Descalificación de un licitante en la Licitación Cláusulas de Ejemplo

Descalificación de un licitante en la Licitación. Descalificación de un licitante por partida en particular.
Descalificación de un licitante en la Licitación. Se descalificará de toda la Licitación a los licitantes que incurran en una o varias de las siguientes situaciones:
Descalificación de un licitante en la Licitación. SE DESCALIFICARÁ DE TODA LA LICITACIÓN A LOS LICITANTES QUE INCURRAN EN UNA O VARIAS DE LAS SIGUIENTES SITUACIONES: CUANDO SE COMPRUEBE QUE TIENEN ACUERDO CON OTROS LICITANTES PARA ELEVAR EL COSTO DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS. EN CASO DE QUE EL LICITANTE PRESENTE PROPOSICIONES CON ESCALACION DE PRECIOS. CUANDO LA PROPOSICIÓN ECONÓMICA SE PRESENTE EN MONEDA EXTRANJERA. CUANDO PRESENTEN PROPOSICIONES EN IDIOMA DIFERENTE AL ESPAÑOL. CUANDO PRESENTEN DOCUMENTOS ALTERADOS MODIFICANDO EL CONTENIDO DE LOS MISMOS. CUANDO SE COMPRUEBE QUE EL LICITANTE NO CUENTA CON LA CAPACIDAD DE GESTION Y DISTRIBUCIÓN PARA GARANTIZAR LA ENTREGA OPORTUNA DE LOS SERVICIOS OFERTADOS. CUANDO EL LICITANTE SE ENCUENTRE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 50 Y 60 DE LA LEY. CUANDO INCURRAN EN CUALQUIER VIOLACIÓN A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY, AL REGLAMENTO O A CUALQUIER OTRO ORDENAMIENTO LEGAL EN LA MATERIA. CUANDO SE COMPRUEBE CON UN ESTUDIO XX XXXXXXX QUE LOS COSTOS INCLUIDOS EN LA PROPUESTA SEAN SUBSTANCIALMENTE INFERIORES O SUPERIORES A LOS XXX XXXXXXX Y POR TANTO SE PONGA EN RIESGO LA ADQUISICIÓN DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN. QUE LOS FOLLETOS O CATÁLOGOS NO SEAN CONGRUENTES CON SU PROPUESTA ECONÓMICA. CUANDO SU PROPUESTA TÉCNICA NO SEA CONGRUENTE CON SU PROPUESTA ECONÓMICA. CUANDO EN LA PROPUESTA TÉCNICA SE INCLUYAN COSTOS. CUANDO SE COMPRUEBE QUE TIENE CUALQUIER OTRO ACUERDO QUE TENGA COMO FIN OBTENER UNA VENTAJA SOBRE LOS DEMÁS LICITANTES. SE PODRA DESCALIFICAR A LOS LICITANTES EN CUALQUIER ETAPA, CUANDO SE DETECTE QUE PRESENTO INFORMACIÓN FALSA, PARA OBTENER VENTAJA CON RESPECTO A SUS COMPETIDORES.

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  • Datos de la Licitación (DDL) Esta sección contiene disposiciones específicas para la Contratación del Servicios, y complementa la Sección I, Instrucciones a los Oferentes.

  • PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN PERFIL DE CONTRATANTE: xxx.xxxxxx.xxx / perfil de contratante. Contrato de la Administración / Contratos del Ayto. xx Xxxxxx / Consulta de licitaciones. • Publicación en Diarios Oficiales: Boletín Oficial de Bizkaia: Si DOUE, BOE: No procede

  • CLASIFICACIÓN DE LOS LICITADORES Para ser adjudicatario del presente contrato no es preciso estar en posesión de clasificación empresarial alguna, sin perjuicio de acreditar la correspondiente solvencia económica, financiera y técnica, por los medios establecidos en la cláusula 4.2 del presente pliego.

  • Datos de la Licitación 29 SecciónIII. Países Elegibles 38

  • VISITA A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES NO APLICA

  • DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA Se podrá declarar desierta la licitación cuando: 32.1. La totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria de licitación; 32.2. Los precios de todos los bienes, arrendamientos o servicios ofertados no resulten aceptables para CFE o convenientes si así lo considera la convocante; o 32.3. Ninguna proposición sea recibida a través de CompraNet para el acto de presentación y apertura de proposiciones.

  • Objeto de la Licitación 22 2.2 Procedimiento de Selección 22 2.3 Fuente de Recursos 22 2.4 Condiciones de Pago 22

  • TIPO DE LICITACIÓN Este proceso de contratación se refiere a una licitación pública nacional "mixta", en los términos estipulados en la fracción III del artículo 26 bis y fracción I del artículo 28 de la Ley.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • Información Específica De La Licitación “Los recursos presupuestarios a ejercer con motivo de la presente licitación, quedan sujetos para fines de ejecución y pago, a la disponibilidad presupuestaria con que cuente el Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados del Congreso de la Unión, sin responsabilidad alguna para el Instituto Mexicano del Seguro Social.” A efecto de dar cumplimiento a lo que dispone la Ley del Seguro Social (LSS) en sus artículos 261, 262, 268, fracción VI, 273, y Tercero Transitorio de la reforma del 12 xx xxxxxx de 2004, el IMSS debe elaborar anualmente los cuatro documentos que se indican enseguida: i) Estados Financieros Auditados; ii) Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión Sobre la Situación Financiera y los Riesgos del Instituto Mexicano del Seguro Social; iii) Informe Financiero y Actuarial; y, iv) Estudio actuarial para valuar la suficiencia financiera del fondo destinado a cubrir los pagos futuros de las pensiones provenientes de los trabajadores del IMSS que fueron contratados bajo las condiciones del “Convenio Adicional para las Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores de Base de Nuevo Ingreso”, conforme al artículo 286 K de la LSS. Para elaborar los documentos de referencia, con corte al 31 de diciembre de 2012, se requerirá contar con los siguientes estudios actuariales y financieros: Valuación Actuarial del Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) y Prima de Antigüedad e Indemnizaciones de los Trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social, Bajo la Norma de Información Financiera D-3 (NIF D-3) “Beneficios a los Empleados”, al 31 de diciembre 2012 y proyecciones para 2013. Estudio Actuarial para Medir la Suficiencia Financiera de la Subcuenta 2 del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual (FCOLCLC), al 31 de diciembre de 2012. Auditoría a la Valuación Financiera y Actuarial del Instituto Mexicano del Seguro Social, al 31 de diciembre de 2012.