ▪ Será obligación del empresario indemnizar los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación daños y perjuicios que se considera esencialcausen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del servicio. (Artículo 53.2 ▪ El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Sólo quedará exento de la responsabilidad cuando los vicios que se observen, sean consecuencia directa de una orden de IRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA / SOCIEDAD PÚBLICA DE VIVIENDA DE IRUN, S.A.U., o de las condiciones impuestas por ella. ▪ La obtención de cuantas licencias o autorizaciones administrativas sean precisas, para la prestación del servicio, correrá siempre a cargo del adjudicatario, quien deberá pedirlas en su nombre. ▪ Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria en relación con los servicios contratados se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. El adjudicatario deberá indemnizar a IRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA/SOCIEDAD PÚBLICA DE VIVIENDA DE IRUN, S.A.U. y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. ▪ El adjudicatario deberá prestar, sin derecho de pago suplementario, los servicios que se estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, tales como asistencia a reuniones de trabajo o informativas, coloquios, exposiciones, informes. ▪ El adjudicatario debe subsanar los errores materiales, que se adviertan en la documentación gráfica o literaria del Plan Especial de Rehabilitación durante la tramitación del expediente, así como durante el período en garantía. ▪ El adjudicatario deberá incorporar al documento del Plan Especial, todos aquellos nuevos documentos que se estimen procedentes como consecuencia de las modificaciones que la Corporación acuerde introducir, fruto de la estimación de sugerencias o alegaciones formuladas en las diversas exposiciones al público durante las distintas fases del documento (Avances, Aprobación Inicial, Provisional y Definitiva). ▪ El adjudicatario deberá mantener el equipo técnico señalado en la proposición, sin que pueda modificar dicho personal sin consentimiento de la Sociedad. ▪ La utilización por la empresa adjudicataria de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley 30/2007Orgánica 5/1992, de 30 29 de octubre, de Contratos regulación del Sector Público)tratamiento automatizado de los datos de carácter personal. El adjudicatario tendrá la condición ▪ La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados de empleador del carácter personal que preste sus servicios obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura en el Velatorio Municipalmismo, quedando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx exento de cualquier obligación frente ni cederlos, ni siquiera para su conservación a los empleados del adjudicatario del contratootras personas. ● El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del TR.LCSP para los supuestos de contratación. ● Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista▪ Una vez cumplida la prestación contractual, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios datos de licitación y adjudicación y carácter personal tratados deberán ser entregados a IRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA/SOCIEDAD PÚBLICA DE VIVIENDA DE IRUN, S.A.U. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita de la formalización del contratoIRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA/ SOCIEDAD PÚBLICA DE VIVIENDA DE IRUN, así como cualesquiera otros que resulten de aplicaciónS.A.U., según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. ● Será gasto exigible al contratista el pago del suministro eléctrico del Velatorio Municipal, contratando dicho servicio por su cuenta. ● El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario y maquinaria preciso según la finalidad de cada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas características. En todo caso el equipamiento, mobiliario e instalaciones ofertadas por el contratista deberán cumplir con la normativa vigente en materia de instalaciones mortuorias y ser autorizada motivada por la Consejería competente en la materia y la administración municipal. ● La empresa explotadora deberá mantener el Velatorio Municipal objeto posibilidad de la explotación con todos los elementos que la componen, en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y utilización. Las reparaciones ordinarias que se exijan por el desgaste CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 del uso ordinario del inmueble son de cuenta de la empresa explotadora, la cual estará igualmente obligada a la reposición de los bienes de equipamiento que pudieran deteriorarse o desaparecer por cualquier causa. Por tanto deberá Incorporar en el tiempo preciso mejoras o instalaciones y equipamientos necesarios para la buena marcha del servicio. ● El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá supervisar el correcto funcionamiento y aprovechamiento de las instalaciones y comprobará el estado de conservación y operaciones de mantenimiento, reparación y reposición. ● Si de estas funciones se derivara el incumplimiento del contratista y después de notificado el mismo y su obligación de subsanar las deficiencias comprobadas, previa audiencia, no cumpliere adecuadamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá hacer la subsanación x xxxxx del contratista, detrayendo el coste de la fianza, reclamando el resto si hubiere lugar, por los procedimientos previstos en derecho. Si se repitiera esta eventualidad podrá resolver el contrato con el consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios. ● El explotador tendrá la obligación de mantener a su xxxxx los servicios y suministros para el funcionamiento del Velatorio Municipal, así como cargas fiscales, de cualquier tipo y procedencia que graven la explotación y los que la normativa legal imponga para el ejercicio de la actividad. ● El adjudicatario observará un estricto cumplimiento de las normas establecidas en la legislación vigente, siendo de su cuenta todo lo relativo a las obligaciones inherentes al mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones. ● Cuidará que todos los servicios que presta en el Velatorio Municipal sean conocidos por los usuarios con antelación a su utilización, así como las condiciones de utilización y precios. ● El adjudicatario ha de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que deberá mantener durante todo el período de vigencia del contrato, justificándolo antes de la adjudicación y siempre que se le exija. ● La principal aportación de la empresa es su carácter profesional y su conocimiento específico del objeto de este contrato. Asimismo aportará todo lo que figure en su oferta, muy especialmente lo relativo al equipamiento del centro. La empresa realizará la explotación a su riesgo y xxxxxxx, adquiriendo los muebles, suministros, seguros, etc, y demás necesidades de la explotación. ● Será obligación del adjudicatario, antes de que se formalice el contrato de concesión de la explotación, constituir contrato de mantenimiento de las instalaciones que a continuación se relacionan: ● Instalación contra incendio. ● Instalación de climatización y calefacción. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Servicios de desinfección, desratización y desinsectación. ● Así como cualquier otra instalación que, preceptivamente o para su correcto mantenimiento, requiera revisiones periódicas. ● Igualmente, antes del inicio de la actividad concertará contrato de Seguro Multirriesgo y de Responsabilidad Civil frente a terceros, incluidos el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La correspondiente póliza, por valor de 150.000 EUROS, deberá responder también de daños materiales, incluso incendio del inmueble. Dichas pólizas deberán mantenerse actualizadas durante toda la vigencia del contrato. ● No se podrá subrogar, transferir o ceder en todo o en parte el presente contrato a tercero, sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● Así mismo, el adjudicatario estará obligado, antes de la suscripción del referido contrato, a modificar la titularidad de los contratos de los servicios a nombre del mismo (gas, electricidad, agua...), así como los de mantenimiento suscritos anteriormente por otros titulares. ● Cuando, durante la vida del contrato, el adjudicatario considere que una determinada obra, instalación o equipamiento pueda aumentar la capacidad y calidad en la prestación del servicio y/o rentabilidad del patrimonio, podrá llevarla a cabo a su xxxxx, previa autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y su supervisión. ● No gravar ni enajenar bienes afectos al contrato. ● No podrá subcontratar la gestión del establecimiento en ningún caso. No obstante, sí podrá contratar determinadas prestaciones de carácter accesorio, como limpieza, vigilancia, etc, con autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● El adjudicatario contratará, antes del inicio de la actividad, un Plan contra incendios y de evacuación del personal y usuarios, que será aprobado por la Administración. ● El concesionario queda obligado a la obtención de las correspondientes licencias de actividad, apertura y demás autorizaciones que procedan para poner en marcha la Sala Velatorio. ● El concesionario se obliga al cumplimiento de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. ● El acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres será realizado por el concesionario de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de policía y sanidad mortuoria que resulte de aplicación, siendo propia del mismo todo lo que no constituya una función profesional específicaulteriores servicios, en cuyo caso será prestado por el concesionario por cuenta del usuario o peticionario. ● El concesionario llevará un libro registro, en su caso, en soporte informático, de los servicios prestadosse podrán almacenar, con las prescripciones que puedan ser establecidas debidas condiciones de seguridad por la administración sanitaria y en el que se contendrá como mínimo los siguientes: fecha un periodo de servicio, identificación del cadáver, descripción del servicio y datos del peticionario. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● En todo caso, dentro del equipamiento que corresponde instalar al concesionario deberá constar los sistemas de climatización y calefacción de todo el inmueblecinco años.

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Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones del Contratista. Contratista Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. El servicio de velatorio deberá prestarse ininterrumpidamente, debiendo estar aptas para el servicio las instalaciones los 365 días del año. Cuando no exista ningún cadáver dentro del tanatorio y no exista en su interior alguna persona al frente del mismo, se entenderá que el concesionario cumple con dicho deber, teniendo expuestos en lugar perfectamente visible desde el exterior los números de teléfono en que se puede solicitar sin demora la prestación de los servicios propios de la actividad del concesionario, en tales números de teléfono se atenderá desde el primer momento a las personas que lo soliciten y se les facilitará la información y servicios que fuere procedente, así como la apertura de las instalaciones, en su caso. ● En el caso de que se produzcan varias solicitudes de prestación del servicio para unas mismas fechas, deberá tenerse en cuenta el siguiente orden de prioridad: En primer lugar, los fallecidos empadronados en la localidad; En segundo lugar, los fallecidos originarios de la localidad; Finalmente, el resto de fallecidos. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Xxxxxx - Cuidar el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. - Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. - Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. - Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. Dichas tarifas tienen naturaleza de precio privado, por lo que el adjudicatario, en los términos del contrato con los usuarios, podrá cobrarlas y reclamarlas judicialmente en caso de impago. En las mismas se considerará incluido el IVA, así como cualquier otro tributo o gravamen. La revisión de las tarifas se realizará anualmente, permitiéndose un incremento que no superará en ningún caso el IPC, una vez publicado por el INE. - Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 64.2 del Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre). El adjudicatario tendrá la condición de empleador del personal que preste sus servicios en el Velatorio Municipal, quedando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx exento de cualquier obligación frente a los empleados del adjudicatario del contrato. ● - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del TR.LCSP Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre para los supuestos de contrataciónsubcontratación. ● Xxxxxx - Gastos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación y de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. ● Será gasto exigible al contratista el pago del suministro eléctrico del Velatorio MunicipalEn caso de que lo exija alguna de las Administraciones que financia la obra, contratando dicho servicio por su cuenta. ● El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario y maquinaria preciso según la finalidad de cada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas características. En todo caso el equipamiento, mobiliario e instalaciones ofertadas por el contratista deberán cumplir con la normativa vigente en materia de instalaciones mortuorias y ser autorizada por la Consejería competente en la materia y la administración municipal. ● La empresa explotadora deberá mantener el Velatorio Municipal objeto de la explotación con todos los elementos que la componen, en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y utilización. Las reparaciones ordinarias que se exijan por el desgaste CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 del uso ordinario del inmueble son de cuenta de la empresa explotadora, la cual estará igualmente obligada a la reposición de los bienes de equipamiento que pudieran deteriorarse o desaparecer por cualquier causa. Por tanto deberá Incorporar en el tiempo preciso mejoras o instalaciones y equipamientos necesarios para la buena marcha del servicio. ● El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá supervisar el correcto funcionamiento y aprovechamiento de las instalaciones y comprobará el estado de conservación y operaciones de mantenimiento, reparación y reposición. ● Si de estas funciones se derivara el incumplimiento del contratista y después de notificado el mismo y su obligación de subsanar las deficiencias comprobadas, previa audiencia, no cumpliere adecuadamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá hacer la subsanación x xxxxx del contratista, detrayendo el coste de la fianza, reclamando el resto si hubiere lugar, por los procedimientos previstos en derecho. Si se repitiera esta eventualidad podrá resolver el contrato con el consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios. ● El explotador tendrá la obligación de mantener instalará a su xxxxx los servicios y suministros para el funcionamiento del Velatorio Municipal, así como cargas fiscales, carteles de cualquier tipo y procedencia que graven la explotación y los que la normativa legal imponga para el ejercicio identificación de la actividadobra, con las características que se establezcan. - El servicio se prestará por el adjudicatario observará un estricto cumplimiento durante el plazo de las normas establecidas en la legislación vigenteduración del contrato, siendo de su cargo los gastos que se originen en general por el funcionamiento del mismo, en particular serán de su cuenta todo lo relativo los de contratación de personal a su servicio. El adjudicatario y el personal que éste contrate, deberá estar en posesión del carnet de manipulador de alimentos, pudiendo ser requerido por el Ayuntamiento la presentación del mismo. - Deberá disponer de artículos normales en este tipo de establecimientos y aquellos otros que se deseen para un mejor servicio (golosinas, helados, etc.) y exponer en sitio visible las obligaciones inherentes al mantenimiento y funcionamiento listas completas de las instalaciones. ● Cuidará que precios de todos los servicios que presta en el Velatorio Municipal sean conocidos por los usuarios con antelación a su utilización, así como las condiciones de utilización artículos y precios. ● El adjudicatario ha de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que deberá mantener durante todo el período de vigencia del contrato, justificándolo antes de la adjudicación y siempre géneros que se le exija. ● La principal aportación de la empresa es su carácter profesional y su conocimiento específico del objeto expendan debidamente autorizada, dichos precios serán acordes con los de este contratotipo de establecimientos habidos en la zona. Asimismo aportará todo lo que figure en su oferta, muy especialmente lo relativo al equipamiento del centro. La empresa realizará la explotación a su riesgo y xxxxxxx, adquiriendo También habrá de disponer de alta los muebles, suministros, seguros, etc, y demás necesidades correspondientes canales de la explotación. ● Será obligación del adjudicatario, antes de Televisión Pública existentes o que se formalice el contrato de concesión de la explotación, constituir contrato de mantenimiento de las instalaciones que a continuación se relacionan: ● Instalación contra incendio. ● Instalación de climatización y calefacción. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Servicios de desinfección, desratización y desinsectación. ● Así como cualquier otra instalación que, preceptivamente o para su correcto mantenimiento, requiera revisiones periódicas. ● Igualmente, antes del inicio de la actividad concertará contrato de Seguro Multirriesgo y de Responsabilidad Civil frente a terceros, incluidos el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La correspondiente póliza, por valor de 150.000 EUROS, deberá responder también de daños materiales, incluso incendio del inmueble. Dichas pólizas deberán mantenerse actualizadas creen durante toda la vigencia del contrato. Será también de cuenta del contratista: Deberá pintar el local en el que se desarrolla la actividad de bar y cafetería y servicios cuando se considere necesario por la Corporación Municipal y al menos una vez cada dos años, debiendo realizarse los trabajos de pintura en el periodo del año que menos perjuicios se ocasione al servicio y previa comunicación al Ayuntamiento, quien deberá autorizarlo. - Mantener en perfectas condiciones, salvo los desgastes normales del uso, el material recibido. - Conservar las construcciones, instalaciones, mobiliario y equipos en perfectas condiciones y en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene, siendo a su cargo los gastos de las averías que se ocasionen en las instalaciones, siempre que sean por negligencia del adjudicatario, o por el uso anormal de las mismas, respondiendo incluso de los deterioros producidos por los usuarios. por la Corporación Municipal. Póliza cuya copia compulsada deberá presentar en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx con carácter previo a la firma del contrato. - No se podrá subrogarenajenar, transferir o ceder en todo o en parte el presente contrato a tercero, ni gravar sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxbienes e instalaciones que deban revertir al Ayuntamiento. ● Así mismo, el adjudicatario estará obligado, antes de la suscripción del referido contrato, a modificar la titularidad de los contratos de los servicios a nombre del - Ejercer por sí mismo (gas, electricidad, agua...), así como los de mantenimiento suscritos anteriormente por otros titulares. ● Cuando, durante la vida del contrato, el adjudicatario considere que una determinada obra, instalación o equipamiento pueda aumentar la capacidad y calidad en la prestación del servicio y/y no cederlo ni traspasarlo a terceros sin la anuencia de la Corporación Municipal. - A satisfacer las cargas fiscales, incluido el I.V.A. y demás tributos que conlleve la explotación del Bar, así como estar al día de cuantas licencias, autorizaciones o rentabilidad del patrimoniopermisos se precisen de los organismos competentes en materia de sanidad, podrá llevarla a cabo trabajo y hacienda o cualesquiera otros necesarios para el desarrollo de la actividad pretendida. El incumplimiento de estas obligaciones no implicará responsabilidad alguna para el Ayuntamiento. - El adjudicatario permitirá y facilitará las inspecciones que de los trabajos, personal, material y equipo de las instalaciones se dispongan por la Alcaldía. El adjudicatario y personal a su xxxxxservicio deberá tratar al público con corrección, previa dentro de las normas de convivencia ciudadana. - El Ayuntamiento podrá disponer del Salón de Usos Múltiples del Centro, así como del otro local adyacente, sito en la primera planta del edificio cuando lo considere conveniente y necesario a fin de poder desarrollar, en los citados locales, actos y actividades sociales, culturales o que redunden en el interés general de los vecinos del municipio. - El adjudicatario para disponer de los locales del Centro y del mobiliario en ellos instalado, distintos a los del bar y cafetería, deberá contar con la autorización expresa del Ayuntamiento. - Se encargará de la apertura y cierre del Edificio y del cuidado y vigilancia de todos los locales del edificio, su mobiliario y equipos existentes en el Centro Social. - Se encargará de controlar el encendido y apagado de la calefacción así como de controlar que la temperatura del edificio sea la adecuada, siendo de cuenta del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y su supervisiónlos gastos de calefacción que se originen. ● No gravar ni enajenar bienes afectos al contrato- Finaliza la explotación, revertirán a la Ayuntamiento todas las instalaciones en el mismo estado en que fueron entregadas, sin derecho a indemnización alguna. ● No podrá subcontratar la gestión del establecimiento en ningún caso. No obstante, sí podrá contratar determinadas prestaciones de carácter accesorio, como limpieza, vigilancia, etc, con autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● El adjudicatario contratará, antes del inicio de la actividad, un Plan contra incendios y de evacuación del personal y usuarios, deberá costear los desperfectos que será aprobado por la Administración. ● El concesionario queda obligado se observen a la obtención de las correspondientes licencias de actividadfinalización del contrato y que excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso, apertura y demás autorizaciones así como reponer los elementos que procedan para poner en marcha la Sala Velatorioresultaren inservibles. ● El concesionario se obliga al - En cumplimiento de la normativa vigente, se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas a los menores de edad. - En materia de ruidos no se podrá sobrepasar 45 db del sonido de 8 horas a 22 horas y los 30 db el resto del tiempo, medidos en el exterior. -El Bar/Centro Social deberá estar abierto de forma ininterrumpida durante todo el año (a excepción del periodo de vacaciones), en horario de mañana y tarde, salvo los lunes por descanso semanal, con el siguiente horario mínimo, y con pleno respeto a la legislación vigente en la Comunidad Autónoma sobre horarios: Meses de Extremadurainvierno: de 12 horas a 22 horas. Meses xx xxxxxx: de 12 horas a 23 horas. El acondicionamiento y tratamiento sanitario contratista dispondrá de los cadáveres será realizado por el concesionario un periodo de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de policía y sanidad mortuoria que resulte de aplicaciónquince días naturales al año, siendo propia del mismo todo lo que no constituya una función profesional específica, en cuyo caso será prestado por el concesionario por cuenta del usuario o peticionario. ● El concesionario llevará un libro registro, en su caso, en soporte informático, de los servicios prestados, con las prescripciones que puedan ser establecidas por la administración sanitaria y en el que podrá cerrarse el local con motivo de disfrute de vacaciones, siempre que tal circunstancia se contendrá como mínimo los siguientes: fecha comunique por escrito al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y así lo autorice esta Administración. Cuando el lunes, día de serviciodescanso semanal, identificación del cadávercoincida con festivo el Centro Social incluido el bar, descripción del servicio y datos del peticionario. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércolesdeberá permanecer abierto, 8 xx xxxxx trasladándose el día de 2017 ● En todo caso, dentro del equipamiento que corresponde instalar descanso al concesionario deberá constar los sistemas de climatización y calefacción de todo el inmueblesiguiente día hábil.

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Samples: Pliego De Cláusulas Economico Administrativas Que Regiran El Contrato De Administrativo Especial De Explotacion Del Bar Cafeteria Y Atencion Del Centro Social De Torquemada, Sito en Calle Afuera

Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones del Contratista. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: ● Prestar el servicio El contrato se ejecutará con la continuidad convenida y garantizar sujeción a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, lo establecido en su casoclausulado y en los pliegos, y de la contraprestación económica comprendida en acuerdo con las tarifas aprobadasinstrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación. El servicio contratista será responsable de velatorio deberá prestarse ininterrumpidamente, debiendo estar aptas para el servicio las instalaciones los 365 días del año. Cuando no exista ningún cadáver dentro del tanatorio y no exista en su interior alguna persona al frente del mismo, se entenderá que el concesionario cumple con dicho deber, teniendo expuestos en lugar perfectamente visible desde el exterior los números de teléfono en que se puede solicitar sin demora la prestación de los servicios propios de la actividad del concesionario, en tales números de teléfono se atenderá desde el primer momento a las personas que lo soliciten y se les facilitará la información y servicios que fuere procedente, así como la apertura de las instalaciones, en su caso. ● En el caso de que se produzcan varias solicitudes de prestación del servicio para unas mismas fechas, deberá tenerse en cuenta el siguiente orden de prioridad: En primer lugar, los fallecidos empadronados en la localidad; En segundo lugar, los fallecidos originarios de la localidad; Finalmente, el resto de fallecidos. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. ● Indemnizar todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo la ejecución del servicio, excepto cuando el daño sea producido contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por causas imputables a la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. ● Respetar En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el principio artículo 214 TRLCSP. El contratista será responsable de no discriminación por razón la calidad técnica de nacionalidad, respecto los trabajos que desarrolle y de las empresas prestaciones y servicios realizados, así como de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. ● Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por consecuencias que se deduzcan para la Administración concedente por o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la gestión y explotación ejecución del servicio. ● Obligaciones laborales y socialescontrato. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. ● El contratista está obligado a dedicar o adscribir No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para elloy el Ayuntamiento de Ciempozuelos, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la Ley 30/2007empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, de 30 de octubrepor tanto, de Contratos del Sector Público). El adjudicatario tendrá ésta la condición de empleador del personal que preste sus servicios en el Velatorio Municipal, quedando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx exento de cualquier obligación frente a los empleados del adjudicatario del contrato. ● El contratista está obligado única responsable y obligada al cumplimiento de los requisitos previstos cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en el artículo 227 del TR.LCSP para los supuestos de contratación. ● Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación y de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. ● Será gasto exigible al contratista el pago del suministro eléctrico del Velatorio Municipal, contratando dicho servicio por su cuenta. ● El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario y maquinaria preciso según la finalidad de cada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas características. En todo caso el equipamiento, mobiliario e instalaciones ofertadas por el contratista deberán cumplir con la normativa vigente especial en materia de instalaciones mortuorias y ser autorizada por la Consejería competente en la materia y la administración municipal. ● La empresa explotadora deberá mantener el Velatorio Municipal objeto de la explotación con todos los elementos que la componencontratación, en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y utilización. Las reparaciones ordinarias que se exijan por el desgaste CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 del uso ordinario del inmueble son de cuenta de la empresa explotadora, la cual estará igualmente obligada a la reposición de los bienes de equipamiento que pudieran deteriorarse o desaparecer por cualquier causa. Por tanto deberá Incorporar en el tiempo preciso mejoras o instalaciones y equipamientos necesarios para la buena marcha del servicio. ● El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá supervisar el correcto funcionamiento y aprovechamiento de las instalaciones y comprobará el estado de conservación y operaciones de mantenimiento, reparación y reposición. ● Si de estas funciones se derivara el incumplimiento del contratista y después de notificado el mismo y su obligación de subsanar las deficiencias comprobadas, previa audiencia, no cumpliere adecuadamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá hacer la subsanación x xxxxx del contratista, detrayendo el coste de la fianza, reclamando el resto si hubiere lugar, por los procedimientos previstos en derecho. Si se repitiera esta eventualidad podrá resolver el contrato con el consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios. ● El explotador tendrá la obligación de mantener a su xxxxx los servicios y suministros para el funcionamiento del Velatorio Municipal, así como cargas fiscales, de cualquier tipo y procedencia que graven la explotación y los que la normativa legal imponga para el ejercicio de la actividad. ● El adjudicatario observará un estricto cumplimiento de las normas establecidas en la legislación vigente, siendo de su cuenta todo lo relativo a las obligaciones inherentes al mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones. ● Cuidará que todos los servicios que presta en el Velatorio Municipal sean conocidos por los usuarios con antelación a su utilización, así como las condiciones de utilización y precios. ● El adjudicatario ha de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que deberá mantener durante todo prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el período Ayuntamiento de vigencia del contrato, justificándolo antes de la adjudicación y siempre que se le exija. ● La principal aportación de la empresa es su carácter profesional y su conocimiento específico del objeto de este contrato. Asimismo aportará todo lo que figure en su oferta, muy especialmente lo relativo al equipamiento del centro. La empresa realizará la explotación a su riesgo y xxxxxxx, adquiriendo los muebles, suministros, seguros, etcCiempozuelos, y demás necesidades de la explotación. ● Será obligación del adjudicatario, antes de que se formalice el contrato de concesión de la explotación, constituir contrato de mantenimiento ello con independencia de las instalaciones facultades de Control e Inspección que a continuación se relacionan: ● Instalación contra incendiolegal y/o contractualmente correspondan al mismo. ● Instalación de climatización y calefacción. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Servicios de desinfección, desratización y desinsectación. ● Así como cualquier otra instalación que, preceptivamente o para su correcto mantenimiento, requiera revisiones periódicas. ● Igualmente, antes del inicio de A la actividad concertará contrato de Seguro Multirriesgo y de Responsabilidad Civil frente a terceros, incluidos el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La correspondiente póliza, por valor de 150.000 EUROS, deberá responder también de daños materiales, incluso incendio del inmueble. Dichas pólizas deberán mantenerse actualizadas durante toda la vigencia del contrato. ● No se podrá subrogar, transferir o ceder en todo o en parte el presente contrato a tercero, sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● Así mismo, el adjudicatario estará obligado, antes de la suscripción del referido contrato, a modificar la titularidad extinción de los contratos de los servicios a nombre del mismo (gasservicios, electricidad, agua...), así como los de mantenimiento suscritos anteriormente por otros titulares. ● Cuando, durante la vida del contrato, el adjudicatario considere que una determinada obra, instalación o equipamiento pueda aumentar la capacidad y calidad en la prestación del servicio y/o rentabilidad del patrimonio, no podrá llevarla a cabo a su xxxxx, previa autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y su supervisión. ● No gravar ni enajenar bienes afectos al contrato. ● No podrá subcontratar la gestión del establecimiento producirse en ningún caso. No obstante, sí podrá contratar determinadas prestaciones de carácter accesorio, como limpieza, vigilancia, etc, con autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● El adjudicatario contratará, antes del inicio de caso la actividad, un Plan contra incendios y de evacuación del personal y usuarios, que será aprobado por la Administración. ● El concesionario queda obligado a la obtención consolidación de las correspondientes licencias de actividadpersonas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como el personal del ente, apertura y demás autorizaciones que procedan para poner en marcha la Sala Velatorio. ● El concesionario se obliga al cumplimiento de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. ● El acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres será realizado por el concesionario de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de policía y sanidad mortuoria que resulte de aplicación, siendo propia organismo o entidad del mismo todo lo que no constituya una función profesional específica, en cuyo caso será prestado por el concesionario por cuenta del usuario o peticionario. ● El concesionario llevará un libro registro, en su caso, en soporte informático, de los servicios prestados, con las prescripciones que puedan ser establecidas por la administración sanitaria y en el que se contendrá como mínimo los siguientes: fecha de servicio, identificación del cadáver, descripción del servicio y datos del peticionario. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● En todo caso, dentro del equipamiento que corresponde instalar al concesionario deberá constar los sistemas de climatización y calefacción de todo el inmueble.sector público contratante

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Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones del Contratista. Además El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, así como las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: ● Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abonoinstrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadascontratación. El servicio de velatorio deberá prestarse ininterrumpidamente, debiendo estar aptas para el servicio las instalaciones los 365 días del año. Cuando no exista ningún cadáver dentro del tanatorio Con carácter enunciativo y no exista en su interior alguna persona al frente limitativo, serán obligaciones a satisfacer por el contratista, entre otras las siguientes: - El adjudicatario está obligado a suscribir y presentar antes del mismoinicio de las labores de preparación y montaje, se entenderá que el concesionario cumple con dicho deber, teniendo expuestos en lugar perfectamente visible desde el exterior los números una póliza de teléfono en que se puede solicitar sin demora la prestación suspensión y cancelación de los servicios propios de la actividad del concesionario, en tales números de teléfono se atenderá desde el primer momento a las personas que lo soliciten y se les facilitará la información y servicios que fuere procedenteespectáculos, así como todos los seguros necesarios para cubrir la apertura producción del evento, incluido un seguro de las instalacionesresponsabilidad civil, de conformidad a lo dispuesto en su caso. ● En el caso Decreto 109/2005 de 26 xx xxxxx, por el que se produzcan varias solicitudes de prestación del servicio para unas mismas fechas, deberá tenerse en cuenta el siguiente orden de prioridad: En primer lugar, regulan los fallecidos empadronados en la localidad; En segundo lugar, los fallecidos originarios de la localidad; Finalmente, el resto de fallecidos. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio requisitos de los poderes contratos obligatorios y de policía atribuidos a la administración. ● Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. ● Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. ● Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. ● Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes responsabilidad civil en materia laboral, de seguridad social espectáculos públicos y de prevención de riesgos laboralesactividades recreativas. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o y materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. ello (Artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos artículo 64.2 del Sector PúblicoTRLCSP). El adjudicatario tendrá la condición de empleador del personal que preste sus servicios en el Velatorio Municipal, quedando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx exento de cualquier obligación frente a los empleados del adjudicatario del contrato. ● - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del TR.LCSP para los supuestos de contratación. ● Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación y de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. ● Será gasto exigible al contratista el pago del suministro eléctrico del Velatorio Municipal, contratando dicho servicio por su cuenta. ● El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario y maquinaria preciso según la finalidad de cada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas características. En todo caso el equipamiento, mobiliario e instalaciones ofertadas por el contratista deberán cumplir con la normativa vigente en materia laboral, de instalaciones mortuorias seguridad social, de integración social de minusválidos y ser autorizada por la Consejería competente de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia y la administración municipal. ● La empresa explotadora deberá mantener el Velatorio Municipal objeto de la explotación con todos los elementos que la componencoordinación de actividades empresariales, en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y utilización. Las reparaciones ordinarias que se exijan por el desgaste CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 del uso ordinario del inmueble son de cuenta de la empresa explotadora, la cual estará igualmente obligada a la reposición Reglamento de los bienes Servicios de equipamiento que pudieran deteriorarse o desaparecer Prevención, aprobados por cualquier causa. Por tanto deberá Incorporar en el tiempo preciso mejoras o instalaciones y equipamientos necesarios para la buena marcha del servicio. ● El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá supervisar el correcto funcionamiento y aprovechamiento de las instalaciones y comprobará el estado de conservación y operaciones de mantenimiento, reparación y reposición. ● Si de estas funciones se derivara el incumplimiento del contratista y después de notificado el mismo y su obligación de subsanar las deficiencias comprobadas, previa audiencia, no cumpliere adecuadamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá hacer la subsanación x xxxxx del contratista, detrayendo el coste de la fianza, reclamando el resto si hubiere lugar, por los procedimientos previstos en derecho. Si se repitiera esta eventualidad podrá resolver el contrato con el consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios. ● El explotador tendrá la obligación de mantener a su xxxxx los servicios y suministros para el funcionamiento del Velatorio Municipal, así como cargas fiscalesReal Decreto 39/1997, de cualquier tipo y procedencia que graven la explotación y los que la normativa legal imponga para el ejercicio 17 de la actividad. ● El adjudicatario observará un estricto cumplimiento de las normas establecidas en la legislación vigente, siendo de su cuenta todo lo relativo a las obligaciones inherentes al mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones. ● Cuidará que todos los servicios que presta en el Velatorio Municipal sean conocidos por los usuarios con antelación a su utilizaciónenero, así como las condiciones de utilización y precios. ● El adjudicatario ha de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con que se promulguen durante la Seguridad Social, que deberá mantener durante todo el período de vigencia ejecución del contrato, justificándolo antes de debiendo tener a su cargo el personal necesario para la adjudicación y siempre que se le exija. ● La principal aportación de la empresa es su carácter profesional y su conocimiento específico realización del objeto de este contrato. Asimismo aportará todo lo que figure en su oferta, muy especialmente lo relativo al equipamiento del centro. La empresa realizará la explotación a su riesgo y xxxxxxx, adquiriendo los muebles, suministros, seguros, etc, y demás necesidades de la explotación. ● Será obligación del adjudicatario, antes de que se formalice el contrato de concesión de la explotación, constituir contrato de mantenimiento de las instalaciones que a continuación se relacionan: ● Instalación contra incendio. ● Instalación de climatización y calefacción. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Servicios de desinfección, desratización y desinsectación. ● Así como cualquier otra instalación que, preceptivamente o para su correcto mantenimiento, requiera revisiones periódicas. ● Igualmente, antes del inicio de la actividad concertará contrato de Seguro Multirriesgo y de Responsabilidad Civil frente a terceros, incluidos el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La correspondiente póliza, por valor de 150.000 EUROS, deberá responder también de daños materiales, incluso incendio del inmueble. Dichas pólizas deberán mantenerse actualizadas durante toda la vigencia del contrato. ● No se podrá subrogar, transferir o ceder en todo o en parte el presente contrato a tercero, sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● Así mismo, el adjudicatario estará obligado, antes de la suscripción del referido contrato, a modificar la titularidad de los contratos de los servicios a nombre del mismo (gas, electricidad, agua...), así como los de mantenimiento suscritos anteriormente por otros titulares. ● Cuando, durante la vida del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. - La dependencia y vínculo de todo el adjudicatario considere personal será exclusivamente con la empresa adjudicataria, que una determinada obra, instalación o equipamiento pueda aumentar la capacidad y calidad en la prestación del servicio y/o rentabilidad del patrimonio, podrá llevarla a cabo a su xxxxx, previa autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y su supervisión. ● No gravar ni enajenar bienes afectos al contrato. ● No podrá subcontratar la gestión del establecimiento en ningún caso. No obstante, sí podrá contratar determinadas prestaciones de carácter accesorio, como limpieza, vigilancia, etc, con autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● El adjudicatario contratará, antes del inicio asume todas las obligaciones derivadas de la actividadrelación laboral. En ningún caso dicha relación laborar será atribuible al Ayuntamiento, un Plan contra incendios y de evacuación del personal y usuarios, que será aprobado por la Administración. ● El concesionario queda obligado a la obtención de las correspondientes licencias de actividad, apertura y demás autorizaciones que procedan para poner en marcha la Sala Velatorio. ● El concesionario se obliga al cumplimiento de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. ● El acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres será realizado por el concesionario de conformidad acuerdo con lo previsto en el artículo 301.4 TRLCSP. - En consecuencia, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del de cuantas normas regulan y desarrollan la normativa vigente relación laboral o de policía otro tipo, existente entre aquel o entre sus subcontratistas, y sanidad mortuoria los trabajadores de uno y otro, sin que resulte pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de aplicaciónresponsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas pudieran imponerle los Organismos competentes. - Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros, siendo propia por si o por personal o medios dependientes del mismo todo mismo, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes (art. 214 del TRLCSP). - El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, tanto para la Administración como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con lo establecido en el art. 305 del TRLCSP. Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que no constituya una función profesional específicase refiere esta cláusula. - En cualquier caso, el contratista indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa. - Será de cuenta del adjudicatario la infraestructura necesaria para la realización de cada uno de los espectáculos contratados, tales como equipos de luz, sonido, escenarios, camerinos, catering, alojamientos, generadores etc., asimismo el contratista está obligado a satisfacer los gastos que se deriven de la obtención de autorizaciones, licencias, documentos, o cualquier otra información de Organismos Oficiales o particulares, el pago de impuestos, incluido los correspondientes a derechos de SGAE y todos los gastos correspondientes a pruebas, ensayos, comprobación de materiales, vigilancia del proceso de ejecución y posterior asistencia hasta la finalización del contrato, y en general, cualesquiera otros a que hubiera lugar para la realización de la prestación del servicio, incluidos los posibles desplazamientos. - El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial, intelectual o comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en la organización de las actividades, suministros e instalación. - El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato, en cuyo caso será prestado por el concesionario por cuenta del usuario o peticionario. ● El concesionario llevará un libro registrolos términos que, en su caso, se indique en soporte informático, de los servicios prestados, con pliegos. El contratista tendrá derecho a: - A las prescripciones que puedan ser establecidas por la administración sanitaria y contraprestaciones económicas previstas en el contrato, en los términos que el propio contrato establezca. - A conocer y ser oído sobre las observaciones que se contendrá formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. El Ayuntamiento xx Xxxxxxx conservará las facultades que le son inherentes y los poderes de Policía necesarios para asegurar la buena marcha de su prestación, así como mínimo los siguientes: fecha de servicio, identificación del cadáver, descripción del servicio y datos del peticionario. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● En todo caso, dentro del equipamiento las demás que corresponde instalar al concesionario deberá constar los sistemas de climatización y calefacción de todo el inmueblele atribuya la legislación vigente.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Adjudicación Del Contrato De Los Conciertos De Actuaciones Artísticas Musicales

Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del Contratistaplazo indicado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contratoautorización, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: ● Prestar el servicio con la continuidad convenida acreditación y garantizar Registro de Centros de Atención a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, personas mayores de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadasComunidad Autónoma de Extremadura. El servicio de velatorio deberá prestarse ininterrumpidamente— Garantizar el cuidado, debiendo estar aptas para el servicio las instalaciones los 365 días del año. Cuando no exista ningún cadáver dentro del tanatorio la atención material y no exista en su interior alguna persona al frente del mismo, se entenderá que el concesionario cumple con dicho deber, teniendo expuestos en lugar perfectamente visible desde el exterior los números de teléfono en que se puede solicitar sin demora la prestación personal y seguridad de los servicios propios usuarios, respetando sus creencias cívicas, políticas, xxxxxxx y religiosas. Cód. Validación: 9KF6QHNHS3NZ6RGL9LGPDZLGX | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de la actividad del concesionario, 25 — Disponer en tales números todo momento de teléfono se atenderá desde el primer momento a las personas que lo soliciten los medios materiales y se les facilitará la información de personal suficiente y servicios que fuere procedente, así como la apertura de las instalaciones, en su caso. ● En el caso de que se produzcan varias solicitudes de técnicamente cualificado para realizar una prestación del servicio para unas mismas fechassatisfactoria. En concreto deberá disponer de cómo mínimo de las ratios de personal por número de usuarios que se tenga establecido en el DECRETO 298/2015, deberá tenerse en cuenta de 20 de noviembre, por el siguiente orden que se aprueba el Reglamento de prioridad: En primer lugarautorización, los fallecidos empadronados en la localidad; En segundo lugar, los fallecidos originarios acreditación y Registro de Centros de Atención a personas mayores de la localidad; Finalmente, Comunidad Autónoma de Extremadura y lo dispuesto en el resto estudio económico. — Supervisión y formación continua del personal. — Formalización con el usuario del contrato de fallecidosprestación de servicios. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. ● Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. ● Respetar A estos efectos, el concesionario deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil por importe de 600.000 €. No se admitirán Pólizas con franquicia. — No efectuar discriminación alguna en la admisión de los usuarios por razón de nacionalidad, sexo, religión y creencia, respetando a su vez el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. ● Percibir — Custodiar en el centro y poner a disposición del personal inspector de los usuarios la Gerencia de Servicios Sociales y del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. ● Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento personal de las disposiciones vigentes en materia laboral, Gerencias Territoriales encargado de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. ● El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). El adjudicatario tendrá la condición de empleador del personal que preste sus servicios en el Velatorio Municipal, quedando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx exento de cualquier obligación frente a los empleados del adjudicatario del contrato. ● El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del TR.LCSP para los supuestos de contratación. ● Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratistalas comprobaciones, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios siguientes documentos que tendrán carácter de licitación y adjudicación y de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. ● Será gasto exigible al contratista el pago del suministro eléctrico del Velatorio Municipal, contratando dicho servicio por su cuenta. ● El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario y maquinaria preciso según la finalidad de cada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas características. En todo caso el equipamiento, mobiliario e instalaciones ofertadas por el contratista deberán cumplir con la normativa vigente en materia de instalaciones mortuorias y ser autorizada por la Consejería competente en la materia y la administración municipal. ● La empresa explotadora deberá mantener el Velatorio Municipal objeto de la explotación con todos los elementos que la componen, en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y utilización. Las reparaciones ordinarias que se exijan por el desgaste CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 del uso ordinario del inmueble son de cuenta de la empresa explotadora, la cual estará igualmente obligada a la reposición de los bienes de equipamiento que pudieran deteriorarse o desaparecer por cualquier causa. Por tanto deberá Incorporar en el tiempo preciso mejoras o instalaciones y equipamientos necesarios para la buena marcha del servicio. ● El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá supervisar el correcto funcionamiento y aprovechamiento de las instalaciones y comprobará el estado de conservación y operaciones de mantenimiento, reparación y reposición. ● Si de estas funciones se derivara el incumplimiento del contratista y después de notificado el mismo y su obligación de subsanar las deficiencias comprobadas, previa audiencia, no cumpliere adecuadamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá hacer la subsanación x xxxxx del contratista, detrayendo el coste de la fianza, reclamando el resto si hubiere lugar, por los procedimientos previstos en derecho. Si se repitiera esta eventualidad podrá resolver el contrato con el consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios. ● El explotador tendrá la obligación de mantener a su xxxxx los servicios y suministros para el funcionamiento del Velatorio Municipal, así como cargas fiscales, de cualquier tipo y procedencia que graven la explotación y los que la normativa legal imponga para el ejercicio de la actividad. ● El adjudicatario observará un estricto cumplimiento de las normas establecidas en la legislación vigente, siendo de su cuenta todo lo relativo a las obligaciones inherentes al mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones. ● Cuidará que todos los servicios que presta en el Velatorio Municipal sean conocidos por los usuarios con antelación a su utilización, así como las condiciones de utilización y precios. ● El adjudicatario ha de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que deberá mantener durante todo el período de vigencia del contrato, justificándolo antes de la adjudicación y siempre que se le exija. ● La principal aportación de la empresa es su carácter profesional y su conocimiento específico del objeto de este contrato. Asimismo aportará todo lo que figure en su oferta, muy especialmente lo relativo al equipamiento del centro. La empresa realizará la explotación a su riesgo y xxxxxxx, adquiriendo los muebles, suministros, seguros, etc, y demás necesidades de la explotación. ● Será obligación del adjudicatario, antes de que se formalice el contrato de concesión de la explotación, constituir contrato de mantenimiento de las instalaciones que a continuación se relacionan: ● Instalación contra incendio. ● Instalación de climatización y calefacción. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Servicios de desinfección, desratización y desinsectación. ● Así como cualquier otra instalación que, preceptivamente o para su correcto mantenimiento, requiera revisiones periódicas. ● Igualmente, antes del inicio de la actividad concertará contrato de Seguro Multirriesgo y de Responsabilidad Civil frente a terceros, incluidos el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La correspondiente póliza, por valor de 150.000 EUROS, deberá responder también de daños materiales, incluso incendio del inmueble. Dichas pólizas deberán mantenerse actualizadas durante toda la vigencia del contrato. ● No se podrá subrogar, transferir o ceder en todo o en parte el presente contrato a tercero, sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● Así mismo, el adjudicatario estará obligado, antes de la suscripción del referido contrato, a modificar la titularidad de los contratos de los servicios a nombre del mismo (gas, electricidad, agua...), así como los de mantenimiento suscritos anteriormente por otros titulares. ● Cuando, durante la vida del contrato, el adjudicatario considere que una determinada obra, instalación o equipamiento pueda aumentar la capacidad y calidad en la prestación del servicio y/o rentabilidad del patrimonio, podrá llevarla a cabo a su xxxxx, previa autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y su supervisión. ● No gravar ni enajenar bienes afectos al contrato. ● No podrá subcontratar la gestión del establecimiento en ningún caso. No obstante, sí podrá contratar determinadas prestaciones de carácter accesorio, como limpieza, vigilancia, etc, con autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● El adjudicatario contratará, antes del inicio de la actividad, un Plan contra incendios y de evacuación del personal y usuarios, que será aprobado por la Administración. ● El concesionario queda obligado a la obtención de las correspondientes licencias de actividad, apertura y demás autorizaciones que procedan para poner en marcha la Sala Velatorio. ● El concesionario se obliga al cumplimiento de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. ● El acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres será realizado por el concesionario de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de policía y sanidad mortuoria que resulte de aplicación, siendo propia del mismo todo lo que no constituya una función profesional específica, en cuyo caso será prestado por el concesionario por cuenta del usuario o peticionario. ● El concesionario llevará un libro registro, en su caso, en soporte informático, de los servicios prestados, con las prescripciones que puedan ser establecidas por la administración sanitaria y en el que se contendrá como mínimo los siguientes: fecha de servicio, identificación del cadáver, descripción del servicio y datos del peticionario. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● En todo caso, dentro del equipamiento que corresponde instalar al concesionario deberá constar los sistemas de climatización y calefacción de todo el inmueble.reservados:

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para El Contrato De Concesión De Servicios De Centro De Día Para Mayores, Mediante La Modalidad De Concesión

Derechos y Obligaciones. AEl adjudicatario se obliga a: ➢ Tener un seguro de responsabilidad civil de 300.000€, que cubra la responsabilidad por los daños y/o lesiones que se pudieran ocasionar en bienes y/o derechos de terceros (incluidos los que se pudieran producir en bienes y/o derechos de IFEZA) Obligaciones del Contratistacon ocasión de la organización y celebración de la Feria. Además ➢ Prestar todos los servicios enumerados en el apartado de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico prescripciones técnicas del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: ● Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. El servicio de velatorio deberá prestarse ininterrumpidamente, debiendo estar aptas para el servicio las instalaciones los 365 días del año. Cuando no exista ningún cadáver dentro del tanatorio y no exista en su interior alguna persona al frente del mismo, se entenderá que el concesionario cumple con dicho deber, teniendo expuestos en lugar perfectamente visible desde el exterior los números de teléfono en que se puede solicitar sin demora la prestación de los servicios propios de la actividad del concesionario, en tales números de teléfono se atenderá desde el primer momento a las personas que lo soliciten y se les facilitará la información y servicios que fuere procedente, así como la apertura de las instalaciones, en su caso. ● En el caso de que se produzcan varias solicitudes de prestación del servicio para unas mismas fechas, deberá tenerse en cuenta el siguiente orden de prioridad: En primer lugar, los fallecidos empadronados en la localidad; En segundo lugar, los fallecidos originarios de la localidad; Finalmente, el resto de fallecidos. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. ● Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. ● Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comerciopliego, en los contratos términos que en él se detallan. ➢ Colaborar en todo momento con la organización en el adecuado seguimiento de suministro consecuencia la feria, garantizando a estos efectos la disponibilidad necesaria. ➢ Participar en la Comisión de Seguimiento y asistir a sus reuniones. ➢ Solicitar y estar en posesión de todos los permisos, licencias y autorizaciones necesarias para la realización de una feria de esta naturaleza (permisos administrativos, sanitarios,...). ➢ Atender las necesidades indicadas por los propios expositores. ➢ Las demás legalmente previstas. ➢ El adjudicatario contratará en su propio nombre los servicios enumerados a cuya prestación se obliga frente a la Organización de la Feria y será responsable exclusivo de su pago frente a los proveedores, empresas o entidades con quienes contrate. ➢ La empresa adjudicataria asume la obligación de tener en alta en la Seguridad Social y contratado en el INEM a cuantos trabajadores formen parte del personal requerido, quedando expresamente prohibido el desarrollo de gestión cualquier trabajo por persona que carezca de este alta. ➢ El personal realizará sus servicios públicosa jornada completa siendo de cuenta de la empresa adjudicataria su mantenimiento y la fijación de la relación laboral especifica que les una a ellos, con el horario que la Dirección de INNOVADUERO 2008 estime oportuno. ● Percibir ➢ El adjudicatario estará obligado a presentar una copia del alta de los usuarios del servicio cada trabajador previamente a su incorporación a su puesto de trabajo. ➢ Así mismo la empresa licitadora, asumirá las tarifas aprobadas por obligaciones que dimanan de la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. ● Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento Ley de las disposiciones vigentes Salud Laboral en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. ● El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). El adjudicatario tendrá la condición de empleador del personal que preste sus servicios en el Velatorio Municipal, quedando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx exento de cualquier obligación frente a los empleados del adjudicatario del contrato. ● El contratista está obligado al cumplimiento ; y de los requisitos previstos en el artículo 227 del TR.LCSP para los supuestos seguros de contrataciónconvenios obligatorios. ● Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista➢ En ningún caso la Diputación xx Xxxxxx, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación y de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes se pondrá en la forma y cuantía que éstas señalen. ● Será gasto exigible al contratista el pago del suministro eléctrico del Velatorio Municipal, contratando dicho servicio por su cuenta. ● El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario y maquinaria preciso según la finalidad de cada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas características. En todo caso el equipamiento, mobiliario e instalaciones ofertadas por el contratista deberán cumplir con la normativa vigente en materia de instalaciones mortuorias y ser autorizada por la Consejería competente en la materia y la administración municipal. ● La empresa explotadora deberá mantener el Velatorio Municipal objeto de la explotación con todos los elementos que la componen, en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y utilización. Las reparaciones ordinarias que se exijan por el desgaste CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 del uso ordinario del inmueble son de cuenta de la empresa explotadora, la cual estará igualmente obligada a la reposición de los bienes de equipamiento que pudieran deteriorarse o desaparecer por cualquier causa. Por tanto deberá Incorporar en el tiempo preciso mejoras o instalaciones y equipamientos necesarios para la buena marcha del servicio. ● El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá supervisar el correcto funcionamiento y aprovechamiento de las instalaciones y comprobará el estado de conservación y operaciones de mantenimiento, reparación y reposición. ● Si de estas funciones se derivara el incumplimiento del contratista y después de notificado el mismo y su obligación de subsanar las deficiencias comprobadas, previa audiencia, no cumpliere adecuadamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá hacer la subsanación x xxxxx del contratista, detrayendo el coste de la fianza, reclamando el resto si hubiere lugar, por los procedimientos previstos en derecho. Si se repitiera esta eventualidad podrá resolver el contrato con el consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios. ● El explotador tendrá la obligación de mantener a su xxxxx los servicios y suministros para el funcionamiento del Velatorio Municipal, así como cargas fiscales, de cualquier tipo y procedencia que graven la explotación y los que la normativa legal imponga para el ejercicio de la actividad. ● El adjudicatario observará un estricto cumplimiento de las normas establecidas en la legislación vigente, siendo de su cuenta todo lo relativo a las obligaciones inherentes al mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones. ● Cuidará que todos los servicios que presta en el Velatorio Municipal sean conocidos por los usuarios con antelación a su utilización, así como las condiciones de utilización y precios. ● El adjudicatario ha de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que deberá mantener durante todo el período de vigencia del contrato, justificándolo antes de la adjudicación y siempre que se le exija. ● La principal aportación de la empresa es su carácter profesional y su conocimiento específico del objeto de este contrato. Asimismo aportará todo lo que figure en su oferta, muy especialmente lo relativo al equipamiento del centro. La empresa realizará la explotación a su riesgo y xxxxxxx, adquiriendo los muebles, suministros, seguros, etc, y demás necesidades de la explotación. ● Será obligación posición del adjudicatario, antes de que ni se formalice el contrato de concesión de la explotación, constituir contrato de mantenimiento de las instalaciones que a continuación se relacionan: ● Instalación contra incendio. ● Instalación de climatización y calefacción. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Servicios de desinfección, desratización y desinsectación. ● Así como cualquier otra instalación que, preceptivamente o para su correcto mantenimiento, requiera revisiones periódicas. ● Igualmente, antes del inicio de la actividad concertará contrato de Seguro Multirriesgo y de Responsabilidad Civil frente a terceros, incluidos el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La correspondiente póliza, por valor de 150.000 EUROS, deberá responder también de daños materiales, incluso incendio del inmueble. Dichas pólizas deberán mantenerse actualizadas durante toda la vigencia del contrato. ● No se podrá subrogar, transferir o ceder en todo o en parte el presente contrato a tercero, sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● Así mismo, el adjudicatario estará obligado, antes de la suscripción del referido contrato, a modificar la titularidad de los contratos de los servicios a nombre del mismo (gas, electricidad, agua...), así como los de mantenimiento suscritos anteriormente por otros titulares. ● Cuando, durante la vida del contrato, el adjudicatario considere que una determinada obra, instalación o equipamiento pueda aumentar la capacidad y calidad en la prestación del servicio y/o rentabilidad del patrimonio, podrá llevarla a cabo a su xxxxx, previa autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y su supervisión. ● No gravar ni enajenar bienes afectos al contrato. ● No podrá subcontratar la gestión del establecimiento subrogará en ningún caso. No obstante, sí podrá contratar determinadas prestaciones tipo de carácter accesorio, como limpieza, vigilancia, etc, obligación del adjudicatario en relación con autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● El adjudicatario contratará, antes del inicio de la actividad, un Plan contra incendios y de evacuación del personal y usuarios, que será aprobado por la Administración. ● El concesionario queda obligado a la obtención de las correspondientes licencias de actividad, apertura y demás autorizaciones que procedan para poner en marcha la Sala Velatorio. ● El concesionario se obliga al cumplimiento de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. ● El acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres será realizado por el concesionario de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de policía y sanidad mortuoria que resulte de aplicación, siendo propia del mismo todo lo que no constituya una función profesional específica, en cuyo caso será prestado por el concesionario por cuenta del usuario o peticionario. ● El concesionario llevará un libro registro, en su caso, en soporte informático, de los servicios prestados, con las prescripciones que puedan ser establecidas por la administración sanitaria y en el que se contendrá como mínimo los siguientes: fecha de servicio, identificación del cadáver, descripción del servicio y datos del peticionario. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● En todo caso, dentro del equipamiento que corresponde instalar al concesionario deberá constar los sistemas de climatización y calefacción de todo el inmuebleeste personal.

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Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones del Contratista. concesionario Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abonoabono al Ayuntamiento, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. El servicio de velatorio deberá prestarse ininterrumpidamente, debiendo estar aptas para el servicio las instalaciones los 365 días del año. Cuando no exista ningún cadáver dentro del tanatorio y no exista en su interior alguna persona al frente del mismo, se entenderá que el concesionario cumple con dicho deber, teniendo expuestos en lugar perfectamente visible desde el exterior los números de teléfono en que se puede solicitar sin demora la prestación de los servicios propios de la actividad del concesionario, en tales números de teléfono se atenderá desde el primer momento a las personas que lo soliciten y se les facilitará la información y servicios que fuere procedente, así como la apertura de las instalaciones, en su caso. ● En el caso de que se produzcan varias solicitudes de prestación del servicio para unas mismas fechas, deberá tenerse en cuenta el siguiente orden de prioridad: En primer lugar, los fallecidos empadronados en la localidad; En segundo lugar, los fallecidos originarios de la localidad; Finalmente, el resto de fallecidos. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. ● Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. ● Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. ● Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). El adjudicatario tendrá la condición de empleador del personal que preste sus servicios en el Velatorio Municipal, quedando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx exento de cualquier obligación frente a los empleados del adjudicatario del contrato. ● El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del TR.LCSP Sector Público para los supuestos de contrataciónsubcontratación. Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación y de la formalización del contratoadjudicación, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. ● Será gasto exigible al contratista el pago del suministro eléctrico del Velatorio Municipal, contratando dicho servicio por su cuenta. ● El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario y maquinaria preciso según la finalidad de cada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas características. En todo caso el equipamiento, mobiliario e — Las instalaciones ofertadas por el contratista deberán cumplir con la normativa vigente en materia de instalaciones mortuorias y ser autorizada por la Consejería competente en la materia y la administración municipal. ● La empresa explotadora deberá mantener el Velatorio Municipal objeto de la explotación con todos los elementos que la componen, en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y utilización. Las reparaciones ordinarias que se exijan por el desgaste CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 del uso ordinario del inmueble son de cuenta de la empresa explotadora, la cual estará igualmente obligada a la reposición de los bienes de equipamiento que pudieran deteriorarse o desaparecer por cualquier causa. Por tanto deberá Incorporar en el tiempo preciso mejoras o instalaciones y equipamientos necesarios para la buena marcha del servicio. ● El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá supervisar el correcto funcionamiento y aprovechamiento de las instalaciones y comprobará el estado de conservación y operaciones de mantenimiento, reparación y reposición. ● Si de estas funciones se derivara el incumplimiento del contratista y después de notificado el mismo y su obligación de subsanar las deficiencias comprobadas, previa audiencia, no cumpliere adecuadamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá hacer la subsanación x xxxxx del contratista, detrayendo el coste de la fianza, reclamando el resto si hubiere lugar, por los procedimientos previstos en derecho. Si se repitiera esta eventualidad podrá resolver el contrato con el consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios. ● El explotador tendrá la obligación de mantener a su xxxxx los servicios y suministros para el funcionamiento del Velatorio Municipal, así como cargas fiscales, de cualquier tipo y procedencia que graven la explotación y los que la normativa legal imponga para el ejercicio de la actividad. ● El adjudicatario observará un estricto cumplimiento de las normas establecidas en la legislación vigente, siendo de su cuenta todo lo relativo a las obligaciones inherentes al mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones. ● Cuidará que todos los servicios que presta en el Velatorio Municipal sean conocidos por los usuarios con antelación a su utilización, así como las condiciones de utilización y precios. ● El adjudicatario ha de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que deberá mantener mantenerse durante todo el período de vigencia duración del contrato en perfecto estado de higiene, seguridad, limpieza, conservación y ornato, cumpliendo con la normativa higiénico-sanitaria en la materia. Todos los gastos derivados de reparaciones necesarias para el mantenimiento de la instalación serán de cuenta del contratista. — El contratista y sus empleados deberán tratar a los usuarios con la máxima corrección. — El contratista deberá abstenerse de colocar publicidad, salvo en los casos autorizados por el Ayuntamiento, así como de realizar actividades que no constituyan el objeto del contrato, justificándolo antes a no ser que están autorizadas previamente por el Ayuntamiento. — El contratista está obligado a elaborar y difundir un plan de autoprotección para los usuarios que comprenda un plan de evacuación de los mismos, así como disponer de las medidas precisas de prevención de incendios. — El contratista responderá ante los propietarios de los vehículos inmovilizados, trasladados y depositados, por los daños que produzcan a aquellos con ocasión de las operaciones correspondientes y mientras permanezcan en depósito. Igualmente, será responsable por las mismas causas, ante el Ayuntamiento de Ciutadella o ante la adjudicación Autoridad que hubiese dispuesto la inmovilización, traslado y siempre depósito a los que afecte dicha disposición. En el supuesto de que fuese exigible al Ayuntamiento de Ciutadella el pago de indemnizaciones o sanciones impuestas por Autoridades o Tribunales competentes, como consecuencia del incumplimiento por el contratista de sus obligaciones, se le exija. ● La principal aportación de la empresa es repercutirá su carácter profesional y importe al contratista, con cargo a su conocimiento específico del objeto de este contrato. Asimismo aportará todo lo que figure propio patrimonio si diere lugar a ello, o en su ofertadefecto, muy especialmente lo relativo al equipamiento del centro. La empresa realizará la explotación con cargo a su riesgo las fianzas y xxxxxxxgarantías constituidas por el mismo, adquiriendo los muebles, suministros, seguros, etc, y demás necesidades de la explotación. ● Será obligación del adjudicatario, antes de que se formalice el contrato de concesión de la explotación, constituir contrato de mantenimiento de quien vendrá obligado a completar las instalaciones que a continuación se relacionan: ● Instalación contra incendio. ● Instalación de climatización y calefacción. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Servicios de desinfección, desratización y desinsectación. ● Así como cualquier otra instalación que, preceptivamente o para su correcto mantenimiento, requiera revisiones periódicas. ● Igualmente, antes del inicio de la actividad concertará contrato de Seguro Multirriesgo garantías afectadas y de Responsabilidad Civil frente a terceros, incluidos el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La correspondiente póliza, por valor no hacerlo será causa de 150.000 EUROS, deberá responder también de daños materiales, incluso incendio del inmueble. Dichas pólizas deberán mantenerse actualizadas durante toda la vigencia resolución del contrato. ● No se podrá subrogar, transferir o ceder en todo o en parte el presente contrato — El contratista está obligado a tercero, sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxsuscribir la correspondiente Póliza de seguros de Responsabilidad Civil. ● Así mismo, el adjudicatario estará obligado, antes — El contratista deberá proveerse de la suscripción del referido contrato, a modificar la titularidad correspondiente póliza de los contratos de los servicios a nombre del mismo (gas, electricidad, agua...), así como los de mantenimiento suscritos anteriormente por otros titulares. ● Cuando, durante la vida del contrato, el adjudicatario considere seguros que una determinada obra, instalación o equipamiento pueda aumentar la capacidad y calidad en la prestación del servicio y/o rentabilidad del patrimonio, podrá llevarla a cabo a su xxxxx, previa autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y su supervisión. ● No gravar ni enajenar bienes afectos al contrato. ● No podrá subcontratar la gestión del establecimiento en ningún caso. No obstante, sí podrá contratar determinadas prestaciones de carácter accesorio, como limpieza, vigilancia, etc, con autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● El adjudicatario contratará, antes del inicio de la actividad, un Plan contra incendios y de evacuación del personal y usuarios, que será aprobado por la Administración. ● El concesionario queda obligado a la obtención de las correspondientes licencias de actividad, apertura y demás autorizaciones que procedan para poner en marcha la Sala Velatorio. ● El concesionario se obliga al cumplimiento de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. ● El acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres será realizado por el concesionario de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de policía y sanidad mortuoria que resulte de aplicación, siendo propia del mismo todo lo que no constituya una función profesional específica, en cuyo caso será prestado por el concesionario por cuenta del usuario o peticionario. ● El concesionario llevará un libro registro, en su caso, en soporte informático, de los servicios prestados, con las prescripciones ampare posibles accidentes que puedan ser establecidas por sufrir los usuarios durante, teniendo la administración sanitaria y en el que se contendrá como mínimo los siguientes: fecha obligación de servicio, identificación del cadáver, descripción del servicio y datos del peticionario. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● En todo caso, dentro del equipamiento que corresponde instalar al concesionario deberá constar los sistemas de climatización y calefacción de todo el inmueblesocorrerlos.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Y Técnicas Particulares Para La Contratación Por Procedimiento Abierto Del Servicio De Grua, Inmovilización, Depósito Y Custodia De Toda Clase De Vehículos Retirados De La Vía Pública De Ciutadella De Menorca

Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones del Contratista. Además Los derechos y obligaciones que a la fecha de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico expedición del presente decreto tenga el Instituto Nacional de Concesiones INCO, continuarán a favor y a cargo de la Agencia Nacional de Infraestructura”. De esta manera, si en desarrollo de un proyecto de infraestructura como el que se deriva del contrato de concesión portuaria 010 de 2007 a cargo de la ANI, se requiere ejercer la potestad estatal de expropiación administrativa, la ANI es la competente para expedir el acto administrativo correspondiente con base en los artículos 3 y 4, numeral 10, del Decreto Ley 4165 de 2011, en concordancia con los artículos 20 y 31 de la Ley 1682 de 2013. Igualmente la ANI se encuentra legitimada para instaurar las acciones judiciales tendientes a la expropiación ordinaria por vía judicial. Advierte la Sala que del análisis de la Ley 1682 de 2013, así como del Decreto Ley 4165 de 2011, la potestad de expropiar por vía administra o judicial y la competencia de la entidad pública responsable del proyecto para proceder a la expropiación, no se encuentra sujeta o condicionada a que la entidad correspondiente se encuentre “capacitada para ser socia” de una sociedad portuaria como en su momento lo preveía el artículo 16 de la Ley 1 de 1991. La expropiación administrativa por parte de la ANI de los “terrenos adyacentes” en donde se realizará la construcción de infraestructura básica de apoyo a las operaciones portuarias (incluye, según el contrato, son obligaciones específicas “vías internas, servicios, oficinas, pavimentación de patios, bodegas, silos, tanques, tuberías, oficinas, talleres”, entre otros), se encuentra sustentada en el artículo 58 de la Constitución Política y los desarrollos de la Ley 1682 de 2013 en relación con los proyectos de infraestructura, según se ha explicado. Como lo ha señalado la Corte Constitucional, el contrato de concesión portuaria tiene sustento en los artículos 365 y 366 de la Constitución Política, a cuyo tenor es obligación del contratista Estado asegurar la prestación eficiente y eficaz de los servicios públicos, entre ellos, el de transporte marítimo. Mediante el incentivo a la inversión privada en el sector portuario, el Estado asegura el cumplimiento del deber de garantizar la adecuación de la infraestructura portuaria a las siguientes: ● Prestar el servicio con la continuidad convenida especificaciones técnicas y garantizar tecnológicas necesarias para atender las exigencias del creciente comercio internacional, conforme a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas requerimientos planteados por la globalización de los mercados30[30]. El Estado al celebrar los contratos y mediante su ejecución busca el abono, en su caso, cumplimiento de los fines estatales y la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. El servicio de velatorio deberá prestarse ininterrumpidamente, debiendo estar aptas para el servicio las instalaciones los 365 días del año. Cuando no exista ningún cadáver dentro del tanatorio continua y no exista en su interior alguna persona al frente del mismo, se entenderá que el concesionario cumple con dicho deber, teniendo expuestos en lugar perfectamente visible desde el exterior los números de teléfono en que se puede solicitar sin demora la eficiente prestación de los servicios propios públicos y, en consecuencia, la efectividad de los derechos e intereses de los ciudadanos. En este sentido, uno de los principios que rige la ejecución de los contratos estatales es la mutabilidad, según el cual el contrato puede sufrir cambios para satisfacer las exigencias del interés general. Obviamente para que la modificación se ajuste a derecho debe existir una motivación real y cierta que la sustente.31[31] Dado que la ley no define lo que debe entenderse por “adición” de un contrato estatal, la jurisprudencia y la doctrina han sido las encargadas de perfilar el significado de dicho concepto32[32]. El Consejo de Estado se ha ocupado de este asunto para determinar la forma como debe contabilizarse y controlarse el límite a la adición de los contratos establecido en el parágrafo del artículo 40 de la actividad del concesionarioLey 80 de 1993, en tales números de teléfono se atenderá desde el primer momento a las personas que lo soliciten y se les facilitará la información y servicios que fuere procedente, así como la apertura de las instalaciones, en su caso. ● En el caso de que se produzcan varias solicitudes de prestación del servicio para unas mismas fechas, deberá tenerse en cuenta el siguiente orden de prioridad: En primer lugar, los fallecidos empadronados en la localidad; En segundo lugar, los fallecidos originarios de la localidad; Finalmente, el resto de fallecidos. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. ● Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. ● Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, especialmente en los contratos de suministro consecuencia obra. La Sala en el concepto 2148 del 23 xx xxxxxx de gestión de servicios públicos. ● Percibir 2013, considerando la jurisprudencia y la doctrina citadas, sostuvo que la adición de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. ● Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado contratos estatales consiste en una modificación a los mismos para: i) agregar al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. ● El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución objeto inicial del contrato los medios personales bienes, obras, servicios o materiales suficientes actividades no previstas inicialmente en dicho objeto, pero que guardan una estrecha relación con el mismo y se requieren para ellosu debida ejecución y, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 en últimas, para el logro de la Ley 30/2007finalidad perseguida con el contrato, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). El adjudicatario tendrá la condición de empleador del personal que preste sus servicios en y/o ii) modificar el Velatorio Municipal, quedando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx exento de cualquier obligación frente a los empleados del adjudicatario del contrato. ● El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del TR.LCSP para los supuestos de contratación. ● Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación y de la formalización precio del contrato, así entendido éste como cualesquiera otros que resulten el precio global acordado, los precios unitarios, el valor de aplicaciónlos honorarios reconocidos al contratista etc., según las disposiciones vigentes en la forma modalidad de remuneración pactada, siempre que dicho ajuste tenga un fundamento legal, técnico y cuantía que éstas señaleneconómico, y no se 30[30] Sentencia C- 068 de 2009 31[31] Conceptos 1952 de 2009 y 2150 de 2013, entre otros. ● Será gasto exigible al contratista el pago 32[32] Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. Sentencia del suministro eléctrico del Velatorio Municipal, contratando dicho servicio por su cuenta15 de julio de 2004. ● El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario y maquinaria preciso según la finalidad de cada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas característicasExp. 76001-23-31-000-2002-1164- 02(AP); No. Interno 22.178. Actor: Unión Temporal Hidrocaña. En todo caso el equipamiento, mobiliario e instalaciones ofertadas por mismo sentido ver fallo dictado el contratista deberán cumplir con la normativa vigente en materia de instalaciones mortuorias y ser autorizada por la Consejería competente en la materia y la administración municipal. ● La empresa explotadora deberá mantener el Velatorio Municipal objeto de la explotación con todos los elementos que la componen, en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y utilización. Las reparaciones ordinarias que se exijan por el desgaste CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 día 22 xx xxxxx de 2017 2004. Radicación: 07001-23-31-000- 0000-0000-00. Referencia: No. interno: 14.292; Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil. Concepto Nº 1121 del uso ordinario 26 xx xxxxxx de 1998. Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil. Concepto Nº 1439 del inmueble son 18 de cuenta julio de 2002. trate de la empresa explotadorasimple actualización de los precios estipulada inicialmente por las partes (cláusulas de actualización o reajuste de valor) o de la revisión de los mismos por el acaecimiento de hechos sobrevinientes extraordinarios o imprevisibles (teoría de la imprevisión, hecho del príncipe etc.) Según los supuestos fácticos de la cual estará igualmente obligada consulta, con posterioridad a la reposición celebración del contrato de concesión No. 010 de 2007, mediante providencia judicial se desvirtuó la propiedad sobre los bienes de equipamiento “terrenos adyacentes” al área concesionada que pudieran deteriorarse o desaparecer inicialmente habían sido acreditados como propios por cualquier causala sociedad concesionaria. Por tanto deberá Incorporar en el tiempo preciso mejoras o instalaciones Verificada dicha circunstancia sobreviniente y equipamientos necesarios para no imputable a la buena marcha del servicio. ● El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá supervisar el correcto funcionamiento y aprovechamiento de las instalaciones y comprobará el estado de conservación y operaciones de mantenimiento, reparación y reposición. ● Si de estas funciones se derivara el incumplimiento del contratista y después de notificado el mismo y su obligación de subsanar las deficiencias comprobadas, previa audiencia, no cumpliere adecuadamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá hacer la subsanación x xxxxx del contratista, detrayendo el coste de la fianza, reclamando el resto si hubiere lugar, por los procedimientos previstos en derecho. Si se repitiera esta eventualidad podrá resolver el contrato con el consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios. ● El explotador tendrá la obligación de mantener a su xxxxx los servicios y suministros para el funcionamiento del Velatorio Municipal, así como cargas fiscales, de cualquier tipo y procedencia que graven la explotación y los que la normativa legal imponga para el ejercicio de la actividad. ● El adjudicatario observará un estricto cumplimiento de las normas establecidas en la legislación vigente, siendo de su cuenta todo lo relativo a las obligaciones inherentes al mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones. ● Cuidará que todos los servicios que presta en el Velatorio Municipal sean conocidos por los usuarios con antelación a su utilización, así como las condiciones de utilización y precios. ● El adjudicatario ha de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que deberá mantener durante todo el período de vigencia del contrato, justificándolo antes de la adjudicación y siempre que se le exija. ● La principal aportación de la empresa es su carácter profesional y su conocimiento específico del objeto de este contrato. Asimismo aportará todo lo que figure en su oferta, muy especialmente lo relativo al equipamiento del centro. La empresa realizará la explotación a su riesgo y xxxxxxx, adquiriendo los muebles, suministros, seguros, etcentidad estatal contratante, y demás necesidades considerando que las obras allí proyectadas le prestarían un servicio directo a la operación logística del puerto concesionado, se determinó por las partes la necesidad de la explotación. ● Será obligación del adjudicatario, antes de que se formalice “incluirlos” nuevamente en el contrato de concesión (otrosí aclaratorio No. 02), con el fin de proceder a su expropiación. Se entiende entonces que la expropiación tiene como destino permitir el desarrollo del proyecto de infraestructura denominado “Puerto Industrial Aguadulce” y la prestación eficiente, oportuna y continua del servicio público portuario33[33]. De esta manera, una vez se materialice la expropiación, en los términos expuestos en este concepto, se requerirá realizar una adición al citado contrato que permita incorporar materialmente los inmuebles al proyecto. Por tratarse de una operación emergente que genera costos imprevistos para el Estado, la mencionada 33[33] La Corte Constitucional en la Sentencia C- 300 de 2012 al declarar condicionalmente exequible el artículo 28 de la explotaciónLey 1150 de 2007, constituir tanto en la parte resolutiva del fallo como en los argumentos contenidos en la parte considerativa que sirvieron de fundamento directo para tal decisión explicó de la siguiente forma lo que entendía por “obras adicionales o accesorias”, teniendo en cuenta la naturaleza y las particularidades jurídicas y económicas del contrato de mantenimiento concesión: “Como se indicó en apartes previos… la relación del contrato de concesión con la prestación de un servicio público genera que su objeto sea amplio, aunque no ilimitado, pues no solamente incluye la construcción de una obra pública destinada al uso público o a la prestación de un servicio público, sino también las instalaciones que a continuación se relacionan: ● Instalación contra incendio. ● Instalación de climatización y calefacción. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Servicios de desinfección, desratización y desinsectación. ● Así como cualquier otra instalación que, preceptivamente o actividades necesarias para su correcto mantenimientofuncionamiento adecuado, requiera revisiones periódicas. ● Igualmentecontinuo y eficiente, antes del inicio incluido su mantenimiento durante el término de la actividad concertará concesión y su adecuación a las nuevas exigencias de la prestación del servicio. Estas últimas son llamadas “obras accesorias” y pueden comprender la proyección, ejecución, conservación, reposición y reparación de: (a) obras complementarias necesarias para que la obra principal cumpla su finalidad y sea debidamente aprovechada, (b) obras necesarias para adaptar y modernizar la obra principal a nuevas exigencias técnicas y funcionales; y (c) obras para la reparación y reposición de la obra principal, cuando sea necesario”. incorporación tendrá que hacerse a título oneroso e implicará convenir con el concesionario la contraprestación correspondiente a favor de la ANI. Las razones de utilidad pública e interés social que presiden la expropiación de los “terrenos adyacentes” dada su estrecha relación con la ejecución y/o desarrollo del proyecto de infraestructura que prestará un servicio conexo en los términos de la Ley 336 de 1996, indican que su destino no puede ser modificado. Sin perjuicio de que la expropiación defiere la titularidad del bien a la ANI, esta agencia estatal deberá convenir con la sociedad concesionaria la ocupación y utilización de tales “terrenos adyacentes”, en forma temporal y exclusiva. Constitucionalmente la expropiación, como se ha explicado, está prevista a favor del interés general que representa el Estado y no en beneficio de los intereses de los particulares. Además, el régimen jurídico del bien expropiado, dada su inescindible relación con el objeto principal concesionado, corresponde al del contrato de Seguro Multirriesgo y concesión y, por lo mismo, las obras o desarrollos logísticos que se construyan sobre él deben revertir a la Nación al término de Responsabilidad Civil frente a terceros, incluidos el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxla concesión34[34]. La correspondiente póliza, por valor de 150.000 EUROS, deberá responder también de daños materiales, incluso incendio posición expuesta tiene pleno sustento en el numeral 2 del inmueble. Dichas pólizas deberán mantenerse actualizadas durante toda la vigencia del contrato. ● No se podrá subrogar, transferir o ceder en todo o en parte el presente contrato a tercero, sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● Así mismo, el adjudicatario estará obligado, antes artículo 14 de la suscripción del referido contrato, a modificar Ley 80 de 1993 que exige la titularidad inclusión de la cláusula de reversión35[35] en los contratos de los servicios a nombre concesión, del mismo (gascual el de concesión portuaria es una especie, electricidaden concordancia con el artículo 8 de la Ley 1 de 1991, agua...), así como los que dispone: 34[34] Sobre las diversas clases de mantenimiento suscritos anteriormente por otros titulares. ● Cuando, durante la vida del contrato, el adjudicatario considere bienes que una determinada obra, instalación o equipamiento pueda aumentar la capacidad y calidad se pueden hallar en la prestación del servicio y/o rentabilidad del patrimonioconcesionado se ha ocupado la doctrina extranjera, podrá llevarla coincidiendo con lo sostenido por la Sala. Refiriéndose a cabo tales bienes se alude: “(…) a su xxxxxuna serie de elementos necesarios para el desarrollo de la actividad concedida, previa autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx que la administración exige y su supervisiónel particular se compromete a aportar. ● No gravar ni enajenar bienes Forman parte integrante de la concesión y están afectos al contratoservicio público, siguiendo el régimen exorbitante propio de esta clase de bienes…”. ● No podrá subcontratar Xxxxxxx Xxxxxxxx, E. “La reversión administrativa de instalaciones en la gestión del establecimiento en ningún casoconcesión administrativa de servicio público”. No obstanteCasa Editorial Bosch, sí podrá contratar determinadas prestaciones de carácter accesorio, como limpieza, vigilancia, etc, con autorización del Ayuntamiento xx XxxxxxxxBarcelona. ● El adjudicatario contratará, antes del inicio Página 53. Cita tomado de la actividadSentencia C- 555 de 2013 de la Corte Constitucional. 35[35] Ley 80 de 1993, un Plan contra incendios artículo 19: “De la reversión. En los contratos de concesión o explotación de bienes estatales se pactará que, al finalizar el término de la explotación o concesión, los elementos y de evacuación del personal y usuarios, que será aprobado por la Administración. ● El concesionario queda obligado bienes directamente afectados a la obtención de las correspondientes licencias de actividad, apertura y demás autorizaciones que procedan para poner en marcha la Sala Velatorio. ● El concesionario se obliga al cumplimiento misma pasen a ser propiedad de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. ● El acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres será realizado entidad contratante, sin que por el concesionario de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de policía y sanidad mortuoria que resulte de aplicación, siendo propia del mismo todo lo que no constituya una función profesional específica, en cuyo caso será prestado por el concesionario por cuenta del usuario o peticionario. ● El concesionario llevará un libro registro, en su caso, en soporte informático, de los servicios prestados, con las prescripciones que puedan ser establecidas por la administración sanitaria y en el que se contendrá como mínimo los siguientes: fecha de servicio, identificación del cadáver, descripción del servicio y datos del peticionario. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● En todo caso, dentro del equipamiento que corresponde instalar al concesionario deberá constar los sistemas de climatización y calefacción de todo el inmuebleello ésta deba efectuar compensación alguna”.

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Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones del Contratista. Contratista Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: ● Prestar — Comenzar la prestación del servicio en el plazo de un mes desde la formalización del contrato y prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. El servicio de velatorio deberá prestarse ininterrumpidamente, debiendo estar aptas para el servicio las instalaciones los 365 días del año. Cuando no exista ningún cadáver dentro del tanatorio y no exista en su interior alguna persona al frente del mismo, se entenderá que el concesionario cumple con dicho deber, teniendo expuestos en lugar perfectamente visible desde el exterior los números de teléfono en que se puede solicitar sin demora la prestación de los servicios propios de la actividad del concesionario, en tales números de teléfono se atenderá desde el primer momento a las personas que lo soliciten y se les facilitará la información y servicios que fuere procedente, así como la apertura de las instalaciones, en su caso. ● En el caso de que se produzcan varias solicitudes de prestación del servicio para unas mismas fechas, deberá tenerse en cuenta el siguiente orden de prioridad: En primer lugar, los fallecidos empadronados en la localidad; En segundo lugar, los fallecidos originarios de la localidad; Finalmente, el resto de fallecidos. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. Efectuar y mantener de su cuenta la limpieza e higiene del local , y de cuanto en él se contenga, reposición de de los elementos que queden inservibles, así como pintar y reparar la instalaciones y mobiliario de forma inmediata, cuando su estado así lo haga aconsejable. Aportar, cuidar y mantener en buenas condiciones el mobiliario y maquinaria que se facilita, siendo de su cuenta las reparaciones que se efectúen y abonar los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso. Mantener el buen orden, compostura y educación de todos cuantos concurran la local — Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño año sea producido por causas imputables a la Administración. Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. ● Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. ● El contratista está obligado a dedicar o adscribir a — Obtener la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes adecuada compensación económica para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 mantener el equilibrio económico de la Ley 30/2007concesión, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). El adjudicatario tendrá la condición de empleador del personal que preste sus servicios en el Velatorio Municipal, quedando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx exento supuesto de cualquier obligación frente modificaciones del servicio impuestas por la Corporación que aumenten los costos o disminuyan la retribución; y en los casos en que por causas ajenas a los empleados del adjudicatario del contrato. ● El contratista está obligado al cumplimiento las partes contratantes se alterasen las bases económicas de los requisitos previstos la concesión contempladas en el artículo 227 del TR.LCSP para los supuestos de contratación. ● Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación y de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. ● Será gasto exigible al contratista el pago del suministro eléctrico del Velatorio Municipal, contratando dicho servicio por su cuenta. ● El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario y maquinaria preciso según la finalidad de cada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas características. En todo caso el equipamiento, mobiliario e instalaciones ofertadas por el contratista deberán cumplir con la normativa vigente en materia de instalaciones mortuorias y ser autorizada por la Consejería competente en la materia y la administración municipal. ● La empresa explotadora deberá mantener el Velatorio Municipal objeto de la explotación con todos los elementos que la componen, en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y utilización. Las reparaciones ordinarias que se exijan por el desgaste CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 del uso ordinario del inmueble son de cuenta de la empresa explotadora, la cual estará igualmente obligada a la reposición de los bienes de equipamiento que pudieran deteriorarse o desaparecer por cualquier causa. Por tanto deberá Incorporar en el tiempo preciso mejoras o instalaciones y equipamientos necesarios para la buena marcha del servicio. ● El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá supervisar el correcto funcionamiento y aprovechamiento de las instalaciones y comprobará el estado de conservación y operaciones de mantenimiento, reparación y reposición. ● Si de estas funciones se derivara el incumplimiento del contratista y después de notificado el mismo y su obligación de subsanar las deficiencias comprobadas, previa audiencia, no cumpliere adecuadamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá hacer la subsanación x xxxxx del contratista, detrayendo el coste de la fianza, reclamando el resto si hubiere lugar, por los procedimientos previstos en derecho. Si se repitiera esta eventualidad podrá resolver el contrato con el consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios. ● El explotador tendrá la obligación de mantener a su xxxxx los servicios y suministros para el funcionamiento del Velatorio Municipal, así como cargas fiscales, de cualquier tipo y procedencia que graven la explotación y los que la normativa legal imponga para el ejercicio de la actividad. ● El adjudicatario observará un estricto cumplimiento de las normas establecidas en la legislación vigente, siendo momento de su cuenta todo lo relativo a las obligaciones inherentes al mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones. ● Cuidará que todos los servicios que presta en el Velatorio Municipal sean conocidos por los usuarios con antelación a su utilización, así como las condiciones de utilización y precios. ● El adjudicatario ha de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que deberá mantener durante todo el período de vigencia del contrato, justificándolo antes de la adjudicación y siempre que se le exija. ● La principal aportación de la empresa es su carácter profesional y su conocimiento específico del objeto de este contrato. Asimismo aportará todo lo que figure en su oferta, muy especialmente lo relativo al equipamiento del centro. La empresa realizará la explotación a su riesgo y xxxxxxx, adquiriendo los muebles, suministros, seguros, etc, y demás necesidades de la explotación. ● Será obligación del adjudicatario, antes de que se formalice el contrato de concesión de la explotación, constituir contrato de mantenimiento de las instalaciones que a continuación se relacionan: ● Instalación contra incendio. ● Instalación de climatización y calefacción. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Servicios de desinfección, desratización y desinsectación. ● Así como cualquier otra instalación que, preceptivamente o para su correcto mantenimiento, requiera revisiones periódicas. ● Igualmente, antes del inicio de la actividad concertará contrato de Seguro Multirriesgo y de Responsabilidad Civil frente a terceros, incluidos el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La correspondiente póliza, por valor de 150.000 EUROS, deberá responder también de daños materiales, incluso incendio del inmueble. Dichas pólizas deberán mantenerse actualizadas durante toda la vigencia del contrato. ● No se podrá subrogar, transferir o ceder en todo o en parte el presente contrato a tercero, sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● Así mismo, el adjudicatario estará obligado, antes de la suscripción del referido contrato, a modificar la titularidad de los contratos de los servicios a nombre del mismo (gas, electricidad, agua...), así como los de mantenimiento suscritos anteriormente por otros titulares. ● Cuando, durante la vida del contrato, el adjudicatario considere que una determinada obra, instalación o equipamiento pueda aumentar la capacidad y calidad en la prestación del servicio y/o rentabilidad del patrimonio, podrá llevarla a cabo a su xxxxx, previa autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y su supervisión. ● No gravar ni enajenar bienes afectos al contrato. ● No podrá subcontratar la gestión del establecimiento en ningún caso. No obstante, sí podrá contratar determinadas prestaciones de carácter accesorio, como limpieza, vigilancia, etc, con autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● El adjudicatario contratará, antes del inicio de la actividad, un Plan contra incendios y de evacuación del personal y usuarios, que será aprobado por la Administración. ● El concesionario queda obligado a la obtención de las correspondientes licencias de actividad, apertura y demás autorizaciones que procedan para poner en marcha la Sala Velatorio. ● El concesionario se obliga al cumplimiento de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. ● El acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres será realizado por el concesionario de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de policía y sanidad mortuoria que resulte de aplicación, siendo propia del mismo todo lo que no constituya una función profesional específica, en cuyo caso será prestado por el concesionario por cuenta del usuario o peticionario. ● El concesionario llevará un libro registro, en su caso, en soporte informático, de los servicios prestados, con las prescripciones que puedan ser establecidas por la administración sanitaria y en el que se contendrá como mínimo los siguientes: fecha de servicio, identificación del cadáver, descripción del servicio y datos del peticionario. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● En todo caso, dentro del equipamiento que corresponde instalar al concesionario deberá constar los sistemas de climatización y calefacción de todo el inmuebleotorgamiento.

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Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones del Contratista. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: ● Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el El concesionario tendrá derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. El servicio de velatorio deberá prestarse ininterrumpidamente, debiendo estar aptas para el servicio las instalaciones utilizar los 365 días del año. Cuando no exista ningún cadáver dentro del tanatorio y no exista en su interior alguna persona al frente del mismo, se entenderá bienes que el concesionario cumple con dicho deberAyuntamiento pondrá a su disposición, teniendo expuestos en lugar perfectamente visible desde el exterior los números de teléfono en y a retribuirse mediante tarifas que se puede solicitar sin demora la prestación de los servicios propios de la actividad del concesionario, en tales números de teléfono se atenderá desde el primer momento a las personas que lo soliciten y se les facilitará la información y servicios que fuere procedente, así como la apertura de las instalaciones, en su caso. ● En el caso de que se produzcan varias solicitudes de prestación del servicio para unas mismas fechas, deberá tenerse en cuenta el siguiente orden de prioridad: En primer lugar, los fallecidos empadronados en la localidad; En segundo lugar, los fallecidos originarios de la localidad; Finalmente, el resto de fallecidos. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. ● Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. ● Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. ● Percibir perciba de los usuarios del servicio bar. Las tarifas de precios del bar no excederán de las tarifas aprobadas por que correspondan al resto de establecimientos de esta índole, debiendo tener en lugar bien visible la Administración concedente por lista de precios. No podrá exigir la gestión y modificación de las instalaciones actualmente existentes para prestar el servicio. El concesionario deberá destinar las instalaciones a los usos permitidos de bar de Centro Social sin que puedan realizarse actividades de carácter privado sin previa autorización municipal. - El adjudicatario se obliga a facilitar, para la explotación del servicio. ● Obligaciones laborales , los medios personales y socialesmateriales necesarios para el perfecto funcionamiento de los servicios y que no sean aportados por la Administración. El contratista mobiliario y material aportado por el adjudicatario, deberá reunir, a juicio del Ayuntamiento, las condiciones correspondientes al servicio que han de prestarse y las instalaciones facilitadas por el Ayuntamiento. Por lo que, para instalar bienes muebles y máquinas adicionales será imprescindible contar con autorización, por escrito, del Ayuntamiento. - El adjudicatario se obliga a mantener el siguiente horario mínimo de apertura del establecimiento: - El adjudicatario está obligado a conservar en perfectas condiciones los locales, instalaciones, muebles, enseres y aparatos propiedad del Ayuntamiento que se ponen a su disposición, siendo de su cuenta las reparaciones que se efectúen, y abonar los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso. Dará conocimiento de las reparaciones a efectuar en ellos, que serán a su cargo, presentando ante la Administración las facturas correspondientes a las mismas, una vez satisfechas. - Los aparatos e instalaciones deberán ser objeto de revisión y mantenimiento preventivo y correctivo al menos semestralmente por el concesionario, operaciones todas ellas a su cargo, presentando las facturas de dichas revisiones, una vez satisfechas, para su control por la Administración. El adjudicatario vendrá obligado a destinar los bienes al uso exclusivo del servicio objeto del presente pliego. - El Ayuntamiento se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación del local del bar, así como de aparatos e instalaciones para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento. Si éstas no se realizaran o lo fueran deficientemente, el Ayuntamiento podrá ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista. La falta de conservación adecuada se considerará causa suficiente para la resolución del contrato. - El adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en las disposiciones leyes vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. ● El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). El adjudicatario tendrá la condición de empleador del personal que preste sus servicios e higiene en el Velatorio Municipaltrabajo, quedando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx exento de cualquier obligación frente a los empleados del adjudicatario del contrato. ● El contratista está obligado así como al cumplimiento de disposiciones complementarias vigentes o los requisitos previstos que en el artículo 227 del TR.LCSP para los supuestos de contrataciónlo sucesivo se dicten sobre esta materia. ● Xxxxxx exigibles al contratista. - Son de cuenta del contratista, contratista los gastos de limpieza y conservación del local, mobiliario e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación y de la formalización del contratoinstalaciones, así como cualesquiera otros que resulten la reposición de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. ● Será gasto exigible al contratista el pago del suministro eléctrico del Velatorio Municipal, contratando dicho servicio por su cuenta. ● El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario y maquinaria preciso según la finalidad de cada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas característicasque queden inservibles. En todo caso el equipamiento, mobiliario e instalaciones ofertadas por el contratista deberán cumplir con - No podrá ceder sus derechos a terceros. - Respetará la normativa legislación vigente en materia de instalaciones mortuorias horario y ser autorizada contaminación acústica. - Son de cuenta del adjudicatario los gastos ocasionados por la Consejería competente en la materia los anuncios oficiales y la administración municipal. ● La empresa explotadora deberá mantener el Velatorio Municipal objeto de prensa diaria y demás derivados de la explotación con todos los elementos que la componen, en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y utilizaciónlicitación. Las reparaciones ordinarias que se exijan por el desgaste CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 del uso ordinario del inmueble son - Son de cuenta de la empresa explotadora, la cual estará igualmente obligada a la reposición del adjudicatario el pago de los bienes impuestos de equipamiento cualquier clase que pudieran deteriorarse o desaparecer por cualquier causa. Por tanto deberá Incorporar en el tiempo preciso mejoras o instalaciones sean, del Estado, Comunidad Autónoma, Provincia y equipamientos necesarios para Municipio, a que dé lugar la buena marcha explotación del servicio. ● El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá supervisar el correcto funcionamiento y aprovechamiento de las instalaciones y comprobará el estado de conservación y operaciones de mantenimiento, reparación y reposición. ● Si de estas funciones se derivara el incumplimiento del contratista y después de notificado el mismo y su obligación de subsanar las deficiencias comprobadas, previa audiencia, no cumpliere adecuadamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá hacer la subsanación x xxxxx del contratista, detrayendo el coste de la fianza, reclamando el resto si hubiere lugar, por los procedimientos previstos en derecho. Si se repitiera esta eventualidad podrá resolver el contrato con el consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios. ● El explotador tendrá la obligación de mantener a su xxxxx los servicios y suministros para el funcionamiento del Velatorio Municipal, así como cargas fiscales, de cualquier tipo y procedencia que graven la explotación y los que la normativa legal imponga para el ejercicio de la actividad. ● El adjudicatario observará un estricto cumplimiento de las normas establecidas en la legislación vigente, siendo de su cuenta todo lo relativo a las obligaciones inherentes al mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones. ● Cuidará que todos los servicios que presta en el Velatorio Municipal sean conocidos por los usuarios con antelación a su utilización, así como las condiciones de utilización y precios. ● El adjudicatario ha de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que deberá mantener durante todo el período de vigencia del contrato, justificándolo antes de la adjudicación y siempre que se le exija. ● La principal aportación de la empresa es su carácter profesional y su conocimiento específico del objeto de este contrato. Asimismo aportará todo lo que figure en su oferta, muy especialmente lo relativo al equipamiento del centro. La empresa realizará la explotación a su riesgo y xxxxxxx, adquiriendo los muebles, suministros, seguros, etc, y demás necesidades de la explotación. ● Será obligación del adjudicatario, antes de que se formalice el contrato de concesión de la explotación, constituir contrato de mantenimiento de las instalaciones que a continuación se relacionan: ● Instalación contra incendio. ● Instalación de climatización y calefacción. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Servicios de desinfección, desratización y desinsectación. ● Así como cualquier otra instalación que, preceptivamente o para su correcto mantenimiento, requiera revisiones periódicas. ● Igualmente, antes del inicio de la actividad concertará contrato de Seguro Multirriesgo y de Responsabilidad Civil frente a terceros, incluidos el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La correspondiente póliza, por valor de 150.000 EUROS, deberá responder también de daños materiales, incluso incendio del inmueble. Dichas pólizas deberán mantenerse actualizadas durante toda la vigencia del contrato. ● No se podrá subrogar, transferir o ceder en todo o en parte el presente contrato a tercero, sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● Así mismo, el adjudicatario estará obligado, antes de la suscripción del referido contrato, a modificar la titularidad de los contratos de los servicios a nombre del mismo (gas, electricidad, agua...), así como los recargos sobre los mismos, establecidos o que en un futuro puedan establecerse, por lo que en el precio ofertado deberá tenerse en cuenta esta circunstancia. - Con independencia del precio que deba satisfacer al Ayuntamiento, será igualmente de mantenimiento suscritos anteriormente cuenta del adjudicatario el pago de cualesquiera tributos y servicios que afecten a las instalaciones y a la actividad (agua, teléfono, electricidad, servicio de recogida de residuos sólidos, alcantarillado, etc). La demora injustificada en el pago de estos suministros por otros titulares. ● Cuando, durante parte del adjudicatario llevará consigo la vida resolución inmediata del contrato, el adjudicatario considere que una determinada obra, instalación o equipamiento pueda aumentar la capacidad y calidad en la prestación del servicio y/o rentabilidad del patrimonio, podrá llevarla a cabo a su xxxxx, previa autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y su supervisión. ● No gravar ni enajenar bienes afectos al contrato. ● No podrá subcontratar la gestión del establecimiento en ningún caso. No obstante, sí podrá contratar determinadas prestaciones de carácter accesorio, como limpieza, vigilancia, etc, con autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● El adjudicatario contratará, antes del inicio de la actividad, un Plan contra incendios y de evacuación del personal y usuarios, que será aprobado por la Administración. ● El concesionario queda obligado a la obtención de las correspondientes licencias de actividad, apertura y demás autorizaciones que procedan para poner en marcha la Sala Velatorio. ● El concesionario se obliga al cumplimiento de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. ● El acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres será realizado por el concesionario de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de policía y sanidad mortuoria que resulte de aplicación, siendo propia del mismo todo lo que no constituya una función profesional específica, en cuyo caso será prestado por el concesionario por cuenta del usuario o peticionario. ● El concesionario llevará un libro registro, en su caso, en soporte informático, de los servicios prestados, con las prescripciones que puedan ser establecidas por la administración sanitaria y en el que se contendrá como mínimo los siguientes: fecha de servicio, identificación del cadáver, descripción del servicio y datos del peticionario. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● En todo caso, dentro del equipamiento que corresponde instalar al concesionario deberá constar los sistemas de climatización y calefacción de todo el inmueble.

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Samples: Pliego De Clausulas Economico Administrativas Particulares Que Han De Regir El Procedimiento Negociado Sin Publicidad Para La Concesion De La Gestión Del Servicio De Bar en El Centro Social Teleclub De Adsubia

Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones del Contratista. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Tanto los apartamentos como el bar deberá estar abierto al público, al menos, con el siguiente horario mínimo: • Horario del 1 de noviembre al 31 xx xxxxx: Sábados: de 12:00 horas a 23:00 horas. Domingos: de 12:00 horas a 17:00 horas. Festivos: de 12:00 horas a 17:00 horas, y si el día siguiente es festivo hasta las 23:00 horas. • Horario del 1 xx xxxxx al 31 de octubre, excepto segundo quincena de julio y mes xx xxxxxx y días especiales: Sábado: de 12:00 horas a 24:00 horas. Domingos: de 12:00 horas 20:00 horas. Festivos de 12:00 horas a 20:00 horas, y si el día siguiente es festivo hasta las 24:00 horas. • Horario segunda quincena de julio y mes xx xxxxxx y días especiales (Semana Santa, Xxxx, Xxxxxxx, Matanza, etc….): Todos los días de 12:00 horas a 24:00 horas. El contratista podrá tener un día de descanso (lunes x xxxxxx, a elegir por adjudicatario). Podrán no prestar el servicio de bar al público en general los días 24 y 25 de diciembre y día 1 de enero. _ El adjudicatario se compromete a notificar cuatrimestralmente, al Ayuntamiento xx Xxxxxx, copia de las fichas de ocupación de los apartamentos, respetando la confidencialidad de los usuarios. — Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. El servicio de velatorio deberá prestarse ininterrumpidamente, debiendo estar aptas para el servicio las instalaciones los 365 días del año. Cuando no exista ningún cadáver dentro del tanatorio y no exista en su interior alguna persona al frente del mismo, se entenderá que el concesionario cumple con dicho deber, teniendo expuestos en lugar perfectamente visible desde el exterior los números de teléfono en que se puede solicitar sin demora la prestación de los servicios propios de la actividad del concesionario, en tales números de teléfono se atenderá desde el primer momento a las personas que lo soliciten y se les facilitará la información y servicios que fuere procedente, así como la apertura de las instalaciones, en su caso. ● En el caso de que se produzcan varias solicitudes de prestación del servicio para unas mismas fechas, deberá tenerse en cuenta el siguiente orden de prioridad: En primer lugar, los fallecidos empadronados en la localidad; En segundo lugar, los fallecidos originarios de la localidad; Finalmente, el resto de fallecidos. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño año sea producido por causas imputables a la Administración. Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio, pudiendo fijar, el contratista, unas tarifas de menor importe. ● Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. ● El contratista está obligado a dedicar o adscribir a — Obtener la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes adecuada compensación económica para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 mantener el equilibrio económico de la Ley 30/2007concesión, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). El adjudicatario tendrá la condición de empleador del personal que preste sus servicios en el Velatorio Municipal, quedando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx exento supuesto de cualquier obligación frente modificaciones del servicio impuestas por la Corporación que aumenten los costos o disminuyan la retribución; y en los casos en que por causas ajenas a los empleados del adjudicatario del contrato. ● El contratista está obligado al cumplimiento las partes contratantes se alterasen las bases económicas de los requisitos previstos la concesión contempladas en el artículo 227 del TR.LCSP para los supuestos de contratación. ● Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación y de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. ● Será gasto exigible al contratista el pago del suministro eléctrico del Velatorio Municipal, contratando dicho servicio por su cuenta. ● El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario y maquinaria preciso según la finalidad de cada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas características. En todo caso el equipamiento, mobiliario e instalaciones ofertadas por el contratista deberán cumplir con la normativa vigente en materia de instalaciones mortuorias y ser autorizada por la Consejería competente en la materia y la administración municipal. ● La empresa explotadora deberá mantener el Velatorio Municipal objeto de la explotación con todos los elementos que la componen, en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y utilización. Las reparaciones ordinarias que se exijan por el desgaste CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 del uso ordinario del inmueble son de cuenta de la empresa explotadora, la cual estará igualmente obligada a la reposición de los bienes de equipamiento que pudieran deteriorarse o desaparecer por cualquier causa. Por tanto deberá Incorporar en el tiempo preciso mejoras o instalaciones y equipamientos necesarios para la buena marcha del servicio. ● El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá supervisar el correcto funcionamiento y aprovechamiento de las instalaciones y comprobará el estado de conservación y operaciones de mantenimiento, reparación y reposición. ● Si de estas funciones se derivara el incumplimiento del contratista y después de notificado el mismo y su obligación de subsanar las deficiencias comprobadas, previa audiencia, no cumpliere adecuadamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá hacer la subsanación x xxxxx del contratista, detrayendo el coste de la fianza, reclamando el resto si hubiere lugar, por los procedimientos previstos en derecho. Si se repitiera esta eventualidad podrá resolver el contrato con el consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios. ● El explotador tendrá la obligación de mantener a su xxxxx los servicios y suministros para el funcionamiento del Velatorio Municipal, así como cargas fiscales, de cualquier tipo y procedencia que graven la explotación y los que la normativa legal imponga para el ejercicio de la actividad. ● El adjudicatario observará un estricto cumplimiento de las normas establecidas en la legislación vigente, siendo momento de su cuenta todo lo relativo a las obligaciones inherentes al mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones. ● Cuidará que todos los servicios que presta en el Velatorio Municipal sean conocidos por los usuarios con antelación a su utilización, así como las condiciones de utilización y precios. ● El adjudicatario ha de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que deberá mantener durante todo el período de vigencia del contrato, justificándolo antes de la adjudicación y siempre que se le exija. ● La principal aportación de la empresa es su carácter profesional y su conocimiento específico del objeto de este contrato. Asimismo aportará todo lo que figure en su oferta, muy especialmente lo relativo al equipamiento del centro. La empresa realizará la explotación a su riesgo y xxxxxxx, adquiriendo los muebles, suministros, seguros, etc, y demás necesidades de la explotación. ● Será obligación del adjudicatario, antes de que se formalice el contrato de concesión de la explotación, constituir contrato de mantenimiento de las instalaciones que a continuación se relacionan: ● Instalación contra incendio. ● Instalación de climatización y calefacción. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Servicios de desinfección, desratización y desinsectación. ● Así como cualquier otra instalación que, preceptivamente o para su correcto mantenimiento, requiera revisiones periódicas. ● Igualmente, antes del inicio de la actividad concertará contrato de Seguro Multirriesgo y de Responsabilidad Civil frente a terceros, incluidos el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La correspondiente póliza, por valor de 150.000 EUROS, deberá responder también de daños materiales, incluso incendio del inmueble. Dichas pólizas deberán mantenerse actualizadas durante toda la vigencia del contrato. ● No se podrá subrogar, transferir o ceder en todo o en parte el presente contrato a tercero, sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● Así mismo, el adjudicatario estará obligado, antes de la suscripción del referido contrato, a modificar la titularidad de los contratos de los servicios a nombre del mismo (gas, electricidad, agua...), así como los de mantenimiento suscritos anteriormente por otros titulares. ● Cuando, durante la vida del contrato, el adjudicatario considere que una determinada obra, instalación o equipamiento pueda aumentar la capacidad y calidad en la prestación del servicio y/o rentabilidad del patrimonio, podrá llevarla a cabo a su xxxxx, previa autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y su supervisión. ● No gravar ni enajenar bienes afectos al contrato. ● No podrá subcontratar la gestión del establecimiento en ningún caso. No obstante, sí podrá contratar determinadas prestaciones de carácter accesorio, como limpieza, vigilancia, etc, con autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● El adjudicatario contratará, antes del inicio de la actividad, un Plan contra incendios y de evacuación del personal y usuarios, que será aprobado por la Administración. ● El concesionario queda obligado a la obtención de las correspondientes licencias de actividad, apertura y demás autorizaciones que procedan para poner en marcha la Sala Velatorio. ● El concesionario se obliga al cumplimiento de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. ● El acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres será realizado por el concesionario de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de policía y sanidad mortuoria que resulte de aplicación, siendo propia del mismo todo lo que no constituya una función profesional específica, en cuyo caso será prestado por el concesionario por cuenta del usuario o peticionario. ● El concesionario llevará un libro registro, en su caso, en soporte informático, de los servicios prestados, con las prescripciones que puedan ser establecidas por la administración sanitaria y en el que se contendrá como mínimo los siguientes: fecha de servicio, identificación del cadáver, descripción del servicio y datos del peticionario. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● En todo caso, dentro del equipamiento que corresponde instalar al concesionario deberá constar los sistemas de climatización y calefacción de todo el inmuebleotorgamiento.

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Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones del Contratista. Contratista Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadasestablecidas. El servicio de velatorio deberá prestarse ininterrumpidamente, debiendo estar aptas para el servicio las instalaciones los 365 días del año. Cuando no exista ningún cadáver dentro del tanatorio y no exista en su interior alguna persona al frente del mismo, se entenderá que el concesionario cumple con dicho deber, teniendo expuestos en lugar perfectamente visible desde el exterior los números de teléfono en que se puede solicitar sin demora la prestación de los servicios propios de la actividad del concesionario, en tales números de teléfono se atenderá desde el primer momento a las personas que lo soliciten y se les facilitará la información y servicios que fuere procedente, así como la apertura de las instalaciones, en su caso. ● En el caso de que se produzcan varias solicitudes de prestación del servicio para unas mismas fechas, deberá tenerse en cuenta el siguiente orden de prioridad: En primer lugar, los fallecidos empadronados en la localidad; En segundo lugar, los fallecidos originarios de la localidad; Finalmente, el resto de fallecidos. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. ● Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. ● Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 76 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector PúblicoLCSP-2017). El adjudicatario tendrá la condición de empleador del personal que preste sus servicios en el Velatorio Municipal, quedando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx exento de cualquier obligación frente a los empleados del adjudicatario del contrato. ● El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del TR.LCSP 215 de la LCSP-2017, para los supuestos de contrataciónsubcontratación. ● Xxxxxx exigibles - Horario de funcionamiento: Las instalaciones estarán abiertas para uso exclusivo de los usuarios de la piscina durante el horario de la misma. No obstante, el adjudicatario podrá mantener abierto el bar con posterioridad y con los límites establecidos en la normativa vigente, bajo su entera responsabilidad y para todo el público. - Durante el horario de apertura de la piscina, los bañistas podrán disponer de la terraza para consumir productos que lleven consigo exceptuando las bebidas que deberán ser adquiridas en el Bar de la Piscina. El adjudicatario recibirá las instalaciones indicadas en la Cláusula Primera y su Anexo Único al contratistapresente Pliego, en perfectas condiciones de uso, estando obligado a conservarlo y devolverlo en el mismo estado en que lo recibe. Son La realización de cualquier obra por el adjudicatario exigirá la previa autorización del Ayuntamiento, que podrá denegarla discrecionalmente; cualquier desperfecto que se produzca será por cuenta del contratistaadjudicatario. - Todo accidente producido durante el horario de apertura, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación y de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. ● Será gasto exigible al contratista el pago del suministro eléctrico del Velatorio Municipal, contratando dicho servicio por su cuenta. ● El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario y maquinaria preciso según la finalidad de cada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas características. En todo caso el equipamiento, mobiliario e instalaciones ofertadas por el contratista deberán cumplir con la normativa vigente en materia de instalaciones mortuorias y ser autorizada por la Consejería competente en la materia y la administración municipal. ● La empresa explotadora deberá mantener el Velatorio Municipal objeto de la explotación con todos los elementos que la componen, en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y utilización. Las reparaciones ordinarias que se exijan por el desgaste CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 del uso ordinario del inmueble son de cuenta será responsabilidad de la empresa explotadora, la cual estará igualmente obligada a la reposición de los bienes de equipamiento que pudieran deteriorarse o desaparecer por cualquier causa. Por tanto deberá Incorporar en el tiempo preciso mejoras o instalaciones y equipamientos necesarios para la buena marcha del servicio. ● El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá supervisar el correcto funcionamiento y aprovechamiento de las instalaciones y comprobará el estado de conservación y operaciones de mantenimiento, reparación y reposición. ● Si de estas funciones se derivara el incumplimiento del contratista y después de notificado el mismo y su obligación de subsanar las deficiencias comprobadas, previa audiencia, no cumpliere adecuadamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá hacer la subsanación x xxxxx del contratista, detrayendo el coste de la fianza, reclamando el resto si hubiere lugar, por los procedimientos previstos en derecho. Si se repitiera esta eventualidad podrá resolver el contrato con el consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios. ● El explotador tendrá la obligación de mantener a su xxxxx los servicios y suministros para el funcionamiento del Velatorio Municipal, así como cargas fiscales, de cualquier tipo y procedencia que graven la explotación y los que la normativa legal imponga para el ejercicio de la actividad. ● El adjudicatario observará un estricto cumplimiento de las normas establecidas en la legislación vigente, siendo de su cuenta todo lo relativo a las obligaciones inherentes al mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones. ● Cuidará que todos los servicios que presta en el Velatorio Municipal sean conocidos por los usuarios con antelación a su utilización, así como las condiciones de utilización y precios. ● El adjudicatario ha de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que deberá mantener durante todo el período de vigencia del contrato, justificándolo antes de la adjudicación y siempre que se le exija. ● La principal aportación de la empresa es su carácter profesional y su conocimiento específico del objeto de este contrato. Asimismo aportará todo lo que figure en su oferta, muy especialmente lo relativo al equipamiento del centro. La empresa realizará la explotación a su riesgo y xxxxxxx, adquiriendo los muebles, suministros, seguros, etc, y demás necesidades de la explotación. ● Será obligación del adjudicatario, antes de que se formalice el contrato de concesión de la explotación, constituir contrato de mantenimiento de las instalaciones que a continuación se relacionan: ● Instalación contra incendio. ● Instalación de climatización y calefacción. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Servicios de desinfección, desratización y desinsectación. ● Así como cualquier otra instalación que, preceptivamente o para su correcto mantenimiento, requiera revisiones periódicas. ● Igualmente, antes del inicio de la actividad concertará contrato de Seguro Multirriesgo y de Responsabilidad Civil frente a terceros, incluidos el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La correspondiente póliza, por valor de 150.000 EUROS, deberá responder también de daños materiales, incluso incendio del inmueble. Dichas pólizas deberán mantenerse actualizadas durante toda la vigencia del contrato. ● No se podrá subrogar, transferir o ceder en todo o en parte el presente contrato a tercero, sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● Así mismo, el adjudicatario estará obligado, antes de la suscripción del referido contrato, a modificar la titularidad de los contratos de los servicios a nombre del mismo (gas, electricidad, agua...)adjudicataria, así como los desperfectos producidos como consecuencia de mantenimiento suscritos anteriormente dichos accidentes. Para ello el adjudicatario deberá aportar previamente a la firma del contrato una copia de la póliza con el justificante de pago de la prima del seguro de responsabilidad civil contratado al efecto. - Serán de cuenta del adjudicatario todas las instalaciones, materiales y productos necesarios para la adecuada gestión del Servicio de KIOSKO/BAR. El adjudicatario, al finalizar el contrato, podrá retirar las instalaciones y materiales que sean susceptibles de ello sin causar ningún daño al local y siempre que sean propiedad del adjudicatario. - Serán de cuenta del adjudicatario el servicio de recogida de basura con un coste de 150,00 € por otros titulares. ● Cuando, durante toda la vida duración del contrato, el adjudicatario considere y cualquier otro que una determinada obra, instalación o equipamiento pueda aumentar fuese necesario para la capacidad y calidad en la adecuada prestación del servicio y/o rentabilidad servicio. Asimismo, serán de cuenta del patrimonioadjudicatario todos los gastos derivados de reparaciones, podrá llevarla a cabo a su xxxxx, previa autorización conservación y mantenimiento del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y su supervisiónservicio. ● No gravar ni enajenar bienes afectos al contrato. ● No podrá subcontratar la gestión del establecimiento en ningún caso. No obstante, sí podrá contratar determinadas prestaciones de carácter accesorio, como limpieza, vigilancia, etc, con autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● El adjudicatario contratará, antes del inicio de la actividad, un Plan contra incendios y de evacuación del personal y usuarios, que será aprobado por la Administración. ● El concesionario queda obligado a la obtención de las correspondientes licencias de actividad, apertura y demás autorizaciones que procedan para poner en marcha la Sala Velatorio. ● El concesionario se obliga al cumplimiento de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. ● El acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres será realizado por el concesionario de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de policía y sanidad mortuoria que resulte de aplicación, siendo propia del mismo todo lo que no constituya una función profesional específica, en cuyo caso será prestado por el concesionario - Será por cuenta del usuario o peticionario. ● El concesionario llevará un libro registroadjudicatario la limpieza del KIOSKO/BAR, en su casola terraza, en soporte informáticoservicios y el mobiliario de la misma, así como la vigilancia y seguridad de las instalaciones, así como la limpieza total e integra de los servicios prestados, con espacios interiores y exteriores de las prescripciones que puedan ser establecidas por instalaciones objeto de la administración sanitaria y presente licitación una vez finalizada la misma. — Poner a disposición del contratista las instalaciones indicadas en el que se contendrá como mínimo los siguientes: fecha de servicio, identificación del cadáver, descripción del servicio y datos del peticionario. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● En todo caso, dentro del equipamiento que corresponde instalar al concesionario deberá constar los sistemas de climatización y calefacción de todo el inmueblela cláusula primera.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Del Contrato Administrativo De Servicios

Derechos y Obligaciones. A) Obligaciones El personal comprendido en el presente Convenio, al mismo tiempo que acepta los derechos y mejoras que en el mismo se le reconocen, deberá considerar como deber esencial de su parte el cumplimiento de sus obligaciones específicas, prestando ayuda decidida y colaboración con su mayor voluntad para el mejor resultado de todo aquel lo que signifique progreso o mejoramiento. Debe tenerse presente que la contribución mínima que se le reclama a todos y a cada uno, signifique cooperar en la solución integral del Contratistatrascendental problema de la producción, en vista de lo cual deberá realizar los trabajos que se les encomiende en el tiempo que la práctica ha establecido para los mismos en cada establecimiento, pero para ello, el empleador proveerá al personal de todas las herramientas necesarias, equipos indispensables y lugar adecuado. Además La actuación del personal deberá ajustarse a las siguientes normas: Es obligación principal de todo el personal entregar su trabajo correctamente efectuado. El tratar de hacer pasar un trabajo que le conste ser inútil, impropio o defectuoso, o que ocasione la inutilización de ese trabajo, se considera una falta del trabajador. Todo el personal deberá ser económico en el uso de los materiales de trabajo y prolijo en el cuidado de los útiles que emplee, siendo todo obrero o personal de maestranza responsable de la atención, conservación, lubricación y limpieza de las obligaciones generales derivadas máquinas o herramientas que le están afectadas en forma permanente. Todo el personal es responsable de los útiles y herramientas que se le entreguen o de las que en forma permanente o transitoria tenga inventariado a su cargo personal. Es obligación de todo personal, sin excepción, comunicar al superior más inmediato toda circunstancia anormal o peligrosa que observase, avisar de las herramientas o materiales abandonados o expuestos fuera del régimen jurídico lugar habitual y dar parte de los efectos personales que se hallasen. El personal no podrá tomar directamente los materiales que requiera la realización de su trabajo, debiendo siempre pedirlos al almacén o sección respectiva, todo el material sobrante después de terminarse una reparación deberá entregarlo en la sección de origen. En todas las secciones donde se efectúen trabajos que por su naturaleza requieran precauciones especiales, el establecimiento colocará avisos permanentes, cuyas instrucciones deberá seguir el personal. En consecuencia será obligatorio el uso de todos aquellos elementos de protección que el establecimiento pondrá a disposición del presente contratopersonal en salvaguarda de posibles accidentes, son obligaciones específicas y muy especialmente en lo que se refiere al uso de caretas y anteojos protectores. Es obligación de todo personal, incluso del contratista Personal Superior la corrección en el trato mutuo y recibir y cumplir en forma correcta las siguientes: ● Prestar el servicio con órdenes durante las horas de trabajo y respetar los carteles indicadores de seguridad. No se podrán abandonar las tareas sin causa justificada y particularmente para la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abonomudanza de ropas, en su caso, lavarse o prepararse antes de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadasseñal del término del horario de trabajo. El servicio personal deberá permanecer en la Sección en que trabaja y no deberá trasladarse a otro lugar, salvo que ello sea motivado por necesidades propias de velatorio las tareas, que cumpla. Durante las horas de trabajo, el personal no deberá prestarse ininterrumpidamenteentablar discusiones o distribuir propaganda sobre temas políticos o ideológicos, debiendo estar aptas para el servicio las instalaciones los 365 días del añovender rifas, o efectos y mantendrá un ordenamiento correcto en sus funciones específicas. Cuando no exista ningún cadáver No deberán realizarse trabajos particulares dentro del tanatorio y no exista en establecimiento, sea cual fuere su interior alguna persona cargo, ni tampoco sacar materiales o elementos de propiedad del establecimiento sin permiso del empleador, aunque sean sobrantes sin valor, serán consideradas faltas disciplinarias. Se efectuarán revisaciones al frente personal de los bultos o paquetes que llevan, a la entrada o salida del mismoestablecimiento, se entenderá que el concesionario cumple con dicho deber, teniendo expuestos deberán hacerse en lugar perfectamente visible desde el exterior los números privado y en presencia de teléfono en que se puede solicitar sin demora la prestación testigos. La falta de los servicios propios de la actividad del concesionario, en tales números de teléfono se atenderá desde el primer momento a las personas que lo soliciten y se les facilitará la información y servicios que fuere procedente, así como la apertura de las instalaciones, en su caso. ● En el caso de que se produzcan varias solicitudes de prestación del servicio para unas mismas fechas, deberá tenerse en cuenta el siguiente orden de prioridad: En primer lugar, los fallecidos empadronados en la localidad; En segundo lugar, los fallecidos originarios de la localidad; Finalmente, el resto de fallecidos. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. ● Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. ● Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. ● Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. ● Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las presentes disposiciones vigentes en materia laboralo la trasgresión deliberada o intencional, debidamente comprobada, podrá dar lugar a la adopción de las medidas disciplinarias que correspondan, de seguridad social acuerdo al grado de importancia o gravedad de cada una de ellas y a lo prescripto en el capítulo respectivo de prevención este mismo Convenio. El trabajador que falte a sus tareas por causas imprevistas, además de riesgos laboralesjustificarlas, salvo casos de imposible justificación, dará el aviso correspondiente, dentro de la primera mitad de la jornada habitual de labor. El contratista está obligado a dedicar o adscribir personal deberá estar preparado en su puesto de trabajo a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). El adjudicatario tendrá la condición de empleador del personal que preste sus servicios en el Velatorio Municipal, quedando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx exento de cualquier obligación frente a los empleados del adjudicatario del contrato. ● El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del TR.LCSP para los supuestos de contratación. ● Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación y de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. ● Será gasto exigible al contratista el pago del suministro eléctrico del Velatorio Municipal, contratando dicho servicio por su cuenta. ● El concesionario deberá equipar completamente las instalaciones, con el mobiliario y maquinaria preciso según la finalidad de cada dependencia, con todos los elementos necesarios para su utilización, con el nivel de calidad, de equipamiento y de confort requerido para un establecimiento de estas características. En todo caso el equipamiento, mobiliario e instalaciones ofertadas hora señalada por el contratista deberán cumplir con la normativa vigente en materia de instalaciones mortuorias y ser autorizada por la Consejería competente en la materia y la administración municipal. ● La empresa explotadora deberá mantener el Velatorio Municipal objeto de la explotación con todos los elementos que la componen, en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y utilización. Las reparaciones ordinarias que se exijan por el desgaste CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 horario del uso ordinario del inmueble son de cuenta de la empresa explotadora, la cual estará igualmente obligada a la reposición de los bienes de equipamiento que pudieran deteriorarse o desaparecer por cualquier causa. Por tanto deberá Incorporar en el tiempo preciso mejoras o instalaciones y equipamientos necesarios establecimiento para la buena marcha del servicio. ● El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá supervisar el correcto funcionamiento y aprovechamiento iniciación de las instalaciones y comprobará el estado de conservación y operaciones de mantenimiento, reparación y reposición. ● Si de estas funciones se derivara el incumplimiento del contratista y después de notificado el mismo y su obligación de subsanar las deficiencias comprobadas, previa audiencia, no cumpliere adecuadamente, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá hacer la subsanación x xxxxx del contratista, detrayendo el coste de la fianza, reclamando el resto si hubiere lugar, por los procedimientos previstos en derecho. Si se repitiera esta eventualidad podrá resolver el contrato con el consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios. ● El explotador tendrá la obligación de mantener a su xxxxx los servicios y suministros para el funcionamiento del Velatorio Municipal, así como cargas fiscales, de cualquier tipo y procedencia que graven la explotación y los que la normativa legal imponga para el ejercicio de la actividad. ● El adjudicatario observará un estricto cumplimiento de las normas establecidas en la legislación vigente, siendo de su cuenta todo lo relativo a las obligaciones inherentes al mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones. ● Cuidará que todos los servicios que presta en el Velatorio Municipal sean conocidos por los usuarios con antelación a su utilización, así como las condiciones de utilización y precios. ● El adjudicatario ha de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que deberá mantener durante todo el período de vigencia del contrato, justificándolo antes de la adjudicación y siempre que se le exija. ● La principal aportación de la empresa es su carácter profesional y su conocimiento específico del objeto de este contrato. Asimismo aportará todo lo que figure en su oferta, muy especialmente lo relativo al equipamiento del centro. La empresa realizará la explotación a su riesgo y xxxxxxx, adquiriendo los muebles, suministros, seguros, etc, y demás necesidades de la explotación. ● Será obligación del adjudicatario, antes de que se formalice el contrato de concesión de la explotación, constituir contrato de mantenimiento de las instalaciones que a continuación se relacionan: ● Instalación contra incendio. ● Instalación de climatización y calefacción. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● Servicios de desinfección, desratización y desinsectación. ● Así como cualquier otra instalación que, preceptivamente o para su correcto mantenimiento, requiera revisiones periódicas. ● Igualmente, antes del inicio de la actividad concertará contrato de Seguro Multirriesgo y de Responsabilidad Civil frente a terceros, incluidos el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La correspondiente póliza, por valor de 150.000 EUROS, deberá responder también de daños materiales, incluso incendio del inmueble. Dichas pólizas deberán mantenerse actualizadas durante toda la vigencia del contrato. ● No se podrá subrogar, transferir o ceder en todo o en parte el presente contrato a tercero, sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● Así mismo, el adjudicatario estará obligado, antes de la suscripción del referido contrato, a modificar la titularidad de los contratos de los servicios a nombre del mismo (gas, electricidad, agua...), así como los de mantenimiento suscritos anteriormente por otros titulares. ● Cuando, durante la vida del contrato, el adjudicatario considere que una determinada obra, instalación o equipamiento pueda aumentar la capacidad y calidad en la prestación del servicio y/o rentabilidad del patrimonio, podrá llevarla a cabo a su xxxxx, previa autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y su supervisión. ● No gravar ni enajenar bienes afectos al contrato. ● No podrá subcontratar la gestión del establecimiento en ningún caso. No obstante, sí podrá contratar determinadas prestaciones de carácter accesorio, como limpieza, vigilancia, etc, con autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. ● El adjudicatario contratará, antes del inicio de la actividad, un Plan contra incendios y de evacuación del personal y usuarios, que será aprobado por la Administración. ● El concesionario queda obligado a la obtención de las correspondientes licencias de actividad, apertura y demás autorizaciones que procedan para poner en marcha la Sala Velatorio. ● El concesionario se obliga al cumplimiento de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. ● El acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres será realizado por el concesionario de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de policía y sanidad mortuoria que resulte de aplicación, siendo propia del mismo todo lo que no constituya una función profesional específica, en cuyo caso será prestado por el concesionario por cuenta del usuario o peticionario. ● El concesionario llevará un libro registro, en su caso, en soporte informático, de los servicios prestados, con las prescripciones que puedan ser establecidas por la administración sanitaria y en el que se contendrá como mínimo los siguientes: fecha de servicio, identificación del cadáver, descripción del servicio y datos del peticionario. CVE: BOP-2017-976 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Miércoles, 8 xx xxxxx de 2017 ● En todo caso, dentro del equipamiento que corresponde instalar al concesionario deberá constar los sistemas de climatización y calefacción de todo el inmuebletareas.

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